ESE HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL TÉRMINOS DE REFERENCIA
ESE HOSPITAL SAN XXXXXXX XX XXXX
TÉRMINOS DE REFERENCIA
OBJETO: CONTRATO DE OBRA DE PINTURA GENERAL DE LA FACHADA E INTERIORES DE LA
E.S.E. HOSPITAL SAN XXXXXXX XX XXXX XX XXXXXXXX, ANTIOQUIA.
Remedios, 19 xx xxxxx de 2023
Señor
PROPONENTE
La E.S.E. Hospital San Xxxxxxx xx Xxxx, se encuentra interesado en recibir propuesta para el siguiente proceso de contratación directa de mínima cuantía (numeral 1 del artículo 12 y artículo 14 del manual de contratación):
1. INFORMACIÓN GENERAL
FECHA: 19 XX XXXXX DE 2023
RAZÓN SOCIAL CONTRATANTE: E.S.E. HOSPITAL SAN XXXXXXX XX XXXX
DIRECCIÓN CONTRATANTE: XXXXX XXX XXXXXX X. 12-120, REMEDIOS,
ANTIOQUIA
COMPETENCIA PARA ADJUDICAR: GERENTE
MODALIDAD: CONTRATACIÓN DIRECTA SIN LÍMITE EN LA CUANTÍA
PROCESO: CO-001-2023
OBJETO: CONTRATO DE OBRA DE PINTURA GENERAL DE LA FACHADA E INTERIORES DE LA E.S.E. HOSPITAL SAN XXXXXXX XX XXXX XX XXXXXXXX, ANTIOQUIA.
PRESUPUESTO OFICIAL: en DOSCIENTOS VEINTE MILLONES DE PESOS M.L.
($220.000.000) Incluye el IVA, impuestos y deducciones xx xxx
CONSULTA TÉRMINOS: PÁGINA WEB DE LA ENTIDAD Y SECOP II
LUGAR DE EJECUCIÓN: REMEDIOS, ANTIOQUIA
LUGAR CORRESPONDENCIA: E.S.E. HOSPITAL SAN XXXXXXX XX XXXX.
LUGAR ENTREGA PROPUESTAS: VENTANILLA ÚNICA, SECRETARÍA GERENCIA DE LA
E.S.E. – Xxxxx Xxx Xxxxxx Xx. 00-000 (xxxx 0) –
CLASE DE CONTRATO: CONTRATO DE OBRA
PLAZO DE ENTREGA DE PROPUESTAS: 24 XX XXXXX DE 2023
PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El plazo de ejecución del contrato será por dos
(02) meses sin superar el 30 xx xxxxx de 2023.
2. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD A CONTRATAR
La Constitución Política de Colombia prevé en su artículo 2° como fines esenciales del Estado “servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación (…)”
La Ley 100 de 1993 “Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones, determinó en su artículo 194 que “la prestación de servicios de salud en forma directa por la Nación o por las entidades territoriales, se hará a través de las Empresas Sociales del Estado, que constituyen una categoría especial de entidad de entidades públicas descentralizadas, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, creadas por la Ley o por las asambleas o concejos, según el caso”. En desarrollo de lo anterior la Ley Ibidem, prescribe en el numeral 6 del artículo 195 que las Empresas Sociales de Salud “en materia contractual se regirá por el derecho privado, pero podrá discrecionalmente utilizar las cláusulas exorbitantes previstas en el estatuto general de contratación de la administración pública”.
La Constitución Política de Colombia en su artículo 49 establece que “la atención de la salud es un servicio público a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud”, este servicio debe prestarse de manera eficiente, eficaz y oportuna a los usuarios que demandan la atención en los diferentes organismos de salud en el país.
La Empresa Social del Estado Hospital San Xxxxxxx xx Xxxx xx Xxxxxxxx, presta servicios de salud de baja y Mediana Complejidad debidamente habilitadas. Como entidad del sistema General de seguridad social en Salud, debe garantizar la función social del Estado, de manera eficiente en la prestación permanente y oportuna de los servicios que le competen.
Bajo los parámetros establecidos en la Ley 100 de 1993, Decreto No. 1876 de 1994, aclarado por el Decreto 1621 de 1995, Ley 80 de 1993, modificada por la Ley 1150
de 2007, Ley 1438 de 2011 y la Resolución número 5185 del 14 de Diciembre de 2013 y en especial el manual de contratación de la entidad de fecha 15 xx xxxxxx de 2014 (Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011 y el Decreto 1082 de 2015), podrán participaren el presente proceso contractual, todas las personas naturales o jurídicas, en forma individual o conjunta (consorcio o unión temporal) que dentro de
su actividad comercial u objeto social se halle comprendido el objeto y / o alcance del presente proceso de Selección y además cumpla con todos los requisitos exigidos por la entidad.
Para la construcción del presente estudio, se tendera en consideración lo establecido en la ley 1150 de 2007, el decreto 1082 de 2015, por el cual se reglamenta el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y se dictan otras disposiciones.
Establece el artículo 2.2.1.1.2.1.1 del decreto 1082 de 2015 establece que Los estudios y documentos previos son el soporte para elaborar el proyecto de pliegos, los pliegos de condiciones, y el contrato. Deben permanecer a disposición del público durante el desarrollo del Proceso de Contratación y contener los siguientes elementos, además de los indicados para cada modalidad de selección:
La descripción de la necesidad que la Entidad Estatal pretende satisfacer con el Proceso de Contratación.
1. El objeto a contratar, con sus especificaciones, las autorizaciones, permisos y licencias requeridos para su ejecución, y cuando el contrato incluye construcción, los documentos técnicos para el desarrollo del proyecto.
2. La modalidad de selección del contratista y su justificación, incluyendo los fundamentos jurídicos.
3. Los criterios para seleccionar la oferta más favorable.
4. El análisis de riesgo y la forma de mitigarlo.
5. Las garantías que la Entidad Estatal contempla exigir en el Proceso de Contratación.
6. La indicación de si el Proceso de Contratación está cobijado por un Acuerdo Comercial.
Aunado a lo anterior La Constitución Política de Colombia establece como fines esenciales del Estado, servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la misma, esto, en concordancia con la Ley 80 de 1993, que en su artículo 3 preceptúa “Los servidores públicos tendrán en consideración que al celebrar contratos y con la ejecución de los mismos, las entidades buscan el cumplimiento de los fines estatales, la continua y eficiente prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados que colaboran con ellas en la consecución de dichos fines" (SUBRAYADO POR FUERA DEL TEXTO ORIGINAL)
El Articulo 2 de la Constitución Política de Colombia establece que las autoridades están instituidas para proteger a todas las personas residentes en el país, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades, para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.
El Estado Colombiano señala que es deber de las autoridades garantizar la vida, honra y bienes de los habitantes del territorio, además, determina que la función administrativa se desarrolla conforme a los principios constitucionales, en particular los atinentes a la buena fe, igualdad, moralidad, celeridad, economía, imparcialidad, eficacia, eficiencia, participación, publicidad, responsabilidad y transparencia, además de lo consagrado en la Constitución Política, los artículos 7 y 12 de la Ley 80 del 93, y el artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015 y demás normas concordantes, que regulan finalidades y cometidos, en los cuales se consagran las necesidades generales de todos sus habitantes; necesidades que por supuesto deben ser cubiertas por la administración; por tanto, se procede a elaborar el estudio previo para la contratación del objeto antes mencionado, PINTURA GENERAL E.S.E HOSPITAL SAN XXXXXXX XX XXXX DEL MUNICIPIO XX XXXXXXXX - ANTIOQUIA
En atención a lo estipulado en lo anterior, la E.S.E. Hospital San Xxxxxxx xx Xxxx al ser el único Hospital que cubre las necesidades urbanas y rurales de servicios de salud, debe contar con espacios agradables y que cumplan los lineamientos le establecidos por el Ministerio de Salud para poder brindar un servicio en las mejores condiciones y calidades.
Dado lo antecedente, surge la necesidad de contratar bajo la modalidad de contratación directa, según lo establecen las directrices impartidas del Manual de Contratación acogido por la entidad, la obra de pintura general del las fachadas interiores y exteriores del Hospital.
2.1. ALCANCE
Se requiere contratar con una persona jurídica o natural que brinde los servicios de mano de obra en la consecución del objeto principal del contrato, esto es, en realizar la obra DE PINTURA GENERAL DE LA FACHADA E INTERIORES DE LA E.S.E. HOSPITAL SAN XXXXXXX
XX XXXX XX XXXXXXXX, ANTIOQUIA cumpliendo las especificaciones técnicas y requisitos mínimos contemplados en los estudios previos, la normativa vigente y las condiciones impuestas para la ejecución del contrato.
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
1. Suministrar los insumos necesarios para pintar las fachadas interiores y exteriores de las Instalaciones Principales de la E.S.E.
2. Proporcionar personal con experiencia y capacitado para ejecutar las labores de pintar las fachadas e interiores del Hospital.
3. Realizar las adecuaciones requeridas en las fachadas e interiores para que la pintura se fije y penetre correctamente en las paredes.
4. Presentar las certificaciones mínimas requeridas para quienes vayan a ejecutar trabajos en alturas.
5. Ejecutar los oficios y acciones requeridas para la ejecución total de los estudios técnicos relacionas en los estudios previos.
6. Presentar afiliación a riesgos laborales y seguridad social de las personas que vayan a realizar las labores.
7. Presentar informe detallado de las labores realizadas aportando un registro fotográfico de los procesos de pintura de fachada e interiores de la entidad.
8. Realizar el pago de la seguridad social en debida forma y en los tiempos establecidos en la legislación colombiana.
9. El contratista será responsable de la custodia y salvaguarda de los bienes que son de su propiedad, utilizados para la ejecución del contrato.
10. Responder por la conservación, el uso adecuado, deterioro o pérdida de los elementos que le sean entregados por la entidad para la ejecución del contrato (si es del caso).
11. Reportar de manera inmediata cualquier novedad o anomalía del contrato, al supervisor o interventor, según el caso.
12. No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley con el fin de obligarlos a hacer u omitir algún acto o hecho, debiendo informar inmediatamente al E.S.E HOSPITAL SAN XXXXXXX XX XXXX DEL MUNICIPIO XX XXXXXXXX - ANTIOQUIA, a través del supervisor o interventor, según el caso, acerca de la ocurrencia de tales peticiones o amenazas y a las demás autoridades competentes para que se adopten las medidas y correctivos que fueren necesarios.
13. El contratista se obliga a mantener fijos los precios establecidos en la propuesta presentada objeto de adjudicación, durante la ejecución y hasta la liquidación del contrato.
14. El contratista se obliga a: a) Velar por el respeto de los derechos constitucionales y laborales de los trabajadores que utilice para la ejecución del contrato, para lo cual, eliminará formas de contratación lesivas para los derechos laborales de los trabajadores, b) Velar por el respeto de la legislación laboral vigente e incentivar la mejor oferta laboral y prestacional que garantice el acceso a mejores oportunidades de trabajo. El incumplimiento de las obligaciones contractuales incluidas en el presente numeral ocasionará el inicio de procesos sancionatorios, conforme con la normatividad vigente, esto es, la imposición de multas o la declaratoria de incumplimiento haciendo efectiva la cláusula penal pecuniaria, si es del caso.
15. Las demás obligaciones que sean del carácter de la obra, bienes o la prestación de los servicios contratados como resultado del presente proceso.
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS
1. Ejecutar y entregar la obra conforme a las especificaciones técnicas y los entregables mínimos exigidos por la Entidad.
2. Presentar a la interventoría las hojas de vida del recurso humano requerido para la ejecución, en un término no mayor a tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato, con el fin de verificar que se cumpla con lo establecido en el pliego de condiciones. Parágrafo: si durante la ejecución del contrato se requiere el cambio de alguno de los perfiles, deberá remplazarse por otro de igual o mayor calidad previamente aprobado por la interventoría y Entidad Territorial.
3. El contratista deberá suministrar el personal mínimo requerido, maquinaria y equipo exigidos por la consultoría para el cumplimiento del objeto contractual.
4. Cumplir con el objeto en la forma y tiempo pactados, de acuerdo con el pliego de condiciones y la propuesta presentada por el proponente favorecido. También ejecutar las diferentes obras de acuerdo a las especificaciones técnicas del E.S.E HOSPITAL SAN XXXXXXX XX XXXX DEL MUNICIPIO XX XXXXXXXX
- ANTIOQUIA.
