Contract
CONTRATO DE SUMINISTRO No. (011) CELEBRADO ENTRE LA EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS XX XXXX-EMSERCHIA E.S.P., y MULTISERVICIOS AGROINDUSTRIALES AFMC S.A.S.
OBJETO: | ADQUISICIÓN DE MAQUINARIA PARA FUMIGACIÓN ESTACIONARIA E INSUMOS NECESARIOS, PARA REALIZAR LAS ACTIVIDADES DE DESINFECCIÓN PREVIA A LA RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS DISPUESTOS POR LOS SUSCRIPTORES DEL SERVICIO DE ASEO Y LAS ÁREAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO XX XXXX, COMO MEDIDA DE MITIGACIÓN DEL RIESGO DE LA PROPAGACIÓN E INFECCIÓN DE LA COMUNIDAD Y DE LOS OPERARIOS DE LA EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS XX XXXX EMSERCHIA E.S.P. |
CONTRATANTE: | EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS XX XXXX – EMSERCHÍA E.S.P |
IDENTIFICACIÓN: | NIT. 000000000-1 |
CONTRATISTA: | MULTISERVICIOS AGROINDUSTRIALES AFMC S.A.S. |
IDENTIFICACIÓN: | NIT. 000000000-4 |
REPRESENTANTE LEGAL: | XXXXXX XXXXXX XXXXX |
IDENTIFICACION: | X.X. Xx. 00.000.000 XX XXXXXXXX |
DIRECCIÓN: | XXXXXXX XXXXXXX 000 Xx. 00x – 76 XXXXXXX 000 XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, XX XX XXXXXX XX XXXXXX X.X. |
VALOR: | QUINCE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y UN MIL SETECIENTOS OCHENTA PESOS MONEDA CORRIENTE ($15.281.780) M/CTE., INCLUIDO IMPUESTOS QUE LE SEAN APLICABLES. |
PLAZO DE EJECUCIÓN: | EL PLAZO PARA LA EJECUCIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, SERÁ DE DOS (2) MESES, CONTADOS A PARTIR DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO Y ACTA DE INICIO. |
FORMA DE PAGO: | EL PAGO SE REALIZARÁ DE ACUERDO A LOS SUMINISTROS EJECUTADOS POR EL CONTRATISTA. EN TODO CASO, CADA PAGO DEBE ESTAR SOPORTADO CON LA FACTURA CORRESPONDIENTE, DOCUMENTACIÓN POR PARTE DEL CONTRATISTA DE PAGOS AL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL, ANEXAR COPIA DEL PAGO EFECTUADO DEL PERIODO RESPECTIVO, INFORME GENERAL DE ENTREGAS CON SOPORTE FOTOGRÁFICO DE ÍTEMS ENTREGADOS, Y LA RESPECTIVA CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO A SATISFACCIÓN EXPEDIDA POR EL SUPERVISOR JUNTO AL DOCUMENTO DE INGRESO AL ALMACÉN DE EMSERCHIA E.S.P. EL PRESENTE CONTRATO ESTÁ SUJETO A REGISTRO PRESUPUESTAL Y EL PAGO DE SU VALOR A LAS APROPIACIONES PRESUPUESTALES. LOS PAGOS SE REALIZARÁN DENTRO DE LOS TREINTA (30) DÍAS SIGUIENTES A FECHA DE PRESENTACIÓN DEL CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO FIRMADO POR EL SUPERVISOR DEL CONTRATO. |
DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL | CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL: 2020000285 DEL 00 XX XXXXX XX 0000, CON CARGO AL PRESUPUESTO 2020. CUENTAS: 2233103 DENOMINADAS: MATERIALES Y SUMINISTROS. |
Entre la Doctora XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXX, identificada con la cédula de ciudadanía número 52.644.864 xx Xxxxxxx, en su calidad de Gerente y representante legal de la EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS XX XXXX "EMSERCHÍA E.S.P.”, identificada con NIT. 899.999.714-1, como Empresa Industrial y Comercial del Estado, nombrado mediante Decreto No. 016 del 2 de enero del 2020, y debidamente posesionada mediante acta de posesión de fecha 03 de enero de 2020, quien en adelante se denominará EMSERCHÍA E.S.P, en adelante LA EMPRESA y la señora XXXXXX XXXXXX XXXXX identificada con
