Condiciones generales de mantenimiento y reparación
Xxxxxxxxxxxxxxxxxx 000, 0000 Xxxxxx, Teléfono. x00 00 000 00 00
Condiciones generales de mantenimiento y reparación
2017
1. Ámbito de aplicación
Estas condiciones se aplicarán a la aceptación de tra- bajos de mantenimiento, reparación y modificación, así como a las reconexiones (en adelante, «Servicios») en el ámbito comercial e industrial.
2. Alcance de las prestaciones
El alcance de las prestaciones se desprenderá de la confirmación del encargo por parte del contratista o del contrato de servicios (ambos denominados en adelante como «Contrato»).
3. Conclusión del Contrato
3.1 El Contrato se concluye con la recepción de la con- firmación escrita del contratista aceptando la orden (Confirmación de encargo) o con la recepción de los Servicios.
3.2 Estas condiciones son vinculantes si se declaran apli- cables en la oferta o en la Confirmación de encargo. Condiciones divergentes del cliente sólo serán válidas en la medida en que hayan sido aceptadas expresamente y por escrito por el contratista.
3.3 Todos los acuerdos y declaraciones jurídicamente rele- vantes de las partes contratantes necesitarán de la forma escrita para ser válidas.
3.4 Si alguna disposición de las presentes condiciones de- viniera total o parcialmente ineficaz, las partes contra- tantes sustituirán dicha disposición a través de un nuevo pacto que equivalga en lo posible a su eficacia jurídica y económica.
4. Informaciones sobre los Servicios
Cada parte contratante conserva sus derechos sobre las informaciones utilizadas para la prestación de los Servi- cios, tales como planos, documentos técnicos, software, etc.
5. Derechos y obligaciones del cliente
5.1 El cliente deberá notificar al contratista la existencia de irregularidades, daños o defectos en el objeto del servi- cio prestado.
5.2 El cliente deberá poner a disposición del contratista la documentación técnica útil necesaria para la prestación de los Servicios. Cuando el contratista solicite la com- plementación de dicha documentación técnica, el cliente estará obligado a proporcionarla.
5.3 Cuando los Servicios se presten en las instalaciones del cliente, el cliente pondrá a disposición del personal del contratista talleres apropiados y seguros y, de ser necesario, proporcionará sin coste alguno un especia- lista y garantizará el acceso seguro al objeto del Servicio prestado (incluyendo los derechos de paso para peato- nes y vehículos que sean necesarios).
5.4 Cuando los Servicios se presten en las instalaciones del contratista, el cliente se hará cargo del desmontaje y montaje así como del transporte, de conformidad con las instrucciones del contratista.
5.5 El cliente se hará cargo de conseguir repuestos a tiempo y los pondrá a disposición del personal del contratista, siempre que la Confirmación de encargo no prevea que los suministre el contratista.
5.6 El cliente informará al contratista por escrito sobre las re- gulaciones y normas que deberán respetarse en cuanto al objeto del Servicio así como de las circunstancias que requieren una consideración especial para con él o un tercero. A falta de acuerdo, los Servicios se ajustarán a los reglamentos y normas del domicilio del contratista.
5.7 El cliente informará por escrito al contratista, a más tardar al efectuarse la orden, de las regulaciones y normas relativas a la prevención de enfermedades y accidentes que sean de obligatorio cumplimiento. El cliente deberá adoptar las medidas adecuadas para garantizar la seguridad en el trabajo y la protección de la salud, prestará el apoyo que sea adecuado en caso de enfermedad o accidente del personal y hará constar por escrito las instrucciones impartidas en materia de seguridad.
6. Derechos y obligaciones del contratista
6.1 El contratista se compromete a prestar los Servicios me- diante personal cualificado o a efectuarlos a través de terceros como subcontratistas.
6.2 Para determinar los gastos en material y mano de obra, el contratista examinará el objeto del Servicio (inspec- ción). Las prestaciones identificadas que excedan de los Servicios convenidos serán efectuadas por el contratista de común acuerdo con el cliente.
6.3 El contratista llevará a cabo la prestación de Servicios, a su elección, en las instalaciones del cliente o en sus talleres.
6.4 Antes de iniciar la prestación de Servicios, el contratista tiene derecho a llevar a cabo una evaluación de riesgos y un control de seguridad, y a rechazar o suspender en cualquier momento la prestación de los Servicios, cuando la seguridad del personal no esté garantizada o el cliente no cumpla con sus obligaciones.
6.5 El contratista proporcionará al cliente un informe de ser- vicio sobre los Servicios prestados.
7. Advertencia
La inspección y las comunicaciones del contratista al cliente o a su representante sobre estado, operatividad, seguridad, utilidad etc. del objeto del Servicio, así como las opiniones divergentes respecto de instrucciones, me- didas etc. del cliente tendrán la consideración de adver- tencias y eximirán al contratista de su responsabilidad.
8. Plazo de ejecución
8.1 A menos que se acuerde otra cosa, todas las indicaci- ones relativas a los plazos de ejecución se basan en estimaciones y no son vinculantes.
8.2 El acuerdo sobre un plazo de ejecución vinculante re- quiere el conocimiento respecto del alcance de los Ser- vicios.
8.3 Un plazo de ejecución vinculante se extenderá adecua- damente:
- si el contratista no recibe a tiempo la información necesaria para la prestación de los Servicios o si el cliente la modifica con posterioridad; o
- si el cliente incumple sus obligaciones contractuales. En particular, en caso de incumplimiento o cumpli- miento tardío de las obligaciones estipuladas en la cláusula 5ª o de los deberes de pago establecidos en la cláusula 10ª; o
- si surgen obstáculos que el contratista no puede evi- tar a pesar de emplear toda la diligencia necesaria, independientemente de si se producen en su ámbito, en el del cliente o de un tercero. Tales obstáculos pueden ser, a título de ejemplo, epidemias, movi- lización, guerra, guerra civil, actos de terrorismo, disturbios, disturbios políticos, revoluciones, sabo- taje, averías graves, accidentes, conflictos labora- les, entregas tardías o defectuosas de materiales necesarios, medidas u omisiones de autoridades públicas, de organismos estatales o supranacionales recomendaciones de viaje por las autoridades, em- xxxxxx, obstáculos imprevistos en materia de trans- porte, incendio, explosión, fenómenos naturales.
8.4 Si el contratista no respeta un plazo de ejecución vin- culante por razones que le sean imputables de forma culposa, el cliente podrá, si ha sufrido daños, exigir una compensación por demora del 0,5% por semana completa hasta un máximo del 5%. Como base para el cálculo de la compensación por demora se tomará el precio de los Ser- vicios para aquella parte de la instalación que no se pueda poner en funcionamiento a tiempo debido a dicha demora. Quedan excluidas otras reclamaciones y derechos por demora, y en particular por daños y perjuicios.
Una vez alcanzada la compensación máxima por demo- ra, el cliente fijará al contratista por escrito un plazo de prórroga razonable. Si el contratista no cumpliera dicho plazo xx xxxxxx por motivos que le fueran imputables de forma culposa, el cliente podrá negarse a aceptar la parte retrasada de los Servicios, desistir en esta medida del Contrato y recuperar los pagos abonados por las prestaciones afectadas por el desistimiento del Contrato.
8.5 Un plazo de ejecución vinculante se entenderá cumpli- do incluso cuando falten piezas o resulten necesarios trabajos subsiguientes siempre que el funcionamiento conforme a su destino vuelva a ser posible o no se vea afectado.
8.6 Si en lugar de un plazo de ejecución se hubiera acordado una fecha determinada, esta se equiparará al último día de un plazo de ejecución. Las cláusulas 8.1 a 8.5 se aplicarán de manera análoga.
8.7 El retraso en la prestación de los Servicios no dará lugar, para el cliente, a otras pretensiones y derechos distin- tos de los expresamente mencionados en esta cláusula. Esta restricción no se aplicará en caso de dolo o negli- gencia grave del contratista.
9. Precios
9.1 A menos que se acuerde lo contrario, los Servicios se cobrarán en función del tiempo y material empleados, de conformidad con los precios del contratista. Lo anterior será de aplicación, en particular, respecto de aquellos documentos técnicos, informes, peritajes, evaluaciones de mediciones y pruebas que deban realizarse en re- lación con el Contrato. El coste de material incluye los gastos por el uso de herramientas especializadas y equi- pamientos, así como consumibles y piezas pequeñas.
