Contract
I. Comuhidad Autóhoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Educación
2467 Resolución de 5 xx xxxx de 2022 por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx del convenio entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación, la Universidad xx Xxxxxx y el Servicio Murciano de Salud, para la participación del voluntariado universitario en programas socioeducativos y emocionales desarrollados por el equipo de atención educativa hospitalaria y domiciliaria.
Con el fin de dar publicidad al “Convenio entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación, la Universidad xx Xxxxxx y el Servicio Murciano de Salud, para la participación del voluntariado universitario en programas socioeducativos y emocionales desarrollados por el Equipo de Atención Educativa Hospitalaria y Domiciliaria”, suscrita el 29 xx xxxxx de 2022 por la Consejera de Educación, el Rector de la Universidad xx Xxxxxx y el Director Gerente del Servicio Murciano de Salud, y teniendo en cuenta que tanto el objeto del Convenio como las obligaciones establecidas en el mismo regulan un marco de colaboración que concierne al interés público de esta Consejería, y a los efectos de lo dispuesto en el art. 14 del Decreto Regional 56/1996, de 24 de julio, sobre tramitación de los Convenios en el ámbito de la Administración Regional,
Resuelvo:
Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx del “Convenio entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación, la Universidad xx Xxxxxx y el Servicio Murciano de Salud, para la participación del voluntariado universitario en programas socioeducativos y emocionales desarrollados por el Equipo de Atención Educativa Hospitalaria y Domiciliaria”, que se inserta como Anexo.
Murcia, 5 xx xxxx de 2022.—La Secretaria General, M.ª Xxxxx Xxxxx Xxxx.
ANEXO I
Convenio entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación, la Universidad xx Xxxxxx y el Servicio Murciano de Salud, para la participación del voluntariado universitario en programas socioeducativos y emocionales desarrollados por el equipo de atención educativa hospitalaria y domiciliaria
Murcia, a 29 xx xxxxx de 2022
Reunidos
De una parte, la Excma. Sra. D.ª M.ª Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, Consejera de Educación de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, nombrada por el Decreto del Presidente n.º 41/2021, de 3 xx xxxxx, en representación de la misma para la firma del presente convenio, en virtud del artículo 16.2.a y ñ de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, cuya celebración ha sido autorizada por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 23 de febrero de 2022
De una parte, el Sr. D. Xxxx Xxxxx Xxxxxxx, Rector Magnífico de la Universidad xx Xxxxxx, interviene en su nombre y representación, en virtud de las facultades que le autoriza su nombramiento, según Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx de 10 xx xxxxx de 2022, publicado en el BORM de 17 xx xxxxx de 2022 y de acuerdo con las competencias que le otorga el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y el artículo 42 de los Estatutos aprobados por Decreto 85/2004, de 27 xx xxxxxx, publicado en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx, de 6 de septiembre de 2004.
De otra parte, D. Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxx, habilitado como Director Gerente del Servicio Murciano de Salud en el Decreto 15/2021, de 18 de febrero, actuando en nombre y representación de dicho ente público, en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 8.1.d) del Decreto 148/2002, de 27 de diciembre, por el que se establece la estructura y funciones de los órganos de participación, administración y gestión del Servicio Murciano de Salud, (BORM nº 7 de 10/01/2003), expresamente facultado para la firma del presente Convenio por Acuerdo del Consejo de Administración de dicho Ente Público, de fecha 10 de febrero 2022.
Las tres partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente Convenio y a tal efecto.
Exponen
Primero.- Que el Servicio Murciano de Salud considera de interés concienciar a la sociedad sobre la importancia del voluntariado y de impulsar, activar y poner en marcha nuevas acciones y vías de colaboración que potencien un tejido social emprendedor y solidario, favoreciendo con ello el compromiso social y la participación solidaria.
Segundo.- Que la Universidad xx Xxxxxx, a través del Servicio de Atención a la Diversidad y Voluntariado (en adelante ADyV), desarrolla un Programa de Voluntariado Universitario con los objetivos:
1. Proporcionar una formación en valores como solidaridad, justicia, tolerancia, entendimiento, compromiso y respeto.
2. Proporcionar herramientas para reconocer e identificar problemas y
necesidades de la sociedad que nos rodea.
3. Promover la reflexión y el espíritu crítico.
4. Transmitir un aprendizaje para la solución de conflictos y la elaboración de soluciones constructivas.
5. Promover el trabajo en equipo de una manera inteligente, creativa y horizontal.
6. Promover la participación ciudadana como parte esencial de la formación personal y profesional, así como la construcción de una democracia socialmente avanzada, participativa y solidaria.
Tercero.- Que la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx (en adelante CARM) tiene atribuida la competencia en materia de educación, en virtud de lo estipulado en el Real Decreto 938/1999 de 4 xx xxxxx sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado en materia de Enseñanza no Universitaria (BOE 30 xx xxxxx). La CARM a través del Servicio de Atención a la Diversidad, de la Dirección General de Formación Profesional e Innovación, considera de interés fomentar el compromiso, solidaridad y acción social de la sociedad en general y, particularmente, favoreciendo la colaboración mediante el voluntariado en los programas socioeducativos y emocionales desarrollados por el Equipo de Atención Educativa Hospitalaria y Domiciliaria. Todo ello en base a la Orden conjunta de 23 xx xxxx de 2012, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, y de la Consejería de Sanidad y Política Social por la que se establece y regula la Atención Educativa al alumnado enfermo escolarizado en Centros Docentes Públicos y Privados concertados de la Región xx Xxxxxx y se crea el Equipo de Atención Educativa Hospitalaria y domiciliaria, dado que en su título II prevé la coordinación entre la Administración Educativa y la Sanitaria, y en los artículos 2.6 y 10.3 contempla la competencia que tiene la Dirección General en materia de atención a la diversidad sobre la atención educativa al alumnado enfermo y, los objetivos y actuaciones de las aulas hospitalarias tanto en los aspectos escolares, como las acciones necesarias para incluir elementos relacionados con la socialización, la afectividad y el bienestar general del alumnado hospitalizado.
Cuarto.- Que todas las partes coinciden en declarar el alto interés que la solidaridad y el voluntariado de los estudiantes universitarios tiene, tanto para la Universidad como para la sociedad en general, finalmente beneficiaria de su labor y, a tal fin, manifiestan su voluntad de establecer una colaboración y un proyecto coordinado que permita la participación de los miembros de la comunidad universitaria y la sensibilización y acercamiento hacia los fines sociales y colectivos beneficiarios del Servicio Murciano de Salud.
Quinto.- Conscientes de las enormes oportunidades que la Universidad, como forjadora de personas y de la sociedad, mediante la firma del presente Convenio se pretende impulsar, ampliar y desarrollar otros Convenios de Colaboración suscritos entre ambas instituciones promoviendo la participación voluntaria de la comunidad universitaria en actividades de atención, acompañamiento y apoyo en las labores educativas y socioemocionales que se realizan a través de los Proyectos actuales de música, artes, literarios, IngenioSanos y Terapias Asistidas
con animales (en adelante, TAA), y otros que se pudieran planificar en próximos
cursos académicos.
En este sentido, se persigue incidir en demostrar la eficacia de las actividades derivadas de estos Proyectos como catalizadoras de emociones y como recurso para mejorar el estado anímico de los pacientes infantiles y juveniles ingresados en centros hospitalarios. Todos los programas facilitan la expresión emocional, sirven de elementos distractores de pensamientos negativos, miedos o preocupaciones, promueven la formación integral y compensadora, favorecen de forma efectiva la relajación de los estados emocionales, aumentan la interacción social, provocan un impacto beneficioso inmediato en el estado psicológico de los pacientes y, en general, ayudan a reconducir la atención de un estímulo o situación estresante, hacia actividad presentada como estímulo positivo y gratificante.
Por todo ello, acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes
Cláusulas Primera.- Objeto del convenio
El presente convenio tiene como objeto establecer los términos a través de los cuales estudiantes de la Universidad xx Xxxxxx podrán realizar voluntariado universitario y actividades solidarias en las diferentes actuaciones que desarrolla el Equipo de Atención Educativa Hospitalaria y Domiciliaria, en las aulas hospitalarias, ubicadas en los Hospitales Universitarios Virgen de la Arrixaca, Santa Xxxxx y Xxxxx Xxxxx, dependientes del Servicio Murciano de Salud (SMS), así como en la atención educativa, emocional y psicológica para pacientes en convalecencia domiciliaria, en el marco del Programa de Voluntariado Universitario que desarrolla el Servicio de ADyV del Vicerrectorado de Estudiantes y Empleo.
Segunda.- Finalidad del convenio
Las actividades se desarrollarán en cualquiera de las Áreas de Salud del Servicio Murciano de Salud, y tendrá como finalidad general la participación en proyectos de voluntariado solidario en aplicación de los diferentes Programas de Atención Educativa y Socioemocional desarrollados por el Equipo de Atención Educativa Hospitalaria y Domiciliaria (en adelante EAEHD).
Los programas buscan paliar la soledad y fomentar la participación del alumnado en situación de enfermedad del Servicio de Atención Educativa Hospitalaria (aulas hospitalarias) y del Servicio de atención Educativa Domiciliaria (SAED), pertenecientes al EAEHD y contribuir así a potenciar relaciones que redunden en el bienestar de los alumnos y alumnas de dichos servicios, aumentando el grado de conocimiento de las actividades voluntarias por parte del personal sanitario que tiene contacto con el alumnado enfermo, el profesorado de sus aulas ordinarias y de las propias familias.
Del mismo modo, tratan de incrementar y mejorar la detección de casos de soledad y de aislamiento en los hospitales y en domicilios y, una vez detectados, intervenir desde el programa del EAEHD para que, a través del voluntariado, sea más fácil para los menores su incorporación a las actividades de atención educativa proporcionadas por el Equipo EAEDH y la participación y seguimiento de los proyectos, programas y talleres que se desarrollan.
También, mediante dichos programas, se aumentan las opciones que tienen los menores de desarrollar actividades diversas en función de sus necesidades,
esencialmente emocionales, proporcionando a la atención una mirada más inclusiva.
Objetivos
a) Mejorar la estancia en el centro sanitario, la asistencia al aula hospitalaria, participación en las actividades domiciliarias y optimizar las condiciones personales del alumnado en situación de enfermedad durante el período de hospitalización y convalecencia, a través del apoyo, la compañía, el cariño y la atención humana más allá de lo profesional.
b) Aumentar la autoestima del paciente propiciando y ayudando a su participación en todas las actividades que desarrolla el EAEHD.
c) Paliar la soledad que experimentan los niños y adolescentes en situación de enfermedad y contribuir a potenciar relaciones que redunden en el bienestar de la persona enferma.
d) Aumentar el grado de conocimiento de las actividades voluntarias por parte del personal sanitario, del profesorado de las aulas ordinarias y de las propias familias del alumnado y de los enfermos.
Las actividades se desarrollarán siempre que no resulten incompatibles con otras similares ya organizadas por el Centro Hospitalario y el EAEHD, en horario a convenir por ambas partes. Las que deban ajustarse a necesidades especiales del Hospital, de los Servicios del EAEHD o de los usuarios, serán tratadas individualmente con los mismos.
El EAEHD valorará si es necesario el servicio de voluntariado, que será, en caso de estimarse conveniente, ofrecido al paciente. En caso afirmativo, los padres o representantes legales de los menores deberán dejar constancia por escrito de su conformidad para que sus hijos formen parte del programa de voluntariado, siendo el EAEHD responsable de cumplir dicha obligación, así como de custodiar las correspondientes autorizaciones.
Tanto la Consejería de Educación y Cultura, por medio del equipo EAEHD, como los Hospitales pertenecientes al SMS, aportarán los medios y recursos que sean necesarios, conforme a los recursos disponibles en cada momento en el hospital, y facilitarán la oportuna organización para el desarrollo eficaz de las actuaciones previstas, que no supondrán ningún gasto económico adicional para la Consejería de Educación y Cultura, la Universidad xx Xxxxxx o los centros sanitarios del SMS.
Tercera.- Compromisos de la consejería de educación.
La Consejería de Educación y Cultura, a través del Equipo de Atención Educativa Hospitalaria y Domiciliaria se compromete a realizar las siguientes actuaciones:
1. Realizar la previsión de plazas de voluntariado universitario necesario ajustándose a los plazos y cauces habilitados por ADyV.
2. Definir el proyecto de voluntariado universitario incorporando el papel formativo del mismo, definido como una herramienta de aprendizaje social y personal que proporciona una formación a sus estudiantes, no sólo académica, sino también en valores. De esta forma, las acciones de voluntariado universitario deben contener un aprendizaje y un desarrollo de habilidades y competencias, que se reconoce y valida a través de los mecanismos académicos correspondientes, y supone un valor añadido a la formación y empleabilidad del alumnado que lo realiza.
3. Nombrar, entre los profesionales del EAEHD, la figura de un tutor, o responsable del voluntariado universitario, que acoja, apoye y realice el seguimiento de las tareas que desarrollan los participantes. También será el encargado de proporcionarles la asistencia personal necesaria en los casos de incidencias o conflictos que puedan surgir.
4. Guardar confidencialidad sobre la información relacionada con la colaboración voluntaria y los datos personales del voluntariado.
