PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
“2016 - Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
ANEXO
O.R.S.N.A.
ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS
DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
PARTICULARES
Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
EXP. N°: 926/16
CONCURSO PÚBLICO N°: 2 /16 (FIDEICOMISO)
OBJETO: Contratación de Servicios para la realización de tareas de colaboración en la fiscalización de obra, de la “Xxxxx xxxxxxxx xx xxxxxxxxx” xxx Xxxxxxxxxx “Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx”, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx.
APROBADO POR DISPOSICIÓN GAP N° 507 DE FECHA 8 DE NOVIEMBRE DE 2016
APERTURA DE LAS OFERTAS
LUGAR: DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
Xx. Xxxxxxxxxx 000 Xxxxxx Xxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
FECHA Y HORA: 12 de diciembre de 2016 12:00 hs.
PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Hasta las 11 hs. de la fecha fijada para la realización del Acto de Apertura de las mismas.
PRESUPUESTO OFICIAL.
PESOS OCHO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y UN MIL CIENTO CATORCE ($ 8.371.114.-) incluido el impuesto al Valor Agregado (IVA).
EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA:
La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación de las normas y cláusulas que rijan el procedimiento de selección al que se presente, por lo que no será necesaria la presentación de los pliegos firmados junto con la oferta.
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
NORMATIVA APLICABLE:
Decreto Delegado N° 1.023/01 y sus modificatorios y complementarios
Decreto Delegado N° 1030/16.
Disposición ONC N° 62/16 “Manual de procedimiento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” que puede consultarse en:
xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxXxxxxxxx/xxxxxx/000000-000000/000000/xxxxx.xxx
Disposición ONC Nº 63 “Pliego Único de Bases y Condiciones Generales del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” que puede consultarse en:
xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxXxxxxxxx/xxxxxx/000000-000000/000000/xxxxx.xxx
Ley N° 22.460 Promoción y contratación de servicios de consultoría.
Contrato de Fideicomiso, de fecha 29 de diciembre de 2009, suscripto entre la Empresa AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 S.A. (fiduciante), el BANCO DE LA NACION ARGENTINA (fiduciario), la SECRETARIA DE TRANSPORTE y el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS.
Leyes Provinciales relativas al objeto del llamado y a las actividades asociadas, sus Decretos Reglamentarios y demás normativa concordante y complementaria vigente.
Contrato de Concesión apartado 13. Obligaciones del Concesionario Numeral XIV, aprobado por Decreto N° 163/98 y Acta Acuerdo de Renegociación aprobado por Decreto N° 1799/2007.
Decreto 691/16. Régimen de redeterminacion de precios.
El presente pliego y la documentación licitatoria.
PROCEDIMIENTO:
Concurso Público, de Etapa Múltiple, según Artículo 27, inciso c) del Decreto 1030/16 y Artículo 26, inciso a), apartado 2 del Decreto 1023/01.
CONCURSO PUBLICO NUMERO: 2 /16
OBJETO Y RUBRO:
Contratación de Servicios para la realización de tareas de colaboración en la fiscalización de obra, de la “Xxxxx xxxxxxxx xx xxxxxxxxx” xxx Xxxxxxxxxx “Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx”, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx, para el Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA).
RUBRO: Servicio Profesional y Comercial.
PRESUPUESTO OFICIAL.
Asciende a la suma de PESOS OCHO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y UN MIL CIENTO CATORCE ($ 8.371.114.-) incluido el impuesto al Valor Agregado (IVA), con lo cual la Garantía de Mantenimiento de Oferta deberá constituirse por un monto de PESOS CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($ 418.555.-), equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del presupuesto oficial.
DESTINO: ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA)
EXPEDIENTE N°: 926 /16
COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES:
Todas las notificaciones entre la jurisdicción o entidad contratante y los interesados, oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, podrán realizarse válidamente por cualquiera de los medios indistintamente, establecidos en el Artículo 7 del Decreto Nº 1030/16.
A tal efecto será válida toda notificación y/o comunicación cursada a y desde la dirección de correo electrónico xxxxxxx@xxxxx.xxx.xx.
Asimismo se podrá notificar mediante la difusión en el Sitio de Internet de la Oficina Nacional de Contrataciones xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
VISTA Y RETIRO XX XXXXXX:
El presente Xxxxxx podrá ser consultado y retirado desde el 15 de noviembre hasta el 7 de diciembre de 2016 de 10 a 13 y de 15 a 17 hs. en el DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES en Xx. Xxxxxxxxxx 000 Xxxxxx Xxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx y en el sitio de internet de la Oficina Nacional de Contrataciones xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
Asimismo se podrá consultar en el sitio de internet del Ministerio de Transporte xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxxxxxxxxxxx/ y en el sitio de internet del ORSNA xxxx://xxxxx.xxxxx.xxx.xx/xxxx/?xxxx000.
En oportunidad de retirar, comprar o descargar los pliegos, deberán suministrar obligatoriamente su nombre o razón social, domicilio, y dirección de correo electrónico en los que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse hasta el día de apertura de las ofertas.
No será requisito para presentar ofertas, ni para la admisibilidad de las mismas, ni para contratar, haber retirado o comprado pliegos en el organismo contratante o haberlos descargado del sitio de internet, no obstante quienes no los hubiesen retirado, comprado o descargado, no podrán alegar el desconocimiento de las actuaciones que se hubieren producido hasta el día de la apertura de las ofertas, quedando bajo su responsabilidad llevar adelante las gestiones necesarias para tomar conocimiento de aquellas.
CONSULTAS AL PLIEGO:
Las consultas y pedidos de aclaraciones, se presentarán por mail a xxxxxxx@xxxxx.xxx.xx o por escrito en la MESA DE ENTRADAS del ORSNA sita en Aeroparque - Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx x/x, Xxxxxxxx XX, Xxxx 0x, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, en días hábiles de 10 a 13 y de 15 a 17 hs. No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquéllas que se presenten fuera de término.
Deberán ser efectuadas hasta TRES (3) días hábiles antes de la fecha fijada para la apertura. Las respuestas a dichas consultas se proporcionarán hasta DOS (2) días hábiles antes del mismo acto.
Aclaración Importante: En el supuesto que la página oficial de la Oficina Nacional de Contrataciones por inconvenientes en su funcionamiento no permita publicar Circulares Aclaratorias y/o Modificatorias que emita el Organismo (motivadas en consultas y/o de oficio), el Organismo podrá publicar dicha documentación en la página oficial del ORSNA xxx.xxxxx.xxx.xx.
CIRCULARES ACLARATORIAS:
Las circulares aclaratorias serán comunicadas DOS (2) días hábiles como mínimo de anticipación a la fecha fijada para la presentación de las ofertas.
Las circulares que se emitan forman parte integrante xxx xxxxxx de bases y condiciones particulares.
CIRCULARES MODIFICATORIAS:
Las circulares modificatorias serán comunicadas con UN (1) día hábil como mínimo de anticipación a la fecha originaria fijada para la presentación de ofertas.
Serán difundidas, publicadas y comunicadas por los mismos medios en que fuera difundido, publicado y comunicado el llamado original.
PRESENTACIÓN DE OFERTAS:
Las ofertas podrán ser presentadas hasta las 11 hs. de la fecha fijada para la realización del Acto de Apertura de las mismas, en el DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES sito en Xx. Xxxxxxxxxx 000 Xxxxxx Xxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, en sobre cerrado indicando en su exterior número de contratación, fecha y hora de apertura e identificación del Oferente.
El Departamento rechazará sin más trámite las ofertas que se pretendan presentar fuera del término fijado en la convocatoria para su recepción, aún si el acto de apertura no se hubiera iniciado.
APERTURA DE OFERTAS TÉCNICAS (SOBRE A):
El acto de apertura de ofertas se realizará el día 12 de diciembre de 2016 a las 12 horas en el DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES sito en Xx. Xxxxxxxxxx 000 Xxxxxx Xxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Si el día señalado para la apertura de las ofertas deviniera inhábil, el acto tendrá lugar el día hábil siguiente, en el mismo lugar y a la misma hora.
OFERTA:
Los Oferentes deberán presentar sus Propuestas en dos sobres cerrados, identificados como Propuesta Técnica (Sobre A) y Propuesta Económica (Sobre B).
En primera instancia se procederá a abrir los sobres que contengan las Propuestas Técnicas (Sobre A). Los sobres de la Propuesta Económica (Sobre B) se mantendrán cerrados hasta que se den a conocer los resultados de la evaluación técnica, comunicándole a los seleccionados técnicamente el día y hora de la apertura del Sobre B.
No se procederá a la apertura de Sobres con la Propuesta Económica de los Oferentes que no hubieren superado la evaluación técnica emergente de la consideración de los datos contenidos en el Sobre A.
Los sobres, cajas o paquetes que las contengan se deberán presentar perfectamente cerrados y consignarán en su cubierta la identificación del procedimiento de selección a que corresponden, precisándose el lugar, día y hora límite para la presentación de las ofertas y el lugar, día y hora del acto de apertura.