cedula de ciudadanía No. 36.279.982 de Pitalito, representante legal de la sociedad MULTISERVICIOS AGROINDUSTRIALES AFMC S.A.S. identificada con Nit. 900408268-4, quien en adelante se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente CONTRATO DE SUMINISTRO, previa observancia y aplicación de lo previsto en el Acuerdo 011 del año 2017, Ley 142 de 1994 y los principios de la función pública contenidos en el artículo 209 de la Constitución Política y con base en las siguientes CONSIDERACIONES: señalados en el estudio previo: “La Empresa de Servicios Públicos xx Xxxx - EMSERCHÍA E.S.P., enmarcada en la prestación de los servicios públicos domiciliarios, con el fiel objetivo de servir a los usuarios de manera oportuna, eficiente, y con un alto grado de calidad; aplicando en cada uno de los procesos una gestión enmarcada bajo los principios legales y constitucionales determinados para el sector público, con una política de mejoramiento continuo, calidad de los servicios, celeridad, economía y responsabilidad, que oriente la Empresa hacia un permanente crecimiento y competitividad, a través de la preparación, evaluación, estructuración, promoción y ejecución de proyectos para el cumplimiento de las obligaciones adquiridas por la empresa en virtud del objeto social que desarrolla. Es así como, EMSERCHÍA E.S.P. se ha trazado como objetivo el prestar los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo con alta calidad y nivel de satisfacción por parte de sus usuarios, implementando y mejorando planes y programas acordes al crecimiento y desarrollo municipal. Dentro de estos programas se encuentran el cumplimiento de la normatividad legal vigente y la regulación establecida para cada uno de los servicios a su cargo, normatividad que varía de acuerdo a cada uno de los servicios por la complejidad que cada uno de estos tiene en el desarrollo de su ejercicio. El Gobierno Nacional mediante Decreto 417 de 17 xx xxxxx de 2020, declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional y la Resolución 385 de 12 xx xxxxx de 2020, expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social, declaró la Emergencia sanitaria con ocasión de la situación epidemiológica causada por el Coronavirus COVID-19. Sobre el particular, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico- CRA, expidió las medidas regulatorias transitorias en el sector agua potable y saneamiento básico, derivada de la emergencia declara por el Gobierno Nacional a causa del COVID-19, las cuales se encuentran previstas en la Resolución CRA 911 de 2020, vigente desde el 18 xx xxxxx de 2020, fecha en la cual fue publicada en el Diario Oficial No. 51260. La resolución mencionada, solicita en el capítulo III, Del Servicio Público de Aseo, Artículo 7. Incremento de la Frecuencia xx Xxxxxx de Áreas Públicas, “Las personas prestadoras del servicio de aseo en las actividades de recolección y transporte de residuos no aprovechables deberán realizar el lavado de áreas públicas de alto tráfico peatonal como mínimo con una frecuencia semanal, en articulación con el municipio y/o distrito respectivo. El lavado de áreas públicas, durante la emergencia sanitaria, deberá incorporar procedimientos de desinfección de superficies, para lo cual es necesario que previo a la aplicación del desinfectante, se efectúe la remoción de la suciedad”. Es de aclarar que EMSERCHIA E.S.P. no cuenta con la actividad xx xxxxxx de áreas públicas, dado que a la fecha no se ha recibido de manera oficial el inventario de áreas objeto xx xxxxxx, a cargo de la Secretaría de Medio Ambiente, en cumplimiento al PGRIS “Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos”, la cual se ha solicitado reiterativamente y tampoco se encuentra incluida la actividad dentro del marco tarifario que actualmente se maneja; sin embargo, por el objeto de la emergencia, la empresa destinó la cuadrilla de corte de césped (4 operarios) para ejecutar labores xx xxxxxx y desinfección y así para poyar dicha actividad, quienes necesitan ser protegidos del contagio del virus. Inicialmente la cuadrilla realizaba intervenciones semanales de 98.80Km de desinfección; sin embargo, durante la segunda semana xx xxxxx del año en curso, los casos de COVID-19 aumentaron considerablemente en el municipio y se