Contrato Transv. No. 007 Meta.-CDM/2018
Contrato Transv. No. 007 Meta.-CDM/2018
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL INSTITUTO DE LA MUJER PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL INSTITUTO”, REPRESENTADO POR SU DIRECTORA GENERAL LA C. XXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXX, POR OTRA PARTE, LA C. XXXXXX XXXXXXXXX XXXX XXXXXXX, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA PRESTADORA”, Y CONJUNTAMENTE SERÁN DENOMINADAS COMO “LAS PARTES”, MISMAS QUE SE SUJETAN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
1.-Que el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorice la ministración de los subsidios y transferencias que con cargo a los presupuestos de las dependencias y, en su caso de las entidades, se aprueben en el Presupuesto de Egresos. Asimismo, dispone que los Titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, sean responsables, en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables.
2.- Que con fecha 26 de diciembre de 2017, el Instituto Nacional de las Mujeres también nombrado “EL INMUJERES”, publicó en el Diario Oficial de la Federación las Reglas de Operación del Programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género para el ejercicio fiscal 2018, conocido con las siglas “PFTPG”.
Derivado de lo anterior y con fundamento en lo establecido en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, así como en el Artículo 224 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, los recursos federales sólo serán transferidos por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las tesorerías o dependencias homólogas de las entidades federativas, y de conformidad con lo dispuesto en el “Acuerdo por el que se modifican diversos numerales de las Reglas de Operación del programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género, para el ejercicio fiscal 2018”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 xx xxxxx de 2018; se ejecuta el proyecto denominado “La igualdad y no discriminación los garantes de una cultura institucional para la administración pública de Baja California”
3.- Que el Instituto dela Mujer para el Estado de Baja California, por conducto de su Directora General, se presentó el proyecto denominado; “La igualdad y no discriminación los garantes de una cultura institucional para la administración pública de Baja California”, siendo aprobado por el Instituto Nacional de las Mujeres.
4.- Que con fecha 29 xx xxxxx de 2018, se llevó a cabo la suscripción de Convenio Específico de Colaboración para Distribución y Ejercicio de Recursos del Programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género para el Ejercicio Fiscal 2018, celebrado entre el Instituto Nacional de las Mujeres y el Instituto de la Mujer para el Estado de Baja California, cuyo objeto estriba en promover y fomentar las condiciones para alcanzar la igualdad de trato entre los géneros a través de la ejecución del proyecto denominado “La igualdad y no discriminación los garantes de una cultura institucional para la administración pública de Baja California”, de conformidad con el mismo y con las Reglas Operación del programa.
5.- En virtud de que se trata de un Programa con recursos propios de la Federación, que comprende solamente para el Ejercicio Fiscal 2018 y para la ejecución del proyecto denominado y para el debido cumplimiento del Centro para el Desarrollo de las Mujeres en el Municipio de Playas de
Xxxxxxxx, que consiste en “Contratar a tres personas para la operación del modelo para el Centro para el Desarrollo de las Mujeres” es por ello que se requiere la contratación de “LA PRESTADORA” por tiempo determinado.
DECLARACIONES
I. DE EL “INSTITUTO”:
I.1.- Que es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Estatal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, constituido al amparo de la Ley que crea el Instituto de la Mujer para el Estado de Baja California, publicada en el Periódico Oficial número 26 del Estado de Baja California de fecha 22 xx xxxxx de 2001.
I.2.-Que tiene como objetivo “promover y fomentar las condiciones que posibiliten la no discriminación, la equidad e igualdad de oportunidades y de trato entre hombres y mujeres, el ejercicio pleno de los derechos de las mujeres y su participación equitativa en la vida política, cultural, económica y social de la entidad bajo el criterio de Transversalidad en las Políticas Públicas y con un enfoque que permita identificar y valorar la desigualdad, discriminación y violencia hacia las mujeres para generar un cambio mediante estrategias y líneas de acción que propicien la equidad social”, teniendo como atribuciones las previstas en el artículo 6 de la Ley que le rige.
I.3.- Que la C. XXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXX, acredita su personalidad como Directora General del “INSTITUTO”, mediante nombramiento expedido a su favor por el Lic. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxx xx Xxxxxxxx, Gobernador Constitucional del Estado de Baja California, de fecha 00 XX XXXXXX XX 0000, por lo que se encuentra facultada para firmar el presente Contrato.