5. Garantizar la permanencia de los diferentes frentes de trabajo, y el diligenciamiento de la bitácora donde se deberá llevar el registro diario de las actividades realizadas.
6. Cumplir con los ofrecimientos hechos en la propuesta y atender los requerimientos del interventor del contrato.
7. Recibir por parte de la E.S.E HOSPITAL SAN XXXXXXX XX XXXX DEL MUNICIPIO XX XXXXXXXX - ANTIOQUIA para el cumplimiento de las obligaciones pactadas el lote donde se desarrollarán las obras de construcción objeto de este contrato. Tal circunstancia se hará constar en un acta donde se indique el estado de las diferentes áreas de trabajo, las áreas intervenidas o no y el estado de las mismas; dicha acta será suscrita por el interventor, el contratista y el E.S.E HOSPITAL SAN XXXXXXX XX XXXX XX XXXX DEL MUNICIPIO XX XXXXXXXX - ANTIOQUIA y hará parte integral del presente contrato, junto con los documentos fotográficos en los que conste el estado en que se entrega el predio.
8. Realizar las gestiones necesarias ante las empresas prestadoras de servicios públicos requeridos para obtener la aprobación de los diseños ejecutados previo al inicio de la obra, para garantizar la funcionalidad del proyecto.
9. Asumir con sus recursos, la custodia, vigilancia del inmueble objeto del proyecto, desde la suscripción del acta de inicio, hasta la entrega a la Entidad pública.
10. Ejecutar las obras e instalaciones objeto de este contrato a los precios y condiciones señalados en su propuesta, ciñéndose a las normas técnicas nacionales y a rehacer a su expensa cualquier obra que resultare mal ejecutada a juicio del interventor.
11. Presentar un cronograma de Trabajo en formato PROJECT: El proponente al que le sea adjudicado la presente CONVOCATORIA, deberá presentar una programación de las actividades a desarrollar en el espacio destinado para la obra que incluyan recursos humanos, equipos, maquinarias y flujo de fondos. El Cronograma de trabajo deberá ser entregado al interventor del contrato en original y en medio magnético. Coordinar con el interventor del contrato las
visitas y transporte al proyecto del objeto del contrato, con el fin de evaluar el estado inicial, el desarrollo de estos, el recibo parcial y final de los trabajos ejecutados.
12. Permitir visitas a las obras, al interventor del contrato, al Ministerio del Interior, y a los funcionarios de la E.S.E HOSPITAL SAN XXXXXXX XX XXXX DEL MUNICIPIO XX XXXXXXXX - ANTIOQUIA debidamente autorizados.
13. Verificar que el terreno este acorde para la ejecución del proyecto y las condiciones técnicas, financieras para el trasporte de los materiales.
14. Contar con el transporte requerido, utilizar, reparar, conservar y mantener todas las máquinas, equipos, herramientas, repuestos y demás elementos necesarios para la ejecución del objeto contractual, así como su almacenamiento y custodia.
15. Responder por la buena calidad de los materiales, insumos y elementos utilizados en el desarrollo del presente contrato.
16. Transportar, clasificar, almacenar y utilizar todos los materiales necesarios para la ejecución de las obras objeto del presente contrato
17. Poner en práctica durante la ejecución del objeto contractual y hasta la entrega final, los procedimientos adecuados de construcción y de conservación, para lo cual debe prever y evitar cualquier daño o deterioro que pueda afectar su calidad, estabilidad y acabados.
18. Tomar las debidas precauciones a fin de conservar en perfecto estado los inmuebles aledaños, las estructuras e instalaciones y redes de servicios superficiales o subterráneas existentes dentro del área de trabajo o adyacente a ella, siendo de su exclusiva responsabilidad cualquier daño que pudiere ocasionar a tales inmuebles, estructuras, instalaciones o redes.
19. Retirar los materiales sobrantes y entregar la obra en perfecto estado de limpieza.
20. Reparar las vías de acceso, en los lugares de obras concernientes al contrato, cuando se deterioren como consecuencia de la ejecución de las obras contratadas.
21. Responder frente a la Entidad pública y frente a terceros por todo daño que cause con ocasión de la ejecución del presente contrato.
22. Suministrar y colocar una valla de información y cinta de señalización en la obra de acuerdo con el número, tamaño y diseño que le indique la Entidad pública en cada frente de trabajo. Los costos correspondientes se entienden incluidos en el valor de la propuesta y será responsabilidad del contratista cualquier daño o accidente que ocurriere por la omisión en el cumplimiento de esta obligación.
23. Presentar mensualmente el informe y las novedades a que haya lugar, conjuntamente con el interventor del contrato. Como requisito para los pagos periódicos el contratista se obliga a entregar un informe mensual con cada una de las actividades realizadas, en cumplimiento del contrato.
24. Revisar, tramitar y suscribir de manera oportuna cada una de las actas y/o documentos necesarios para el desarrollo del contrato proyectados y aprobados por la interventoría
25. Dar respuesta a los requerimientos relacionados con la ejecución del contrato que, por parte del interventor, E.S.E HOSPITAL SAN XXXXXXX XX XXXX DEL
MUNICIPIO XX XXXXXXXX - ANTIOQUIA, ente de control o comunidad se originen dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo de los mismos.
26. Xxxxxxx y absolver las observaciones y requerimientos que a través del interventor realicen las autoridades locales.
27. Velar por que la E.S.E HOSPITAL SAN XXXXXXX XX XXXX DEL MUNICIPIO XX XXXXXXXX - ANTIOQUIA se mantengan indemnes de cualquier reclamación de terceras personas, subcontratista y proveedores y demás servicios que de forma indirecta se han requeridas para la ejecución del contrato.
28. Presentar, un programa de seguridad industrial en el cual incluirá aspectos como: la señalización de los sitios en los cuales se desarrollan los trabajos y las medidas que tomará para garantizar la seguridad del personal que labore en las actividades de mantenimiento, adicionalmente deberá cumplir con lo establecido en las especificaciones técnicas.
29. Presentar un plan de manejo de tráfico, programa de manejo ambiental, y de manejo social, los cuales deberá cumplir durante la ejecución del contrato y deberá presentar informes mensuales de las actividades desarrolladas en cada uno de estos aspectos.
30. Elaborar un plan de calidad para las obras a realizar, para materiales, mano de obra, equipos, ensayos de laboratorio y cumplimiento de especificaciones técnicas. Deberán utilizarse materiales que tengan sello de producto o certificado de calidad que garantice el cumplimiento de la especificación.
31. Entregar los ensayos de laboratorio que sean necesarios realizar a lo largo del contrato, los cuales deben ser presentados por el contratista en el plan de inspección y ensayos que hace parte del plan de calidad, el cual debe ser aprobado por la Interventoría del contrato.
32. Presentar mensualmente anexo al informe de gestión ambiental la gestión realizada en obra en lo que se refiere al manejo integral de residuos Plan de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición (RCD)z especificando en las cantidades de generación, aprovechamiento y disposición final de los residuos generados en el proyecto.
33. Realizar un registro fotográfico (Exposiciones panorámicas a distancias mayores de 15m y cuando se requiere registrar un detalle, las exposiciones se hacen a distancias menores de 1.50 m procurando siempre los planos horizontales que permiten un mejor campo visual), y un video documental, donde se recojan las memorias de la ejecución de la obra, en las que se evidencie todo el desarrollo de la ejecución desde su inicio hasta la terminación y recibo a satisfacción.
34. El contratista no podrá subcontratar o ceder el contrato que resulte de esta CONVOCATORIA a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, sin el consentimiento previo y escrito de la E.S.E HOSPITAL SAN XXXXXXX XX XXXX DEL MUNICIPIO XX XXXXXXXX - ANTIOQUIA, y estos pueden reservarse las razones para negar la cesión o subcontratación.
35. El porcentaje de imprevistos corresponde a un estimado a posibles eventualidades que asume el contratista como riesgo que puedan surgir en la ejecución de la obra, dicho porcentaje hace parte del cálculo del porcentaje del AIU que se le reconoce al contratista, razón por la cual el proponente debe efectuar su estimación al momento de presentar la propuesta, en razón a que
si es adjudicatario del contrato asume los costos de imprevistos que puedan surgir en la ejecución del contrato.
36. Constituir las garantías que se exija en el contrato.
37. Tramitar las licencias, permisos ambientales, autorizaciones que se presenten durante la ejecución del proyecto para la puesta en funcionamiento.
38. Contar con el equipo de apoyo requerido para efectos de llevar a cabo la totalidad del proyecto, tales como maestro de obra, obreros y demás, quienes tendrán una disponibilidad del 100% y deberán ostentar las calidades debidas para efectos de garantizar la satisfactoria implementación del proyecto,
39. Garantizar la obtención de la certificación de pago con la empresa certificadora RETIE y RETILAP.
40. Garantizar que se cumplan con el protocolo de bioseguridad y que se cuente con todos los elementos de bioseguridad en atención al COVID-19
41. Las demás que se requieran para el cumplimiento del objeto del contrato.
OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE
1. Designar un profesional para realizar la supervisión del Contrato.
2. Aprobar, a través del supervisor el cronograma detallado de las actividades del contrato, presentado por el contratista, para el cumplimiento del objeto del Contrato.
3. Aprobar las garantías que presente el contratista con relación al Contrato y sus eventuales modificaciones, para lo cual deberá tener en cuenta que estas cumplan con las condiciones exigidas en el contrato.
4. Cumplir y hacer cumplir las condiciones pactadas en el contrato y en los documentos que de él forman parte.
5. Pagar en la oportunidad establecida la prestación de servicios objeto del
presente Contrato de Prestación de servicios.
6. Efectuar las retenciones que por ley y/o mandamiento judicial le efectúen las autoridades judiciales.
7. Todas las demás inherentes o necesarias para el cumplimiento del objeto contractual y debida ejecución de los recursos.
3. PRESUPUESTO OFICIAL.
Este contrato estará soportado presupuestalmente en dos rubros, estos son 212020200501 Mantenimiento Planta Física por un total equivalente a DOSCIENTOS VEINTE MILLONES DE PESOS M.L. ($220.000.000).
3.1. FORMA DE PAGO:
Para la realización del pago efectivo de las obras requeridas para las fachadas e interiores de la entidad, se establece la siguiente forma de pago:
1). UN PRIMER DESEMBOLSO, equivalente al 30 % del valor total del contrato como pago anticipado para lo cual se requerirá:
A. Suscripción del acta de inicio.
B. Designación del supervisor del contrato por parte de la E.S.E HOSPITAL SAN XXXXXXX XX XXXX XX XXXX DEL MUNICIPIO XX XXXXXXXX - ANTIOQUIA.
C. Constitución de Póliza que garantice el 100% del anticipo.
D. Aprobación del cronograma del contrato por parte del supervisor y/o interventor contratado para la obra.
2) Se realizarán pagos parciales semanales y/o mensuales, dependiendo del porcentaje ejecutado del objeto de la obra, los ítems de obra desarrollados y el presupuesto disponible. En todo caso, si el pago se hace semanal, no podrá ser superior al 8% del valor total del contrato.
3). UN ÚLTIMO DESEMBOLSO, equivalente a la suma de 6% o superior, contra entrega de los siguientes productos: A. La certificación del supervisor del contrato designado por el
E.S.E HOSPITAL SAN XXXXXXX XX XXXX XX XXXX DEL MUNICIPIO XX XXXXXXXX - ANTIOQUIA que acredite el avance del 100% de ejecución de obra, la cual debe incluir:
1) El correspondiente informe de interventoría con registro fotográfico del avance;
2) La respectiva acta final de obra avalada por el interventor.
4.2. GASTOS A CARGO DEL CONTRATISTA
Todos los gastos de legalización y ejecución derivados del contrato que estarán a cargo del contratista, especialmente los siguientes:
- Los descuentos xx Xxx.
- Lo correspondiente al otorgamiento y prórroga de las pólizas que se exigirán en el respectivo contrato, si fuere necesarias.
- Retención en la Fuente: La E.S.E. San Xxxxxxx xx Xxxx deberá descontar, en su oportunidad, del monto de la factura la retención en la fuente (si a ello hubiere lugar) en el valor que la Ley determine y a las tarifas vigentes, las cuales se entienden aceptadas, contenidas y en el contrato.
- Pagos al Sistema de Seguridad Social en Salud, (Salud, Pensión, Riesgos Laborales yParafiscales).
- Los impuestos, derechos, tasas y contribuciones que se originen en desarrollo del contrato, sean estos de carácter Nacional y Departamental.