encuentran con medida de aislamiento en sus hogares; lo que conlleva a generar residuos sólidos con algunos componentes de riesgo alto los cuales siguen siendo recolectados por EMSERCHIA E.S.P. en cabeza del personal operativo de recolección de residuos que tiene a la fecha. Como medida preventiva frente a un posible contagio o acercamiento a zonas con COVID-19 activo, la gerencia ordenó la desinfección de los residuos sólidos ubicados en vía pública durante las rutas de recolección principalmente en zonas críticas, existiendo a la fecha más de 32 micro-rutas. A la fecha, EMSERCHIA E.S.P. cuenta con dos fumigadoras de mochila, las cuales no son aptas ergonómicamente para la necesidad actual, el rendimiento de los equipos es de 0.5 km por hora de trabajo, lo que hace ineficiente la desinfección de las más de 30 rutas de recolección que a la fecha tiene EMSERCHIA E.S.P.; adicionalmente el operario tiene un contacto más directo con estos equipos, lo que no es prudente en la emergencia que se presenta a la fecha. Por tal motivo se hace necesario para el desarrollo de las actividades a cargo de los funcionarios de la empresa, en especial para los operarios de recolección de residuos sólidos de la Empresa, el suministro de equipos que permitan proteger a los colaboradores. Adicionalmente, la Empresa se encuentra
en la obligación de velar por los derechos de sus colaboradores, garantizando que cuenten con condiciones dignas y seguras en el desarrollo de sus labores, protegiendo su salud y su vida, más aún en el marco de la pandemia COVID – 19, donde los agentes contagiosos se pueden encontrar sobre cualquier superficie. Es de aclarar igualmente, que de acuerdo a la información oficial emitida por el Instituto Nacional de Salud, El Municipio xx Xxxx cuenta con la mayor cifra de contagio en sabana Centro, y está entre los primeros 20 a nivel nacional, con un porcentaje de contagio por contacto del 47.83% (Tipo relacionado) y un 26% en estudio; lo que significa que el virus se encuentra activo en el municipio y la propagación tiene un aumento considerable comparando la población y superficies de los municipios en la lista que encabezan el contagio. Así las cosas, es necesario y pertinente dar cumplimiento a las medidas de salubridad más estrictas, y minimizar los riesgos de contagio del COVID – 19, en especial para los operarios que se encuentran desarrollando sus funciones en zonas públicas con alto peligro de contaminación del virus. Por lo expuesto anteriormente, la Empresa de Servicios Públicos xx Xxxx EMSERCHIA E.S.P. requiere contratar ADQUISICIÓN DE MAQUINARIA PARA FUMIGACIÓN ESTACIONARIA E INSUMOS NECESARIOS, PARA REALIZAR LAS ACTIVIDADES DE DESINFECCIÓN PREVIA A LA RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS DISPUESTOS POR LOS SUSCRIPTORES DEL SERVICIO DE ASEO Y LAS ÁREAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO XX XXXX, COMO MEDIDA DE MITIGACIÓN DEL RIESGO DE LA PROPAGACIÓN E INFECCIÓN DE LA COMUNIDAD Y DE LOS OPERARIOS DE LA EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS XX XXXX EMSERCHIA E.S.P.” 2. Que la
Doctora XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXX en calidad de Gerente, emite Requerimiento de contratación a la Dirección Jurídica y de Contratación para adelantar el mencionado proceso de contratación. 3. Que La Dirección Administrativa y Financiera mediante La Profesional Universitaria de Presupuesto, expidió el respectivo Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 2020000285 del 20 xx xxxxx de 2020. 4. Que el contratista allega propuesta técnica, económica y la documentación requerida para adelantar el proceso de contratación.5. Que con base en las anteriores consideraciones, las partes acuerdan celebrar un contrato de Suministro que se regirá por las siguientes clausulas: CLÁUSULA PRIMERA OBJETO. ADQUISICIÓN DE MAQUINARIA PARA FUMIGACIÓN ESTACIONARIA E INSUMOS NECESARIOS, PARA REALIZAR LAS ACTIVIDADES DE DESINFECCIÓN PREVIA A LA RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS DISPUESTOS POR LOS SUSCRIPTORES DEL SERVICIO DE ASEO Y LAS ÁREAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO XX XXXX, COMO MEDIDA DE MITIGACIÓN DEL RIESGO DE LA PROPAGACIÓN E INFECCIÓN DE LA COMUNIDAD Y DE LOS OPERARIOS DE LA EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS XX XXXX EMSERCHIA E.S.P. CLÁUSULA SEGUNDA – OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. A. OBLIGACIONES ESPECIFICAS: El contratista en
desarrollo del objeto contractual se compromete a realizar la totalidad de las siguientes obligaciones: A. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS: 1. El contratista debe realizar la entrega de los siguientes equipos, relacionados a continuación:
ÍTEM | DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANTIDAD | VALOR UNITARIO | IVA 5% | IVA 19% | VALOR TOTAL |
1 | Fumigadora estacionaria completa con: •Motor de diseño OHV que mejora la eficiencia de combustión •Motor monocilíndrico de 4 tiempos •Motor de arranque manual y peso aproximado de 50Kg •Kit de bombeo con pistones metálicos •Kit de bombeo con presión de trabajo de 300psi o superior y presión máxima de 500 psi o superior •Irrigación de 140psi •Que incluya como accesorios 2 mangueras de 100 m cada una para utilizar de forma simultánea, Lanza, Manguera de succión, manguera de retorno, filtro, boquillas de aspersión 2 por cada equipo, | UNIDAD | 2 | $2.095.229 | $104.761 | $4.399.980 |
que sean graduables de 4lts/min a 13 lt/min. •Dimensiones alrededor de 100x40x58 cm. | |||||||
2 | Tanque IBC: •Capacidad 1000 Litros •Elaborado en polietileno de alta densidad •Base plástica de 2 pulgadas •Tapa superior de 5 pulgadas •Estiba y malla de protección metálica •Para almacenamiento de líquidos | UNIDAD | 2 | $860.000 | $163.400 | $2.046.800 | |
3 | Careta completa mediana de protección respiratoria serie 6800, • Respirador Reutilizable de pieza facial completa conexión DIN roscado, con lente grande •Ligero y que ofrezca protección aplicable a industria de agroquímicos, petroquímicos y químicos •Que permita protección contra partículas, gases y vapores de acuerdo a aprobación NIOSH | UNIDAD | 5 | $962.000 | $4.810.000 | ||
4 | Cartuchos y filtros para respiradores reutilizables de pieza facial completa, • Son para uso contra una variedad de gases, vapores y partículas peligrosas, de acuerdo con las aprobaciones de NIOSH •Debe ser compatible con el Respirador solicitado •Debe contar con filtros de carbón activado, de alto desempeño para mejorar la eficiencia en la retención de gases y vapores •Deben ser de fácil respiración y comodidad para el operario •Debe ser de fácil colocación •Debe ser funcional para retener Ciertos vapores orgánicos, cloro, cloruro de hidrógeno, dióxido de azufre, dióxido de cloro, sulfuro de hidrógeno. | UNIDAD | 35 | $115.000 | $4.025.000 | ||
VALOR TOTAL | $15.281.780 |
2. Los equipos deben ser suministrados de acuerdo a las especificaciones técnicas acá contenidas, cumpliendo con las características y calidad requeridos por el supervisor del contrato. 3. En caso de algún defecto en los equipos suministrados, el CONTRSTISTA deberá reemplazarlos dentro de los tres (3) días siguientes a la solicitud del supervisor. B. OBLIGACIONES GENERALES: 1. Cumplir con las instrucciones impartidas por el funcionario encargado del control y vigilancia del contrato y las demás que sean inherentes al objeto de la presente contratación. 2. El contratista deberá presentar los comprobantes de pago de las obligaciones parafiscales, de conformidad con el Artículo 9 de la Ley 828 de 2003, y el Artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.
