CORPORACION PERUANA DE AEROPUERTOS Y AVIACION COMERCIAL S.A. CORPAC S.A. - AERÓDROMO DE NASCA
CORPORACION PERUANA DE AEROPUERTOS Y AVIACION
COMERCIAL S.A. CORPAC S.A. - AERÓDROMO XX XXXXX
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS NO PERSONALES
XXXX-0000-0000-CONT.
Conste por el presente documento, el Contrato de Locación de Servicio no Personales que celebran de una parte la CORPORACION PERUANA DE AEROPUERTOS Y AVIACION COMERCIAL SOCIEDAD ANONIMA –CORPAC S.A.- con RUC No. 20100004675, debidamente representado por su Jefe de Aeropuerto Señor Xxxx X. Xxxxxx Xxxxxxx, identificado con DNI. Nº 00000000, domicilio Legal en la Xxxxxxxxxxxx Xxx Xx 000, xxxxxxxx xx Xxxxx Xxxxxx, xxxxxxxxx xx Xxxxx, departamento de Ica, Poder inscrito Asiento Nº C00115 de la Partida Electrónica Nº 70201195 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral del Callao, quien en adelante se le denominará CORPAC S. A y de la otra parte el Xx. XXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX, identificado con DNI: 00000000 RUC Nº : 10215273941 y con domicilio en Calle Callao Nº 280 Oficina 03 del departamento de Ica, a quien en adelante se le denominará EL ASESOR, en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERA: ANTECEDENTES
CORPAC S.A. es una empresa estatal de Derecho Privado organizada como Sociedad Anónima, que tiene a su cargo la administración de todos los Aeropuertos a Nivel Nacional.
SEGUNDA: OBJETO
CORPAC S.A.
ha convocado al proceso de Adjudicación de Menor Cuantía Nº 002- 2006 – SPZA - CORPAC S.A. de fecha Veinticuatro de Julio del 2006, para la contratación de un ASESOR Legal para la defensa de todos los procedimientos judiciales y administrativos, en los cuales CORPAC S.A., intervenga como demandante, demandada, parte civil agraviada y otras formas de representación procesal, incluyendo el agotamiento de la vía judicial hasta la Sala Descentralizada Mixta de Nazca.
EL ASESOR, deberá presentar mensualmente un informe detallado del estado de los procesos judiciales y/o administrativos a la Jefatura del Aeropuerto xx Xxxxx, conforme a formato de ficha que como modelo remitirá CORPAC S.A., a efectos de ser remitidos a la Gerencia Legal xx XXXXXX S.A., para fines de control y seguimiento de los resultados y avances.
TERCERA: DE LAS OBLIGACIONES DEL ASESOR
Las obligaciones asumidas por EL ASESOR mediante el presente Contrato son entre otras:
Elaboración y presentación de las denuncias y/o demandas que se le encomienden
Para esto, el Jefe del Aeropuerto xx Xxxxx y la Oficina de Asesoría Legal comunicará EL ASESOR la decisión xx XXXXXX S.A. de accionar contra determinadas personas, remitiéndoles los documentos necesarios para la preparación y presentación de la denuncia y/o demanda.
Participar en todas las diligencias que se ordenen en el tramite de la denuncia y/o demanda del Proceso Judicial respectivo, entre ellas deberá asistir el representante xx XXXXXX S.A., en su declaración preventiva, testimonial o confesión, y en todas las diligencias en las que se requiera su presencia.
Gestionar, coordinar y ejecutar todas las medidas judiciales necesarias para recuperar el dinero adeudado a CORPAC S.A. o apropiado por terceros. Para estos efectos deberá solicitarse las medidas cautelares de embargo y otras pertinentes al caso concreto.
Interposición de todos los medios impugnatorios que permita la Ley, entre ellos apelación, nulidad, queja, etc, cuando así lo exija el curso del proceso y el interés perseguido por CORPAC S.A..
Velar por la no-paralización del tramite de la denuncia, demanda o del proceso judicial. En razón de ello deberá presentar todos los recursos que fueran necesarios, tanto en el expediente principal como en los incidentes que se pudieran derivar del mismo, para darle el impulso correspondiente.
Informar mensualmente sobre el avance de cada denuncia, demanda o proceso judicial o administrativo, debiendo adjunta a su informe copia de los recursos presentados y de las piezas procesales actuadas. Estos informes deberán ser presentados dentro de los primeros cinco días de cada mes.
Actualizar semanalmente la información del estado procesal de cada acción judicial cuyo patrocinio se le encomiende.
Presentar los informes situacionales que requiera CORPAC S.A., sin que este informe genere costo adicional para CORPAC S.A..
Los informes producidos por EL ASESOR, bajo las presentes estipulaciones contractuales tiene carácter de reservados y son de uso exclusivo xx XXXXXX S.A., salvo autorización expresa.
Producido el apersonamiento EL ASESOR comunicara inmediatamente mediante carta a CORPAC S.A., el estado en que asume el proceso adjuntando el mencionado cargo de recepción.
Apertura de falsos expedientes de cada uno de los procesos encargados, los mismos que deberán ser actualizados periódicamente por EL ASESOR y permanecer en la sede del Aeropuerto correspondiente.
CUARTA: DE LA VIGENCIA
La vigencia del presente Contrato es un (01) año y empezara a regir desde la fecha de la suscripción del respectivo contrato, es decir del 16 xx Xxxxxx del 2006 hasta el 15 xx Xxxxxx del 2007.
QUINTA: DEL HONORARIO
CORPAC S.A. abonará a EL ASESOR por concepto del patrocinado legal prestado, el honorario profesional que se indica en el detalle de cada una de las acciones legales que se le encarguen, las cuales tienen como monto referencial los siguientes:
A. DENUNCIAS PENALES
CORPAC S.A. abonara a EL ASESOR por concepto de la tramitación de denuncia civil el honorario profesional que se indica en el detalle de cada una de las acciones judiciales que se le encarguen, las cuales tienen como monto referencial el siguiente:
Honorario por cada acción penal patrocinada S/. 1,400.00
FORMA DE PAGO
10% Por la elaboración e interposición de la denuncia, contra entrega del cargo de presentación de la misma.
20% Al momento de dictarse el Auto Apertorio de instrucción, contra presentación de copia de la Resolución que lo ordena.
35% Al momento de dictarse el Informe final de Instrucción o la sentencia de primera Instancia y contra presentación de dicha informe o de la sentencia.
35% Al momento en que se dicte Sentencia contra presentación de dicha Resolución.
B. DEMANDAS CIVILES:
CORPAC S.A. abonara a EL ASESOR por concepto de la tramitación de demanda civil el honorario profesional que se indica en el detalle de cada una de las acciones judiciales que se le encarguen, las cuales tienen como monto referencial el siguiente:
Honorarios por cada demanda civil patrocinada S/. 1,750.00
FORMA DE PAGO
20% Por la elaboración e interposición de la demanda o contestación de la misma, contra entrega del cargo de presentación de la misma.
20% Al momento de producida la audiencia única de conciliación contra entrega de cargo donde conste la realización de la misma.
20% Al momento de concluirse la etapa de actuación de prueba contra entrega de cargo donde conste la realización de la misma.
20% Al momento en que se expida la sentencia de primera instancia, contra presentación de dicha Resolución.
20% Al momento en que se dicte Sentencia contra presentación de dicha Resolución.
C. DEMANDAS LABORALES:
CORPAC SA., abonara a EL ASESOR por concepto de la tramitación de demandas laborales el honorario profesional que se indica en el detalle de cada una de las acciones judiciales que se le encarguen, las cuales tienen como monto referencial el siguiente:
Honorario por cada demanda laboral patrocinada S/. 1,260.00
FORMA DE PAGO:
20% Por la elaboración e interposición de la demanda o contestación de la misma, contra entrega del cargo de presentación de la misma.
20% Al momento de concluirse la etapa y/o audiencia de pruebas, contra entrega de cargo donde conste la realización de la misma.
30% Al momento en que se expida la sentencia de primera instancia, contra presentación de dicha resolución.
30% Al momento en que se dicte Sentencia contra presentación de dicha Resolución.
Queda convenido por las partes, que el honorario aplicable esta en función del estado procesal en que EL ASESOR encuentre el procedimiento judicial al momento de apersonarse al.
EL ASESOR declara que se encuentra afecto a los impuestos xx Xxx, creados y por crearse y por que CORPAC S.A. curse la retención respectiva al momento de hacerse los pagos.
Los pagos se efectuaran contra presentación de copia de Acta de la diligencia o constancia judicial de su realización, la cual deberá evidenciar la participación de EL ASESOR, cuando la reserva del proceso no permita la expedición de los documentos antes mencionados, el Jefe de Aeropuerto podrá expedir constancia de aquellas diligencias en las cuales el haya participado.
Precísese, que en virtud del presente instrumento, en ningún caso se efectuaran pagos que superen el monto máximo previsto para adquisiciones y/o contrataciones bajo la modalidad de Adjudicación de Menor Cuantía, y si así fuera, las sumas a abonarse se limitaran a dicho monto.
SEXTA: DILIGENCIAS ESPECIALES Y EVENTUALES
DILIGENCIAS ESPECIALES.
La participación en diligencias especiales constituye pagos diferentes al establecido en la cláusula que antecede.
Se cancelaran como Diligencias especiales las siguientes:
Inspecciones Oculares S/. 70.00
Declaración Preventiva, Testimoniales del
Representante Legal xx XXXXXX S/. 70.00
Confrontaciones S/. 70.00
Alegatos S/. 70.00
Conclusiones S/. 70.00
Informe Escrito S/. 70.00
Queja de hecho o de Derecho S/. 70.00
Informe Oral x Xxxx S/. 70.00
Recurso de Apelación y Nulidad debidamente
Sustentado. S/. 70.00
Otras que estime pertinente la Oficina de Asesoría Legal.
Los recursos de Apelación y de Nulidad se pagaran siempre y cuando estén debidamente fundamentados con las razones del hecho y de derecho que los amparan.
La participación en audiencias se abonara contra la presentación de las Actas del juicio en las que EL ASESOR acredite haber tenido una participación efectiva, o en su defecto con la constancia judicial de la realización de la audiencia en la que conste la participación efectiva de EL ASESOR en la audiencia.
Precisamente que la simple asistencia de EL ASESOR a las audiencias del juicio Oral de los procesos a su cargo no genera pago alguno.
CORPAC S.A. se reserva el derecho de constatar durante la supervisión de los procesos judiciales, la veracidad de las constancias judiciales presentadas para su cobro, así como de iniciar las acciones legales correspondientes en caso de constatarse falsedad.
DILIGENCIAS EVENTUALES:
Cuando a solicitud del Jefe de Aeropuerto respectivo o de la Oficina de Asesoría Legal, el ASESOR, realice diligencias eventuales de naturaleza policial, judicial o administrativa, la Oficina de Asesoría Legal podrá optar por abonar a EL ASESOR un honorario similar al establecido en los artículos a), b) y c) de la Cláusula Quinta del Contrato.
SETIMA: DE LA ACUMULACION DE PROCESOS.
Cuando existan procesos que tengan conexión entre sí, EL ASESOR, esta obligado solicitar la acumulación de los procesos, bajo responsabilidad.
Cuando por orden del Poder Judicial se produzcan la acumulación de dos o más procesos que tengan conexión, CORPAC S.A. abonara el honorario correspondiente a una sola acción legal, para lo cual emitirá una nueva solicitud de servicio.
Es obligación de EL ASESOR, comunicar a la Oficina de Asesoría Legal respecto de las acumulaciones que se produzcan.
OCTAVA: DE LA EJECUCION DE SENTENCIA
En caso que EL ASESOR, logre efectivizar la reparación civil o la restitución de lo ilícitamente apropiado, ya sea a través del remate de los bienes embargados o por cualquier otro medio, ambas partes contratantes acordaran los honorarios profesiones aplicables a dichas gestiones.
NOVENA: DE LAS SENTENCIAS DESFAVORABLES
Los informes finales y/o sentencias desfavorables a CORPAC S.A., solo serán cancelados en los casos que EL ASESOR demuestre haber ejercido una cabal defensa. Ello lo acreditara con copia de todos los recursos presentados al Juzgado o a la Fiscalía. Así también deberá alcanzar a CORPAC S.A., el cargo de presentación del correspondiente recurso de apelación Nulidad o del Recurso que sustente la posición xx XXXXXX S.A., según sea el caso.
DECIMA: DE LAS OBLIGACIONES XX XXXXXX
CORPAC S.A., se obliga a asumir el compromiso de pago que se establece en las Cláusulas Quinta y Sexta de este contrato, así como también proporcionar a EL ASESOR, toda la información necesaria y disponible con relación a las actividades a desarrollar la cual tiene el carácter de reservada.
CORPAC S.A. también asumirá el costo de los pasajes, alimentación, hospedaje y movilidad que requiera EL ASESOR, para el patrocinio de las acciones judiciales que se encuentran fuera de la sede del Aeropuerto xx Xxxxx. Para ello, CORPAC S.A., tomará como referencia un monto igual al viático que otorga a los profesionales que laboran como personal de planta de la Institución, debiendo el contratado rendir cuenta de los gastos realizados.
DECIMA PRIMERA: DE LA RELACION XX XXXXXX S.A. CON EL CONTRATADO
El presente Contrato no genera vinculo laboral entre CORPAC S.A. y EL ASESOR, pues este se encuentra sujeto a la normatividad del Código Civil, sin embargo, para los efectos de una eficaz prestación de los servicios, EL ASESOR, coordinara y presentara todos sus informes directamente a la Jefatura del Aeropuerto quien los derivara a la Oficina de Asesoría Legal.
DECIMA SEGUNDA: SOLUCION DE CONTROVERSIA
Las partes acuerdan que todos los conflictos que se deriven de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluidos los que se refieran a su nulidad e invalidez, serán resueltos de manera definitiva e inapelable mediante arbitraje de derecho a través de un arbitro único de conformidad con lo establecido en la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado D.S. No.084-2004-PCM y serán de aplicación las disposiciones contempladas en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850.
DECIMA TERCERA: DE LA RESOLUCION
Las partes acuerdan que CORPAC S.A., podrá resolver el presente Contrato en los siguientes casos:
Por incumplimiento de EL ASESOR de las obligaciones señaladas en el presente contrato.
Por falta de disponibilidad presupuestal xx XXXXXX S.A..
De común acuerdo entre las partes, para lo cual se firmara el documento respectivo.
Sin perjuicio de lo anterior, CORPAC S.A. también podrá resolver de pleno derecho el presente Contrato en cualquier momento y sin expresión de causa mediante comunicación escrita a EL ASESOR. La resolución surtirá todos sus efectos una vez efectuada la modificación en el domicilio señalado en la introducción del presente contrato.
DECIMA CUARTA: DISPOSICIONES GENERALES.
Al finalizar la prestación del servicio o el término de la vigencia del Contrato, ya sea por resolución, imposibilidad de ejecución o por cualquier otra causa, EL ASESOR, esta obligado a entregar a CORPAC S.A., bajo cargo, todos los documentos relativos a los procesos que se encuentren en su poder.
EL ASESOR reconoce a favor xx XXXXXX S.A., el derecho de retener el pago de sus honorarios hasta en tanto cumpla con la entrega de los documentos referidos en el párrafo que antecede y/o con la rendición de cuentas documentada de los importes que hubiera recibido xx XXXXXX S.A., para el patrocinado de las acciones judiciales que se encuentran fuera del Distrito Judicial de la ciudad xx Xxxxx.
Para todos los efectos del presente Contrato, las partes señalan como sus domicilios los especificados en la introducción del presente Contrato, donde deberán cursarse las notificaciones a que hubiere lugar.
EL ASESOR, declara bajo juramento no tener impedimento alguno para contratar con el Estado, ni juicio en tramite con el mismo, lo cual es determinante para la celebración del presente Contrato.
Conforme a lo expresado, las partes suscriben el presente Contrato por triplicado en la ciudad xx Xxxxx a los dieciséis días del mes xx Xxxxxx del año 2006
ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL FIRMADO
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POR CORPAC ASESOR LEGAL EXTERNO
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Aeropuerto xx Xxxxx – Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxx Xx.000- Xxxxx Xxxxxx - Xxxxx
Telefax : 056-523665 – E.Mail :xxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx