PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ASCENSORES Y OTROS EQUIPOS ELEVADORES DE LA FUNDACIÓN RESIDENCIA DE ESTUDIANTES POR PROCEDIMIENTO ABIERTO
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ASCENSORES Y OTROS EQUIPOS ELEVADORES DE LA FUNDACIÓN RESIDENCIA DE ESTUDIANTES POR PROCEDIMIENTO ABIERTO
ÍNDICE
1.- Objeto del contrato
2.- Ubicación
3.- Vigencia del contrato
4.- Equipos a mantener
5.- Servicios comprendidos
6.- Servicios no comprendidos
7.- Obligaciones de la empresa
8.- Operaciones del servicio
9.- Condiciones generales de la prestación del servicio
9.1.- Prestación del servicio
9.2.- Requisitos del servicio
10.- Normativa y reglamentación
11.- Responsabilidad
Anexo I – Relación de ascensores y aparatos de elevación
Anexo II – Programa de mantenimiento preventivo
Anexo III – Relación de ascensores y aparatos de elevación (precio/mes)
1.- OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del presente pliego, es la contratación de los servicios de mantenimiento de los ascensores y equipos de elevación actuales y los que en su caso los sustituyan, de la Fundación Residencia de Estudiantes.
2.- UBICACIÓN
Los ascensores y equipos de elevación a mantener, se encuentran situados en los siguientes edificios, ubicados en la sede de la Fundación Residencia de Estudiantes, en la x/ Xxxxx 00-00, Xxxxxx, 00000:
Pabellón Central
Pabellón Transatlántico
Pabellones Gemelos I y II
3.- VIGENCIA DEL CONTRATO
El tiempo de vigencia del contrato para el mantenimiento de los ascensores será de tres (3) años. Se iniciará la prestación del servicio el día 27 de diciembre de 2013, y culminará la prestación del mismo el 26 de diciembre de 2016, quedando incluidos dentro de la prestación del servicio ambos días.
4.- EQUIPOS A MANTENER
La descripción de los ascensores y equipos elevadores a los que se les debe prestar el servicio, aparecen relacionados en el ANEXO I a este pliego.
5. SERVICIOS COMPRENDIDOS
Revisar y mantener los aparatos elevadores según el Plan de Mantenimiento establecido por la empresa adjudicataria, debiendo garantizar en todo momento el buen funcionamiento y estado de los mismos, a corto y largo plazo.
La empresa adjudicataria deberá disponer de un centro de control de 24 horas, tanto para los avisos que reciba por xxxxxxx como por rescates y/o emergencia, ya sean éstos recibidos por vía telefónica o a través de los equipos de comunicación bidireccional instalados en los ascensores y equipos elevadores.
Todas las llamadas o avisos de avería que realice la Fundación Residencia de Estudiantes deberán ser atendidas en un tiempo máximo de dos (2) horas (en condiciones climatológicas y de tráfico normal), siendo por cuenta de la empresa mantenedora toda la aportación de material de repuesto, mano de obra o cualquier otra necesidad que origine un cargo, así como el tiempo de viaje o desplazamiento invertido para atender cualquier aviso.
Quedan comprendidos en el compromiso: aceites, grasas, relés, contactores, transformadores, botoneras de planta y cabina, zapatas de freno, freno, elementos de reducción, eje sinfín y corona, limitador de velocidad, motor eléctrico, timbres de alarma, finales xx xxxxxxx, paros magnéticos, elementos eléctricos del cuadro de maniobra, cierres automáticos de puertas, bobinado de motores, levas electromagnéticas, fusibles y portafusibles, rectificadores, resistencias, poleas de tracción, poleas de reenvío, rodamientos, cojinetes, deslizaderas, porta deslizaderas, cables de suspensión, cable de regulador, mangueras de maniobra, cables múltiples, dispositivos mecánicos y eléctricos y pequeño material accesorio y todo aquel que sea necesario para la total operatividad de los equipos. También quedan comprendidos las lámparas, leds o tubos fluorescentes de señalización, así como de iluminación de cabinas, salas de máquinas, huecos de ascensor o cualquier otro elemento constituyente del aparato.
La reposición o reparación de accesorios, equipos y/o sistemas deteriorados y no operativos deberá realizarse obligatoriamente y de forma inmediata.
La empresa adjudicataria designará un responsable de proyecto, interlocutor directo entre la empresa adjudicataria y el responsable designado por la Fundación Residencia de Estudiantes, el cual coordinará todas las actuaciones que corresponda en relación al mantenimiento, con seguimiento, análisis e informe de incidencias, estudio de mejoras, etc.
Mensualmente emitirá el correspondiente informe de mantenimiento con sus programaciones.
Así mismo deberá presentar informe del estado de los equipos dentro del primer y último mes de vigencia del contrato.
Estarán incluidas dentro de los servicios de mantenimiento las visitas especiales, para la asistencia de los Organismos de Control Autorizado. Otro tipo de visitas especiales serán solicitadas según las necesidades y previo presupuesto por la empresa contratante.
6. SERVICIOS NO COMPRENDIDOS
Serán por cuenta de la Fundación Residencia de Estudiantes las reparaciones, reposición o colocación de aquellos materiales o piezas deterioradas por el mal uso o por causas ajenas a la utilización racional del aparato, así como los desperfectos ocasionados por actos vandálicos, incendios o cualquier otro siniestro que afecte al inmueble.
También será por cuenta de la Fundación Residencia de Estudiantes, cualquier cambio en las características o aportación de elementos no incluidos originariamente en el ascensor, sean cuales sean las razones o causas que obliguen a las mismas, así como todas aquellas modificaciones que en un futuro pudieran exigirse por organismos oficiales competentes.
Asimismo, los servicios requeridos fuera de los horarios establecidos o del objeto del contrato, serán facturados a la Fundación Residencia de Estudiantes. En el sobre núm. 3 relativo a la Oferta económica, cada empresa que participe en el procedimiento deberá indicar el precio/hora para la prestación de este servicio, ver modelo en el punto 10.4.
7. OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA
Interrumpir el servicio del aparato cuando se aprecie cualquier riesgo de accidente hasta que se efectúe su reparación, que deberá llevarse a término a la mayor brevedad posible y coordinadamente con la Fundación Residencia de Estudiantes, debiendo informar de forma inmediata de la situación y del plan de actuación.
En caso de accidente o rescate de personas, deberán presentar el correspondiente informe de incidencias de forma inmediata (tiempo máximo 24 horas desde la hora del accidente/incidente), describiendo el accidente/incidente, las operaciones realizadas y las medidas adoptadas, indicando los elementos a sustituir o reparar por no garantizar el perfecto funcionamiento y acompañado si procede, del correspondiente presupuesto para su aprobación.
Comunicar a la Fundación Residencia de Estudiantes la fecha de inspección periódica oficial que establece la legislación vigente y prestar la asistencia necesaria a los Entes Territoriales y/o sus entidades e Inspección en las visitas a las instalaciones, sin coste añadido para la Fundación Residencia de Estudiantes.
Los presupuestos solicitados por la Fundación Residencia de Estudiantes sobre los trabajos a realizar en las instalaciones (ascensores y equipos elevadores), deberán estar desglosados y valorados en horas de trabajo y relación de materiales a utilizar o sustituir.
La empresa adjudicataria deberá retirar, gestionar y tratar adecuadamente los residuos generados por el mantenimiento de los aparatos elevadores, según el tipo de residuo y de acuerdo a la normativa de aplicación vigente respecto al medio ambiente, debiendo presentar la documentación oficial establecida sobre la gestión y tratamiento de los residuos generados por dicha actividad.
La empresa adjudicataria deberá mantener informado al responsable designado por la Fundación Residencia de Estudiantes de toda la legislación de aplicación a los equipos a mantener.
8. OPERACIONES DEL SERVICIO
El alcance de las prestaciones y tareas a realizar, será el necesario para llevar a cabo la correcta conservación y mantenimiento de los ascensores y equipos elevadores.
La empresa adjudicataria, deberá garantizar el cumplimiento de los servicios mínimos indicado en el programa de mantenimiento preventivo establecido en el ANEXO II.
El boletín de mantenimiento preventivo realizado debe recoger los elementos revisados con la fecha de realización, y con el nombre y firma del operario que ha efectuado el trabajo.
9. CONDICIONES GENERALES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
9.1. Prestación del servicio
La empresa adjudicataria deberá prestar sus servicios en el siguiente horario:
Pabellón Transatlántico
Labores de mantenimiento, días laborables de lunes a viernes: de 8:00 a 21:00 horas.
Rescate y emergencias: 24 horas del día, los 365 días del año.
Pabellones Central y Gemelos I y II
Labores de mantenimiento, días laborables de lunes a viernes: de 8:00 a 21:00 horas.
Atención permanente 24 horas al día 365 días al año tanto para xxxxxxx como en emergencias.
9.2. Requisitos del servicio
El personal asignado para la prestación del servicio deberá ser personal propio de la empresa adjudicataria, no personal subcontratado. La empresa adjudicataria deberá presentar a la Fundación Residencia de Estudiantes una relación del personal que se designe para la prestación del servicio, así como los cambios de personal que pudieran producirse.
La empresa adjudicataria, cubrirá en todo momento las ausencias del personal, por baja, vacaciones o cualquier otra contingencia que se produzca, sin que suponga un incremento del precio para la Fundación Residencia de Estudiantes.
Todo el personal que trabaje en la instalación deberá estar cualificado para los trabajos que tienen previsto desempeñar, con conocimiento de los riesgos que implica dicha actividad, y dispondrá de la correspondiente documentación oficial requerida que le acredita para realizar dichos trabajos.
El personal asignado por la empresa adjudicataria para la prestación del servicio deberá, durante el desarrollo del mismo, estar en todo momento debidamente acreditado y uniformado con los distintivos de la empresa adjudicataria, así como contar con el material y herramientas necesarias para la realización de las tareas de mantenimiento, debiendo atenerse a las normas de seguridad establecidas por la Fundación Residencia de Estudiantes.
La utilización directa o indirecta por el adjudicatario de los datos y documentos aportados o puestos a disposición de aquel o del personal a su cargo por la Fundación Residencia de Estudiantes, deberá ser siempre correcta, adecuada y reservada al fin para el que fueron facilitados y quedará obligado a guardar estricta confidencialidad de toda aquélla información que por motivo del contrato llegue a su conocimiento.
Los trabajos se realizarán de forma programada y coordinada con el responsable que la Fundación Residencia de Estudiantes designe a tal efecto. Cuando para la realización del mantenimiento hubiera que dejar fuera del servicio el ascensor durante un tiempo prolongado, la empresa adjudicataria seguirá en todo momento las directrices e indicaciones marcadas por la Fundación Residencia de Estudiantes para la realización de los trabajos en un horario que entorpezca lo menos posible el funcionamiento habitual.
En cada visita el personal deberá cumplimentar por escrito un albarán o informe del servicio en el que se detallará pormenorizadamente, los trabajos realizados durante la visita. Además, verbal y puntualmente pondrá en conocimiento de la persona designada por la Fundación Residencia de Estudiantes, aquellos hechos que, por su transcendencia, deban ser conocidos de forma inmediata.
10. NORMATIVA Y REGLAMENTACIÓN
La empresa adjudicataria será responsable del cumplimiento de la Normativa Estatal, Autonómica y Local, así como de la reglamentación vigente y aquella que entre en vigor en el periodo del contrato, en lo referente tanto a las instalaciones como al personal, haciendo especial hincapié en la observancia de la normativa de Seguridad e Higiene en el Trabajo, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y las Leyes sobre gestión y tratamiento de residuos, siendo responsable de la exigencia de su cumplimiento.
La empresa adjudicataria y sus operarios para las actuaciones a realizar en las instalaciones y equipos, se atendrán a las Normas de seguridad que la Fundación Residencia de Estudiantes establezca.