I.4.- Que en fecha 29 xx xxxxx de 2018, “EL INSTITUTO”, representado por la Directora General del Instituto de la Mujer para el Estado de Baja California, y “EL INMUJERES”, representado por su Presidenta, celebraron Convenio Específico de Colaboración para la Distribución y Ejercicio de Recursos del Programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género, al que se denominará en adelante “PFTPG”, a través de la ejecución del proyecto presentado por “EL INSTITUTO” denominado:“La igualdad y no discriminación los garantes de una cultura institucional para la administración pública de Baja California”, mismo que será financiado con recurso federal del “PFTPG”.
I.5.- Que el objeto del Convenio Específico de Colaboración descrito en la Declaración l.4 consiste en promover y fomentar las condiciones para alcanzar la igualdad de oportunidades y de trato entre los géneros a través de la ejecución del proyecto denominado: “La igualdad y no discriminación los garantes de una cultura institucional para la administración pública de Baja California”, mismo que será financiado con recurso federal del “PFTPG”.
I.6.- Que en cumplimiento al “PFTPG” como instancia ejecutora y de acuerdo con la disponibilidad de recursos aportados por “EL INMUJERES”, a través del Convenio Específico de Colaboración descrito en la Declaración l.4 del presente Instrumento, y a efecto de dar cumplimiento al compromiso contenido en el referido Convenio, “EL INSTITUTO” contratará un (a) prestador(a) de servicios profesionales objeto del presente contrato.
I.6.- Que en cumplimiento al “PFTPG” como instancia ejecutora y de acuerdo con la disponibilidad de recursos aportados por “EL INMUJERES”, a través del Convenio Específico de Colaboración descrito en la Declaración 4 del presente Instrumento, y a efecto de dar cumplimiento al compromiso contenido en el referido Convenio, “EL INSTITUTO” contratará a un (a) prestador (a) de servicios profesionales objeto del presente contrato.
I.7.- Que en cumplimiento a los artículos 1 fracción VI, 3 fracción VII, 24, 26 fracción III, 40 tercer párrafo, 41 fracción XIV y 42 primer párrafo y demás relativos y aplicables a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, se realizó el procedimiento de
adjudicación directa, el cual resulto adjudicado a la C. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, relativo a la prestación de los servicios para el cumplimiento a la ejecución de los Centros para el Desarrollo de las Mujeres (CDM), en el Municipio de Playas de Rosarito, objeto de este contrato.
I.8.- Que para efectos del presente Contrato señala como domicilio el ubicado en Calzada Independencia y Xxxx. Xxxxxxx #0000 Xxxxxxxx X-0, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxx,
X.X. 00000.
II. DE LA “PRESTADORA”, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD:
II.1 Es una persona física de nacionalidad mexicana, mayor de edad, que cuenta con la capacidad jurídica y goce de ejercicio necesaria para obligarse por sí misma y comparece por su propio derecho a la celebración del presente Contrato en los términos y condiciones establecidos en el mismo.
II.2 Que se encuentra debidamente inscrita ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con Registro Federal de Contribuyentes: CUSM991030PD7, manifestando que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
II.3 Que sus actividades profesionales están relacionadas con los servicios objeto de este Contrato, por lo que cuenta con los conocimientos, aptitudes y capacidad suficiente, reuniendo así mismo todos los requisitos necesarios para desempeñar las actividades requeridas como “ASESORA” para el cumplimiento a la ejecución de los Centros para el Desarrollo de las Mujeres (CDM) para el Xxxxxxxxx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxx Xxxxxxxxxx.
II.4. Que sabe y le consta que es cierto el motivo señalado en el presente Contrato para solicitarle sus servicios profesionales por tiempo determinado, y que está consciente de que se celebrará en base al Proyecto denominado: “La igualdad y no discriminación los garantes de una cultura institucional para la administración pública de Baja California” lo que justifica la temporalidad de la contratación de “LA PRESTADORA” y en virtud de ello, llegado el plazo, se dará automáticamente por terminada la prestación de sus servicios profesionales con “EL INSTITUTO”, por ser ésta la naturaleza de la contratación.
II.5 Que cuenta con conocimientos suficientes de Perspectiva de Género, así como una amplia experiencia profesional necesaria para realizar los servicios materia del presente contrato, lo cual acredita con el currículum que al presente se anexa. (Se anexa currículo como Anexo 1).
II.6 Que para efectos del presente Contrato señala como domicilio el ubicado en Calles Vías de las Playas, número 5B, Colonia Villa Mar, Playas de Rosarito, Baja California, C.P.
