MADRID
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Primera. Objeto
BASES
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Seguridad y Servicios a la Comunidad
PROPUESTA DE CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA IMPLANTACIÓN DE UN SISTEMA DE SEGURIDAD EN EL SECTOR DEL TAXI
Con fecha 20 de noviembre de 2006 se firmó el convenio de co- laboración entre la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento de Ma- drid, la Asociación Gremial de Autotaxi de Madrid, y la Federación Profesional del Taxi, para la implantación de un sistema de seguri- dad en el Sector del Taxi, estableciéndose en la Cláusula Segunda la posibilidad de seleccionar una entidad colaboradora para que se en- cargue de la gestión de las subvenciones previstas en el mismo.
Mediante Decreto del Concejal de Gobierno de Seguridad y Servicios a la Comunidad de fecha 30 de noviembre de 2006 se aprueba la convocatoria pública para la selección por Concurso de la Entidad Colaboradora, según lo dispuesto en el artículo 16.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y cuya publicación tuvo lugar el 21 de diciembre de 2006 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El Concejal de Gobierno de Seguridad y Servicios a la Comuni- dad mediante decreto de 22 xx xxxxx de 2007, resolvió dicha con- vocatoria seleccionando como entidad colaboradora a la empresa “Interfacom, Sociedad Anónima”.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley Ge- neral de Subvenciones, se ha formalizado un convenio de colabora- ción con la empresa “Interfacom, Sociedad Anónima”, una vez constituida por esta la correspondiente garantía definitiva en la Te- sorería Municipal, en el que se regulan las condiciones y obligacio- nes asumidas por esta en la gestión de las ayudas para la implanta- ción de un sistema de seguridad en el Sector del Taxi.
En virtud de lo expuesto y de lo establecido en el acuerdo de la Junta de Gobierno de 27 de julio de 2006, se propone al Concejal del Área de Gobierno de Seguridad y Servicios a la Comunidad como órgano competente, la adopción del siguiente
«Decreto:
En virtud de las competencias delegadas mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de 27 de julio de 2006, resuelvo:
Primero.—Aprobar la convocatoria pública para la concesión de subvenciones para la implantación de un sistema de seguridad en el Sector del Taxi:
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA IMPLANTACIÓN DE UN SISTEMA DE SEGURIDAD EN EL SECTOR DEL TAXI
El artículo 17.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece la necesidad de que las Entidades Loca- les, en el marco de las bases de ejecución del presupuesto regulen las bases reguladoras de las subvenciones que tengan previsto conceder. En este sentido, la presente convocatoria viene a dar cumplimien- to a lo establecido en los artículo 22.1 y 23.2 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Regular un procedimiento de concurrencia competitiva para la concesión de subvenciones por la Dirección General de Movilidad, Área de Gobierno de Seguridad y Servicios a la Comunidad del Ayuntamiento de Madrid, cuya finalidad es poner a disposición de los profesionales del taxi, que aún no lo hayan instalado o que ha- biéndolo instalado con anterioridad a la presente convocatoria no hayan obtenido subvención, un sistema de seguridad que, basado en tecnología GPS y GSM les permita solicitar atención de emergencia ante situaciones de riesgo personal y/o de siniestros de emergencia que puedan estar presenciando desde su vehículo los taxistas, po- niendo en marcha una línea de ayudas, para la instalación en los vehículos de los equipos necesarios para el funcionamiento del sis- tema.
Segunda. Régimen jurídico
Las subvenciones objeto de la presente convocatoria se regularán por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvencio- nes, por las bases de ejecución del presupuesto general xxx Xxxx- tamiento correspondientes al año 2007, así como por las disposicio- nes administrativas concordantes.
Tercera. Gestión
La Subdirección General de la Oficina Municipal del Taxi de la Dirección General de Movilidad, gestionará la ayuda a través de “Interfacom, Sociedad Anónima”, que en calidad de Entidad Cola- boradora, se encargará de la recepción de las solicitudes, distribu- ción y justificación de los fondos recibidos por el Ayuntamiento.
Cuarta. Créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención
El Ayuntamiento de Madrid aportará un importe máximo de 722 euros por cada equipo instalado, hasta una cantidad máxima total de 727.924 euros, que se financiará un 50 por 100 con cargo al pre- supuesto de la Consejería de Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, y el otro 50 por 100 con cargo a la partida presupuesta- ria 2007/001/070/513.01/770.00 del Ayuntamiento de Madrid.
El número de equipos a instalar será el resultado de aplicar la cuantía de la subvención individual a la previsión económica con- templada en la presente convocatoria.
No obstante si la factura del equipo ya instalado resultase inferior a esta cantidad, la ayuda económica coincidirá con el importe de la misma.
Quinta. Condiciones y requisitos de los beneficiarios
La condición de beneficiario se adquirirá por quienes cumplan con los siguientes requisitos:
— Ser titular de una licencia de autotaxi en activo en el Área de Prestación Conjunta de Madrid. Este requisito deberá cumplir- se durante el procedimiento de concesión de la subvención. La ayuda estará vinculada a la licencia de explotación del servicio taxi, por lo que solo podrá recibirse una por licencia, con independencia de los cambios de titulares que sobre esta se puedan realizar.
