CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE
LICITACIÓN PUBLICA N° 0002-2012-CE-CSJLN/PJ – PRIMERA CONVOCATORIA
BASES
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0002-2012-CE-CSJLN/PJ
PRIMERA CONVOCATORIA
CONTRATACIÓN DE BIENES
ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE DOS (02) ASCENSORES PARA LA SEDE CENTRAL DE LA CSJ DE LIMA NORTE
SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
CAPÍTULO I ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
|
BASE LEGAL
Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.
Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.
Directivas del OSCE.
Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Código Civil.
Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
Decreto Supremo Nº 007-2008-TR - Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.
Decreto Supremo Nº 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.
CONVOCATORIA
Se efectuará de conformidad con lo señalado en el artículo 51 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.
REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artículo 53 del Reglamento.
La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentra inhabilitada para contratar con el Estado.
Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razón social de la persona jurídica; número de Registro Único de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; teléfono y fax.
IMPORTANTE:
Para registrarse como participante en un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: xxx.xxx.xxx.xx.
FORMULACIÓN DE CONSULTAS A LAS BASES
Las consultas a las Bases serán presentadas por un periodo mínimo de cinco (5) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 55 del Reglamento.
ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS A LAS BASES
La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en el artículo 54 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.
El plazo para la absolución no podrá exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas.
IMPORTANTE:
No se absolverán consultas a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.
FORMULACIÓN DE OBSERVACIONES A LAS BASES
Las observaciones a las Bases serán presentadas dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haber finalizado el término para la absolución de las consultas, de conformidad con lo establecido en el artículo 57 del Reglamento.
ABSOLUCIÓN DE OBSERVACIONES A LAS BASES
El Comité Especial notificará la absolución de las observaciones a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en el artículo 56 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.
El plazo para la absolución no debe exceder de los cinco (5) días hábiles desde el vencimiento del plazo para recibir observaciones.
El Comité Especial debe incluir en el pliego de absolución de observaciones el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCE.
IMPORTANTE:
No se absolverán observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.
ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL OSCE
El plazo para solicitar la elevación de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) días hábiles, computados desde el día siguiente de la notificación xxx xxxxxx absolutorio a través del SEACE.
Los participantes pueden solicitar la elevación de las observaciones para la emisión de pronunciamiento, en los siguientes supuestos:
Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente;
Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que tal acogimiento continúa siendo contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección; y
Cuando el participante considere que el acogimiento de una observación formulada por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.
El Comité Especial, bajo responsabilidad, deberá remitir la totalidad de la documentación requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a más tardar al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de observaciones.
La emisión y publicación del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE.
INTEGRACIÓN DE LAS BASES
Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de selección por lo que deberán contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolución de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, así como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión.
Una vez integradas, las Bases no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.
El Comité Especial integrará y publicará las Bases teniendo en consideración los siguientes plazos:
Cuando no se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para formularlas.
Cuando se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de dichas observaciones para la emisión de pronunciamiento, siempre que ningún participante haya hecho efectivo tal derecho.
Cuando se haya solicitado la elevación de observaciones, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.
Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artículos 59 y 60 del Reglamento.
De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.
FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN
Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o certificada efectuada por traductor público juramentado o traductor colegiado certificado, según corresponda, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.
Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.
Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual.
En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos.
Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 1). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas. (Formato Nº 1)
En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:
En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.
En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.
En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda.
PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
La presentación de propuestas se realiza en acto público, en la fecha y hora señaladas en el cronograma del proceso.
El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante.
Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.
IMPORTANTE:
En caso de convocarse según relación de ítems, los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos.
En el caso que el Comité Especial rechace la acreditación del apoderado, representante legal o representante común, según corresponda en atención al numeral 1.10, y este exprese su disconformidad, se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Xxxx xx Xxx) mantendrá la propuesta y los documentos de acreditación en su poder hasta el momento en que el participante formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.
Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases.
En el caso que de la revisión de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, o la omisión de presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos —siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas—, se actuará conforme lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento. Este es el único momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta técnica.
En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo anterior, se devolverá la propuesta, teniéndola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Xxxx xx Xxx) mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.
Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario (o Xxxx xx Xxx) procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta técnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Xxxx xx Xxx) procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.
Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos sus miembros, así como por los veedores y los postores que lo deseen.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciará el proceso.
CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente:
La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del bien a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.
El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.
IMPORTANTE:
Tratándose de un proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente.1
EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica.
Los máximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes:
Propuesta Técnica : 100 puntos
Propuesta Económica : 100 puntos
EVALUACIÓN TÉCNICA
Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.
Sólo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comité Especial hubiese otorgado plazo de subsanación, pasarán a la evaluación técnica.
En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de la propuesta, el Comité Especial deberá determinar si se cumplió o no con la subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanación, el Comité Especial tendrá la propuesta por no admitida.
Una vez cumplida la subsanación de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuará con la evaluación de las propuestas técnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodología de asignación de puntaje establecida para cada factor.
Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de sesenta (60) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.
EVALUACIÓN ECONÓMICA
Si la propuesta económica excede el valor referencial, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no presentada, conforme lo establece el artículo 33 de la Ley.
La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
Pi = Om x PMPE
Oi
Donde:
i = Propuesta
Pi = Puntaje de la propuesta económica i
Oi = Propuesta Económica i
Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo
PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica
IMPORTANTE:
En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes, el Comité Especial deberá verificar las operaciones aritméticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección, deberá corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha corrección debe figurar expresamente en el acta respectiva.
Sólo cuando se haya previsto (según el caso concreto) aceptar propuestas económicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta económica se evaluará utilizando el método del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarán en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de interés, comisiones, seguros y otros, así como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 70 del Reglamento.
ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última.
La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.
La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento.
El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos.
En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento.
Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo.
El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.
CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los ocho (8) días hábiles de la notificación de su otorgamiento en acto público, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En este caso, el consentimiento se publicará en el SEACE al día hábil siguiente de haberse producido.
En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento en acto público, y podrá ser publicado en el SEACE ese mismo día o hasta el día hábil siguiente.
CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO
De acuerdo con el artículo 282 del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la vía administrativa conforme a lo previsto en el artículo 122 del Reglamento, hasta el décimo quinto día hábil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
El OSCE no expedirá constancias solicitadas fuera del plazo establecido.
CAPÍTULO II SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN
|
RECURSO DE APELACIÓN
A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato.
El recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado.
Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.
Plazos de interposición del recurso de apelación
La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.
La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.
CAPÍTULO III DEL CONTRATO
|
DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los siete (7) días hábiles siguientes, sin mediar citación alguna, el postor ganador deberá presentar a la Entidad la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato.
En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, según corresponda, en los plazos antes indicados, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 148 del Reglamento.
El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 139 del Reglamento.
Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:
Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
Garantía de fiel cumplimiento.
Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en caso corresponda.
Garantía por el monto diferencial de propuesta, en caso corresponda.
Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.
Código de cuenta interbancario (CCI).
Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada, de ser el caso.
VIGENCIA DEL CONTRATO
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista y se efectúe el pago correspondiente.
DE LAS GARANTÍAS
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS
En caso el contrato conlleve a la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por este concepto, la misma que se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.
GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA
Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del veinte por ciento (20%) de éste, para la suscripción del contrato, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que se presenten deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país al sólo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
IMPORTANTE:
Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución.
EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164 del Reglamento.
ADELANTOS
La Entidad entregará adelantos directos, conforme a lo previsto en el artículo 171 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las Bases.
En el supuesto que no se entregue el adelanto en el plazo previsto, el contratista tiene derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 172 del Reglamento.
DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Las penalidades por retraso injustificado en la entrega del bien requerido y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los artículos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente.
De acuerdo con los artículos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por xxxx.
PAGOS
La Entidad deberá realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los bienes objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarán después de ejecutada la respectiva prestación; salvo que, por razones xx xxxxxxx, el pago del precio sea condición para la entrega de los bienes.
La Entidad deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la forma y oportunidad (pago único o pagos parciales) establecida en las Bases o en el contrato, siempre que el contratista los solicite presentando la documentación que justifique el pago y acredite la existencia de los bienes, conforme a la sección específica de las Bases.
Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la recepción de los bienes, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos recibidos, a fin que la Entidad cumpla con la obligación de efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato.
En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.
En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.
DISPOSICIONES FINALES
Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)
CAPÍTULO I GENERALIDADES
|
ENTIDAD CONVOCANTE
-
Nombre
:
PODER JUDICIAL -CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE
RUC Nº
:
20159981216
Domicilio legal
:
Avenida Xxxxxx Xxxxxxxxx N° 176 – Independencia – LIMA
Teléfono/Fax:
:
4100700 anexo 10765
Correo electrónico:
:
OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente proceso de selección tiene por objeto la ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE DOS (02) ASCENSORES PARA LA SEDE CENTRAL DE LA CSJ DE LIMA NORTE.
VALOR REFERENCIAL2
El valor referencial asciende a S/. 610,000.00 (Seiscientos diez mil con 00/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos xx Xxx y cualquier otro concepto que incida en el costo total de los bienes. El valor referencial ha sido calculado al mes de noviembre ( actualizado) de 2012.
IMPORTANTE:
Las propuestas económicas no pueden exceder el monto consignado en las Bases como valor referencial de conformidad con el artículo 33 de la Ley. No existe un límite mínimo como tope para efectuar dichas propuestas.
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
El expediente de contratación fue aprobado mediante Oficio Nº 11433-2012-P-CSJLN/PJ, el 16 de noviembre de 2012.
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
Recursos Ordinarios.
SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El presente proceso se rige por el sistema de Xxxx Xxxxxx, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
MODALIDAD DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Llave en Mano.
ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
El alcance de la prestación está definido en los Requerimientos Técnicos Mínimos que forman parte de la presente sección en el Capítulo III.
PLAZO DE ENTREGA
Los bienes materia de la presente convocatoria se entregarán en el plazo de 240 días calendario, contados a partir del día siguiente de suscrito el contrato. Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratación.
COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES
S/.10.00 (Diez con 00/100 Nuevos Soles)
BASE LEGAL
Ley Nº 29812 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012.
Ley Nº 29813 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal 2012.
Decreto Legislativo Nº 1017- Ley de Contrataciones del Estado, en adelante, la LEY.
Decreto Supremo Nº 184-2008-EF- Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante, el Reglamento.
Normas vigentes relacionadas a la construcción de ascensores
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
CAPÍTULO II DEL PROCESO DE SELECCIÓN
|
CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN3
-
Etapa
Fecha, hora y lugar
Convocatoria
:
21 de noviembre de 2012
Registro de participantes
:
Del: 22 xx xxxxxxxxx xx 0000
Xx: 18 de diciembre de 2012
Formulación de Consultas
:
Del: 22 al 28 de noviembre de 2012
Absolución de Consultas
:
30 de noviembre de 2012
Formulación de Observaciones a las Bases
:
Del: 03 diciembre al 07 de diciembre de 2012
Absolución de Observaciones a las Bases
:
11 de diciembre de 2012
Integración de las Bases
:
17 de diciembre de 2012
Presentación de Propuestas
:
26 de diciembre de 2012
* El acto público se realizará en
:
Sala de capacitación de la CSJ Lima Norte. Avenida Xxxxxx Xxxxxxxxx N° 176 3º piso –Independencia, Lima, a las 10:00 horas.
Calificación y Evaluación de Propuestas
:
27 xx xxxxxxxxx xx 0000
Xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxx Xro
:
28 de diciembre de 2012
* El acto público se realizará en
:
Sala de capacitación de la CSJ Lima Norte. Avenida Xxxxxx Xxxxxxxxx N° 176 3º piso –Independencia, Lima, a las 10:00 horas.
REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de los participantes es gratuito y se realizará en el área de Logística de la CSJ de Lima Norte, sito en la Avenida Xxxxxx Xxxxxxxxx N° 176 – Independencia –LIMA, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:30 horas a 16:30 horas.
En el momento del registro, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectuó el registro, así como el día y hora de dicha recepción.
IMPORTANTE:
Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un ejemplar de las Bases, para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproducción de las mismas.
FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Las consultas y observaciones se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, en el área de Logística de la CSJ de Lima Norte, sito en la Avenida Xxxxxx Xxxxxxxxx N° 176 – Independencia –LIMA, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:30 horas a 16:30 horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comité Especial de la LICITACIÓN PÚBLICA N° 0002-2012-CSJLN/PJ/PJ, pudiendo ser remitidas adicionalmente al siguiente correo electrónico: xxxxxxxx@xx.xxx.xx.
ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Las propuestas se presentarán en acto público, en la Sala de capacitación de la Sede Central de la CSJ de Lima Norte( 3º piso edificio antiguo), sito en la Avenida Xxxxxx Xxxxxxxxx N° 176, Independencia – LIMA, en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se realizará con la participación xx Xxxxxxx Público.
Se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso.
Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial de la LICITACIÓN PÚBLICA N° 0002-2012-CE-CSJLN/PJ – Primera Convocatoria, conforme al siguiente detalle:
SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:
Señores
CSJ LIMA NORTE
Avenida Xxxxxx Xxxxxxxxx N° 176 – Independencia – LIMA
Att.: Comité Especial
LICITACIÓN PÚBLICA N° 0002-2012-CE-CSJLN/PJ – Primera convocatoria
ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE DOS (02) ASCENSORES PARA LA SEDE CENTRAL DE LA CSJ DE LIMA NORTE
SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA
[NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:
Señores
CSJ LIMA NORTE
Avenida Xxxxxx Xxxxxxxxx N° 176 – Independencia – LIMA
Att.: Comité Especial
LICITACIÓN PÚBLICA N° 0002-2012-CE-CSJLN/PJ – Primera convocatoria
ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE DOS (02) ASCENSORES PARA LA SEDE CENTRAL DE LA CSJ DE LIMA NORTE
SOBRE N° 2: PROPUESTA ECONÓMICA
[NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
SOBRE N° 1 - PROPUESTA TÉCNICA
Se presentará en un original y una copia.
El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos4, la siguiente documentación:
Documentación de presentación obligatoria:
Declaración jurada de datos del postor.
Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados. (Anexo Nº 1).
Declaración jurada de cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección (Anexo Nº 2)..
Así mismo, lo declarado, para ser validado, deberá complementarse con la presentación de otros documentos, como: folletos, catálogos o similares en idioma español( o acompañar traducción simple), que permitan identificar el tipo de ascensor propuesto, de acuerdo a las especificaciones técnicas señaladas en el capítulo III.
Declaración jurada simple de acuerdo al artículo 42 del Reglamento (Anexo Nº 3).
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.
Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 4)
La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes.
Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.
Curriculum Vitae del residente de la instalación ( Ingeniero mecánico o mecánico-eléctrico), solicitado en los requerimientos técnicos mínimos ( capítulo III de las bases). Adjuntar título profesional y colegiatura. La habilitación vigente del CIP le será solicitada a la suscripción de contrato. Así también, adjuntar documento de aceptación por parte del profesional.
IMPORTANTE:
La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la no admisión de la propuesta, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 68 del Reglamento.
Documentación de presentación facultativa:
Factor Experiencia del Postor: Copia simple de contratos u órdenes de compra, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor.
Factor Cumplimiento de las Prestaciones del Postor: Copia simple de constancias de prestación o cualquier otro documento que, independiente de su denominación, indique, como mínimo lo siguiente: La identificación del contrato u orden de compra, indicando como mínimo su objeto; el monto correspondiente; esto es, el importe total al que asciende el contrato, comprendiendo las variaciones por adicionales, reducciones, reajustes, etc., que se hubieran aplicado durante la ejecución contractual y la indicación expresa de que la prestación se efectuó sin que haya incurrido en penalidades.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo Nº 7 referido al Cumplimiento de las Prestaciones del Postor.
Garantía de los equipos (Anexo Nº 5).
Experiencia del personal (Anexo Nº 08)
Mejoras varias ( Anexo Nº 09)
IMPORTANTE:
En caso exista contradicción entre la información presentada en la propuesta técnica, la propuesta será descalificada.
SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA5
El Sobre Nº 2 deberá contener la siguiente información obligatoria:
Oferta económica expresada en la moneda del valor referencial (Anexo Nº 10).
El monto total de la propuesta económica deberá ser expresado con dos decimales.
IMPORTANTE:
La admisión de la propuesta económica que presenten los postores dependerá de si aquella se encuentra dentro los márgenes establecidos en el artículo 33 de la Ley y el artículo 39 de su Reglamento.
En caso la información contenida en la propuesta económica difiera de la información contenida en la propuesta técnica, la propuesta económica será descalificada.
DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL
Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas.
El puntaje total de las propuestas será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:
PTPi = c1 PTi + c2 PEi
Donde:
PTPi = Puntaje total del postor i
PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i
PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i
Se aplicará las siguientes ponderaciones:
c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica = 0.70
c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica = 0.30
Donde: c1 + c2 = 1.00
REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato:
Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
Garantía de fiel cumplimiento del contrato. Sólo será válida la presentación de Carta Fianza.
Garantía por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso. Sólo será válida la presentación de Carta Fianza
Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.
Código de cuenta interbancario (CCI).
Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.
Copia de DNI del Representante Legal.
Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa.
Desagregado de la propuesta económica ( partes del equipo, servicio de instalación).
IMPORTANTE:
En caso de que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garantía para la suscripción del contrato carta fianza conforme con lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios Nº 5196-2011-SBS y Nº 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecución de las mencionadas garantías, resulta necesario que éstas consignen en su texto, el nombre, denominación o razón social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas que integran el consorcio.
PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El postor ganador de la Buena Pro, sin mediar citación alguna por parte de la Entidad, deberá presentar toda la documentación prevista para la suscripción de contrato dentro del plazo de siete (7) días hábiles, contados a partir del día siguiente de consentida la Buena Pro. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato.
La citada documentación deberá ser presentada en la oficina de Administración de la Sede Central de la CSJ de Lima Norte, sito en la Avenida Xxxxxx Xxxxxxxxx N° 176 – Independencia –LIMA.
ADELANTOS
La Entidad otorgará adelantos directos - en caso sea solicitado - hasta por el 30% del monto del contrato original.
El contratista debe solicitar los adelantos dentro del plazo de cinco (5) días calendario siguientes a la suscripción del contrato, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos6 mediante Carta Fianza y la Factura correspondiente. Vencido dicho plazo no procederá la solicitud.
La Entidad entregará el monto solicitado dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la presentación de la solicitud del contratista.
En el supuesto que los adelantos no se entreguen en la oportunidad prevista, el contratista tendrá derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 172 del Reglamento.”
FORMA DE PAGO
De la Prestación Principal:
La CSJ Lima Norte efectuará el pago de los conceptos considerados en la prestación principal en un pago único.
De acuerdo con el artículo 176 del Reglamento para efectos del pago al contratista la CSJ Lima Norte deberá contar con la siguiente documentación:
Recepción física y conformidad del área de Logística, Estudios y Proyectos y del área xx Xxxxxxx. Así también, copia del acta de recepción de los equipos.
Factura.
PLAZO PARA EL PAGO
La Entidad debe efectuar los pagos dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.
CAPÍTULO III ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
|
ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE DOS(02) ASCENSORES PARA LA SEDE DE LA CSJ DE LIMA NORTE
INTRODUCCION
Teniendo en consideración que la Sede actual de la Corte Superior de Justicia Lima Norte, a la fecha no cuenta con ascensores y siendo de vital necesidad brindar un servicio de transporte vertical en la que asegure un servicio de acceso rápido, eficiente y seguro a las diferentes dependencias de la Corte Superior, que comprende al personal administrativo y público en general que accede a dicha Sede, se ha considerado la adquisición de dos nuevos ascensores, cuyas características reúnan los parámetros que se han descrito en las líneas precedentes.
CONSIDERACIONES GENERALES
GENERALIDADES.- Con el propósito de resolver posibles conflictos por falta de definiciones, que pudieran crear problemas en la etapa de fabricación y/o montaje de los equipos, se deberá revisar las especificaciones existentes para compatibilizarlos con el equipamiento que ofrecen, con antelación a la presentación de sus ofertas, solicitando por escrito respuesta sobre la responsabilidad de los trabajos a efectuarse, acabados, tipos de material y/o modificaciones que sean necesarios efectuar por el propietario o por el postor y que no están debidamente especificados en las especificaciones técnicas. De no haberse presentado por escrito sus consultas, el propietario CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA NORTE, no reconocerá ningún pago por cambios solicitados en la parte eléctrica, estructural o mecánica u otros que el postor requiriese posteriormente.
La firma encargada de la instalación estará obligado a cumplir lo estipulado en la NORMA
TÉCNICA DE EDIFICACIONES E-120 “SEGURIDAD DURANTE LA CONSTRUCCIÓN”, deberá tomar todas las medidas necesarias para garantizar la Seguridad en las zonas de trabajo, tales como cercos de protección, uso de implementos de seguridad, etc.
La firma encargada de la instalación mantendrá siempre el debido orden y limpieza en los sitios de trabajo y zonas de circulación, así como una adecuada señalización y del movimiento de los equipos desde su punto de descarga hasta la posición final de la instalación, debiendo preparar la ruta por la que se movilizarán los equipos (como el apuntalamiento de losas por las que se trasladarán los equipos, etc.) y de proporcionar personal para el transporte de bultos pesados, en la obra, así como los elementos mecánicos que sean requeridos tales como: grúas, carros, montacargas con uñas, etc.
2.3 La instalación de los ascensores, deberán realizarse durante un horario en que el traslado de materiales y equipos y los ruidos no interrumpan las labores del personal ni se perturbe la tranquilidad de los vecinos, en coordinación con la Corte Superior de Justicia Lima Norte, se privilegiará la realización de los trabajos los fines de semana.
2.4 La firma que efectúe la instalación debe de considerar un Seguros contra accidente para el personal encargado de la instalación de los equipos.
2.5 La ejecución de los trabajos de instalación, prueba y entrega final, deberá estar a cargo de un Ingeniero Mecánico o mecánico- eléctrico, miembro hábil del colegio de Ingenieros del Perú y cuyos datos deberán ser incluidos en la propuesta técnica con una constancia de la aceptación de esta responsabilidad por el citado profesional.
2.6 El valor de la resistencia del sistema SPAT, exigida por el postor y necesaria para el buen funcionamiento de los equipos, deberá ser puesto en conocimiento de la Corte Superior de Justicia Lima Norte para adecuarla a sus requerimientos.
2.7 Todas las obras civiles y eléctricas necesarias para la puesta en marcha de los dos ascensores, serán por cuenta de la Corte Superior de justicia de Lima Norte.
2.8 La Corte Superior de Justicia Lima Norte proporcionará los planos e información requerida para la adecuación de los trabajos civiles en el pozo y la sala da máquinas. Estos planos indicarán principalmente las medidas de los vanos de las puertas exteriores y dimensiones de los dos pozos con sus alturas correspondientes, los cuales deberán ser verificados in situ por el contratista para su conformidad.
3.0 CARACTERISTICAS TECNICAS DE LOS 02 ASCENSORES
CANTIDAD :Dos (02) ascensores (espalda/espalda)
TIPO : Pasajeros.
CAPACIDAD : 630 kgs. (aprox. 08 personas).
VELOCIDAD : 1.00 m/seg. ó mejor
PARADAS : 1º al 5° Piso
RECORRIDO : 14.33 m. aprox. aproximadamente.
PARADAS Y APERTURAS : Cinco (5 ) paradas, todas al mismo lado.
FUERZA ELECTRICA : 380/220 Voltios, Trifásica, 60Hz.
OPERACIÓN : Simplex automática colectiva de subida y bajada
CONTROL : Voltaje y Frecuencia Variable (VVVF).
MAQUINA : Tracción con reductor / Tracción Directa.
CUARTO DE MÁQUINAS : Sin cuarto de maquinas
DIMENSIONES XXX XXXX :Ancho: 1.87 fondo por 3.50m para dos ascensores, ubicados espalda con espalda. Verificar en obra las medidas.
SEGURIDAD CONTRA CAIDAS : Paracaídas de seguridad de acción progresiva ubicados por debajo de la plataforma de cabina.
REAPERTURA DE PUERTAS :Xxxxxxx xx xxxxx o haces de luz infrarrojos que reabra automáticamente la puerta en caso de encontrarse una persona en el vano de la misma.
LIMITADOR DE CARGA :Dispositivo que impedirá la salida del ascensor cuando la capacidad sobrepase en 10 % la capacidad permitida nominalmente.
DESPACHO DE COCHE LLENO : Dispositivo para hacer que no se atienda las llamadas de los pisos cuando la cabina ya estuviera con o más de 80% de la capacidad autorizada.
AMORTIGUADORES : De resortes o hidráulicos instalados en la fosa de cabina y contrapeso.
OPERADOR DE PUERTAS : Con sistema VVVF De operación suave, silenciosa y de alto tráfico
DIMENSIONES DE CABINA : De 1,100 mm de ancho, 1.400 mm. de fondo 2.20 m. de alto. Medidas interiores referenciales.
DIMENSIONES DE PUERTAS : De apertura lateral de dos hojas de operación suave y silenciosa. Entrada libre de 900 mm. x 2,100 mm. de alto
PROFUNDIDAD DEL PIT : 1.40 m. aproximadamente. Verificar en obra
SEÑALIZACIÓN : Indicador de posición digital en la cabina, parada principal y resto de pisos. Luz de registro de llamadas y flechas de dirección, incluye botones de abrir y cerrar puertas.
3.1 DETALLE CONSTRUCTIVO DE LAS 02 CABINAS
Se deben considerar las siguientes especificaciones técnicas:
CABINA:
Paredes: Planchas xx xxxxx laminadas en frío de espesor adecuado a la función de la cabina, revestidas con planchas xx xxxxx inoxidable calidad 304 acabado Nº 4 satinado
Piso: De material cerámico, tipo porcelanato, diseñado para alto tránsito, no menor de 6 mm. de espesor, diseño y color será aprobado por la Corte Superior de Justicia Lima Norte.
Espejo: A todo el ancho de la pared frontal al ingreso y a la altura que este por encima del pasamanos hasta el techo. De espesor no menor de 6 mm. biselado y colocado dentro de un marco.
Pasamanos: Ubicado en la pared frontal, a todo lo ancho de la pared, tipo rectangular, en acabado xx xxxxx inoxidable y a una altura de 0.80 m. con referencia al piso, como máximo y separado 5 cm. de la pared. Norma NTE A.060 numeral 12.4
Techo: Estructurado con planchas xx xxxxx reforzadas. Falso techo xx xxxxx inoxidable, para permitir una iluminación mediante de dicroicos tipo LED y una ventilación mediante un ventilador empotrado en el techo.
Luz de emergencia: Ubicada en el panel de operación de cabina, la cual tiene una duración mínima de 2 horas, para casos xx xxxxx de energía normal.
Puerta de cabina: De apertura lateral de dos hojas de operación automática, dotada de un operador con sistema VVVF, diseñado para alto tráfico, la puerta será revestida en acero inoxidable calidad 304, acabado Nº 4 satinado. Deberá tener un dispositivo en todo el contorno del ingreso, que por medio xx xxxxx o haces de luz infrarrojos reabra automáticamente la puerta en caso de encontrarse una persona en el vano de la misma.
Puertas de piso, jambas y frontis del 1º piso: Las puertas, jambas del primer piso, serán revestidas en acero inoxidable calidad 304, acabado Nº 4 satinado
Dimensiones son de 0.90 m. de ancho por 2.10 m. de alto
Puertas de piso y xxxxxx rectangulares de los demás pisos: Pintadas al xxxx, color por escoger por la Corte Superior de Justicia Lima Norte.
Maniobra: SIMPLEX colectivo-selectivo de subida y bajada para servicio automático. Control electrónico por microprocesadores. Para ello deberá incluir:
Despacho de coche lleno: La cabina será dotada del dispositivo mencionado, para hacer que no se atienda las llamadas de los pisos cuando la cabina ya estuviera con o más de 80% de la capacidad autorizada, sin impedir, sin embargo, la parada en los pisos que se han registrado en la cabina. Las llamadas no atendidas se registrarán para ser atendidas en los viajes siguientes.
Cancelación de llamadas falsas: Tendrá dispositivo para eliminar viajes provocados por los registros impropios en la botonera de la cabina. Todos los registros hechos se cancelarán automáticamente si el ascensor detiene dos veces consecutivas sin que ningún pasajero interrumpa los rayos infrarrojos de la barra de protección electrónica.
Limitador de carga: Dispositivo que impedirá la salida del coche cuando la capacidad sobrepase en 10 % la capacidad permitida nominalmente.
Operación de emergencia-Mando Bombero 1 Dispositivo que, en el caso de un incendio (desde que sea accionado el botón del mando en la portería y la energía eléctrica del edificio permanezca conectada), harán que el ascensor opere en el “sistema de emergencia”, esto es, todas las llamadas se cancelarán y el ascensor irá, sin detenerse, hasta el piso principal donde se que quedará detenido. Si el ascensor estuviera subiendo, parará en el próximo piso, no abrirá las puertas y volverá directamente al piso principal; para lo cual deberá incluirse la colocación de toda la tubería y cables de conexión necesarios entre la portería y la caja de ascensor.
Operación xx xxxxx del sistema de energía: En el caso de falta de suministro de energía eléctrica por parte del concesionario, los ascensores deberán contar con un sistema que permita mover y detener la cabina en el piso mas cercano y luego abrir la puertas para la evacuación de los pasajeros.
Servicio de ascensorista: En la botonera de cabina habrá una llave que hará el cambio del sistema automático para el servicio de ascensorista.
Sistema Braille: Para los pasajeros portadores de deficiencia visual, al lado de cada tecla habrá un indicador en acero inoxidable, fijado con el adhesivo acrílico de alta actuación, con la indicación de los pisos en el sistema Braille. Después de la identificación del piso, el elemento redondo de la tecla correspondiente deberá ser presionado para el registro de la llamada.
Señal audible mediante sintetizador de voz que indica la llegada a piso de la cabina. (Announcer voice). Numeral 12.8 Norma NTE A.060, para los pasajeros portadores con deficiencia auditiva.
Caso de emergencia sísmica: Debe cumplirse la Norma ASME A17.1 USA:
Debe de estar provisto de un interruptor sísmico, de un interruptor de desplazamiento y de un
interruptor o botón de reseteo momentáneo del ascensor.
El interruptor sísmico debe ser activado bajo una excitación en la dirección vertical de no más de 0.15g y su frecuencia de respuesta deben ser de 1 a 10 Hz., el que debe de estar ubicado en la sala de máquinas de los ascensores y ser montado adyacente a un elemento estructural del edificio. El interruptor de desplazamiento deben ser activado por el descarrilamiento del contrapeso en cualquier punto del ducto.
Botoneras y señalización: Todos los botones de cabina y pisos contarán con luz de registro de llamadas y con la señalización en Braille.
En la cabina: Panel de mando, al lado del ingreso, el panel de mando será del tipo columna y xx xxxxx inoxidable, con un indicador de posición digital en cada piso, botones de llamada, de alarma e interruptor para iluminación, interruptor para ventilador. Incluye botones de abrir y cerrar puertas. Todos los botones serán del tipo micromovimiento con los caracteres que incluyan también escritura Braille.
En la parada principal 1º: Se instalará un tablero de mando del ascensor con un botón (subida), más indicador de posición digital en el umbral de acceso. Flechas de dirección.
En la última parada: Se instalará un tablero de mando del ascensor con un botón (bajada), más indicador de posición digital. Flechas de dirección.
En las demás paradas: Se instalará un tablero de mando del ascensor con dos botones (bajada y subida), más indicador de posición digital. Flechas de dirección y señal acústica.
SISTEMA DE TRACCIÓN
Motor eléctrico sistema Tracción con Reductor/ Directa de potencia y voltaje variables. El voltaje de entrada es de 380/ 220 voltios, trifásico, con frecuencia de 60 ciclos por segundo y con buen nivel de aislamiento, especial para alta humedad ambiental y clima tropical izado.
Convertidor de frecuencia variable: Componente electrónico que suministra a los motores asíncronos (corriente alterna) un voltaje y frecuencias variables, compuesto por los siguientes elementos:
Rectificador: convierte el suministro de corriente alterna en corriente continua con un voltaje constante.
La conexión de corriente continua: Se realiza entre el rectificador y el inversor de corriente a través de filtros.
Inversor: Transforma el suministro de corriente continua en corriente alterna con un voltaje y frecuencia variables.
El control de inversor: Dispositivo de procesamiento digital que genera los impulsos de conmutación para los tiristores de potencia en el inversor.
Con este convertidor de frecuencia variable, se puede obtener: bajo consumo de energía, ahorrando hasta el 45% del mismo y confort de viaje, calculando automáticamente la curva ideal de viaje entre pisos, logrando arranques suaves y nivelaciones directas a piso con una aproximación de más o menos 3 mm. independiente de la carga de la cabina.
Tablero de revisión: Con botón de “parada“ y botones de “subir-bajar” ubicado sobre el puente superior de la cabina.
SISTEMA DE SUSPENSIÓN:
Cables tracción o cintas de suspensión y tracción xx xxxxx especial para ascensores, con número de cables y diámetros adecuados para asegurar un coeficiente de seguridad que esté de acuerdo a las Normas Internacionales ISO 4344.
Contrapeso apropiados para equilibrar el peso de la cabina, en xxxxxx xx xxxxx estructural, y aproximadamente 50 % de la carga útil, con su correspondiente suspensión, para proporcionar una operación suave y económica.
Amortiguadores a resortes o hidráulicos.
SISTEMAS DE FRENADO:
Freno electromagnético u electromecánico: diseñado para efectuar paradas rápidas pero suaves, actuando inmediatamente al desconectarse el suministro de energía normal de 220V.
Freno de seguridad: consistente en un paracaídas de seguridad accionado por el limitador de velocidad, regulado para actuar en caso de que la velocidad de la cabina sobrepase lo establecido.
DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD:
Interruptor de fin de recorrido que desconecta automáticamente la corriente eléctrica, provocando la detención inmediata del ascensor, en caso de que la cabina sobrepase una de las paradas terminales.
Cerraduras automáticas tipo electromecánicas para las puertas de piso, permitiendo únicamente abrir la puerta frente a la cual se encuentra la cabina e impidiendo poner en marcha el ascensor mientras una puerta de acceso esté abierta.
Cerraduras de emergencia (manual) para abrir las puertas de los pisos independientemente del funcionamiento normal.
Timbre de alarma para pedir auxilio en caso de interrupción del viaje del ascensor.
Interruptor principal con relevadores térmicos para proteger el motor principal en caso de sobrecarga permanente o corto circuito.
INFORMACION GENERAL
4.1 GENERALIDADES.
El presente proyecto de instalación, se ha hecho tomando como base el Código Nacional de Electricidad y el Reglamento Nacional de Construcciones, por lo tanto, la materialización del proyecto, se ceñirá a las indicaciones plasmadas en el presente documento.
Detalles menores de trabajos y materiales usualmente no mostrados en los planos que se adjuntan, especificaciones o manuales del fabricante, serán incluidos en el trabajo del Contratista, sin costo alguno para el propietario de igual manera que si se hubiese mostrado en los documentos mencionados, pues las instalaciones y equipos serán entregados al Propietario funcionando correctamente.
En su oferta el Contratista notificara por escrito de cualquier material y equipo que se indique y considere posiblemente inadecuado de acuerdo con las Leyes, Reglamentos y Ordenanzas competentes, así como cualquier trabajo o material que haya sido omitido. De lo contario, las eventuales infracciones y omisiones en que incurran será asumidas directamente por el Contratista, sin costo alguno para el propietario.
PLAZO DE ENTREGA
El plazo máximo de entrega es fijado en 240 días calendario por los dos ascensores, contados a partir del día siguiente de suscrito el contrato.
El postor deberá presentar un cronograma de entrega en PERT, por cada ascensor.
4.3 SUMINISTRO E INSTALACION DE MATERIALES.
La conformidad en el suministro e instalación de los materiales las dará el Propietario, reservándose el derecho de rechazar aquellos que no cumplan con las especificaciones requeridas. La propuesta del suministro de materiales, deberá indicar todas sus características técnicas. Las especificaciones de los fabricantes, referentes a la instalación de los materiales, deben ceñirse estrictamente y pasarán a formar parte de estas especificaciones.
Los materiales que lleguen a la obra, deberán ser nuevos, de reconocida calidad, de primer uso y de utilización actual en el mercado nacional o internacional. Cualquier material que llegue malogrado a la obra o que se malogre durante la ejecución de lo trabajos, será reemplazado por otro igual en buen estado. Si los materiales son instalados antes de ser probados, el Propietario puede hacer retirar dichos materiales sin costo alguno. Cualquier gasto ocasionado por este motivo será por cuenta del Contratista. Los materiales deben ser guardados en la instalación, en forma adecuada, sobre todo siguiendo las indicaciones dadas por los fabricantes o manuales de instalaciones. Si por no estar colocados como es debido, ocasionan daños, fueran dañados o sustraídos, deben ser restituidos por cuenta del Contratista, sin costo alguno para el Propietario.
4.4 DE LOS TRABAJOS.
El Contratista antes de dar inicio al servicio, presentará a la Corte Superior de Justicia Lima Norte sus consultas técnicas para ser debidamente absueltas y posteriormente deberá comunicar por escrito el inicio de las obras. Cualquier cambio durante la ejecución del servicio, que obligue a modificar la remodelación original, deberá ser consultado a la Corte Superior de Justicia Lima Norte.
Con el objeto de evitar interferencias en la ejecución del servicio y si hubiese alguna, deberá comunicarla por escrito al Propietario; en caso contrario, el costo de las complicaciones y/o problemas que surgieran durante el desarrollo de los trabajos, será asumido exclusivamente por el Contratista.
El Contratista deberá entregar al Propietario al momento de la recepción del servicio, por escrito, las indicaciones e instrucciones de cada equipo y sistema, para el conveniente mantenimiento.
4.5 CÓDIGOS Y REGLAMENTOS.
Para la ejecución de los trabajos de instalaciones eléctricas, se respetarán las normas dadas por el Código Eléctrico del Perú, Código Nacional de Electricidad Tomo V y el Reglamento Nacional de Construcciones.
4.6 ESPECIFICACIONES DE EQUIPOS.
Los equipos propuestos deberán provenir de fabricantes calificados, que garanticen la calidad de los equipos, diseño y rendimiento comprobados, debiendo adjuntar catálogos, tablas y datos pertinentes en idioma español. Así mismo los postores deberán presentar en sus propuestas todos los equipos, herramientas, instrumentos, arneses de seguridad necesarios para la instalación, así como la relación del personal técnico calificado y del Ingeniero que tendrá a su cargo la ejecución de la instalación de los 02 ascensores.
4.7 DIRECCIÓN DE LA INSTALACION.
● Durante la ejecución de la instalación, el Contratista deberá disponer de un Ingeniero Mecánico o Mecánico - eléctrico, quien la dirigirá. Entre las principales funciones que deberá cumplir, son:
Estudios y presentación por escrito al Propietario, de todas las consultas inherentes antes de iniciar el servicio.
Dirección personal de los trabajos electromecánicos, coordinados con todos los aspectos del Proyecto, siguiendo las presentes consideraciones generales.
4.8 RESPONSABILIDADES
Los postores al formular su presupuesto, deberán tomar en cuenta, que tendrá las siguientes obligaciones:
Póliza de Seguro contra todo riesgo, por el total del equipo y materiales, tanto importados como nacionales. Esta póliza tendrá una duración de hasta la entrega final de los equipos instalados.
Póliza de Seguro contra accidentes, para la totalidad del personal que interviene en la Instalación, con plazo hasta la entrega final de los trabajos contratados.
Declaración que será el único responsable ante el Propietario por la totalidad de los trabajos de instalación y montaje de los equipos que proporciona.
Declaración que será el único responsable ante el propietario por los daños ocasionados en la edificación durante el transporte, montaje y pruebas durante la instalación de los equipos.
Notificar por escrito de cualquier material y equipo que se considere inadecuado o inaceptable de acuerdo con las leyes, reglamentos y ordenanzas de las autoridades competentes, así como cualquier trabajo necesario que haya sido omitido y que se desarrolló para el correcto funcionamiento de los sistemas eléctricos que proporciona. Si no hace esta notificación, las posibles infracciones y omisiones que pudieran suceder, serán asumidas por el Contratista sin costo alguno para el Propietario.
El contratista se hará responsable por daños causados a los usuarios de los ascensores durante el período que dure la garantía.
RECEPCION DE LOS EQUIPOS EN LA SEDE DE LA CORTE SUPERIOR DE
JUSTICIA LIMA NORTE
El Contratista será responsable de:
Traslado de los equipos y materiales desde la Aduana y/o depósitos del proveedor, hasta el lugar donde serán instalados y/o almacenados previa coordinación con el Supervisor de la instalación y allí se realizará el desembalaje de los cajones que contienen los equipos y materiales.
En el sitio de almacenaje y/o instalación de los equipos, se hará el levantamiento de un ACTA, donde se anotará el contenido de cada cajón, en presencia de un representante de la Corte Superior de Justicia Lima Norte, el que deberá ser un Ingeniero Mecánico Eléctrico Colegiado y un representante de la Compañía de Seguros. El Acta se hará en papel con membrete del Contratista, con un original y cuatro copias. En el Acta deberá figurar obligatoriamente lo siguiente:
Descripción de cada uno de los ascensores con indicación de la marca, modelo, número de serie y demás datos de la placa que lo identifique plenamente.
Posibles fallas que se pudieran notar a simple vista, de los equipos o materiales eléctricos, como: roturas, abolladuras, pérdidas, etc.
Los datos deben coincidir con los indicados en la propuesta y en la orden de compra.
EL Acta será firmada por el representante del Contratista y del Propietario, ambos deberán ser Ingenieros Mecánico-Electricista o Electricistas, en pleno goce de sus derechos según Ley N14086.
4.10 GARANTÍA
La garantía de los equipos y sus componentes estará constituida por un “Certificado de Garantía” reconocido por el Fabricante, en donde especifique la vigencia y alcances, por cada equipo instalado. En caso de correcciones que plantee el fabricante por alguna deficiencia de diseño o mejora del mismo, deberá ser asumida por la empresa como parte de la garantía. El “Certificado de Garantía” podrá ser emitido por la empresa, respaldado por un documento otorgado por el fabricante certificando la autorización para la emisión de dicha garantía. Esta garantía cubrirá todos los costos en que hubiera que incurrir para subsanar deficiencias o corregir defectos de instalación por empleo de materiales defectuosos o errores de mano de obra. El plazo es de 36 meses por los equipos ofertados y su instalación y de 05 años por el abastecimiento de los repuestos
4.11 MANTENIMIENTO
La adquisición e instalación debe incluir el servicio de mantenimiento preventivo y atención de emergencias por los dos (02) ascensores por un periodo de 12 meses, a cuenta del contratista.
El servicio de atención de emergencias se brindará las 24 horas de día y los 365 días del año, con un periodo de atención no mayor de 1 hora de haberse comunicado la emergencia.
Los gastos por servicio de mantenimiento y emergencia deberán estar incluidos durante los primeros doce (12) meses del período de Garantía luego de haber entregado a satisfacción y firmado el acta de recepción final.
El servicio de mantenimiento debe de comprender:
a.- El mantenimiento preventivo mensual.
b.- La Revisión sistemática de los componentes de los ascensores: ajustes, limpieza y lubricación.
5.0 PRECIO
El sistema de contratación es a suma alzada bajo la modalidad de llave en mano. A la suscripción de contrato se solicitará el desagregado de la Mano de obra y supervisión, equipos y materiales de instalación y todo otro gasto necesarias para la puesta en marcha de los dos ascensores.
6.0 CAPACITACION
El proveedor deberá capacitar al personal designado por la Corte Superior de Justicia Lima Norte para prestar auxilio en el rescate de personas atrapadas, en caso de presentarse una contingencia en el funcionamiento del ascensor o ascensores. Igualmente deberá dictar un curso de capacitación al personal técnico de mantenimiento (cuatro personas) estableciendo los alcances del mismo, los cuales deben contemplar como mínimo los siguientes problemas a resolver:
■ Rescate de los pasajeros que se encuentre dentro de la cabina, cuando se corta el
fluido eléctrico.
■ Cuando no abren las puertas de cabina.
■ Resetear el ascensor cuando se bloquea electrónicamente.
■ Adicionalmente el postor presentará un programa de mantenimiento post- garantía de los ascensores que la Corte Superior de Justicia Lima Norte deberá contratar después de vencido el período de garantía de los mismos.
7.0 PRUEBAS PARA LA RECEPCION Y CONFORMIDAD DE LA INSTALACIÓN
Concluidos los trabajos de instalaciones eléctricas, montaje de equipos y demás, el contratista efectuará las pruebas necesarias bajo las normas del Código Nacional de Electricidad, el Reglamento Nacional de Construcciones y recomendaciones del fabricante o proveedor de los equipos instalados.
A partir de la firma del Acta de Entrega Final, la que se hará en el sitio, comenzará a regir el plazo de la garantía y el mantenimiento del ascensor.
El Contratista dejará indicaciones precisas para el rescate de pasajeros, en forma escrita y en idioma castellano. Además dejará un cartel para colgarse en la pared, en el mismo idioma, con las indicaciones principales, el cual deberá estar protegido con mica y será del tamaño oficial A2, con letras claramente legibles y se entregarán dos copias del mismo al Propietario.
8.0 FORMA DE PAGO Y PLAZO
El monto total adjudicado se pagará de la siguiente manera:
- 30 % a la entrega y conformidad de los Equipos puestos en Obra, el cual cubrirá la amortización del adelanto en caso sea solicitado.
- 70% a la recepción y conformidad de la instalación de los equipos.
La entidad efectuará el pago dentro de los quince (15) días calendario siguientes al otorgamiento de la conformidad, siempre que se verifique las demás condiciones establecidas en el contrato.
ADELANTOS
Se podrá establecer adelantos directos al contratista, los que en ningún caso excederán en conjunto del treinta por ciento (30%) del monto del contrato original.
La entrega de adelantos se tramitará a solicitud del contratista. En el supuesto que no se entregue el adelanto solicitado en dicha oportunidad, el contratista tiene derecho a solicitar prórroga del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, siempre que ésta afecte realmente el plazo indicado.
Independencia, Noviembre de 2012
CAPÍTULO IV CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA |
EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos)
Experiencia del postor : 30 puntos
Cumplimiento de la prestación : 20
Garantía comercial : 15
Experiencia del personal : 10
Mejoras al requerimiento técnico mínimo : 25
EXPERIENCIA DEL POSTOR ( 30 puntos)
Se calificará considerando el monto facturado acumulado por el postor por la venta de bienes iguales o similares al objeto de la convocatoria ( venta e instalación de ascensores para personas) durante un período determinado no mayor a cinco (05) años a la fecha de presentación de propuestas, hasta un máximo acumulado equivalente a cinco (05) veces el valor referencial.
Tal experiencia se acreditará mediante contratos u órdenes de compra y su respectiva conformidad por la venta o suministro efectuado, y/o mediante comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente. La cancelación de los comprobantes de pago podrá acreditarse adjuntando cualquiera de los siguientes documentos: comprobante o voucher de depósito, reporte de estado de cuenta, copia de cheque, comprobante de retención. No se aceptará que la cancelación tan solo conste en el mismo comprobante de pago.
La experiencia se acreditará con un máximo de veinte(20) contrataciones, sin importar el número de documentos que las sustenten( Anexo Nº 06)
Los importes de los comprobantes de pago, contratos u órdenes de compra emitidos en dólares americanos, se convertirán al tipo de cambio venta vigente a la fecha de emisión del documento, según la información de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP’s.
En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación, se deberá acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará para la evaluación y calificación, las veinte (20) primeras contrataciones indicadas en el Anexo Nº 06.
En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato.
Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.
Cabe precisar, que sólo se otorgará puntaje por aquella parte de los contratos cuyas prestaciones se ejecutaron dentro del período de 5 (CINCO) años anteriores a la fecha de presentación de propuestas, independientemente de su fecha de inicio. En tal sentido, en caso que se presenten contratos con prestaciones parciales que se hubieran ejecutado fuera del periodo de evaluación indicado en las Bases (con anterioridad al periodo de 5 años), no se tomará en consideración para la evaluación de la experiencia del postor. Ello siempre y cuando la prestación parcial dentro del periodo de evaluación sea discriminada perfectamente.
La asignación de puntaje será de acuerdo al siguiente criterio:
Monto mayor a S/..2’500,000.00 hasta S/.3’050,000.00 : 30 puntos
Monto mayor a S/..2’000,000.00 hasta S/.2’500,000.00 : 20 puntos
Monto mayor a S/..1’500,000.00 hasta S/.2’000,000.00 : 10 puntos
NOTA:
Las copias de los comprobantes deben ser legibles y deben contener en forma expresa el concepto por el cual han sido emitidos, para verificar si es similar al objeto de la convocatoria.
Las facturas serán evaluadas en forma genérica, siempre y cuando se refieran exclusivamente a prestaciones iguales o similares a los que son objeto del presente proceso. En caso contrario, y de aparecer en una factura diversos conceptos, solo se tomará en cuenta los conceptos referidos a adquisiciones materia del proceso.
El postor debe identificar claramente las facturas presentadas y detallar los montos de facturación que pretende acreditar.
CUMPLIMIENTO DE LA PRESTACIÓN ( 20 puntos)
Criterio:
Se evaluará el nivel de cumplimiento del postor, respecto de los contratos presentados para acreditar la experiencia del postor, en función al número de constancias de prestación presentadas.
Acreditación:
Mediante la presentación de un máximo de veinte (20) constancias de prestación o cualquier otro documento que, independientemente de su denominación, indique, como mínimo, lo siguiente:
La identificación del contrato u orden de compra, indicando como mínimo su objeto.
El monto correspondiente; esto es, el importe total al que asciende el contrato, comprendiendo las variaciones por adicionales, reducciones, reajustes, etc., que se hubieran aplicado durante la ejecución contractual.
Del texto de los documentos presentados se deberá desprender que el postor no haya incurrido en penalidades.
Tales certificados o constancias deberán referirse a los contratos que se presentaron para acreditar la experiencia del postor
Se debe utilizar la siguiente fórmula de evaluación7:
PCP= PF x CBC
NC
Donde:
GARANTÍA DE LOS EQUIPOS ( 15 puntos)
Se refiere al período(expresado en meses) por el cual el postor se compromete mediante declaración Jurada( Anexo Nº 05) a otorgar la garantía de los equipos por la totalidad de las instalaciones, por un tiempo mayor a lo establecido como requerimiento técnico mínimo.
Según el siguiente criterio:
De 45 a 48 meses : 15 puntos
De 41 a 44 meses : 10 puntos
De 37 a 40 meses : 05 puntos
EXPERIENCIA DEL PERSONAL ( 10 puntos)
Residente de la instalación:
Se calificará al Residente de instalación solicitado en el requerimiento técnico mínimo, contenido en el capítulo III, con experiencia en instalación de ascensores, que se acreditará con contratos, certificados o constancias de trabajo, recibos por honorarios o cualquier otro documento que de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto. Los documentos deberán adjuntarse al Anexo Nº 08.
Según el siguiente criterio de evaluación:
Experiencia mayor o igual a 10 años : 10 puntos
MEJORAS AL REQUERIMIENTO TÉCNICO MÍNIMO ( 25 puntos)
Mantenimiento preventivo y emergencias
Se refiere al período( expresado en meses) por el cual el postor se compromete mediante Declaración Jurada ( Anexo Nº 09) a otorgar mantenimiento preventivo y emergencias, el cual supera el tiempo establecido como requerimiento técnico mínimo.
Según el siguiente criterio de evaluación:
De 21 a 24 meses : 18 puntos
De 17 a 20 meses : 12 puntos
De 13 a 16 meses : 06 puntos
Certificaciones
Se refiere a que, el postor, mediante Declaración Jurada ( Anexo Nº 09) indica que cuenta y adjunta copias de certificaciones ISO 14001 e ISO 9001 .
Según el siguiente criterio de evaluación:
Cuenta con certificación ISO 14001- cuidado del medio ambiente : 04 puntos
Cuenta con certificación ISO 9001 – calidad del producto : 03 puntos
IMPORTANTE:
Para acceder a la etapa de evaluación económica, el postor deberá obtener un puntaje técnico mínimo de sesenta (60) puntos.
CAPÍTULO V PROFORMA DEL CONTRATO
|
PRESTACION PRINCIPAL
Conste por el presente documento, la ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE DOS (02) ASCENSORES PARA LA SEDE DE LA CSJ DE LIMA NORTE, que celebra de una parte la CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE, en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº 20159981216, con domicilio legal en la Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xx 000 - Xxxxxxxxxxxxx - XXXX, representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con fecha [………………..], el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0002-2012-CE-CSJLN/PJ – Primera Convocatoria para la ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE DOS (02) ASCENSORES PARA LA SEDE DE LA CSJ DE LIMA NORTE , a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
El presente contrato tiene por objeto la adquisición de dos(02) ascensores para uno de lo edificios de la Sede de la CSJ de Lima Norte, recientemente ampliado a cinco (05) pisos.
CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], el cual incluye IGV.8
Este monto comprende el costo del bien, transporte hasta el punto de entrega, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.
CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO9
LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en [INDICAR MONEDA], en un único pago, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser estos recibidos.
LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.
En caso de retraso en el pago, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado, contado desde la oportunidad en el que el pago debió efectuarse.
CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
El plazo de ejecución del presente contrato es de doscientos cuarenta (240) días calendario, el mismo que se computa desde el día siguiente de suscrito el presente contrato hasta la conformidad de su instalación.
CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora10 y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.
CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS
EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:
De fiel cumplimiento del contrato11: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la Carta Fianza [INDICAR EL NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE]. Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:
Garantía por el monto diferencial de la propuesta12: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN
LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA NOVENA: ADELANTO DIRECTO
LA ENTIDAD otorgará un adelanto directos por el [CONSIGNAR PORCENTAJE QUE NO DEBE EXCEDER DEL 30% DEL MONTO DEL CONTRATO ORIGINAL] del monto del contrato original.
EL CONTRATISTA debe solicitar los adelantos dentro de los cinco (05) días calendario siguientes a la suscripción del contrato, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos13 mediante Carta Fianza y el comprobante de pago correspondiente. Vencido dicho plazo no procederá la solicitud.
LA ENTIDAD debe entregar el monto solicitado dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la presentación de la solicitud del contratista.
En el supuesto que los adelantos no se entreguen en la oportunidad prevista, EL CONTRATISTA tendrá derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 172 del Reglamento.”
CLÁUSULA DÉCIMA: CONFORMIDAD DE RECEPCIÓN DE LA PRESTACIÓN
La conformidad de recepción de la prestación se regula por lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y será otorgada por División de Arquitectura e Infraestructura Tecnológica de la SUNAT.
De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del bien. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor xx xxxx (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.
Este procedimiento no será aplicable cuando los bienes manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.
CLÁUSULA UNDÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLÁUSULA DUODÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR XXXXXX XXXXXXX
La conformidad de recepción de la prestación por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado.
El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de cinco (05) años.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: PENALIDADES
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del concepto que debió ejecutarse, en concordancia con el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = |
0.10 x Monto |
F x Plazo en días |
Donde:
F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.
Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse o, en caso que éstos involucraran obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso.
Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de Fiel Cumplimiento o por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso).
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento.
La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, el Código Civil y demás normas aplicables, según corresponda.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40, inciso c), y 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, y los artículos 167 y 168 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES
Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan.
Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado.
CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS14
Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144, 170, 175, 176, 177 y 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado o, en su defecto, en el artículo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado.
Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Todos los conflictos que deriven de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluidos los que se refieran a su nulidad e invalidez, serán resueltos de manera definitiva e inapelable mediante arbitraje de derecho, de conformidad con lo establecido en la normativa de contrataciones del Estado, bajo la organización y administración de los órganos del Sistema Nacional de Arbitraje del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) y de acuerdo con su Reglamento.
El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:
DOMICILIO DE LA ENTIDAD: Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xx 000 Xxxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx: Lima, Departamento: Lima.
DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO]
La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.
De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].
-
“LA ENTIDAD”
“EL CONTRATISTA”
FORMATO N° 1 15
MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN
Lima, [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0002-2012-CE-CSJLN/PJ
Presente.-
[CONSIGNAR NOMBRE DEL POSTOR (PERSONA NATURAL, PERSONA JURÍDICA Y/O CONSORCIO)], identificado con DNI [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA NATURAL] y Nº RUC Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], debidamente representado por su [CONSIGNAR SI SE TRATA DE REPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA O DEL REPRESENTANTE COMÚN EN CASO DE CONSORCIOS, ASÍ COMO SU NOMBRE COMPLETO], identificado con DNI Nº […………], tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con la Licitación Pública N° 0002-2012-CE-CSJLN/PJ-Primera Convocatoria, a fin de acreditar a nuestro apoderado: [CONSIGNAR NOMBRE DEL APODERADO] identificado con DNI Nº [………], quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.
Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito.16
…..………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
ANEXO Nº 1
DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR |
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0002-2012-CE-CSJLN/PJ
Presente.-
Estimados Señores:
El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:
Nombre o Razón Social : |
|
|||||
Domicilio Legal : |
|
|||||
RUC : |
|
Teléfono : |
|
Fax : |
|
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……........................................................... Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
|
IMPORTANTE:
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
ANEXO Nº 2
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0002-2012-CE-CSJLN/PJ
Presente.-
De nuestra consideración:
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las Bases y demás documentos del proceso de la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, el postor ofrece la ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE DOS (02) ASCENSORES PARA LA SEDE DE LA CSJ DE LIMA NORTE, de conformidad con las Especificaciones Técnicas, las demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las Bases y los documentos del proceso.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
ANEXO Nº 3
DECLARACIÓN JURADA
(ART. 42 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0002-2012-CE-CSJLN/PJ
Presente.-
De nuestra consideración:
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:
1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado.
2.- Xxxxxxx, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.
3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del presente proceso de selección.
4.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.
5.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda
IMPORTANTE:
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
ANEXO Nº 4
PROMESA FORMAL DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0002-2012-CE-CSJLN/PJ
Presente.-
De nuestra consideración,
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta a la LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0002-2012-CE-CSJLN/PJ – Primera Convocatoria, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.
Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio bajo las condiciones aquí establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada consorciado), de conformidad con lo establecido por el artículo 141 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Designamos al Sr. [..................................................], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y para suscribir el contrato correspondiente con la Entidad [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]. Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal común en [.............................].
OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]: % de Obligaciones
[DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ]
[DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]
OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]: % de Obligaciones
[DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ]
[DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]
TOTAL: 100%
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
..…………………………………. …………………………………..
Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal Consorciado 1 Representante Legal Consorciado 2
ANEXO Nº 5
GARANTÍA DE LOS EQUIPOS
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0002-2012-CE-CSJLN/PJ
Presente.-
De nuestra consideración,
El que suscribe, [……….], postor y/o Representante Legal de ( consignar en caso de ser persona jurídica), identificado con ( CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD) Nº ( CONSIGNAR Nº DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD), DECLARO BAJO JURAMENTO que, mi representada se compromete a otorgar por los bienes adjudicados, la garantía de los equipos por la totalidad de las instalaciones, por el período de …….. meses.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
ANEXO Nº 6
EXPERIENCIA DEL POSTOR
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0002-2012-CE-CSJLN/PJ
Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla la siguiente EXPERIENCIA:
Nº |
CLIENTE |
OBJETO DEL CONTRATO |
N° CONTRATO / O/C / COMPROBANTE DE PAGO |
FECHA17 |
MONEDA |
IMPORTE |
TIPO DE CAMBIO VENTA18 |
MONTO FACTURADO ACUMULADO19 |
1 |
|
|
|
|
|
|
|
|
2 |
|
|
|
|
|
|
|
|
3 |
|
|
|
|
|
|
|
|
4 |
|
|
|
|
|
|
|
|
.. |
|
|
|
|
|
|
|
|
.. |
|
|
|
|
|
|
|
|
.. |
|
|
|
|
|
|
|
|
.. |
|
|
|
|
|
|
|
|
20 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
TOTAL |
|
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
ANEXO Nº 7
CUMPLIMIENTO DE LA PRESTACION
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0002-2012-CE-CSJLN/PJ
Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla la siguiente información:
Nº |
CLIENTE |
OBJETO DEL CONTRATO |
N° CONTRATO / O/C / COMPROBANTE DE PAGO |
FECHA |
CONSTANCIA DE PRESTACION |
FECHA DE LA CONSTANCIA |
1 |
|
|
|
|
|
|
2 |
|
|
|
|
|
|
3 |
|
|
|
|
|
|
4 |
|
|
|
|
|
|
.. |
|
|
|
|
|
|
.. |
|
|
|
|
|
|
.. |
|
|
|
|
|
|
20 |
|
|
|
|
|
|
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
ANEXO Nº 8
EXPERIENCIA DEL PERSONAL
( Residente de la instalación)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0002-2012-CE-CSJLN/PJ
Presente.-
De nuestra consideración,
El que suscribe, [……….], postor y/o Representante Legal de ( consignar en caso de ser persona jurídica), identificado con ( CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD) Nº ( CONSIGNAR Nº DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD), DECLARO BAJO JURAMENTO que, mi representada se compromete a asignar en calidad de residente de instalación, a:
Nombres y apellidos del Ingeniero ( mecánico o mecánico – eléctrico) residente
Nº de Colegiatura
el cual cuenta con experiencia en la instalación de ascensores, para lo cual adjunto las constancias y/o certificados que acreditan su experiencia en la instalación de ascensores y que supera los diez (10) años
Nota: adjuntar a su vez, declaración firmada por el profesional aceptando su participación.
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
ANEXO Nº 9
MEJORAS AL REQUERIMIENTO TÉCNICO MÍNIMO
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0002-2012-CE-CSJLN/PJ
Presente.-
De nuestra consideración,
El que suscribe, [……….], postor y/o Representante Legal de ( consignar en caso de ser persona jurídica), identificado con ( CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD) Nº ( CONSIGNAR Nº DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD), DECLARO BAJO JURAMENTO que, nuestra representada se compromete a ofrecer las siguientes MEJORAS:
DESCRIPCIÓN |
DETALLE DE LAS MEJORAS |
SÍ OFREZCO |
Mantenimiento preventivo y emergencias |
De 21 a 24 meses |
INDICAR NÚMERO DE MESES |
De 17 a 20 meses |
||
De 13 a 16 meses |
DESCRIPCIÓN |
Tipo de certificaciones |
DE OFRECER, MARCAR CON “X” |
certificaciones |
ISO 14001 cuidado del medio ambiente |
|
ISO 9001 calidad del producto |
|
Nota: si ofrece certificaciones, adjuntar copia de las mismas
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
ANEXO Nº 10
CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA
(MODELO)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0002-2012-CE-CSJLN/PJ
Presente.-
De nuestra consideración,
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con el valor referencial del presente proceso de selección y las Especificaciones Técnicas, mi propuesta económica es la siguiente:
CONCEPTO |
COSTO TOTAL (En Nuevos Soles ) |
ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE DOS (02) ASCENSORES PARA LA SEDE DE LA CSJ DE LIMA NORTE |
|
TOTAL S/. |
|
La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo del bien a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
1 Luego de efectuada la evaluación técnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluación económica únicamente en algunos de los ítems a los que se presentó, por lo que, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento, correspondería devolver las propuestas económicas sin abrir, lo que no resultaría posible si la totalidad de las propuestas económicas del postor se incluyen en un solo sobre.
2 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.
3 La información del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la información consignada en el cronograma de la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción en esta información, primará el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.
4 La omisión del índice no descalifica la propuesta, ya que su presentación no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria.
5 De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento la propuesta económica solo se presentará en original.
6 De conformidad con el artículo 162 del Reglamento, esta garantía deberá ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución de la obra sea menor a tres (3) meses, la garantía podrá ser emitida con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado.
7 Para mayor detalle, se recomienda revisar los Pronunciamientos Nº 095-2010/DTN y Nº 111-2010/DTN en xxx.xxxx.xxx.xx
8 Consignar que NO incluye IGV en caso el postor ganador de la Buena Pro haya presentado la Declaración jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo Nº 8) en su propuesta técnica.
9 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a efectos de generar el pago.
10 La oferta ganadora comprende a las propuestas técnica y económica del postor ganador de la Buena Pro.
11 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 158 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la garantía de fiel cumplimiento deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
12 En aplicación de los dispuesto por el artículo 160 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del veinte por ciento (20%) de éste en el proceso de selección para la contratación de bienes, para la suscripción del contrato el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
13 De conformidad con el artículo 162 del Reglamento, esta garantía deberá ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución de la obra sea menor a tres (3) meses, la garantía podrá ser emitida con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado.
14 De conformidad con los artículos 216 y 217 del Reglamento, podrá adicionarse la información que resulte necesaria para resolver las controversias que se susciten durante la ejecución contractual. Por ejemplo, para la suscripción del contrato y, según el acuerdo de las partes podrá establecerse que el arbitraje será institucional o ante el Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE (SNA-OSCE), debiendo indicarse el nombre del centro de arbitraje pactado y si se opta por un arbitraje ad-hoc, deberá indicarse si la controversia se someterá ante un tribunal arbitral o ante un árbitro único.
15 El presente formato será utilizado cuando la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el representante común del consorcio no concurra personalmente al proceso de selección.
16 Incluir dicho párrafo sólo en el caso de personas jurídicas.
17 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Compra o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
18 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Compra o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
19 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.