Condiciones de asistencia en carretera
N.º AA73/2021-CG/ES
Condiciones de asistencia en carretera
Versión vigente a 28/03/2022
1. OBJETIVO
El objetivo de estas condiciones generales es definir los términos y condiciones aplicados por el Prestador de asistencia a las garantías de asistencia de vehículos otorgadas de manera gratuita a todos los compradores de vehículos de segunda mano comercializados por la sociedad CAZOO TRADING SPAIN, S.L.U (enadelante, “CAZOO”) en el marco de la garantía comercial a la quetienen derecho los compradores en virtud del acuerdo de compra celebrado con CAZOO.
2. PRESTADOR DE ASISTENCIA
La prestación de las garantías de asistencia se realiza con: ACTA ASSURANCE SA
Parc des Tuileries CS 80117
69578, Limonest Cedex (Francia)
Sociedad anónima (Société anonyme) con un capital social de 2 387 580 EUR
Registrada en el RCS (Registro Mercantil) xx Xxxx con el n.º 493 466 254
La sociedad se rige por el código de seguros francés y está sujeta a la Autoridad de supervisión prudencial y de resolución francesa con sede en 4 Place de Budapest, CS 92459, 75436 Xxxxx Xxxxx 00 (Francia).
La prestación de los servicios de asistencia se realiza con: REAL AUTOMÓVIL CLUB DE ESPAÑA (RACE)
Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, 0 - X.X.X.
00000 XXXX XXXXXX – XXXXXX (XXXXXX) CIF: X-00000000
3. ASEGURADO
CAZOO TRADING SPAIN, S.L.U.
Xxxxx Xxxxxxx 00, 0-0
00000, Xxxxxxxxx (Xxxxxx)
CIF: X-00000000
(En adelante, “CAZ)OO”
5.2 Inmovilización del Vehículo
Tiempo que necesita el dueño de un taller para reparar el Vehículo después de un evento cubierto por la garantía. Se considerará que la inmovilización empieza en el momento en el que el Vehículo, que está cubierto por la garantía, se deja en el taller y termina cuando finaliza la reparación. El reparador indicará cuál es el periodo de inmovilización cuando el Vehículo haya sido entregado.
Cualquier incidente fortuito de origen mecánico, eléctrico o electrónico —excepto la falta de carga de la batería de tracción en caso de vehículo eléctrico— que impida que el Vehículo asegurado prosiga el desplazamiento previsto o siga desplazándose en condiciones normales de circulación. En esta definición también se deben incluir los fallos que imposibiliten el uso del Vehículo en condiciones normales de seguridad o que sean susceptibles de agravar la causa que provocó la avería (p. ej., la luz de advertencia del aceite encendida).
Cualquier vehículo de motor terrestre de cuatro ruedas con un peso de carga total inferior o igual a 3500 kilogramos, comprado a CAZOO, objeto de una garantía comercial ofrecida por CAZOO y registrada en España.
Quedan excluidos:
- Caravanas, remolques que no estén enganchados al Vehículo asegurado, remolques de fabricación no estándar y cualesquiera otros remolques no destinados al transporte de equipaje, junto con remolques para barcos y para vehículos.
- Vehículos utilizados para obtener un beneficio económico derivado simplemente de su uso en virtud de la actividad profesional de Beneficiario (p. ej., transporte de bienes o personas a cambio de una contraprestación, profesor de autoescuela, etc.).
- Vehículos de más de 9 plazas.
4. TELÉFONO AL QUE LLAMAR EN CASO DE INCIDENTE
Las garantias definidas en este documento se aplicarán a petición expresa del Beneficiario y serán remitidas directamente al Prestador de asistencia llamando al siguiente número de teléfono:
- desde España: x00 000 000 000
La persona que realiza la llamada deberá asumir los costes de comunicación de conformidad con las tarifas aplicadas por el operador correspondiente.
5. DEFINICIONES
Lugar de residencia principal y habitual del Beneficiario, domicilio declarado en el modelo del impuesto sobre la renta y que debe estar situado en la España peninsular, las islas Canariaso Baleares.
6. TÉRMINOS Y CONDICIONES QUE RIGEN LA INTERVENCIÓN
En todos los siniestros de personas que llamen indicando que son Beneficiarios del acuerdo y que sus Vehículos acaban de sufrir un incidente cubierto según lo descrito en este documento, el Prestador de asistencia debe asegurarse de que verdaderamente son Beneficiarios conforme a los términos establecidos en este documento solicitándoles la siguiente información:
- Apellidos y nombre.
