PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CONTRATACION URGENTE MEDIANTE CONCURSO PUBLICO DE DIVERSOS SERVICIOS ASISTENCIALES PARA LA FUNDACION PUBLICA “RESIDENCIA DE ANCIANOS MIZPIRUALDE”
PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CONTRATACION URGENTE MEDIANTE CONCURSO PUBLICO DE DIVERSOS SERVICIOS ASISTENCIALES PARA LA FUNDACION PUBLICA “RESIDENCIA DE ANCIANOS MIZPIRUALDE”
Artículo 1.- OBJETO DEL CONCURSO
Constituye objeto del presente concurso la prestación en la Fundación Pública Residencia de Ancianos Mizpirualde, a partir del 1 de enero de 2017, de los servicios asistenciales que a continuación se citan: servicio socio-sanitario y servicio asistencial.
Las características de los servicios a prestar y las condiciones en las que habrán de realizarse, son las que figuran en el Pliego de Condiciones Técnicas que se adjunta y en lo recogido en el presente Xxxxxx.
Artículo 2.- TIPO DE LICITACION
El precio, que incluirá el IVA, será fijado por los licitadores en su proposición.
En ningún caso los precios, con el IVA incluido, podrán sobrepasar, durante el año en el que se produzca la contratación, los máximos que a continuación se señalan:
(A) SERVICIO SOCIO-SANITARIO Compuesto por:
SERVICIO DE TECNICO EN CUIDADOS AUXILIARES DE ENFERMERIA
Hora día laborable………………………………..…. 24,35 euros/hora
Hora día festivo……………………………………….. 31,36 euros/hora
Hora nocturna día laborable……………...…… 28,47 euros/hora
Hora nocturna día festivo…………...……….... 35,48 euros/hora
Hora responsable noche día laborable…… 31,03 euros/hora
Hora responsable noche día festivo………… 37,95 euros/hora TECNICO EN CUIDADOS AUXILIARES DE ENFERMERIA -RESPONSABLE DE CENTRO
Hora día laborable………………………………..…. 37,08 euros/hora
Hora día festivo……………………………………….. 44,09 euros/hora
(B) SERVICIO ASISTENCIAL Compuesto por:
SERVICIO DE LIMPIEZA
Hora día laborable………………………………..…. 22,13 euros/hora
Hora día festivo……………………………………….. 29,42 euros/hora
Hora nocturna día laborable……………...…… 25,26 euros/hora
Hora nocturna día festivo…………...……….... 32,55 euros/hora SERVICIO DE COCINA-COCINERAS
Hora día laborable………………………………..…. 28,64 euros/hora
Hora día festivo……………………………………….. 35,93 euros/hora
Hora nocturna día laborable……………...…… 32,44 euros/hora
Hora nocturna día festivo…………...……….... 39,73 euros/hora SERVICIO DE COCINA-AYUDANTES
Hora día laborable………………………………..…. 22,13 euros/hora
Hora día festivo……………………………………….. 29,42 euros/hora
SERVICIO DE PORTERIA
Hora día laborable………………………………..…. 24,39 euros/hora
Hora día festivo……………………………………….. 31,68 euros/hora
Hora nocturna día laborable……………...…… 28,68 euros/hora
Hora nocturna día festivo…………...……….... 35,97 euros/hora
Artículo 3.- DURACION DEL CONTRATO
El contrato tendrá una duración de 2 años contados a partir de la formalización del
mismo.
El contrato podrá ser prorrogado por periodos anuales, hasta un máximo de 4 años,
incluidas prorrogas, con respecto de los plazos previstos en el art. 303 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y se entenderá tácitamente prorrogado, salvo que cualquiera de las partes denuncie el contrato con cuatro meses de antelación como mínimo.
Artículo 4.-FORMA DE PAGO
El pago se realizará por meses vencidos, previa presentación de la factura y visto bueno de la misma por parte de la dirección del centro.
Artículo 5.-CONSIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
La Residencia Mizpirualde consignará anualmente en su presupuesto ordinario las cantidades precisas para atender al pago de los servicios objeto del contrato.
Artículo 6.- ACTUALIZACIOIN DE PRECIOS
En su caso, previa solicitud y posterior autorización expresa de la Junta de Gobierno de la Fundación, se acordará la actualización del precio reflejando la evolución de los costes de acuerdo con la DA 88 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014 y en función de los que se determine en la normativa aplicable en cada ejercicio anual.
La eventual actualización de precios sólo podrá tener lugar una vez transcurrido el primer año desde la formalización del contrato.
Artículo 7.-AMPLIACIONES, REDUCCIONES O MODIFICACIONES DEL CONTRATO
La Residencia de Ancianos Mizpirualde podrá exigir del adjudicatario la ampliación o reducción de los servicios contratados, sin que ello suponga modificación de los precios unitarios y podrá introducir en el contrato cuantas modificaciones estime oportunas para la buena marcha del servicio.
Artículo 8.-LICITADORES
Podrán tomar parte en la licitación las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional
En el supuesto de personas jurídicas dominantes en un grupo de sociedades, se podrán tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, en su caso, de la persona jurídica dominante, siempre y cuando ésta acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos, de conformidad a lo establecido en el art. 52 de la LCSP
Podrán, así mismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, de conformidad con el Art. 48 de la LCSP. Cada uno de los empresarios que componen la agrupación, deberá acreditar su capacidad para obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que se hace referencia en las cláusulas siguientes, debiendo indicar en
documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que las suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que , durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración, y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas (Art. 24 del RGLCAP). El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión.
La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicional de las cláusulas de este pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
Además deberán necesariamente contar con el certificado de calidad ISO 9001-
2008.
Artículo 9.- PUBLICIDAD
Por tratarse de una contratación mediante procedimiento abierto, se dará publicidad al mismo según lo que dispone el artículo 142 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Igualmente, será publicado en anuncio de licitación en el perfil de contratante del órgano de contratación, de la página Web Xxxxxxxxxxx.xxx.
Artículo 10.-PRESENTACION DE PROPOSICIONES
La proposición para tomar parte en la licitación, será presentada en las oficinas de la Residencia Mizpirualde de 9 a 13 horas y de lunes a viernes, durante el plazo de 8 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Guipúzcoa del anuncio de la convocatoria.
Caso de que el plazo finalice en xxxxxx, xxxxxxx ó festivo se entenderá que el mismo finaliza a las 13:00 horas del siguiente día laborable.
Las proposiciones presentadas con posterioridad no serán admitidas aunque conste que se entregaron en Correos antes de la finalización del plazo, salvo que se remita al órgano de contratación por télex o telegrama, la justificación de la fecha de remisión de la solicitud en el mismo día que se envió por correo.
Los licitadores deberán presentar dos sobres cerrados (A y B), en cada uno de los cuales figurará la inscripción “PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACION POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE DIVERSOS SERVICIOS ASISTENCIALES.”.
En cada sobre se indicará la denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, debiendo estar ambos sobres también firmados.
El sobre "A" se subtitulará "CAPACIDAD PARA CONTRATAR" y contendrá los siguientes documentos:
1. En el supuesto de concurrir un empresario individual, acompañará el Documento Nacional de Identidad y, en su caso, fotocopia de la escritura de apoderamiento debidamente legalizada.
2. La capacidad de obrar de los licitadores que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la presentación de la fotocopia de la Escritura de Constitución y de Modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
3. En caso de representación se adjuntará la acreditación del poder junto con una declaración responsable del que presenta de que el mismo es bastante para representar a la empresa en esta licitación, salvo que se presente certificado
acreditativo de su inscripción en el Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi (original o fotocopia), donde conste la representación, junto con una declaración jurada de su validez y vigencia.
4. La capacidad de obrar de las empresas no españolas de estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los registros o presentación de las certificaciones que se indican en el Anexo I del RGLCAP, en función de los diferentes contratos.
5. Las personas físicas o jurídicas de estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva misión diplomática permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, y con los entes, organismo o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el Art. 3 de la LCSP en forma sustancialmente análoga.
Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
6. Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el Art. 49 de la LCSP, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. La prueba de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el Art. 62 del LCSP.
7. Unión Temporal de Empresarios: Cuando varios empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal, deberán acompañar su proposición con un escrito denominado “Compromiso de U.T.E.”, suscrito por los empresarios que la componen. En el escrito de Compromiso de U.T:E. se indicarán los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriben, la participación de cada uno de ellos, el nombramiento de un representante o apoderado único con poderes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, y el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, caso de resultar adjudicatarios del contrato.
A los efectos de determinar la solvencia de las uniones temporales de empresarios, deberán acreditar cada uno de los integrantes de la misma la exigencia de clasificación determinada en la condición 8.
8. Justificantes de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional del licitador, por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 62 y siguientes de la Ley de Contratos de Sector Publico. Así mismo acreditación, en su caso, de disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato, de acuerdo con el artículo 197.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
9. Acreditación del sistema de gestión basado en la norma ISO 9001-2008.
El sobre “B” se subtitulará “PROPOSICION ECONOMICA Y CRITERIOS DE ADJUDICACION” y contendrá los siguientes documentos:
a) Proposición económica con arreglo al modelo recogido al final de las presentes bases, que necesariamente deberá ser presentado en único sobre (sobre B1) bajo la misma denominación, esto es, proposición económica.
b) Documentos relacionados con “Otros a valorar”, que se recogen en el artículo 11 de este pliego y que deberán presentarse en un sobre denominado de la misma forma (sobre B2), esto es, “otros a valorar”.
Artículo 11.-CALIFICACION DE DOCUMENTOS Y APERTURA DE PROPOSICIONES
El acto de apertura de proposiciones se desarrollará en acto público que tendrá lugar el primer día hábil al siguiente de haberse cumplido el plazo de admisión de proposiciones, en la Residencia de Ancianos Mizpirualde a las 12 horas de la mañana ante el/la Presidente/a o miembro de la Junta en quien delegue, y el Secretario de la Junta de Gobierno que levantará acta del acto. En este acto se dará apertura a los sobres “A” y “B2-Otros a valorar”.
Se dará por terminado el acto de apertura de plicas sin efectuar adjudicación provisional y se pasará el expediente a los servicios técnicos de la propia residencia para su análisis.
A continuación, y también en acto público, se convocará a los interesados/as al objeto de efectuar la apertura del sobre “B1-Proposición económica”.
Finalmente, a la mayor brevedad se formulará a la Junta de Gobierno la correspondiente propuesta de adjudicación.
Los criterios que han de servir de base para la adjudicación del contrato son los siguientes:
1.-VALORACION ECONOMICA Hasta un máximo de 4 puntos por servicio y a razón de 0,2 puntos por cada 0,10 euros rebajados en cada uno de los conceptos. Son 6 los servicios, por lo que en este apartado se podrán obtener, como máximo, 24 puntos.
2.- OTROS A VALORAR: Hasta un máximo de 20 puntos repartidos de la siguiente manera:
2.1.- Planes de formación, hasta un máximo de 5 puntos:
.- Solo se valorarán propuestas concretas de planes de formación para cada uno de los posibles 4 años de vigencia del contrato, identificando el servicio al que iría dirigido, las características de los mismos en cuanto a su finalidad, contenido y duración (número de días y horas) se refiere. El tiempo empleado en formación por el/la trabajador/a será remunerado y su incumplimiento será considerado falta muy grave.
2.2.- Otros a valorar, hasta un máximo de 15 puntos y repartidos de la siguiente manera:
.- Cuidado xx xxxxxxxx hasta un máximo de 3 puntos. Se concretará el número de intervenciones durante el año, número de personas a emplear y su alcance.
.- Limpieza exterior del conjunto de miradores ubicados en la planta segunda del edificio principal, hasta un máximo de 3 puntos. Se concretará el número de intervenciones durante el año y número de personas a emplear.
.- Limpieza ascensor exterior 2 puntos. Se concretará el número de intervenciones durante el año y número de personas a emplear.
.- Limpieza de choque de los suelos del conjunto xx xxxxx de las habitaciones y comedor de la unidad psicogeriátrica hasta un máximo de 3 puntos. Se concretará el número de intervenciones durante el año y número de personas a emplear.
.- Abrillantado del suelo del conjunto de pasillos, habitaciones y comedor principal, hasta un máximo de 2 puntos. Se concretará el número de intervenciones durante el año y número de personas a emplear.
.- Propuesta de excursiones fuera del municipio hasta un máximo de 2 puntos, concretando su número durante el año y medios, humanos y materiales, que se pondrían al alcance de la residencia.
Las propuestas aparecerán claramente detalladas y su incumplimiento será considerado falta muy grave.
Artículo 12.-ADJUDICACION DEFINITIVA
El contrato se perfeccionará mediante la adjudicación realizada por la Junta de Gobierno de la Entidad, a la vista del informe técnico emitido.
La adjudicación será notificada al adjudicatario, el cual, en el plazo xxxxxx xx xxxx días naturales contados desde el siguiente al de la notificación, deberá realizar las siguientes actuaciones:
a) Constituir la garantía definitiva.
b) En el caso de que con la proposición no hubiese acreditado hallarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, deberá aportar las certificaciones administrativas que acrediten el cumplimiento de tales obligaciones.
c) Presentar la declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el Art. 49 de la LCSP, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. La prueba de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el Art. 62 del LCSP
d) Justificar la contratación del seguro de responsabilidad civil, mediante la presentación del recibo o certificado emitido por la compañía de seguros.
e) Comparecer finalmente en esta Residencia para formalizar el contrato en documento administrativo.
En el caso de falta de formalización del contrato por causas imputables al contratista, la Residencia de Ancianos Mizpirualde puede acordar la resolución del mismo, previa audiencia del interesado, con indemnización de daños y perjuicios.
Articulo 13.-FIANZA DEFINITIVA
El que resulte adjudicatario del contrato a que se refiere el presente Xxxxxx, estará obligado a constituir, en el plazo de 15 días a partir de su notificación, una fianza definitiva para garantizar el cumplimiento de aquel en la forma expedida, que ascenderá a la cantidad de 18.000 euros.
Artículo 14.-COMPETENCIA DEL ORGANISMO AUTONOMO
En orden a la correcta prestación de los servicios, el Organismo Autónomo, se reserva su dirección funcional y la supervisión del cumplimiento cualitativo y cuantitativo de las tareas encomendadas.
Artículo 15.-DEBERES DEL CONCESIONARIO
Serán deberes del concesionario los siguientes:
a) Respecto del objeto de la concesión y los límites establecidos en la misma, el cumplimiento del servicio con la diligencia debida desde el punto de vista del rendimiento.
b) La observancia de las directrices de trabajo emanadas del personal competente del Organismo Autónomo.
c) Al tratarse de una concesión que se otorga en base y entre otras, a las circunstancias profesionales, personal, etc. no será transmisible a terceros.
d) Xxxxxx al personal que actualmente presta estos servicios quedando subrogado en los derechos y obligaciones laborales que tenía el anterior adjudicatario. La relación de los servicios que se vienen subcontratando y de las personas adscritas a los mismos con sus respectivos, salarios, antigüedades, etc., se encontrarán a disposición de los interesados en las oficinas del centro. La residencia no se hará cargo de ese personal al finalizar el contrato, y serán a cuenta del adjudicatario las indemnizaciones o responsabilidades que pueda acarrear el asumir esta obligación.
e) Cumplir todas las disposiciones vigentes en cuanto a seguridad social, seguridad e higiene en el trabajo, y en cuanto a materia fiscal. Para comprobar que se cumple lo establecido en este apartado, la Residencia de Ancianos Mizpirualde exigirá que se presente junto con la factura mensual los siguientes documentos: relación de trabajadores que realizan el servicio, certificado de que se les ha abonado la nomina, y el TC1 y TC2 correspondientes. Asimismo podrá exigirle la presentación de cualquier documentación o certificado a fin de acreditar el cumplimiento de lo señalado anteriormente.
f) Estar al día en el cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo (Ley de Prevención de Riesgos laborales 31/95). En el plazo que se señale desde la Fundación deberá presentar la
evaluación de riesgos propio de la actividad así como justificar la adopción de las medidas de seguridad. En caso de accidente o perjuicio de cualquier género ocurrido a los operarios con ocasión del ejercicio de los trabajos, el adjudicatario cumplirá lo dispuesto en las normas vigentes bajo su responsabilidad, sin que esta alcance en modo alguno a la residencia de ancianos.
g) A poner en todo momento a disposición de la prestación de los distintos servicios, todo el personal señalado y a la cubrición de todas las ausencias, bajas, etc. de los mismos. Su no cumplimiento tendrá la consideración de falta grave.
h)Xxxxx asegurada la responsabilidad civil mínimamente con un importe de 300.000 euros., a fin de indemnizar a terceros los daños que se les pudieran ocasionar como consecuencia de la omisión del servicio, salvo si se hubiesen producido por actos realizados en cumplimiento de una cláusula impuesta por la Residencia con carácter ineludible. La residencia será considerada como tercero respecto al adjudicatario y a los servicios contratados.
Artículo 16.-GASTOS
El adjudicatario quedará obligado a satisfacer todos los gastos que origine el concurso, tales como el importe de los anuncios que se publiquen y demás que se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de formalización del contrato. Queda obligado también a satisfacer cuantos impuestos, exacciones, tasas o arbitrios pudieran corresponderle.
Artículo 17.-MATERIAL DE TRABAJO
Los productos de limpieza, enseres de cocina, productos farmacéuticos y todo el material en general necesario para el correcto desempeño de los correspondientes servicios serán por cuenta del Organismo Autónomo.
Artículo 18.-RESPONSABILIDAD POR FALTAS DE LOS EMPLEADOS
El contratista asume la responsabilidad correspondiente a las faltas que puedan cometer, en la ejecución de los trabajos, las personas que emplee. El contratista se obliga a abonar todos los gastos, pensiones o indemnizaciones exigibles por lesiones corporales que sufran los operarios utilizados en los trabajos o terceras personas, producidos con ocasión o por consecuencia de los trabajos objeto de este concurso. El contratista se obliga a abonar al centro todos los gastos que pudieran derivarse del mal uso de los medios puestos por la residencia a disposición de los empleados de la contrata para la realización de los trabajos, así como todos los gastos que pudieran derivarse de la mala praxis de sus empleados, tales como daños en audífonos de los residentes, perdidas de audífonos, perdidas de prótesis dentales, daños en prendas de los residentes, etc.
Los medios puestos por la residencia a disposición de los empleados, a los que se hace mención en el apartado anterior, aparecerán debidamente detallados en una relación que será consensuada con el/la adjudicatario/a a lo largo del mes de enero de 2017 y que podrá ser actualizada en cualquier momento.Producida la incidencia serán los servicios técnicos correspondientes quienes determinen la causa del daño. Los requerimientos deberán ser satisfechos en el plazo de un mes desde su notificación al contratista. Su incumplimiento será considerado grave.
Artículo 19.-INCUMPLIMIENTOS
Los incumplimientos se considerarán leves, graves y muy graves. 19.1 Incumplimientos leves:
Los incumplimientos de las normas generales y específicas previstas en el Pliego, que no constituyan incumplimiento grave o muy grave.
19.2 Incumplimientos graves:
Además de los señalados específicamente, serán considerados incumplimientos graves:
19.2.1. El retraso reiterado en la prestación de los servicios, así como por anomalías reiteradas en la prestación de los servicios objeto de contrato.
19.2.2. La inobservancia de las prescripciones sanitarias o el incumplimiento de las órdenes de la dirección del centro para evitar situaciones insalubres, peligrosas o molestas al público.
19.2.3. Irregularidades inadmisibles en la prestación de los servicios con arreglo a las condiciones fijadas en el presente pliego.
19.2.4. La falsedad de la documentación.
19.2.5. No estar al corriente del pago de las primas del seguro obligatorio.
19.2.6. La desobediencia inexcusable a las órdenes que dé la Residencia para corregir deficiencias que puedan concretarse.
19.2.7. Dos incumplimientos leves.
19.3 Incumplimientos muy graves
19.3.1. La prestación manifiestamente defectuosa o irregular de los servicios, con incumplimiento de las condiciones establecidas.
19.3.2. Cesión, subarriendo o traspaso, total o parcial de los servicios, sin autorización expresa de la Residencia.
19.3.3. La cesación en la prestación del servicio por el contratista o empresa adjudicataria, sin la concurrencia de las circunstancias legales que la hagan legítimo.
19.3.4. El incumplimiento de las obligaciones laborales y de Seguridad Social con el personal adscrito a los Servicios.
19.3.5.- Dos incumplimientos graves.
Artículo 20.- REGIMEN DE PENALIDADES
20.1 Resolución del Contrato:
Procederá la declaración de resolución de contrato, extinguiéndose con ello la concesión, en los siguientes casos:
a) Incumplimiento de los plazos previstos para el inicio de la prestación del servicio.
b) Infracción muy grave por parte del contratista respecto a sus obligaciones esenciales.
c) Reiteración o reincidencia de infracciones. Se considerará reiteración cuando el infractor hubiese sido penalizado más de dos veces en el transcurso de un año por infracción grave de sus obligaciones esenciales. Ahora bien, si el infractor hubiese sido penalizado por infracción grave más de dos veces en el transcurso de un semestre, se considerará reincidencia.
d) La declaración de resolución requerirá la previa advertencia al contratista, con expresión de las diferencias que hubieren de motivarla. Si transcurrido un plazo prudencial no se hubieran subsanado las deficiencias advertidas imputables al contratista, el contrato podrá declararse resuelto. Todo lo expuesto regirá en los casos de incumplimiento muy grave de sus obligaciones esenciales.
e) Cuando, levantado el secuestro, el concesionario incurriera de nuevo en los incumplimientos que lo hubieran determinado.
f) En todos los supuestos de resolución de contrato, se requerirá acuerdo de la Junta de Gobierno de la Residencia de Ancianos Mizpirualde, previa audiencia del contratista.
20.2. Penalidad pecuniaria:
Los incumplimientos que no motiven la declaración de resolución del contrato, serán objeto de las siguientes penalidades pecuniarias:
-Incumplimientos leves: de 150 a 600 euros
-Incumplimientos graves: de 601 a 1.500 euros
-Incumplimientos muy graves: resolución del contrato
El importe de las multas se hará efectivo en última instancia contra la garantía definitiva, debiéndose ésta reponer en su importe en el plazo de 15 días.
20.3 En todo caso la imposición de penalidades deberá efectuarse mediante expediente contradictorio en el que la empresa concesionaria dispondrá del preceptivo trámite de audiencia conforme lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Artículo 21.-EXTINCION DEL CONTRATO
Son causas de la extinción del contrato:
El transcurso del plazo de su duración, establecido en el presente pliego.
La declaración de resolución de la concesión.
La resistencia del adjudicatario a la formulación del contrato.
La quiebra o suspensión de pagos del contratista, así como el no encontrarse al corriente en el ingreso de las cuotas del Régimen General de la Seguridad Social y en el de las retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, respecto al personal adscrito al contrato.
Mutuo acuerdo entre la Residencia de Xxxxxxxx y el contratista, siempre que los motivos de la Residencia de Ancianos obedezcan exclusivamente a razones de interés público o a circunstancias excepcionales y, a su vez, no existan causas para declarar la caducidad del contrato.
El rescate del servicio por la Residencia de Ancianos Mizpirualde antes del transcurso del plazo fijado. En este caso, se ceñirá a lo previsto en el supuesto de caducidad.
La supresión del servicio por razones de interés público.
Una vez finalizada la concesión, el contratista deberá hacerse cargo de los trabajadores por él contratados para la prestación del servicio, sin que la Residencia de Ancianos Mizpirualde deba asumir ningún tipo de carga derivada de los contratos de trabajo suscritos entre el contratista y sus operarios, no integrándose en la plantilla del Residencia de
Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxx, ni respondiendo por indemnización de ningún tipo por la cesación del trabajo
Artículo 22- PRERROGATIVAS
Corresponden a la Residencia de Ancianos Mizpirualde las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (LCAP).
Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos.
Artículo 23.- RÉGIMEN JURÍDICO
El contrato se regirá en primer lugar por las cláusulas contenidas en este Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx y en el Pliego de Condiciones Técnicas, ambos aprobados por la Residencia de Ancianos Mizpirualde al efecto, que tendrán carácter de básico. Cuando exista contradicción entre las cláusulas de los Pliegos de Condiciones aprobados, prevalecerá en todo caso el Pliego de Condiciones Jurídico-Administrativas Particulares sobre el Pliego de Condiciones Técnicas y documentación que se le acompañe, así como sobre la documentación de toda índole que se incorpore al expediente.
Por la Ley 30/07, de 00 xx xxxxxxx xx 0000, xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx.
Por el Real Decreto 1098/01, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Por el Decreto de 17 xx xxxxx de 1995, por el que se aprueba el Texto del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales.
Por la Ley 7/85, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases de Régimen Local, y el Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local; publicados en los BOE nº 96 y 97, de fechas 22 y 23 xx xxxxx de 1986 respectivamente, en cuanto no se opongan a lo establecido en la Ley 30/07.
Por las restantes normas del Derecho Administrativo y, en su defecto, por las del Derecho Privado.
Por cualesquiera otras disposiciones que regulen la contratación tanto a nivel estatal como de la Comunidad Autónoma Vasca, y que resulten aplicables en el ámbito de la misma.
Por el ordenamiento jurídico de la Comunidad Europea en materia de contratación administrativa.
También se obliga al adjudicatario al estricto cumplimiento de la legislación vigente en materia de Relaciones Laborales, Seguridad Social, y de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas y la oferta presentada por el adjudicatario, prevalecerá la opción más favorable para la Residencia de Ancianos Mizpirualde, conforme a su propia interpretación.
Artículo 24.-RETIRADA DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA
Una vez firme la resolución de adjudicación del contrato, la residencia de ancianos procederá a destruir la documentación presentada por los licitadores que no hayan resultado adjudicatarios del servicio. Concretamente, se destruirá la documentación correspondiente al sobre "A".
No obstante, en el plazo de tres meses desde la publicación de la adjudicación definitiva en el Perfil del Contratante, en la página web de la Fundación Pública Residencia de Ancianos Mizpirualde, las empresas interesadas podrán retirarla previa petición por escrito.
Artículo 25.- OTRAS CONSIDERACIONES
Dado que durante la vigencia del contrato se puede prever que se produzca la integración de la Fundación Publica Residencia de Ancianos Mizpirualde en el organismo autónomo
,dependiente del Departamento de Políticas Sociales de la Diputación Xxxxx de Gipuzkoa, denominado Kabia, señalar que, de producirse la citada integración, la relación contractual podrá ser trasladada al citado organismo.
MODELO DE PROPOSICION
D. con domicilio en
de años de edad, con D.N.I. núm. en nombre propio (o en representación de
) hace constar:
1.-Que solicita su admisión al concurso convocado por la Residencia de Ancianos Mizpirualde, según anuncio inserto en el Boletín Oficial de Gipuzkoa nº para concesión de diversos servicios de auxilio clínico, lavandería, cocina, limpieza, etc., de dicha residencia.
2.-Que no se halla incurso en ninguna de las causas de prohibición que se establecen en el artículo 20 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas..
3.-Adjunta documento acreditativo de haber presentado la garantía provisional de 300 euros.
4.-Acompaña los demás documentos exigidos en el Pliego de cláusulas Económico- Administrativas.
5.-Acepta plenamente los Pliegos de esta licitación y cuantas obligaciones de la misma se deriven como licitador y como adjudicatario si lo fuere.
6.-Que propone como precios de la prestación de los servicios objeto de la concesión las siguientes cantidades:
(A) SERVICIO SOCIO-SANITARIO Compuesto por:
SERVICIO DE TECNICO EN CUIDADOS AUXILIARES DE ENFERMERIA
Hora día laborable………………………………..…. euros/hora
Hora día festivo……………………………………….. euros/hora
Hora nocturna día laborable……………...… euros/hora
Hora nocturna día festivo…………...………... euros/hora
Hora responsable noche día laborable…… euros/hora
Hora responsable noche día festivo……… euros/hora
TECNICO EN CUIDADOS AUXILIARES DE ENFERMERIA -RESPONSABLE DE CENTRO
Hora día laborable………………………………..…. euros/hora
Hora día festivo……………………………………….. euros/hora
(B) SERVICIO ASISTENCIAL Compuesto por:
SERVICIO DE LIMPIEZA
Hora día laborable………………………………..…. euros/hora
Hora día festivo……………………………………….. euros/hora
Hora nocturna día laborable……………...… euros/hora
Hora nocturna día festivo…………...………... euros/hora SERVICIO DE COCINA-COCINERAS
Hora día laborable………………………………..…. euros/hora
Hora día festivo…………………..………………….. euros/hora
Hora nocturna día laborable……………………. euros/hora
Hora nocturna día festivo………………………… euros/hora
SERVICIO DE COCINA-AYUDANTES
Hora día laborable………………………………..…. euros/hora
Hora día festivo……………………………………….. euros/hora SERVICIO DE PORTERIA
Hora día laborable………………………………..…. euros/hora
Hora día festivo……………………………………….. euros/hora
Hora nocturna día laborable……………………. euros/hora
Hora nocturna día festivo……………………….. euros/hora
PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS PARA LA PRESTACION DE DIVERSOS SERVICIOS ASISTENCIALES EN LA " RESIDENCIA DE ANCIANOS MIZPIRUALDE "
OBJETO DEL CONTRATO
Constituye objeto del presente contrato la prestación en la Fundación Pública residencia de Ancianos Mizpirualde, a partir del 1 de enero de 2017, de los servicios asistenciales que a continuación se citan: servicio socio-sanitario y servicio asistencial.
REQUISITOS FUNCIONALES DE LOS PUESTOS
SERVICIO SOCIO-SANITARIO | REQUISITOS ACADEMICOS Y PROFESIONALES | ||||||
TECNICO EN ENFERMERIA | CUIDADOS | AUXILIARES | DE | FP1-XXXX enfermería.) | SANITARIA | (Xxx.xx | clínica, aux. |
SERVICIO ASISTENCIAL | REQUISITOS ACADEMICOS Y PROFESIONALES | ||||
RECEPCIONISTA | FP1-RAMA ADMINISTRATIVA | ||||
LIMPIADORAS | CERTIFICADO DE ESCOLARIDAD | ||||
COCINEROS/AS | GRADO MEDIO DE COCINA Y GASTRONOMIA | ||||
AYUDANTE DE COCINA | CERTIFICADO DE ESCOLARIDAD | ||||
TECNICO EN CUIDADOS AUXILIARES ENFERMERIA RESPONSABLE DE CENTRO | DE | FP1-RAMA enfermería..) | SANITARIA | (Xxx.xx | clínica, aux. |
DOTACION DE PLANTILLA
La empresa contratista conocerá antes del 15 de diciembre de cada año, las necesidades principales que presenta la Residencia para el año siguiente, le serán puestas de manifiesto por la Dirección del Centro y deberá prestar el servicio con personal propio que contará con la titulación exigida en cada caso. Además de contar con la titulación exigida en cada caso, todo el personal subrogado de la empresa contratista, con contrato fin de obra, deberá tener los suficientes conocimientos de euskera como para desenvolverse con facilidad a nivel hablado
y si no los tuviera deberá la empresa contratista, mediante el proceso de formación que abajo se detalla, facilitárselos. La empresa contratista deberá presentar un estudio, debidamente acreditado por empresa acreditada para ello, sobre la situación de su personal, en relación al conocimiento que éste tiene del euskera, para el 1 xx xxxxx de 2017. Para las nuevas contrataciones, los niveles de euskera que deberán de tener las personas contratadas serán los siguientes:
SERVICIO SOCIO-SANITARIO | NIVEL DE EUSKERA SEGÚN MARCO EUROPEO DE REFERENCIA PARA LAS LENGUAS | |||
TECNICO EN ENFERMERIA | CUIDADOS | AUXILIARES | DE | B2 |
SERVICIO ASISTENCIAL | NIVEL DE EUSKERA SEGÚN MARCO EUROPEO DE REFERENCIA PARA LAS LENGUAS |
RECEPCIONISTA | B2 |
LIMPIADORAS | B1 |
COCINEROS/AS | B1 |
AYUDANTE DE COCINA | B1 |
TECNICO EN CUIDADOS AUXILIARES DE ENFERMERIA RESPONSABLE DE CENTRO | C1 |
Por otro lado, a la hora de prestar el servicio a la empresa contratista le será de aplicación lo recogido en el Plan que, para el uso del euskera, tiene desarrollado el ayuntamiento xx Xxxxxxx. Además las relaciones administrativas con soporte documental se desarrollarán mínimamente en euskera.
Su incumplimiento será considerado falta muy grave.
La empresa contratista deberá además responsabilizarse del aspecto físico de sus empleados, dotándolos de la indumentaria y vestuario que exija la autoridad sanitaria o laboral para cada puesto de trabajo y manteniéndolos en un permanente estado de decoro. Compete a la dirección de la residencia determinar el tipo y el color de la misma. En los uniformes de los/as trabajadores/as aparecerán grabados, en sitio bien visible, además del nombre de la empresa a la que pertenecen, el cargo (en euskera y castellano, sobresaliendo el primero frente al segundo) y el nombre del trabajador junto con su primer apellido. Iniciada la prestación de los servicios la empresa dispondrá de dos meses para su total cumplimiento. Para las nuevas contrataciones, siempre y cuando las mismas tengan una duración superior al mes, la empresa dispondrá de 15 días. Los incumplimientos serán considerados como faltas graves y tendrán una multa de 1.000 euros.
