Asociación para el Desarrollo Integral de la Familia
Asociación para el Desarrollo Integral de la Familia
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE XXXXXXXXX XX XXXX Xx. 0-0000
Xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxx, el día Dos xx Xxxxx del año Dos Mil Nueve NOSOTROS: Por una parte: XXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXX, de cuarenta y Nueve (49) años de edad, casado, guatemalteco, agricultor, con domicilio en el departamento de Jutiapa, con cédula de vecindad número de orden X xxxxx veintidós (U-22) y registro cuatro mil ochocientos sesenta y ocho (4,868), extendida por el Xxxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxx, Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx, comparezco en mi calidad de PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA –ADIFA- constituida mediante escritura publica número cuatrocientos ochenta y tres (483), en el Municipio xx Xxxxx Departamento de Jutiapa, el día diecinueve (19) xx xxxxxx del año dos mil tres (2003), autorizada por el Notario Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, acredito dicha calidad con el Acta Notarial de Nombramiento de Representante Legal, de fecha seis (06) de Octubre del año dos mil Seis (2006), Autorizada en la ciudad de Guatemala por el Notario Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx inscrita bajo la partida ocho mil seiscientos setenta y cuatro (8,674) folio ocho mil seiscientos setenta y cuatro (8,674) del libro uno (1), del Sistema Único del Registro Electrónico de Personas jurídicas del Ministerio de Gobernación señalo como lugar para recibir notificaciones la Xxxxx Xx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxx, Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx, y/o Lote once (11), manzana veinte (20), Sector dos (2), residenciales Xxxxxxx xx xx Xxxx, xxxx xxxxxxxxx (00) xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxxx y por la otra parte, el señor XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, de treinta y cuatro (34) años de edad, Casado, guatemalteco, con domicilio en esta ciudad, con cédula de vecindad número de orden A guión uno (A-1) y registro novecientos cuatro mil quinientos veintinueve (904,529), extendida por el Registro Civil del Municipio de Guatemala, Departamento de Guatemala, quien comparece como Representante Legal de la Empresa MARQSA CONSTRUCTORA inscrita en el Registro Mercantil de Guatemala con Xxxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xx. 000000 Folio: 411 Libro: 163 Categoría: Única; y en el Registro Tributario Unificado con Numero de Identificación Tributaria (NIT) No. 1494714-5. Señaló como lugar para recibir notificaciones en Xx 0.0 Xxxx xx Xxxxxxxxx Xxxx 00, Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxx. Ambos comparecientes manifestamos hallarnos en el libre ejercicio de nuestros derechos civiles e indicamos que las representaciones que se ejercitan son suficientes conforme a la ley para obligarnos, haber tenido a la vista los documentos relacionados y que en lo sucesivo y para los efectos legales de este contrato se encontrarán las siguientes denominaciones: LA ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA; MARQSA CONSTRUCTORA la Constructora y la entidad que expida la fianza será LA AFIANZADORA. Por lo tanto en las calidades en que actuamos suscribimos CONTRATO ADMINISTRATIVO DE EJECUCION DE OBRA. PRIMERA: OBJETO EL CONTRATO: MARQSA CONSTRUCTORA, se compromete a ejecutar para la “ASOCIACIÓN” el Proyecto Construcción de Parque Deportivo y Recreativo a ejecutarse en el caserío Canoas, del municipio de Zapotitlán, departamento de Jutiapa. SEGUNDA: VALOR DEL CONTRATO, PROVENIENCIA DE LOS FONDOS Y FORMA DE PAGO: El valor del presente contrato es de SEISCIENTOS MIL QUETZALES (Q. 600,000.00), el precio citado es fijo e inalterable, por la empresa Constructora no tendrá derecho otros beneficios, pagos o subsidios; Los fondos para la Ejecución del proyecto provienen del MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTES, como contenido en Convenio De Ejecución presupuestaria con Organizaciones No Gubernamentales Número veintinueve guión dos mil nueve, de fecha veinticuatro de febrero del dos mil nueve; La Forma de Pago será la siguiente, Así: a) Previa a la presentación de la fianza de anticipo para garantizar la correcta aplicación del mismo, veinte por ciento (20%) en concepto de anticipo supervisado; y el resto de los Pagos de harán Estimaciones de los Rubros de trabajo que hayan sido recibidas a satisfacción del supervisor por medio de acta que para el efecto se levante. TERCERA: PLAZO Y SANCIONES: MARQSA CONSTRUCTORA. Se compromete a terminar a entera satisfacción de la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA los trabajos en plazo de Seis (6) meses los cuales empezaran a contarse a partir de la fecha de entrega del primer desembolso. LA ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, no reconocerá ninguna prorroga del plazo para terminación de la obra excepto en lo siguientes casos; a) Si se trata de ordenes de trabajo extra y/o Convenios suplementarios. En este caso, en la orden respectiva deberá indicarse claramente el plazo improrrogable que se otorgue a MARQSA CONSTRUCTORA para ejecutar el trabajo correspondiente. Si en la orden no se expresa: a) Tiempo o si “El Contratista” procede a la ejecución de los trabajos de que se trate sin que esta no se haya emitido, se entenderá deben ejecutarlos a su xxxxx y dentro del plazo originalmente pactado CUARTO: GARANTÍA: MARQSA CONSTRUCTORA se obliga a presentar las fianzas siguientes. 1) FIANZA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO a favor de la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA una Fianza xxx xxxx por ciento (10%) que garantice todas las obligaciones que adquiere por este instrumento, la cual deberá cubrir el monto total del contrato cuya póliza deberá entregar a la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, en plazo de cinco días hábiles contados a partir de la fecha de celebrado este contrato, la que deberá permanecer vigente hasta que se compruebe que todas las obligaciones contractuales han sido cumplidas. Esta garantía cubrirá el cumplimiento del convenio de acuerdo con los documentos contractuales así como la ejecución del proyecto, en el tiempo y calidad estipulados. Es entendido que cualquier incumplimiento garantizado por esta fianza será cubierto en su totalidad y no mediante porcentaje alguno mientras se encuentre dentro de los límites que garantiza la póliza de fianza correspondiente. La ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA ejecutara la fianza de cumplimiento en cualquiera de los siguientes casos:
a) En caso de evidente negligencia por parte de MARQSA CONSTRUCTORA, en la ejecución del proyecto; b) Si cometiese actos dudosos y culposos en perjuicio de la ejecución del trabajo contratado a juicio y calificación de la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA; c) Si la empresa constructora, rehusa proseguir y dejase de ejecutar el trabajo parcial o totalmente, de tal forma que no cumpla con el programa de trabajo aprobado, ni garantice su terminación dentro del plazo establecido en este contrato, o de cualquier prórroga o ampliación que se le conceda; d) Si la constructora MARQSA CONSTRUCTORA deja de cumplir con cualesquiera de las obligaciones que le impone el presente contrato. 2) FIANZA DE CONSERVACIÓN DE OBRA del 15% del valor del contrato, 3) FIANZA DE SALDOS DEUDORES del 5% del valor del contrato. QUINTA: EJECUCIÓN DE LAS FIANZAS: ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA ejecutará las fianzas a que se refiere la cláusula cuarta, con base en el informe que rinda el supervisor, documento que MARQSA CONSTRUCTORA acepta como suficiente para que la afianzadora haga efectiva la fianza que corresponda. De dicho informe ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA dará audiencia a la afianzadora y a la constructora por el plazo xx xxxx días, para que Acompañando las pruebas y documentación necesaria expresen lo que estimen pertinente, efectuando lo cual o vencida la audiencia sin que se presente ninguna exposición, ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, si fuere procedente, ordenará sin más trámite el requerimiento y la afianzadora deberá efectuar el pago dentro del plazo xx xxxx días contados a partir de la fecha en que ordenó el requerimiento. La afianzadora deberá hacer constar en la póliza que emita, que acepta las condiciones de esta cláusula. SEXTA: SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS: a) SUPERVISIÓN: MARQSA CONSTRUCTORA deberá permitir en cualquier momento que las personas autorizadas por ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA inspeccionen las actividades y trabajos que se relacionen con la obra; en caso se considere procedente ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA contratará empresas de supervisión externa; b) RECEPCIÓN: Cuando la obra esté terminada, la MARQSA CONSTRUCTORA deberá dar aviso por escrito al supervisor que designe la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA quien hará la inspección final dentro de los quince días hábiles siguientes del aviso, plazo dentro del cual, si la obra no está conforme a los planos y especificaciones Manifestará por escrito sus observaciones a MARQSA CONSTRUCTORA, para que proceda a corregir las deficiencias y si los trabajos estuvieren correctamente concluidos, el supervisor rendirá un informe pormenorizado a ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA. SÉPTIMA: SANCIONES: En Caso que MARQSA CONSTRUCTORA por causas que le sean imputables, no cumplan con entregar los trabajos contratados dentro del plazo estipulado, será sancionado por ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA con el pago de una multa por cada día de atraso en que incurra, equivalente al cero punto cinco por millar (0.5/00) del valor total del contrato, sin que exceda del cinco por ciento del valor del mismo, ya que si excede de dicho monto se procederá a la rescisión del contrato por parte de ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, sin responsabilidad de su parte y sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que el incumplimiento conlleve, salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados y confirmados por el supervisor. Si la empresa que esté contrate, conviene total o parcialmente las especificaciones del contrato en perjuicio de ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, variando la calidad, cantidad, omitiendo bienes, materiales o mezclas de éstos, será sancionado con una multa de ciento por ciento del valor que represente la parte afectada de la negociación. OCTAVA: PROHIBICIONES: A MARQSA CONSTRUCTORA le queda prohibido ceder, transferir, enajenar o negociar total o parcialmente, en cualquier forma los derechos y obligaciones objeto de este convenio, sin la previa autorización por escrito de ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, así como proporcionar información a terceros sobre los asuntos que son de su conocimiento, como consecuencia de los servicios que presta. NOVENA: TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO. ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA puede dar por terminado el presente contrato, así como dar por terminado el derecho de la MARQSA CONSTRUCTORA para iniciar o proseguir la ejecución de los servicios contratados, en forma unilateral, sin necesidad de declaración judicial alguna y sin ninguna responsabilidad de su parte, cuando ocurra cualesquiera de la circunstancias siguientes: a) En caso de evidente negligencia de MARQSA CONSTRUCTORA en la prestación de los servicios contratados o por la negativa infundada de cumplir con sus obligaciones; b) Si se le embargare a MARQSA CONSTRUCTORA sumas que debiere pagarse por los servicios prestados siempre que le impida cumplir con sus obligaciones; c) Por vencimiento de las obligaciones contractuales; e) Si MARQSA CONSTRUCTORA no presentase las fianzas ha que está obligado conforme el presente contrato; f) Por convenir a los intereses de ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA o por la ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor ; g) Si MARQSA CONSTRUCTORA paraliza o abandona la obra sin causa justificada o por más de tres días hábiles consecutivos. Este contrato podrá ser cancelado parcial o totalmente cuando convenga a los intereses de ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA o por causa de caso fortuito o de fuerza mayor. En caso de cancelación parcial o total de los servicios contratados, ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA pagará en la liquidación del contrato a MARQSA CONSTRUCTORA una cantidad igual a: a) El valor del trabajo terminado o en proceso de terminación, si es que aún no ha sido pagado según lo certifique el supervisor, menos los pagos efectuados previamente y menos el valor de cualquier reclamo que la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA pudiera tener contra LA MARQSA CONSTRUCTORA con base a este contrato; y, b) Un pago equitativo por los gastos debidamente computados incurridos por MARQSA CONSTRUCTORA que no hayan sido pagados a causa de dicha terminación pero sin dejar ningún margen por concepto de ganancias precalculadas sobre el trabajo no ejecutado. Sin embargo, en ningún caso podrá desde el momento de la declaratoria de terminación, rescisión o resolución de este contrato, contratara a otro ente para que concluya los servicios u obra que quedaron inconclusos, independientemente de que el presente contrato quede parcialmente vigente para su liquidación y/o cobro de la fianza. DECIMA: CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR. Únicamente se autorizará prórroga de plazo y suspensión de obra por causa de caso fortuito o de fuerza mayor. Cuando por caso fortuito o de fuerza mayor se solicitare prórroga de plazo. MARQSA CONSTRUCTORA dentro del plazo xx xxxx días de ocurrido el hecho, notificara a la supervisión, indicando las implicaciones en la ejecución correspondiente. Desaparecidas las causas que motivaron a MARQSA CONSTRUCTORA para nueva acta en la que se hará constar que termina la suspensión y la prórroga a que tiene derecho MARQSA CONSTRUCTORA DECIMA PRIMERA: IMPUESTOS Y RETENCIONES. Queda entendido que cada pago que se le haga a MARQSA CONSTRUCTORA estará afecto al pago de las obligaciones fiscales y tributarias que regulen las leyes vigentes del país. DECIMA SEGUNDA: LECTURA Y ACEPTACIÓN. Los otorgantes en forma expresa hacemos constar que hemos leído lo escrito y enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y firmamos en hojas de papel membreteado de la Asociación Para el Desarrollo Integral de la Familia.
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Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX
Presidente y Representante Legal Representante Legal -A X X X X- –XXXXXX XXXXXXXXXXXX-
Xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxxx a los dos días del mes xx Xxxxx del dos mil nueve, como Notario, Doy Fe; que las firmas que anteceden son autenticas por haber sido puestas el día xx xxx en mi presencia, y que pertenece al señor XXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXX, con cédula de vecindad número de orden X xxxxx veintidós (U-22) y registro cuatro mil ochocientos sesenta y ocho (4,868), extendida por el Xxxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxx, Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx, y el señor XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, de treinta y cuatro (34) años de edad, Casado, guatemalteco, con domicilio en esta ciudad, con cédula de vecindad número de orden A guión uno (A-1) y registro novecientos cuatro mil quinientos veintinueve (904,529), extendida por el Registro Civil del Municipio de Guatemala, Departamento de Guatemala, quienes junto con el Infrascrito notario firma nuevamente la presente acta de legalización.
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ANTE MÍ: