Expediente: 23603
Expediente: 23603
Documento: 133027
PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS QUE REGIRÁN LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD CON TRAMITE DE URGENCIA, DE LA CONCESIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO: "GESTIÓN Y ORGANIZACIÓN DE ESPECTÁCULOS TAURINOS", TEMPORADA 2.009”
I. Objeto del Contrato.
Es objeto del contrato, la concesión del servicio público, para la organización de espectáculos taurinos preferentemente durante las fiestas patronales u otros análogos de esta naturaleza al proyecto que, de entre los que se presenten, obtengan la puntuación más alta. y estando legalmente permitidos, cuenten previa a su celebración, con las autorizaciones reglamentarias.
II. Justificación del procedimiento y forma de adjudicación de la concesión.
De conformidad con lo establecido en el art. 122 de la Ley 30/2007 de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público, en adelante LCSP; se justifica la utilización del procedimiento negociado.
El contrato de concesión se adjudicará por el procedimiento negociado sin publicidad y siendo el trámite de urgencia. Se regirá por el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y supletoriamente por la Ley 7/85, de 2 xx xxxxx, por el RD Legislativo 781/86, de 18 xx xxxxx, por el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales de 17 xx xxxxx de 1955 y por la Ley 30/2007 de 30 de Octubre de Contratos del Sector Público y por el R.D. 1098/2001, de 12 de Octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en adelante RGLCAP.
III. Naturaleza jurídica del Contrato y Perfil de Contratante.
El contrato que se perfeccione constituirá una concesión administrativa para la subsiguiente gestión del servicio, conforme al apartado a), del párrafo 2 del art. 114 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales y 253 de la LCSP.
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante, al que se tendrá acceso, según las especificaciones que se regulan en la página Web siguiente xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx
IV. Plazo de la concesión.
La concesión se otorgará desde la fecha de la notificación de la adjudicación y concluirá al día siguiente de la finalización de las Fiestas Patronales 2.009 “Ntra. Xxx. xxx Xxxxxx”. Las Fiestas para el año 2009 será del 4 al 9 de septiembre.
V. Obligaciones del concesionario.
Serán obligaciones del contratista-concesionario las siguientes:
a) Prestar el servicio durante el plazo de duración de la concesión, conforme al Proyecto presentado, siendo de su cuenta los gastos que origine en general el funcionamiento del mismo.
b) Conservar las construcciones e instalaciones vinculadas al servicio y mantenerlas en perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene hasta que, por conclusión de la concesión, deban entregarse, con todas las instalaciones que sean inherentes y necesarias al mismo para su adecuada prestación.
El concesionario suscribirá a favor de la Corporación concedente una póliza de seguro a todo riesgo al menos de 300.506,05 Euros. El seguro deberá cubrir, al menos la cobertura y riesgos que se establecen en la Ley 7/2006 de 2 de octubre de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León.
c) Responder a terceros en los daños que puedan irrogarse por el funcionamiento del servicio concedido, salvo los que procedan de actos realizados en cumplimiento de ordenes impuestas por la Corporación concedente.
d) No enajenar, ni gravar sin autorización bienes o instalaciones que deban revertir a la Corporación concedente.
Además se establecen como obligaciones específicas las siguientes:
A) Organizar y llevar a efecto durante las Fiestas tradicionales de Ntra. Xxx. xxx Xxxxxx, los Programa de Festejos Taurinos que va a dar por ésta emporada que abarca el contrato, de acuerdo con el anexo que se indica en este Pliego.
B).- Las reses a lidiar en cada espectáculo así como caballos cuando éstos fueren necesarios, se depositarán en los corrales y patios de la plaza con la antelación exigida por el Reglamento y en todo caso con anterioridad a las dos horas del día correspondiente al festejo para el que se destinen.
C).- Además de las reses bravas, caballos y cuantos otros fueren necesarios para el cumplimiento de lo establecido en cláusula anterior, el adjudicatario viene obligado:
1.- A entregar a la Comisión de Festejos doce novillos utreros, doce novillos erales y un toro que se utilizarán para los Festejos Populares y el Concurso xx Xxxxxx.
Las reses elegidas habrán de encontrarse en los corrales de la Plaza de Toros de mutuo acuerdo con la Comisión de Festejos.
2.- A entregar a la Comisión de Festejos, seis becerras que depositará en los corrales de la Plaza de Toros, con anterioridad a las dieciséis horas del día 31 xx xxxxxx.
3.- A depositar en los corrales de la Plaza de Toros tres cabestros o vezados, con anterioridad a las 19 horas del día antes al de inicio de los Festejos. Estos cabestros seguirán perteneciendo al adjudicatario que los retirará una vez concluya todos los espectáculos programados.
Los veinticinco novillos a que se refiere el punto 1, pasarán a propiedad de la Comisión desde el momento de su entrega y en consecuencia podrán efectuarse su suelta conforme crea pertinente siguiendo la tradición de fomento de afición al concluir festejos oficiales.
4.- Vendrá obligado el concesionario a recabar por su cuenta, las autorizaciones gubernativas, de todos los festejos, honorarios de profesionales y sus cuadrillas, así como el personal auxiliar de vigilancia, limpieza de Plaza de Toros y otras, asumiendo cuantas obligaciones deriven de la relación contractual o de trabajo con estas personas, incluida la Seguridad Social, seguros precisos que tengan causa en la preparación, ejecución y montaje de éstos espectáculos, el Seguro deberá cubrir al menos la cobertura y riesgos que se establecen en la Ley 7/2006 de 2 de octubre de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León. Queda obligado igualmente, a asumir el gasto correspondiente a honorarios del equipo médico y veterinario, así como instrumental médico, plasma sanguíneo y botiquín de urgencia que el equipo médico demande, entrando por tanto en las obligaciones del adjudicatario, los gastos de ambulancia, médicos y cuantos otros anteriormente se indican, incluso para las capeas, encierros y desenjaules.
El Ayuntamiento asumirá el coste económico que implique la contratación de los seguros de accidente y responsabilidad civil, por la cuantía y en los términos que la Legislación establece, relativos a encierros, capeas, así como el coste económico que conlleve la contratación de un seguro de R.C. por la instalación de las talanqueras.
La carne de todas las reses serán propiedad del adjudicatario, También serán de su propiedad, los chotos y bueyes y podrán disponer de ellos una vez que terminen los festejos de septiembre.
EN ESTE APARTADO, SE ESTARÁ A LO DISPUESTO POR LA
AUTORIDAD SANITARIA, pudiendo ser compensado el concesionario de acuerdo con lo que se determina en la Normativa.
D).- Para el conjunto de festejos se expedirán abonos individuales que darán derecho a entrada en todos los Festejos Taurinos, y en los que el precio será establecido por el Empresario, en su oferta económica.
E).- Si por fuerza mayor se suspendiese algún festejo y sin perjuicio de lo dispuesto en el Reglamento de Espectáculos Taurinos, se celebrará el día o días siguientes al de la finalización de las Fiestas en septiembre y con profesionales de iguales características, respetando el precio.
VI. Derechos del concesionario.
Son derechos de los concesionarios:
a) Percibir las tarifas y precios correspondientes por la prestación del servicio.
b) Obtener la adecuada compensación económica para mantener el equilibrio económico de la concesión, en el supuesto de modificaciones del servicio impuestas por la Corporación que aumenten los costos o disminuyan la retribución; en los casos xx xxxxxxxx directa de la gestión del servicio, si ésta se produjese por razones de interés público y en caso de rescate de la concesión o
supresión del servicio.
c) Revisar las tarifas cuando, aún sin modificar el servicio, circunstancias sobrevenidas e imprevisibles motivaran, en cualquier sentido, la ruptura del equilibrio económico de la concesión, tras acuerdo convencional con la Administración concedente.
d) Los adquiridos recíprocamente por la Administración Municipal y por el adjudicatario, derivados del objeto y causa del contrato.
e) El concesionario además de la subvención, la Plaza de Toros y servicios inherentes a la misma, tendrá derecho a explotar otros servicios, tales como Bar, venta ambulante de bebidas, helados, almohadillas, etc.. dentro del coso taurino, todo ello sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones necesarias para ejercicio de esta actividad y de modo concreto las de orden sanitario.