III. “LAS PARTES” declaran que:
III.1.- Que conocen los términos y condiciones de las Reglas de Operación del Programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género para el Ejercicio Fiscal 2018 y se obliga a cumplir en tiempo y forma y en su totalidad con ellas para la ejecución del Proyecto aprobado denominado: “La igualdad y no discriminación los garantes de una cultura institucional para la administración pública de Baja California”, mismo que será financiado con recurso federal del “PFTPG”.
III.2.- Que conocen que el presente Contrato se da en virtud de la aprobación del Proyecto denominado “La igualdad y no discriminación los garantes de una cultura institucional para la administración pública de Baja California” entre cuyas metas se incluye la ejecución de Centros para el Desarrollo de las Mujeres (CDM) para el Municipio de Playas de Rosarito, que consiste en “Contratar a tres personas para el cumplimiento de los objetivos, el desarrollo de los procesos sustantivos y de soporte”, razón por la cual se lleva a cabo la celebración de este instrumento.
III.3.- Que “EL INSTITUTO” cuenta con el recurso federal para dar el debido cumplimiento a la ejecución del Programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género.
III.4.- Que se reconocen la personalidad jurídica con que se ostentan cada una de ellas, para llevar a cabo la suscripción del presente Contrato.
Dadas las declaraciones que anteceden, es voluntad de “LAS PARTES” celebrar el presente acuerdo, manifestando a su vez que no tienen impedimento legal alguno para obligarse, por lo que se sujetan a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.- El objeto del presente contrato para el cumplimiento a la ejecución de los Centros para el Desarrollo de las Mujeres (CDM) para el Municipio de Playas de Rosarito, que consiste en “Contratar a tres personas para la operación del modelo para el Centro para el Desarrollo de las Mujeres”, mismo que será financiado con recurso federal del Instituto Nacional de las Mujeres a través del “PFTPG” cumpliendo las instrucciones y observaciones que reciba en todo lo concerniente al Programa, que consistirá en prestar sus servicios profesionales por honorarios como “ASESORA”.
SEGUNDA.- RESPONSABLES.- Los responsables para la debida coordinación, seguimiento y ejecución de los compromisos adquiridos en el presente Contrato, se designan los siguientes:
1.- Por “EL INSTITUTO”, la C. Xxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx, Coordinadora del Programa “PFTPG”. 2.- Por “LA PRESTADORA”, la C .Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx.
TERCERA.- ACTIVIDADES A DESARROLLAR.- “LA PRESTADORA” se obliga a efectuar para “EL INSTITUTO” las actividades que requiere cada una de las metas para dar cumplimiento a la operación de los Centros para el Desarrollo de las Mujeres (CDM) para el Municipio de Playas de Rosarito, para la ejecución del Proyecto denominado “La igualdad y no discriminación los garantes de una cultura institucional para la administración pública de Baja California” serán, entre otras, las siguientes:
a) Realización de mesas de trabajo con la participación de la administración pública municipal o delegacional, organizaciones de la sociedad civil, academia para identificar los elementos clave de la comunidad (humanos y de infraestructura) que permitan poner en marcha el modelo de operación de los CDM.
b) Llevar a cabo una Jornada dirigido a la ciudadanía sobre derechos humanos, género, tipo de violencia, políticas públicas, que permitan proporcionar información a la comunidad y a través consolidad una red de mujeres;
c) Reunión de grupos focales en los que participen mujeres que conforman la red y personas que conforman la administración pública municipal o delegacional, para identificar las necesidades de las mujeres del municipio;
d) Talleres dirigidos a la ciudadanía para fortalecer las habilidades y conocimientos de las mujeres, con el propósito de que elaboren un plan enfocado en su desarrollo;
e) Elaboración del informe de resultados de la operación del modelo del centro para el desarrollo de las mujeres;
CUARTA.- COMPROMISOS DE “LA PRESTADORA”.- “LA PRESTADORA” se obliga a realizar
para “EL INSTITUTO” los servicios profesionales pactados.
QUINTA.- ACREDITACIÓN.- Para acreditar la realización de “LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS”, los materiales probatorios a entregar son los establecidos en el Manual de Operación de los CDM, consistentes en Reportes de actividades, todos los productos serán entregados en digital y físico.