- se realizará el cobro de las estampillas que hayan sido establecidas por parte del Municipio xx Xxxxxxxx.
ESTAMPILLA | PORCENTAJE |
PROCULTURA | 1.5% |
PROHOSPITAL | 1% |
ELECTRIFICACIÓN RURAL | 1% |
ADULTO MAYOR | 4% |
TASA DEPORTE | 2.5% |
XXXXX XXXXX XXXXXXX | 0.4% |
TOTAL | 10.4% |
La contratista deberá tener en cuenta que la utilidad del contrato va gravada con el IVA. Las retenciones xx xxx como son la retención en la fuente y retención de IVA se efectuarán de acuerdo a la información de cada contratista teniendo en cuenta si son declarantes o no xx xxxxx, grandes contribuyentes, agentes retenedores entre otros, según la información contenida en el RUT.
Así mismo, la E.S.E. ejercerá las retenciones a que hubiere lugar sobre el porcentaje del 4% sobre el valor de la prestación del servicio cuando se trate de personas jurídicas o el 6% si se trata de persona natural, de conformidad con los lineamientos que se establecen en el Estatuto Tributario en los artículos 365 y siguientes.
4. CAUSALES DE RECHAZO DE LAS OFERTAS.
Sin perjuicio de lo establecido por la ley aplicable, serán rechazadas las propuestas cuando por su contenido, impidan la selección objetiva, y especialmente en los siguientes casos:
a. Cuando los oferentes se encuentren incursos en causal de inhabilidad o incompatibilidad establecida en la Constitución Política y la Ley.
b. Cuando frente a los requisitos habilitantes, previo requerimiento, no se presenten los documentos o aclaraciones en el plazo establecido por la E.S.E. o cuando las aclaraciones o documentos presentados no satisfagan las exigencias de la invitación.
c. Cuando se compruebe que un proponente ha interferido, influenciado u obtenido correspondencia interna, proyectos de conceptos de evaluación o de respuesta a observaciones no enviados oficialmente a los proponentes.
d. Cuando se compruebe confabulación entre los proponentes tendiente a alterar la aplicación de los principios fijados por LA ENTIDAD para el procedimiento de contratación.
e. Cuando el proponente incumpla cualquiera de las especificaciones técnicas establecidas en la invitación.
f. Cuando el oferente se encuentre reportado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República, de conformidad con el Artículo 60 de la Ley 610 de 2000.
g. Cuando la oferta económica contenida en el ANEXO 2 Incluido IVA, supere el valor del presupuesto oficial Incluido IVA.
h. Cuando para éste mismo proceso se presenten varias propuestas por parte del mismo proponente, por sí o por interpuesta persona, en un Consorcio, Unión Temporal o individualmente.
i. Cuando los documentos presentados por el proponente contengan información que de cualquier manera no corresponda a la realidad, caso en el cual se iniciaran las acciones correspondientes, si a ello hubiere lugar.
j. Cuando la propuesta se presente en forma extemporánea, o en lugares distintos al previsto en esta invitación.
k. Cuando la oferta sea presentada en moneda diferente a pesos colombianos.
l. Cuando se presente propuestas alternativas, es decir, cuando oferten por bienes diferentes, o que no cumplan todas las características técnicas descritas en el numeral 3 de la presente invitación.
m. Cuando el valor de la propuesta sea considerado artificialmente bajo, conforme lo establecido en el numeral 2.2.1.1.2.2.4 del Decreto 1082 de 2015 y en todo caso sea inferior al 20% según la guía para el manejo de ofertas artificialmente bajas G- MOAB-01.
n. Cuando el proponente que presentó la oferta más económica, al responder la solicitud de aclaración o la solicitud de explicación por precio artificialmente bajo que hace la entidad, modifica el valor inicialmente presentado.
o. Cuando se presenten discrepancias entre las cantidades o las unidades de medida establecidas por LA ENTIDAD y las consignadas por el proponente.
p. Los demás casos expresamente establecidos en la presente invitación y en la normatividad vigente.
5. CRONOGRAMA
5.1. CRONOGRAMA
ACTIVIDAD | LUGAR – FECHA y HORA | OBSERVACIONES | |
Estudios Previos | En el SECOP y Página Web de la Entidad el 19 xx xxxxx de 2023 | A partir de las 09:00 A.M. | |
Publicación de términos de referencia | En el SECOP y Página Web de la Entidad el 19 xx xxxxx de 2023 | A partir de las 10:00 A.M. | |
Invitación a ofertar | A las direcciones electrónicas de los proveedores 20 xx xxxxx de 2023 | A partir de las 1:00 P.M. | |
Presentación de las Propuestas | Desde las 3:00 P.M. del 20 xx xxxxx de 2023 hasta las 2:00 P.M. del 24 de abril 2023 hasta las 8:00 AM | Las propuestas deben ser entregadas en sobre cerrado o como mensaje de datos y podrá ser entregado en la secretaría de la Gerencia, ubicada en la Xxxxx xxx xxxxxx Xx. 00-000 o al correo xxxxxxxxxxx | |
Publicación Acta de cierre | En la oficina de gerencia el 24 xx xxxxx de 2023. | 9:30 A.M | |
Acta de selección | En la oficina de gerencia, 24 xx xxxxx de 2023. | 11:00 A.M. | |
Legalización contrato | Dentro de los 3 días siguientes al acta de selección |
5.2. MODALIDAD DE SELECCIÓN.
La modalidad de contratación es directa de conformidad con lo establecido por el numeral 1 del artículo 12 del manual de contratación, el cual establece que “los de mínima cuantía se denominarán órdenes de prestación de servicios o bienes y serán
igual o inferior a 200 SMLMV”. Para la celebración de estas órdenes se requiere consultar precios xxx xxxxxxx de manera previa a su celebración” y el trámite que se le dará, será el establecido en el artículo 14 del mismo manual que establece que cuándo se trate de contratación que reúna las características de mínima cuantía, la contratación será de manera directa y siguiendo los lineamientos establecidos para tal contratación.
Que el numeral 6° del artículo 195 de la Ley 100 de 1993, establece que las Empresas Sociales del Estado se someterán al régimen contractual de derecho privado, pero podrán discrecionalmente, utilizar las cláusulas excepcionales previstas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.