3. Defender en todas sus actuaciones los intereses de la Empresa De Servicios Públicos xx Xxxx EMSERCHIA
E.S.P. con lealtad y buena fe en todas las etapas contractuales. 4. Adelantar los trámites y cumplir los requisitos para la ejecución del contrato dentro de los plazos establecidos. 5. Informar oportunamente de cualquier petición, amenaza de quien actuando por fuera de la ley pretenda obligarlo a hacer u omitir algún acto u ocultar
hechos que afecten los intereses de la Empresa de Servicios Públicos xx Xxxx “EMSERCHÍA E.S.P.”, del Municipio xx Xxxx o de alguna sus dependencias. 6. Cumplir con los plazos establecidos en este contrato y en particular con las demás inherentes. 7. Realizar apoyo a todas las actividades y acciones que adelante EMSERCHÍA E.S.P. 8. Todas las demás inherentes o necesarias para la correcta ejecución del objeto contractual. 9. Cumplir lo establecido en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo de EMSERCHIA E.S.P. 10. Entregar certificado de cumplimiento e implementación del SG-SST firmado por el representante y el encargado de SST. CLÁUSULA TERCERA: OBLIGACIONES DE EMSERCHIA E.S.P. En cumplimiento del presente Contrato de Prestación de Servicios Profesionales EMSERCHÍA E.S.P., se compromete a: 1). Designar un funcionario de la Empresa para que ejerza las funciones de supervisión del mencionado contrato; para que vele por los trabajos que se realicen en desarrollo de este contrato sean de la mejor calidad y cumplimiento con las especificaciones técnicas propias de la actividad contratada; 2). Elaborar el acta de inicio cumplidos los requisitos de perfeccionamiento y ejecución; 3). Brindar la información de que disponga y que sea necesaria para el cumplimiento del objeto; 4). Pagar el valor del contrato en los términos pactados, 5) Obrar de buena fe en el desarrollo del contrato de Prestación de Servicios Profesionales, 6). Asumir los riesgos que le correspondan, de conformidad con lo establecido en el cuadro de asignación de riesgos y contenido en los estudios previos y que forman parte integral del presente contrato, 7). Verificar si el contratista se encuentra afiliado y al día con el último pago al sistema de seguridad social integral y parafiscales cuando a ello haya lugar, 8). Cumplir con las demás obligaciones que se deriven de la esencia o naturaleza del presente contrato. CLÁUSULA CUARTA: VALOR DEL CONTRATO. Para los efectos fiscales y legales el valor del presente contrato de Presentación de Servicios Profesionales corresponde a la suma de QUINCE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y UN MIL SETECIENTOS OCHENTA PESOS MONEDA CORRIENTE ($15.281.780) M/CTE., INCLUIDO IMPUESTOS QUE LE SEAN APLICABLES. QUINTA. FORMA DE PAGO.
El pago se realizará de acuerdo a los suministros ejecutados por el contratista. En todo caso, cada pago debe estar soportado con la factura correspondiente, documentación por parte del contratista de pagos al sistema general de seguridad social integral, anexar copia del pago efectuado del periodo respectivo, informe general de entregas con soporte fotográfico de ítems entregados, y la respectiva certificación de cumplimiento a satisfacción expedida por el supervisor junto al documento de ingreso al almacén de EMSERCHIA E.S.P. El presente contrato está sujeto a registro presupuestal y el pago de su valor a las apropiaciones presupuestales. Los pagos se realizarán dentro de los treinta (30) días siguientes a fecha de presentación del certificado de cumplimiento firmado por el supervisor del contrato. CLÁUSULA SEXTA: PLAZO DE EJECUCIÓN. El plazo para la ejecución del presente contrato, será de DOS (2) MESES, contados a partir del perfeccionamiento del contrato y acta de inicio. CLÁUSULA SÉPTIMA: INHABIDADES E INCOMPATIBILIDADES: Para los efectos de los artículo 8º y 9º de la Ley 80 de 1993, EL CONTRATISTA teniendo conocimiento de las inhabilidades e incompatibilidades para contratar de que tratan las disposiciones legales citadas y de las responsabilidades legales de que tratan los artículo 26, numeral 7º, 44 y 52 de la misma norma, declarar por el presente documento, bajo la gravedad de juramento no encontrarse incursos en ninguna de tales inhabilidades e incompatibilidades, el que se entiende surtido con la suscripción del presente contrato. CLÁUSULA OCTAVA: SUPERVISIÓN: LA EMPRESA, designa al Profesional Universitario De La Subdirección De Operaciones Comerciales, o quien haga sus veces. PARÁGRAFO I.- En desarrollo de su función el supervisor cumplirá en especial lo siguiente: 1. Propender por el logro de los objetivos contractuales pactados, participando de manera activa en el equipo que se conforme con el contratista y EMSERCHIA E.S.P., a fin de resolver conjuntamente dificultades de orden administrativo, técnico, presupuestal, ambiental, legal y social. 2. Responder por los resultados de su gestión y por las decisiones técnicas, administrativas y presupuestales, tomadas durante el plazo de ejecución del contrato. 3. Verificar el cumplimiento de las condiciones administrativas, técnicas, presupuestales, ambientales, legales y sociales. 4. Verificar el cumplimiento de la normatividad vigente por parte del Contratista en la ejecución del contrato y su liquidación. 5. Asegurar que le contratista en la ejecución del contrato se ciña a los plazos, términos, especificaciones técnicas y demás condiciones pactadas. 6. Conservar el ámbito de su competencia, procurando abstenerse de atribuirse facultades modificatorias del alcance del contrato o propias del contratista y de la entidad. 7. Mantener permanente comunicación con el Contratista y con EMSERCHIA E.S.P. 8. Evitar que se generen conflictos entre las partes y adoptar medidas tendientes a solucionar eventuales controversias. 9. Velar porque la ejecución del contrato no se interrumpa injustificadamente. 10. Certificar el cumplimiento o no de las obligaciones del Contratista acorde con la realidad de la ejecución contractual. 11. Allegar oportunamente los registro y documentos a EMSERCHIA E.S.P., con el fin de que éste pueda realizar el control correspondiente antes de cualquier actuación, verificar que el contratista cumpla con todos los requisitos previstos en la Ley para la ejecución del contrato, al igual que revisar el contenido del contrato. 12. Verificar periódicamente, al inicio, durante y al finalizar el desarrollo de las actividades objeto del contrato en la empresa, el cumplimiento de la normatividad en seguridad y salud el trabajo por parte de los proveedores y contratistas. 13. Las contenidas en el Acuerdo No. 011 de 2017. PARÁGRAFO II.- EL CONTRATISTA se compromete a permitir que el supervisor ejerza las atribuciones que se desprenden de esta cláusula. CLÁUSULA NOVENA: GARANTÍAS: El contratista deberá constituir a favor de LA EMPRESA dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del Contrato una póliza ante una compañía de seguros
legalmente autorizada para funcionar en Colombia a fin de que se respalde el cumplimiento de las obligaciones que surjan de la celebración, ejecución, terminación y liquidación del presente Contrato con las coberturas en las cuantías y términos que se determinan a continuación: a). Cumplimiento de las obligaciones del contrato. En cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato y por un término igual al del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los Servicios: se deberá sujetar al Acuerdo 11 de 2017, en cuantía equivalente al treinta (30%) del valor total del contrato, con vigencia Por un término igual al contrato y 1 año más. PARÁGRAFO I.- El CONTRATISTA se compromete a mantener las garantías en plena vigencia y validez de acuerdo con los términos de esta cláusula. Además, el pago de todas las primas y demás erogaciones de constitución, mantenimiento y restablecimiento inmediato de su monto, será de cargo exclusivo del contratista. PARÁGRAFO II.- En todo caso, siempre que exista debida justificación, EMSERCHÍA E.S.P. podrá solicitar la ampliación de los plazos y el valor de la cobertura, en el evento de identificar la existencia de un mayor riesgo. CLÁUSULA DÉCIMA: AUSENCIA DE RELACIÓN LABORAL El presente contrato será ejecutado por EL CONTRATISTA con absoluta autonomía e independencia y, en desarrollo del mismo, no se generará vínculo laboral alguno entre EMSERCHÍA E.S.P. y EL CONTRATISTA y/o sus dependientes si los hubiere. PARÁGRAFO X.- Xx contratista manifiesta que se encuentra afiliado al Sistema de Riesgos Profesionales. CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: SANCIONES: I. MULTAS: En caso de que el contratita se constituya en xxxx o incumpla injustificada y parcialmente las obligaciones que asume en virtud del presente contrato, la Empresa de Servicios Públicos EMSERCHIA E.S.P., podrá imponerle, mediante resolución, multas sucesivas y diarias por el uno por ciento (1%) del valor total del contrato por cada día de incumplimiento sin exceder el 10% del valor del mismo y sin perjuicio de hacer efectiva la sanción pecuniaria prevista en el numeral 2 de esta cláusula. 2. PENAL PECUNIARIA: En caso de incumplimiento injustificado definitivo o parcial por parte del contratista del objeto del presente contrato o de cualquiera de las obligaciones contraídas, el contratista conviene en pagar a EMSERCHIA E.S.P., a título xx xxxx, una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del mismo, suma que EMSERCHIA E.S.P. hará efectiva mediante el cobro de la garantía única de cumplimiento o, a su elección, del descuento de los saldos que adeude al contratista, si los hubiere, para lo cual se entiende expresamente autorizado con la suscripción del contrato. Si esto no fuere posible, se cobrará por vía judicial. La aplicación de la cláusula penal no excluye la indemnización de perjuicios causados y no cubiertos en su totalidad por el monto establecido como tasación anticipada de los mismos. Igualmente, la aplicación de la cláusula penal no exime al contratista del cumplimiento de la obligación principal PARÁGRAFO: APLICACIÓN DEL VALOR DE MULTAS Y DE LA PENA: EMSERCHIA E.S.P., podrá descontar de forma
directa de las sumas a favor del contratista el valor de las multas o de la cláusula penal, exigirlas al garante o cobrarlas por vía judicial. CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN: EL CONTRATISTA, no podrá ceder el presente contrato ni subcontratar la ejecución del mismo, a ninguna persona alguna natural o jurídica, nacional o extranjera, sin la autorización expresa y escrita de LA EMPRESA pudiendo ésta reservarse las razones para negar la autorización de la cesión o subcontrato. El contratista es el único responsable por la celebración de subcontratos. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: SUSPENSIÓN: Las partes de común acuerdo podrán suspender temporalmente la ejecución del contrato, mediante acta debidamente justificada y soportada, la cual será suscrita por el supervisor y/o interventor y el contratista, previa aprobación por parte del Ordenador del Gasto o quien haga sus veces. PARÁGRAFO I: El término de suspensión no será computable para efecto del plazo de ejecución del contrato, ni dará derecho a exigir indemnización, sobrecostos o reajustes, ni a reclamar gastos diferentes a los pactados en el contrato. PARÁGRAFO II: En caso de operar la suspensión del contrato, EL CONTRATISTA se compromete a presentar certificado de modificación de la garantía única, ampliando su vigencia por el término que dure la suspensión. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Las partes podrán solucionar en forma ágil y directa las diferencias y discrepancias surgidas de la actividad contractual, mediante la conciliación, transacción o los mecanismos que las partes acuerden según los procedimientos establecidos en la ley. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: INDEMNIDAD: El contratista mantendrá indemne y defenderá a su propio costo a LA EMPRESA de cualquier pleito, queja o demanda y responsabilidad de cualquier naturaleza incluyendo los costos y gastos provenientes de actos y omisiones del contratista en el desarrollo del presente contrato. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA: IMPUESTOS: El contratista pagará todos los impuestos, tasas, contribuciones y similares que se deriven de la celebración, ejecución y liquidación del contrato de conformidad con la ley colombiana, a que hubiere lugar. CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA: GASTOS: Los gastos que se deriven del cumplimiento de los requisitos de ejecución y legalización del presente contrato serán asumidos por EL CONTRATISTA. CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA: MÉRITO EJECUTIVO: El presente documento, una vez sea suscrito por las partes, contiene obligaciones claras, expresas y exigibles a cargo de las partes y por consiguiente presta mérito ejecutivo. PARÁGRAFO: EL CONTRATISTA renuncia a los requerimientos legales o privados para ser constituidas en xxxx. CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA: PROTECCION DE DATOS PERSONALES: De acuerdo con lo expresado en la ley Estatutaria 1581 de 2012 de Protección de Datos de Carácter Personal y las normas que la modifiquen, complementen o sustituyan, no será considerado comunicación ni cesión de datos el acceso de EMSERCHIA
E.S.P. a los datos de carácter personal del Contratista, ya que dicho acceso, y el correspondiente tratamiento, es necesario para llevar a cabo el cumplimiento del objeto contratado. Es por ello que, para todos los efectos
de normativa de protección de datos, EMSERCHIA E.S.P. será considerada como “encargada del tratamiento” de los datos del Contratista y, de acuerdo con ello, se establece expresamente que XXXXXXXXX E.S.P. no los aplicará o utilizará con fin distinto al que figura en lo pactado entre las partes, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas. XXXXXXXX XXXXXXXX: CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD: EL CONTRATISTA se compromete de manera expresa, tanto durante la vigencia del contrato, como después de su terminación, a no difundir, transmitir, y/o revelar a terceras personas cualquier información de LA EMPRESA, a la que tenga acceso como consecuencia de la ejecución del presente contrato, ni a utilizar tal información en interés propio o de terceros. En consecuencia, será mantenida en estricta confidencialidad. PARÁGRAFO 1: Se entiende como información confidencial, toda aquella información que con ocasión de la ejecución del contrato se ha puesto a disposición del CONTRATISTA, ya sea técnica, financiera, comercial, estratégica, y/o cualquier información relacionada con las operaciones de negocios presentes y futuros de LA EMPRESA, bien sea información escrita, verbal, visual, magnética, incluyendo bases de datos empresariales que se entreguen al CONTRATISTA. Adicionalmente, cualquier información suministrada, previo a la celebración del contrato, mediante el proceso de selección y/o proceso de contratación. PARÁGRAFO 2: En el supuesto de incumplimiento del compromiso asumido y con independencia de la terminación del contrato, LA EMPRESA se reserva el derecho de reclamar el resarcimiento de los daños y perjuicios que le pudieran causar como consecuencia de la vulneración del deber de confidencialidad pactado en la presente cláusula. XXXXXXXX XXXXXXXX PRIMERA: SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO – SG-
SST. – El contratista se obliga a conocer y cumplir las normas de Sistema De Gestión De La Seguridad Y La Salud En El Trabajo – SG-SST y los riegos a los que están expuestos con ocasión del desarrollo de sus obligaciones contractuales. PARAGRAFO: El CONTRATISTA persona natural o jurídica, garantiza el cumplimiento de las normas reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, internas de LA EMPRESA. XXXXXXXX XXXXXXXX SEGUNDA: DOMICILIO
CONTRACTUAL Y NOTIFICACIONES: Para todos los efectos legales, las partes declaran como domicilio contractual, el Municipio xx Xxxx, Cundinamarca. No obstante, disponen las siguientes direcciones de notificación: la sociedad MULTISERVICIOS AGROINDUSTRIALES AFMC S.A.S., en la dirección XXXXXXX XXXXXXX 000 Xx. 00x – 76 XXXXXXX 000 XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, XX XX XXXXXX XX XXXXXX
X.X., Teléfono Celular 0000000000, Email: xxxxx_xxxx_xxxx@xxxxxxx.xxx y EMSERCHIA E.S.P., ubicada en la Xxxxx 00 Xx 00 -00 xxx xxxxxxxxx xx Xxxx.
Dada en la Empresa de Servicios Públicos xx Xxxx EMSERCHIA E.S.P., del municipio xx Xxxx, a los veinticuatro (24) días del mes xx xxxxx del año dos mil veinte (2020).
CONTRATANTE CONTRATISTA
XXXXXX XXXXX
Firmado digitalmente por XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXX
-05'00'
XXXXX XXXXXXX Xxxxx: 2020.04.24 15:30:53
XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX
C.C. No. 52.644.864 XX XXXXXXX C.C. No. 36.279.982 DE PITALITO
GERENTE – EMSERCHIA E.S.P. R/X. XXXXXXXXXXXXXX AGROINDUSTRIALES AFMC SAS
NIT. 900408268-4
Proyectó: Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx / Profesional Universitaria DJC Aprobó: Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx / Directora Jurídica y de Contratación