VII. Obligaciones del Ayuntamiento.
A) El Ayuntamiento se compromete a poner la plaza y enfermería a disposición del adjudicatario en perfecto estado para su normal funcionamiento con antelación suficiente, así como chiqueros y corrales.
B) El Ayuntamiento, pondrá a disposición también del concesionario el camión para el traslado de las reses al matadero.
Con carácter único, el Ayuntamiento, entregará al concesionario la documentación que se relacionara, para la autorización Gubernativa para encierros, capeas y desenjaules, siendo los gastos que se originen por cuenta del concesionario.
• Certificación de acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento por el que se aprueba el Presupuesto de Fiestas, Programa y Memoria de Alcaldía.
• Memoria sobre los festejos tradicionales.
• Programa Oficial de Festejos Taurinos.
• Relación xx xxxx colaboradores con núm. D.N.I.
• Certificado sobre la instalación eléctrica de la Plaza de Toros realizada por Ingeniero Técnico Industrial y visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales xx Xxxxxxxxxx.
• Certificado del Arquitecto Técnico Municipal sobre seguridad de las talanqueras del recorrido y croquis del recorrido de encierros.
VIII. Derechos del Ayuntamiento
Por su parte el Ayuntamiento se reserva para si la facultad de utilizar el Edificio de Servicios Múltiples para la celebración de actos o espectáculos en fechas no coincidentes a las señaladas con el concesionario en el Programa presentado.
El adjudicatario vendrá obligado a entregar el Ayuntamiento con antelación al uno de septiembre y de modo gratuito, doscientos cincuenta abonos de personas adultas.
IX. Entrega de terrenos e instalaciones públicas al concesionario.
La Administración contratante pondrá a disposición del concesionario, al menos con quince días de antelación a la celebración de espectáculos taurinos que se prevean, los terrenos e instalaciones vinculadas al servicio de acuerdo con lo previsto en el Pliego de Cláusulas. Esto se concretará en un Acta que será suscrita por ambas partes y en el que se incorporará como anexo un inventario de instalaciones y materiales afectos al servicio.
X. Tarifas.
Las tarifas que el concesionario habrá de percibir del público, con descomposición de sus elementos conformadores, con vistas a futuras revisiones, serán las máximas autorizadas legalmente.
Estos precios, serán revisados por el Organo competente de la Corporación concedente.
XI. Subvención a satisfacer por la Corporación.
La Corporación subvencionará al concesionario como máximo, para ésta temporada en SESENTA MIL EUROS (60.000,00).
La subvención concedida, deberá ajustarse a lo previsto en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Disposiciones de Desarrollo, en concreto el art. 22 de la Ley y 55 del R.D. 887/2006. El pago de la subvención, se realizará una vez realizado el objeto del contrato y previa justificación documental por el beneficiario.
XII. Relaciones con los usuarios del servicio.
El concesionario y los usuarios del servicio que se concede ajustarán, en su caso, sus relaciones, a las prescripciones del Reglamento, que si se estima conveniente la Corporación apruebe para regular este servicio.
XIII. Capacidad para contratar.
Están capacitados para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten solvencia económica, financiera o técnica en los términos que se indiquen y no están afectos por ninguna de las circunstancias que enumera el art. 49 de la LCSP como prohibitivas para contratar.
La Administración podrá contratar con uniones de empresas que constituyan temporalmente al efecto (sin que sea necesaria la formalización de las mismas en Escritura Pública hasta que se haya efectuado la adjudicación) las cuales responderán solidariamente ante la Administración y ante la cual se nombrará un representante o un apoderado único.
De conformidad con lo establecido en el Art. 153 y 162.1 de la LCSP, la Administración, procederá a solicitar ofertas a Empresas que están capacitadas para la
realización del objeto del contrato sin que su número sea inferior a tres, si ello fuera posible.
XIV. Garantía definitiva.
La garantía definitiva será del 5% del importe de adjudicación (que coincidirá con la subvención que se otorgue) y podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en el art. 84 de la LCSP.
La constitución de la garantía definitiva deberá acreditarse dentro de los 15 días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación provisional. El incumplimiento de este requisito, por causa imputable al concesionario, dará lugar a la resolución del contrato.
XV. Presentación de proposiciones.
15.1. Lugar y plazo de presentación.
Las proposiciones se presentarán en el Registro de Licitaciones (en la Sección de Contratación) en mano, en el plazo indicado en la invitación de la oferta, que será de 5 días hábiles, contados desde el siguiente al de recepción de la oferta, en horas de nueve a trece. (1).
También podrán presentarse proposiciones por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar el mismo día al Órgano de Contratación, por FAX, TELEX o Telegrama, la remisión de la proposición. Sin cumplir tales requisitos, y los establecidos en su caso en el art. 81.4 del RGLCAP, no será admitida la proposición en el caso en que se recibiera fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación.
No obstante, transcurridos 10 días desde la terminación del plazo de presentación, no será admitida ninguna proposición enviada por correo. En todo caso, las ofertas enviadas por correo, deberán estar presentes antes de la hora del día en que se proceda a la apertura del sobre B, en caso contrario, serán rechazadas.
El Registro de Licitaciones acreditará la recepción del referido telegrama con indicación del día de su expedición y recepción, en el Libro de Registro correspondiente.
(1).- En caso de coincidir en xxxxxx, xxxxxxx, festivo o día inhábil, se prorrogará al día siguiente hábil sin variación de hora.
15.2. Formalidades.
Las proposiciones constarán de dos sobres cerrados denominados A y B y en cada uno se hará constar el contenido, en la forma que se indicará, y el nombre del licitador.
A) Sobre A, denominado proposición económica, se ajustará al modelo contenido en la cláusula final y se presentará cerrado, pudiendo ser lacrado y precintado, a petición del interesado y deberá tener la siguiente inscripción: Proyecto, para la “Gestión y organización de espectáculos taurinos del municipio de Xxxxxx xx Xxxxx temporada 2.009”. Cada licitador únicamente podrá presentar una sola proposición, debiéndose incluir asimismo la siguiente documentación:
- Proyecto en el que se incluirá:
a) Programas y calendario de prestación del servicio.
b) Tarifas máximas aplicables, descompuestas en sus elementos conformadores.
c) Subvención que se solicita de la Corporación.
d) Solvencia profesional y experiencias relacionadas con la materia objeto del contrato, en los últimos tres años, indicando documentación justificativa.
En este Sobre, deberá incluirse la documentación contenida en la cláusula XVII
B) Sobre B, denominado de documentos, expresará la inscripción de: Documentos generales para la “Gestión y organización de espectáculos taurinos temporada 2.009” del municipio de Xxxxxx xx Xxxxx y contendrá la siguiente documentación:
1. Documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, consistentes:
1.1.1. Documento Nacional de Identidad del licitador cuando se trate de personas físicas o empresarios individuales, por fotocopia compulsada por quien ostente la representación pública administrativa, o Escritura de constitución de la Sociedad Mercantil, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando el empresario fuera persona jurídica.
1.1.2. Poder Bastanteado por el Secretario de la Corporación. Este poder, deberá estar debidamente bastanteado, por el Secretario del Ayuntamiento, si es licenciado en Derecho, o por cualquier Letrado ejerciente en la población o en la Capital de la Provincia. En el supuesto de ser bastanteado por la Secretaría General, deberá ser realizado con una antelación mínima de dos días hábiles anteriores al señalado para la finalización del plazo de presentación de proposiciones.
2. Declaración responsable de licitador otorgada ante la Autoridad Judicial, Administrativa, conforme al modelo que se indica en el Anexo.
