Contract
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA REDACCIÓN DEL PROYECTO INTEGRAL DE OBRAS DE REGENERACIÓN Y REURBANIZACIÓN DEL BARRIO BUZTUNTZA DE ORDIZIA.
I. CONTENIDO DEL CONTRATO
1.- ENTE CONTRATANTE Y ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.
El sujeto contratante es Ordiziako Udala, ente con personalidad jurídica pública de la Administración Local.
El órgano de contratación es el Alcalde del Ayuntamiento de Ordizia, a tenor de la competencia otorgada por la Disposición adicional segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP).
El órgano de contratación estará asistido por la Mesa de contratación permanente del Ayuntamiento (BOG 03/09/2018 Num.169).
2. -OBJETO DEL CONTRATO.
El contrato que en base al presente pliego se realice tendrá por objeto la ejecución del servicio de asistencia técnica para la redacción del Proyecto Integral de obras de Regeneración y Reurbanización del barrio Buztuntza de Ordizia, con las características señaladas en el Pliego de Prescripciones Técnicas que figuran en el expediente y que tendrán carácter contractual.
Código CPV: 71200000-0 Servicios de arquitectura y servicios conexos.
3.- PLAZO DE EJECUCIÓN
La ejecución de los trabajos regulados por este Xxxxxx se ajustará al siguiente calendario de plazos máximos de ejecución:
DESCRIPCIÓN DEL TRABAJO | PLAZO MÁXIMO DE EJECUCIÓN |
Recopilación de información y elaboración del estudio de movilidad. | 3 semanas desde la firma del contrato. |
Trabajos comprendidos en la fase de participación ciudadana. | 14 semanas desde la firma del contrato |
Elaboración de todos los proyectos completos así como el resto de la documentación complementaria pertinente, con los visados oportunos | 16 semanas desde la notificación del visto bueno por parte de los Servicios Técnicos Municipales al planteamiento definitivo del proyecto. |
Los plazos parciales necesarios para garantizar el cumplimiento de los plazos fijados en el cuadro anterior, serán los que se fijen en la aprobación del Programa de Trabajo.
El plazo contractual sólo será prorrogable cuando concurran las circunstancias y requisitos exigidos por la legislación vigente.
El Contratista se entenderá incurso en xxxx por el transcurso del plazo citado, no siendo necesaria denuncia por parte de la Administración.
4.- PRECIO DEL CONTRATO
El precio total del contrato, que servirá de presupuesto de licitación asciende a:
VALOR ESTIMADO: OCHENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS Y CUARENTA Y CUATRO EUROS CON SESENTA Y TRES CENTIMOS (82.600,00 €)
21% IVA: DIEZ Y SIETE MIL TRESCIENTOS Y CINCUENTA Y CINCO EUROS CON TREINTA SIETE CÉNTIMOS (17,346,00 €).
TOTAL: CIEN MIL EUROS (99.946,00€).
En cumplimiento del artículo 100.2 de la LCSP se desglosa el presupuesto base de licitación de la siguiente manera:
COSTES DIRECTOS | |
Personal | 70% |
Reprografía, Seguros R.C., asistencias técnicas de otros especialistas, etc. | 17% |
COSTES INDIRECTOS | |
Local, Colegiación, etc. | 13% |
El valor estimado del contrato, de acuerdo con el artículo 101 LCSP, es de 82.600,00 €.
El precio de licitación podrá ser mejorado por los licitadores, entendiéndose que en el importe de cada oferta están incluidos la totalidad de los costes necesarios para ejecutar los trabajos objeto de este Contrato.
Se entienden incluidos el resto de Proyectos Complementarios exigibles por la legislación vigente, tales como Proyectos de seguridad y salud, documentación relativa a control de calidad y gestión de residuos, Instalaciones urbanas, Proyectos de derribo, Estudios Hidráulicos, Estudios Acústicos, Levantamientos topográficos, Estudios geotécnicos, etc., todo ello sin perjuicio de las previsiones realizadas en el Pliego de Condiciones Técnicas Particulares.
En dicho precio se entenderá incluido el importe relativo a los gastos de visado de los Colegios Profesionales correspondientes, en caso de que sea necesario, así como a la reproducción de todas las copias que se solicitan en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
5.- FINANCIACIÓN
Para sufragar el precio del contrato hay prevista financiación con cargo al presupuesto municipal vigente en la partida presupuestaria 1.643.02.153.20.0222.2018
6.- FORMA DE PAGO
El precio del contrato se abonará del siguiente modo: El precio de los trabajos será abonado previa presentación por la empresa adjudicataria de la factura correspondiente, al finalizar los trabajos, y con el visto bueno del técnico municipal competente.
En la factura correspondiente deberán constar: la identificación del órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública: Intervención municipal, la identificación del órgano de contratación: Alcaldía y destinatario: Alcaldía.
La factura correspondiente deberá presentarse de forma electrónica.
DATOS DE FACTURACIÓN:
- Entidad contratante: Ordiziako Udala
- Órgano de contratación: Alcalde
- Órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad: intervención
- Codificación (código DIR): Órgano gestor (L01200760); Unidad tramitadora (L01200760); oficinas contables (L01200760).
- Destinatario del contrato: Ordiziako Udala
7.- REVISIÓN DE PRECIOS
En el presente contrato no procederá la revisión de precios.
8.- GARANTÍAS
El licitador que hubiera presentado la mejor oferta, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva por un importe equivalente al 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
El plazo para la constitución de la citada garantía será xx xxxx días hábiles contados desde el día siguiente al requerimiento efectuado por el órgano de contratación, tal y como dispone el art. 150.2 de la LCSP, y podrá constituirse en cualquiera de los medios establecidos en el artículo 108.1 de la LCSP.
La garantía responde de los conceptos recogidos en el art. 110 de la LCSP y será incautada en los casos de resolución del contrato por causa imputable al contratista, sin perjuicio de los daños y perjuicios que puedan llegar a reclamarse por encima de su importe.
Cuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación.
La devolución de la garantía, tanto total como, en su caso, parcial se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el art. 111 de la LCSP, una vez vencido el plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato.
9.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas contenidas en el presente pliego, a las especificaciones técnicas unidas al mismo y a la oferta realizada por el adjudicatario, así como a lo establecido en la LCSP y demás normas reglamentarias, bajo la dirección, inspección y control de la Administración, quien podrá ejercer estas facultades tanto por escrito como verbalmente.
Cuando por actos u omisiones imputables al contratista o a personas de él dependientes se comprometa la buena marcha del contrato, la Administración podrá exigir la adopción de las medidas que estime necesarias para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución del mismo.
El adjudicatario tendrá derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los trabajos que realmente ejecute, con sujeción al contrato adjudicado, a sus modificaciones aprobadas y a las órdenes dadas por escrito por la Administración.
El Ayuntamiento se reserva en cualquier momento la facultad de dirección e inspección de la prestación, pudiendo dictar instrucciones al contratista, que serán de obligado cumplimiento para éste, siempre que no supongan modificaciones no autorizadas de la prestación y no se opongan a las condiciones acordadas en el presente contrato, ni a las disposiciones de la legislación vigente.
10.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCION. CONDICIONES LABORALES MINIMAS.
El contrato que resulte de la presente licitación se hallará sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentariamente y convencionales vigentes y que resulten de aplicación en materia laboral de seguridad y de salud en el trabajo.
Los licitadores deberán indicar el convenio colectivo que será de aplicación a los trabajadores que realicen la actividad objeto del contrato, en el caso de resultar adjudicatarios. Dicha indicación deberá realizarse de forma previa a la adjudicación del contrato, se hará constar en la resolución de adjudicación y se publicará en el perfil de contratante. En todo caso, el convenio colectivo de aplicación que se identifique garantizará, al menos, las condiciones previstas en los convenios colectivos sectoriales y territoriales aplicables.
Los licitadores que participen de este procedimiento aceptan dar transparencia institucional a todos los datos derivados de los procesos de licitación, adjudicación y ejecución hasta su finalización.
El adjudicatario deberá, a lo largo de toda la ejecución del contrato, abonar el salario recogido en el convenio colectivo de aplicación según la categoría profesional que corresponda, sin que en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquel.
El adjudicatario estará obligado a contratar a las personas asignadas a la ejecución del contrato en la categoría profesional que corresponda en el convenio colectivo de aplicación y de acuerdo con la solvencia profesional mínima exigida en los pliegos del personal técnico para cada una de las funciones a desempeñar o la solvencia profesional que la empresa presente como propuesta técnica.
El incumplimiento de estas obligaciones esenciales por parte del adjudicatario traerá como consecuencia la resolución del contrato.
11. - OBLIGACIONES LABORALES DEL CONTRATISTA
El contratista respecto al personal que emplee en la realización del trabajo adjudicado, está obligado al exacto cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Prevención de Riesgos Laborales, quedando la Administración exonerada de responsabilidad por este incumplimiento.
El Ayuntamiento de Ordizia no tendrá ninguna relación jurídica, laboral o de cualquier otra índole con el personal del adjudicatario, durante la vigencia del contrato ni al término del mismo, siendo por cuenta del adjudicatario todas las obligaciones, indemnizaciones y responsabilidades que nacieran con ocasión de este contrato.
12.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
12.1. Daños causados a terceros durante la ejecución del contrato.
El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las actuaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 196 de la LCSP.