11. RESPONSABILIDADES
La empresa adjudicataria cubrirá la responsabilidad civil y exigible por los daños materiales o corporales causados a terceros y que tengan su origen en los ascensores o aparatos elevadores contratados para su mantenimiento, o en actuaciones de sus operarios.
Madrid, 14 de noviembre de 2013
ANEXO I
RELACIÓN DE ASCENSORES Y APARATOS ELEVADORES
Núm. |
Edificio |
Aparato |
Marca |
R.A.E. |
Paradas |
Carga |
Velocidad (m/s) |
Puertas |
1 |
Pabellón Transatlántico |
Ascensor Norte |
OTIS |
79003 |
4 |
320 |
0,63 |
LA2 |
2 |
Pabellón Transatlántico |
Ascensor Sur |
OTIS |
79002 |
4 |
320 |
0,63 |
LA2 |
3 |
Pabellón Transatlántico |
Plataforma de minusválidos |
Pendiente de instalar |
_____ |
_____ |
____ |
______ |
______ |
4 |
Pabellón Central |
Ascensor Pabellón Central |
OTIS |
90215 |
5 |
450 |
0,63 |
LA3 |
5 |
Pabellón Gemelo I |
Ascensor Gemelo X |
XXXX 2000H |
103022 |
5 |
320 |
0,63 |
LA2 |
6 |
Pabellón Gemelos II |
Ascensor Gemelo II |
OTIS 2000H |
103023 |
5 |
320 |
0,63 |
LA2 |
7 |
Pabellón Central |
Montaplatos X |
XXXX |
____ |
3 |
50 |
____ |
GM1/SP |
8 |
Pabellón Central |
Montaplatos II |
OTIS |
____ |
3 |
50 |
____ |
GM1/SP |
9 |
Pabellón Central |
Plataforma de minusválidos |
THYSSEN |
____ |
1 |
180 |
____ |
Ninguna |
10 |
Pabellón Central |
Plataforma Montacargas |
THYSSEN |
____ |
1 |
300 |
0,20 |
Una |
ANEXO II
PROGRAMA DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO
ANEXO III
RELACIÓN DE ASCENSORES Y APARATOS DE ELEVACIÓN
(PRECIO MES/AÑO)
Núm. |
Edificio |
Aparato |
Marca |
Precio euros/mes |
Importe euros/año |
A) |
PABELLÓN |
TRANSÁTLANTICO |
|
|
|
1 |
Pabellón Transatlántico |
Ascensor Norte |
OTIS |
|
|
2 |
Pabellón Transatlántico |
Ascensor Sur |
OTIS |
|
|
3 |
Pabellón Transatlántico |
Plataforma de minusválidos |
Pendiente de instalar |
|
|
|
TOTAL PABELLÓN |
TRANSÁTLANTICO |
…………… |
|
|
|
|
|
|
|
|
Núm. |
Edificio |
Aparato |
Marca |
Precio euros/mes |
Importe euros/año |
B) |
PABELLONES |
CENTRAL |
Y |
GEMELOS |
|
4 |
Pabellón Central |
Ascensor Pabellón Central |
OTIS |
|
|
5 |
Pabellón Gemelo I |
Ascensor Gemelo X |
XXXX |
|
|
6 |
Pabellón Gemelo II |
Ascensor Gemelo II |
OTIS |
|
|
7 |
Pabellón Central |
Montaplatos X |
XXXX |
|
|
8 |
Pabellón Central |
Montaplatos II |
OTIS |
|
|
9 |
Pabellón Central |
Plataforma de minusválidos |
THYSSEN |
|
|
10 |
Pabellón Central |
Plataforma Montacargas |
THYSSEN |
|
|
|
TOTAL PABELLONES |
CENTRAL Y |
GEMELOS.. |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
TOTALES |
|
|
Precio euros/mes |
Importe euros/año |
A) |
TOTAL PABELLÓN |
TRANSÁTLANTICO |
…………… |
|
|
B) |
TOTAL PABELLONES |
CENTRAL Y |
GEMELOS.. |
|
|
|
TOTALES A) + B) |
……………………… |
|
|
|
9