- Número de bastidor o, en su defecto, número de matrícula.
- Lugar en el que se haya producido el incidente y tipo de siniestro.
En cuanto se produzcan las circunstancias del siniestro, el Beneficiario debe llamar al Prestador de asistencia, que se encargará de implementar las garantías de asistencia.
El Beneficiario no podrá en ningún caso obtener una compensación por los gastos en que incurra antes de ponerse en contacto con el Prestador de asistencia. De la misma manera, se otorgan al Beneficiario los servicios recogidos en este documento con la única condición de que no haya realizado
ninguna otra solicitud de asistencia antes de llamar al Prestador de asistencia.
ASISTENCIA DE LA GARANTÍA DEL FABRICANTE:
Si el Vehículo está cubierto por la garantía del fabricante, el Prestador de asistencia debe dar prioridad a establecer contactoentre el Beneficiario y el departamento de asistencia para el Vehículo del fabricante. El Beneficiario estará entonces sujeto a las condiciones para recibir asistencia del fabricante, definidas por este último.
El Prestador de asistencia debe actuar dentro del marco establecido por la legislación nacional.
El Prestador de asistencia organiza y se hace cargo de la reparación o el transporte del Vehículo asegurado hasta el reparador aprobado por XXXXX o seleccionado por el Beneficiario dentro de un radio de 16 kilómetros en torno al lugar donde se produjo el incidente a los costes en que verdaderamente se haya incurrido. En su defecto, el Prestador de asistencia organizará el transporte del Vehículo hasta el reparador más cercano.
Solamente puede intervenir un proveedor de peaje especialmente autorizado por el Prestador de asistencia.
INFORMACIÓN SOBRE LOS PELIGROS DE CONDUCIR UN VEHÍCULO SIN REPARAR:
El Beneficiario está informado de que es peligroso utilizar el vehículo sin que este haya sido reparado y de que el Prestador de Asistencia y Cazoo quedarán exentos de cualquier tipo de responsabilidad por los daños sufridos por la persona asistida o terceros en caso de que el vehículo sea utilizado en estos casos.
7. COBERTURA
7.1 Entrada en vigor - Duración
La validez de las garantías de asistencia está ligada a la validezdel acuerdo de garantía comercial extensiva adjunto al Vehículo. Por consiguiente, el acuerdo de asistencia dejará de aplicarse cuando haya finalizado o se haya extinguido el acuerdo de garantía.
Los servicios de asistencia definidos más adelante se prestan al Beneficiario, sin límite de kilómetros, en desplazamientos realizados con vehículos asegurados en la España peninsular, las islas Canarias o Baleares.
Por Beneficiario se entiende cualquier conductor u ocupantes a título gratuito, sin incluir autoestopistas, y a aquellas personas que tengan derecho a recibir asistencia según los términos y condiciones establecidos en estas condiciones generales.
En cualquier caso, el número de ocupantes del vehículo debe respetar los límites establecidos en la ficha técnica del Vehículo asegurado. Todos los Beneficiarios deben cumplir con los requisitos de residencia, es decir, deben tener su lugar de residencia principal y habitual en España.
Las garantías de asistencia al Vehículo asegurado se aplicarán en los siguientes casos:
- Avería
APLICACIÓN DE LAS GARANTÍAS:
Para recibir los servicios indicados más arriba, debe llamar por teléfono al "Servicio de asistencia", cuyo número puede consultar en la página 2.
Es posible que no se cubran todos los gastos en que se incurra sin la aprobación previa del Prestador de asistencia, a excepción de aquellos gastos relacionados con las reparacionesde averías y remolque en carreteras de alta velocidad, autovíaso autopistas según se especifica más adelante.
en el
avería
8.1 Reparación de la
8. GARANTÍA DE ASISTENCIA AL VEHÍCULO
8.1.1 Gastos de taxi
Si el Vehículo es remolcado y el incidente se produce a menos de 50 kilómetros del Domicilio, el Prestador de asistencia organizará y cubrirá los gastos de taxi incurridos por el viaje para un máximo de 8 pasajeros hasta el destino que las personas asistidas elijan, ubicado a una distancia no superior a 16 kilómetros desde el lugar donde se produjo el incidente.