El tiempo empleado en viajes, así como el necesario para preparación y reelaboración será considerado como
tiempo de trabajo. El cliente firmará el informe de servicio de acuerdo con la cláusula 6.5. Si el cliente no firmara sin causa alguna o no firmara a tiempo el informe de servi- cio, los registros del personal del contratista servirán de base para la facturación.
9.2 A menos que se acuerde lo contrario, el transporte, desmontaje, montaje, instalación y similares se harán a cuenta y riesgo del comprador.
9.3 El contratista facturará al cliente los gastos de viaje, transporte, alojamiento (desplazamiento) y otros gastos según el costo.
9.4 Todos los precios se entenderán – salvo acuerdo en con- trario – netos, en francos suizos libremente disponibles, sin ningún tipo de deducción.
Todos los costos, tales como los necesarios para al flete, seguro, exportación, tránsito, importación y otros permi- sos y certificaciones, correrán a cargo del cliente. Del mismo modo, el cliente correrá con todos los impuestos, derechos, tasas, aranceles y similares, así como con los costes administrativos correspondientes generados en relación con el Contrato o su ejecución. En la medida que dichos costes sean cobrados al contratista o a sus auxiliares, el cliente los reembolsará previa presentación de los recibos.
9.5 El contratista informará al cliente del resultado de la in- spección antes del inicio de la prestación de los Servi- cios. El contratista no asume ninguna garantía respecto de cualesquiera indicaciones relativas al importe de los costos esperados. Si, una vez concluida la inspección, el cliente renunciara a la prestación de los Servicios, deberá abonar al contratista los costes de la inspección y del desmontaje y montaje.
10. Condiciones de pago
10.1 A menos que se acuerde lo contrario, el contratista fac- turará mensualmente el precio y los costos con arreglo a la cláusula 9. El pago vencerá 30 días después de la fecha de facturación. El contratista podrá requerir un pago a cuenta por valor del 20% de los costes de tiempo y material estimados.
El cliente abonará los pagos en el domicilio del contra- tista, sin ninguna deducción (por ejemplo, descuentos, impuestos, tasas y similares). La obligación de pago se considerará cumplida cuando se hayan puesto francos suizos a la libre disposición del contratista en su domi- cilio, salvo acuerdo en contrario a este respecto.
10.2 El cliente no podrá retener ni reducir los pagos debido a quejas, reclamaciones o contrademandas no recono- cidas por el contratista. Los pagos deberán efectuarse también en el supuesto de que la prestación de los Ser- vicios se retrase o devenga imposible por razones que no sean imputables al contratista.
10.3 Si el cliente no cumple con las fechas de pago acordadas, deberá pagar un interés del 5% anual a partir de la fecha acordada sin que sea necesario requerimiento previo. Queda reservado el derecho de compensación por daños ulteriores. El pago de intereses de demora no libera de la obligación contractual de pago.
11. Propiedad, atribución de riesgos y seguro
11.1 En defecto de acuerdo contrario, las piezas reempla- zadas permanecerán bajo la propiedad del cliente.
11.2 A menos que se acuerde lo contrario, el cliente asume el riesgo de daño o pérdida del objeto de servicio que deba efectuarse o de una parte del mismo, así como de los materiales, repuestos y herramientas proporcionados por el cliente durante la prestación de los Servicios, incluso cuando tengan lugar en las instalaciones del contratista, o durante su transporte o almacenamiento, cuando ello resulte necesario.
11.3 La contratación de un seguro contra daños de cualquier tipo corresponde al cliente.
11.4 Corresponde al cliente la eliminación de las piezas susti- tuidas o de los consumibles resultantes tras la prestación de los Servicios (aceites, gases, polvo, etc.).
12. Garantía, responsabilidad por vicios
12.1 El contratista garantiza la prestación conforme a las reglas del oficio y cuidadosa de los Servicios durante 12 meses después de su finalización, con arreglo a las disposiciones siguientes.
Cuando la prestación de los Servicios se interrumpa por los motivos mencionados en la cláusula 8.3, el período de garantía para los Servicios finalizados con anteriori- dad a la interrupción comenzará, a más tardar, 30 días después del inicio de dicha interrupción.