12.2. Indemnizaciones y responsabilidades en el contrato de elaboración de proyectos de obras.
El régimen de subsanación de errores y corrección de deficiencias, así como de responsabilidades e indemnizaciones relativas a la ejecución del contrato que resulte de la presente licitación será el previsto en los artículos 314 y 315 de la LCSP.
13.- MODIFICACIONES DEL CONTRATO
El presente contrato sólo podrá ser modificado por razones de interés público en los casos y en la forma prevista en el artículo 205 de la LCSP y de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 207 de la LCSP.
En estos casos, las modificaciones acordadas por el órgano de contratación serán obligatorias para la empresa contratista, cuando impliquen, aislada o conjuntamente, una alteración en su cuantía que no exceda del 20 por ciento del precio inicial del contrato, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
14.- RECEPCIÓN Y PLAZO DE GARANTÍA
Una vez finalizados los trabajos objeto del presente contrato, de conformidad con las condiciones y términos del mismo, y a satisfacción de la Administración en la totalidad de su objeto, se producirá el acto de recepción o conformidad del mismo.
Su constatación exigirá por parte de la Administración un acto formal y positivo de recepción o conformidad dentro del mes siguiente de haberse producido la entrega o realización del objeto del contrato.
El plazo de garantía será de seis meses.
15.- CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN.
En materia de cesión del contrato se estará a lo previsto en el artículo 214 de la LCSP.
En cuanto a la contratación por la empresa adjudicataria de la realización parcial del contrato con terceros estará sujeta a los requisitos establecidos en el artículo 215 de la LCSP, así como el pago a empresas subcontratistas y suministradoras deberá ajustarse a lo dispuesto en el artículo 216 de la LCSP.
En todo caso, la empresa contratista deberá comunicar por escrito, tras la adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de éste, al órgano de contratación la intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad, datos de contacto y representante o representantes legales de la empresa subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de ésta para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia, y acreditando que la misma no se encuentra incursa en prohibición de contratar, así como cualquier modificación que sufra esta información durante la ejecución del contrato principal, y toda la información necesaria sobre las nuevas empresas subcontratistas.
La infracción de las condiciones establecidas para la subcontratación en este apartado o en los preceptos de la LCSP citados podrá da lugar a la imposición al contratista de una penalidad de hasta un 50% del importe del subcontrato o la resolución del contrato.
16.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Constituyen causas de resolución del contrato de servicios las establecidas en los artículos 211 y 313 de la LCSP.
Asimismo, se consideran causas de resolución del contrato el incumplimiento del contrato, las reiteradas deficiencias en el servicio, la falta de ejecución del contrato en el plazo previsto, así como la imposibilidad técnica por parte del adjudicatario de realizar el contrato.
Se establece como causa de resolución específica de este contrato el incumplimiento de lo recogido en las clausula 10 de este Pliego de Condiciones Administrativas, en relación con las condiciones especiales de ejecución.
17.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN
Corresponden a la Administración las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, declarar la responsabilidad imputable al contratista a raíz de la ejecución del contrato, suspender la ejecución del mismo, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta.
Igualmente, el órgano de contratación ostenta las facultades de inspección de las actividades desarrolladas por los contratistas durante la ejecución del contrato dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en la LCSP, tal y como recogen los artículos 190 y 191 de la misma.
II. PROCEDIMIENTO PARA CONTRATAR
18.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
La adjudicación del presente contrato se realizará por procedimiento abierto simplificado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 131 a 159 de la LCSP.
Los criterios de valoración de las ofertas que han de servir de base para la adjudicación del contrato, divididos en criterios evaluables mediante juicio de valor y criterios evaluables automáticamente, relacionados por orden decreciente de importancia y por la ponderación que se les atribuye son los que siguen:
CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE JUICIO DE VALOR:
PROPUESTA TÉCNICA:
Memoria explicativa de la propuesta.
1.- Memoria con la descripción general de la selección de los distintos espacios públicos a estudiar pormenorizadamente, análisis general del ámbito, con breve referencia a aspectos funcionales, formales, medioambientales, constructivos y técnicos.
…………………………………………………………………………………..10 puntos
Una descripción del proceso participativo propuesto (esquema de la serie de reuniones- talleres, mapeo etc…) con un calendario establecido para todas las acciones previstas 10 puntos
2.- Programa de Trabajo que contemple el desarrollo de los trabajos objeto xxx Xxxxxx. Dicho programa deberá contener como mínimo un diagrama xx xxxxxx expresivo de las distintas fases y labores que sea preciso desarrollar, con indicación de los hitos que pueden condicionar el desarrollo y cumplimiento del plazo propuesto para la redacción del PROYECTO INTEGRAL DE OBRAS DE REGENERACIÓN Y REURBANIZACIÓN DEL BARRIO BUZTUNTZA DE ORDIZIA y resto de
documentos complementarios objetos del contrato 5 puntos
3.- La relación del personal técnico implicado en las distintas fases de ejecución del contrato, con sus correspondientes curriculum (indicando la titulación, año de obtención del citado título y experiencia) así como concreción y compromiso del alcance real de su participación y dedicación a la prestación del servicio 7 puntos
La Memoria con la descripción general, el Programa de Trabajo y la relación del personal técnico se presentarán en un máximo de 15 folios a doble cara en formato Din A4.
Las ofertas que superen este máximo establecido no serán valoradas.
de 0 a 32 puntos
CRITERIOS EVALUABLES AUTOMÁTICAMENTE:
OFERTA ECONÓMICA: La distribución de puntos se hará con arreglo a la siguiente fórmula: PO = MaxP * MaxB O Tal que: PO = Puntos de la oferta MaxP = Máximo de puntos MaxB = Oferta más baja presentada O = Oferta a valorar | De 0 a 60 puntos |
PLAZO DE EJECUCIÓN Por cada semana de reducción del plazo previsto para todo el proceso y entrega del Proyecto de ejecución y anexos 2 puntos (Reducción máxima del plazo 4 semanas) | de 0 a 8 puntos |
UMBRAL MÍNIMO DE PUNTUACIÓN QUE DEBE OBTENERSE EN LOS CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE JUICIO DE VALOR: Conforme al artículo
146.3 de la Ley de Contratos del Sector Público, para ser admitidos a la valoración global, se exigirá que en los criterios sujetos a juicio de valor, los licitadores alcancen un umbral mínimo de puntuación, de forma que no serán tenidas en cuenta por la Mesa de contratación las ofertas cuya puntuación no alcance 16 puntos.
El carácter desproporcionado o anormal de las ofertas se apreciará de acuerdo con los parámetros objetivos establecidos de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 85 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Para el caso de que dos o más empresas licitadoras obtengan la misma puntuación, una vez realizada la valoración de todos los criterios de adjudicación, el desempate se producirá mediante la aplicación de los criterios establecidos en el artículo 147.2 de la LCSP. En el caso de deber realizar un sorteo, éste se llevará a cabo en un acto público al que serán oportunamente convocadas los licitadores que se encuentren en la situación de empate.
19.- CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR
Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional
a través de los medios previstos en el presente pliego, y no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 71 de la LCSP.
Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultada para ello. Tanto en uno como en otro caso, al o a la representante le afectan las causas de incapacidad para contratar.
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación objeto del presente contrato.
Cuando se trate de licitadores de Estados no pertenecientes a la Unión Europea se estará a lo dispuesto en el artículo 68 de la LCSP.
20.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN EXIGIDA
Los pliegos de condiciones, así como la documentación técnica unida a los mismos, estarán a disposición de los licitadores en el perfil de contratante accesible a través del siguiente portal: xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.
Las proposiciones se presentarán en el Registro Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx Xxxxx, Xxxx Xxxxxxx, 00 (00000 Xxxxxxx) en horario de 8:30 horas a 13:30 horas, dentro del plazo de 15 días naturales contados a partir del siguiente a aquel en que aparezca el referido anuncio de licitación en el Perfil del Contratante del Órgano de Contratación, tal y como se señala en el artículo 156.6 de la LCSP. Si el último día de presentación de ofertas fuera inhábil, se prorrogará hasta el día hábil siguiente.
Los licitadores deberán presentar dos sobres cerrados (A y B), en cada uno de los cuales figurará la inscripción: “SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA REDACCIÓN DE PROYECTO INTEGRAL DE OBRAS DE REGENERACIÓN Y REURBANIZACIÓN DEL BARRIO BUZTUNTZA DE ORDIZIA”.
El sobre “A”, subtitulado “DECLARACIÓN RESPONSABLE Y CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE JUICIO DE VALOR” contendrá:
1) La Declaración Responsable de acuerdo con el modelo que se acompaña como Xxxxx XXX, que sustituirá a la aportación inicial de la siguiente documentación:
i. Documento Nacional de Identidad de la persona que presenta la oferta.
ii. Cuando el licitador sea una persona jurídica, además del DNI de la persona que presenta la oferta, escritura de constitución o modificación debidamente
inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal, siendo suficiente cuando se trate de empresarios no españoles de estados miembros de la Unión Europea, acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo.
iii. Cuando el licitador no actúe en nombre propio, o se trate de sociedad o persona jurídica habrá de aportar documento fehaciente que acredite que el firmante de la proposición económica tiene poder bastante para comparecer ante el órgano de contratación y contratar con él en nombre y representación de la persona o entidad que se trate.
iv. Documento que acredite la solvencia económica mediante la aportación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil o depositadas en el registro oficial en el que deban inscribirse. En tales cuentas deberá acreditarse que, de entre los últimos tres ejercicios concluidos en, al menos, uno de ellos se ha alcanzado un volumen anual de negocios igual o superior a 100.000,00 Euros. El volumen de negocios mínimo anual exigido no excederá de una vez y media el valor estimado del contrato.
v. Documentación acreditativa de la solvencia técnica:
• Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los (3) tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Será necesario haber realizado servicios similares por un importe anual, en el año de mayor ejecución del periodo citado, de al menos 83.000 Euros. Pudiéndose referir la cantidad a la ejecución de más de un encargo, es decir, a la suma de varios proyectos.
• Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órganos de contratación por la autoridad competente.
Acreditación mediante certificado del Registro de Licitadores. La documentación señalada anteriormente, excepto la recogida en el apartado i), podrá ser sustituida por el certificado que expida cualquiera de los registros siguientes: Registro de Licitadores del Territorio Histórico de Gipuzkoa; Registro Oficial de
Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi; Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado; certificado comunitario de clasificación.
En relación a las circunstancias no recogidas en el certificado que se presente del Registro correspondiente, se acompañará la acreditación documental exigida.
En todo caso la certificación deberá acompañarse de una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación.
vi. En el caso de que varios empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, cada una de las que la componen deberá acreditar su capacidad de obrar conforme a lo establecido en los puntos anteriores. Igualmente, indicarán la parte del objeto que cada miembro de la UTE realizaría, con el fin de determinar y comprobar los requisitos de solvencia de todos ellos. Sólo en el caso de que la licitación sea adjudicada a la agrupación de empresas deberán éstas acreditar la constitución de la misma en escritura pública ante el órgano de contratación, debiendo nombrar representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo. La duración de las Uniones Temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
vii. Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional.
Esta documentación habrá de ser presentada necesariamente por el licitador que sea propuesto como adjudicatario, con carácter previo a la adjudicación del contrato.
Asimismo, la Administración podrá requerir a los licitadores que presenten la documentación indicada, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, con carácter previo a la apertura del sobre que contenga la oferta económica. En este caso, los licitadores requeridos al efecto deberán presentar la documentación solicitada en el plazo indicado que será como xxxxxx xx xxxx días hábiles.
En caso de defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada se concederá un plazo no superior a tres días hábiles para la subsanación del error.
A la Declaración Responsable, le acompañarán:
a) En caso de constituir una unión de empresarios, el documento de compromiso de constitución en U.T.E., de acuerdo el modelo que figura en el Anexo III indicando los nombres y circunstancias de los que la suscriben,
el porcentaje de participación de cada uno de ellos y persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ante la Administración.
b) En caso de integración de la solvencia o clasificación exigida con las condiciones de solvencia o clasificación y medios de otras entidades, el documento de declaración de integración de la solvencia o clasificación, suscrito por ambas entidades de acuerdo con el modelo que figura en el Xxxxx XXX.
c) En caso de que se exigiera habilitación empresarial o profesional, deberá aportarse el documento acreditativo de tal habilitación empresarial o profesional.
2) Memoria técnica que contenga los siguientes apartados:
a) Descripción general de la selección de los distintos espacios públicos a estudiar pormenorizadamente, análisis general del ámbito, con breve referencia a aspectos funcionales, formales, medioambientales, constructivos y técnicos.
b) Contendrá también una descripción del proceso participativo propuesto (esquema de la serie de reuniones- talleres, mapeo etc…) con un calendario establecido para todas las acciones previstas.
c) La relación del personal técnico implicado en las distintas fases de ejecución del contrato, con sus correspondientes curriculum (indicando la titulación, año de obtención del citado título y experiencia) así como concreción y compromiso del alcance real de su participación y dedicación a la prestación del servicio y según lo que se recoge en la cláusula correspondiente del presente pliego.
d) Planos necesarios con dibujos a escala que a juicio del licitador permitan la adecuada definición de la propuesta.
El documento que incluya la Memoria con la descripción general, el Programa de Trabajo y la relación del personal técnico tendrá un máximo de 15 folios a doble cara en formato Din A4. La memoria se presentará en euskera y en castellano, al ser el mismo trabajo el que constituye el objeto del contrato.
Se admitirá la presentación de un máximo de cuatro planos en formato Din A-1 doblados en formato Din A-4.
El sobre “B” se subtitulará “CRITERIOS EVALUABLES AUTOMÁTICAMENTE” y contendrá la Proposición Económica ajustada al modelo que se adjunta como Anexo IV.
Serán rechazadas las ofertas que no respeten el contenido de cada sobre por no haber diferenciado la documentación correspondiente a los criterios sujetos a juicio de valor de la correspondiente a los criterios evaluables automáticamente.