SOBRE A: REQUISITOS DE LA PROPUESTA TECNICA.
Carta de Presentación - Formulario 1 del presente Pliego.
Garantía de Mantenimiento de Oferta o la constancia de haberla constituido. Deberá ser equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del PRESUPUESTO OFICIAL, es decir deberá realizarse por la suma de PESOS CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($ 418.555.-).
Deberán consignar el domicilio especial y correo electrónico para el procedimiento de selección en el que se presenten, el que podrá constituirse en cualquier parte del territorio nacional o extranjero, donde serán válidas todas las notificaciones. De no consignarse un domicilio especial en la respectiva oferta se tendrá por domicilio especial el declarado como tal en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO).
DECLARACIÓN JURADA DE HABILIDAD PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL - Formulario 2 del presente Xxxxxx.
DECLARACIÓN JURADA –“COMPRE TRABAJO ARGENTINO - CONTRATE NACIONAL” - Formulario 3 del presente Xxxxxx.
En los casos en que se oferten bienes de origen nacional, y de corresponder, presentar la Declaración jurada de oferta nacional, mediante la cual se acredite el cumplimiento de las condiciones requeridas para ser considerada como tal.
Datos de la nota presentada ante la dependencia de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en la cual se encuentren inscriptos a los fines de solicitar el ‘Certificado Fiscal para Contratar’ o bien los datos del Certificado Fiscal para Contratar vigente. Es obligación del oferente comunicar al organismo contratante la denegatoria a la solicitud del certificado fiscal para contratar emitida por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS dentro de los CINCO (5) días de haber tomado conocimiento de la misma.
Copia simple de la INSCRIPCIÓN AFIP. Constancias de inscripciones en Ganancias, IVA e Ingresos Brutos.
Datos del BALANCE GENERAL correspondiente a los DOS (2) últimos ejercicios anteriores a la fecha de presentación de la oferta o las planillas correspondientes del SIPRO si estuvieran sus datos actualizados y aprobados por la Oficina Nacional de Contrataciones (ONC). En caso de no encontrarse actualizada dicha información en el SIPRO, deberá presentar el Balance General firmado por Contador Público Nacional y certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas y/o solicitar verbalmente o por escrito al ORSNA la autenticación de copias de documentos que deban presentar en el presente procedimiento, donde se certificarán mediante el cotejo de las copias con el documento original (a estos efectos dirigirse al Departamento de Compras y Contrataciones).
Declaración jurada en la cual se manifieste que de resultar adjudicatario se obliga a ocupar a personas con discapacidad, en una proporción no inferior al CUATRO POR CIENTO (4%) de la totalidad del personal afectado a la prestación del servicio, en los procedimientos de selección que tengan por objeto la tercerización de servicios, a los fines de cumplir con la obligación establecida en el artículo 7° del Decreto N° 312 de fecha 2 xx xxxxx de 2010.- Formulario 4.
Antecedentes generales de la empresa: Deberá contar con antecedentes generales que demuestren una amplia experiencia en obras de alta complejidad, de diversas tipologías y características técnicas de altas prestaciones. Dichos antecedentes deberán contar con una gran amplitud en cuanto a su tamaño como así en cantidad de proyectos y obras, desde obras menores hasta obras mayores a los 20.000 m2. Dichos antecedentes manifestarán una alta capacidad para el gerenciamiento y control de una amplia variedad de situaciones técnicas y capacidad para el manejo de profesionales de diferentes especialidades y experiencias.
Antecedentes particulares de la empresa: Deberá contar en sus antecedentes con tareas ejecutadas o en ejecución similares a los solicitados en la presente contratación. Se entiende en este caso por trabajos similares a contratos que hayan incluido direcciones de obras, supervisiones o asistencias técnicas en obra, de los cuales tres de ellos por lo menos, deberán contar con una superficie mayor a 10.000 m2 en los últimos 5 años.
Antecedentes generales del Jefe del equipo de fiscalización: Deberá ser arquitecto o Ingeniero matriculado. Deberá contar con una experiencia general en trabajos de por lo menos 10 años de recibido. Deberá haber participado activamente en proyectos y obras similares a los exigidos para los antecedentes de la empresa, desde una posición de dirección o gerenciamiento de las obras.
Antecedentes particulares del Jefe del equipo de intervención: Deberá haber participado en la dirección, supervisión o asistencia técnica en obra de por lo menos 5 obras ejecutadas o en ejecución, de los cuales tres de ellos por lo menos, deberán contar con una superficie mayor a 10.000 m2 en los últimos 5 años.
No podrán participar estudios, consultoras o profesionales que estén o hayan estado vinculados directa o indirectamente con la elaboración de proyecto de la obra de referencia, ni podrán tener relación comercial con la empresa Aeropuertos Argentina 2000 S.A. mientras dure el plazo de esta consultoría.
Se requiere que las propuestas contengan una completa descripción de la metodología de trabajo a desarrollar y su justificación, demostrando posibilidades y ventajas con respecto a los objetivos del trabajo. Debe detallar la metodología de los trabajos de campo y de la elaboración de la documentación a presentar solicitada.
El Oferente deberá cotizar como mínimo las prestaciones y alcance de servicios del presente Pliego para que su cotización sea considerada.
Otros servicios adicionales inherentes a las prestaciones motivo de esta licitación podrán ser consideradas si no alteran el marco y plazo de lo aquí estipulado.
El Oferente no deberá incluir referencia alguna sobre el costo de los trabajos.
Cualquier indicación con respecto al precio de los trabajos que se incluya en este sobre invalidará la Propuesta.
La “propuesta técnica” contenida en el SOBRE “A” se presentará y evaluará en un todo de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas del presente Pliego.
La garantía de mantenimiento de oferta deberá realizarse por la suma de PESOS CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($ 418.555.-).
SOBRE B: PROPUESTA ECONÓMICA.
Deberá contener la siguiente información:
Costo del Servicio volcado en FORMULARIO DE OFERTA - Propuesta económica (ANEXO 1 del presente Pliego).
El oferente deberá presentar el FORMULARIO DE APERTURA DE COSTOS DESAGREGADOS DE LOS SERVICIOS COTIZADOS, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto N° 691/16 (ANEXO 2 del presente Pliego.
Los mencionados formularios deben completarse en cumplimiento de los parámetros establecidos en los ANEXOS I, II correspondientes. Su falta de presentación en la forma indicada dará motivo suficiente para considerar la oferta como inadmisible.
La Oferta será presentada en idioma y moneda nacional, incluirá todos los gravámenes y el original deberá estar firmado, en todas y cada una de sus hojas, por el oferente o su representante legal.
La oferta económica deberá presentarse en la forma indicada en el FORMULARIO DE OFERTA - Propuesta económica (ANEXO 1 del presente Pliego), que se acompaña al presente.
En tal sentido queda expresamente aclarado que tanto el precio unitario como el total deberán cotizarse con IVA incluido y de acuerdo a los parámetros establecidos en el formulario mencionado.
VISTA Y OBSERVACIONES A LAS PROPUESTAS TÉCNICAS (SOBRE A):
Los oferentes podrán tomar vista de las propuestas técnicas presentadas, durante DOS (2) días contados a partir del día hábil inmediato siguiente al de la fecha de apertura y formular las observaciones que estimen pertinentes dentro de los DOS (2) días posteriores a la finalización del plazo para la vista.
El Unidad Operativa de Contrataciones deberá notificar las observaciones a los oferentes observados, los que podrán contestarlas dentro de los DOS (2) días siguientes. Con las observaciones y, en su caso, las contestaciones respectivas, deberán acompañarse las pruebas correspondientes.
SUBCONTRATISTAS
Si el adjudicatario de la Propuesta debiera subcontratar con terceros la provisión en parte del servicio a prestar, deberá aclararlo en su propuesta. Las tareas a subcontratar deberán observar las limitaciones establecidas en la ley 22.460.
En caso de que el adjudicatario debiera subcontratar parte de las tareas a realizar, dicha situación deberá ser consignada en la oferta.
Se deja expresamente establecido que el Oferente que resulte seleccionado será responsable por la prestación de la totalidad de los servicios licitados, conforme a las condiciones establecidas en el presente Xxxxxx y en el futuro contrato de servicios.
MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
No se aceptarán cotizaciones parciales en esta contratación.
NUEVO SISTEMA DE INFORMACIÓN DE PROVEEDORES (SIPRO):
Los oferentes deberán cumplir con el procedimiento dispuesto en la Disposición ONC Nº 64 “Manual de Procedimiento para la incorporación y actualización de datos en SIPRO” que puede consultarse en xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxXxxxxxxx/xxxxxx/000000-000000/000000/xxxxx.xxx
No constituye requisito exigible para presentar ofertas, la inscripción previa en el SISTEMA DE INFORMACIÓN DE PROVEEDORES (SIPRO)
IMPORTANTE: Artículo 2º de la Disposición ONC 64/16
Las inscripciones de los proveedores que a la fecha de vigencia de la presente medida estuvieran incorporados en SIPRO serán válidas hasta el momento en que deban actualizar datos o bien por un plazo de SEIS (6) MESES, lo que ocurra primero, momento a partir del cual deberán incorporarse con la nueva metodología utilizando el procedimiento aprobado por la presente Disposición.
PREINSCRIPCIÓN: De acuerdo con lo requerido en el Artículo 1º del ANEXO de la DISPOSICIÓN Nº 64/16 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, y a los fines de realizar la Preinscripción al Sistema de Información de Proveedores, los interesados deberán realizarla accediendo al sitio de Internet de XXXXX.XX, donde completarán la información requerida en los formularios de pre-inscripción. Quienes estén exceptuados de estar incorporados en el SIPRO, deberán igualmente realizarla.
Al momento de realizar la pre-inscripción los interesados deberán suministrar la información que se detalla en los formularios de pre-inscripción disponibles en XXXXX.XX de acuerdo al tipo de personería que corresponda.
INSCRIPCIÓN: Quienes hayan realizado la pre-inscripción suministrando la información correspondiente según el tipo de personería, a los fines de la incorporación en el SIPRO, deberán (mediante el Administrador Legitimado del proveedor o bien quien tuviera poder para actuar en su representación) ingresar a la plataforma de Tramitación a Distancia (TAD) con su Clave Fiscal e ingresar en formato digital toda la documentación detallada en el Artículo 9º del Anexo de la Disposición ONC Nº 64/16, la que deberá ser legible y completa, y escaneada de su original.
La OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES cotejará los datos ingresados por los interesados en los formularios de pre-inscripción con la documentación aportada por aquéllos. Si los datos se corresponden incorporará al proveedor al SIPRO. Caso contrario, podrá requerir enmiendas, subsanaciones o modificaciones durante el proceso de evaluación según lo considere.
Los proveedores inscriptos interesados en participar en procedimientos de selección, deberán mantener actualizada la información modificando los datos que hubieren variado, de acuerdo con lo estipulado en el Artículo 10 del Anexo de la Disposición Nº 64/16.
ACTUALIZACIÓN DE DATOS SIN RESPALDO DE DOCUMENTACIÓN. La actualización del domicilio especial, el número de teléfono, el correo electrónico institucional, alternativo y/o del administrador legitimado y nombre de fantasía, podrán realizarla modificando el formulario de preinscripción sin más trámite, con el usuario y contraseña obtenido en la preinscripción.
ACTUALIZACIÓN DE DATOS CON RESPALDO DE DOCUMENTACIÓN O ACTUALIZACIÓN DE DOCUMENTOS VENCIDOS. El Administrador Legitimado deberá ingresar en el portal de Tramitación a Distancia (TAD), seleccionar el trámite correspondiente a la Actualización y cargar la documentación respaldatoria de las modificaciones realizadas o que deba renovar a partir de su vencimiento. A los fines de actualizar esta información, la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES tomará intervención de la misma forma que en el proceso de incorporación de proveedores.
OFERTA ALTERNATIVA:
Se admite la presentación de ofertas alternativas.
Se entiende por oferta alternativa a aquella que cumpliendo en un todo las especificaciones técnicas de la prestación previstas en el pliego de bases y condiciones particulares, ofrece distintas soluciones técnicas que hace que pueda haber distintos precios para el mismo producto o servicio.
El organismo contratante podrá elegir cualquiera de las dos o más ofertas presentadas ya que todas compiten con la de los demás oferentes.
La oferta alternativa deberá presentarse en un formulario que deberá indicar claramente su calidad de tal (ALTERNATIVA), numerándolas según corresponda (ej. Alternativa I; Alternativa II).
MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS:
Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura.
El plazo antes aludido se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo.
La prórroga automática del plazo de mantenimiento de oferta no podrá exceder de UN (1) año contado a partir de la fecha del acto de apertura.
El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento al segundo período o que la mantiene por una determinada cantidad de períodos, y en ese caso, la jurisdicción o entidad contratante la tendrá por retirada a la finalización del período indicado.
Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso.
El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior.
Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta.
Con posterioridad a la notificación del acto de adjudicación, el plazo de mantenimiento de oferta se renovará por DIEZ (10) días hábiles. Vencido éste plazo sin que se hubiese notificado la orden de compra o venta por causas no imputables al adjudicatario, éste podrá desistir de su oferta sin que le sea aplicable ningún tipo de penalidad ni sanción.
CONCURSO SIN EFECTO:
El ORSNA podrá dejar sin efecto la presente contratación en cualquier estado anterior a la adjudicación, o declararla desierta por no tener concurrencia de oferentes o fracasada por no considerar conveniente ninguna de las propuestas presentadas, sin que ello acuerde derecho alguno a los proponentes para ser reembolsados de los gastos en que hubieren incurrido en la preparación de su oferta o a ser indemnizados por cualquier otro motivo.
EVALUACIÓN DE OFERTAS:
ETAPA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. Se entenderá por etapa de evaluación de las ofertas al período que va desde el momento en que los actuados son remitidos a la Comisión Evaluadora, hasta la notificación del dictamen de evaluación.
La etapa de evaluación de las ofertas es confidencial, por lo cual durante esa etapa no se concederá vista de las actuaciones.
El análisis de la Comisión se hará con base en una metodología de evaluación que incluirá la ponderación y concurrencia de los factores que demuestren el ajuste a las estipulaciones establecidas en los Pliegos.
El análisis de los antecedentes de un Oferente tendrá en cuenta los siguientes aspectos:
La presentación y suficiencia de los documentos requeridos en el Pliego y en el resto de la documentación que rija la contratación.
Si la Garantía de Mantenimiento de Oferta cumple con las condiciones de haber sido emitida de conformidad con las estipulaciones establecidas en los Pliegos.
Antecedentes generales de la empresa (que demuestren una amplia experiencia en obras de alta complejidad, de diversas tipologías y características técnicas de altas prestaciones)
Antecedentes particulares de la empresa (tareas ejecutadas o en ejecución similares a los solicitados en la presente contratación)
Metodología. Solidez y Adecuación del enfoque técnico.
Experiencia del “Jefe de Equipo” (general y particular).
El ORSNA también tendrá la facultad de dirigirse a los clientes de las firmas proponentes y a cualquier otra fuente de información que considere pertinente, con el objeto de confirmar aspectos concernientes a los documentos presentados.
Procedimiento a seguir en la evaluación de la oferta (Sobre 1)
Para la evaluación técnica de las propuestas se considerarán los componentes y ponderaciones descriptos en la siguiente “Tabla de Puntaje Técnico”:
TABLA DE PUNTAJE TÉCNICO – ÍTEMS |
PONDERACIÓN RELATIVA |
Experiencia de la empresa en antecedentes generales |
20% |
Experiencia de la empresa en antecedentes particulares |
20% |
Experiencia del “Jefe de Proyecto” en antecedentes generales |
15% |
Experiencia del “Jefe de Proyecto” en trabajos similares |
15% |
Solidez y adecuación del enfoque técnico (metodología ) |
30% |
Total |
100% |
En todos los casos, a cada componente se le adjudicará un puntaje de 0 a 100, según la apreciación que realice la Comisión Evaluadora. Serán considerados únicamente los Oferentes cuyo Valor Total Ponderado iguale o supere el valor de 70 (70% del total posible); pero solo las ofertas que hayan obtenido puntajes de 40% o mayor en TODOS y cada uno de los componentes a ser evaluados y que figuran en la Tabla, podrán continuar siendo evaluadas.
Procedimiento a seguir en la evaluación de la oferta (Sobre 2)
La fórmula de adjudicación de las ofertas es la siguiente:
P: (Pt x 0.80) + (Pp x 0.20)
Siendo Pt el puntaje técnico obtenido de la “Tabla de Puntaje Técnico” anterior y Pp el puntaje de precio. El precio de cada oferta se conocerá en la instancia de apertura del Sobre 2.
El Pp se obtiene de la fórmula: 100 x Pm/Pi, en la que Pm es el precio más bajo de las cotizaciones presentadas y habilitadas para la apertura del Sobre 2; y Pi es el precio a considerar de cada oferta.
La mejor propuesta será la que obtenga el mayor puntaje (P).
ACLARACIONES. La información y datos contenidos en la Propuesta podrá ser motivo de solicitud de aclaraciones, las que deberán ser respondidas en el plazo de TRES (3) días hábiles de recibida la solicitud.
DEFECTOS SUBSANABLES. Los oferentes serán intimados a subsanar los errores u omisiones de acuerdo lo indicado en el Artículo 67 del Decreto 1030/16.
Cuando la documentación respaldatoria presentada por los Proponentes tuviera defectos de forma, la Comisión Evaluadora requerirá al interesado que proceda a subsanarlos dentro de los TRES (3) días, contados a partir de la fecha de recibida la notificación; si no lo hiciera, la Comisión desestimará la propuesta.
CAUSALES NO SUBSANABLES. Será desestimada la oferta, sin posibilidad de subsanación, en los supuestos del Artículo 66 del Decreto 1030/16
Sin perjuicio de las causales de desestimación no subsanables previstas en el Artículo 66 del Decreto 1030/16, las Propuestas podrán ser rechazadas por falta de información o por no haber incluido la documentación que a juicio del ORSNA se refiera a aspectos sustanciales de la convocatoria, necesarios para evaluarlas.
PAUTAS PARA LA INELEGIBILIDAD. Se desestimarán las ofertas en los supuestos del Artículo 68 del Decreto 1030/16.
DICTAMEN DE PRESELECCIÓN (SOBRE A).
La Comisión Evaluadora analizará los aspectos de las propuestas técnicas presentadas, y emitirá el dictamen de preselección, dentro del término de CINCO (5) días contados a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de recepción de las actuaciones, el que será notificado a todos los oferentes dentro de los DOS (2) días de emitido. En caso de haberse presentado observaciones emitirá en dicho dictamen su opinión fundada sobre las mismas.
IMPUGNACIONES AL DICTAMEN DE PRESELECCIÓN (SOBRE A)
Los oferentes e interesados podrán impugnar el dictamen de preselección dentro de los DOS (2) días de notificados, previa integración de la garantía correspondiente, regulada en el Artículo 33 “GARANTÍAS” del presente Pliego.
Todas las impugnaciones planteadas serán resueltas por la autoridad competente en el acto administrativo que resuelva la preselección. La Unidad Operativa de Contrataciones deberá notificar a todos los oferentes el acto administrativo que resuelva la preselección dentro de los TRES (3) días de emitido.
APERTURA DEL SOBRE B (PROPUESTA ECONÓMICA)
El sobre conteniendo las ofertas económicas de quienes hubieran sido preseleccionados, se abrirá en acto público al que serán debidamente invitados todos los oferentes. La apertura de la ofertas económicas deberá efectuarse dentro de los DIEZ (10) días de notificado el acto administrativo de preselección. En este acto se devolverán cerrados los sobres, cajas o paquetes que contengan las ofertas económicas de los oferentes no preseleccionados, juntamente con las respectivas garantías de mantenimiento de ofertas. De lo actuado se labrará la correspondiente acta.
MEJORA DE OFERTAS:
El ORSNA, a través de su la autoridad competente en este procedimiento, podrá pedir mejora de precios al oferente que se encuentre primero en el orden de mérito.
DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.
La Comisión Evaluadora tomará en cuenta los parámetros de evaluación para las ofertas económicas contenidos en el pliego de bases y condiciones particulares, establecerá el orden de mérito y recomendará sobre la resolución a adoptar para concluir el procedimiento. En caso de haberse previsto en el referido pliego la combinación de los puntajes obtenidos en ambas propuestas, se ponderarán los puntajes de la manera preestablecida, a los efectos de la obtención del puntaje final. Este dictamen será elevado sin más trámite a la autoridad competente para concluir el procedimiento de selección.
ADJUDICACIÓN:
La adjudicación será decidida por la autoridad competente del ORSNA dentro del plazo de mantenimiento de las Propuestas y recaerá en la propuesta que a exclusivo juicio del ORSNA sea considerada más conveniente, de acuerdo a lo establecido en el presente Xxxxxx.
FACULTAD DE SUPERVISIÓN DE LAS TAREAS
Las tareas de seguimiento de la actividad que desarrolle el Consultor, para la posterior presentación de los informes pertinentes, serán desempeñadas por personal del área requirente.
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO:
A los efectos de su aplicación deberá considerarse a este Organismo como SUJETO EXENTO.
RECONOCIMIENTO DE CARGOS:
Este Organismo no reconocerá ningún gasto que no esté taxativamente indicado en la oferta.
GARANTÍAS:
MANTENIMIENTO DE OFERTA: CINCO POR CIENTO (5%) del monto total de la oferta. En el caso de cotizar con descuentos, alternativas o variantes, la garantía se calculará sobre el mayor monto propuesto.
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: DIEZ POR CIENTO (10%) del monto total del contrato, la que deberá ser integrada dentro de los CINCO (5) días posteriores de recibida la Orden de Compra y mantenida hasta la finalización de los trabajos, objeto del presente proceso licitatorio.
DE IMPUGNACIÓN: De acuerdo a lo establecido en el Artículo 78, inciso d) y e) del Decreto N° 1030/16 y el artículo 32 xxx XXXXXX ÚNICO.
Caso particular: Impugnación de Dictamen de Preselección: Se fija el 3% del presupuesto oficial para la garantía.
FORMAS DE GARANTÍAS:
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 39 de la Disposición ONC Nº 63/16, podrán constituirse de las siguientes formas, o mediante combinaciones de ellas:
Con cheque certificado contra una entidad bancaria.
Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN.
Con pagarés a la vista, cuando el importe que resulte de aplicar el porcentaje que corresponda, según se trate de la garantía de mantenimiento de oferta, de cumplimiento de contrato o de impugnación, o bien el monto fijo que se hubiere establecido en el pliego, no supere la suma de DOSCIENTOS SESENTA MÓDULOS (260 M).
En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta de la jurisdicción o entidad contratante, o giro postal o bancario.
Y demás formas establecidas en el Artículo 39 de la Disposición ONC Nº 63/16.
Se deberá contratar las pólizas con una compañía de seguros autorizada por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN (SSN), la cual deberá estar encuadrada dentro de la rama de actividad “Patrimoniales y Mixtas”.
La SSN como autoridad de aplicación analiza cierta información contenida en los Balances Trimestrales que las mismas aseguradoras presentan, y con ella conforman los llamados “Indicadores xxx Xxxxxxx Asegurador”, los cuales se encuentran disponibles en planilla de cálculo en xxx.xxx.xxx.xx, dentro de la sección Información Estadística y Contable > Información de Estados Contables > Indicadores.
Solo alcanzarán la condición de aceptabilidad, aquellas aseguradoras rankeadas por los indicadores mencionados, que por lo menos alcancen o superen los valores de referencia del sector en 2 de los 3 indicadores identificados como “C” [Créditos / Activos], “D” [(Disponibilidad + Inversiones) / Deudas con Asegurados] y “E” [(Disponibilidad + Inversiones + Total de Inmuebles) / (Deudas con Asegurados + Compromisos Técnicos)].
Si el Organismo lo considere pertinente, podrá solicitar el cambio de póliza cuando no se cumplan los parámetros descriptos.
XXXX XXXXXX UNICO DE ENTES:
Para resultar adjudicatario el oferente deberá estar dado de alta en el Padrón Único de Entes del SISTEMA DE INFORMACIÓN FINANCIERA, para ello, deberán ponerse en contacto con el DEPARTAMENTO CONTABLE por mail a xxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx
PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA:
Los trabajos se desarrollarán durante el período que va desde la firma del contrato hasta la aprobación por parte del ORSNA del Informe Final solicitado en este pliego de especificaciones técnicas, plazo total estimado de DIECIOCHO (18) meses corridos contabilizados a partir de la firma del contrato, previendo el comienzo de los servicios en el mes de diciembre de 2016.
La documentación técnica deberá entregarse en la sede del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), sita Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx x/x, Xxxxxxxx XX, Xxxx 0x, XXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX.
La Adjudicataria reportará en forma directa al DEPARTAMENTO DE FISCALIZACIÓN DE OBRAS de la GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA AEROPORTUARIA del ORSNA, quien recibirá el material a entregar por la Adjudicataria y conformará su integridad a los fines del cumplimiento del Contrato.
El material a entregar por la Adjudicataria consistirá en:
UN (1) informe quincenal rubricado en el cual se volcará el grado de avance, calidad de los trabajos realizados, cumplimiento de la empresa contratista y se incluirán fotografías. Asimismo deberá comunicar todas las novedades relacionadas con la ejecución de la obra.
UN (1) informe mensual rubricado acompañado con fotografías y/o gráficos que permitan visualizar el avance de la obra, el plan de trabajos que refleje lo programado y lo realmente ejecutado, indicando los desvíos de la programación si los hubiera e informando sobre la medición de los trabajos a certificar en cada mes. Asimismo se adjuntará un resumen de las principales novedades de obra realizados.
UN (1) Informe Final, que deberá producirse con posterioridad a la Recepción provisoria de la obra de manera que el mismo incluya, a más del Informe propio de la Adjudicataria, un análisis y evaluación sobre la documentación Conforme a Obra que presente AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 S.A. En caso que se verifiquen observaciones o falencias en la documentación Conforme a Obra sujeta a análisis, la Adjudicataria deberá sugerir al ORSNA las correcciones que corresponda requerir al concesionario. En este último supuesto, se tendrá por presentado de conformidad el Informe Final una vez que AA2000 S.A. subsane las observaciones a satisfacción de la Adjudicataria y del ORSNA.
FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO:
Presentada la factura y demás documentación requerida, y una vez aprobada por el ORSNA, se procederá a efectuar el pago dentro de los TREINTA (30) días hábiles posteriores.
El monto total del servicio será abonado a razón de:
NOVENTA POR CIENTO (90%) del monto total se abonará durante el desarrollo de la consultoría, prorrateado en pagos iguales a ser librados contra la entrega de cada Informe Mensual, estimado en DIECIOCHO (18) meses.
El DIEZ POR CIENTO (10%) del monto total se abonará contra entrega del INFORME FINAL DE LA CONSULTORÍA – CONFORME A OBRA, y su conformidad por parte de la GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA AEROPORTUARIA del ORSNA.
De corresponder, durante el transcurso del plazo de ejecución de los trabajos, y a los efectos de la redeterminación del monto del honorario, se tendrá en cuenta lo dispuesto por el Decreto Nº 691/2016 “Régimen de Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública y de Consultoría de Obra.”
Cualquier cargo relacionado con la movilidad y/o viáticos del personal afectado al servicio objeto de la presente contratación quedará a cargo de la Adjudicataria.
Conjuntamente con la factura y como requisito indispensable para hacer efectivo el pago, deberá presentar el Formulario 931 de AFIP, correspondiente al mes inmediato anterior; como así también, de corresponder, la acreditación del pago mensual de seguros correspondientes a los trabajadores afectados en los trabajos de consultoría.
En igual sentido en dicha oportunidad deberá presentar las constancias de las exenciones impositivas correspondientes.
El adjudicatario deberá abrir una cuenta en el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, a efectos de que esa entidad bancaria deposite los pagos correspondientes.
Asimismo, se advierte que toda cesión de los derechos inherentes al Adjudicatario, en su carácter de beneficiario en el marco de dicho contrato de Fideicomiso, deberá ser informado al ORSNA en oportunidad de la presentación de la documentación complementaria de la factura.
PERMISOS Y AUTORIZACIONES
El trámite referido a permisos y autorizaciones será responsabilidad del adjudicatario. El ORSNA asistirá al adjudicatario en la tramitación de todos los permisos necesarios ante la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA (PSA) y la ANAC.
RESPONSABILIDAD
El Adjudicatario deberá garantizar que los servicios ofrecidos serán desarrollados por personal competente, utilizando metodologías idóneas entre las más avanzadas técnicas disponibles de sus organizaciones y dentro de los plazos estipulados. De plantearse una situación de fuerza mayor o caso fortuito, entendido con los alcances de los arts. 1730 y ssgts. del Código Civil y Comercial de la República Argentina, deberá hacerlo conocer al ORSNA dentro de los TRES (3) días hábiles de ocurrido el evento, dando cuenta de los efectos que acarreará para el cumplimiento de sus obligaciones.
DAÑOS A PERSONAS, PROPIEDADES, EQUIPOS E INSTALACIONES
El Adjudicatario tomará todos los recaudos y precauciones necesarias a fin de evitar daños a las instalaciones y/o personas en los Aeropuertos, al personal que depende del adjudicatario/s y/o a terceros vinculados o no con la prestación del servicio.
No obstante ello, el resarcimiento de los perjuicios que se produjeran, correrán por su cuenta exclusiva, debiendo responder ilimitadamente por todos los daños que produzca a las personas y/o bienes; aunque dichos daños pudieran provenir de la acción de su personal y/o elementos utilizados, y/o por causas eventuales. Estas responsabilidades subsistirán hasta la recepción definitiva de los servicios a prestar durante la ejecución del plazo de garantía.
El Organismo podrá retener en su poder, de las sumas que adeudara al Consultor, el importe que estime conveniente hasta que las reclamaciones o acciones que llegaran a formularse por algunos de aquellos conceptos sean definitivamente resueltas, y hayan sido satisfechas las indemnizaciones a que hubiera lugar en derecho.
A todos sus efectos, el Consultor deberá dar estricto cumplimiento a la normativa sobre Higiene y Seguridad en el Trabajo.
SEGUROS REQUERIDOS PARA LA EJECUCIÓN DE TAREAS.
El Adjudicatario, antes del inicio de las tareas deberá contar con la afiliación a una Aseguradora de Riesgos del Trabajo, conforme lo normado por la Ley N° 24.557, certificada por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
En tal sentido, con anterioridad al inicio de los trabajos, deberá presentarse copia autenticada de dicha afiliación juntamente con la constancia de pago correspondiente, con la nómina del personal cubierto, que deberá contener: nombre, apellido y número de documento de identidad de cada uno de los técnicos que procederán a los trabajos de campo.
RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Antes de la iniciación de los trabajos, el Adjudicatario tomará a su exclusivo costo, un Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual a su nombre y el del Comitente (en forma conjunta, de manera que la indemnización resultante sea la misma que si tratase de pólizas separadas) por cualquier daño, pérdida o lesión que pudiera sobrevenir a cualquier bien (inclusive los del Comitente) o de cualquier persona (inclusive los empleados del Comitente) por hechos ocurridos como consecuencia de/u ocasionadas por la ejecución del Contrato.
El Adjudicatario deberá mantener indemnes al Estado Nacional y/o al ORSNA por reclamos iniciados por la vía civil, al margen o en exceso de o sustitutivamente a los términos de la Ley N° 24.557, o adicionalmente a los previstos en dicha ley, o incluso los reclamos cuestionando constitucionalmente los mismos. La obligación de indemnidad establecida en el presente artículo deberá comprender asimismo los reclamos de las Administradoras de Riesgos del Trabajo por indemnizaciones abonadas a empleados del Consultor, subcontratistas y de cualquier otro empleador, inclusive la empresa de Servicios Eventuales o Personal Temporario.
PARA CONSULTOR AUTONOMO O CON PERSONAL SIN RELACIÓN DE DEPENDENCIA: Cuando el Consultor sea considerado frente a la AFIP - DGI como trabajador autónomo, o cuando utilizare personal que no esté bajo relación de dependencia, deberá contratar un seguro por accidentes personales. Esta disposición también será aplicable a los directores y socios o accionistas del Consultor, en caso de tratarse de personas físicas.
La cobertura, en todos los casos deberá comprender los riesgos de muerte, incapacidad permanente total o parcial derivada de cualquier causa, incluyendo la laboral y cláusula XXXXX para los casos que corresponda.
CONDICIONES COMUNES A TODOS LOS SEGUROS
Los contratos de seguros deberán ser tomados en compañías aseguradoras a satisfacción del Comitente, con renuncia del asegurador a todo derecho de repetición contra el Estado Nacional y/o el ORSNA.
El Estado Nacional y/o el ORSNA serán "Asegurados Adicionales" en todos los seguros contratados por el Consultor -exceptuando los de sus bienes- y las pólizas especificarán que ningún incumplimiento u omisión del Consultor perjudicará los intereses del Estado Nacional y/o el ORSNA quienes serán mantenidos indemnes ante cualquier reclamo de terceros. Asimismo, dichas pólizas deberán incorporar una cláusula de responsabilidad civil cruzada.
Las pólizas de seguro deberán estar vigentes durante todo el plazo de vigencia del CONTRATO. El Consultor deberá acreditar, en debida forma, la vigencia de las pólizas y el puntual pago de los premios pertinentes ante la sola solicitud del ORSNA.
Si el Consultor dejase de contratar o mantener en vigencia por cualquier causa que fuera, alguno de los seguros aquí estipulados o cualquier otro seguro que le pueda ser exigido en el futuro, el ORSNA podrá, sin perjuicio de cualquier otro derecho que pudiera ejercer, contratar, mantener en vigencia o volver a contratar dichos seguros, pagar las primas necesarias y facturar dichos importes al Consultor y/o deducir en cualquier momento las sumas desembolsadas debidamente ajustadas, de cualquier pago que deba hacer al Consultor, y/o en su defecto ejecutar total o parcialmente la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
Los seguros contratados no limitan ninguna responsabilidad contractual o extracontractual u obligación del Consultor que pudiera existir hacia otros Consultores y/o permisionarios y/o terceros o hacia el Concesionario y/o el Estado Nacional y/o el ORSNA;
Todas las pólizas contratadas por el Consultor deberán tener una cláusula que obligue al asegurador a no modificar las condiciones ni anular las pólizas, ni suspender la cobertura, sin dar aviso con TREINTA (30) días de anticipación, por carta documento u otro medio fehaciente, al ORSNA en su respectivo domicilio.
El Consultor se obliga a notificar inmediatamente al ORSNA cualquier acontecimiento que pueda dar lugar a un reclamo o demanda por resarcimiento por daños y/o lesiones, sean propios y/o de terceros. Deberá detallar todas las circunstancias de tiempo, modo y lugar que describan el suceso y cualquier otra información o prueba útil. Asimismo el Consultor se obliga a comunicar de forma fehaciente al Comitente, toda información ampliatoria que corresponda relativa al acontecimiento dentro de las VEINTICUATRO (24) horas de producido el mismo.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones relativas a los seguros previstos en el CONTRATO se considerará grave y dará derecho al ORSNA a rescindir el Contrato sin derecho a reclamo alguno por partes del Consultor, y/o a la aplicación de penalidades y/o a la posibilidad de reclamar daños y perjuicios de corresponder.
