CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE CARAVACA DE LA CRUZ Y LA ASOCIACIÓN TALLER DEL LIBRO
NIF: P3001500B
Organización Municipal y Órganos Colegiados
Expediente 603176W
ASOCIACION JUVENIL TALLER DEL LIBRO XX
XXXXXXXX 31/03/2022
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXX DE LA XXXX Y LA ASOCIACIÓN TALLER DEL LIBRO
En Caravaca de la Xxxx, a fecha de firma electrónica
EL ALCALDE XXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX
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El Secretario de Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la
Xxxx XXX XXXXXXXX XXXXX
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REUNIDOS
De una parte D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, Alcalde presidente del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la Xxxx, en representación del mismo (en adelante Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la Xxxx), asistido por la Secretaria de la Corporación.
Y de otra, con DNI , en calidad de Presidenta de la Asociación Juvenil Taller del Libro, con CIF: X00000000, y domicilio en
, xx Xxxxxxxx de la Xxxx, actuando en nombre y representación de está.
Los comparecientes, en la representación en que intervienen, se reconocen recíprocamente capacidad legal suficiente y vigencia de las respectivas facultades con las que actúan para suscribir el presente Convenio de Colaboración, y al efecto,
EXPONEN
PRIMERO.- Que el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la Xxxx ha manifestado su interés en establecer una colaboración con la Asociación Juvenil “Taller del Libro”, en cumplimiento de las competencias propias que tiene atribuidas en el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, relativas a la “promoción de la cultura y equipamientos culturales”.
SEGUNDO.- La Asociación Juvenil Taller del Libro es una Entidad sin ánimo de lucro, cuyo marco territorial de actuación es el Municipio xx Xxxxxxxx de la Xxxx y que tiene por objeto fundamental estatutario de su actividad los intereses generales y sectoriales de los ciudadanos del Municipio, con domicilio en el término municipal xx Xxxxxxxx de la Xxxx y que está inscrita en el registro de Asociaciones de la Región Murcia, así como en el Registro Municipal de Asociaciones con el número 16.
Que la Asociación, de acuerdo con sus Estatutos tiene, entre otros, los fines primordiales de extensión bibliotecaria y apoyo a la cultura.
Para el cumplimiento de estos fines, y según el artículo 4º de sus Estatutos, la Asociación organizará las actividades que considere oportunas.
TERCERO.- Que según lo establecido en el artículo 233 del Real Decreto 2568/1986 de 28 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, “las asociaciones a que se refiere el artículo anterior podrán acceder al uso de medios públicos municipales, especialmente los locales y los medios de comunicación, con las limitaciones que impongan la coincidencia del uso por parte del Ayuntamiento, y serán responsable del trato dado a las instalaciones. El uso de medios públicos municipales deberá
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ser solicitado por escrito al Ayuntamiento, con la antelación suficiente que se establezca por los servicios correspondientes”.
Por su parte, el Reglamento Municipal del Registro de Entidades Ciudadanas del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la Xxxx (BORM Núm. 298, de 28/12/2017), dispone en el apartado tercero y quinto de su artículo 6, lo siguiente: “6.3.- Las entidades podrán acceder al uso de locales públicos municipales, con la limitación que imponga la coincidencia del uso por parte de varias de ellas o por el propio Ayuntamiento. En todo caso, en el uso de locales municipales serán responsables del cuidado y buen trato a las instalaciones. 6.5.- Para el desarrollo de programas de interés general y que redunden en beneficio de los ciudadanos, el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá establecer convenios de colaboración con las asociaciones o entidades ciudadanas inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas, de acuerdo con la normativa vigente”.
CUARTO.- Que mediante Resolución de Alcaldía núm.146 de 22.10.2020, la Asociación firmante se inscribió en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas.
QUINTO.- Que, para la realización del objeto del Convenio, existe crédito adecuado y suficiente en los presupuestos del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la Xxxx, para el ejercicio 2022, por importe de 44.150 euros.
SEXTO.- Que el Ayuntamiento se encuentra interesado en la colaboración de la Asociación en materias de promoción cultural y otras similares, en el ámbito de su competencia, por lo que de común acuerdo, ambas partes, consideran conveniente suscribir el presente Convenio Xxxxx de Colaboración conforme a las siguientes
PRIMERA.- OBJETO
CLÁUSULAS
El Secretario de Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la
Xxxx XXX XXXXXXXX XXXXX
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Ambos comparecientes están interesados en el desarrollo de la cultura y su difusión, por lo que tienen interés mutuo para establecer un marco de colaboración que dé cobertura a las actividades a desarrollar a corto plazo.
En concreto, es objeto del presente convenio la regulación de cómo se va a llevar a cabo la colaboración pretendida a través de la puesta en marcha de los Centros de Lectura en las pedanías de La Almudema, Archivel, Barranda, La Encarnación y Xxxxxxx; así como del programa de Aulas de Acceso Libre y de programas de cuentacuentos y animación a la lectura. Todo ello de conformidad con la memoria presentada por la Asociación.
El fin de la colaboración formalizada se puede concretar en los siguientes hitos:
● Difusión de la cultura, facilitando el conocimiento y la información.
● Fomento del hábito lector y el apoyo a la educación.
● Fomento del uso de las nuevas tecnologías.
● La prevención, educación en valores y el desarrollo de la inteligencia emocional.
● Potenciación de la imaginación y creatividad.
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Para la articulación de la colaboración, la Asociación podrá hacer uso de forma temporal, gratuita y sin exclusividad de las instalaciones municipales necesarias para el ejercicio de sus actividades de difusión.
SEGUNDA.- COMPROMISOS Y DERECHOS DE LA ASOCIACIÓN
EL ALCALDE XXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX
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El Secretario de Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la
Xxxx XXX XXXXXXXX XXXXX
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La Asociación se compromete a desarrollar todas aquellas tareas de extensión bibliotecaria y gestión documental sobre las que se llegue a posterior acuerdo y que estén dentro de su ámbito de actuación según sus propios estatutos.
Si en el periodo de duración del convenio, la Asociación dejase de cumplir su compromiso o, tras inspección técnica, se comprobase la ineficacia de sus componentes en el desarrollo de las tareas, el Ayuntamiento podrá exigir la sustitución de dichos componentes por otros que subsanen la falta, o denunciar el convenio, constituyendo esto causa de resolución sin derecho a indemnización alguna.
La Asociación se reserva el derecho a suspender la colaboración mientras en tanto el Ayuntamiento resulte incumplidor de alguno de los compromisos asumidos por este.
TERCERA.- COMPROMISOS Y DERECHOS DEL AYUNTAMIENTO
El Ayuntamiento se compromete a subvencionar las actividades que desarrolle la Asociación en el ámbito público aportando una cantidad económica máxima de 44.150 euros (con cargo a la aplicación presupuestaria 08/33210/48200 del vigente presupuesto municipal) para el periodo de vigencia del convenio, incluyendo todas las actuaciones realizadas en desde el 1 xx xxxxx de 2022 al 31 xx xxxxx de 2023, según los Anexos adjuntos, sin perjuicio de las eventuales prórrogas.
No obstante, la ejecución del Convenio durante el ejercicio 2023 queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismo en el ejercicio 2023.
CUARTA.- SEGUIMIENTO Y DIRECCIÓN
La dirección y seguimiento de este Convenio se realizará por el titular de la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento, o por el personal que se designe al efecto.
Se creará, a partir de la firma del presente Convenio, una Comisión de Seguimiento compuesta por:
• Un representante del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la Xxxx, que será el titular de la Concejalía de Cultura o persona en quien delegue.
• Un representante de la Asociación.
Esta Comisión supervisará la ejecución y seguimiento del contenido del presente Convenio, así como resolverá las dudas y controversias que de la aplicación del mismo pudieran derivarse.
QUINTA.- VIGENCIA Y EXTINCIÓN
El presente Xxxxxxxx se podrá modificar en cualquier momento por mutuo acuerdo entre las partes,
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tendrá una duración de UN AÑO, con efectos desde el 1 xx xxxxx de 2022 al 31 xx xxxxx de 2023, y podrá prorrogarse por años adicionales por acuerdo unánime de los firmantes hasta alcanzar una duración máxima de 4 años.
El presente Xxxxxxxx podrá resolverse por alguna de las siguientes causas:
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• El transcurso del plazo de vigencia.
• Incumplimiento del contenido del Convenio.
• Por mutuo acuerdo de las partes.
• Las demás previstas por la legislación aplicable.
• Por denuncia expresa de cualquiera de las partes, formulada con una antelación mínima de UN MES a la fecha en que se quiera dar por finalizado.
SEXTA.- RELACIÓN CONTRACTUAL
La ejecución de las actividades objeto del presente convenio no supondrá, en ningún caso, la existencia de relación laboral alguna entre las entidades firmantes del mismo y las personas que lleven a cabo la ejecución de dichas actividades.
SEPTIMA.- JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN Y REINTEGRO DE LOS FONDOS
La Asociación beneficiaria deberá aportar antes del día 30/06/2023 (fecha de finalización del plazo para la presentación de la justificación de la subvención) los documentos acreditativos de la justificación de la subvención.
En caso de que el convenio se prorrogue, el plazo de justificación será hasta el 30 xx xxxxx del año que corresponda.
En este sentido, se considerarán como documentos justificativos mínimos los siguientes:
a) Memoria detallada del programa de la actividad desarrollada, que describirá los objetivos y resultados conseguidos y constará expresamente que ha sido cumplida la finalidad para la cual se otorgó la subvención, conforme al presupuesto y proyecto presentado.
b) Presupuesto de ingresos y gastos realizados.
c) Facturas originales justificativas de los gastos.
d) Ejemplar de documentación gráfica de la actividad donde conste el patrocinio del Excmo. Ayuntamiento, etc.
e) Deberá acreditar que se halla al corriente de sus obligaciones tributarias, tanto estatales como municipales y de Seguridad Social, en los términos previstos en el artículo 22 del R.D. 887/2006, de 21 de julio, del Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, mediante las certificaciones correspondientes que deberán adjuntarse a la documentación justificativa de la subvención concedida.
El importe de las subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
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En caso de que la subvención superarse el coste de la actividad subvencionada, procederá el reintegro del exceso obtenido, así como la exigencia del interés de demora correspondiente.
OCTAVA.- NATURALEZA JURÍDICA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN
En lo no previsto en este Convenio se estará a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones y en Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se prueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
EL ALCALDE XXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX
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En su defecto, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
El Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la Xxxx y la Asociación firmante, se comprometen a tratar de resolver de forma amistosa cualquier duda o conflicto que pudiera surgir en torno a la interpretación y aplicación del presente Convenio de Colaboración.
En el supuesto de que no se llegue a un acuerdo, las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse respecto a la interpretación, cumplimiento, extinción, resolución y efectos se someterán a la jurisdicción contenciosa-administrativa.
Para que así conste y en prueba de conformidad, lo firman en el lugar y fecha arriba indicado, por triplicado ejemplar.
Xxx Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx
Alcalde-Presidente xx Xxxxxxxx de la Xxxx
Presidenta de la Asociación Juvenil Taller del Libro
El Secretario de Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la
Xxxx XXX XXXXXXXX XXXXX
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Xxxx Xxx Xxxxxxxx Xxxxx
La Secretaria General Accidental
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ANEXO I
PROGARAMA DE COLABORACIÓN “CENTROS DE LECTURA”
El Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la Xxxx, dispone de locales en los Centros Sociales de las Pedanías de La Almudema, Archivel y Barranda, Navares y La Encarnación, en los que pretende poner a disposición pública cinco Centros de Lectura dependientes de la Biblioteca Pública Municipal e integrados en la Red de Bibliotecas de la Región xx Xxxxxx.
EL ALCALDE XXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX
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El Secretario de Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la
Xxxx XXX XXXXXXXX XXXXX
31/03/2022
La Asociación "Taller del Libro" tiene, entre otros fines, el tratamiento técnico de fondos documentales, su puesta a disposición pública y las actividades de animación a la lectura.
Compromisos y derechos de la Asociación
a) Difundir la cultura y que esta llegue a toda la población, independientemente de su raza, sexo, ideología o religión, tal y como refleja el Manifiesto IFLA/UNESCO sobre bibliotecas públicas de 994.
b) Colaborará en la gestión y funcionamiento de los citados Centros de Lectura.
c) Realizará todo el proceso técnico a la colección de cada uno de los Centros, siguiendo las directrices de la Biblioteca Pública Municipal xx Xxxxxxxx de la de la Biblioteca Regional xx Xxxxxx.
d) Abrirá los centros DOS DIAS a la semana durante tres horas cada día, en de 17 a 20 horas, pudiendo modificarse éste según lo aconsejen las circunstancias de cada centro.
e) En caso de que las personas encargadas por la Asociación, no puedan abrir al público uno o todos los centros alguno de los días estipulados, la Asociación designará sustitutos entre sus componentes, comunicándolo al Ayuntamiento, y si esto no fuese posible, se abrirá al público en otro día de la misma semana,
f) Presentará a la Concejalía de Cultura, una memoria anual donde se recojan las estadísticas de uso y actividades realizadas en cada Centro.
Compromisos y derechos del Ayuntamiento
▪ Suministrará los fondos y todo el material accesorio necesario para poner a disposición del público una pequeña colección en cada Centro.
▪ El mantenimiento y limpieza de los Centros serán de cuenta del Ayuntamiento.
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ANEXO II
PROGRAMA DE CUENTACUENTOS Y ANIMACIÓN A LA LECTURA “HORA DEL CUENTO”
EL ALCALDE XXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX
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El Secretario de Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la
Xxxx XXX XXXXXXXX XXXXX
31/03/2022
Gracias a los cuentos, se pretende un acercamiento al mundo interior de los niños y su lenguaje y simbología, estrechando así los lazos afectivos con ellos al mismo tiempo que se potencia la imaginación, creatividad y la cultura
La Asociación "Taller del Libro" tiene, entre otros fines la realización de actividades de apoyo a la cultura, que incluyen las de animación a la lectura.
Compromisos y derechos de la Asociación
La Asociación realizará semanalmente, por la tarde, en la Biblioteca Pública Municipal, dos talleres de Animación a la lectura, con una duración de una hora cada uno dirigido a usuarios habituales de la biblioteca.
Compromisos y derechos del Ayuntamiento
a) Subvencionará a la Asociación la cantidad establecida para el desarrollo de esta actividad€.
b) La Presente actividad será coordinada por el personal de la Biblioteca Pública Municipal, bajo la supervisión e instrucciones de la Concejalía de Cultura en su caso.
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ANEXO III
PROGRAMA “AULA DE LIBRE ACCESO EN BARRANDA”
Se pretende que el Aula de Acceso Libre se configure como un espacio puesto a disposición del ciudadano y le permita contar los medios técnicos necesarios para el acceso gratuito a Internet, coadyuvando así al uso, difusión y formación en nuevas tecnologías.
EL ALCALDE XXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX
31/03/2022
El Secretario de Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la
Xxxx XXX XXXXXXXX XXXXX
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La Asociación "Taller del Libro" tiene, entre otros fines el apoyo a la cultura que incluye entre otros la difusión de las nuevas tecnologías.
Compromisos y derechos de la Asociación
a) Colaborará en el funcionamiento efectivo de las citadas aulas y en su atención.
b) Abrirá las Aulas cuatro días a la semana durante 3 horas cada día en horario de 17:00 a 20:00 horas, pudiendo modificarse éste según lo aconsejen las circunstancias de cada centro.
c) En caso de que las personas encargadas por la Asociación, no puedan abrir al público una o las dos aulas entre los días estipulados, la Asociación designará sustitutos entre sus componentes, comunicándolo al Ayuntamiento, y si esto no fuese posible, se abrirá al público en otro día de la misma semana.
d) Presentará a la Concejalía de Cultura, una memoria anual donde se recojan las estadísticas de uso y actividades realizadas en cada Aula.
Compromisos y derechos del Ayuntamiento
a) El Ayuntamiento dotará las aulas de todo el material necesario para dicha actividad, así como el acondicionamiento de la sala donde se ubique el aula.
b) El mantenimiento y limpieza de las Aulas correrán por cuenta del Ayuntamiento.
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