Esta garantía no se aplicará a los viajes desde/hasta la agencia de alquiler de vehículos que proporciona un vehículo de sustitución ni al traslado hasta el lugar de reparación para recoger el vehículo reparado.
Esta garantía no es acumulable a las garantías "Continuación del viaje" y "Sustitución del vehículo".
8.2 Espera hasta que finalicen las reparaciones / Continuación del viaje
Si el periodo de inmovilización del vehículo asegurado supera las 24 horas y si la localización del incidente está situada a más de 50 kilómetros del Domicilio, el Prestador de asistencia organizará y cubrirá los gastos de alojamiento en la localización para el conductor y un máximo de 4 pasajeros, incluyendo únicamente el precio de la habitación y el desayuno, hasta un importe máximo de 350 EUR con impuestos incluidos.
Si desean continuar su viaje hasta llegar al destino inicial y no desean recibir una solución de alojamiento, el Prestador de asistencia debe reembolsar los costes asociados para el transporte público hasta un importe máximo de 350 EUR con impuestos incluidos.
Esta garantía no es acumulable a la garantía "Sustitución del vehículo".
8.2.1 Sustitución del vehículo
Si el periodo de inmovilización del Vehículo supera las 24 horas o si el periodo de reparación supera las 8 horas, el Prestador de asistencia organizará y cubrirá los costes del vehículo de sustitución facilitado durante el periodo de inmovilización del Vehículo dentro de un límite máximo de 7 días naturales y de un importe de alquiler diario máximo de 58 EUR con impuestos incluidos.
Condiciones aplicables al servicio de sustitución del vehículo:
- La categoría del vehículo de sustitución será equivalente a la del Vehículo asegurado no pudiendo ser superior a la
categoría C. El Prestador de asistencia facilitará el vehículo de sustitución en función de la disponibilidad local.
- El Prestador de asistencia cubrirá los gastos de alquiler, que incluirán un kilometraje ilimitado y un seguro obligatorio.
- El vehículo facilitado deberá entregarse a la agencia en la que fue recogido.
- La prestación de este servicio está sujeta al cumplimiento del Beneficiario de las condiciones impuestas por las empresas de alquiler de vehículos, incluida la posesión de un permiso de conducir en vigor.
Los gastos de combustible, los gastos asociados a días de alquiler adicionales o cualquier otra opción que no esté cubierta por estas condiciones correrán a cargo del Beneficiario.
Esta garantía no es acumulable a las garantías "Continuación del viaje" y "Espera hasta que finalicen las reparaciones / Continuación del viaje".
- Siniestros que requieran operaciones de rescate o el uso de maquinaria pesada (p. ej., un sistema de cabestrante).
- Problemas y averías del sistema de aire acondicionado o daños en la carrocería que no supongan la inmovilización del Vehículo asegurado.
- La pintura o la carrocería.
- Cualquier inmovilización por la mala calidad del combustible (especialmente por la congelación del combustible), lubricantes u otros líquidos empleados necesarios para el funcionamiento del Vehículo.
- Daños a los bienes o pérdida de la carga.
- Cualquier siniestro causado por un consumo abusivo de alcohol (prueba de alcoholemia en la que el nivel de alcohol en sangre es superior al establecido en la normativa vigente) o por el uso o ingesta de medicamentos, drogas o narcóticos que no hayan sido recetados por un médico.
- Daños por negligencia grave o dolo del Beneficiario.
- Por las consecuencias provocadas por un intento de suicidio.
DAÑOS AL VEHÍCULO:
Cualquier deterioro, acto de vandalismo o robo de bienes personales o accesorios sufrido durante el periodo de inmovilización del Vehículo asegurado o de transporte, no constituirán un motivo para plantear una reclamación ante el Prestador de asistencia. El Beneficiario la plantearía ante el responsable. Dependiendo del caso, este podría ser el gruísta o el reparador.
En caso de daños, deberán formular observaciones el reparador encargado de la entrega del Vehículo asegurado y el gruísta en el momento de la entrega. El Beneficiario debe notificar incondicionalmente al Prestador de asistencia de cualquier daño por correo certificado en el plazo de (5) días a partir de la fecha de entrega del Vehículo asegurado.
- Cualquier daño causado al Vehículo por la tenencia de explosivos del Beneficiario.
- Cualquier siniestro relacionado con la participación, de manera profesional o no profesional, en eventos deportivos, competiciones o pruebas de resistencia o de velocidad y preparatorias para eventos utilizando el Vehículo asegurado (p. ej., rallies).