12.2 Si el objeto de servicio tratado, partes del mismo o re- puestos entregados durante el periodo de garantía re- sultaran defectuosos, y ello se atribuyera a Servicios prestados incorrecta o negligentemente, o a material su- ministrado por el contratista en el marco del Contrato, el contratista subsanará los defectos en un plazo razonab- le. A este respecto, podrá elegir entre dicha subsanación o la sustitución de las piezas defectuosas. Para ello, el cliente deberá notificar por escrito al contratista los de- fectos durante el período de garantía inmediatamente después de descubrimiento.
12.3 El contratista asume la misma garantía por las subsana- ciones que por los Servicios prestados originalmente.
12.4 El periodo de garantía expirará en todo caso dos años después de la finalización del Contrato.
12.5 El contratista responderá de los Servicios prestados por el personal del cliente únicamente en caso de negligen- cia grave respecto de su instrucción y supervisión.
12.6 No habrá garantía alguna si el cliente o terceros llevaran a cabo modificaciones o reparaciones sin el consenti- miento por escrito del contratista o si el cliente, en caso de surgir un defecto, no adoptara inmediatamente todas las medidas adecuadas para mitigar el daño o no ofrecie- ra al contratista la oportunidad de subsanar el defecto.
12.7 Quedan excluidos de la garantía y responsabilidad del contratista los defectos debidos a circunstancias no imputables al contratista como, por ejemplo, desgaste natural, uso o mantenimiento inapropiado, inobservan- cia de instrucciones de funcionamiento, uso excesivo, medidas de reducción de daños inapropiadas, equipos o medios de explotación inapropiados, influencias quími- cas o electrolíticas o trabajos de construcción o montaje no realizados por el contratista.
12.8 Xxxxxx excluidas ulteriores reclamaciones y derechos por los defectos mencionados en las cláusulas 12.1 a 12.5.
13. Incumplimiento, cumplimiento defectuoso y sus consecuencias
13.1 En todos los casos de incumplimiento o cumplimiento defectuoso no regulados expresamente en estas Condi- ciones, y en particular si el contratista, sin razón alguna, comenzara la prestación de los Servicios con un retraso tal que la finalización en plazo no fuera probable, si se diera una ejecución o se hubieran prestado Servicios contrariando el tenor del Contrato por causas imputables a la culpa del contratista, el cliente tendrá derecho a fijar al contratista un plazo de prórroga razonable respecto de los Servicios afectados, bajo amenaza de desistimiento del Contrato en caso de incumplimiento. Si el contratista, mediando culpa, permitiera el transcurso de dicho plazo, el cliente podrá desistir del Contrato respecto de los Ser- vicios prestados contrariando lo dispuesto en el Contrato o cuya prestación anticontractual sea previsible con cer-
teza, y recuperar la parte correspondiente de los pagos ya abonados.
13.2 En tal caso se aplicarán, con respecto a una eventual reclamación por daños y perjuicios del cliente y a la exclu- sión de responsabilidades adicionales, las disposiciones de la cláusula 18ª. La pretensión por daños y perjuicios queda limitada al 10% del precio estipulado en el Contrato para los Servicios de cuya prestación se haya desistido.
14. Modificación y resolución del Contrato
14.1 En caso de que acontecimientos imprevistos cambiaran considerablemente el significado económico o el con- tenido del Contrato o afectaran considerablemente la prestación de Servicios del contratista, así como en caso de imposibilidad sobrevenida de ejecución, el Contrato será convenientemente modificado por las partes.
14.2 En caso de que el cumplimiento deje de ser económi- camente exigible al contratista debido a circunstancias imprevistas, éste tendrá derecho a resolver el Contrato o las partes del mismo que se hayan visto afectadas, siem- pre y cuando lo comunique al cliente inmediatamente después de tener conocimiento de tales circunstancias. En este caso, el contratista tendrá derecho al pago de los Servicios ya prestados. Quedan excluidas las recla- maciones por daños y perjuicios del cliente.
15. Control de exportación
El cliente reconoce que la prestación de los Servicios está sujeta a las normas y disposiciones legales suizas y/o extranjeras sobre el control de exportación, que pue- de estar sometida a autorizaciones administrativas y a la necesidad de un certificado de destino final. Lo anterior puede dar lugar a que no se puedan ni exportar ni utilizar con otro fin que el acordado mercancías, programas de ordenador, tecnología (especificaciones técnicas), etc., sin la autorización de exportación o reexportación de la autoridad competente. El cliente se compromete a cum- plir tales normas y disposiciones.