Los costos por reposiciones de sumas aseguradas afectadas por siniestros, como los resultantes de modificaciones por ampliaciones y/o agravaciones de riesgos, o aumento de tarifas de los aseguradores, cualquiera fuera su origen, serán a cargo del Consultor.
En todas las oportunidades que el Comitente lo requiera, el Consultor deberá exhibir las correspondientes pólizas, endosos, comprobantes de pago y demás documentación relativa a los contratos de seguros, sin perjuicio de actualizar mensualmente la información sobre seguros.
PLAN DE HIGIENE Y SEGURIDAD Y CONTROL DE RIESGOS
Para la totalidad de las etapas previstas en el reconocimiento y caracterización, el Consultor deberá presentar un Plan de Higiene y Seguridad y de Control de Riesgos para el personal que realice las tareas de campo. El mismo deberá cubrir al menos los siguientes aspectos:
Normas de Higiene y Seguridad (Ley N° 19.587, sus decretos reglamentarios y normas complementarias) y Ley de Riesgos del Trabajo N° 24.557 y normas concordantes, respecto de la totalidad de las tareas a desarrollar.
Elementos de protección personal y ropa de trabajo.
Mediciones de campo de contaminantes considerados como prioritarios o que impliquen un riesgo para los operarios.
Entrenamiento y capacitación de la totalidad de los trabajadores.
Planes de contingencia compatibles con las actividades a desarrollar.
PERSONAL DEL CONSULTOR
Todo el personal del Consultor que se encuentre afectado a las tareas objeto del presente y/o que cumpla funciones para éste o para sus subcontratistas, se desempeñará en relación de dependencia exclusiva con el primero, sin relación alguna con el Comitente.
El Consultor mantendrá indemne al Comitente por cualquier reclamo de sus empleados o de sus subcontratistas, de personas afectadas a los TRABAJOS por él o por sus subcontratistas, sus herederos o sucesores y/o de los organismos de la Seguridad Social y/o sindicales y/o del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación que tenga origen en la relación laboral habida por el Consultor y/o sus subcontratistas con sus empleados y/o personal afectado a tareas a su cargo, ya sea que el reclamo se interponga durante la vigencia o luego de concluidas las tareas.
Cada trabajador deberá estar munido de las protecciones individuales contra accidentes y enfermedades profesionales más adecuadas para el cumplimiento de sus tareas.
El Consultor deberá, a criterio exclusivo del Comitente, reemplazar inmediatamente las personas que resultaran (i) no gratas por su comportamiento o por cualquier trasgresión a las disposiciones normativas y/o aeroportuarias en vigencia (ii) carentes de los requisitos profesionales necesarios y/o (iii) no aptas para la obtención de los permisos de acceso en ámbitos aeroportuarios en vigencia o carentes del permiso como consecuencia de olvidos o revocaciones.
El Consultor asumirá a su costo y cargo todas las consecuencias derivadas de las eventuales infracciones que sus empleados y/o personal afectado por él al cumplimiento de sus obligaciones pudieran cometer con relación a las leyes, reglamentos, prescripciones y toda normativa aplicable al cumplimiento de sus obligaciones.
PROPIEDAD INTELECTUAL
La Propiedad Intelectual pertenecerá en forma exclusiva al ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), no pudiendo el Oferente dar a conocer el resultado del trabajo sin la previa autorización de éste.
RECEPCIÓN DEFINITIVA:
La COMISIÓN DE RECEPCIÓN recibirá el servicio con carácter provisional y los recibos o remitos que se firmen quedarán sujetos a la conformidad de la recepción, pudiendo el organismo observar y/o rechazar los informes que no se ajusten a las obligaciones emergentes de la documentación contractual.
El Contratista estará obligado a modificar y/o subsanar los informes (mensual o final) presentados con motivo de la prestación del servicio que nos ocupa, cuando éstos hubieran sido observados y/o rechazados por el Organismo dentro del plazo que éste fije al efecto. Vencido el mismo, la contratista quedara sujeta a las penalidades la documentación contractual y normativa aplicable. Sin perjuicio de las penalidades que correspondieren, el proveedor cuyos informes hubieran sido observados y/o rechazados deberá hacerse cargo de los costos que implique la subsanación y/o modificación y/o presentación de un nuevo informe acorde a las obligaciones emergentes de la contratación objeto del presente.
PLAZO PARA LA CONFORMIDAD DE LA RECEPCIÓN:
La conformidad de la recepción definitiva se otorgará dentro del plazo xx XXXX (10) días, a partir de la recepción del informe final correspondiente al servicio objeto de la contratación que nos ocupa. En caso de silencio, una vez vencido dicho plazo, el proveedor podrá intimar la recepción. Si la dependencia contratante no se expidiera dentro de los DIEZ (10) días siguientes al de la recepción de la intimación, el informe final correspondiente al servicio prestado en el marco de la presente contratación se tendrá por recibido de conformidad.
AMPLIACIONES Y DISMINUCIONES DEL MONTO CONTRACTUAL:
El aumento o la disminución del monto total del contrato será una facultad unilateral del Organismo, hasta el límite del VEINTE POR CIENTO (20%).
En los casos en que resulte imprescindible para el Organismo, el aumento o la disminución podrán exceder el VEINTE POR CIENTO (20%), y se deberá requerir la conformidad del contratista, si ésta no fuera aceptada, no generará ningún tipo de responsabilidad al proveedor ni será pasible de ningún tipo de penalidad o sanción. En ningún caso las ampliaciones o disminuciones podrán exceder del TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) del monto total del contrato, aún con consentimiento de la contratista.
Los aumentos o las disminuciones podrán incidir sobre uno, varios o el total de los renglones de la orden de compra o contrato. En ningún caso el aumento o la disminución podrán exceder los porcentajes antes citados del importe de los renglones sobre los cuales recaiga el aumento o la disminución.
El aumento o la disminución de la prestación podrá tener lugar en oportunidad de dictarse el acto de adjudicación o durante la ejecución del contrato, incluida la prórroga en su caso o, como máximo, hasta TRES (3) meses después de cumplido el plazo del contrato.
Cuando por la naturaleza de la prestación exista imposibilidad de fraccionar las unidades para entregar la cantidad exacta contratada, las entregas podrán ser aceptadas en más o en menos, según lo permita el mínimo fraccionable. Estas diferencias serán aumentadas o disminuidas del monto de la facturación correspondiente, sin otro requisito.
La prerrogativa de aumentar o disminuir el monto total del contrato no podrá en ningún caso ser utilizada para aumentar o disminuir el plazo de duración del mismo.
LEGISLACIÓN APLICABLE RELATIVA AL COMPRE TRABAJO ARGENTINO:
Se deja expresa constancia que, de conformidad con lo preceptuado por la Ley N° 25.551, el Decreto N° 1600/2002 reglamentario de ésta y legislación concordante, el ORSNA otorgará preferencia a la adquisición de bienes de origen nacional, entendiéndose por tales aquellos que han sido producidos o extraídos en la Nación Argentina, siempre que el costo de las materias primas, insumos o materiales importados nacionalizados no supere el CUARENTA POR CIENTO (40%) de su valor bruto de producción (Art. 2° Ley N° 25.551).
Dicha preferencia operará en el supuesto de que para idénticas o similares prestaciones, en condiciones de pago contado, el precio de los bienes de origen nacional sea hasta un SIETE POR CIENTO (7%) [bienes ofrecidos por sociedades calificadas como PYMES] o CINCO POR CIENTO (5%) [otras empresas] superior al precio del bien de origen no nacional.
Toda oferta nacional deberá ser acompañada por una declaración jurada mediante la cual se acredite el cumplimiento de las condiciones requeridas para ser considerada como tal.
En caso de bienes que no sean de origen nacional en competencia con bienes de origen nacional, los primeros deberán haber sido nacionalizados o garantizar el oferente su nacionalización y deberán cumplir todas las normas exigidas xxx xxxxxxx local.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
ANTECEDENTES
El ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) es el encargado de planificar, regular, controlar y fiscalizar el desarrollo de los aeropuertos integrantes del SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (S.N.A.) ajustando las necesidades de infraestructura e inversiones de cada uno de ellos a las demandas específicas particulares y del sistema en su conjunto; encontrándose a su cargo - durante el transcurso de las obras- la Fiscalización de Obra.
Para su realización, en atención a la especificidad de la obra que motiva este llamado, el ORSNA requiere de los servicios de una consultora/estudio para que colabore en las tareas propias Fiscalización de Obra, de la obra “NUEVA TERMINAL DE PASAJEROS” a ejecutarse en el Aeropuerto “Xxxxxxx X. Xxxxxxx” xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx; cuya realización y Dirección de Obra se encuentran a cargo del Concesionario -AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 S.A.-, conforme el proyecto aprobado en el Expediente ORSNA N° 382/14, que integrará el material inicial de trabajo de la Adjudicataria.