- Cualquier siniestro por incumplimiento intencionado de las normativas del país visitado o por llevar a cabo prácticas o actividades no autorizadas por las autoridades locales.
- Las consecuencias de la participación voluntaria en peleas, salvo en los casos de legítima defensa, guerra civil o internacional, disturbios, huelgas, actos de terrorismo, piratería o sabotaje, o la exposición a movimientos populares utilizando el Vehículo asegurado.
9. EXCLUSIONES DE LA COBERTURA
- Las consecuencias de cualquier evento considerado evento de fuerza mayor.
Los casos siguientes quedan excluidos de la cobertura y no podrán dar lugar a la intervención del Prestador de asistencia ni constituirán un motivo para solicitar ningún tipo de indemnización, cualquiera que sea su naturaleza, por todas las consecuencias derivadas de las siguientes situaciones:
- Siniestros causados por un evento operativo no cubierto específicamente por este documento (p. ej., accidente, robo o intento de robo, vandalismo, incendio, pinchazo,incidente relacionado con el combustible, con las llaves del coche o desastres naturales).
- Siniestros que se produzcan en países que no se mencionen en la cláusula "Cobertura geográfica" o fuera del plazo de cobertura establecido en este acuerdo.
- Vehículos que han llegado al reparador en condiciones de poder conducirse.
- Siniestro relacionados con carreteras intransitables, es decir, aquellas que no forman parte de la infraestructura de carreteras (p. ej., caminos sin pavimentar).
- Averías recurrentes del mismo tipo causadas por la falta de reparación del Vehículo asegurado después de una primera intervención del departamento de asistencia en el plazo de un mes.
- Operaciones relacionadas con el mantenimiento, la inspección, la revisión, la instalación de accesorios o de equipos recreativos, la sustitución de piezas de desgaste y los periodos de inmovilización después de las intervenciones previstas en el programa de mantenimientodel Vehículo o después de una campaña de retiro organizada por el fabricante.
Quedan excluidos y no serán reembolsados los siguientes gastos:
- Cualquier gasto incurrido sin la aprobación previa del Prestador de asistencia y que no esté explícitamente previsto en los términos del acuerdo.
- Las tarifas de taxi por el traslado del Beneficiario hasta la agencia de alquiler, hotel, estación o aeropuerto más cercanos, así como hasta la ubicación del reparador donde debe ser recogido el Vehículo asegurado.
- Gastos por la reparación del Vehículo y por las piezas de repuesto.
- Robo de equipaje, material y pertenencias personales que todavía estaban en el Vehículo, junto con todos los accesorios del Vehículo que no están incluidos en el catálogo del fabricante (en particular, las radios, GPS y kit manos libres).
- Gastos de peaje, parking, combustible y travesías en barco.
- Franquicias no reembolsables en caso de alquiler del vehículo de sustitución si este no ha sido contratado por el Prestador de asistencia.
- Gastos relacionados con el exceso del límite de peso permitido para el equipaje en los vuelos y gastos por el envío del equipaje si no puede ser transportado con el Beneficiario.
- Gastos relacionados con el deterioro o el robo de bienes y artículos personales que se hayan dejado en el Vehículo durante el periodo de inmovilización, de transporte o de reparación.
- Derechos y tasas de aduana y de seguridad, salvo los que sean objeto de un acuerdo previo con el servicio de asistencia.
- Gastos de restauración.
- Gastos de teléfono.
- Gastos no justificados con documentos originales.
- Gastos incurridos por el Beneficiario por la emisión de todos los documentos oficiales.
- Cualquier intervención iniciada u organizada a nivel estatal o interestatal por parte de cualquier autoridad u organismo gubernamental o no gubernamental.
El Prestador de asistencia desplegará todos los medios necesarios para aplicar todas las garantías especificadas en el Contrato. Solo se cubrirán los servicios organizados por o de acuerdo con el Prestador de asistencia.
10. RESPONSABILIDAD
El Prestador de asistencia quedará exento de responsabilidad por los daños de naturaleza profesional o comercial que pueda sufrir el Beneficiario a raíz de un incidente que requiera la intervención de los servicios de asistencia.
El Prestador de asistencia no puede reemplazar a los organismos de rescate o de búsqueda locales o nacionales y no cubrirá los costes incurridos por su intervención, a menos que se especifique lo contrario en una cláusula del acuerdo.
