Contract
NOTA: Este documento se dispone a las personas interesadas en participar en el presente proceso de selección a manera informativa, con el fin de enseñar el contenido de la minuta del contrato que se celebrará con el oferente a quien PLAZA MAYOR le acepte su oferta. En consecuencia la presente minuta de contrato podrá ser susceptible de cambios en su estructura y contenido sin que por ello se genere responsabilidad alguna a cargo de PLAZA MAYOR.
CONTRATO No. xxxx ENTRE PLAZA MAYOR MEDELLÍN CONVENCIONES Y EXPOSICIONES
S.A. y xxxx
XXXX XXXXX XXXXX XXXXX, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía No. 71.772.427, domiciliado en Medellín, en su calidad de Gerente General de PLAZA MAYOR MEDELLÍN CONVENCIONES Y EXPOSICIONES S.A. , sociedad anónima de economía mixta del orden municipal, legalmente constituida, domiciliada en la ciudad de Medellín, identificada con NIT. 890.909.297-2, quien para efectos de este contrato se denominará PLAZA MAYOR, y xxxxx, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía No xxxxx, actuando en su calidad de Representante Legal de xxxxx, identificada con NIT. xxxxx, quien para efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente CONTRATO, previas las siguientes consideraciones:
1. Que PLAZA MAYOR requiere del arrendamiento de equipos de cómputo para su funcionamiento.
2. Que para satisfacer esta necesidad PLAZA MAYOR MEDELLIN S.A. cursó el proceso de Selección Simplificado No 11 de 2016 cuyo objeto es “ARRENDAMIENTO DE EQUIPOS DE COMPUTO PARA PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A.”, con un presupuesto oficial total de DOSCIENTOS TREINTA Y UN MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO SESENTA Y OCHO PESOS ($231.548.168) IVA INCLUIDO, respaldado en la disponibilidad presupuestal No. XOP07 758 del 27/9/2016 y recomendado por el Comité de Contratación de XXXXX XXXXX, xx xxxxxx xxx 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000.
3. Que PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A. publicó en la página web xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx los pliegos de condiciones y profirió través de la resolución No. xxx del xxx de octubre de 2016 el inicio del proceso de Selección Simplificado No. 11 de 2016.
4. Que de conformidad con el cronograma del proceso, el día xx xx xxxxxxx 0000 siendo las xx:xx am, fecha y hora del cierre del recibo de propuestas, PLAZA MAYOR MEDELLIN S.A. recibió propuestas de los oferentes xxxxxx
5. Que siendo las xx:xx am de esta misma fecha, se dio inicio a la audiencia de apertura de sobres en la cual se verificaron las propuestas recibidas con su hora, fecha de entrega, número de folios, valor, tal cual consta en el acta respectiva que hace parte del proceso contractual.
6. Que de conformidad con el cronograma del proceso se realizó la evaluación de los requisitos habilitantes la cual no asigna puntaje, simplemente a través de ella se determina si las propuestas recibidas cumplen con los requisitos, calidades de participación, comparación y en caso afirmativo se procede adelantar la verificación técnica y evaluación económica.
7. Que con base a la evaluación de requisitos habilitantes y documentos de participación los proponentes xxxxxxx continuaron en la etapa de evaluación, ya que cumplieron con todos los requisitos habilitantes y documentos exigidos en el pliego de condiciones.
8. Que con base al informe de evaluación publicado en la página web el día xxx de octubre de 2016, el proponente xxxxxx obtuvo el mayor puntaje de calificación ubicándose en el primer lugar del orden de elegibilidad.
9. Que la evaluación de los requisitos habilitantes y de la propuesta técnico - económica fue sometida a consideración del comité de contratación de PLAZA MAYOR MEDELLIN S.A. del día xx de octubre de 2016.