EUSKERA-FORMACION
La dirección de la residencia de ancianos establecerá, antes del 1 xx xxxx de 2017, la relación de personas que la empresa deberá formar debidamente dentro de ese periodo de contratación y la empresa contratista vendrá obligada a ofrecer un curso de una duración de 20 horas a un número mínimo de 15 trabajadores/as. Al trabajador le serán remuneradas esas horas, siempre y cuando quede acreditado su aprovechamiento. Finalizado el curso la empresa contratista, dentro del mes siguiente al de su finalización, presentará, además del informe pertinente sobre la evolución del curso y sobre la evolución del aprendizaje por parte de los asistentes, la encuesta de satisfacción según el modelo que le será facilitado desde la dirección de la residencia antes del comienzo del curso.
El incumplimiento parcial de lo anterior será considerado como falta grave y el incumplimiento total de muy grave.
En el caso de que el contrato fuese prorrogado la empresa contratista, siguiendo las directrices marcadas desde la dirección de la residencia, estará obligada durante el nuevo periodo de contratación a ofrecer un curso de euskera de una duración de 20 horas a un mínimo de 15 trabajadores/as, siéndoles, de igual forma, remuneradas las horas.
Al margen de lo anterior, el número de horas de formación y las condiciones de la misma que para cada servicio haya podido haber propuesto en su proposición la empresa contratista, servirá de referencia para la formación que la empresa contratista se verá obligada a ofrecer
en los posibles periodos prorrogados, siendo la dirección de la residencia quien determine los contenidos. Su incumplimiento tendrá la consideración de grave.
FUNCIONES
Las funciones de cada puesto serán las que se describen a continuación:
1. SERVICIO SOCIOSANITARIO:
El personal adscrito al Servicio Socio-sanitario se ocupará, en general, de la asistencia integral al usuario, colaborando con el servicio sanitario en el ámbito preventivo, paliativo y de tratamiento de la salud de los ancianos.
TECNICO EN CUIDADOS AUXILIARES DE ENFERMERIA:
- Levantar y acostar a los residentes que precisen.
- Higiene y vestido de las personas que requiera supervisión, ayuda parcial o total.
- Aseo y/o baño diario, con lavado de cabeza, corte de uñas y cuidado e hidratación de la piel.
- Diferentes transferencias de la cama a la silla, de la silla al sillón, etc., en las que se hará uso de las grúas en los casos en los que los residentes lo precisen.
- Apoyo en la de ambulación a usuarios que lo precisen.
- Asistencia en actividades de la vida diaria que precise ayuda, como por ejemplo, acudir al wc, cambios de pañal, limpieza de bocas, cambios posturales, control de sondas, etc.
- Distribuir y servir comidas en comedores, según la dieta de cada residente, ayudando a comer a los que no puedan hacerlo por sí mismos.
- Traslado de residentes a otras dependencias el centro cuando se le requiera para ello.
- Administrar los tratamientos prescritos vía oral, anal, tópica, encomendados por la DUE.
- Conocimiento y aplicación de los Procedimientos de trabajo y cumplimentación de los registros establecidos.
- Colaborar con el/la encargado/a en la técnica de amortajamiento cuando sea necesario.
- Participar en las reuniones de coordinación.
- Realizar la cama y organizar la habitación y los enseres del residente.
- En general, se ocupará de la asistencia integral al usuario, colaborando con el servicio sanitario en el ámbito preventivo, paliativo y de tratamiento de la salud de los ancianos.
- Llevará a cabo todas aquellas actividades que no habiéndose especificado antes le sean encomendadas, que estén incluidas en el ejercicio de su profesión y preparación técnica, y que tengan relación con lo señalado anteriormente.
TECNICO/A EN CUIDADOS AUXILIARES DE CLINICA- RESPONSABLE DE CENTRO
- En ausencia del Director, Coordinadora y Supervisora, estará junto con la DUE al frente de toda la plantilla, con cometidos socio-sanitarios y asistenciales.
- Leer partes de encargadas y de enfermería. Coordinación con resto de encargadas.
- Comunicación con servicio sanitario del Centro.
- En ausencia de la Supervisora, acudir a las reuniones de coordinación.
- En ausencia de la Supervisora participar en la elaboración de los Planes de Cuidados Individuales.
- En ausencia de la Supervisora, acogida, seguimiento y valoración de personal en prácticas, contacto con su responsable.
- Coordinar acompañamientos hospitalarios y visita a encamados.
- Recibir a nuevos ingresos en el Centro.
- Comedor General: Cuando fuera necesario colocar medicación y acudir en horario de desayuno, comida y sobre.
- Atender llamadas tanto interiores como exteriores, así como demandas de Dirección, Coordinadora, Supervisora.…
- Atender llamadas y visitas de proveedores.
- Controlar el inventario y actualización del mismo: gel, esponjas, cremas, aceites, medias, pañales, guantes, vajilla, lencería, grúas, xxxxxx xx xxxx, protectores, manoplas, etc.
- En ausencia de la Supervisora, realizar diversas compras: ropa para residentes sin familiares, costura, productos de atención personal (cremas, colonias,…)
- Recopilación mensual de Indicadores de Calidad.
- Supervisión de la correcta práctica de las trabajadoras a su cargo.
- Organización de las tareas del personal cuando fuera necesario.
- Conocimiento del procedimiento de trabajo y cumplimentación de los registros.
- En general, todas aquellas actividades que no habiéndose especificado antes le sean encomendadas, que estén incluidas en el ejercicio de su profesión y preparación técnica, y que tengan relación con lo señalado anteriormente.
2. SERVICIO ASISTENCIAL:
RECEPCIONISTA - AUXILIAR ADMINISTRATIVO:
- Atender la centralita y pasar las llamadas a las extensiones interiores.
- Efectuar llamadas al exterior siempre que se le requiera.
- Transmitir avisos o comunicaciones por megafonía.
- Recibir y atender a las personas que acuden a la Residencia, tales como visitas a residentes, proveedores, etc., facilitándoles la información necesaria en cada caso. A tal efecto se responsabilizará de llevar un registro de entradas donde se anotará en relación nominal, el movimiento de visitas.
- Llevará igualmente un control de las salidas de residentes, impidiendo la salida de residentes que, por su estado de salud, no estén autorizados por el Centro.
- Realizar tareas administrativas auxiliares, bien de carácter manual o mediante el uso de equipos informáticos.
- Controlará el acceso por la puerta del sótano.
- Se encargará de distribuir la correspondencia del Centro y de los residentes.
- Mantendrá en perfecto estado las dependencias de Recepción, en especial los equipos electrónicos de comunicación.
- Se responsabilizará de las llaves de los distintos departamentos, depositadas en Recepción.
- Se encargará de recibir y distribuir en la biblioteca la prensa diaria.
- Se encargara de la recepción del servicio de ambulancias, taxis, mensajeros y transportistas.
- Facilitarán cambios de monedas a los residentes que lo soliciten.
- Se encargará de la colocación de anuncios, avisos, etc., en los distintos tablones existentes en el Centro.
- Contactar con servicios externos de mantenimiento.
- En general, todas aquellas actividades que no habiéndose especificado antes le sean encomendadas, que estén incluidas en el ejercicio de su profesión y preparación técnica, y que tengan relación con lo señalado anteriormente.
LIMPIADOR:
- Distribuir y servir comidas, según la dieta de cada residente, dando de comer a los que no pueden hacerlo por sí mismos.
- Igualmente se ocupará de la preparación de comidas que no requieran una elaboración complicada (por ejemplo, meriendas, calentar platos, etc.).
- Limpieza de las dependencias de planta, tales como habitaciones, salas, pasillos, comedores office de distribución de comidas, etc.
- Prepara el comedor para las comidas.
- Preparar, trasladar y limpiar los carros de comida en los que se sirve el alimento a los residentes que comen en los comedores de las plantas.
- Desmonta, limpia y recoge el comedor después de cada comida, ocupándose de la limpieza de los suelos, mesas así como del menaje y vajilla previamente trasladado a los office.
- Cualquier anomalía que se observe se comunicará al servicio de Mantenimiento o se cumplimentará un parte.
- Limpieza de elementos auxiliares
- En general, todas aquellas actividades que no habiéndose especificado antes le sean encomendadas, que estén incluidas en el ejercicio de su profesión y preparación técnica, y que tengan relación con lo señalado anteriormente.
LIMPIADOR/A DE LAVANDERIA:
- Recibir la ropa sucia, seleccionarla, lavarla y plancharla.
- Mantener en buen estado de limpieza la maquinaria de la Sección.
- Realizará diariamente la limpieza de suelos de la dependencia de Lavandería (barrer y fregar).
- Informará en todo momento a la Supervisora o a la Técnico en cuidados de enfermería Responsable del centro sobre anomalías observadas en el funcionamiento de la maquinaria o sobre incidencias en el movimiento de ropa, tales como desperfectos, pérdidas, etc., rellenado si fuera preciso los partes correspondientes.
- Adoptará en todo momento las medidas necesarias a fin de evitar el acceso de personas no autorizadas al interior de las dependencias.
- Coser, zurcir, marcar y remendar a mano o a máquina.
- En general, todas aquellas actividades que no habiéndose especificado antes le sean encomendadas, que estén incluidas en el ejercicio de su profesión y preparación técnica, y que tengan relación con lo señalado anteriormente.
LIMPIADOR DE COCINA:
- Limpia los utensilios de cocina, máquinas auxiliares, etc. que han sido utilizados por los cocineros, colocándolos en su lugar correspondiente.
- Se ocupará de la limpieza de los suelos, recogida y traslado de basuras a los contenedores.
- Realiza la limpieza general de las dependencias de cocina y que afecta a armarios, fogones, hornos, exterior xx xxxxxxx extractora, etc. así como todo lo que se le encomiende.
- Limpieza de despensa y suelo de cámaras frigoríficas.
- En general, todas aquellas actividades que no habiéndose especificado antes le sean encomendadas, que estén incluidas en el ejercicio de su profesión y preparación técnica, y que tengan relación con lo señalado anteriormente.
COCINERO/A:
- Como responsable del departamento, se ocupará de la organización, distribución y coordinación de todo el personal adscrito a la cocina así como de la elaboración de las comidas, con sujeción al menú y regímenes alimentarios que propondrá el servicio de enfermería.
- Vigilar la despensa cada día a fin de tener lo necesario para la preparación de los menús.
- Supervisar el mantenimiento, en perfectas condiciones de limpieza y funcionamiento de la maquinaria y utensilios propios del departamento tales como: bandejas, hornos, freidora, extractores, filtros, cortadoras, ollas, etc.
- En general, todas aquellas actividades que no habiéndose especificado antes le sean encomendadas, que estén incluidas en el ejercicio de su profesión y preparación técnica, y que tengan relación con lo señalado anteriormente.
AYUDANTE DE COCINA:
- Bajo las órdenes del Cocinero/a realizará la preparación de la materia prima para la elaboración de los menús. Limpieza de los útiles de cocina.
- En general, todas aquellas actividades que no habiéndose especificado antes le sean encomendadas, que estén incluidas en el ejercicio de su profesión y preparación técnica, y que tengan relación con lo señalado anteriormente.
OTRAS CONSIDERACIONES
El personal de la empresa contratista deberá tener domiciliado el pago de sus nóminas y el pago de sus retribuciones, en cuentas o libretas de Entidades Bancarias o Cajas de Ahorro de su elección.
Los pagos que procedan, sin excepción alguna, tendrán lugar a mes vencido y siempre dentro de los ocho primeros días del mes siguiente. Su incumplimiento será considerado grave.