SEXTA.- “EL INSTITUTO” pagará a “LA PROFESIONISTA” la cantidad total de $90,000.00 pesos (NOVENTA MIL PESOS MONEDA NACIONAL 00/100 MONEDA NACIONAL) que incluye el
Impuesto al Valor Agregado (IVA) y a la que se efectuará la retención por concepto del Impuesto sobre la Renta (ISR), por el periodo del primero xx xxxxx al treinta y uno de diciembre del ejercicio 2018, en el cual queda comprendido el pago del mes de Enero del año próximo, realizando los pagos de la siguiente manera:
a) “EL INSTITUTO” pagará a “LA PROFESIONISTA” de manera mensual la cantidad de $9,000.00
M.N. (NUEVE MIL PESOS MONEDA NACIONAL 00/100 MONEDA NACIONAL) que incluye el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y a la que se efectuará la retención por concepto del Impuesto sobre la Renta (ISR) siendo así su pago mensual mediante “Transferencia Electrónica”, mismo que le será transferido o depositado en su cuenta personal, previamente acordada.
b) Tales pagos se realizarán cuando la “PRESTADORA” presente su informe mensual de las actividades y que estén a plena satisfacción de “EL INSTITUTO.
SÉPTIMA.- CONTRATO.- EL CONTRATO, está considerado a precio fijo, por lo que no sufrirá ningún ajuste de precio, ni se aplicará ninguna fórmula que considere algún cambio.
OCTAVA.- DE LOS REPORTES.- “LA PRESTADORA”, se compromete a rendir un reporte parcial y final impreso a “EL INSTITUTO”, mencionando las actividades realizadas, acompañándolas del correspondiente material probatorio. Es compromiso, el solventar todas y cada una de las observaciones que se presenten, ya que en caso de existir alguna duda por quienes tengan el deber de hacerlo antes y después del vencimiento de su contrato, éstas deberán ser solventadas con materiales probatorios, precisos, claros y reales.
NOVENA.- CONFIDENCIALIDAD.- “LA PRESTADORA”, se obliga a mantener estricta confidencialidad respecto a la información y documentación que le proporcione “EL INSTITUTO” para el cumplimiento del objeto del presente Contrato, y se compromete a no utilizar ni divulgar por cuenta propia, ni por cualquier medio físico, magnético, electrónico u otros, sin la autorización previa y por escrito de “EL INSTITUTO”. “LA PRESTADORA” se obliga ante “EL INSTITUTO” a devolverle al término, suspensión o rescisión del presente instrumento, en las mismas condiciones en las que recibió la información y documentación.
En cualquiera de los casos, “EL INSTITUTO” iniciará las acciones previstas en la Legislación Civil, Administrativo y demás Leyes aplicables al presente Contrato.
DÉCIMA.- HORARIO.- El horario que “LA PRESTADORA” deberá cumplir, será el que las necesidades resultantes de la naturaleza de la atención que brindan, así lo exijan. Cuando “LA PRESTADORA”, por cualquier circunstancia se vea obligada a faltar en sus labores, deberá avisar previamente a la Directora General. En caso de que no sea posible hacerlo con tiempo de anticipación, deberá hacerlo por vía telefónica o correo electrónico, el primer día que se vea imposibilitada para cumplir con sus actividades.
DÉCIMA PRIMERA.- Para el debido cumplimiento del objeto del presente instrumento “EL INSTITUTO” se compromete a otorgar todas las facilidades de información necesaria, a efectos de que “LA PRESTADORA”, lleve a cabo las actividades descritas en los términos acordados.
DÉCIMA SEGUNDA.- RESPONSABILIDAD LABORAL.- “LAS PARTES” convienen que el
personal contratado por cada una de ellas para la realización del presente Contrato y los proyectos específicos que de éste deriven, estará bajo la responsabilidad directa de la parte que la empleó, por lo que no se considerará a la otra parte como patrón sustituto o solidario, por lo que no tendrá ninguna relación alguna de carácter laboral con dicho personal, ni obligación alguna en materia de trabajo y
seguridad social o fiscal, obligándose la otra parte empleadora a responder por las reclamaciones que pudieran presentar en contra de la otra parte por tales conceptos.
DÉCIMA TERCERA.- CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.- “LAS PARTES” manifiestan que no
será imputable a ninguna de ellas cualquier responsabilidad derivada de caso fortuito o fuerza mayor; asimismo, que las obligaciones y derechos establecidos en este contrato podrán reanudarse en el momento en que desaparezcan las causas que dieron motivo a la suspensión, comprometiéndose a informar por escrito a la brevedad posible a la otra parte, sobre la suspensión o terminación anticipada de las actividades de que se trate, siempre y cuando se trate de los supuestos previstos en ésta cláusula.
DÉCIMA CUARTA.- TERMINACION ANTICIPADA.- “LAS PARTES” convienen que si fuere
necesario dar por terminado el presente Contrato en forma definitiva, bastará con notificar a una de “LAS PARTES” por escrito su voluntad de concluir este Contrato, con anticipación mínima de 5 (Cinco) días naturales, quedando obligado “EL INSTITUTO” únicamente a pagar el importe correspondiente por los trabajos realizados hasta la fecha de la notificación. Cualquier trabajo realizado por “LA PRESTADORA” con posterioridad al aviso de terminación definitiva, no será cubierto por parte de “EL INSTITUTO”.
DÉCIMA QUINTA.- CAUSALES DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA.- “EL INSTITUTO” podrá
rescindir administrativamente el presente Contrato, sin necesidad de acudir a los Tribunales Judiciales a obtener la Declaración Judicial respectiva, si “LA PRESTADORA” hace caso omiso, incumple o va contra todo aquello que estipula las causales de este Contrato, ocasionando el retraso en el desarrollo satisfactorio del Centro para el Desarrollo de las Mujeres (CDM).
DÉCIMA SEXTA.- MODIFICACIONES O ADICIONES.- “LAS PARTES” podrán modificar o
adicionar este Contrato mediante acuerdo por escrito celebrado para tal efecto. Dichas modificaciones o adiciones entrarán en vigor a partir de la fecha de su firma.
DÉCIMA SÉPTIMA.- “EL INSTITUTO” y “LA PRESTADORA” se comprometen a desarrollar su trabajo, de tal manera que no se pueda ocasionar ningún daño material o institucional a ambas partes.
DECIMA OCTAVA.- VIGENCIA.- El presente Contrato tendrá una vigencia a partir del día 01 xx Xxxxx al 30 xx Xxxxx de 2018, tiempo durante el cual, “LA PRESTADORA” se obliga a llevar a cabo la prestación del Servicio Profesional, en los términos de este contrato.
DECIMA NOVENA.- “LAS PARTES” manifiestan que el presente Contrato es producto de la buena fe, por lo que realizarán todas las acciones posibles para su cumplimiento, en caso de presentarse alguna controversia sobre su interpretación, cumplimiento y ejecución, esta será resuelta de común acuerdo y se hará constar por escrito.
VIGÉSIMA.- “LA PRESTADORA” acepta y se obliga a solventar cualquier observación que se presente hasta obtener el Acta de Término por el Ejercicio Fiscal 2018, por parte del Instituto Nacional de las Mujeres del Programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género.
VIGÉSIMO PRIMERA.- NORMATIVIDAD APLICABLE.- “LAS PARTES” están de acuerdo en que
todo aquello que no haya sido previsto en este Contrato, se sujetará a lo que al efecto prevea el Código Civil, así como el Código de Procedimientos Civiles, ambos vigentes para el Estado de Baja California y demás Leyes aplicables al presente Contrato.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- TRIBUNALES COMPETENTES.- En todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento de este contrato, “LAS PARTES” se someten expresamente a la Jurisdicción de los Tribunales de la Ciudad de Mexicali, Baja California, renunciando a cualquier otra Jurisdicción que pudiese corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros, o por cualquier otro motivo.
Enteradas “LAS PARTES” del contenido y efectos legales de este contrato, manifiestan que no existe error, lesión, dolo, ni algún otro Vicio de Consentimiento y lo firman de conformidad, en la Ciudad de Mexicali, Baja California, al día primero xx Xxxxx de 2018.
“XX XXXXXXXXX” X. XXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXX DIRECTORA GENERAL INSTITUTO DE LA MUJER PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA TESTIGO X. XXXXX XXXXXXX XXXX XXXXXXXXX PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO A LA TRANSVERSALIDAD DE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO | “LA PRESTADORA” C. XXXXXX XXXXXXXXX XXXX XXXXXXX TESTIGO X. XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXX. DE INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA PERSPECTIVA DE GENERO INMUJER |
Contrato de Prestación de Servicios que celebran el Instituto de la Mujer para el Estado de Baja California y la C. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, en la Ciudad de Mexicali, Baja California, el día primero xx Xxxxx de 2018.