3. Solvencia económica.
Informes de Instituciones Financieras acreditativa de la solvencia económica y financiera, para realizar el objeto del presente contrato, o en su defecto, seguros de indemnización por riesgos profesionales, y para las Sociedades balances o extractos de los mismos.
XVI. Adjudicación Provisional.
1. La Apertura del Sobre A “Proposición Económica” tendrá lugar en el Salón de Actos del Ayuntamiento a las 10 horas xxx xxxxxx día hábil siguiente al que termine el plazo de presentación de proposiciones y el acto será público (en caso de coincidir en xxxxxx, xxxxxxx, festivo o día inhábil el acto tendrá lugar al día siguiente hábil sin variar la hora).
2. La Mesa de Contratación estará integrada o constituida del modo siguiente:
- Presidente, que lo será el de la Corporación Municipal, o miembro en quien delegue.
- El Concejal de Festejos.
- El Presidente de la Cº de Vigilancia de la Contratación.
- La Interventora Municipal.
- Un Funcionario que actuará como Secretario de la Mesa.
- El Secretario del Ayuntamiento
3. El acto se celebrará con sujeción al procedimiento establecido en los artículos 81 y siguientes del RGLCAP, y terminado el mismo, la Mesa elevará las propuestas a la Comisión de Fiestas, para su análisis antes de formular propuesta al Organo de Contratación.
4. La calificación de la documentación general que siempre será realizada previamente, si así lo considera la Mesa, podrá efectuarse en sesión no pública.
XVII. Calificación de la documentación general.
Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación procederá a la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre B. Este acto se celebrará a las 10 horas del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de proposiciones.
Si la Mesa de Contratación observara defectos formales o cuestiones dudosas que puedan ser objeto de interpretación en la documentación presentada, podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a 3 días para que el licitador lo subsane.
Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición. En caso de no ser necesario solicitar aclaraciones, documentos complementarios o vicios subsanables, la apertura del sobre A, se realizará por la Mesa el mismo día de la apertura del sobre B, a las 11 horas en acto público.
XVIII. Criterios base para la adjudicación, a incluir en el Proyecto.
- Mejor calidad de la propuesta presentada que se concrete en mayor número de festejos, mejor precio en los abonos, mejor colocación en el escalafón de los
componentes de los festejos taurinos etc.....- 50 puntos, repartiéndose del siguiente modo:
30 puntos a la mejor propuesta, 20 puntos a la segunda mejor propuesta y 0 puntos a la tercera y siguientes.
- El valor técnico necesario para la realización del objeto del contrato, 30 puntos, repartiéndose:
20 puntos a la mejor propuesta, 10 puntos a la segunda y 0 puntos a la tercera y siguientes.
- Menor subvención solicitada o en su caso mayor ganancia para el Ayuntamiento, 20 puntos, repartiéndose:
15 puntos a la mejor propuesta, 5 puntos a la segunda y 0 puntos a la tercera y siguientes.
XIX. Documentos complementarios a presentar por el adjudicatario.
Antes de la adjudicación definitiva y dentro del plazo concedido al efecto, el adjudicatario propuesto deberá presentar -por originales o copias compulsadas- la siguiente documentación:
- Alta en el IAE en el ejercicio y en el domicilio fiscal o en el lugar de la prestación del servicio.
- Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio inmediato anterior.
- Declaración anual de operaciones a que se refiere el RD 2027/95, de 22 de diciembre, por el que se regula la Declaración Anual de Operaciones con terceras personas.
- Documento acreditativo de estar al corriente en las obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social, acreditando su inscripción o alta en la misma, así como la afiliación e ingreso de cuotas de los trabajadores a su servicio o de cualquier otra deuda con la Seguridad Social.
XX. Adjudicación definitiva.
El Órgano de Contratación, recibida la documentación de la Mesa de Contratación y evacuados los informes precisos, dictará como máximo dentro del mes siguiente a la apertura de proposiciones económicas, resolución adjudicando el contrato a la proposición más ventajosa, sin atender exclusivamente al valor económico de la misma, o declarando desierto el mismo.
La adjudicación definitiva, una vez acordada, cualquiera que sea el procedimiento seguido y la forma de contratación empleada, será notificada a los participantes en la licitación.
Al efectuar la notificación al adjudicatario del contrato, se le requerirá para que constituya la garantía definitiva, en la cuantía y forma indicadas en la cláusula XIV y aporte los documentos enumerados en la cláusula anterior.
XXI. Formalización del Contrato.
La Administración y el contratista deberán formalizar el contrato de concesión para la “Gestión y organización de espectáculos taurinos para la temporada 2.009” en el municipio de Xxxxxx xx Xxxxx, en Documento Administrativo, en el plazo máximo de los 15 días siguientes al de notificación de la adjudicación, constituyendo título suficiente para acceder a cualquier Registro. No obstante lo anterior dicho contrato administrativo podrá elevarse a Escritura Pública a petición del contratista y a su xxxxx.
El contratista, además del contrato, deberá firmar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
De conformidad con lo establecido en el Art. 96 c) de la LCSP, la Administración podrá acordar el comienzo de la ejecución del contrato aunque no se haya formalizado este, siempre que se haya constituido la garantía definitiva.
XXII. Gastos a cargo del adjudicatario.
Serán de cuenta del adjudicatario los siguientes gastos:
Todos los gastos que origine la tramitación de este expediente, publicidad e incluso honorarios xx Xxxxxxx, en el supuesto de que el contrato se eleve a Escritura Pública y todo tipo de impuestos y tasas que puedan gravar la celebración de los festejos que se organicen (protección de menores, autores, tasas sanitarias y gubernativas, seguridad social etc.), y asimismo el gasto de la Música que amenice el espectáculo a cuyo fin la Empresa permitirá acceso gratuito a la plaza de los profesionales que acudan al acto, honorarios de profesionales (equipo médico, veterinario y Xxxxxxxxxx) ambulancias, botiquín y en general todos los gastos que se originen, como consecuencia de la preparación y ejecución de los festejos. El Ayuntamiento única y exclusivamente asume el compromiso de aportar la documentación para la autorización gubernativa para la celebración de los encierros de reses bravas y desenjaules, acondicionamientos de las vías públicas que se utilicen en dichos encierros, los de instalación de alumbrado y consumo de fluido, Seguro de Accidentes y de Responsabilidad Civil con carácter ilimitado que corresponda y siempre que al menos cubra la cobertura y riesgos que se establecen en la Ley 7/2006 de 2 de octubre de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León.
XXIII. Sanciones.
1.- Sin perjuicio de la facultad de rescisión, la Corporación previo expediente en el que consta el informe de la Comisión de Festejos y en todo caso con audiencia del interesado, podrá sancionar las faltas del adjudicatario y de quienes del mismo dependen, con multas de hasta 601,01 €, de acuerdo con la gravedad de los hechos, del incumplimiento y las consecuencias que del mismo se deriven para los intereses Municipales.
2.- De modo específico, se establecen las siguiente penalizaciones:
a) La falta de entrega de las reses en cada festejo en los horarios establecidos, llevarán pareja una sanción a cargo del adjudicatario por importe de 602 €.
b) Si llegada la hora de celebración del festejo anunciada en programas, éste hubiere de ser retrasado en enchiqueramiento de reses, retraso en presencia en la plaza de profesionales toreros u otras de las que el adjudicatario es responsable, se le impondrá una sanción de 1203 € y si el festejo hubiere de suspenderse, sin perjuicio de la indemnización de daños y perjuicios, el adjudicatario incurrirá en una penalización por importe de 9.016 €
XXIV. Reversión de las instalaciones.
Al término del plazo de la concesión, revertirá a la Corporación las instalaciones entregadas, en la forma prevenida en el art. 131 del RS y 259 de la LCSP.
XXV. Resolución del Contrato.
El contrato podrá extinguirse por alguna de las causas enunciadas en el art. 262 de la LCSP.
XXVI. Régimen jurídico.
El presente contrato, tiene carácter administrativo, y se regirá para lo no establecido en este Pliego, por la Ley 7/85 de 2 xx xxxxx, por la LCSP, por la Legislación de Contratos que en desarrollo de la Legislación Básica promulgue la Comunidad Autónoma, por el RGLCAP, por el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, y por las demás normas de Derecho Administrativo. En defecto de todas estas normas, será aplicable el derecho privado.
XXVII. Jurisdicción competente.
Todas las incidencias que surjan sobre interpretación, modificación, cumplimiento, resolución y ejecución del contrato, se someterán a resolución de los Tribunales que tengan jurisdicción en el territorio xx XXXXXXXXXX, a cuya competencia se someten las partes contratantes, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa, pudiendo ser recurridos ante la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, con los requisitos establecidos en la Ley Reguladora de esta Jurisdicción.
XXVIII. Modelo de proposición.
Las proposiciones al concurso, se formularán conforme al siguiente modelo:
D... D.N.I. núm... vecino... con domicilio en... núm... en nombre propio (o de la Sociedad que representa) hace constar:
1.- Que solicita su admisión al procedimiento para contratar la concesión administrativa de la explotación de la Gestión y organización de espectáculos taurinos del Municipio de Xxxxxx xx Xxxxx, temporada 2.009 convocada por el Excmo. Ayuntamiento de Xxxxxx xx Xxxxx.
2.- Acompaña los documentos exigidos en el Pliego de Condiciones.
3.- Solicita una subvención municipal de........... €, y en su caso propone una aportación de
.....................€ .
4.- Aceptar plenamente los Pliegos de Condiciones la licitación y cuantas obligaciones del mismo se deriven, como concursante y como concesionario si lo fuera.
...a...de... de 200 .
EL LICITADOR.
2.- DOCUMENTOS: Los licitadores presentarán un Proyecto firmado por el proponente comprensiva de sus referencias profesionales y experiencias relacionadas con la materia de la licitación, con los documentos pertinentes acreditativos de dichas referencias y de las sugerencias o modificaciones que sin menoscabo de lo establecido en el Pliego de Condiciones, pueda convenir a la mejor realización del contrato. En particular indicarán los precios máximos y mínimos así como otras ventajas.
(Lugar y fecha y firma)
ANEXO I
ANEXO A QUE SE REFIERE EL CONTENIDO MINIMO DEL PROGRAMA PARA LOS FESTEJOS TAURINOS TEMPORADA 2009:
- Cuatro espectáculos taurinos.
- Siete u ocho encierros.
ANEXO II
MODELO DE DECLARACION RESPONSABLE
D....., con D.N.I....., actuando en nombre y representación de la Empresa..... según poder bastante vigente al día de la fecha DECLARA, de forma responsable ante el órgano competente del Excmo. Ayuntamiento de Xxxxxx xx Xxxxx.
PRIMERO: Que la Empresa, en cuyo nombre actúa y el/los Administrador/es de la misma, no están incursos en ninguna de las causas de prohibición de contratar de las previstas en el Art. 49 de la Ley 30/2007 de 30 de Octubre de Contratos del Sector Público.
SEGUNDO: Que la citada Empresa se encuentra, en estos momentos, al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos en que estas se definen en los artículos 13 y 14 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, y no tiene deudas tributarias pendientes de pago con el Ayuntamiento de Xxxxxx xx Xxxxx, en los términos previstos en el art. 7.1 d) del Real Decreto citado anteriormente.
TERCERO: La declaración a que se refiere el párrafo anterior, se hace sin perjuicio de la obligación de justificar documentalmente dichas circunstancias, en el supuesto de resultar propuesto para la adjudicación del contrato, en el plazo que señala el órgano de Contratación anterior a la adjudicación del contrato.
CUARTO: Se autoriza expresamente al Ayuntamiento de Xxxxxx xx Xxxxx, para que si procede se expida e incorpore al expediente la pertinente certificación acreditativa de la situación tributaria de la Empresa con la misma.
Y para que conste y surta efectos en el expediente al que se refiere la proposición a la que se incorpora esta declaración responsable, firmo la presente declaración responsable en ....... a.... de de
2.....
Fdº: