Contrato de Consultoría y Asistencia Técnica
Garraio eta Herri Lan Sailburuordetza
Portu eta Aireportuen Zuzendaritza
Viceconsejería de Transportes y Obras Públicas
Dirección de Puertos y Aeropuertos
Contrato de Consultoría y Asistencia Técnica
“COORDINACIÓN EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS DE LA DIRECCIÓN DE PUERTOS Y AEROPUERTOS EN EL TERRITORIO HISTÓRICO DE GIPUZKOA 2012-2014”
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
Donostia - San Xxxxxxxxx, 1 – 01010 VITORIA-GASTEIZ
tef. 000 00 00 00 – Fax 000 00 00 00– e-mail XX-Xxxxx@xx-xx.xx
Zerbitzu Zuzendaritza Dirección de Servicios
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN DE LA ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA REALIZACIÓN DE LA “COORDINACIÓN EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS DE LA DIRECCIÓN DE PUERTOS Y AEROPUERTOS EN EL TERRITORIO HISTÓRICO DE GIPUZKOA 2012-2014”.
ANTECEDENTES Y OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
La Dirección de Puertos y Aeropuertos dentro de su programa presupuestario viene realizando inversiones en obras por valor importante. Aproximadamente un 5%, se realiza mediante expedientes menores.
La tipología de obra habitual cubre un espectro de actuaciones amplio: obras de abrigo (diques) y atraque (muelles), habilitación de explanadas, accesos por carretera, edificación, dragados, recalces, pantalanes, equipamiento portuario, etc.
La distribución territorial de las citadas obras es homogénea entre los Territorios Históricos de Gipuzkoa y Bizkaia (7 y 8 puertos adscritos en cada territorio respectivamente).
El Real Decreto 1627/97, en el marco de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995, establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables en las obras de construcción, definiendo la figura del coordinador en materia de seguridad y salud durante la elaboración del proyecto y durante la ejecución de las obras.
Donostia - San Xxxxxxxxx, 1 – 01010 VITORIA-GASTEIZ
tef. 000 00 00 00 – Fax 000 00 00 00 – e-mail xxxxxxxxx@xx-xx.xx
En años anteriores la Dirección de Puertos y Aeropuertos venía realizando contrataciones individuales de coordinación de seguridad y salud para cada obra.
Desde el año 2004 por motivos de organización y homogeneización se decidió la agrupación en un mismo contrato de las diferentes coordinaciones. El contrato actual finalizará durante el mes xx xxxxxx de 2012, por lo que es necesario realizar una nueva contratación.
El presente pliego tiene por objeto fijar las condiciones técnicas que han de regir en la contratación de la Asistencia Técnica para la realización de la Redacción de Estudios y Coordinación en materia de seguridad y salud en las obras de la Dirección de Puertos y Aeropuertos en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.
La Dirección de Puertos y Aeropuertos decidirá e indicará al adjudicatario los Estudios o Coordinaciones de Seguridad de los diferentes proyectos y obras a realizar, con renuncia expresa del mismo a cualquier tipo de indemnización por la reducción del número de aquellos.
En los artículos que siguen se describen las áreas de trabajo a cubrir, detallando los medios técnicos y humanos que se consideran necesarios.
REDACCIÓN DE ESTUDIOS BASICOS Y ESTUDIOS DE SEGURIDAD Y SALUD
La Dirección de Puertos y Aeropuertos realiza proyectos con sus propios medios o mediante la contratación externa de los mismos.
Como norma general cuando se realiza un proyecto, bien por la propia administración o por una Asistencia Técnica contratada se suele incluir entre las obligaciones la redacción del correspondiente estudio básico o estudio de seguridad y salud según corresponda.
Sin embargo puede darse el caso de que sea necesaria la redacción de los citados estudios por los técnicos de la presente Asistencia Técnica. En este caso, la Administración indicará al adjudicatario el equipo redactor del proyecto correspondiente para coordinar las acciones necesarias.
Los citados estudios se deberán redactar conforme al Real Decreto 1627/1997 y demás reglamentación sobre seguridad y salud en vigor.
Según se establece en el artículo 4 del citado Real Decreto:
“ 1- El promotor estará obligado a que en la fase de redacción del proyecto se elabore un estudio de seguridad y salud en los proyectos de obras en que se den alguno de los siguientes supuestos:
• Que el presupuesto de ejecución por contrata incluido en el proyecto sea igual o superior a 75 millones de pesetas.
• Que la duración estimada sea superior a 30 días laborables, empleándose en algún momento a más de 20 trabajadores simultáneamente.
• Que el volumen de mano de obra estimada, entendiendo por tal la suma de los días de trabajo del total de los trabajadores en la obra, sea superior a 50
• Las obras de túneles, galerías, conducciones subterráneas y presas.
2- En los proyectos de obras no incluidos en ninguno de los supuestos previstos en el apartado anterior, el promotor estará obligado a que en la fase de redacción del proyecto se elabore un estudio básico de seguridad y salud.”
DOCUMENTOS DEL ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD
El Estudio de Seguridad y Salud, se realizará por técnico competente de acuerdo con el Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, y contendrá como mínimo los siguientes documentos:
• Memoria descriptiva de los procedimientos, equipos técnicos y medios auxiliares que hayan de utilizarse o cuya utilización pueda preverse; identificación de los riesgos laborales que puedan ser evitados, indicando a tal efecto las medidas técnicas necesarias para ello; relación de los riesgos laborales que no puedan eliminarse conforme a lo señalado anteriormente, especificando las medidas preventivas y protecciones técnicas tendentes a controlar y reducir dichos riesgos y valorando su eficacia, en especial cuando se propongan medidas alternativas.
Asimismo, se incluirá la descripción de los servicios sanitarios y comunes de que deberá estar dotado el centro de trabajo de la obra, en función del número de trabajadores que vayan a utilizarlos.
En la elaboración de la memoria habrán de tenerse en cuenta las condiciones del entorno en que se realice la obra, así como la tipología y características de los materiales y elementos que hayan de utilizarse, determinación del proceso constructivo y orden de ejecución de los trabajos.
• Anexos de la memoria
o Memoria del cálculo de los elementos de seguridad.
o Programación del posible desarrollo de los trabajos en tiempo y costes óptimos de carácter indicativo, mediante diagrama similar al correspondiente Proyecto de las Obras.
• Pliego de condiciones particulares en el que se tendrán en cuenta las normas legales y reglamentarias aplicables a las especificaciones técnicas propias de la obra de que se trate, así como las prescripciones que se habrán de cumplir en relación con las características, la utilización y la
conservación de las máquinas, útiles, herramientas, sistemas y equipos preventivos.
• Planos en los que se desarrollarán los gráficos y esquemas necesarios para la mejor definición y comprensión de las medidas preventivas definidas en la Memoria, con expresión de las especificaciones técnicas necesarias.
Deben representar el conjunto y detalle de todos y cada uno de los elementos que integran el estudio. Deberán estar acotados de forma clara y precisa.
Se presenta a continuación un listado orientativo de los planos que debe contener el estudio:
Planos Generales
Situación y Emplazamiento:
Estado actual:
Ordenación General.
Planos de Urbanización Replanteo y nivelación. Redes de Instalaciones.
• Alcantarillado
• Agua y Riego
• Electricidad
• Telefonía
• Gas
Planos de desarrollo de las Obras Conjunto de las Obras
• Vallados
• Accesos de personal y maquinaria.
• Emplazamiento de instalaciones de higiene y bienestar.
• Emplazamientos de maquinaria de elevación.
• Situación de talleres, acopios y almacenes.
Planos de Higiene y Equipamiento Instalaciones de higiene y bienestar. Ubicación de servicios.
Detalles de equipos.
Planos de Maquinaria
Vías de recorrido de maquinaria de desplazamiento y elevación. Apoyos y cimentación de maquinaria.
Detalles de maquinaria.
Planos de Seguridad y Protección
Planta, alzado y sección de las protecciones colectivas. Detalles de protecciones colectivas.
Detalles de protecciones individuales.
Planos de Instalaciones Provisionales de Obra Saneamiento.
Fontanería. Electricidad.
Otras instalaciones.
• Mediciones de todas aquellas unidades o elementos de seguridad y salud en el trabajo que hayan sido definidos o proyectados.
• Presupuesto que cuantifique el conjunto de gastos previstos para la aplicación y ejecución del estudio de seguridad y salud.
Dicho estudio deberá formar parte del proyecto de ejecución de obra o, en su caso, del proyecto de obra, ser coherente con el contenido del mismo y recoger las medidas preventivas adecuadas a los riesgos que conlleve la realización de la obra.
El presupuesto para la aplicación y ejecución del estudio de seguridad y salud deberá cuantificar el conjunto de gastos previstos, tanto por lo que se refiere a la suma total como a la valoración unitaria de elementos, con referencia al cuadro de precios sobre el que se calcula. Sólo podrán figurar partidas alzadas en los casos de elementos u operaciones de difícil previsión.
El presupuesto del estudio de seguridad y salud deberá ir incorporado al presupuesto general de la obra como un capítulo más del mismo.
No se incluirán en el presupuesto del estudio de seguridad y salud los costes exigidos por la correcta ejecución profesional de los trabajos, conforme a las normas reglamentarias en vigor y los criterios técnicos generalmente admitidos, emanados de Organismos especializados.
El estudio de seguridad y salud a que se refieren los apartados anteriores deberá tener en cuenta, en su caso, cualquier tipo de actividad que se lleve a cabo en la obra, debiendo estar localizadas e identificadas las zonas en las que se presten trabajos, así como sus correspondientes medidas específicas.
En todo caso, en el estudio de seguridad y salud se contemplarán también las previsiones y las informaciones útiles para efectuar en su día, en las debidas condiciones de seguridad y salud, los previsibles trabajos posteriores.
ESTUDIO BASICO DE SEGURIDAD Y SALUD
El Estudio Básico de Seguridad y Salud, se realizará por técnico competente de acuerdo con el Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre.
El Estudio Básico deberá precisar las normas de seguridad y salud aplicables a la obra. A tal efecto, deberá contemplar la identificación de los riesgos laborales que puedan ser evitados, indicando las medidas técnicas necesarias para ello; relación de los riesgos laborales que no puedan eliminarse conforme a lo señalado anteriormente, especificando las medidas preventivas y protecciones técnicas tendentes a controlar y reducir dichos riesgos y valorando su eficacia, en especial cuando se propongan medidas alternativas. En su caso, tendrá en cuenta cualquier otro tipo de actividad que se lleve a cabo en la misma, y contendrá medidas específicas relativas a los trabajos incluidos en uno o varios de los apartados del anexo II del Real Decreto 1627/97.
PRESENTACIÓN DE LOS DIFERENTES ESTUDIOS
Una vez finalizados los trabajos de redacción, y previamente a la edición definitiva del estudio, el Consultor remitirá un ejemplar completo en encuadernación preliminar o “ejemplar cero” al equipo redactor del Proyecto para su examen, revisión y en su caso, ordenar las correcciones oportunas, pudiendo exigirse al Adjudicatario cuantos datos, aclaraciones o ampliaciones se considere oportuno.
Mientras el equipo redactor del Proyecto no dé explícitamente al Consultor su conformidad al contenido del “ejemplar cero”, no se realizará la edición definitiva del estudio.
Una vez revisado y aprobado el “ejemplar cero”, se procederá a la entrega de cinco (5) ejemplares del estudio en papel y dos en formato digital para su incorporación a los ejemplares correspondientes del proyecto.
La documentación a entregar se adaptará a las siguientes especificaciones:
• Todo el estudio se encuadernará en carpeta de cuatro anillas tipo canguro (ej. Marca Dincar x Xxxxxx), tamaño DIN A4 (dimensiones máximas de 25 cm. de anchura x 32 cm de altura x 9 cm de espesor).
• Los planos se presentarán en formato DIN A3, plegado de forma que las medidas exteriores de los planos plegados sea la del formato DIN A4.
• Las carpetas incluirán una carátula y una etiqueta en el lomo como el proyecto a que corresponden.
• En lo relacionado con el logotipo y marca del Gobierno Xxxxx se estará a lo dispuesto en el Manual de Identidad Corporativa del mismo.
• También se entregarán dos colecciones de copias en CD-R que incluyan la misma información que el estudio en papel, guardando la misma estructura. Un CD debe incluir los archivos originales por cada documento o plano del estudio en los formatos que se indican a continuación cuyo nombre será el del documento al que pertenece y otro CD que completa la colección contendrá una versión en PDF de lo anterior. Por otro lado se entregará un plano del dibujo completo con un índice de las diferentes capas utilizadas.
• Los formatos de los archivos entregados en formato digital serán los siguientes:
• Texto Formato WORD
• Planos Formato AUTOCAD
• Presupuestos Formato PRESTO
• Cuadros auxiliares Formato EXCEL
• Bases de datos Formato ACCESS
• Fotografías Formato JPEG
• Cualquier otro documento que no pueda ser almacenado en cualquiera de los formatos anteriores, será escaneado y entregado en soporte magnético en formato PDF o similar.
• El consultor velará y se comprometerá a la exactitud de los archivos magnéticos entregados con respecto a la redacción de los documentos en formato papel entregados y autorizados por la Dirección del Contrato.
COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD DE OBRAS CON PROYECTO
TRABAJOS PREVIOS AL INICIO DE LA OBRA
Una vez adjudicadas cada una de las obras, la Dirección del contrato notificará la adjudicación individual de la coordinación al consultor y el nombramiento específico para la obra del personal adscrito al contrato, mediante escritos originales, conforme a los modelos del anexo II, a través del Servicio Territorial de Puertos de Gipuzkoa.
Asimismo se adelantará vía mail la adjudicación y el nombramiento de cara a que el adjudicatario pueda ir adelantando las tareas que le corresponda realizar.
Una vez recibida ésta comunicación, en el plazo de cinco (3) días deberá devolver firmadas a modo de aceptación, 2 copias del nombramiento de los técnicos (titular y suplente) que actuarán como Coordinadores de Seguridad y Salud de la citada obra, y 2 copias de la comunicación de encargo de los trabajos, en el Servicio Territorial para que a su vez remita una copia de las mismas a la Dirección del Contrato.
Una vez efectuados los nombramientos, se deberán poner en contacto con la empresa adjudicataria de las obras para informar el Plan de Seguridad y Salud y preparar el Aviso Previo.
En el caso de que el adjudicatario pretenda sustituir los Técnicos adscritos al contrato, deberá comunicarlo con un plazo de 15 días a la Dirección del Contrato de cara al estudio del los Técnicos propuestos y su posible
aceptación. En cualquier caso para que puedan ser aceptados deberán acreditar una experiencia igual o superior a los Técnicos originalmente adscritos al contrato.
En el caso de que los nuevos Técnicos propuestos fueran aceptados por la Dirección del Contrato, los nuevos nombramientos para las obras que se adjudicaran, se realizarán a los citados Técnicos.
ALCANCE DE LOS TRABAJOS
Los trabajos comprenderán todas las labores propias del coordinador en materia de seguridad y salud para las obras citadas, realizando las funciones señaladas en el presente Xxxxxx y en la reglamentación vigente, de acuerdo con la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y con el Real Decreto 1627/1997 que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras. Se consideran incluidas en el contrato las modificaciones, así como las obras complementarias que sean aprobadas por la Administración en relación con las obras principales.
En la ejecución de los trabajos se cumplirá con las Normas y Ordenanzas de ámbito estatal o autonómico de obligado cumplimiento, cuyo conocimiento y aplicación es necesario por parte de los Técnicos encargados de la ejecución de los trabajos.
FUNCIONES A DESARROLLAR
El coordinador de seguridad y salud deberá realizar las siguientes funciones:
• Elaborar, recoger las firmas correspondientes y entregar el Aviso Previo en la Delegación Territorial de Trabajo y Seguridad Social del Gobierno Xxxxx correspondiente.
• Elaborar el oportuno informe sobre el Plan de Seguridad y Salud elaborado por el contratista para su aprobación por la Administración antes del inicio de las obras. En el caso de que el informe no fuera favorable para su aprobación deberá indicar a la Empresa contratista los cambios que debe realizar para su aprobación.
• Coordinar la aplicación de los principios generales de prevención y de seguridad al tomar las decisiones técnicas y de organización con el fin de planificar los distintos trabajos o fases que vayan a desarrollarse simultánea o sucesivamente y al estimar la duración requerida para la ejecución de estos.
• Coordinar las actividades de la obra para garantizar que los contratistas, y en su caso, los subcontratistas y trabajadores autónomos apliquen de manera coherente y responsable los principios de la acción preventiva que se recogen en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales durante la ejecución de la obra, y en particular, en las tareas o actividades a que se refiere el artículo 10 del Real Decreto 1627/1997.
• Informar, en su caso, sobre las modificaciones a introducir en el Plan de Seguridad y Salud durante la ejecución de las obras, para su aprobación por la Administración.
• Organizar la coordinación de actividades empresariales prevista en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
• Coordinar las acciones y funciones de control de la aplicación correcta de los métodos de trabajo. En el caso de detectarse una deficiencia grave de aplicación de medidas de Seguridad y Salud, el coordinador podrá disponer la paralización de los tajos o, en su caso, de la totalidad de la obra.
• Adoptar las medidas necesarias para que sólo las personas autorizadas puedan acceder a la obra, incluso comprobación del cumplimiento de lo previsto en el Estatuto de los Trabajadores que presten sus servicios en las obras, ya sean de la empresa adjudicataria, empresas subcontratadas, trabajadores autónomos, etc., y comprobación del cumplimiento del Real Decreto 216/1999.
• Confeccionar mensualmente en cada obra la medición y certificación de aquellas unidades que figuren en el Plan de Seguridad y Salud que sean objeto de abono.
• Redactar periódicamente informes en los que se detalle el estado de la obra en materia de seguridad y salud laboral.
• Supervisión y control de que el Contratista cumple las condiciones establecidas en el Plan de seguridad y salud aprobado así como en la legislación vigente.
• Realizar las funciones previstas en el artículo 14 del Real Decreto 171/2004 de 30 de enero en materia de coordinación de actividades empresariales, de investigar todos los accidentes de trabajo que sucedan en las obras, de notificar al órgano de contratación tanto los accidentes producidos como la investigación realizada, así como, la de llevar un control estadístico de los accidentes de trabajo que se produzcan en la obra.
• Velar por que se cumplan los principios de acción preventiva que se recogen en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Por otro lado el coordinador de seguridad y salud deberá velar por que el contratista cumpla las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad y salud en el trabajo y en particular deberá controlar que
la empresa contratista de las obras cumple con las disposiciones de la ordenanza laboral y el convenio colectivo correspondiente.
Asimismo deberá controlar que la empresa contratista de las obras ha adoptado medidas de seguridad e higiene en el trabajo y que cumplen las obligaciones en prevención de riesgos laborales establecidas por la normativa vigente y que antes del inicio de la actividad la empresa contratista acredite el cumplimiento de las siguientes obligaciones:
• Que ha adoptado una modalidad de organización preventiva acorde con la legislación vigente.
• Que ha integrado la prevención de riesgos laborales en el sistema general de gestión de la empresa mediante la implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos laborales.
• La evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva correspondiente a la actividad contratada.
• Disponer de un procedimiento escrito que regule la forma de haber llevado a cabo la Consulta y Participación prevista en el capítulo V de la Ley 31/1995 o en su caso las actas de las reuniones del comité de seguridad.
• Haber entregado el Plan de Seguridad y Salud a los subcontratistas y comprobado su cumplimiento, así como cumplir con todas las obligaciones en relación con el Libro de Subcontratación previsto en el Anexo III del Real Decreto 1109/2007 de acuerdo con su artículo 11.
• Disponer de una relación de puestos de trabajo y /o actividades que requieran presencia de recursos preventivos vinculados a la evaluación de riesgos.
• Que todo el personal que intervenga en la ejecución del contrato haya recibido en el momento de la incorporación una información de riesgos específicos, medidas de protección y medidas de emergencia, así como que haya recibido formación sobre los riesgos que afectan a su actividad de acuerdo con el procedimiento del Plan así como sobre el uso de EPIs.
• Disponer de justificantes de entrega de equipos de protección individual, que en su caso fueran necesarios.
• Proporcionar servicios de comedores y de descanso adecuados y servicios higiénicos y vestuarios teniendo en cuenta el número de trabajadores y la localización de las zonas de trabajo.
• Planificar el desarrollo de los trabajos y la contratación de personal de forma que se respete las jornadas de descanso de los trabajadores y que la realización de horas extraordinarias sea excepcional.
• Presentar en la Dirección de Trabajo y Seguridad Social la relación de empresas subcontratistas y personas trabajadoras autónomas que vayan a participar en la obra.
• Disponer de un procedimiento de inspecciones periódicas en la obra a través de su organización preventiva siguiendo las pautas del Plan de Prevención.
• Disponer de persona nombrada como responsable de seguridad y salud perteneciente a la empresa que tenga formación especializada en prevención y que gestione del Plan de Prevención de riesgos laborales.
• Promover la coordinación mediante reuniones periódicas con el coordinador de seguridad y salud.
• Poner en conocimiento del coordinador de seguridad y salud de la obra las subcontrataciones realizadas con carácter previo al inicio de los trabajos.
CONTROL CUANTITATIVO Y CERTIFICACIONES
El control cuantitativo consistirá en la planificación de la medición de las diversas unidades de obra, comprobando su correspondencia con lo previsto en el Plan de Seguridad y Salud o en sus modificaciones aprobadas.
El Coordinador de Seguridad y Salud realizará mensualmente el control de mediciones y la relación valorada a origen de todas las unidades de obra, acompañada de toda la documentación justificativa, (planos, croquis y mediciones) de la misma.
La redacción de las relaciones valoradas de las certificaciones mensuales se realizarán con audiencia del contratista e intentando que no se produzcan interferencias con la ejecución de las obras.
Una vez realizada la relación valorada, se transmitirá a la Dirección de Obra para que la incluya en las certificaciones mensuales que se someterán a la aprobación de la Dirección de Puertos y Aeropuertos para la tramitación de las mismas, entendiendo que las certificaciones mensuales se realizan a buena cuenta.
En el caso en que sea imprescindible una modificación de unidades de los planes de seguridad y salud de cada obra o la inclusión de nuevas unidades, habrán de ser aprobadas. En cualquier caso el Coordinador de Seguridad y Salud estudiará las posibles alternativas de medidas de seguridad, de la modificación de unidades o de la inclusión de unidades nuevas, en relación con la materia en la que es competente.
COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD DE OBRAS SIN PROYECTO
En el caso de obras sin proyecto u obras que se consideren contratos menores (presupuestos inferiores a 50.000,00 euros actualmente) no es necesaria la designación del coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra.
Sin embargo si que existen otras obligaciones como puede ser la de redactar y comunicar el aviso previo.
La Dirección de Puertos y Aeropuertos estando muy concienciada el la prevención de riesgos y la seguridad y salud de sus obras considera conveniente que durante la ejecución de las mismas se tomen todas las medidas que sean necesarias.
Por tanto será una obligación contractual el seguimiento por parte de los técnicos adscritos al presente contrato de las obras citadas anteriormente con el alcance y funciones que viene desarrollado en el apartado de obras con proyecto salvo lo que no sea estrictamente necesario. (Plan de seguridad y Salud, etc...)
Por tanto una vez adjudicadas cada una de las obras menores, el Servicio Territorial de Puertos notificará directamente su adjudicación de cara realizar las tareas que le corresponda.
Una vez comunicada cada adjudicación, se deberá poner en contacto con la empresa adjudicataria de las obras para preparar el Aviso Previo.
ALCANCE DE LOS TRABAJOS
Los trabajos comprenderán todas las labores propias del coordinador en materia de seguridad y salud para las obras citadas, realizando las funciones señaladas en el presente Xxxxxx y en la reglamentación vigente, de acuerdo
con la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y con el Real Decreto 1627/1997 que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras.
En la ejecución de los trabajos se cumplirá con las Normas y Ordenanzas de ámbito estatal o autonómico de obligado cumplimiento, cuyo conocimiento y aplicación es necesario por parte de los Técnicos encargados de la ejecución de los trabajos.
VISITAS A OBRAS
Las visitas periódicas a las obras y su duración serán las que cada una de las obras requiera para el correcto seguimiento de los trabajos, siendo la frecuencia marcada también por los distintos tajos y fases de obra.
En todo caso la asistencia mínima a las obras será la que se indica a continuación:
• Obras menores 2 visitas semanales a cada obra.
• Obras de presupuesto inferior a
3.000.000,00 de euros 2 visitas semanales a cada obra
• Obras de presupuesto superior a
3.000.000,00 de euros 3 visitas semanales a cada obra
La duración de cada una de las visitas será la que cada obra requiera pero como mínimo deberán ser visitas de 2 horas de duración.
De los dos Técnicos adscritos al contrato, la dedicación al presente contrato del Técnico Titular será del 100% de la jornada laboral. Dicho extremo se deberá acreditar mediante un parte mensual de trabajos realizados que deberá ser entregado en el Servicio Territorial, en el que se incluirá diariamente el itinerario seguido y las visitas realizadas indicando horarios.
Al menos una de las visitas semanales a cada obra se hará coincidir con la reunión periódica de la dirección de obra.
Además se mantendrá abierta una comunicación permanente con la Dirección de Obra para la buena marcha de los trabajos, y siempre que sea necesario por cualquiera de las partes, se convocarán los contactos precisos entre las reuniones programadas.
GESTION DE DOCUMENTACIÓN E INFORMES
El consultor será el encargado de la recepción de comunicaciones del Contratista de la obra en materia de seguridad y salud y de su traslado a la Dirección de Obra y a la Dirección de Puertos y Aeropuertos.
Los informes específicos a desarrollar se pueden clasificar en los grupos siguientes:
INFORMES PERIÓDICOS
• Levantamiento de actas de todas las visitas de obra, tomando nota de todas las incidencias detectadas y las decisiones adoptadas, que se enviarán al Director del contrato y que se conservarán hasta la finalización de las obras. Se deberá entregar copia al contratista y a la Dirección de Obra estando firmados el recibí correspondiente.
• Informe mensual de seguimiento para cada una de las obras que deberá entregarse antes del día 10 del mes siguiente, donde se indique de forma clara y concisa el desarrollo y marcha de los trabajos. El contenido mínimo de dicho informe será el siguiente:
a) Breve descripción de los datos administrativos de la obra, situación, promotor, contratista, autor del plan de seguridad, responsable de seguridad y salud del contratista para la obra, etc.
b) Trabajos realizados durante el mes en cada uno de los tajos de obra abiertos. Se incluirá el grado de avance en cada tajo, las incidencias más destacables y las anotaciones en el libro de incidencias.
c) Reportaje fotográfico y su localización en planos apropiados, de los diferentes tajos de obra, prestando especial atención a las unidades de obra que impliquen riesgos.
d) Análisis de las protecciones colectivas utilizadas, orden y limpieza de los trabajos, cierres, señalización, balizamientos, barandillas, iluminación, escaleras, andamios, sostenimiento de taludes, etc.
e) Análisis de las protecciones individuales utilizadas en la obras.
f) Seguimiento de la situación de las instalaciones de higiene y bienestar y medicina preventiva de la obra.
g) Relación de personal interviniente en las obras durante el mes al que pertenece el informe, indicando si pertenecen a la empresa contratista o de subcontratistas, así como su situación administrativa.
h) Relación de maquinaria y medios auxiliares utilizados en las obras, indicando la empresa a la que pertenecen y el cumplimiento de la normativa vigente.
i) Medición y certificación de las unidades que figuren en el Plan de Seguridad y Salud que sean objeto de abono.
j) Seguimiento del Plan de Seguridad y Salud. Evolución de su presupuesto, anomalías detectadas, carencias, etc.
k) Relación de incidencias detectadas en las obras, medidas correctoras adoptadas y conclusiones.
• Informe mensual de seguimiento único para la totalidad de las obras menores que se encuentren en ejecución, con los contenidos indicados en el apartado anterior.
• Informe mensual de seguimiento de los trabajos y visitas realizados en el que se incluirá el itinerario seguido diariamente y las visitas realizadas indicando lugares y horarios.
INFORMES NO PERIÓDICOS
El Coordinador de Seguridad y Salud realizará además los siguientes informes si fuesen necesarios:
• Informes sobre nuevas operaciones o incidencias que exijan una modificación del Plan de Seguridad y Salud.
• Informes inmediatos y continuos a la Dirección de Obra y al Director del Contrato, sobre anomalías que se observen, especialmente sobre aquellas que puedan denotar falta de seguridad en la ejecución con una propuesta de las medidas correctoras que considere oportunas.
• Informes técnicos sobre nuevas tecnologías en relación con la seguridad y salud empleadas en la obra, métodos constructivos, aplicaciones técnicas avanzadas, etc. que pueda servir de recopilación de las experiencias obtenidas para obras futuras y simultáneas.
De cada uno de los informes se deberá entregar una copia a la dirección del contrato y otra al Servicio Territorial.
Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla. Por tanto conforme al Pliego de Cláusulas Administrativas todos los trabajos e informes se realizarán en ambas lenguas oficiales, incluidos los interfaces textuales y sonoros de los diferentes software.
Todos los documentos elaborados por el adjudicatario en la ejecución del presente contrato serán propiedad del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes del Gobierno Xxxxx que se reserva el derecho de reproducirlos, publicarlos y divulgarlos en todo o en parte de su contenido, cuando lo estime conveniente, sin que puedan oponer a ello la empresa adjudicataria recurso alguno.
Por su parte, la empresa adjudicataria viene obligada a recabar la autorización previa del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes para cualquier actividad que se deriva de la utilización de la documentación del presente contrato y de las informaciones para el recogidas, si bien la empresa adjudicataria podrá hacer referencia a los trabajos, a los efectos que se deriven de su referencia para la configuración de su “currículo”.
Por otro lado a la finalización de los trabajos de deberá entregar un CD que incluya toda la documentación e informes que se ha generado durante la ejecución del contrato.
DOCUMENTACIÓN APORTADA POR LA ADMINISTRACIÓN
La Administración facilitará al Coordinador de Seguridad y Salud de la obra un ejemplar completo de los Proyectos de Construcción que se adjudiquen y pondrá a su disposición, originales del mismo en soporte gráfico o magnético para que obtenga copias o pueda trabajar sobre los mismos.
Asimismo se le entregará copia de toda la documentación que le interese referente a antecedentes y tramitación del proyecto y contratación de la obra.
El Adjudicatario actuará directamente en la solicitud de información y en nombre legal de la Administración en todas las actuaciones necesarias para ello, exigiéndose por parte del mismo la aplicación de la legislación vigente al respecto, con aplicación de los tribunales correspondientes y de las responsabilidades a que hubiese lugar.
Corresponde al Adjudicatario la obtención de las autorizaciones, licencias y permisos, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la ejecución de sus trabajos.
El Adjudicatario viene obligado a la recopilación y utilización de toda la información existente que sea de interés para los trabajos a realizar.
RELACIONES DEL COORDINADOR CON LA ADMINISTRACIÓN
El consultor designará un técnico para hacerse cargo de la coordinación del equipo y representar a éste ante la propiedad, pudiendo ser esta persona uno de los responsables de la Coordinación de Seguridad y Salud.
Todo el equipo del Consultor dependerá del citado representante, quién informará directamente y cuantas veces sea requerido a la Dirección de Puertos y Aeropuertos.
La Dirección de Puertos y Aeropuertos nombrará un Director de este Contrato que ejercerá las funciones de representante de la Administración ante las restantes personas físicas o jurídicas implicadas. Puede contar con un equipo de colaboradores también nombrados por la citada Dirección.
El Director del Contrato será en general el interlocutor del Coordinador de Seguridad y Salud, al que consultará previamente cualquier decisión.
El Director del presente contrato tendrá las funciones administrativas, económicas y técnicas en relación con cualquiera de la figuras interpretando los términos de los contratos correspondientes. En tal sentido el Coordinador de Seguridad y Salud deberá atender las decisiones que se le puedan imponer por escrito, si bien éste podrá dejar constancia por escrito de la disparidad de criterios en el tema de que se trate, a fin de que queden clarificadas las posibles responsabilidades futuras.
El Director del presente contrato no será responsable de los actos, omisiones o daños a terceros que pudieran generarse por el ejercicio del Coordinador de Seguridad y Salud en las funciones que tanto la legislación como su Contrato con la Administración le atribuyan.
La administración tendrá la capacidad de aceptar, cesar y cambiar en cualquier momento y tantas veces como sea necesario al personal interviniente por parte del Coordinador para la buena marcha de los trabajos, siempre que existan argumentos para ello. Así cuando se incurran en actos u omisiones que afecten a la seguridad de la obra de acuerdo con el proyecto, el plan de seguridad y salud y las normativas que se hayan de aplicar, la Administración podrá exigir la adopción de medidas concretas y eficaces para conseguir restablecer el buen orden en la ejecución de los contratos correspondientes.
La Administración tendrá posibilidad de acceder a las oficinas del Adjudicatario de este Contrato para mejor inspección de los trabajos y garantía de su cumplimiento.
CONDICIONES DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
La oficina de trabajo tendrá que estar situada en la Comunidad Autónoma del País Xxxxx y dotada de todos los medios técnicos necesarios para la realización del contrato.
El adjudicatario tendrá que disponer en su oficina de un equipo informático compatible con acceso a Internet y correo electrónico, y una impresora láser. En el ordenador estará instalado un programa de tratamiento de textos, así como un programa de presupuestos para la elaboración de toda la documentación requerida. Asimismo dispondrá de una fotocopiadora hasta el tamaño DIN A3, un equipo de fotografía, una mesa de dibujo, un teléfono y un fax.
El personal asignado a este contrato, tendrá plena disponibilidad en el caso de incidentes extraordinarios.
Durante el periodo de vacaciones el adjudicatario desfasará y coordinará las ausencias de las personas de su equipo y aportará en cada caso, si fuera requerido, un técnico similar al que esté descansando, con objeto de garantizar la continuidad de los trabajos.
Previamente, el adjudicatario comunicará a la Dirección de Puertos y Aeropuertos, con al menos un mes de antelación, el calendario de vacaciones del personal asignado y los sustitutos temporales propuestos.
El adjudicatario asegurará el desplazamiento de sus técnicos en obra, mediante la puesta a su disposición del número de vehículos necesarios y del tipo adecuado para conseguir el óptimo rendimiento del equipo humano dispuesto a pie de obra. Los desplazamientos se encuentran dentro del precio del contrato.
Todos los integrantes del equipo contratado irán provistos de teléfono móvil que deberán mantener en todo momento cargado y conectado.
Serán de cuenta del adjudicatario los gastos siguientes:
• De mecanografía para todos los informes y en su caso la delineación de los cuadros y pequeños croquis necesarios para adjuntar a los mismos.
• Materiales fotográficos, vídeos, rollos, pilas, álbumes, gastos de revelado, etc.
• Material en general utilizado a lo largo del periodo de desarrollo de los trabajos.
• Pequeño material de oficina.
• Combustible, seguros y gastos de mantenimiento de los vehículos.
• Todos los gastos necesarios para el desempeño de las funciones definidas en este Pliego.
El personal del Adjudicatario cuidará especialmente el trato con los afectados, y sus representantes, encargados y otro personal, colindantes, organismos, etc., recabando y dando la información que sea pertinente. Si se suscitase alguna reclamación o diferencia, actuará con la máxima corrección.
EQUIPO Y DEDICACIÓN
Estará compuesto como mínimo por dos técnicos competentes en coordinación de seguridad y salud de obras de construcción. Los técnicos citados deberán tener una titulación universitaria media o superior en alguna especialidad de la construcción y estar en posesión del título de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales. Asimismo acreditarán una experiencia mínima de 3 años en coordinación de seguridad y salud de las obras y deberán quedar adscritos al contrato.
De los dos Técnicos adscritos al contrato, la dedicación al presente contrato del Técnico Titular será del 100% de la jornada laboral.
Debe entenderse que el servicio que se contrata no es una prestación de personal y equipos, y que en algún momento dado puede exigir mayores medios que los mínimos previstos para ser realizada correctamente.
PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
El plazo total de ejecución de los trabajos se estima en VEINTICUATRO (24) MESES, iniciándose los mismos a partir de la fecha del contrato.
Según se establece en el Pliego de Cláusulas Administrativas este contrato puede ser objeto de una prorroga de VEINTICUATRO (24) MESES
Teniendo en cuenta que el presente contrato se halla ligado a la ejecución de obras, pudiera ocurrir que una vez finalizado el plazo establecido, alguna de las obras de la que se estuviera realizando la coordinación de seguridad y salud se encuentre en ejecución. En dichos casos si la Dirección del Contrato lo estimase oportuno se deberá seguir con la coordinación de las citadas obras hasta la finalización de las mismas.
Los plazos máximos parciales para la redacción de estudios de seguridad y salud serán los que se indican a continuación:
• Redacción de Estudio Básico de Seguridad y Salud 15 días
• Redacción de Estudio de Seguridad y Salud 30 días
PRECIO CONTRATO
Los precios unitarios del contrato serán ofertados por el Adjudicatario, y deberán ser inferiores a los relacionados en el Anexo I del presente pliego de condiciones técnicas.
El presupuesto simulado total máximo se ha establecido teniendo en cuenta los precios unitarios máximos, los presupuestos de las obras previstas y sus plazos de ejecución, que se indican en el anexo I.
En la propuesta se detallarán los precios unitarios ofertados, especificando los valores de los coeficientes A, B, C, D y E que serán vinculantes.
El importe de los honorarios totales a percibir se distribuye en los citados coeficientes a ofertar que se definen en los siguientes conceptos:
Redacción de estudio básico de seguridad y salud
• Unidad de redacción de Estudio Básico de Seguridad y Salud A
Redacción de estudio de seguridad y salud
• Unidad de redacción de Estudio de Seguridad y Salud B
Coordinación de seguridad y salud de obras menores
• Unidad mensual de coordinación de seguridad y salud de la totalidad de las obras contratadas como expediente menor C
Coordinación de seguridad y salud de obras
Los coeficientes D y E serán aquellos que nos permitan establecer los honorarios totales a percibir por la coordinación de cada una de las obras de las que se realice la coordinación, y serán el resultado de la siguiente fórmula:
Donde:
H = D x (Pto) + E x (Plazo)
D = Porcentaje a ofertar sobre presupuesto
Pto | = | Presupuesto de adjudicación por contrata de cada obra |
E | = | Importe fijo mensual a ofertar por obra |
Plazo | = | Plazo de adjudicación de la obra |
Cada uno de los precios unitarios y coeficientes, que podrán ser mejorados a la baja por los licitadores en sus ofertas, comprenden no sólo el precio del contrato sino también el importe de todo tipo de impuestos y gastos que se ocasionen como consecuencia del mismo, a excepción del I.V.A..
El importe a certificar por la totalidad de cada una de las obras se calculará en el momento de la adjudicación de la obra, teniendo en cuenta el presupuesto y el plazo de adjudicación.
En el caso de ejecución de modificados o complementarios de la obra principal, se incrementarían los honorarios en el momento de la adjudicación de estos conforme a la misma fórmula indicada en el párrafo anterior.
Los incrementos de presupuesto o plazo de ejecución de las obras que no sean debidos a modificados o complementarios, no darán lugar a incremento de honorarios.
PAGO DEL PRECIO OFERTADO
La valoración y abono de los trabajos realizados por el Adjudicatario se efectuará mediante certificaciones mensuales acompañadas de la correspondiente relación valorada a origen, en función de los servicios reales prestados en el mes anterior y a los precios unitarios adjudicados o revisados, con el visto bueno de la Dirección de Puertos y Aeropuertos.
El cálculo mensual de los honorarios de coordinación de obras se realizará tomando los honorarios totales calculados en el momento de adjudicación y aplicándole un porcentaje aproximadamente igual al porcentaje de la obra ejecutada. Se adjunta en el anexo II un modelo de certificación.
ANEXO I
PRECIOS UNITARIOS, MEDICIONES ESTIMADAS Y SIMULACIÓN DE PRESUPUESTO
PRECIOS UNITARIOS
A - Unidad de redacción de Estudio Básico de
Seguridad y Salud 610,00 euros.
B - Unidad de redacción de Estudio de Seguridad y Salud 1010,00 euros.
C - Unidad mensual de coordinación de seguridad y salud de la totalidad de las obras contratadas como
expediente menor 1.220,00 euros.
D - Porcentaje sobre presupuesto 0,2000 %.
E - Importe mensual por obra 610,00 euros.
MEDICIONES ESTIMADAS
Redacción de estudio básico de seguridad y salud
A - Unidad de redacción de Estudio Básico de Seguridad y Salud 2 Ud.
Redacción de estudio de seguridad y salud
B - Unidad de redacción de Estudio de Seguridad y Salud 5 Ud.
Coordinación de seguridad y salud de obras menores
C - Unidad mensual de coordinación de seguridad y salud de la totalidad de las obras contratadas como expediente menor 24 Ud.
Coordinación de seguridad y salud de obras
Nº obras | Presupuesto aproximado | Total presupuesto | Plazo aproximado | Total plazos |
1 | 6.000.000,00 € | 6.000.000,00 € | 12 | 12 |
2 | 1.000.000,00 € | 2.000.000,00 € | 5 | 10 |
2 | 800.000,00 € | 1.600.000,00 € | 4 | 8 |
1 | 500.000,00 € | 500.000,00 € | 3 | 3 |
1 | 100.000,00 € | 100.000,00 € | 2 | 2 |
10.200.000,00 € | 35 |
SIMULACIÓN DE PRESUPUESTO
Redacción de estudio básico de seguridad y salud
2 Unidad de redacción de Estudio Básico
de Seguridad y Salud a 610,00 €/ud 1.220,00 €.
Redacción de estudio de seguridad y salud
5 Unidad de redacción de Estudio de
Seguridad y Salud a 1.010,00 €/ud 5.050,00 €.
Coordinación de seguridad y salud de obras menores
24 Unidad mensual de coordinación de seguridad y salud de la totalidad de las obras contratadas como expediente
menor a 1.220,00 €/ud 29.280,00 €.
Coordinación de seguridad y salud de obras
10.200.000,00 Importe por porcentaje sobre el
presupuesto a 0,2000 % 20.400,00 €.
35 Importe mensual por obra a 610,00
€/ud 21.350,00 €.
Total presupuesto 77.300,00 €.
I.V.A. 18 % sobre presupuesto 13.914,00 €.
Total presupuesto I.V.A. incluido 91.214,00 €.
ANEXO II
EJEMPLO DE CALCULO DE HONORARIOS DE OBRA, MODELO DE CERTIFICACIÓN, MODELOS DE COMUNICACIÓN DE ENCARGO Y MODELO DE NOMBRAMIENTO
EJEMPLO DE CALCULO DE HONORARIOS DE COORDINACIÓN DE OBRA
Suponiendo una obra que se ha adjudicado de la siguiente manera:
• Presupuesto de contrata de adjudicación 3.000.000,00 euros.
• Plazo de ejecución de adjudicación 9 meses.
Los honorarios resultantes para la coordinación de seguridad y salud de la obra con los coeficientes máximos de licitación serán:
H = D x (Pto) + E x (Plazo)
H = 0,20 % x 3 000.000,00 + 610,00 x 9
Honorarios = 11.490,00 euros.
EJEMPLO DE MODELO DE CERTIFICACIÓN
ASISTENCIA TÉCNICA DE “COORDINACIÓN EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS DE LA DIRECCIÓN DE PUERTOS Y AEROPUERTOS EN EL TERRITORIO HISTÓRICO DE GIPUZKOA 2012-2014”
(Ejemplo de relación valorada después de 6 meses desde el inicio del contrato)
Redacción de estudio básico de seguridad y salud
1 Unidad de redacción de Estudio Básico
de Seguridad y Salud a 610,00 €/ud 610,00 €.
Redacción de estudio de seguridad y salud
2 Unidad de redacción de Estudio de
Seguridad y Salud a 1.010,00 €/ud 2.020,00 €.
Coordinación de seguridad y salud de obras menores
6 Unidad mensual de coordinación de seguridad y salud de la totalidad de las obras contratadas como expediente
menor a 1.220,00 €/ud 7.320,00 €.
Coordinación de seguridad y salud de obras
Obra 1 (nombre de la obra)
• Importe total de coordinación 10.000 €.
• Importe ejecutado a origen 10.000 x 50% = 5.000 €.
Obra 2 (nombre de la obra)
• Importe total de coordinación 15.000 €.
• Importe ejecutado a origen 15.000 x 30% = 4.500 €.
Obra 3 (nombre de la obra)
• Importe total de coordinación 20.000 €.
• Importe ejecutado a origen 10.000 x 10% = 2.000 €.
Valoración total trabajos efectuados 21.450,00 €.
Certificado anteriormente 17.700,00 €.
Certificación en el mes 3.750,00 €.
I.V.A. 18 % 675,00 €.
Total certificación nº 6 4.425,00 €.
En (Ciudad), a (día) de (mes) de (año).
En representación del consultor VºBº. Dirección de Puertos y Aeropuertos
Fdo: (Nombre) Fdo: (nombre)
EJEMPLO DE MODELOS DE COMUNICACIÓN DE ENCARGO
COMUNICACIÓN DE ENCARGO DE ASISTENCIA TECNICA DE REDACCIÓN DEL ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD |
ASISTENCIA TÉCNICA DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS DE LA DIRECCIÓN DE PUERTOS Y AEROPUERTOS EN EL TERRITORIO HISTÓRICO DE GIPUZKOA 2012-2014 |
PROYECTO: |
TIPO DE ESTUDIO
• Estudio Básico de Seguridad y Salud □
• Estudio de Seguridad y Salud □
DATOS GENERALES DEL PROYECTO
• Equipo redactor del proyecto:
• Técnico redactor:
• Dirección: Teléfono:
HONORARIOS CORRESPONDIENTES A LA ASISTENCIA TÉCNICA
• Redacción de Estudio Básico de Seguridad y Salud euros.
• Redacción de Estudio de Seguridad y Salud euros.
En (Ciudad), a (día) de (mes) de (año) EL RESPONSABLE DE EXPLOTACIÓN
OBRAS Y PROYECTOS
Fdo.: (nombre).
COMUNICACIÓN DE ENCARGO DE ASISTENCIA TECNICA DE COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD DE OBRA |
ASISTENCIA TÉCNICA DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS DE LA DIRECCIÓN DE PUERTOS Y AEROPUERTOS EN EL TERRITORIO HISTÓRICO DE GIPUZKOA 2012-2014 |
OBRA: |
DATOS GENERALES DE LA OBRA
• Empresa adjudicataria:
• Fecha de adjudicación:
• Presupuesto de adjudicación:
• Plazo de ejecución:
HONORARIOS CORRESPONDIENTES A LA ASISTENCIA TÉCNICA
• Honorarios por presupuesto de adjudicación euros.
• Honorarios por plazo de adjudicación euros.
• Total honorarios euros.
En Vitoria-Gasteiz, a (día) de (mes) de (año)
EL RESPONSABLE DE EXPLOTACIÓN OBRAS Y PROYECTOS
Fdo.: (nombre).
EJEMPLO DE MODELO DE NOMBRAMIENTO
NOMBRAMIENTO DE COORDINADOR DE SEGURIDAD Y SALUD |
ASISTENCIA TÉCNICA DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS DE LA DIRECCIÓN DE PUERTOS Y AEROPUERTOS EN EL TERRITORIO HISTÓRICO DE GIPUZKOA 2012-2014 |
OBRA: |
En cumplimiento del Real Decreto 1627/97, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, la DIRECCIÓN DE PUERTOS Y AEROPUERTOS del DEPARTAMENTO DE VIVIENDA, OBRAS PUBLICAS Y
TRANSPORTES del GOBIERNO XXXXX., a propuesta de la empresa:
………………………………………, ha resuelto designar al…………………………………………………………….……….…
…………………….……………………………….., como coordinador titular en materia de Seguridad y Salud, y al…………………………………………………………..…………
………………………………………………….……como coordinador suplente en materia de Seguridad y Salud, durante la obra mencionada, con las funciones y responsabilidades establecidas en dicho Real Decreto.
En Vitoria a …. de ……….. de 20….,
EL PROMOTOR Conforme los Coordinadores en materia de Seguridad y Salud
Fdo.:
Fdo.: (NOMBRE) Fdo.: