CONVENIO MARCO DE PRÁCTICA PROFESIONAL CONCLUIDO ENTRE LA
1.8.3.12.
O X X X X X X X X 000/00
Xxxxxxxxxx el 09/11/2005 Promulgada el 21/11/2005 Decreto de Promulgación N° 1536
ARTICULO 1º.- Apruébase el Convenio Marco de Práctica Profesional celebrado entre la Municipalidad de Río Cuarto y la Universidad Siglo 21, que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
CONVENIO MARCO DE PRÁCTICA PROFESIONAL CONCLUIDO ENTRE LA
UNIVERSIDAD SIGLO 21 Y MUNICIPALIDAD DE RÍO CUARTO
Entre la “UNIVERSIDAD EMPRESARIAL SIGLO 21 (U.E.S. 21)”, representada en este acto por el Ing. Xxxxxx San Xxxxx D.N.I. 13.681.952 en su condición de Vicerrector de Desarrollo por una parte, en adelante la Universidad, y por otra la empresa Municipalidad de Río Cuarto representada en este acto por el señor Cr. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx D.N.I. 6.564.726 en su condición de Intendente Municipal y con facultades suficientes para suscribir el presente acuerdo; en adelante la Organización, se ha resuelto otorgar el presente a fin de dejar constancia sobre el siguiente acuerdo de voluntades:
PRIMERO: Los convenios anexos al presente serán suscriptos por el Vicerrector de Desarrollo, Ing. Xxxxxx San Xxxxx o bien, por alguna persona autorizada a tal efecto.
SEGUNDO: Ambas partes declaran y dejan constancia que en el cumplimiento de los objetivos que le son propios, la Universidad ha dictado la Resolución de Rectorado Nro. 01/97 por la que bajo la designación de “Normas y Disposiciones de Interés para los Alumnos” se establece el Reglamento para estos últimos.
En el capítulo XVII del Reglamento 2001-2002; se prevé la Práctica Profesional en Organizaciones, motivo del presente acuerdo de voluntades, por lo que la referida resolución Rectoral se tiene como formado parte del presente en todo lo que le sea aplicable.
TERCERO: Continúan exponiendo ambas partes, que conforme surge de la Resolución antes mencionada, la Práctica Profesional consiste en llevar a cabo una experiencia inicial de formación, cumplimentando determinadas técnicas ligadas a la especialidad de la carrera en estudio por parte del alumno.
Dichas tareas se llevarán a cabo en la Organización sobre la base de un portfolio de Temas de Práctica Profesional (TPP) que la Universidad remitirá a la organización para que ésta seleccione alguno/s de los temas propuestos. Cada TPP tendrá explicitados los insumos de información previstos en la cláusula séptima y las características del informe final.
CUARTO: Conforme surge de lo expuesto, la práctica profesional reviste carácter de actividad estrictamente de formación académica, siendo ajena por su naturaleza a cualquier relación de carácter laboral, ya que no media relación de dependencia alguna entre el alumno, la Organización y la Universidad.
QUINTO: Es por ello que la Universidad asume en forma exclusiva y excluyente la absoluta responsabilidad con relación al alumno, liberando a la Organización esa de toda ella.
SEXTO: El alumno por su parte se obliga a no entorpecer en lo más mínimo el desenvolvimiento de las tareas de la Organización, debiendo acatar sus reglamentos de trabajo y directivas que le impartan sus Tutores. Asimismo se obliga a guardar estricta confidencialidad, evitando efectuar comentarios verbales o escritos -salvo el trabajo académico- de los datos y antecedentes a los que tuviere acceso con motivo u ocasión de su Práctica Profesional.
SÉPTIMO: Xxx perjuicio de ello la Organización se obliga a proporcionar al alumno los datos y antecedentes (que a su juicio considere relevantes) con relación al tema de Práctica Profesional elegido por la Organización. OCTAVO: Bajo las condiciones antes expuestas y las que se detallan en el correspondiente anexo al presente, se formula el presente acuerdo por el que la Organización facilitará al alumno de la Universidad su Práctica Profesional dentro del establecimiento de la primera.
NOVENO: El presente convenio podrá ser rescindido sin causa por cualquiera de las partes, previa notificación por cualquier medio fehaciente efectuada con una anticipación de treinta días, no generando a favor de las partes derecho alguno a percibir compensaciones ni indemnizaciones de ninguna clase. De no generarse la situación mencionada anteriormente el convenio permanecerá vigente y será renovable automáticamente cada semestre.
En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares, todos de un mismo tenor, uno para la Universidad y otro para la Organización, en la Ciudad xx Xxxxxxx, Provincia del mismo nombre a los 11 días del mes de octubre de 2005.
CONVENIO ANEXO AL CONTRATO DE PRÁCTICA PROFESIONAL CONCLUÍDO ENTRE LA UNIVERSIDAD EMPRESARIAL XXXXX 00 X XX XXXXXXXXXXXXX XX XXX XXXXXX
XXXXXXX: Conforme al convenio marco del que forma parte el siguiente anexo, el alumno cuyos datos se consignan al pie, procederá a efectuar su Práctica Profesional correspondiente a la carrera de Gestión Turística en el establecimiento de propiedad de la Organización sito en Xxx. Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxx 000 xx xx Xxxxxx xx Xxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx.
SEGUNDO: La Práctica se llevará a cabo entre los días 17/10/05 al 02/12/05 en días hábiles, en el horario de (a coordinar con la organización).
TERCERO: El trabajo académico deberá ser entregado a la Universidad antes del día 31/12/05, y ésta a su vez remitirá una copia a la Organización dentro de los 30 días de recibido.
CUARTO: Se designa como Tutor por parte de la Universidad al Lic. Xxxxxx Xxxxxxxx y como interlocutor/guía/contacto interno por parte de la Organización al Cr. Xxxxx Xxxxxx, los que tendrán a su cargo la supervisión y auxilio del alumno durante el tiempo que dura su práctica profesional, en los términos y condiciones de que da cuenta el Capítulo XVII del Reglamento 2001-2002 para Alumnos contenido en la Resolución Rectoral 01/97 aludida en el convenio marco.
QUINTO: El presente anexo corresponde a la práctica profesional del siguiente alumno:
Nombre: XXXXXXXX XXXXXXXX
Apellido: XXXXXXX Legajo: TUR00041 D.N.I.: 30029544
SEXTO: El objeto de estudio será “Río Cuarto - Ciudad de Turismo de Negocios y Eventos (Guía de turismo - visitas guiadas por la ciudad - atención turística en los centros de información - sensibilización y capacitación turística)”.
En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, uno para la Universidad, otro para la Organización y el tercero para el Alumno, a los 11 días del mes de octubre de 2005 en la ciudad xx Xxxxxxx, Capital de la Provincia del mismo nombre.