DECRETO
Con fecha 23 xx xxxxx de 2017 la Alcaldía – Presidencia ha dictado el Decreto nº 1715, cuyo contenido literal se reproduce a continuación:
DECRETO
Adjudicación del contrato de opción de compra y, en su caso, posterior enajenación de la parcela residencial RA de propiedad municipal que se localiza en el Área de Ordenación Remitida AOR 402 CLH de Santurtzi.
La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria 12/2017, celebrada el día 18 xx xxxxx, aprueba el inicio de expediente del contrato privado que tiene por objeto el señalado en el epígrafe, por procedimiento abierto, mediante concurso y tramitación ordinaria, no sujeto a regulación armonizada.
La convocatoria se publica en el Boletín Oficial de Bizkaia nº 86 de 8 xx xxxx de 2017, así como en el Perfil de Contratante del Ayuntamiento de Santurtzi en la misma fecha.
Finalizado el plazo de presentación de proposiciones, se registra una oferta, presentada por Xxxxxxxxxxx Promoción y Gestión Inmobiliaria, S.L.
Vista la Acta de la Mesa de Contratación de fecha 29 xx xxxx de 2017, en relación con la apertura de los sobres A y B, y acordada la admisión de la única oferta presentada.
Visto el informe de la Directora del Area de Urbanismo y Medio Ambiente de fecha 30 xx xxxx de 2017 en relación con el trámite de valoración de los criterios evaluables con arreglo a un juicio de valor y el acta de la Mesa de Contratación de fecha 2 xx xxxxx de 2017, en la que se ratifica dicho informe y se asigna a la oferta presentada las siguientes puntuaciones: Diseño del edificio: 15 puntos; Programación de los trabajos y de la promoción: 15 puntos; Diseño energético del edificio, control energético mediante el diseño de las instalaciones y criterios medioambientales en los materiales: 10 puntos. Total puntos sobre B: 40 puntos.
En la misma sesión de 2 xx xxxxx de 2017 se realiza la apertura del Sobre C (documentación relativa a los criterios evaluables de forma automática), cuyo contenido es el que se indica a continuación:
Plica núm. 1: Xxxxxxxxxxx Promoción y Gestión Inmobiliaria, S.L.
Importe: 2.238.990,61 €.
I.V.A: 21%: 470.188,02 €.
Total: 2.709.178,63 €
Siendo la proposición económica por el importe máximo previsto, y de conformidad con lo previsto en el punto 9 de la Carátula que indica que Se otorgará la puntuación máxima a aquella oferta que iguale el tipo de licitación máximo previsto en el punto 2 de esta carátula, procede asignar a la oferta los 60 puntos correspondientes a los criterios valorables con arreglo a fórmulas, resultando las siguientes puntuaciones totales:
Puntuación sobre B | Precio (sobre C) | Puntuación Total | |
Xxxxxxxxxxx Promoción y Gestión Inmobiliaria, S.L. | 40 | 60 | 100 |
A la vista de todo lo expuesto, la Mesa de Contratación acuerda, por unanimidad de sus miembros, elevar al órgano de contratación propuesta de adjudicación del contrato a favor xx Xxxxxxxxxxx Promoción y Gestión Inmobiliaria, S.L.
Por Resolución del Concejal Delegado de Urbanismo y Medio Ambiente nº 1.492, de 6 xx xxxxx de 2017, se requiere a la citada empresa la presentación de la documentación preceptiva con carácter previo a la adjudicación del contrato, en plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a la recepción del requerimiento, lo que se realiza por el propuesto adjudicatario en tiempo y forma.
Con fecha 20 xx xxxxx de 2017, el Tesorero Municipal informa que Jaureguizar Promoción y Gestión Inmobiliaria, S.L. no tiene deuda tributaria alguna pendiente con esta Administración.
El artículo 151.3 Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) dispone que el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, adjudicación que
en todo caso deberá ser motivada, notificándose a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, publicándose en el perfil de contratante.
A la vista de lo anteriormente expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por la Disposición Adicional Segunda del TRLCSP y demás disposiciones legales y reglamentarias en vigor y de aplicación,
RESUELVO
Primero- Declarar la validez de los actos licitatorios, adjudicando el contrato x Xxxxxxxxxxx Promoción y Gestión Inmobiliaria, S.L., de conformidad con el contenido de la proposición y los Pliegos de Cláusulas Jurídico Administrativas y Técnicas que rigen el presente contrato.
Segundo- Comunicar al adjudicatario que deberá personarse en el Servicio de Contratación en un plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente a aquél en que se reciba la notificación de la presente adjudicación, al objeto de suscribir el correspondiente contrato
Con carácter previo a la formalización del contrato de opción de compra, Xxxxxxxxxxx Promoción y Gestión Inmobiliaria, S.L., deberá abonar al Ayuntamiento de Santurtzi el primer pago del 5% del valor máximo de la parcela, esto es, 135.458,93 € (21 % de I.V.A. incluido).
El pago se realizará en metálico mediante ingreso en la Tesorería Municipal y si se realiza, en cualquier entidad bancaria, deberá acreditarse el abono mediante la presentación del correspondiente documento justificativo, en el departamento indicado.
Tercero.- Xxxxxxxxxxx Promoción y Gestión Inmobiliaria, S.L., efectuará el resto de pagos en la forma y cuantía previstas en el Pliego que regula este contrato, esto es: un segundo pago del 10% máximo de la parcela, 270.917,86 € (21% de I.V.A. incluido) en un plazo máximo de 5 meses contados desde la fecha de firma del contrato de opción de compra y un tercer pago, por el importe restante hasta alcanzar el 100% del precio ofertado, esto es, 2.302.801,84 € (21 % de I.V.A. incluido) en el plazo máximo de CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO DÍAS NATURALES
contado desde la formalización del contrato de opción de compra de la parcela, haciéndolo coincidir con la firma de las Escrituras de compraventa. Si los plazos finalizan en día inhábil, se pospondrán hasta el siguiente día hábil.
Cuarto- Comunicar asimismo x Xxxxxxxxxxx Promoción y Gestión Inmobiliaria,
S.L. que antes de la firma del contrato de opción de compra deberán constituir en la Tesorería municipal un depósito por importe de 2.500 euros para hacer frente a los gastos de los anuncios de licitación en prensa y boletines oficiales. Una vez se reciban las facturas se efectuará la correspondiente liquidación, reintegrándoles en su caso el importe que exceda del gasto realmente producido. Este depósito se efectuará con independencia de que se ejercite o no la opción de compra.