Que el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007 dispone que las entidades estatales que por disposición legal cuenten con un régimen contractual distinto al del Estatuto General de Contratación de la administración pública, aplicarán en desarrollo de su actividad contractual y acorde con su régimen legal especial, los principios de la función administrativa y la gestión fiscal de que tratan los artículos 209 y 267 de la Constitución Política respectivamente según sea el caso; y estarán sometidas al régimen de inhabilidades e incompatibilidades previstos legalmente para la contratación estatal.
Que el código del Procedimiento Administrativo y de lo contencioso administrativo adoptado por la Ley 1437 de 2011, define en su artículo 3 el alcalde de los principios de la función administrativa y la gestión fiscal.
Que el artículo 76 de la Ley 1438 de 2011 estableció que las Juntas Directivas de las Empresas Sociales del Estado deberán adoptar un Estatuto de Contratación de acuerdo con los lineamientos que defina el Ministerio de Protección Social, hoy de Salud y Protección Social.
Que la resolución N° 5185 del 3 de diciembre de 2013 “Por medio de la cual se fijan los lineamientos para que las Empresas Sociales del Estado adopten el estatuto de contratación que regirá su actividad contractual”.
Que, en cumplimiento de la normatividad anterior, se acoge por la Junta Directiva de la E.S.E., el Manual de contratación del 15 xx xxxxxx de 2014 “Por medio del cual se deroga el acuerdo 004 del 22 de enero de 2011 y se aprueba y adopta el manual de contratación de la E.S.E Hospital San Xxxxxxx xx Xxxx del municipio xx Xxxxxxxx”.
Así las cosas, en atención a que el presente proceso de selección es de mínima cuantía, la contratación del presente proceso se desarrollará de manera directa previa verificación de la capacidad técnica, jurídica y financiera del oferente, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 14 del Manual de Contratación adoptado por la E.S.E.
5.3. PUBLICIDAD.
La Constitución Política de Colombia, consagra en su artículo 209, los principios de la función pública, entre estos el de publicidad, entendida como la difusión efectiva de las
convocatorias en condiciones que permitan ser conocidas por la totalidad de los candidatos potenciales.
Así mismo la Ley 1150 de 2007, estableció en el artículo 3 “(…) la sustanciación de las actuaciones, la expedición de los actos administrativos, los documentos, contratos y en general los actos derivados de la actividad precontractual y contractual, podrán tener lugar por medios electrónicos. Para el trámite, notificación y publicación de tales actos, podrán utilizarse soportes, medios y aplicaciones electrónicas. Los mecanismos e instrumentos por medio de los cuales las entidades cumplirán con las obligaciones de publicidad del proceso contractual serán señalados por el Gobierno Nacional.”
En tal sentido el Decreto 1082 de 2015, en el Capítulo VII, Publicidad, que consagra en su artículo 2.2.1.1.1.7.1 “Publicidad en el SECOP. La Entidad Estatal está obligada a publicar en el SECOP los Documentos del Proceso y los actos administrativos del Proceso de Contratación, dentro de los (3) días siguientes a su expedición. La oferta que debe ser publicada es la del adjudicatario del Proceso Contratación. Los documentos de las operaciones que se realicen en bolsa de productos no tienen que ser publicados en el SECOP.
Nota: Será de exclusiva responsabilidad del interesado verificar que la información, que adquiere a través del SECOP II, corresponda al proceso y la etapa del mismo en el cual desee participar, no siendo de recibo reclamo alguno al respecto.
5.4. PLAZO DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
La evaluación de las propuestas se efectuará dentro del término señalado en el Cronograma del proceso, incluido en la presente invitación.
La E.S.E. verificará que el proponente acredite el cumplimiento de los requisitos habilitantes con respecto a su capacidad para presentar oferta y ejecutar el objeto del futuro contrato a celebrar.
5.5. DECLARATORIA DE DESIERTA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
La E.S.E. declarará desierto el presente proceso de selección en caso de no lograrse la adjudicación.
6. REQUISITOS HABILITANTES.
De acuerdo con lo establecido con el Artículo 2.2.1.1.1.6.2 del Decreto 1082 de 2015, la Entidad procederá a verificar los requisitos habilitantes según la invitación del proceso.
6.1. CAPACIDAD JURÍDICA
Descripción del requisito | Requerido |
1 | Carta de presentación de la propuesta: | La carta de presentación de la propuesta. Dicho requisito tiene como finalidad que el proponente exprese de manera clara e inequívoca que conoce los términos del proceso de selección, que acepta sus condiciones y que cumple con los requisitos y exigencias de orden jurídico; razón por la cual debe ser debidamente suscrita por el proponente, el Representante Legal de la persona jurídica, por la persona designada para representar el Consorcio o Unión Temporal, o apoderado; según sea el caso. Los proponentes no deben encontrarse incursos en causal de inhabilidad e incompatibilidad, consagradas en los Artículos 8º y 9º de la Ley 80 de 1993 y demás disposiciones constitucionales y legales vigentes sobre la materia; lo anterior, será declarado bajo la gravedad de juramento, el cual se entenderá prestado con la firma de la propuesta. |
2 | Autorización para presentar oferta y suscribir el futuro contrato a celebrar | En el evento en que las facultades del Representante Legal estén limitadas, de conformidad con lo previsto en el Certificado de Existencia y Representación Legal, se debe acreditar que las facultades del Representante Legal son suficientes para la presentación de la oferta. Para tal efecto, se solicita indicar si las facultades del Representante Legal son suficientes para la presentación de la oferta, conforme lo dispuesto en un artículo específico de sus estatutos sociales, en tal caso indicar qué artículo, o si responde a una autorización impartida por el órgano social competente, en tal caso, indicar el órgano social y el número del Acta de la reunión a través de la cual se impartió tal autorización. |
3 | Certificado de Existencia y Representación Legal | Se deberá adjuntar el respectivo certificado de existencia y representación legal |
4 | Fotocopia de la cédula de ciudadanía del Representante Legal | Se debe adjuntar la fotocopia de la cédula de ciudadanía del Representante Legal o de la persona natural, según fuere el caso. |
5 | Certificación sobre el cumplimiento de las obligaciones al Sistema de Seguridad Social y Aportes Parafiscales | El proponente deberá acreditar que se encuentra al día en el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral (salud, pensiones y riesgos profesionales), y aportes parafiscales mediante certificación suscrita por el revisor fiscal y/o representante legal, en aquellos casos que sea procedente. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 789 de 2002, cuando se trate de personas jurídicas, se deberá certificar que se han efectuado los pagos dentro de los últimos seis (6) meses anteriores a la fecha de cierre del proceso de selección. Adicionalmente, cuando el proponente se encuentre exento de realizar el pago de aportes parafiscales (SENA e ICBF), deberá también realizar una manifestación suscrita por el revisor fiscal y/o representante legal, que acredite su condición de beneficiario de dicha exoneración al cumplir con los presupuestos normativos del artículo 25 de la Ley 1607 de 2012 y Decreto 862 de 2013. Cuando se trate de consorcio o uniones temporales, cada uno de sus miembros integrantes deberá aportar los certificados aquí exigidos. En caso de que el proponente no tenga a su cargo personas vinculadas por medio de contrato laboral, la persona natural, el Representante Legal o Revisor Fiscal, según sea el caso; deberá anexar certificación manifestando tal situación. |
6 | Fotocopia del Registro Único Tributario - RUT (actualizado) | Presentar copia legible del Formulario de Registro Único Tributario – RUT, expedido por la DIAN, la información contenida en éste debe estar actualizada. |
7 | CERTIFICACIÓN RESPONSABILIDAD FISCAL | Información que verifica la E.S.E. Se debe aportar el certificado generado por parte de la Contraloría General de la República, en caso de que el proponente sea una persona jurídica, se debe aportar el certificado del representante legal y de la persona jurídica. |
8 | CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS | Información que verifica la E.S.E. Se debe aportar el certificado generado por parte de la Procuraduría General de la Nación, en caso de que el proponente sea una persona jurídica, se |
debe aportar el certificado del representante legal y de la persona jurídica. | ||
9 | CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES | Se debe aportar del certificado de la persona natural y/o representante legal de la persona jurídica, descargado directamente de la página de la Policía Nacional de Colombia. |
10 | CERTIFICADO SISTEMA REGISTRO NACIONAL DE MEDIDAS CORRECTIVAS (RNMC). | Se debe aportar del certificado de la persona natural y/o representante legal de la persona jurídica, descargado directamente de la página de la Policía Nacional de Colombia. |
11 | CARTA DE PRESENTACIÓN | Diligenciar anexo 1 |
12 | FORMULARIO DE PROPUESTA ECONÓMICA. | Diligenciar anexo 2 |
13 | RÉGIMEN DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. | Diligenciar formato anexo 3 |
14 | CERTIFICADO PAGO SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES. | Diligenciar anexo 4 |
15 | COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN. | Diligenciar anexo 5 |
16 | DECLARACIÓN JURMENTADA DE MULTAS Y/O SANCIONES. | Diligenciar anexo 7 |
6.2. EXPERIENCIA.
El oferente deberá aportar por lo menos dos certificaciones de haber celebrado un contrato con una entidad pública o privada cuya cuantía sumadas las certificaciones sea mínimo equivalente al valor del presupuesto oficial y similar al objeto contractual a celebrar.
7. REGLAS DE SUBSANABILIDAD
De conformidad con lo estipulado en el Artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, primará lo sustancial sobre lo formal y por lo tanto, no será rechazada una propuesta por la ausencia de requisitos o la falta de documentos que verifiquen las condiciones del proponente o soporten el contenido de la oferta y que no constituyan factores de escogencia establecidos en el pliego de condiciones.
8. CRITERIOS DE CALIFICACIÓN Y EVALUACIÓN
Por tratarse de un proceso sin límite de cuantía, el criterio de selección no solo obedece a criterios tales como precio, sino que también de acuerdo con lo dispuesto por la observación del artículo 14 del Manual interno de contratación, será igualmente tenida en cuenta aquella propuesta que ofrezca formas o condiciones de pago más favorables para la Entidad, la calidad del servicio que se entrega y la experiencia del oferente, entre otros criterios.
9. DOMICILIO CONTRACTUAL.
Para todos los efectos, se entenderá como domicilio contractual el Municipio xx Xxxxxxxx del Departamento de Antioquia.
10. SUPERVISIÓN
En cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 83 de la Ley 1474 de 2011 “Supervisión e interventoría contractual”; para el presente contrato la supervisión administrativa y financiera será ejercida por la Subdirectora Administrativa y Financiera y la supervisión técnica será ejercida por quien el gerente contrate para dicha función dentro de la
E.S.E. Hospital San Xxxxxxx xx Xxxx del Municipio xx Xxxxxxxx, Antioquia.
11. CESIÓN DEL CONTRATO
El Contratista seleccionado con el comunicado de aceptación no podrá ceder el contrato resultante del presente proceso de selección a persona alguna, salvo autorización previa, expresa y escrita de la administración municipal.
12. IMPUESTOS Y DEDUCCIONES
El Contratista pagará todos los impuestos, derechos, tasas y similares que se deriven del contrato, y por lo tanto, la omisión en el pago será de su absoluta responsabilidad.
Se entenderán incluidos en el valor del contrato, todos los impuestos, costos, gastos, tasas, contribuciones y utilidades del Contratista, derivados de la ejecución del contrato, circunstancia que se entiende aceptada por el oferente, con la presentación de la oferta.
13. SUBCONTRATOS
El Contratista no podrá subcontratar la totalidad del Contrato, y aquellos subcontratos que tuviere que celebrar para la correcta ejecución de sus obligaciones deberán tener la previa aprobación de la E.S.E, en cuyo caso, el contratista será el único responsable de la celebración de los mismos, todo lo cual realiza en su propio nombre y por su cuenta y riesgo, sin que administración municipal adquiera responsabilidad alguna por dichos actos.
14. CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA
La administración municipal - podrá imponer al contratista, en caso de declaratoria de incumplimiento o retardo en el cumplimiento del objeto contractual dentro del plazo establecido para el efecto, como pena, una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato. El valor de la cláusula penal que se haga efectiva, se considerará como pago parcial de los perjuicios causados a la E.S.E., sin perjuicio que la misma pueda cobrar los perjuicios probados y exigir el cumplimiento del objeto contractual.
15. INDEMNIDAD
Será obligación del contratista mantener libre a E.S.E. de cualquier daño perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes
16. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
La liquidación del Contrato se hará de común acuerdo entre el contratista y la contratante, dentro del mes siguientes a la fecha de terminación del mismo. Dentro de este plazo, las partes acordarán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar, de los cuales quedará constancia en el acta de liquidación.
Si el contratista no concurre a la liquidación del contrato, o las partes no llegan a un acuerdo sobre el contenido de la misma, la contratante lo liquidará unilateralmente dentro del mes siguiente al vencimiento del primer mes previstos para la liquidación bilateral. Si vencido en el plazo anteriormente establecido no se ha realizado la liquidación, la misma podrá ser realizada en cualquier tiempo dentro de los dos (2) años siguientes.
17. COMPENSACIÓN
El contratista manifiesta bajo la gravedad del juramento, que se entiende prestado con la presentación de la respectiva oferta, estar x xxx y salvo con la E.S.E. Adicionalmente, autoriza a la tesorería, para que, en el momento de efectuar un pago al contratista, automáticamente, sin previo aviso y siempre y cuando no exista un acuerdo de pago vigente entre el Contratista y la E.S.E., realice un xxxxx xx xxxxxxx, para compensar los valores que tenga en xxxx por cualquier concepto.
18. RIESGOS PREVISIBLES MATRIZ DEL RIESGO:
Para la ejecución de este contrato se pueden presentar los siguientes riesgos:
Ver matriz de riesgos anexo al estudio previo.
19. MECANISMOS DE COBERTURA
En razón de la cuantía, la modalidad de selección y de las actividades derivadas del objeto contractual, de conformidad a las políticas establecidas por el Manual de Contratación de la E.S.E. Hospital San Xxxxxxx xx Xxxx del Municipio xx Xxxxxxxx en su artículo se exigirán las siguientes garantías:
AMPARO | SUFICIENCIA | VIGENCIA |
AMPARO DE CUMPLIMIENTO | Por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato. | Por el plazo total de ejecución del contrato seis (6) meses más y en todo caso su vigencia se extenderá hasta el plazo previsto para la liquidación del contrato. |
PAGO DE SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES LEGALES E INDEMNIZACIONES LABORALES | Por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato | Por el plazo total de ejecución del contrato y tres (3) años más. |
ESTABILIDAD Y CALIDAD DE LA OBRA | Por un valor equivalente al treinta por ciento (30%) del valor del contrato | Su vigencia será de cinco (5) años contados a partir de la fecha de suscripción del acta de recibo final de los trabajos contratados. |
CALIDAD Y CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES. | Por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato | Su vigencia será de cinco (5) años contados a partir de la fecha de suscripción del acta de recibo final de los trabajos contratados. |
DEVOLUCION DEL PAGO ANTICIPADO | Por un valor equivalente al cien (100%) del pago anticipado | Por el plazo total de ejecución del contrato y seis meses más. |
PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL
La responsabilidad extracontractual sólo puede ser amparada con un contrato de seguro contenido en una póliza.
Para garantizar la responsabilidad civil frente a terceros, derivada de la ejecución del contrato, en cuantía equivalente a DOSCIENTOS (200) salarios mínimos legales vigentes (SMMLV). Por una duración del plazo de ejecución del contrato.
El amparo de responsabilidad civil extracontractual debe contener además de la cobertura básica de predios, labores y operaciones, los amparos señalados en el artículo 2.2.1.2.3.2.9. del Decreto 1082 de 2015.
Restablecimiento o ampliación de la garantía
De acuerdo a lo estipulado en el artículo 2.2.1.2.3.1.18 del decreto 1082 de 2015 cuando el contratista incumpla su obligación de obtenerla, ampliarla o adicionarla deberá restablecerla a más tardar dentro de los cinco días hábiles al requerimiento efectuado por el Ordenador del Gasto o Competente Contractual. En su defecto, la administración se reserva el derecho de
solicitar unilateralmente al garante el restablecimiento de la garantía única establecida, aspecto que deberá ser previamente consignado en el contrato.
El contratista deberá mantener indemne a la E.S.E HOSPITAL SAN XXXXXXX XX XXXX DEL MUNICIPIO XX XXXXXXXX - ANTIOQUIA de cualquier reclamación proveniente de terceros que tenga como causa las actuaciones propias de éste, y que se originen como consecuencia de la celebración, ejecución y liquidación del contrato.
El CONTRATISTA deberá mantener vigente las garantías, amparos y pólizas a que se refiere esta cláusula y serán de su cargo el pago de todas las primas y demás erogaciones de constitución, mantenimiento y restablecimiento inmediato de su monto, cada vez que se disminuya o agote por razón de las sanciones que se impongan.
Si el CONTRATISTA no modifica las garantías, éstas podrán variarse por la aseguradora a petición de la E.S.E HOSPITAL SAN XXXXXXX XX XXXX DEL MUNICIPIO XX XXXXXXXX - ANTIOQUIA y a cuenta
del CONTRATISTA quien por la firma del contrato que se le adjudique autoriza expresamente la
E.S.E HOSPITAL SAN XXXXXXX XX XXXX DEL MUNICIPIO XX XXXXXXXX - ANTIOQUIA para retener y descontar los valores respectivos de los saldos que hubiere a su favor, sin que por ello se entienda que él, asume la responsabilidad de la ampliación de los amparos y pago de las primas, los cuales son responsabilidad del contratista.
En la Garantía debe quedar expresamente consignado que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago de las multas y de la penal pecuniaria convenidas. Así mismo deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión.
Estos mecanismos de cobertura son requeridos por la entidad, teniendo en cuenta que el objeto de las mismas, sirven para respaldar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que surgen a cargo del contratista frente a la administración y /o terceros, por razón de la celebración, ejecución y liquidación del contrato.
Adicionalmente en la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión, así mismo que ampara las multas y cláusula penal convenida.
Las vigencias de todos los amparos deberán iniciar desde la fecha de constitución de la garantía. El hecho de la constitución de estos amparos no exonera al CONTRATISTA de las responsabilidades legales en relación con los riesgos asegurados. Dentro de los términos estipulados en el contrato, ninguno de los amparos otorgados podrá ser cancelado o modificado sin la autorización expresa de la E.S.E HOSPITAL SAN XXXXXXX XX XXXX DEL MUNICIPIO XX XXXXXXXX - ANTIOQUIA.
Para constancia, firma en Remedios, Antioquia, a los diecinueve (19) días del mes xx xxxxx del año 2023.