Página 1 de 15 PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SEGURO PARA LAS OBRAS DE ARTE QUE CONFORMAN LA EXPOSICION TEMPORAL INTERNACIONAL “MAYAS” TRAMITACIÓN: URGENTE PROCEDIMIENTO: NEGOCIADO CON PUBLICIDAD. Nº EXPEDIENTE...
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PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SEGURO PARA LAS OBRAS DE ARTE QUE CONFORMAN LA EXPOSICION
TEMPORAL INTERNACIONAL “MAYAS”
TRAMITACIÓN: URGENTE PROCEDIMIENTO: NEGOCIADO CON PUBLICIDAD.
Nº EXPEDIENTE 2017/FMARQ/204
OBJETO DEL CONTRATO
Cláusula 1.
1.- El presente contrato tiene por objeto la suscripción por parte de la Fundación C.V. MARQ de una póliza de seguro bajo la modalidad “Clavo a Clavo” y a “Todo Riesgo” conforme a las condiciones que se especifican en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas, los cuales tienen la consideración de coberturas mínimas para las piezas de arte que conforman la exposición temporal internacional “MAYAS-“. La totalidad de los bienes a asegurar pertenecen al Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx x Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx y forman parte del Patrimonio Cultural de la Nación. Dicho objeto se corresponde con la codificación del Vocabulario Común de Contratos con el código de la Clasificación de Productos por Actividades (CPA-2008). Código de CPV-66000000-0 Servicios financieros y de seguros. 2.- La prestación objeto del contrato se describe en las Prescripciones Técnicas adjuntas, que tendrán carácter contractual, y se considerarán, a todos los efectos, incorporados al presente pliego de cláusulas particulares. El desconocimiento del Contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anejos que forman parte del mismo o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole que puedan tener aplicación a la ejecución de lo pactado, no eximirá al ADJUDICATARIO de la obligación de su cumplimiento. 3.- Entidad contratante:
Fundación de la Comunitat Xxxxxxxxxx XXXX Dirección. Xxxxx Xx. Xxxxx Xxxx x/x xx Xxxxxxxx. Teléfono: 000 00 00 00 Fax: 000 00 00 00 Dirección de correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx
Forma de acceso al perfil del contratante de la Fundación de la Comunitat Xxxxxxxxxx XXXX: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx 4.- La competencia para la celebración del presente contrato corresponde a la Dirección- Gerencia de la Fundación C.V. MARQ.
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PRESUPUESTO
Cláusula 2.
1.- El presupuesto total de licitación del contrato asciende a la cantidad de 40.000 €, incluidos impuestos para el periodo de duración del contrato. 2.- El valor estimado del contrato, según las reglas establecidas en el las Instrucciones de Contratación de la Fundación, asciende a 40.000 € euros. Este contrato está exento de I.V.A. según el núm. 16 apartado uno del art. 20 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. 3.- Las obligaciones económicas que se deriven para la Fundación MARQ del cumplimiento de este contrato se atenderán, con cargo a los presupuestos aprobados para el ejercicio de 2017.
PLAZO DE EJECUCIÓN
Cláusula 3.
1.- El contrato que se suscriba tendrá una duración de 10 meses y 15 días, a contar desde las 00:00 h del 25/04/17 hasta las 00:00 horas del 10/02/2018 de acuerdo con el siguiente desglose.
- Transporte y montaje de la exposición: del 25 xx xxxxx al 24 xx xxxx de 2017. - Periodo de exhibición: del 00 xx xxxx 0000 al 07 de enero de 2018. - Desmontaje y Transporte devolución de la exposición: del 08 de enero al 10 de
febrero de 2018. *El calendario de fechas señaladas son indicativas y están sujetas a confirmación por cuestiones de Protocolo y organización. La duración del contrato con independencia de los ajustes que puedan producirse en el calendario será de 10 meses y 15 días, sin perjuicio de lo que se expone en el apartado siguiente.
2.- Para el caso de que se prorrogara el préstamo de las piezas, la compañía adjudicataria estará obligada a la extensión del contrato en las mismas condiciones adjudicadas por el tiempo adicional xx xxxxxxxx cobrando por ello la prima proporcional al tiempo prorrogado. Se establece como límite de prórroga en estas condiciones 6 meses.
PLAZO DE GARANTIA
Cláusula 4.
No se establece.
GARANTIAS.
Cláusula 5.
Garantía provisional. No se requiere.
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Cláusula 6.
1.- Garantía definitiva. El adjudicatario provisional deberá constituir a favor de la Fundación una garantía definitiva correspondiente al 5% del importe de adjudicación del contrato (I.V.A. exento). La garantía exigida podrá prestarse en alguna de las formas previstas en el art. 96.1 del T.R. de la L.C.S.P. 2.- A la finalización del contrato, si no existieran responsabilidades exigibles y terminando, en su caso, el plazo de garantía, se procederá a la devolución de la garantía definitiva constituida.
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION
Cláusula 7.
1.- El presente contrato se adjudicará mediante procedimiento negociado con publicidad, de conformidad con lo establecido en las Instrucciones de Contratación, admitiéndose una única proposición por licitador. El licitador tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal si ya lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. El incumplimiento de esta cláusula dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. 2.- Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a los siguientes aspectos de negociación:
CRITERIO Nº 1: Oferta económica………………………………………………hasta 70 puntos Se valorará de acuerdo con la siguiente fórmula: P = 70 x (OM / OF). Siendo: P: Puntuación obtenida. OF: Oferta del licitador OM: Oferta más baja presentada
CRITERIO Nº 2: Oferta técnica………………………………………………..….hasta 30 puntos
Se valorará de 0 a 30 puntos la oferta técnica presentada por el licitador, teniendo en cuenta las mejoras ofrecidas sobre los requisitos xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
La puntuación se desglosará:
Aumento de los Gastos Periciales del Asegurado
Las ofertas se valorarán calculando mediante la siguiente fórmula proporcional, el aumento del límite establecido en el PPT del límite máximo por siniestro por siniestro
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LGPOV - LGP Puntuación = 10 x ---------------------
LGPMO - LGP
LGP: Límite de Gastos Periciales por siniestro establecido en el PPT. LGPOV: Límite de Gastos Periciales por siniestro de la Oferta a valorar. LGPMO: Límite de Gastos Periciales por siniestro de la Mejor Oferta presentada.
Aumento de los Gastos de Recompensas y Recuperación de Objetos
Las ofertas se valorarán calculando mediante la siguiente fórmula proporcional, el aumento del límite máximo establecido en el PPT.
LGROV - LGR Puntuación = 10 x ---------------------
LGRMO - LGR
LGR: Límite de Gastos Recompensa establecido en el PPT. LGROV: Límite de Gastos Recompensa por siniestro de la Oferta a valorar. LGRMO:Límite de Gastos Recompensa de la Mejor Oferta presentada.
Aumento de los Gastos por Transporte y Almacenaje durante situación de emergencia.
Las ofertas se valorarán calculando mediante las siguientes fórmulas proporcionales, el aumento porcentual del límite y el aumento de los meses de duración del almacenamiento establecidos en el PPT.
LPSAOV - LPSA Puntuación = 5 x -----------------------------
LPSAMO - LPSA
LPSA: Límite Porcentual suma asegura establecido en el PPT. LPSAOV: Límite Porcentual suma asegurada de la Oferta a valorar. LPSAMO: Límite Porcentual suma asegurada de la Mejor Oferta presentada.
LAMOV - LAM Puntuación = 5 x -------------------------------
LAMMO - LAM
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LAM: Límite Aumento de meses de duración establecido en el PPT. LAMOV: Límite Aumento de meses de duración de la Oferta a valorar. LAMMO: Límite Aumento de meses de la Mejor Oferta presentada.
PLAZO DE PRESENTACION DE PROPOSICIONES
Cláusula 8.
La Fundación MARQ anunciará en la Plataforma de Contratación del Estado y en su Perfil del Contratante la oferta con un mínimo de 10 días naturales de antelación a la fecha señalada como límite para la recepción de proposiciones, por tratarse de un procedimiento de urgencia motivada por la fecha en que le ha sido suministrada por la Fundación, el valoración de cada pieza por el propietario de las mismas.
CAPACIDAD DE CONTRATAR Y PROPOSICIONES: DOCUMENTACION A APORTAR
Cláusula 9.
1.- Podrán contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar de las previstas en el artículo 60.1 del TRLCSP, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en los términos previstos en los artículos 75 y 77 de la citada norma y conforme a lo establecido en el presente Pliego. 2.- En atención al objeto del presente contrato, sólo estarán facultadas para contratar las personas jurídicas españolas o extranjeras, que adopten alguna de las formas legalmente admitidas para el ejercicio de la actividad aseguradora de acuerdo con lo establecido en la Ley 20/2015 de 14 de julio de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras. Los licitadores habrán de ser necesariamente entidades aseguradoras, debiendo acreditar las entidades españolas, la obtención por parte del Ministerio de Economía y Competitividad de la autorización administrativa a que hace referencia el artículo 20 de la Ley 20/2015 de 14 de julio de Ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, mediante certificación de estar inscrita en el registro administrativo de entidades aseguradoras de la Dirección General de Seguros y Fondos de pensiones, así como el estar autorizada para operar en el ramo objeto de esta contratación. Las entidades aseguradoras domiciliadas en otros Estados miembros de la Unión Europea distinto de España que hayan obtenido la autorización para operar en su Estado de origen, podrán ejercer su actividad en España en régimen de derecho de establecimiento o en régimen de libre prestación de servicios de conformidad con lo establecido en el Capítulo II del Título II de la Ley 20/2015. Deberán de acreditar la autorización de su Estado de origen y certificación de que han cumplido con los requerimientos de la Dirección General de Seguros y Fondos de pensiones y por tanto se encuentran inscritas en el registro administrativo de entidades asegurados.
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Las entidades aseguradoras de terceros países distintos a la Unión Europea deberán acreditar la autorización del Ministerio de Economía y Competitividad para establecer Sucursal en España, y que se encuentra inscrita en el registro administrativo de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
3.- La actividad o finalidad de los licitadores deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. 4.- La presentación de proposiciones presume, por parte del empresario, la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas por el T.R.L.C.S.P. para contratar con este Poder Adjudicador. Cláusula 10.
1.- Los sobres se presentarán cerrados en el lugar y dentro del plazo de admisión señalados en el anuncio de licitación y en este Pliego, pudiendo ir lacrados y precintados, y estarán firmados por el licitador o persona que le represente.
En el anverso de cada sobre se indicará el nombre y apellidos o razón social de la empresa, domicilio actual, números de teléfono y fax, dirección de correo electrónico (si dispone de ella), el título y el número de expediente, haciendo constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente. 2.- Los sobres habrán de ser entregados en la Unidad de Administración de la Fundación C.V. MARQ, o enviados por correo, dentro del plazo de admisión señalado en el anuncio, respetándose siempre el secreto de la oferta.
Cuando las proposiciones se entreguen en la Unidad de Administración de la Fundación C.V. MARQ, se le dará recibo al presentador, en el que constará el nombre del licitador, la denominación del objeto del contrato y el día y hora de la presentación.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y comunicar a la Fundación C.V. MARQ la remisión de la oferta mediante télex, fax, telegrama o correo electrónico en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de ofertas señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, cinco días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso. 3.- Los licitadores presentarán los siguientes sobres cerrados y firmados por él mismo o persona que lo represente, en los lugares, días y horas señalados en el anuncio de licitación, sin que puedan contener raspaduras, enmiendas o palabras interlineadas a menos que se hayan salvado con una nueva firma, y contendrán: el sobre nº 1 la documentación administrativa exigida para tomar parte en la licitación, y así se expresa en el sobre, junto con la referencia del expediente y sobre nº 2 Proposición económica (Ofertas económica y técnica) , y así se expresa en el sobre, junto con la referencia del expediente.
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SOBRE 1 DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
En el Sobre núm. 1, los licitadores deberán incluir:
a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario. - Escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional
en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate.
- Código de Identificación Fiscal (C.I.F.).
b) Documentos que acrediten la representación. - Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro,
presentarán copia notarial del poder de representación, bastanteado por el Secretario de la Corporación.
- Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.
- Igualmente la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.
c) Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. - Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del
cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
d) Documentos que justifiquen el cumplimiento de los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
- Autorización administrativa del Ministerio de Economía y Competitividad para ejercer la actividad aseguradora y para el ramo de seguro objeto de la licitación, y/o Certificación de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones de estar inscrita en el registro administrativo de entidades aseguradoras en cumplimiento de los requisitos exigidos en la Ley 20/2015 de 14 de julio de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras para ejercer la actividad aseguradora y para el ramo objeto de la licitación. Para el caso de las entidades aseguradoras de la Unión Europea que operen en España y las sucursales de entidades aseguradoras de terceros países deberán acreditar estar inscritas en el registro administrativo de entidades aseguradoras regulado en el Art. 40 de la Lay 20/2015 de 14 de julio de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.