10. Que en sesión del día xxx de octubre de 2016 el Comité de Contratación de PLAZA MAYOR MEDELLIN S.A. aprobó la adjudicación del contrato derivado del Proceso de Selección Simplificado No 11 de 2016 al proponente xxxxxx.
11. Que mediante la Resolución No. xxx del xxx de octubre de 2016, se adjudicó al proponente xxxxxx el contrato derivado del proceso de Selección Simplificado No. 11 de 2016 cuyo objeto es: “ARRENDAMIENTO DE EQUIPOS DE COMPUTO PARA PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A.”, por valor de xxxxx PESOS M/L ($xxxxx) IVA INCLUIDO.
12. Que la presente contratación se justifica con base a la Resolución No. 21 del 25 de enero de 2013, “Por medio de la cual se adopta el Reglamento de Contratación de la Entidad” y la Resolución No. 74 del 9 xx xxxxx de 2013, “Por medio de la cual se implementa y reglamentan las causales del proceso de selección de Invitación Pública y el procedimiento específico de funcionamiento del Comité Asesor de Contratación de Plaza Mayor Medellín Convenciones y Exposiciones S.A.”
De conformidad con lo expuesto, las partes acuerdan el sometimiento y aplicación de las siguientes cláusulas:
PRIMERA. OBJETO. ARRENDAMIENTO DE EQUIPOS DE COMPUTO PARA PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A.
PARAGRAFO. ALCANCE. Las cantidades y especificaciones técnicas de los bienes objeto del presente contrato de arrendamiento se encuentran en el anexo No 2 xxx xxxxxx de condiciones, las cuales hacen parte integral del presente contrato.
SEGUNDA.PLAZO DEL CONTRATO: El plazo del contrato será de 36 meses contados a partir de la suscripción del acta de inicio.
TERCERA. VALOR DEL CONTRATO. El valor del presente contrato se estima en la suma de
XXXXXX PESOS M/L ($XXXXX) IVA INCLUIDO.
PARÁGRAFO SEGUNDO. COMPROMISO PRESUPUESTAL. PLAZA MAYOR cuenta con el
compromiso presupuestal No XOP11 XXX del XX/10/2016 para la ejecución del presente contrato.
CUARTA. FORMA DE PAGO. PLAZA MAYOR pagará de manera mensual el arrendamiento de los equipos de cómputo, previa la presentación de la factura correspondiente, acompañada de la certificación de pago de aportes a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes xx xxxxx de compensación familiar, ICBF y SENA, cuando hubiere lugar a ello y el recibo a satisfacción emitido por el supervisor del contrato.
PLAZA MAYOR dispone de treinta (30) días calendario para cancelar la factura al contratista, previa deducción de los impuestos, retenciones y descuentos a que hubiere lugar, de acuerdo con la Ley.
PARÁGRAFO PRIMERO: Las demoras que tengan lugar por la presentación de los documentos sin el lleno de los requisitos o por la presentación incompleta de los mismos, será responsabilidad del CONTRATISTA y no tendrá por ello el derecho al pago de intereses o de compensaciones de ninguna naturaleza.
QUINTA. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. I) Obligaciones generales: EL CONTRATISTA
deberá cumplir en forma eficiente y oportuna el servicio encomendado y aquellas obligaciones que se generen de acuerdo con el objeto del contrato, así como también cumplir a cabalidad con todos los parámetros establecidos en el pliego de condiciones del Proceso de Selección Simplificado No. 11 de 2016 y a su propuesta comercial.
II) Obligaciones Específicas:
1. Cumplir con las especificaciones técnicas establecidas en el pliego de condiciones en el anexo 2.
2. Entregar los bienes cumpliendo con las especificaciones técnicas.
3. Entregar los bienes objeto del proceso de selección al supervisor del contrato en la fecha y hora acordada en las oficinas de Plaza Mayor Medellín Convenciones y Exposiciones S.A.
4. Los bienes serán entregados debidamente instalados, programados, en perfecto estado de funcionamiento, con los permisos, manuales, licencias y garantías establecidos en las especificaciones técnicas.
5 .Respetar el valor del canon mensual ofrecido en la propuesta económica el cual contiene todos los gastos necesarios para la ejecución del contrato.
6. Prestar el servicio de garantía sobre cada elemento a la hora de la solicitud a través del centro autorizado.
7. Prestar el servicio derivado del arrendamiento de los equipos con estándares de calidad.
8. Contar con el recurso humano profesional y técnico capacitado para prestar el servicio requerido durante el tiempo de la garantía.
9. Entregar asegurados en su totalidad los equipos entregados en arrendamiento.
10 .Respetar el valor del canon mensual ofrecido en la propuesta económica el cual contiene todos los gastos necesarios para la ejecución del contrato.
11. Proporcionar todo su conocimiento, experiencia para la implementación y desarrollo del objeto contractual.
12. Entregar a PLAZA MAYOR la información necesaria relacionada para el uso y funcionamiento de los bienes adquiridos.
13. En caso de que los bienes presenten fallas, defectos o daños no atribuidos a un mal uso, ni a conductas dolosas o equiparadas a la culpa grave deberán ser reemplazados por el proveedor por otros de las mismas calidades y especificaciones en cumplimiento de los términos de garantía.
14. Entregar a PLAZA MAYOR la información necesaria relacionada para el uso y funcionamiento de los bienes adquiridos
15. Presentar para efectos del pago las facturas con el lleno de los requisitos legales.
16. Contar con la autorización formal del supervisor del contrato cuando se soliciten bienes o servicios inicialmente no cotizados o adicionales.
17. Asumir todas las obligaciones legales y extralegales que se deriven de la relación contractual con el personal que presta el servicio, quedando PLAZA MAYOR indemne de toda reclamación.
18. Disponer de los recursos humanos, físicos, financieros, jurídicos necesarios para el desarrollo de las actividades propias del objeto del contrato.
19. Realizar las acciones necesarias para el cumplimiento del objeto, alcance y especificaciones esenciales estipuladas en la propuesta.
20. Reportar de manera inmediata al supervisor, la ocurrencia de cualquier novedad durante la ejecución del contrato.
21. Salvaguardar la información confidencial que obtenga o conozca en el desarrollo de sus actividades salvo requerimiento expreso de autoridad competente. Toda la información y/o documentos que se produzcan en desarrollo del presente contrato, serán de uso exclusivo de PLAZA MAYOR, obligándose EL CONTRATISTA a no utilizarlos para fines distintos a los previstos en este contrato, ni a divulgar la información que se le suministre, ni los resultados de su labor conservando la confidencialidad de los mismos, de conformidad con la ley, so pena de las acciones civiles, administrativas o penales a que haya lugar.
22. Presentar para efectos del pago las facturas con el lleno de los requisitos legales, de conformidad con las condiciones establecidas en la cláusula cuarta del presente contrato.
23. Las demás obligaciones emanadas de la naturaleza jurídica del contrato y de sus obligaciones que no se encuentren explícitamente relacionadas en el presente contrato.
SEXTA. OBLIGACIONES DE PLAZA MAYOR. Para efectos del presente contrato, PLAZA MAYOR
se obliga a:
1. Recibir los bienes objeto del contrato en la fecha, lugar y hora acordada con el
CONTRATISTA.
2. Verificar que los bienes recibidos cumplan con las especificaciones técnicas requeridas por
XXXXX XXXXX.
0. Recibir los bienes debidamente instalados, programados, en perfecto estado de funcionamiento, con los permisos, manuales, licencias y garantías establecidos en las especificaciones técnicas.
4. Recibir el soporte técnico cuando sea requerido previa solicitud del supervisor del contrato al CONTRATISTA.
5. Hacer cumplir los términos de garantía otorgada.
6. En caso de que los bienes presenten fallas, defectos o daños no atribuidos a un mal uso, ni a conductas dolosas o equiparadas a la culpa grave solicitar al CONTRATISTA el cumplimiento de los términos de garantía y si es del caso ser reemplazado por otros de las mismas calidades y especificaciones sin costo alguno para XXXXX XXXXX.
0. Autorizar a través del supervisor del contrato cuando se soliciten bienes o servicios inicialmente no cotizados o adicionales.
8. Xxxxxxx el apoyo y asistencia técnica requerida para cumplir a cabalidad el contrato.
9. Asistir a las reuniones programadas con ocasión del contrato.
10. Realizar a través del supervisor las observaciones o requerimientos que sean necesarios en relación al contrato.
11. Reportar de manera inmediata al CONTRATISTA, la ocurrencia de cualquier novedad durante la ejecución del contrato.
12. Informar oportunamente al CONTRATISTA las condiciones de tiempo, modo y lugar en las cuales debe llevar a cabo el objeto contractual.
13. Entregar previamente al CONTRATISTA toda la información requerida para la ejecución del objeto contractual.
14. Pagar los servicios objeto del contrato de conformidad con lo establecido en la cláusula cuarta del presente contrato.
15. Designar el supervisor del contrato, quien se encargará de la supervisión y el seguimiento al desarrollo de las actividades del contrato, de acompañar el proceso, y de las gestiones necesarias durante la ejecución del contrato.
16. Entregar a la finalización del contrato los equipos objeto del contrato junto con sus accesorios en buen estado de funcionamiento salvo el deterioro normal por el paso del tiempo.
17. Las demás obligaciones emanadas de la naturaleza jurídica del contrato y de sus obligaciones que no se encuentren explícitamente relacionadas en el presente contrato.
SÉPTIMA. EXCLUSIÓN DE LA RESPONSABILIDAD LABORAL. El presente contrato no genera relación o vínculo laboral alguno entre PLAZA MAYOR y el CONTRATISTA, y por tanto no tendrá derecho a ninguna contraprestación distinta a la expresamente descrita en la cláusula tercera del presente contrato.
OCTAVA. RÉGIMEN APLICABLE. El presente contrato se regirá por las normas civiles y comerciales y la Resolución 021 del 25 de enero de 2013, por medio de la cual se adopta el reglamento de contratación de PLAZA MAYOR MEDELLIN CONVENCIONES Y EXPOSICIONES S.A.
NOVENA. SUPERVISIÓN. PLAZA MAYOR verificará el cumplimiento del contrato con un supervisor designado a través del acta de designación respectiva, quien actuará como intermediario entre PLAZA MAYOR y EL CONTRATISTA. Entre sus funciones estarán, verificar el adecuado desarrollo del contrato y las demás que se estipulan y sean inherentes a esta clase de encargos.
PARÁGRAFO PRIMERO: El supervisor del contrato tendrá de manera conjunta con EL CONTRATISTA la facultad de realizar ajustes o modificaciones a las obligaciones del contrato que no impliquen una alteración sustancial al mismo y que no afecten el equilibrio contractual, de lo cual dejará constancia por escrito.
DÉCIMA. RÉGIMEN TRIBUTARIO. Se aplicarán al CONTRATISTA todas las normas tributarias vigentes al momento del pago.
DÉCIMA PRIMERA. CESIÓN. EL CONTRATISTA no podrá ceder el presente contrato, salvo autorización expresa de PLAZA MAYOR cumpliendo con las formalidades que el contrato de cesión requiere.
DÉCIMA SEGUNDA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. EL CONTRATISTA declara bajo
la gravedad del juramento, que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidades e incompatibilidades consagradas en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, sus Decretos reglamentarios y en las demás normas legales vigentes. La contravención de lo anterior dará lugar a las sanciones xx Xxx.
PARAGRAFO PRIMERO. La empresa xxxxx y su representante legal en calidad de CONTRATISTA, declara con la suscripción del presente contrato que no se encuentran reportados en el sistema de información del Boletín de Responsables Fiscales “SIBOR” de la Contraloría General de la Republica, ni en el sistema de información de Sanciones e inhabilidades (SIRI) de la Procuraduría General de Nación.
PARAGRAFO SEGUNDO. PREVENCIÓN XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL
TERRORISMO. EL CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la suscripción del presente contrato, que los recursos que componen su patrimonio no provienen xx xxxxxx de activos, financiación del terrorismo, narcotráfico, captación ilegal de dineros y en general de cualquier actividad ilícita; de igual manera
manifiesta que los recursos recibidos en desarrollo de éste contrato, no serán destinados a ninguna de las actividades antes descritas.
PARAGRAFO SEGUNDO. EL CONTRATISTA se obliga con PLAZA MAYOR durante la ejecución del presente contrato a cumplir con las políticas de prevención que eviten la utilización y explotación sexual de niños, niñas y adolescentes en el desarrollo de sus actividades comerciales, así como no contratar menores de edad en cumplimiento de los pactos, convenios y convenciones internacionales ratificadas por Colombia, según lo establece la Constitución Política de 1991 y demás normas vigentes sobre la materia, en particular aquellas que consagran los derechos de los niños. La no observancia del CONTRATISTA de este mandato legal dará lugar a que PLAZA MAYOR denuncie ante las autoridades competentes estos hechos y tome las medidas contractuales necesarias de conformidad con lo establecido en la ley 1336 de 2009, ley 679 de 2001, ley 1098 de 2006.
DÉCIMA TERCERA. CLÁUSULA OBLIGATORIA. EL CONTRATISTA garantiza, bajo la gravedad del juramento, que ninguna persona al servicio de PLAZA MAYOR, ha recibido, ni recibirá beneficio directo o indirecto resultante de la adjudicación, celebración o ejecución del contrato, y acepta expresamente que la presente disposición es condición esencial del contrato, por lo que su incumplimiento dará lugar a su terminación y a la aplicación de las sanciones legales pertinentes.
DÉCIMA CUARTA. CONFIDENCIALIDAD. “Para efectos de la presente cláusula se entenderá: Para EL CONTRATISTA, la expresión “Información Confidencial”, incluye pero no se limita a: dibujos, diseños de todo tipo, guiones, fórmulas, modelos, fotografías, registros, bases de datos de clientes y/o proveedores, métodos, técnicas y en general los conocimientos técnicos, financieros, comerciales y científicos que sean transmitidos, discutidos, presentados a, o conocidos por EL CONTRATISTA, en el ejercicio de las actividades para las cuales fue contratado, ya sea transmitida de manera oral, documental, en medios magnéticos o bajo cualquier otra forma de expresión. Complementariamente, LAS PARTES manifiestan que para los efectos del presente contrato será información Confidencial toda aquella utilizada en el desarrollo del objeto contractual, previo a la celebración, durante la ejecución y con posterioridad a la terminación del presente contrato.
Para PLAZA MAYOR, “Información Confidencial” se limitará a las metodologías que utilice EL CONTRATISTA en la ejecución del objeto del presente contrato.
Las Partes se obligan especialmente a:
•No revelar, divulgar, exhibir, mostrar, comunicar, utilizar la Información Confidencial, y en consecuencia se comprometen a protegerla poniendo en ello el mismo grado de diligencia y cuidado que utilizan para proteger información confidencial de su propiedad, siendo las únicas excepciones a este principio, que permitirán a LAS PARTES revelar o usar la Información Confidencial, las siguientes: (i) cuando así sea exigido por cualquier Autoridad Gubernamental; (ii) cuando deban suministrarla a sus compañías vinculadas, funcionarios, directores, empleados, consultores profesionales en relación con los temas que aquí se tratan, en cuyo caso la parte que revele esta información será responsable por cualquier
incumplimiento de las personas antes mencionadas de las obligaciones establecidas en la presente sección; (iii) cuando LAS PARTES conozcan la Información Confidencial por sus propios medios sin contravenir lo aquí dispuesto; (iv) cuando exista autorización previa y por escrito de las partes para revelar la Información Confidencial; o (iv) cuando la Información Confidencial sea pública sin que para ello haya mediado acción u omisión imputable a cualquiera de las Partes que constituya una violación del Contrato.
•En el caso en que alguna de LAS PARTES deba revelar o divulgar la Información Confidencial por orden de alguna autoridad, esta se obliga a avisar a la otra Parte inmediatamente tenga conocimiento de su obligación de revelar o divulgar para que esta última pueda tomar las medidas necesarias para proteger su Información Confidencial.
•Tomar las medidas de seguridad necesarias para que la Información Confidencial no llegue al conocimiento de terceros y se mantenga en secreto; y se obligan a imponer a sus empleados, funcionarios, administradores, asociados, colaboradores y equipo de trabajo la misma obligación de reserva.
PARÁGRAFO PRIMERO. La obligación de reserva, se limita a la información Confidencial recibida o conocida por LAS PARTES en razón de la ejecución de este contrato, por lo tanto no afecta ni limita los derechos que cada parte tiene sobre la información que le pertenece y que presente o dé a conocer a la otra parte.
PARÁGRAFO SEGUNDO. Las disposiciones del presente contrato relativas a la confidencialidad, se mantendrán vigentes aún después de la terminación del contrato, después del cual continuarán en vigor indefinidamente hasta que LAS PARTES, de mutuo acuerdo y por escrito, decidan lo contrario.
PARÁGRAFO TERCERO. Los entregables, el informe final y cualquier resultado de los Servicios deberán ser tratados y conservados como Información Confidencial por EL CONTRATISTA, pero PLAZA MAYOR podrá utilizarlos como lo desee. Así mismo PLAZA MAYOR se obliga a tratar y conservar bajo confidencialidad las metodologías implementadas por EL CONTRATISTA, y de propiedad de esta última, con el fin de dar cumplimiento al objeto del presente contrato. Dichas metodologías son propiedad exclusiva del CONTRATISTA.
DÉCIMA QUINTA. HABEAS DATA. EL CONTRATISTA se obliga a obtener de todos sus asociados, representantes legales, y trabajadores, un documento escrito mediante el cual se autorice al CONTRATISTA y a PLAZA MAYOR a recolectar, almacenar, usar y circular sus datos personales, con el objetivo de consultar sus antecedentes judiciales, crediticios y comerciales, verificar el cumplimiento de las obligaciones contractuales del CONTRATISTA y para fines estadísticos.
Los datos personales para los cuales el CONTRATISTA deberá obtener y mantener la autorización de su titular serán aquéllos solicitados por PLAZA MAYOR.
Las Partes se obligan a cumplir todas las obligaciones que les impone la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013, y todas las normas que los complementen o modifiquen.
EL CONTRATISTA se obliga a obtener y conservar dichas autorizaciones durante todo el término de duración del presente contrato y aun con posterioridad a su terminación, y a que las mismas estén disponibles en todo momento para que PLAZA MAYOR pueda acceder a ellas, consultarlas, pedir que se hagan modificaciones, y obtener copias de las mismas.
El incumplimiento por parte del CONTRATISTA de cualquiera de las obligaciones descritas en la presente cláusula será un incumplimiento del presente contrato y facultará a PLAZA MAYOR para cobrar al CONTRATISTA todos los perjuicios que el incumplimiento de esta cláusula le haya generado.
DÉCIMA SEXTA. AVISO DE PRIVACIDAD. De conformidad con el aviso de privacidad que se suministra con la firma del presente contrato, EL CONTRATISTA autoriza de manera voluntaria, previa, explícita, informada e inequívoca a PLAZA MAYOR para tratar sus Datos Personales de acuerdo con la Política de Tratamiento de Datos Personales de la Compañía. Para conocer los derechos que le asisten como Titular de los datos personales y los procedimientos para acceder a ellos, EL CONTRATISTA tiene la facultad de conocer las Políticas para el Tratamiento de Datos Personales de PLAZA MAYOR, disponible en la página web xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx y contactar al área encargada en el teléfono 0000000 o en el correo electrónico xxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx.
DÉCIMA SEPTIMA. PAGO DE APORTES. De conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, la Ley 1607 de 2012, el Decreto 862 de 2013 y demás normatividad vigente EL CONTRATISTA deberá acreditar mediante certificación suscrita por el revisor fiscal o representante legal, según lo exija la ley el pago de los aportes a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar. Así mismo deberá presentar la planilla integrada de liquidación de aportes de cada uno de los operarios que prestó el servicio en el mes a pagar.
DÉCIMA OCTAVA. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA responderá por
el incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, así como por los hechos u omisiones que le fueren imputables y causen daño o perjuicio a PLAZA MAYOR.
DÉCIMA NOVENA. IMPUESTOS. EL CONTRATISTA deberá pagar todos los impuestos establecidas por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales y por lo tanto, su omisión en el pago será de su absoluta responsabilidad.
VIGESIMA. INDEMNIDAD.EL CONTRATISTA mantendrá indemne a PLAZA MAYOR, de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes en la ejecución del presente contrato.
VIGESIMA PRIMERA. GARANTÍAS. Para iniciar la ejecución del contrato, EL CONTRATISTA deberá constituir dentro de los 3 días hábiles a su suscripción una Garantía Única de Cumplimiento a favor de Entidades Estatales, según lo estipulado en el Decreto 1082 de 2015, que cubra los siguientes amparos:
1. Cumplimiento. Para garantizar el cumplimiento de la presente oferta, el adjudicatario deberá constituir una póliza equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, y tendrá una validez igual a la del contrato y seis (6) meses más.
2. Calidad y correcto funcionamiento de los bienes suministrados: Para garantizar que los bienes sean aptos para el servicio que fueron adquiridos y la calidad de la fabricación y de los materiales utilizados. Su vigencia iniciará en la fecha de recibido a satisfacción de los bienes y será equivalente al treinta por ciento (30%) del valor del contrato y seis (6) meses más.
VIGESIMA SEGUNDA. CLÁUSULA PENAL. En caso xx xxxx o incumplimiento parcial u omisión injustificada de las obligaciones adquiridas por el contratista, las partes pactan una clausula penal pecuniaria por un valor equivalente al 10% del valor del contrato como tasación anticipada de perjuicios.
VIGÉSIMA TERCERA. CAUSALES DE TERMINACIÓN. El presente contrato termina por alguna o algunas de las siguientes causales: a) Por mutuo acuerdo entre las partes; b) Por cumplimiento del objeto contractual; c) Por incumplimiento de las obligaciones del contrato;
d) Por vencimiento del plazo; e) Por las demás causas establecidas por la ley.
VIGÉSIMA CUARTA. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO. El presente contrato se
perfecciona con la firma de las partes, pero su ejecución inicia una vez sean aprobadas las garantías y suscrita el acta de inicio
VIGÉSIMA QUINTA. DOMICILIO DEL CONTRATO. Para todos los efectos legales a que hubiere lugar, se fija como domicilio el Municipio de Medellín.
Para constancia se firma en Medellín, a los XXX días del mes de octubre de 2016.
XXXX XXXXX XXXXX XXXXX xxxxxxxxxxxx
Gerente Representante legal
Plaza Mayor Medellín S.A. EL CONTRATISTA
Elaboró | Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx | Xxxxxx y Aprobó | Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx |
Abogado | Secretario General |