16. Protección de datos
El contratista tiene el derecho de procesar los datos de carácter personal del cliente en el marco de la ejecución del Contrato. En particular, el cliente está de acuerdo con que, en este marco, el contratista dé a conocer esos datos también a terceros en Suiza y en el extranjero.
17. Equipos auxiliares, especificaciones técnicas y
software
El contratista tiene derecho, en el marco de la presta- ción de los Servicios, a instalar equipos y/o software adicionales en el objeto del servicio, que, en particular, permitan la descarga y la recogida de datos técnicos así como de datos de uso y ubicación, el uso y la actualiza- ción de estos datos, la obtención de información sobre la interfaz, el acceso a protocolos y pruebas y conecten esos equipos y/o software con los equipos de servicio y/o plataformas de procesamiento de datos del contratista. Los equipos y/o el software adicionales – en caso de haber sido suministrados por el contratista – y, en todo caso, los derechos de propiedad intelectual seguirán siendo propiedad del contratista y podrán ser desacti- vados o eliminados una vez terminado el Contrato, así como en caso de violación de las condiciones de uso y/o términos de licencia aplicables. El contratista tiene derecho a procesar o hacer procesar por terceros los datos del cliente recogidos en el marco de la ejecución del Contrato con el fin de la prestación de Servicios al cliente, con fines estadísticos, para el análisis interno de datos, para proteger los equipos y/o el software y para mejorar y desarrollar los productos y Servicios del contratista. El cliente, en particular, está de acuerdo con que el contratista transfiera estos datos al extranjero.
Al cliente se le concede, salvo acuerdo contrario, el de- recho no exclusivo para utilizar el software únicamente en conjunción con el objeto del servicio. El cliente no tiene derecho a elaborar copias o a modificar el software. En particular, sin el consentimiento previo y por escrito del contratista, el cliente no podrá desensamblar, des- compilar, desencriptar el software o aplicarle ingeniería inversa. En caso de incumplimiento, el contratista podrá revocar el derecho de uso.
En caso de utilización de software de terceros se apli- carán las condiciones de uso del licenciante, quien, además del contratista, podrá hacer valer sus pretensi- ones en caso de incumplimiento.
18. Exclusión de responsabilidades adicionales del contratista
Todos los casos de violación del Contrato y sus conse- cuencias jurídicas así como todas las reclamaciones del cliente, independientemente del fundamento jurídico que los sustente, quedan regulados de manera exhaustiva en estas Condiciones. En caso de que existiesen reclama- ciones del cliente resultantes del Contrato, relacionadas con el mismo o con su incumplimiento, el importe total de tales reclamaciones quedará limitado al precio pagado por el cliente. Por el contrario quedan excluidas, en par- ticular, las reclamaciones por daños y perjuicios que no hayan sido expresamente mencionadas tales como, por ejemplo, la reclamación de indemnizaciones por pérdi- da de producción, pérdida de uso, pérdida de pedidos, gastos de retirada de productos, lucro cesante o de otros daños directos o indirectos, así como la reducción, la resolución o el desistimiento del Contrato.
Queda excluida igualmente la responsabilidad por la compensación de las reclamaciones de terceros contra el cliente por violación de derechos de propiedad intelec- tual.
Esta exclusión de responsabilidades adicionales del contratista no se aplicará en caso de dolo o negligencia grave del contratista o si lo impiden disposiciones legales imperativas.
19. Derecho de repetición
Si por actos u omisiones del cliente o de sus auxiliares se hubieran provocado lesiones a personas o daños a la propiedad de terceros, siendo demandado el contratista por este motivo, éste tendrá el derecho de repetir ante el cliente.
20. Duración del Contrato
Exceptuando encargos individuales y salvo acuerdo en contrario, el Contrato tiene una duración inicial de un año a partir de su conclusión. Se prorrogará cada vez por un año adicional cuando no se haya rescindido por escrito y con un plazo de preaviso de 3 meses, debiendo finalizar este plazo el último día de un mes natural.
21. Fuero y derecho aplicable
El fuero para el cliente y el contratista será el lugar del domicilio del contratista. No obstante, el contra- tista podrá demandar al cliente en el lugar del domicilio de éste.
El Contrato se rige por el derecho sustantivo suizo. Se excluye la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacio- nal de Mercaderías del 11 xx xxxxx de 1980.