La Administración podrá comprobar, tanto antes como después de la adjudicación, y en el curso del contrato, la veracidad del contenido de los documentos incluidos en los sobres A y B, entendiéndose que la falsedad de los datos y circunstancias presentados por la empresa puede ser causa de nulidad del contrato, en su caso, por incumplimiento imputable al contratista, con pérdida de la garantía definitiva constituida o, en su caso, indemnización por valor de aquella si no se ha constituido, debiendo indemnizar además a la Administración los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
La documentación exigida se podrá presentar en original o copia de la misma, debidamente compulsada o autentificada por la Administración o por notario.
21. CALIFICACIÓN DE DOCUMENTOS, SELECCIÓN DE EMPRESAS Y APERTURA DE PROPOSICIONES
Primer acto. La apertura de la documentación obrante en el SOBRE A: DECLARACIÓN RESPONSABLE Y CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE
JUICIO DE VALOR, se llevará a cabo en el día y hora que se señale en el perfil de contratante del Ayuntamiento de Ordizia.
En este acto la Mesa de contratación permanente del Ayuntamiento procederá a la verificación de la documentación administrativa presentada por los licitadores. Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, la Mesa de contratación lo comunicará a los interesados mediante fax o correo electrónico, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles, contados desde la fecha de la comunicación, para la subsanación de las deficiencias no esenciales detectadas. Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables se rechazará la proposición.
Seguidamente, la Mesa procederá a dar a conocer el contenido de cada una de las ofertas técnicas por el orden de su presentación y las remitirá a los servicios técnicos del órgano de contratación para su valoración en el plazo máximo de 7 días hábiles.
Se dejará constancia documental de todo lo actuado.
Segundo acto. Concluida la valoración se convocará acto público, que se celebrará en el día y hora que se señale en el perfil de contratante del Ayuntamiento de Ordizia.
En primer lugar, se dará cuenta de las proposiciones presentadas, nombre de los licitadores, resultado de la calificación de los documentos y de la subsanación, en su caso, de deficiencias de éstos.
A continuación, se dará a conocer el resultado de la valoración de los criterios evaluables mediante juicio de valor.
En segundo lugar, se procederá a la apertura de la documentación obrante en el SOBRE B: CRITERIOS EVALUABLES AUTOMÁTICAMENTE, dándose lectura a
las proposiciones económicas.
La Mesa de contratación permanente del Ayuntamiento, previa exclusión, en su caso, de las ofertas que no cumplan los requerimientos xxx xxxxxx, evaluará, clasificará las ofertas y elevará la propuesta de adjudicación al órgano de contratación que haya de efectuar la misma.
Asimismo, acordará requerir a la empresa que haya obtenido la mejor puntuación mediante comunicación electrónica para que presente la documentación prevista en la Cláusula 22.
22. CLASIFICACIÓN DE OFERTAS, ADJUDICACIÓN, FORMALIZACIÓN Y GASTOS
22.1. Clasificación de ofertas.
La Mesa de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales atendiendo a los criterios de adjudicación señalados en el pliego.
La Mesa de Contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta con una mejor relación calidad-precio para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el envío de la comunicación electrónica, presente la siguiente documentación:
• Documentación administrativa, cuya presentación inicial sustituye la declaración responsable, según lo previsto en la Cláusula 20.
• Justificación acreditativa del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
• Constitución de la garantía definitiva equivalente al 5% del importe de adjudicación del contrato (IVA no incluido).
• Cuando resulte adjudicataria una UTE, además de los documentos anteriormente indicados habrá de aportarse, dentro del mismo plazo, escritura pública de su constitución, CIF asignado a la Unión Temporal y nombramiento de representante o apoderado con poder bastante.
De no cumplimentarse adecuadamente este requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
22.2. Adjudicación del contrato.
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación y publicar la adjudicación en el perfil de contratante en el plazo de quince días.
El órgano de contratación podrá declarar desierta la licitación, a propuesta de la Mesa de contratación, cuando no exista ninguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el pliego.
Acordada, por resolución motivada, la adjudicación del contrato se procederá a efectuar la correspondiente notificación a los licitadores y publicación en el perfil de contratante con la información y requisitos previstos en el artículo 151.2 de la LCSP.
22.3. Formalización del contrato.
El contrato se perfeccionará con su formalización. La formalización del contrato deberá efectuarse dentro del plazo de quince días hábiles siguientes a aquél en que se realice la notificación de la adjudicación.
No podrá procederse a la ejecución del contrato con carácter previo a su formalización.
El adjudicatario queda obligado a suscribir, dentro del plazo correspondiente arriba indicado, el documento administrativo de formalización del contrato, al que se unirá un ejemplar xxx xxxxxx de prescripciones técnicas y xxx xxxxxx de cláusulas administrativas.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará
efectivo en primer lugar contra la garantía definitiva, si se hubiera constituido, sin perjuicio de lo establecido en la letra b) del apartado 2 del artículo 71 de la LCSP.
Tendrá asimismo carácter contractual la oferta presentada por el contratista en todo lo referente a mejoras, propuestas u otros aspectos que puedan influir en la ejecución del contrato y que, según los criterios de valoración establecidos hayan determinado la adjudicación del mismo.
El documento en el que se formalice el contrato será en todo caso administrativo, siendo título válido para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contrato se formalizará en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento. En este caso, el contratista viene obligado a la entrega de una copia autorizada al órgano de contratación.
La formalización de los contratos deberá publicarse, junto con el correspondiente contrato, en un plazo no superior a quince días tras el perfeccionamiento del contrato en el perfil de contratante.
23.- NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO
El contrato que en base a este pliego se realice, tendrá carácter administrativo y en todo lo no previsto en él se estará a lo dispuesto en la LCSP, así como, en el RGCAP y demás normas que, en su caso, sean de aplicación a la contratación de las Administraciones Públicas.
En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el resto de la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este pliego.
24.- JURISDICCIÓN COMPETENTE
Las cuestiones surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos serán resueltas por el órgano de contratación, cuyas resoluciones agotarán la vía administrativa.
Las cuestiones litigiosas que se deriven del contrato se entenderán sometidas a la jurisdicción contencioso–administrativa, no obstante lo cual, las partes pueden acordar el sometimiento de sus litigios a arbitraje, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
Los licitadores dispondrán de los medios de impugnación dispuestos en la LCSP y en la normativa general del procedimiento administrativo.
25.- TRANSPARENCIA
El adjudicatario estará obligado a facilitar al Ayuntamiento de Ordizia cuantos datos o documentos resulten necesarios para dar debido cumplimiento a las prescripciones contenidas en el Capítulo III de la Ley 19/2013 de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, así como al artículo
49.4 de la Ley del Parlamento Xxxxx 2/2016, de 7 xx xxxxx, de Instituciones Locales de Euskadi.
Los datos o documentos solicitados serán entregados en el plazo necesario para dar debido cumplimiento a las disposiciones legales antes mencionadas, el cual se indicará en el requerimiento que se le remita al efecto.
La falta o retraso en la entrega de los datos o documentos requeridos será considerada como infracción susceptible de ser penalizada de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 192 y 193 de LCSP.
ANEXO I: MODELO DE AVAL
La entidad ……………….( razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), NIF…….., con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en ………., y en su nombre …………..( nombre y apellido de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
AVALA A
…………….(nombre y apellidos o razón social del avalado), NIF , en virtud de
lo dispuesto por el artículo 107 de la Ley de Contratos del Sector Público, en concepto de GARANTÍA DEFINITIVA, para la adjudicación del contrato que tiene por objeto EL SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA REDACCIÓN DE PROYECTO INTEGRAL DE OBRAS DE REGENERACIÓN Y REURBANIZACIÓN DEL BARRIO BUZTUNTZA DE ORDIZIA, , ante
Ordiziako Udala , por importe de (en letras y en cifras).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Caja General de Depósitos u órgano equivalente de las restantes Administraciones Públicas, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos.
El presente aval estará en vigor hasta que el Ayuntamiento de Ordizia o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
El presente documento de garantía ha sido inscrito en esta misma fecha en el Registro Especial de Avales con el número…………………………..
En …………….., a ………. de de 2019
(Razón social de la entidad) (Firma de los apoderados)
BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA C.G.D. O ABOGACÍA DEL ESTADO
(Provincia/Fecha/Número o código)
ANEXO II: MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
La entidad ………………. (razón social de la entidad aseguradora), certificado número
…………. (en adelante asegurador), con domicilio en ……………………. y NIF ,
debidamente representado por (nombre y apellidos de los apoderados), con poderes
suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
ASEGURA A
……………. (nombre y apellidos o razón social del asegurado), NIF , en concepto de
tomador del seguro, ante Ordiziako Udala, ( en adelante asegurado), hasta el importe de (
en letras y en cifras), en los términos y condiciones establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público, normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas particulares por la que se rige el contrato que tiene por objeto EL SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA REDACCIÓN DE PROYECTO INTEGRAL DE OBRAS DE REGENERACIÓN Y REURBANIZACIÓN DEL BARRIO BUZTUNTZA DE ORDIZIA,
para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Caja General de Depósitos u órgano equivalente de las restantes Administraciones Públicas, en los términos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público y normas de desarrollo.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que Ordiziako Udala, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria
En ……………., a …………….de de 2019
(Razón social de la entidad aseguradora) ( Firma de los apoderados)
BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA C.G.D. O ABOGACÍA DEL ESTADO
(Provincia)
XXXXX XXX: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D/Xx…………………………………, con domicilio en ,
provisto de D.N.I………………………….., en nombre propio y/o en representación de la empresa………………………………., con domicilio en ,
y C.I.F……………………………………….
DECLARA
a) Que la empresa a la que representa cumple las condiciones exigidas legalmente y en este pliego para contratar y que no se halla incursa en ninguna de las prohibiciones para contratar con la Administración, relacionadas en el artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público.
b) Que en la elaboración de su oferta ha tenido en cuenta las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, y protección del medio ambiente.
c) Que se compromete a aportar los documentos acreditativos del cumplimiento de dichos requisitos en cualquier momento que así lo solicite el órgano de contratación y en todo caso, en el supuesto de que la propuesta de adjudicación recaiga a su favor, los aportará con carácter previo a la adjudicación.
d) Que para la presente licitación declara que en caso de resultar adjudicatario del contrato, el Convenio Colectivo que será de aplicación a los trabajadores y trabajadoras que realicen la actividad objeto del contrato será el siguiente:
………………………………………………………………………......(indicar el sector y ámbito territorial)
e) Que en relación a los datos relativos a grupo empresarial la empresa a la que representa (SÍ/NO) se encuentra en alguno de los supuestos del art. 42.1 del Código de Comercio.
En caso de respuesta afirmativa,
□ NO concurre a la adjudicación del contrato con empresas que, pertenecientes al mismo grupo o en las que concurran alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio, presentan proposiciones individuales.
□ SI concurre a la adjudicación del contrato con empresas que, pertenecientes al mismo grupo o en las que concurran alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio, presentan proposiciones individuales, y en concreto con la empresa…………………..
f) Que la empresa a la que representa tiene en su plantilla personas trabajadoras fijas con discapacidad, en un porcentaje de sobre el total de la plantilla.
g) Que la empresa a la que representa tiene relación laboral en su plantilla con personas en situación de exclusión social en un porcentaje de ……. sobre el total de la plantilla.
h) Que manifiesta que los datos para practicar en esta licitación toda clase de requerimientos, comunicaciones y notificaciones con los efectos jurídicos establecidos por la Ley, son los siguientes:
Persona de contacto…..……………………………………………….
Domicilio Social……………………………………..……………..…
C.P……………….…Población………………………………………
Teléfono 1……………………
Dirección de correo electrónico:………………………………………
En ……………… a …….. de de 2019
Fdo.
Sello de la empresa
(En caso de U.T.E. se aportará una declaración responsable por cada miembro de la UTE y se anexará la declaración que se enuncia a continuación).
MODELO DE DECLARACIÓN DE U.T.E.
D/Xx…………………………………, con domicilio en ,
provisto de D.N.I………………………….., en nombre propio y/o en representación de la empresa………………………………., con domicilio en ,
y C.I.F……………………………………….
Y
D/Xx…………………………………, con domicilio en ,
provisto de D.N.I………………………….., en nombre propio y/o en representación de la empresa………………………………., con domicilio en ,
y C.I.F……………………………………….
DECLARAN
Que asumen el compromiso de constituirse formalmente en Unión Temporal de Empresas, con las participaciones respectivas de..........% y de.........% y que nombran representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo a D./Xx ..........................................................................................con domicilio
a efectos de notificaciones para esta licitación en
………………………………………………………………………
Y como prueba de conformidad de esta declaración, la firmamos.
En ..........................., a ........ de de 2019
Fdo.
Sello de la empresa Fdo.:
ANEXO IV: MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Don/Doña……………………. con domicilio en ,
provisto de DNI nº ……………………… teléfono………………….., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio ( o en representación de…………), enterado de la licitación convocada por Ordiziako Udala para la contratación del SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA REDACCIÓN DE PROYECTO INTEGRAL DE OBRAS DE REGENERACIÓN Y REURBANIZACIÓN DEL BARRIO BUZTUNTZA DE
ORDIZIA, declaro:
1º. Que me comprometo a su ejecución por el precio de €
(en letra y número), más ( en su caso)…… ………………………€ ( en letra y número), correspondientes al 21% de IVA, debiendo entenderse comprendidos en el precio todos los conceptos incluyendo los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal al igual que el beneficio industrial del contratista.
2º. Que conozco el pliego de prescripciones técnicas, el pliego de cláusulas administrativas particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad.
3º. Que la empresa a la que represento cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
En ……………., a ………de de 2019
Fdo.:
DILIGENCIA: Para hacer constar que este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, que consta de 19 páginas y 5 anexos, ha sido aprobado por Decreto de Alcaldía nº 43 de fecha 18 de enero de 2019.