CONTRATO NUMERO: CPSCHE-347-2019
CONTRATO NUMERO: CPSCHE-347-2019
CONTRATO PRIVADO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD XX XXXXXXXX ROO, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU RECTOR EL XX. XXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA UNIVERSIDAD" Y POR LA OTRA EL ESPECIALISTA MÉDICO XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL PRESTADOR", AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES
l. - "LA UNIVERSIDAD" DECLARA
1. Que es un organismo público descentralizado del Estado xx Xxxxxxxx Roo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, conforme lo establece la Ley Orgánica de la Universidad xx Xxxxxxxx Roo, publicada en el periódico oficial del Estado el 14 de septiembre de 1994.
2. Que tiene entre sus fines impartir Educación Superior en los niveles técnicos, de Licenciatura, estudios de Postgrado, cursos de actualización y especialización mediante las diferentes modalidades de enseñanza para formar a los profesionistas, profesores e investigadores que requiere el Estado xx Xxxxxxxx Roo, la región y el país, en su armónico desarrollo socioeconómico y cultural; organizar, fomentar y generar nuevos conocimientos mediante programas de investigación científica, humanística, social cultural y de desarrollo tecnológico, buscando principalmente resolver las necesidades de la sociedad quintanarroense y las del país en general.
3. Que para el cumplimiento de sus fines cuenta, entre otras cosas, con las siguientes facultades: planear, programar, organizar, ejecutar y evaluar sus actividades académicas de docencia, investigación, difusión y extensión de la cultura, las labores relacionadas con el desarrollo científico, tecnológico y cultural; y las actividades administrativas y técnicas inherentes a las anteriores; celebrar toda clase de actos jurídicos para el cumplimiento de sus fines, así como administrar libremente su patrimonio.
4. Que para cumplir con sus fines, requiere del apoyo de profesionales expertos en las diversas áreas relacionadas con los mismos.
5. Que el Xx. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, en su calidad de Rector, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente contrato, de conformidad a lo previsto en los Artículos 23 y 26 de la Ley Orgánica de la Universidad xx Xxxxxxxx Roo.
6. Que tiene establecido su domicilio en Av. Boulevard Bahía sin número esquina Xxxxxxx Xxxxxxxxx en la colonia xxx Xxxxxx, código postal 77019, de esta ciudad de Chetumal Xxxxxxxx Roo, mismo que qu
señalado para todos los efectos y fines de este contrato. �
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11. - "EL PRESTADOR" DECLARA
1. Que cuenta con los conocimientos especializados, así como la capacidad para realizar los servicios objeto de este contrato.
2. Que tiene Título de Especialidad Médica (cifrhs) en Cardiología expedido por la Universidad Nacional Autónoma de México el día 21 de Enero de 1981 y Cédula Profesional 0000000, de fecha 20 de Julio de 2001.
3. Que esta dado de alta en el Registro Federal de Contribuyentes con la clave 1
con la
actividad de honorarios asimilables a salarios (obligación fiscal clave 518 honorarios régimen salarios).
4. Que tiene establecido su domicilio en Xxxxx 0
0 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, xxx Xxxxxx xx Xxxxxxxx Xxx, Xxxxxx, mismo que señala para todos los efectos y fines de este contrato.
5. Que tiene capacidad jurídica para obligarse al cumplimiento del presente contrato.
111. -AMBAS PARTES DECLARAN: . ......-• • .. -
1. Que no existe vicio alguno para la celebración del present� contrato, por lo que dan su total y expreso consentimiento al mismo, sujetándose al tenor de las siguiéntes:
CLÁUSUL AS
PRIMERA.- "EL PRESTADOR", se obliga a prestar a "LA UNIVERSIDAD", sus servicios profesionales consistente en la impartición de la(s) materia(s) de "ACP-DCS-63-Medicina Interna 1 (sistema Cardiovascular)", en los lugares que se señalen para tal efecto, durante 204 horas totales.
SEGUNDA.- "LA UNIVERSIDAD" si:! compromete a pagar a "EL PRESTADOR" por el servicio descrito en la cláusula anterior la cantidad de $27,540.00 (Veintisiete mil quinientos cuarenta pesos 00/100 M.N.), que se pagarán med;ante 8 qu;ncenas de $3,442.50 (Tres mU cuatrodentos cuarenta y dos pesos 50/100 M.N.), \ ;m"X.
Eliminados: Las líneas marcadas con 1, 2 y 3 en términos de lo dispuesto en los artículos 44 fracción II, art. 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; art. 137 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado xx Xxxxxxxx Roo; los numerales Quincuagésimo sexto y el sexagésimo de los Lineamientos Generales en Materia de Clasificación y Desclasificación de la Información, así como para la elaboración de versiones públicas y al acuerdo 4.1 de la 3° sesión ordinaria del 00 xx xxxxx xx 0000 xxx xxxxxx xx xxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxx Xxx.