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- Declaración, firmada por el licitador sobre el volumen global de negocios y sobre el volumen de negocios referido a los servicios de seguros objeto del expediente, realizados por la empresa en los 5 últimos ejercicios disponibles. Mínimo 36.000 € anuales.
- Relación de los principales servicios de seguros xxx xxxx objeto del expediente, efectuado en los últimos 5 años indicando su importe, las fechas y destinatario público o privado de los mismos. Mínimo .En alguno de los 5 años, la suma del volumen de negocio generado por los trabajos realizados iguales o similares al objeto del presente contrato, será como mínimo 2 veces el presupuesto de licitación.
e) Escrito firmado por el licitador en el que conste el número de teléfono, fax y
dirección de correo electrónico y la persona a la que se dirigirán las comunicaciones y requerimientos que sea preciso realizar durante el procedimiento.
f) Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la
Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
La inclusión en el sobre 1 de cualquier documento o información que permita directa o indirectamente conocer el precio ofertado determinará la inmediata exclusión de la oferta.
SOBRE 2 PROPOSICIÓN ECONÓMICA (OFERTA ECONÓMICA Y OFERTA TÉCNICA)
a) Proposición económica.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
«D. (*) _________________________, con domicilio a efectos de notificaciones en _____________, c/ ____________________, n.º ___, con DNI n.º _________, en representación de la Entidad ___________________, con CIF n.º ___________, enterado del expediente para la contratación “DEL SEGURO PARA LAS OBRAS DE ARTE QUE CONFORMAN LA EXPOSICIÓN MAYAS: CIUDADES EN LA SELVA POR PARTE DE LA FUNDACIÓN COMUNIDAD VALENCIANA” por procedimiento negociado con publicidad, hago constar que conozco los Pliegos que sirven de base al contrato y los acepto íntegramente, tomando parte en la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de _________________ euros más el Impuesto sobre el Valor Añadido que proceda, para el periodo de duración establecido en el Pliego.
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En ____________, a ___ de ________ de 2017
Firma del licitador,
Fdo.: _________________».
b) Documentos relativos a los criterios de negociación, distintos del precio, que se
deban cuantificar de forma automática.
La cantidad dineraria de la oferta económica se plasmará en la proposición en letra y número, prevaleciendo la primera de existir disparidad entre una y otra, siempre que la letra exprese de forma inequívoca una cifra que, sin exceder de la establecida como presupuesto de contrata, no evidencie error manifiesto en el importe, condiciones que, de no ser cumplidas en el caso de la disparidad aludida, determinarán el rechazo de la proposición.
Cada licitador presentará oferta económica a precio único y fijo, en el cual irán incluidos todos los gastos de cualquier tipo, tarifa de acceso, impuestos, avales, depósitos, alquiler de equipos de medida y cualquier tipo de complemento. El impuesto IVA no estará incluido.
EXAMEN DE LA DOCUMENTACION Y APERTURA DE PROPOSICIONES
Cláusula 11.
1.- El procedimiento de elaboración de la propuesta de adjudicación incluye las siguientes fases:
1.-la Mesa de Contratación examinará la validez de la documentación contenida en el sobre 1, comprobando la existencia y conformidad de los documentos solicitados.
2. El acto de apertura de los sobres 2 que contengan la proposición económica (oferta económica y oferta técnica) se efectuará públicamente por la Mesa de Contratación en lugar y fecha que se indique en el anuncio de licitación, notificándose los licitadores admitidos y los excluidos en la fase de calificación previa.
Una vez abiertos los sobres 2 que contienen la proposición económica (oferta económica y oferta técnica), y tras su análisis, la Mesa de Contratación elevará al órgano competente la adjudicación del contrato a la empresa cuya oferta haya resultado ser la económicamente más ventajosa, conforme a lo previsto en este Pliego.. 2.- Se emitirá el Acta correspondiente, la cual recogerá todas las ofertas presentadas, la puntuación obtenida, la propuesta de adjudicación de la empresa seleccionada, y cualquier incidencia, reclamación u observación en relación con las mismas.
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MESA DE CONTRATACION
Cláusula 12.
La Mesa de Contratación estará integrada del modo siguiente:
- Presidente: el Director-Gerente de la Fundación, o persona en quien delegue. - Vocales: - El Director Técnico del Museo, o persona en quien delegue. - El Jefe de la Unidad de Exposiciones y Difusión, o persona en quien delegue. - Técnico Auxiliar del Departamento Económico de la Fundación. - Secretaria: la de la Junta de Patronato de la Fundación.
A la Mesa se podrán incorporar Técnicos y Asesores que se estimen convenientes por la Presidencia de la misma.
ADJUDICACION Y FORMALIZACION
Cláusula 13.
1.- Una vez formulada la correspondiente propuesta de adjudicación, y antes de proceder a su elevación al órgano que deba adjudicar el contrato, se requerirá al licitador o candidato propuesto para que, en el plazo xxxxxx xx xxxx días hábiles presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. 2.- El órgano de contratación, previos los informes técnicos correspondientes, adjudicará el contrato en el plazo máximo de 15 días a contar desde el día siguiente a la apertura de las ofertas. De no dictarse la adjudicación en dicho plazo, el empresario tiene derecho a retirar su
proposición..
3.- La adjudicación a la empresa seleccionada se entiende siempre condicionada al cumplimiento de todos los requisitos previos al perfeccionamiento del Contrato enunciados en este Pliego y al mantenimiento de los compromisos de la oferta.
4.- La adjudicación del Contrato, una vez acordada por el órgano que corresponda, será notificada a los participantes en la licitación y publicada en la Plataforma de Contratación del Estado.
5.- La licitación podrá declararse desierta en el caso de ausencia de licitadores, o bien porque todas las ofertas no son admisibles de acuerdo con los criterios que figuran en este pliego.
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6.- Comunicada la selección al adjudicatario, se formalizará el correspondiente Contrato dentro del plazo de 30 días a contar desde la fecha de notificación de la adjudicación.
FORMA DE PAGO
Cláusula 14.
1.- El pago del precio de adjudicación del contrato se fraccionará en dos fases. Teniendo en cuanta la duración de 10 meses y 15 días del contrato, el primer pago, por un importe del sesenta (60 %) del precio de adjudicación, se realizará al inicio de la cobertura y el otro segundo, por un importe del cuarenta (40 %) del precio de adjudicación, a los cinco meses desde la firma 2.- El pago de las primas se efectuará directamente por el Asegurado al Asegurador, previa emisión por éste de la correspondiente factura.
EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Cláusula 15.
1.- El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en el presente clausulado y el pliego de prescripciones técnicas y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera la Fundación Comunidad Xxxxxxxxxx XXXX. 2.- El contratista será responsable de la calidad de los servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros derivadas del incumplimiento del contrato o de las instrucciones de la Fundación Comunidad Xxxxxxxxxx XXXX.
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Cláusula 16.
1.- El contratista queda obligado al pago de todos los gastos que se ocasionen con motivo de la preparación y formalización del contrato. 2.- La prestación de los trabajos se realizará con estricta sujeción a los documentos contractuales y demás documentos básicos que definan y condicionen el objeto del contrato. 3.- El contratista queda obligado a aportar los medios auxiliares y humanos en número y grado preciso para la realización del objeto del contrato a satisfacción de la Fundación Comunidad Xxxxxxxxxx XXXX. El contratista estará obligado a adscribir los medios ofrecidos para la prestación de los trabajos y en los mismos términos en que se hubiese ofertado. 4.- La Fundación de la Comunitat Xxxxxxxxxx XXXX podrá exigir del contratista la sustitución de cualquier persona que no desarrolle los trabajos debidamente, sin que el ejercicio o no de esta facultad exima al contratista de ejecutar el objeto del contrato a satisfacción.
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5.- El contratista será responsable de las reclamaciones, y deberá mantener indemne a la Fundación Comunidad Xxxxxxxxxx XXXX de los daños y perjuicios que por la misma puedan derivarse a la formulación de aquellas. 6.- El contratista queda obligado a guardar secreto y hacerlo guardar al personal que emplee o que con él colabore en el desarrollo del trabajo, no pudiendo utilizar para sí, proporcionar a terceros o divulgar dato alguno en relación con el contrato sin la expresa autorización de la Fundación Comunidad Xxxxxxxxxx XXXX. 7.- La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. 8.- El contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato. Asimismo será de aplicación lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de carácter personal, y en concreto lo previsto en su artículo 8 en relación a los datos relativos a la salud. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Cláusula 17.
El contrato podrá modificarse por razones e interés público y para atender a causas imprevistas debidamente justificadas.
SUSPENSIÓN DEL CONTRATO
Cláusula 18.
Si la Fundación de la Comunitat Xxxxxxxxxx XXXX acordare la suspensión del contrato se levantará un acta en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución de aquél. Acordada la suspensión, la Administración abonará al contratista, en su caso, los daños y perjuicios efectivamente sufridos por éste, los cuales se cifrarán con arreglo a la legislación de aplicación.
ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO
Cláusula 19.
1.- La administración del presente contrato se llevará a cabo por XXXXXX IBERIA Correduría de Seguros y Reaseguros S.A. 2.- Todos los avisos y notificaciones que se deriven de este contrato serán cursados por el Tomador del Seguro al Asegurador a través de la Correduría, debiéndose seguir el mismo procedimiento en la tramitación de siniestros, así como en las notificaciones relativas a modificaciones en las sumas aseguradas o a los riesgos cubiertos. Sin embargo, la notificación a la Correduría no vinculará al Asegurador desde ese momento. 3.- El pago de las primas se efectuará directamente por el Asegurado al Asegurador, previa emisión por éste de recibo, y conforme a las normas reguladoras de la contratación administrativa.
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RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Cláusula 20.
Además de las causas de resolución previstas en las Instrucciones de Contratación, el contrato podrá extinguirse por alguna de las causas de resolución siguientes:
- El incumplimiento por el contratista de la obligación de guardar secreto y hacerlo guardar al personal que emplee o que con él colabore en el desarrollo del trabajo facultará a la Fundación Comunidad Xxxxxxxxxx XXXX para resolver el contrato.
- Cuando por causas imputables al contratista, no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, la Fundación Comunidad Xxxxxxxxxx XXXX podrá acordar la incautación de la garantía definitiva.
CONFIDENCIALIDAD
Cláusula 21.
1.- El Asegurador se obliga a mantener la confidencialidad de los datos que le suministre el Tomador en ejecución de las condiciones previstas en el contrato, no pudiendo utilizar las mismas más que para las finalidades estrictas que se deriven de la cobertura de los riesgos. 2.- El Asegurador quedará obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal.
LEGISLACION APLICABLE
Cláusula 22.
1.- En cuanto a su preparación y adjudicación, serán de aplicación las Instrucciones de Contratación de la Fundación y, supletoriamente, la normativa de contratación del Sector Público. 2.- En cuanto a la ejecución:
- Ley 50/1980, de 8 de octubre de Contrato de Seguro. - Ley 34/2003, de 4 de noviembre, de Modificación y adaptación a la normativa
comunitaria de la legislación de seguros privados. - Ley 20/2015 de 14 de julio de Ordenación, supervisión y solvencia de las entidades
aseguradoras y reaseguradoras, así como el Real Decreto 1060/2015 de 20 de noviembre de Ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.
- La Ley 26/2006, de 17 de julio, de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados. - Y supletoriamente, las restantes normas del Derecho Privado.
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3.- La póliza de seguro que se suscriba incorporará, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, y el Pliego de Prescripciones Técnicas que rigen en la contratación del seguro, así como las mejoras que hayan sido ofertadas por el licitador y aceptadas por el órgano contratante. Todo ello configurará el contrato de seguro.
JURISDICCION
Cláusula 23
De acuerdo con lo que dispone el art. 21.2 del T.R.L.C.S.P., el orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos privados. Este orden jurisdiccional será igualmente competente para conocer de cuantas cuestiones litigiosas relativas a la preparación y adjudicación de los contratos privados que se celebren por los entes y entidades sometidos a esta Ley que no tengan el carácter de Administración Pública.
Alicante, 13 MARZO de 2017.
Fdo.: Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx x Xxxxxxx
Director Gerente de la Fundación C.V. MARQ
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ANEXO I
Declaración responsable que se formula al órgano de Contratación de la Fundación de la
Fundación de la Comunitat Xxxxxxxxxx XXXX para la contratación (*)
D./Dña. (*) mayor de edad, vecino de (*) con domicilio en(*) y provisto de DNI (*), actuando en
representación de la Empresa (*), con CIF: (*), formula la siguiente
DECLARACION RESPONSABLE
De no estar dicha empresa incursa en prohibición para contratar con la Administración, de
acuerdo con el Artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, Texto
Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 00 xx xxxxxxxxx, x xx xxxxx xx
xxxxxxxxx con obligaciones tributarias y con la seguridad social.
Y para que conste a los afectos oportunos, expido y firmo la presente (*lugar, fecha y firma)
Fdo.: __________________________