Los trabajos de colaboración en la fiscalización de obra se desarrollarán en el plazo contractual que se fija en los presentes pliego de bases y condiciones, el cual será computado desde la firma del contrato u orden de compra y hasta la aprobación por parte del ORSNA del Informe Final solicitado en los pliegos de bases y condiciones que rigen el presente proceso de selección.
La Adjudicataria reportará en forma directa al DEPARTAMENTO DE FISCALIZACIÓN DE OBRAS de la GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA AEROPORTUARIA del ORSNA, quien recibirá el material que entregue la Adjudicataria y que deberá conformar en cumplimiento del Contrato. La Adjudicataria se compromete a abstenerse de comunicar parcial o totalmente a AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 S.A. –concesionaria que tiene a su cargo la Dirección de Obra- cualquiera de los datos, fotografías, observaciones emergentes o cualquier otro componente y/o informes que produzca en el marco del Contrato de Consultoría y de los presentes Términos de Referencia.
OBJETIVOS
La Adjudicataria desarrollará todas las tareas administrativas y técnicas para colaborar en la tarea de fiscalización de obra, en aras de corroborar la correcta ejecución –por parte de la Dirección de Obra- de todos los trabajos que comprenden la obra en cuestión, verificando que los mismos sean ejecutados conforme la documentación del proyecto autorizado por el ORSNA y de la ingeniería de detalle desarrollada en base al mismo. Ello, sin perjuicio de las facultades de Fiscalización de Obra que posee y que a los efectos del presente Contrato conserva, la GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA AEROPORTUARIA del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA).
El Adjudicatario será el asesor del Comitente (ORSNA) en todos los aspectos técnicos en relación con el proyecto y/o con la Dirección de la Obra (AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 S.A.); actuando en representación del comitente ante la Dirección de Obra, cuando medie indicación expresa del ORSNA en ese sentido, sino deberá abstenerse de proporcionarle directivas o de darle ordenes, ya que las funciones del Adjudicatario no son ejecutivas, sino que deben limitarse a informar y asesorar al comitente.
La responsabilidad de los actos del Adjudicatario es propia y diferente de las responsabilidades que tiene la Dirección de Obra -a cargo del concesionario-, y no asume responsabilidades por la gestión ni por la calidad técnica de las tareas y trabajos que resultan ser responsabilidad propias y exclusivas de la Dirección de Obra.
La gestión del Adjudicatario incluirá las siguientes acciones:
Actuar de interlocutor entre el ORSNA y la Dirección de Obra (D.O.), canalizando las directivas del primero y las consultas y pedidos del segundo.
Realizar el seguimiento de la gestión de la D.O. para comprobar que tanto la gestión como los trabajos a su cargo se realicen de acuerdo con los términos del contrato.
Evitar desviaciones en la documentación de proyecto.
Brindar asesoramiento al ORSNA, principalmente con respecto a la introducción de variantes o modificaciones de diseño, de especificaciones o de costos con respecto a iniciativas o propuestas de la D.O. o del mismo comitente.
Verificar la evolución de la obra detallando el grado de avance.
Verificar el desempeño de las tareas por parte de la Dirección de Obra (Concesionario)
TAREAS - METODOLOGÍAS
La Adjudicataria cumplirá con la tarea de apoyo y/o colaboración con la Fiscalización de Obra a cargo de la comitente, mediante la presencia de su personal en la obra mientras se ejecute la misma.
La Adjudicataria verificará el avance de los trabajos y su desarrollo de acuerdo al proyecto aprobado / ingeniería de detalle y mantendrá informada periódicamente a la GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA AEROPORTUARIA del ORSNA respecto de las novedades, avances y/o demoras de la Obra.
La Adjudicataria deberá disponer de los medios técnicos –teléfono y correo electrónico- que permitan mantener comunicación diaria y en tiempo real con la GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA AEROPORTUARIA y el DEPARTAMENTO DE FISCALIZACIÓN DE OBRAS del ORSNA.
La Adjudicataria deberá verificar todos y cada uno de los ensayos que sean necesarios para corroborar la calidad de los trabajos en ejecución. Si el Contratista/Concesionario se excediera en el plazo fijado para la ejecución de los trabajos, la Adjudicataria deberá informar a la GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA AEROPORTUARIA del ORSNA los motivos que originaron dicha demora, no teniendo facultades, en ningún caso, para autorizar ampliaciones de plazos. Asimismo, si el ORSNA aprobara una extensión en el plazo de obra podrá extenderse, por tanto y en correspondencia con lo anterior, el plazo de las tareas a cargo de la Adjudicataria asignadas en el marco de la presente contratación.
La Adjudicataria deberá verificar las solicitudes de prórroga o circunstancias que afecten el normal desarrollo de los trabajos por factores climáticos y/o sus incidencias, conformadas por la D.O., a los efectos de informar al ORSNA la razonabilidad o no de las mismas. La Adjudicataria deberá verificar la medición mensual de avance de obra conformada por la D.O. La Adjudicataria no podrá autorizar ningún tipo de variación ni adicional a lo establecido en los pliegos y en el proyecto ejecutivo autorizado.
La Adjudicataria verificará el control que deberá ejercer la D.O. respecto de la Contratista, con relación al cumplimiento de todos los aspectos relacionados con las condiciones de seguridad e higiene, conforme lo dispuesto en los pliegos licitatorios y en la legislación vigente en la materia. De verificar falencias, desvíos u otra incidencia y a solicitud del DEPARTAMENTO DE FISCALIZACIÓN DE OBRAS del ORSNA, la Adjudicataria confeccionará un Acta de Constatación en la cual describirá las observaciones realizadas. La Adjudicataria deberá designar un jefe o responsable del equipo que tendrá a su cargo la colaboración en las tareas de Fiscalización de Obra, el cual actuará ante AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 S.A. y su Contratista en su carácter de representante del Comitente.
El ORSNA entiende y la Adjudicataria se compromete a realizar la tarea contratada con ajuste a la normativa vigente y de acuerdo a las reglas del arte.
RECURSOS A APORTAR POR EL CONTRATANTE
El ORSNA pondrá a disposición de la Adjudicataria la totalidad de los antecedentes técnicos contenidos en el expediente y la documentación aprobada para la obra, como asimismo la Ingeniería de Detalle y toda otra documentación de respaldo que sirva al propósito de la consultoría.
Cualquier cargo relacionado con la movilidad y/o viáticos del personal afectado a las tareas de colaboración en la Fiscalización de Obra, quedará a cargo de la Adjudicataria.
PERSONAL A AFECTAR Y PERFILES
El jefe o responsable del equipo que tendrá a su cargo la colaboración en las tareas de Fiscalización de Obra, designado por la Adjudicataria deberá estar debidamente inscripto en la matrícula del colegio profesional correspondiente, en un plazo no mayor de TREINTA (30) días de la firma del Contrato.
De acuerdo a los requerimientos de la obra en Arquitectura, Ingeniería, Instalaciones etc., la Adjudicataria designará un equipo de trabajo con la cantidad de especialistas profesionales y técnicos necesarios, debiendo comunicar en forma fehaciente al ORSNA dicha designación incluyendo los antecedentes profesionales de sus integrantes; junto con la identidad del Profesional Interventor de Obra residente, en un plazo no mayor a QUINCE (15) días de la firma del Contrato. Así también tendrá a su cargo la gestión de acreditación de sus equipos de trabajo en el sitio de obra.
ANEXO I – FORMULARIO DE OFERTA
Renglón |
DESCRIPCION |
Cantidad |
PRECIO UNITARIO IVA INCLUIDO |
PRECIO TOTAL IVA INCLUIDO |
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1 |
Contratación de Servicios para la realización de tareas de colaboración en la fiscalización de obra, de la “Xxxxx xxxxxxxx xx xxxxxxxxx” xxx Xxxxxxxxxx “Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx”, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx. |
1 |
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MONTO TOTAL OFERTADO |
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MONTO TOTAL OFERTADO CON IVA INCLUIDO EN LETRAS |
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FIRMA DEL OFERENTE |
ANEXO II – APERTURA DE COSTOS DESAGREGADOS
DE LOS SERVICIOS COTIZADOS
Cabe consignar que la falta de presentación por parte de los Oferentes de los presentes formularios en la forma indicada tornará la oferta como inadmisible
Estructura de Ponderación, a los efectos de obtener Variación de Referencia y Factor de Adecuación Provisoria para Adecuaciones o Redeterminaciones Provisorias
ESTRUCTURA DE PONDERACIÓN PARA CONSULTORÍA
APLICACIÓN DE LOS ÍNDICES
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INSUMOS |
INCIDENCIAS |
INCIDENCIAS |
COEFICIENTES |
NUEVAS INCIDENCIAS |
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mes base |
mes de adecuación |
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(1) |
(2) |
(3) |
(3)/(2)=(4) |
(4)x(1)=(5) |
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Mano de Obra |
0,75 |
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0,0000 |
Costo Financiero |
0,05 |
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0,0000 |
Gastos Generales |
0,20 |
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0,0000 |
TOTALES |
1,00 |
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V.R. |
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FACTOR DE ADECUACIÓN PROVISORIA = 90% APLICABLE |
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Análisis de Precios, a los efectos de una segunda instancia o Redeterminación Definitiva
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FECHA: |
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CONCURSO PUBLICO ORSNA Nº: /16 (FIDEICOMISO – Doble Instancia) |
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Valor mensual de Referencia |
Cantidad de meses (o Unidades) |
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Estructura en % por Item |
Estructura en % S/Monto Total |
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Item |
Descripción del Item considerado |
Función asignada |
Subtotal |
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1 |
COSTO DEL PERSONAL |
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1.1 |
Nombre de la persona |
Jefe de Equipo / Coordinador |
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1.2 |
Nombre de la persona |
Jefe de Equipo en obra |
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1.3 |
Nombre de la persona |
Especialista en Termomecánica |
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1.4 |
Nombre de la persona |
Especialista en Electricidad |
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1.5 |
Nombre de la persona |
Especialista en Estructuras |
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1.6 |
Nombre de la persona |
Especialista en Corrientes Débiles |
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1.7 |
Nombre de la persona |
Especialista en Seguridad e Higiene |
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1.8 |
Nombre de la persona |
Especialista en Instalaciones Contra Incendio |
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1.9 |
Nombre de la persona |
Otros |
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TOTAL COSTO DE PERSONAL |
0,00 |
0,00% |
0,00% |
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Item |
Descripción del Item considerado |
Días de estadía por viaje |
Valor mensual de Referencia |
Cantidad de meses (o unidades) |
Subtotal |
Estructura en % por Item |
Estructura en % s/monto total |
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2 |
GASTOS VARIOS PARA EJECUCION CONTRATO |
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2.1 |
Alquiler de vivienda para Jefe de Equipo en Obra |
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2.2 |
Alquiler de viviendas para personal técnico |
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2.3 |
Viáticos alojamiento y comidas |
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2.4 |
Alquiler y mantenimiento Oficinas |
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2.5 |
Alquiler equipamiento Oficinas |
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2.9 |
Viajes avión BUE - CRD Jefe de Equipo / Coordinador |
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2.10 |
Viajes avión BUE - CRD. Jefe de Equipo en Obra |
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2.11 |
Viajes avión BUE - CRD Especialista Termomecánica |
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2.12 |
Viajes avión BUE - CRD Especialista Electricista |
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2.13 |
Viajes avión BUE - CRD Especialista Estructuras |
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2.14 |
Viajes avión BUE - CRD Especialista Corrientes Débiles |
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2.15 |
Viajes avión BUE - CRD Especialista Seguridad e Higiene |
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2.16 |
Viajes avión BUE - CRD Especialista Inst. Contra Incendio |
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2.17 |
Viajes avión BUE - CRD Otros |
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2.18 |
Comunicaciones telefónicas |
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2.19 |
Seguro de Caución por ejecución de Xxxxxxxx |
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2.20 |
Seguro de Respons. Civil / ART |
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2.21 |
Seguro de Caución Fondo de Reparos |
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2.22 |
Gastos de Administración |
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2.23 |
Otros |
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TOTAL GASTOS PREVISTOS |
0,00 |
0,00% |
0,00% |
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S |
COSTO DIRECTO (Costo personal + Gastos previstos) |
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0,00 |
0,00% |
0,00% |
A |
Imprevistos (%) sobre S |
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0,00% |
0,00% |
B |
Costos Indirectos - Gastos Grales. (%) S+A |
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0,00% |
0,00% |
C |
TOTAL COSTO DIRECTO |
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0,00% |
0,00% |
D |
Beneficio (%) |
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0,00% |
0,00% |
E |
Subtotal sin impuestos (S+A+B+C) |
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0,00% |
0,00% |
F |
IVA - 21% |
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0,00% |
0,00% |
G |
Ingresos brutos |
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0,00% |
0,00% |
H |
Impuesto al cheque |
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0,00% |
0,00% |
I |
PRECIO UNITARIO TOTAL |
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FORMULARIO 1
CARTA DE PRESENTACIÓN
BUENOS AIRES, ... de ............................. de 2016
Señores
ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS
Presente
De nuestra mayor consideración:
Tenemos el agrado de presentar a consideración de ustedes la documentación adjunta que acredita la capacidad profesional de la firma que representamos, para participar en la convocatoria para la Contratación de Servicios para la realización de tareas de colaboración en la fiscalización de obra, de la “Xxxxx xxxxxxxx xx xxxxxxxxx” xxx Xxxxxxxxxx “Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx”, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx.
Declaramos que hemos tomado conocimiento de todas las condiciones contenidas en los documentos que rigen esta convocatoria, a los cuales nos sometemos en su integridad. La presentación de esta oferta implica la aceptación de los criterios de evaluación a utilizar, lo que así expresamente declaramos, así como de la aplicación práctica de los mismos para la determinación del orden de mérito a asignar.
Adjuntamos la Garantía de Mantenimiento de nuestra Oferta por la suma de PESOS CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($ 418.555.-), la cual ha sido constituida mediante ..................................
A todos los efectos constituimos domicilio en ................................................................................................................. y las siguientes direcciones de correo electrónico .……………………………………………………………………………………….……… a las se enviarán las notificaciones referidas a esta contratación.
Atentamente.
FORMULARIO 2
DECLARACIÓN JURADA DE HABILIDAD PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA NACIONAL |
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CUIT : |
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Razón Social, Denominación o Nombre completo : |
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El que suscribe, con poder suficiente para este acto, DECLARA BAJO JURAMENTO, que la persona cuyos datos se detallan al comienzo, está habilitada para contratar con la ADMINISTRACIÓN PUBLICA NACIONAL, HASTA TANTO SE DECLARE BAJO JURAMENTO LO CONTRARIO, en razón de cumplir con los requisitos del Artículo 27 del Decreto 1023/2001 y sus modificaciones y que no está incursa en ninguna de las causales de inhabilidad establecidas en el Artículo 28 del citado cuerpo legal. |
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RÉGIMEN DE CONTRATACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DECRETO Nº 1023/2001 |
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Art. 27. — PERSONAS HABILITADAS PARA CONTRATAR. Podrán contratar con la Administración Nacional las personas físicas o jurídicas con capacidad para obligarse que no se encuentren comprendidas en las previsiones del Artículo 28 y que se encuentren incorporadas a la base de datos que diseñará, implementará y administrará el órgano Rector, en oportunidad del comienzo del período de evaluación de las ofertas, en las condiciones que fije la reglamentación. La inscripción previa no constituirá requisito exigible para presentar ofertas. Art. 28. — PERSONAS NO HABILITADAS. No podrán contratar con la Administración Nacional: a) Las personas físicas o jurídicas que se encontraren sancionadas en virtud de las disposiciones previstas en los apartados 2. y 3. del inciso b) del Artículo 29 del presente. b) Los agentes y funcionarios del Sector Público Nacional y las empresas en las cuales aquellos tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social, de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública, N° 25.188. c) (Inciso derogado por Art. 19 de la Ley N° 25.563 B.O. 15/2/2002. Vigencia: a partir de su promulgación.) d) Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble de la condena. e) Las personas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad, o contra la Administración Pública Nacional, o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción. f) Las personas físicas o jurídicas que no hubieran cumplido con sus obligaciones tributarias y provisionales, de acuerdo con lo que establezca la reglamentación. g) Las personas físicas o jurídicas que no hubieren cumplido en tiempo oportuno con las exigencias establecidas por el último párrafo del Artículo 8° de la Ley N° 24.156. |
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FIRMA : |
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ACLARACIÓN : |
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LUGAR Y FECHA : |
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FORMULARIO 3
DECLARACIÓN JURADA "COMPRE TRABAJO ARGENTINO - CONTRATE NACIONAL"
El/los que suscribe/n manifiesta/n en carácter de Declaración Jurada que la oferta ha sido presentada de conformidad con lo preceptuado por la Ley N° 25.551, Decreto N° 1600/2002 reglamentario de ésta y legislación concordante.
En consecuencia he/mos dado cumplimiento al Régimen de Compre y Contrate Nacional y/o Trabajo Argentino.
............................................................
FIRMA
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ACLARACIÓN
FORMULARIO 4
DECLARACIÓN JURADA - OCUPACIÓN PERSONAS CON DISCAPACIDAD
El/los que suscribe/n manifiesta/n en carácter de Declaración Jurada que de resultar adjudicatario se obliga a ocupar personas con discapacidad en una proporción no inferior al CUATRO POR CIENTO (4%) de la totalidad del personal afectado a la prestación del servicio, a los fines de cumplir con la obligación establecida en el artículo 7° del Decreto N° 312 de fecha 2 xx xxxxx de 2010.
............................................................
FIRMA
..........................................................
ACLARACIÓN
Aeroparque - Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx x/x, Xxxxxxxx XX, Xxxx 0x - X0000XXX - XXXX - Xxxxxxxxx
Tel. 0000-0000 / 0000-000-00000 xxx.xxxxx.xxx.xx