— Encontrarse en vigor en la Inspección ordinaria anual muni- cipal.
— No estar incurso en alguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. Una vez concedida la subvención y previamente a su pago, el beneficiario deberá seguir al co- rriente de dichas obligaciones.
— Cumplir con todas y cada una de las obligaciones estableci- das en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
No obstante lo anterior, podrán tener la condición de beneficia- xxxx los titulares de derechos de cobro cedidos por quienes cumplan los requisitos recogidos en esta base.
Sexta. Condiciones y requisitos de los equipos
Los beneficiarios podrán seleccionar el equipo que deseen insta- lar en su vehículo taxi de entre los disponibles en el mercado, siem- pre y cuando se adecuen a las condiciones establecidas como obje- to de la convocatoria, para su interconexión al Centro de Atención de Llamadas de Urgencia 112 (anexo I).
Cuando los equipos elegidos, contemplen facilidades añadidas a las estrictas de seguridad, estas darán prioridad, en todo caso, a la se- guridad frente a cualquier otro uso.
Las certificaciones de adecuación al objeto de la subvención, se realizarán por los organismos independientes de certificación sin coste alguno para la Administración. La certificación de una deter- minada marca y modelo requerirá pruebas previas de interconexión con el Servicio de Atención de Llamadas de Urgencia 112.
Este elemento de seguridad será voluntario y estará vinculado a la licencia de prestación del servicio de taxi, de tal forma que la ayuda que se prevé solo podrá concederse una sola vez por licencia, a to- das aquellas personas que no se acogieron al anterior convenio o convocatoria con el mismo objeto, siendo independiente a estos efectos la fecha de la instalación del equipo.
Séptima. Solicitudes, plazo de presentación y documentación
1. Solicitudes.—Las solicitudes para participar en la presente convocatoria se formalizarán en el impreso normalizado que se ha- llará disponible, al igual que el resto de los anexos, en la página Web del Ayuntamiento de Madrid (xxx.xxxxxxxxxx.xx), en el Registro del Área de Gobierno de Seguridad y Servicios a la Comunidad (Ca- lle Albarracín, 33), así como en la sede u oficina de “Interfacom, So- ciedad Anónima”, sita en la calle Génova, número 7, tercera planta.
2. Documentación.—A la solicitud de participación en la convo- catoria deberá acompañarse la siguiente documentación preceptiva:
— Fotocopia de la licencia municipal (deberá exhibirse el ori- ginal).
— Inspección ordinaria anual municipal en vigor.
— Fotocopia del documento nacional de identidad (deberá exhi- birse el original).
3. Plazo y lugar de presentación de las solicitudes.—El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes a contar a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BO- LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Las solicitudes deberán presentarse en la sede u oficina de “Inter- facom, Sociedad Anónima”, sita en la xxxxx Xxxxxx, xxxxxx 0, xxx- xxxx xxxxxx, xx xx xxxxxx xx Xxxxxx, xxxx horario de apertura al pú- blico será de nueve a catorce, de lunes a viernes (excluidos los festivos nacionales, de la Comunidad de Madrid y del Ayuntamien- to de Madrid).
4. Subsanación y mejora de la solicitud.—Si la solicitud no reú- ne los requisitos establecidos en la convocatoria, la Entidad Colabo- radora requerirá al interesado para que subsane la misma o acompa- ñe los documentos preceptivos, en el plazo máximo e improrrogable xx xxxx días hábiles, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud.
Octava. Instrucción
La Entidad Colaboradora elevará a la Subdirección General de la Oficina Municipal del Taxi propuesta de los beneficiarios con dere- cho a recibir subvención por reunir los requisitos exigidos. Dicha re- lación será ordenada conforme al criterio de adjudicación estableci- do en la base décima.
El órgano competente para la instrucción del procedimiento regu- lado por la presente convocatoria será el Subdirector General de la Oficina Municipal del Taxi.
El órgano instructor realizará de oficio cuantas actuaciones esti- me necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Ley General de Subvenciones.
Novena. Resolución
El otorgamiento o denegación de la subvención corresponderá al Concejal de Gobierno de Seguridad y Servicios a la Comunidad, conforme a lo establecido en el artículo 3.2.a) del acuerdo de la Jun- ta de Gobierno de 27 de julio de 2006.
El plazo máximo de resolución será de seis meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes. Transcu- rrido el plazo máximo para resolver sin que haya recaído resolución expresa se entenderán desestimadas las solicitudes de conformidad con lo establecido en el artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de no- viembre, General de Subvenciones.
La resolución, en el caso de ser desestimatoria, hará referencia a los motivos por los cuales se ha desestimado.
Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, se po- drán interponer los recursos oportunos y de los que se hará expresa indicación en la misma.
La resolución de concesión podrá incluir una relación ordenada de todas la solicitudes que, cumpliendo con las condiciones estable- cidas para adquirir la condición de beneficiario, no hayan sido esti- madas por rebasarse la cuantía máxima del crédito fijado en la pre- sente convocatoria, ordenadas en función del criterio de adjudicación a los efectos de los establecido en el artículo 63.3 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
La resolución se publicará en la página web del Ayuntamiento de Madrid (xxx.xxxxxxxxxx.xx), así como en el tablón de anuncios del Registro del Área de Gobierno de Seguridad y Servicios a la Co- munidad (calle Xxxxxxxxxx, número 33).
Décima. Criterio de adjudicación
El único criterio de adjudicación será el número de orden de re- gistro de la solicitud, que vendrá dado por la fecha y hora de entra- da de la solicitud en la sede u oficina de la entidad colaboradora. El número de los beneficiarios estará limitado por la cantidad máxima total fijada en la base cuarta de la presente convocatoria. Debido a la homogeneidad del sector afectado, no existen cir- cunstancias diferenciadoras que permitan fijar otros criterios de va- loración distintos a la fecha de presentación de la solicitud, por lo que no será necesaria la propuesta del órgano colegiado a que se re-
fiere el artículo 22 de la Ley General de Subvenciones.
Undécima. Forma de justificación de la subvención
El pago de la subvención concedida se realizará previa presenta- ción, en la sede u oficina de “Interfacom, Sociedad Anónima” de la siguiente documentación:
— Declaración responsable (anexo III) en la que manifieste:
⚫ Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligacio- nes tributarias y frente a la Seguridad Social y por reinte- gro de subvenciones con el Estado, con la Comunidad de Madrid y con el Ayuntamiento de Madrid.
⚫ No haberse dado de baja en el Censo de Obligados Tribu- tarios.
⚫ Que el IVA correspondiente a la factura que se acompaña va a ser soportado y no deducido por el beneficiario de la subvención, a efectos de la Ley General de Subvencio- nes 38/2003, de 17 de noviembre, artículo 31.8.
⚫ Que la licencia de taxi, no ha recibido anteriormente una subvención por este mismo concepto del Ayuntamiento de Madrid en el supuesto de que ya tenga instalado el equipo.
— Certificado de la instalación y de adecuación de la instalación realizada de los equipos en el vehículo taxi con sello del ta- ller instalador. Dicho certificado contendrá: número de licen- cia, fecha de instalación, número de serie de equipo instala- do, marca y modelo del vehículo, matrícula, nombre del titular y conformidad con su firma (anexo II.2).
— Solicitud de alta de terminal taxi al 112, firmada por el titular de la licencia (anexo II.1).
— Informe sobre las pruebas de preactivación del Servicio de Atención de Llamadas de Urgencia de Madrid 112 (anexo II.3).
— Si existe cesión de cobro:
⚫ Documento de cesión de cobro por parte del beneficiario a la entidad que haya designado. En el supuesto de que la Entidad Colaboradora sea la empresa facturadora, no será preciso aportar el documento de cesión de cobro del titular de la licencia de taxi a la misma, siendo suficiente para el pago a la facturadora la conformidad del beneficiario de la subvención con la instalación realizada.
⚫ Poder bastanteado y Documento Nacional de Identidad del apoderado o apoderados de la entidad en el que conste que puede aceptar cesiones de crédito.
— Documento normalizado “T” alta de pago por transferencia (disponible, en xxx.xxxxxxxxxx.xx, en el Registro del Área de Gobierno de Seguridad y Servicios a la Comunidad y en la sede u oficina de la Entidad Colaboradora).
— Factura de adquisición e instalación que incluya marca, mo- delo y número de serie del equipo instalado y estampillado en el que se haga constar la aplicación del gasto a la subvención concedida.
El beneficiario deberá presentar la documentación antedicha en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de concesión de la subvención.
Si la Entidad Colaboradora apreciase la existencia de defectos subsanables en la justificación presentada por el beneficiario, lo pondrá en su conocimiento concediéndolo un plazo xx xxxx días há- biles para su corrección, con la advertencia de que se producirá la pérdida del derecho al cobro de la subvención si los defectos no se subsanan en el citado plazo.
Duodécima. Obligaciones de los beneficiarios
Serán obligaciones de los beneficiarios las siguientes:
1. Respecto a los cambios de titularidad en la licencia:
— El beneficiario de la subvención vendrá obligado a comuni- car al nuevo adquirente que el vehículo adscrito a su licencia tiene instalado un sistema de seguridad que ha sido subven- cionado. Además, deberá poner en conocimiento del Servicio de Atención de Llamadas de Urgencia de Madrid 112 dicho cambio de titularidad.
2. Respecto al buen uso del equipamiento de seguridad:
— Utilización exclusiva para emergencias propias o ajenas, no entendiéndose entre ellas las cuestiones de orden civil como: desacuerdo de tarifas del cliente, negativa de pago por el cliente o situaciones similares a estas.
— Minimizar el número de falsas alarmas producidas, bien por error, por manipulación indebida, falta de mantenimiento, etcétera.
— Informar al Servicio de Atención de Llamadas de Urgencia de Madrid 112 de cualquier cambio en la instalación del equi- pamiento de seguridad, tanto por cambio del vehículo como por modificación en el ya instalado.
En el impreso de solicitud y para conocimiento de los beneficia- xxxx, se recoge expresamente que el incumplimiento de estas obliga- ciones podrá dar lugar a la desconexión del sistema de seguridad, y tendrán la consideración de incumplimiento en el objeto de las sub- venciones, dando lugar al reintegro de las mismas.
3. Otras obligaciones:
— Facilitar cuanta información le sea requerida por los órganos de control del Ayuntamiento de Madrid y del Tribunal de Cuentas y otros que resulten competentes en aplicación de la legislación vigente.
Segundo.—Publíquese el presente decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.»
El Subdirector General de la Oficina Municipal del Taxi, Federi- co Adrados Cuesta.—El Director General de Movilidad, Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx.—El Coordinador General de Servicios a la Comu- nidad, Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx.
ANEXO I
SISTEMA DE LOCALIZACIÓN, ALERTA Y SEGUIMIENTO DE VEHÍCULOS-TAXI
DE LA COMUNIDAD DE MADRID (ESPECIFICACIÓN TÉCNICO-FUNCIONAL DEL EQUIPO EMBARCADO)
1. Introducción
1.1. Objeto
Madrid 112 (Servicio de Emergencias de la Comunidad de Ma- drid), incluirá en su operativa el nuevo servicio de “Localización, Alerta y Seguimiento de vehículos-taxi” a través de un Sistema de posicionamiento GPS y de comunicaciones GSM.
Para ello se requiere instalar un equipamiento en los vehículos que sea capaz de soportar el servicio requerido. En este sentido, el presente documento tiene por objeto definir:
1. La especificación técnico-funcional del equipo embarcado, para su interconexión con el Servicio 112 de la Comunidad de Madrid.
2. La especificación del protocolo de comunicación entre los terminales y el frontal de datos del centro.
1.2. Contenido del documento
El documento se ha estructurado en cuatro capítulos y un anexo:
— El primer capítulo corresponde a la introducción.
— El segundo fija el marco de referencia, especialmente en aquellos elementos básicos que servirán de soporte a este nuevo servicio, como son: la plataforma tecnológica existen- te en el Centro Madrid 112 y la experiencia piloto de Locali- zación, Alerta y Seguimiento implantada en 50 taxis.
— El tercero describe las especificaciones generales del nuevo sistema a implantar, para su interconexión con el Centro 112, a nivel de arquitectura, de modo que la solución quede per- fectamente integrada en lo existente.
— El cuarto describe la especificación funcional del equipo em- barcado, para su interconexión con el Servicio 112 de la Co- munidad de Madrid.
El documento se completa con el anexo I de Especificación del Protocolo de Comunicación entre los Terminales y el Frontal de Datos.
1.3. Términos y palabras clave
— PABX/ ACD: centralita de conmutación de llamadas. Distri- buidor automático de llamadas.
— ANI: número de identificación del llamante.
— GSM: tecnología estándar de telefonía móvil digital.
— CAD: sistema de despacho asistido por ordenador.
— CTI: aplicación que integra las funciones de telefonía en el ordenador.
— Call Master: terminal de teléfono específico de PABX/ACD modelo Definity.
— Rx RASANT: receptor de tramas de correcciones diferencia- les RTCM. codificadas mediante RDS sobre portadoras de FM provistas por operadores públicos para su uso en recep- tores GPS con objeto de mejorar notablemente la precisión de localización GPS.
— Operador Blanco: operador que atiende en primera instancia todas las llamadas recibidas en el Centro 112.
— Operador Especialista: operador especializado de un servicio de intervención (sanitario, de seguridad, de auxilio y rescate).
— GIS: sistema de información geográfica.
2. Marco de referencia
2.1. Antecedentes
El Servicio de Atención de Llamadas de Urgencia 112, adscrito a la Dirección General de Protección Ciudadana de la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid, inició su actividad el 1 de enero de 1998, dando cumplimiento a la decisión del Conse- jo de las Comunidades Europeas 396/1991, con la creación de un número de llamada de urgencia único 112, gratuito y permanente las veinticuatro horas del día, simplificando el acceso de los ciudadanos a los servicios de urgencia con independencia de la clase de emer-
gencia que se produzca y cualquiera que sea el organismo o Admi- nistración Pública competente para la prestación material de la asis- tencia requerida.
La complejidad de las tipologías de urgencias y emergencias en materia sanitaria, de extinción de incendios y salvamento, seguridad ciudadana y de protección civil, así como la proliferación de orga- nismos de intervención, de las diferentes Administraciones locales, autonómica y estatal, competentes en las asistencias requeridas, pero constreñidos a un ámbito jurisdiccional específico, exigen unos procedimientos operativos (en el tratamiento del (¿Qué?) y una pre- cisión de los xxxxxx competenciales (¿Dónde?) que permitan, al cruzar la información, despachar de forma eficiente y eficaz las so- licitudes de intervención a los organismos competentes.
La racionalización de los procesos mencionados requiere de un soporte operativo cualificado y eficientemente gestionado, así como de un avanzado sistema de información y de comunicaciones que se describe seguidamente.
2.2. Plataforma tecnológica del centro Xxxxxx 000
Xx xxxxxx Xxxxxx 112 recibe llamadas de emergencia a través del número 112, y a partir de ahí activa y coordina los recursos necesa- xxxx para atender la emergencia. En el siguiente esquema se muestra un modelo simplificado de la arquitectura del centro, con el objeto de mostrar los elementos básicos del sistema que intervienen en el proceso de una llamada. No se tiene en cuenta los procedimientos de actuación, ni los distintos perfiles de los operadores, y por tanto su implicación en la atención de las llamadas.
La aplicación CTI se encarga de asociar la llamada con los datos de identificación disponibles, así como de establecer el esquema de estados, transferencias y enrutamiento de la llamada.
2.3. Proyecto piloto
La Comunidad de Madrid, a través de “Madrid 112, Sociedad Anónima”, puso en marcha, a partir xx xxxx de 1999, una experien- cia piloto de localización, alerta y seguimiento de vehículos-taxi dentro del Servicio de Atención de Llamadas de Urgencia 112.
El proyecto piloto, limitado a 50 taxis, permite mostrar, en el mo- mento en que se genera una alarma, la posición y trayectoria del vehículo en tiempo real.
Los vehículos se equipan con un terminal autónomo, oculto y de gran robustez, capaz de recibir sus coordenadas de posicionamiento mediante un GPS (Sistema de Posicionamiento Global por Satéli- tes), generar alarmas y usar de forma eficiente la red de comunica- ciones de los Operadores de Telefonía Móvil Digital GSM. Median- te llamadas cursadas por el canal de tráfico, se envía la información al Centro de Emergencias 112. El sistema en el centro, integra las comunicaciones GSM y un sistema de corrección diferencial Rasant (que recibe señales de referencia del IGN a través de RDS de RNE y que se retransmite a los terminales aprovechando las comunicacio-
nes full-dúplex del canal de tráfico GSM), con un sistema informá- tico que gestiona los recursos de operación, las alarmas, el segui- miento y los datos cartográficos de la Comunidad de Madrid.
La experiencia de varios meses de observación y pruebas ha ser- vido para reafirmar múltiples características y especificaciones téc- nicas, operativas y funcionales, así como identificar otras de suma importancia para la implantación y extensión del proyecto a todo el colectivo. Las especificaciones que figuran en los siguientes aparta- dos son fruto de dicha experiencia.
3. Especificaciones generales del sistema para su interconexión con el centro 112
3.1. Seguridad de los usuarios
La solución propuesta responderá a estrictos criterios de seguri- dad para los usuarios.
3.2. Arquitectura del sistema
La arquitectura básica del sistema se muestra en la figura 2. El nuevo Sistema de Localización, Alerta y Seguimiento tiene que que- dar plenamente integrado en la plataforma actual, de modo que cual- quier puesto de los existentes en la Sala de Operaciones pueda aten- der este servicio.
En el diagrama de bloques, se muestra la interconexión y flujo de comunicaciones entre los elementos básicos que intervienen en el sistema, sin extenderse en detalles sobre composición de los equi- pos. El equipo móvil estará dotado de dos tarjetas GSM (cada una con un ANI propio y nombradas en adelante como GSM A y GSM B), el receptor GPS y la lógica para realizar y procesar las dis- tintas funciones.
El funcionamiento básico del sistema será el siguiente:
El taxista, ante una situación de emergencia, activará la alarma. Esta acción desencadenará una llamada (de voz) por el canal de trá- fico GSM A. Tras recibirse en el centro, este, a través del front-end de comunicaciones, propiciará velozmente una llamada (de datos) al equipo embarcado en el taxi por el canal de tráfico GSM B. El cen- tro reintentará la llamada tantas veces como sea preciso, hasta lograr el establecimiento de la comunicación.
Establecidas ambas llamadas, el operador del Centro de Atención de Llamadas de Urgencia 112, recibirá dos tipos de información:
— Por el canal GSM A podrá monitorizar, mediante el terminal de voz del puesto (call master), los sonidos en el interior del vehículo. Esta llamada activará de forma automática la aper- tura de una “carta de llamada” en el puesto de operador y la presentación inmediata y de igual modo automática del nú- mero de identificación del llamante, así como de los datos de identificación de este (número de licencia, matrícula, marca, modelo y color del vehículo, ...).
— Por el canal GSM B recibirá posiciones GPS corregidas del vehículo. El equipo embarcado, que recibe información de su posicionamiento a través del sistema GPS cada segundo, re- cibirá, a su vez, por el canal GSM B información de referen- cia procedente de un receptor Rasant ubicado en el centro. La corrección de los datos de posición se realizará en el equipo embarcado y será transmitida por GSM B una vez estableci- da la comunicación. Las posiciones recibidas en el centro se- rán presentadas en la pantalla del GIS.
El sistema, en condiciones de “no alarma”, permitirá realizar lla- madas de voz al 112 por GSM B para comunicar incidentes obser- vados por el taxista. El ANI B recibido en este caso permitirá al ope- rador identificar el tipo de llamada (“no alarma”) de la que se trata.
4. Especificaciones del equipo embarcado
4.1. Especificaciones funcionales
Los vehículos equipados con el terminal móvil embarcado, deta- xxxxx en los siguientes capítulos, deberán ser capaces de cumplir las siguientes funcionalidades:
— Activación desde el terminal embarcado de llamada de moni- torización y seguimiento en condiciones de “alarma”.
— Activación desde el terminal embarcado de llamada de aviso de incidencias al 112 en condiciones de “no alarma”.
— Activación desde el centro de la comunicación para el segui- miento en condiciones de “alarma”.
— Activación desde el centro de rellamada en caso de interrup- ción de la comunicación de voz o de datos en condiciones de “alarma”.
— Activación desde el centro de llamada de monitorización y seguimiento (secuestro, robo, etcétera).
— Activación desde el centro de rellamada en caso que se corte la llamada de aviso de incidencias al 112 en condiciones de “no alarma”.
El siguiente cuadro-resumen presenta las modalidades básicas de uso y direccionamiento de llamadas a través de los canales GSM A y GSM B.
A continuación detallaremos el comportamiento del equipo en cada situación.
4.1.1. Seguimiento
La funcionalidad de seguimiento podrá ser activada, bien por el móvil a petición del conductor del vehículo taxi, o bien a petición del Centro de Atención de Llamadas de Urgencia 112 para realizar un seguimiento de localización.
4.1.1.1. Activación por el taxista
Si el conductor se siente amenazado, podrá activar la funcionali- dad de seguimiento de emergencia.
El equipo móvil hará una llamada de voz por el canal GSM A al Centro de Atención de Llamadas de Urgencia 112. La llamada de voz emitirá el sonido ambiente del vehículo y no reproducirá ningún sonido que provenga del centro. La llamada será identificada, en el centro, por el ANI A y una señal acústica periódica.
En cuanto se reciba la llamada de voz, el centro iniciará una lla- mada al GSM B para enviar los datos de la corrección de posición y recibir la posición del vehículo. Si esta llamada no tuviera éxito, el centro reintentará establecer la conexión tantas veces como sea ne- xxxxxxx para conseguir el establecimiento de llamada hasta que se dé por finalizada la alarma.
Si por algún motivo se perdiese la comunicación (llamada de voz, de datos o ambas) será el centro el que se encargue de restablecerla, intentando la conexión tantas veces como sea necesario para conse- guir el establecimiento de llamada hasta que se dé por finalizada la alarma.
A continuación se detalla la secuencia de las diferentes acciones y su flujo, los elementos que intervienen del sistema y la posible ca- suística, una vez iniciado el proceso de alarma:
1. Se deshabilitará el activador de la alarma.
Es recomendable observar la siguiente casuística:
— Si hubiera establecida una llamada de voz por el canal GSM A, esta sería abortada para poder cursar de inmediato la llamada de emergencia.
— Si el canal GSM B tuviera establecida una comunicación de voz con el Centro 112, o una comunicación de datos con un centro ajeno, esta llamada sería abortada para poder cursar la llamada de datos.
2. Se activa la comunicación de voz (monitorización) por el ca- nal GSM A, y se envía el ANI A de identificación del llamante (se considera que se ha establecido comunicación con el centro, si llega la llamada de voz a un agente).
Es recomendable que si no se establece la conexión mediante la llamada de voz, el equipo reintente la comunicación tantas veces como sea preciso.
3. Una vez que la llamada de voz llega al centro, este, a través del front-end de comunicaciones, se encargará de iniciar la llamada de datos al GSM B.
4. El equipo embarcado, una vez establecida la llamada con el centro, generará una marcación automática del dígito 9, que será transmitido por la red GSM como señalización, cada tres o cuatro segundos en el transcurso de los primeros quince segundos. Esta se- ñal acústica, recibida en el centro, permitirá al operador que reciba la llamada, diferenciar si es de “alarma taxi” o una llamada del ta-
xista al servicio 112, para alertar de cualquier incidente que esté avistando, aunque el operador también podrá diferenciar la llamada por el ANI de origen.
— Si se pierde la conexión con el Centro de Madrid 112, el acti- vador de la alarma permanecerá bloqueado durante segunda segundos, ya que es el centro el encargado de la reconexión. Si después de este lapso de tiempo la comunicación no se ha restablecido, se le notificará al taxista a través del testigo de emergencia no atendida y se habilitará de nuevo el activador de la alarma.
5. La alarma de seguimiento solo puede ser cancelada por el Centro de Madrid 112. Una vez que el operador considere finaliza- do el seguimiento se mandará una señal de finalización al equipo, apagándose la indicación luminosa de “Alarma atendiéndose”. Una vez recibida esta señal el equipo debe quedar listo para ser utilizado de nuevo.
4.1.1.2. Activación por el centro
Si es el Centro de Madrid 112 el que activa la funcionalidad de se- guimiento y estuviese ocupado el canal GSM A por un ANI distin- to al del 112, la llamada de voz será cortada automáticamente.
La conexión con el canal de voz también la realizará el centro. Una vez se haya establecido la comunicación el sistema funcionará de igual modo que si la alarma la hubiese activado el taxista. A con-
tinuación se detalla la secuencia de las diferentes acciones y su flu- jo, los elementos que intervienen del sistema, y la posible casuística:
— La activación por parte del centro se realizará siempre a tra- vés del GSM B.
— Si el módulo GSM B recibe una llamada y no procede del Centro Madrid 112, o del Centro de Gestión y Mantenimien- to correspondiente, la llamada será rechazada.
— Si la llamada procede de Madrid 112, y el canal GSM A estu- viese ocupado por una llamada, esta se cortará para habilitar la procedente desde el Centro de Madrid 112.
— Siempre que el GSM B haya establecido comunicación, el GSM A solo admitirá llamadas del Centro de Madrid 112.
— Una vez establecida la comunicación, se activará el testigo correspondiente en el panel de control.
— La funcionalidad será igual que si fuese el taxista el que hu- biese activado la alarma.
NOTA: Para más información sobre la llamada de datos, diríjase al anexo I.
4.1.2. Llamadas de aviso de incidencias
Estas llamadas las podrá realizar el taxista a llamando al 112.
La llamada se producirá a través del canal GSM B. Esta modali- dad no tiene asociada una localización GPS, simplemente se usará como una llamada habitual de un ciudadano al Servicio de Atención de Llamadas de Urgencia 112.
ANEXO II.1
Solicitud de Alta de Terminal Taxi
Sistema de Localización, Alerta y Seguimiento de Vehículos Taxi del Servicio de Atención de Llamadas de Urgencia de Madrid 112
Datos del Titular (*) | |||||||||
Apellidos, Nombre | |||||||||
NIF (Número de Identificación Fiscal) | |||||||||
Teléfono de contacto 1 (Habitual) | |||||||||
Teléfono de contacto 2 (Adicional) | |||||||||
Dirección postal (A efectos de notificación, se requiere información completa del domicilio) | |||||||||
Datos del Vehículo (*) | |||||||||
Matrícula | |||||||||
Marca | |||||||||
Modelo | |||||||||
Número de Licencia del taxi | |||||||||
Datos de las tarjetas SIM del Terminal (números telefónicos) (*) | |||||||||
Nº teléfono A del GSM (Voz) | |||||||||
Nº teléfono B del GSM (Datos) |
TRAS LA NOTIFICACIÓN DEL XXXX XXX XXXXXXXX XX XXXXXX 000, se recomienda
realizar una prueba inicial de conexión con el Sistema, para asegurar el adecuado funcionamiento del Sistema. Para tal fin, solicite la prueba llamando al teléfono 00.000.00.00 (Srta. Xxxx) de lunes a viernes no festivos, en horario de 8 a 15 horas.
El abajo firmante declara que tiene conocimiento de las siguientes obligaciones, respecto al buen uso del equipamiento de seguridad, cuyo incumplimiento podrá dar lugar a la desconexión del sistema de seguridad con la simple notificación al titular y, tendrán la consideración de incumplimiento en el objeto de las subvenciones, dando lugar al reintegro de las mismas:
• Utilización exclusiva para emergencias propias o ajenas, no entendiéndose entre ellas las cuestiones de orden civil como: desacuerdo de tarifas del cliente, negativa de pago por el cliente o situaciones similares a estas.
• Minimizar el número de falsas alarmas producidas: por error, por manipulación indebida, por falta de mantenimiento, etc.
• Informar al Centro 112 de cualquier cambio en la instalación del equipamiento de seguridad, tanto por cambio del vehículo como por modificación en el ya instalado.
Teléfono: 00.000.00.00 (Srta. Xxxx) laborables de 8 a 15 horas. Fax: 00.000.00.00
Correo electrónico: xxxx@xxxxxx000.xx.
Firma del Titular | Fecha |
(*) Se requiere cumplimentar todos los datos, para proceder al alta del Terminal del Taxi en Madrid 112.
La presente solicitud deberá entregarse junto al Certificado de instalación del equipamiento de seguridad y los resultados de las Pruebas de preactivación.
Los datos personales serán incorporados y tratados en el fichero GESTIÓN DE TAXIS, cuya finalidad es recoger la información necesaria para prestarle el Servicio de Localización, Alerta y Seguimiento de Vehículos taxi de la Comunidad de Madrid. El órgano responsable del fichero es el Organismo Autónomo Madrid 112, y la dirección donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es Xxxxx xxx Xxx Xx 0, 00000 Xxxxxxx xx Xxxxxxx (Xxxxxx), todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Anexo II.1 al Convenio entre la Comunidad de Madrid, Ayuntamiento de Madrid y Asociaciones del sector del taxi. Año 2006.
ANEXO II.2
CERTIFICADO DE INSTALACIÓN
Datos del Titular | |
Nombre | |
Apellidos | |
NIF |
Datos del Vehículo | |||
Número de Licencia | Marca | ||
Matrícula | Modelo |
Datos del equipo Instalado | |||
Marca | |||
Modelo | Nº de Serie |
... certifica que el equipo instalado cuyos datos figuran en el presente documento, es conforme con la verificación del Sistema de Localización, Alerta y Seguimiento de Vehículos Taxi del Servicio de Atención de Llamadas de Urgencia de Madrid 112 según documentos de referencia XXXX00000 y GCAB02900.
.... cuyo sello figura al píe del presente documento, autorizado ... , así como por la Dirección General de Industria Energía y Minas de la Comunidad de Madrid para la instalación y mantenimiento de equipos taxímetros, certifica que:
1. En la fecha que figura al pie del presente documento, se ha realizado la puesta en servicio del equipo aquí referenciado en el vehículo taxi cuyos datos figuran en el
presente documento.
2. Que dicho equipo incorpora la versión de software verificada y tiene cargada la tabla de números de teléfono de conectividad Voz/Datos con el Centro 112.
3. Que se han realizado de forma satisfactoria las correspondientes pruebas locales de instalación en el taxi, que no incluyen las pruebas de conectividad con el Servicio de Localización, Alerta y Seguimiento de Vehículos Taxi Madrid 112.
Firma del Titular | Firma y Sello del Taller Instalador |
Fecha de la puesta en servicio : |
Anexo II.2 al Convenio entre la Comunidad de Madrid, Ayuntamiento de Madrid y Asociaciones del sector del taxi. Año 2006.
ANEXO II.3
Pruebas de Preactivación
La Hoja de Pruebas de Preactivación, que identificará al titular del equipo subvencionado, contendrá como mínimo el siguiente protocolo de pruebas:
✓ Verificación xxx Xxxxx así como del sistema de cableado y electrónico ligado al mismo, comprobándose que no se generen alarmas de forma autónoma por causas como impulsos eléctricos o radioeléctricos, vibraciones, portazos, etc. En este sentido se realizarán pruebas específicas para la verificación del buen funcionamiento xxx Xxxxx en modo local, sin conectarse al 112.
✓ Verificación del buen funcionamiento del módulo GPS.
✓ Verificación de los números telefónicos A (Voz) y B (Datos) identificados en la Solicitud de Alta, así como del buen funcionamiento de las comunicaciones GSM.
El resultado de todas las pruebas debe ser positivo. En caso de que alguna de las pruebas no sea superada con éxito, se deberá revisar la instalación y todos los equipos hasta que el resultado de las pruebas sea correcto.
Asimismo se identificará la entidad que realiza las pruebas y fecha de las mismas.
Anexo II.3 al Convenio entre la Comunidad de Madrid, Ayuntamiento de Madrid y Asociaciones del sector del taxi. Año 2006.
ANEXO II.4
Instrucciones de Entregas a Madrid 112 de los Expedientes de los titulares Subvencionados para el Equipamiento de Seguridad en los vehículos Autotaxi.
Regularme se entregará a Madrid 112, la información disponible de los Expedientes de los titulares Subvencionados para el Equipamiento de Seguridad en los vehículos Autotaxi.
Las entregas de los Expedientes irán acompañadas de una Lista como la que sigue:
Identificación de quien hace la entrega: ………………….
Nº EXPEDIENTE | AÑO | NIF/ CIF | APELLIDOS | NOMBRE | LICENCIA |
0001 | 2006 | …………….. - . | ………………………………. | ……………. | ………. |
0002 | 2006 | …………….. - . | ………………………………. | ……………. | ………. |
0003 | 2006 | …………….. - . | ………………………………. | ……………. | ………. |
Cada Expediente quedará identificado por un número correlativo a partir del número 1 para cada año.
Anexo a la Lista, se entregarán los expedientes en el mismo orden y grapados individualmente, conteniendo:
• Solicitud de Alta
• Certificado de Instalación
• Hoja de Pruebas de Preactivación.
Madrid 112 acusará recibo de las entregas efectuadas.
Anexo II.4 al Convenio entre la Comunidad de Madrid, Ayuntamiento de Madrid y Asociaciones del sector del taxi. Año 2006.
ANEXO III
DECLARACIÓN RESPONSABLE
Datos del titular
Nombre | |
Apellidos | |
NIF | |
Domicilio: calle y número | |
Población | |
Código postal | |
Teléfono/s contacto |
Datos del vehículo
Núm. de licencia del taxi | Marca | ||
Matrícula | Modelo |
Por la presente
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD:
➢ Que me hallo al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones con el Estado, con la Comunidad de Madrid y con el Ayuntamiento de Madrid.
➢ Que no he procedido a darme de baja en el censo de obligados tributarios.
➢ Que el IVA correspondiente a la factura que se acompaña va a ser soportado y no deducido por el beneficiario de la subvención, a efectos de la Ley General de Subvenciones 38/2003 de 17 de noviembre, artículo 31.8.
➢ Que la licencia de taxi de la que soy titular no ha recibido anteriormente una subvención por este mismo concepto, en el supuesto de que ya tenga instalado el equipo.
En Madrid, a ................ de de 2007.
Fdo:
(03/12.797/07)