5. Dar una formación previa específica a todos los participantes sobre las tareas a desarrollar, una descripción de los beneficiarios de la acción solidaria, así como una breve información sobre riesgos laborales.
6. Evitar la xxxxxxxx de responsabilidades por parte del voluntariado que excedan de su cometido solidario, así como tareas que pudieran inducir a confusión sobre la naturaleza altruista y desinteresada del compromiso asumido. Evitar cubrir con estas acciones ningún puesto de trabajo.
7. Respetar la jornada del estudiante, así como sus periodos de vacaciones y/o exámenes.
8. Proporcionar información periódica al Servicio de Atención a la Diversidad sobre el desarrollo de la colaboración convenida, incidencias, bajas y altas, modificaciones que afecten al voluntariado, informes sobre la duración, horas y tareas desarrolladas por los participantes, etc. Así como los datos necesarios para la evaluación de cada proyecto, incluyendo el impacto del mismo, datos sobre la población beneficiaria, objetivos e indicadores de calidad, etc.
9. Al finalizar la actividad, emitir una memoria breve o informe sobre los voluntarios universitarios que han colaborado en la entidad, en el que conste: Nombre y apellidos, DNI, estudios y curso que realiza, horas de voluntariado que ha realizado y fechas así como las tareas que ha desempeñado.
10. Acudir, si fuera necesario a las actividades de captación e información sobre la entidad organizadas por ADyV.
Cuarta.- Compromisos de la Universidad xx Xxxxxx
La Universidad xx Xxxxxx, a través del Servicio de Atención a la Diversidad y Voluntariado, se compromete a:
1. Informar a la comunidad universitaria periódicamente de la oferta de plazas y actividades del proyecto, a través de los cauces habituales.
2. Apoyar la captación del voluntariado universitario, ampliando la difusión a través de otros medios como, exposiciones, mesas redondas, stands, información en las aulas, etc., en aquellos casos en los que sea necesario.
3. Poner en contacto a los miembros de la Universidad xx Xxxxxx interesados con el responsable de la entidad.
4. Realizar un seguimiento del proyecto y/o actividad que se lleve a cabo a lo largo del curso académico, así como de los voluntarios que colaboran en los mismos.
5. Organizar y/o colaborar en actividades programadas en el proyecto destinadas a la sensibilización, captación o formación del voluntariado.
6. ADyV ofertará una formación on-line general y básica sobre el voluntariado que será obligatoria para todos los participantes en el Programa de Voluntariado Universitario.
7. Organizar, y/o colaborar en actividades complementarias como culturales, deportivas, salidas de ocio y tiempo libre, convivencias, clausuras, actos de reconocimiento, etc.
8. Realizar un seguimiento y una evaluación continuada del desarrollo del proyecto.
9. A la finalización del periodo de la actividad solidaria, y en el caso de informes favorables por parte de la entidad colaboradora, ADyV expedirá un certificado a cada participante donde constarán sus datos personales, el proyecto de voluntariado universitario o la actividad realizada, el nombre de la entidad, así como su duración (periodo y horas) de la misma.
10. A demanda de los estudiantes que lo soliciten, ADyV gestionará un certificado para el reconocimiento de los créditos en actividades universitarias por las actividades realizadas en cada curso académico.
11. Informar a los voluntarios que vayan a tener contacto con menores en el ejercicio de sus tareas de que, en cumplimiento de lo establecido en el artículo
8.4 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado, deberán aportar antes del comienzo de la actividad como voluntario, una certificación negativa expedida por el Registro Central de Delincuentes Sexuales acreditando no haber sido condenados por sentencia firme por alguno de los delitos contra la libertad e indemnidad sexual.
Quinta.- Compromisos del Servicio Murciano de Salud
1. Autorizar y facilitar el acceso y participación en las dependencias hospitalarias de los voluntarios asignados al programa, de acuerdo a las condiciones marcadas en este proyecto.
2. Nombrar, entre los profesionales de la entidad, la figura de un coordinador de referencia del voluntariado universitario, encargado de proporcionar la asistencia personal necesaria en los casos de incidencias o conflictos que puedan surgir entre las partes.
Sexta.- Personal
Será de aplicación al personal voluntario de la Universidad xx Xxxxxx lo establecido en la Ley 5/2004, de 22 de octubre, del Voluntariado en la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
El personal voluntariado de la Universidad xx Xxxxxx no tiene ninguna relación contractual con el Servicio Murciano de Salud en cumplimiento de la legislación vigente.
La actividad del personal voluntario aportado por la Universidad xx Xxxxxx se ejercerá bajo las indicaciones o instrucciones de los EAEHD, y tendrá siempre carácter complementario con las actividades que éste desarrolle en el centro sanitario, sin que en ningún caso pueda sustituir ni interferir la labor de los profesionales sanitarios, que podrán, en cualquier momento, interrumpirla.
Séptima.- Financiación
La ejecución del presente convenio no generará obligaciones económicas para las partes.
Octava.- Legislación aplicable a la actividad de voluntariado
En todo lo no previsto en el presente convenio, ambas partes se someterán a lo establecido en la Ley 5/2004, de 22 de octubre, del Voluntariado en la Región xx Xxxxxx.
Novena.- Comisión mixta de seguimiento
Para el seguimiento y coordinación del presente convenio, se creará una comisión mixta integrada por los siguientes representantes de cada parte.
Su composición será la siguiente:
a) Por la Consejería de Educación, la Consejera de Educación o, en su caso, persona en quien delegue, la directora del Equipo de Aulas Hospitalarias y Atención Educativa Domiciliaria y un Técnico educativo del Servicio de Atención a la Diversidad.
b) Por la Universidad xx Xxxxxx, el Rector de la misma o, en su caso, persona en quien delegue y un técnico de voluntariado.
c) Por el Servicio Murciano de Salud, el Director Gerente del Hospital Clínico Universitario “Virgen de la Arrixaca”, el del Hospital General Universitario “Santa Xxxxx” y el del Hospital General Universitario “Xxxxx Xxxxx” o, en su caso, personas en quien deleguen.
Actuará como Secretario de la Comisión un Licenciado en Derecho de uno de los centros sanitarios mencionados, que actuará con voz, pero sin voto.
La Comisión mixta de seguimiento tendrá, entre otras, las siguientes funciones:
a) Preparar los procedimientos oportunos para la ejecución del presente Acuerdo.
b) Velar por el cumplimiento de los objetivos acordados.
c) Xxxxxxx y decidir las dudas que puedan plantearse en el desarrollo del presente convenio.
d) Valoración y evaluación del Proyecto.
e) Presentar anualmente una Memoria de las actuaciones realizadas y una propuesta para el curso siguiente.
Décima.- Seguro
La Universidad xx Xxxxxx incluirá a todos los estudiantes que realicen actividades solidarias y de voluntariado en sendas pólizas de seguros de accidentes y responsabilidad civil.
Undécima.- Vigencia del convenio.
El presente Xxxxxxxx surtirá efectos desde la fecha de su firma y tendrá una vigencia de CUATRO años, pudiendo prorrogarse por acuerdo unánime de las partes firmantes por un período de hasta 4 años adicionales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.h) 1.º del Capítulo VI de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.
Duodécima.- Modificaciones
Los términos y cláusulas del presente Convenio podrán ser revisados y/o modificados a instancia de cualquiera de las partes y de común acuerdo.
Decimotercera.- Protección de datos
Las partes se comprometen a observar el secreto profesional, manteniendo absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que tengan conocimiento con ocasión del cumplimiento del convenio, de acuerdo al nivel de protección establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos y la Ley 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Derechos Digitales, no comunicando a ningún tercero, ni siquiera para su conservación, los datos facilitados por el responsable del tratamiento. Esta obligación subsistirá aún después de finalizar sus relaciones con dicho responsable.
El presente compromiso de confidencialidad se mantendrá en vigor durante toda la vigencia del Convenio y durante un plazo de cinco (5) años a contar desde la resolución del mismo.
Decimocuarta.- Resolución
El incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Convenio por una de las partes faculta a la contraparte a instar su resolución.
Igualmente, el Convenio podrá ser resuelto por el mutuo acuerdo de las partes, en sus propios términos, así como por las demás causas previstas en la legislación vigente.
Décimoquinta.- Jurisdicción
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y las cuestiones litigiosas que pudieran surgir serán competencia de la jurisdicción contencioso- administrativa.
Y en prueba de conformidad, firman las partes el presente documento en el lugar y fecha al principio indicados.
NPE: A-180522-24678
D.L. MU-395/1985 - ISSN: 1989-1474
Por la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, la Consejera de Educación, M.ª Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx.—Por el Servicio Murciano de Salud, el Director Gerente del Servicio Murciano de Salud, Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxx.— Por la Universidad xx Xxxxxx, el Rector, Xxxx Xxxxx Xxxxxxx.