El compromiso del Prestador de asistencia representa una obligación de medios y no de resultados.
El Prestador de asistencia quedará exento de responsabilidad por la falta o retraso en la aplicación de las garantías cuando sean atribuibles a una guerra civil o internacional —declarada o no—, movilizaciones militares, la requisición de hombres o material por parte de las autoridades, actos de sabotaje o terrorismo, conflictos sociales como huelgas, disturbios o movimientos populares, restricciones a la libre circulación de mercancías y personas, desastres naturales, los efectos causados por la radiactividad, las epidemias y cualquier infección o riesgo químico, así como todos los casos de fuerza mayor.
11. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
El Prestador de asistencia puede recopilar datos personales protegidos por la normativa vigente, como los siguientes:
- Información sobre la identidad y datos de contacto.
- Datos de ubicación y de destino.
- Datos de identificación del vehículo.
- Datos de localización (dirección postal o ubicación geográfica).
- Datos relacionados con los ocupantes del vehículo que pueden beneficiarse de los servicios de asistencia.
Las llamadas pueden ser grabadas para mejorar la calidad del servicio.
Las actividades de tratamiento de datos realizadas son las siguientes:
- Prestación de los servicios de asistencia especificados en el acuerdo de asistencia con el Beneficiario.
- Recepción de llamadas.
- Seguimiento geográfico opcional a través de un servicio web y sujeto a la obtención del consentimiento previo.
- Almacenamiento de datos personales recopilados y procesados por los equipos de intervención asignados.
- Puesta a disposición de una aplicación web que permite hacer un seguimiento en tiempo real de los casos de asistencia.
- Creación y seguimiento de los casos de asistencia.
- Gestión de siniestros vinculada a los casos de asistencia.
- Elaboración de informes y estadísticas.
- Intercambio de datos de facturación.
- Realización de encuestas de satisfacción sobre la calidad de los servicios realizados, cuando proceda.
Los datos recopilados también permiten:
- Proteger los intereses vitales del Beneficiario si la situación lo exige.
- Cumplir todas las obligaciones legales y normativas.
El Prestador de asistencia enviará algunos datos personales (sobre el estado civil, la información del Vehículo, el lugar de actividad) a los proveedores para la prestación de los servicios especificados en el marco del acuerdo de asistencia, en particular, a los proveedores de servicios de reparación/remolque, transporte (taxi, sustitución de vehículos, reserva de billetes de tren o de avión) y operadores hoteleros.
Los datos recopilados se conservan durante el plazo de seis (6) años desde la fecha de apertura del caso de asistencia. Por su parte, el plazo de conservación de los datos incluidos en la documentación contable es xx xxxx (10) años.
Las grabaciones de audio de las llamadas se conservan durante seis (6) meses y se eliminan automáticamente cuando termina su plazo de conservación.
De conformidad con la legislación y la normativa aplicable en materia de protección de datos y, en particular, con el Reglamento general de protección de datos 2016/679 y la Xxx xxxxxxxx n.º 78-17 de 6 de enero de 1978 relativa a la informática, los ficheros y las libertades en su versión modificada, cualquier persona afectada por el tratamiento de datos tendrá derechos de acceso, rectificación, oposición al tratamiento, limitación del tratamiento, supresión o portabilidad de los datos personales relacionados con su persona que puedanaparecer en cualquier fichero que esté utilizando el Prestador deasistencia.
El ejercicio de estos derechos se realizará mediante los servicios del Prestador de asistencia enviando una solicitud escrita por correo postal a la dirección indicada en la página 2 de este documento.
El responsable de protección de datos del Prestador de asistencia responderá en el plazo de un (1) mes.
En caso de desacuerdo con la respuesta del Prestador de servicios, las personas afectadas podrán presentar una reclamación ante la siguiente autoridad administrativa:
Agencia Española de Protección de Datos
X/ Xxxxx Xxxx, 0 00000, XXXXXX (Xxxxxx)
12. RECLAMACIONES
En caso de encontrar cualquier dificultad en relación con las condiciones de aplicación del Acuerdo, el Beneficiario debe ponerse en contacto con el departamento de atención al cliente del Prestador de asistencia.
En caso de cualquier controversia relacionada con este documento que no se haya podido resolver de forma amistosa entre las partes o en la mediación se deberá acudir ante la jurisdicción competente.
13. LEGISLACIÓN APLICABLE
Este acuerdo se regirá por la legislación española. El idioma aplicable es el español.