CARTA PROTESTA DE NO IMPEDIMENTOS PARA CONTRATAR (PERSONAS FÍSICAS Y MORALES) (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)
CONCURSO PÚBLICO SUMARIO CPSI/DGRM-DS/032/2017 CONTRATACIÓN DE UN ESTUDIO DE ANALISIS DE AUDIENCIA
Anexo 1b
CARTA PROTESTA DE NO IMPEDIMENTOS PARA CONTRATAR (PERSONAS FÍSICAS Y XXXXXXX)
(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)
FECHA:
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E
(Nombre de la persona física o del representante legal de la empresa participante) actuando a nombre y representación de (Nombre de la empresa participante). Por medio del presente manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que conocemos el Acuerdo General de Administración VI/2008, de fecha 25 de septiembre de 2008, y no nos encontramos en ninguno de los supuestos a que se refieren los artículos 48, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y X, así como 58 fracción XVI, del instrumento normativo antes referido.
Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.
ATENTAMENTE
Nombre y firma del participante
(Persona física o representante de la persona moral)
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Anexo 1a
MANIFESTACIÓN DEL DOMICILIO LEGAL (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)
FECHA:
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E
(Nombre del representante legal de la persona física o moral) actuando en nombre y representación de (nombre de la persona física o moral), por medio del presente escrito señalo como domicilio legal para recibir y oir las notificaciones relacionadas con el presente procedimiento de contratación número CIP/SCJN/DGRM-DS/002/2017, mediante (especificar, predial, agua o CFE), así como las relacionadas con la contratación que llegare a celebrar con los órganos del Poder Judicial de la
Federación, el ubicado en Calle número exterior , número
interior _, Colonia , Delegación o Municipio _ _, Código Postal
, Ciudad .
Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.
ATENTAMENTE
Nombre y firma del participante
(Persona física o representante de la persona moral)
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Anexo 2a
REQUERIMIENTO TÉCNICO
1. Nombre de la persona física o moral (Datos Fiscales) | |
2. Domicilio | |
3. Representante Legal |
El estudio tendrá como objetivo contar con la información cuantitativa confiable sobre el rating acumulado, alcance y composición demográfica de audiencia del medio televisivo de la emisora de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y su comparativo con datos de un “set competitivo” xx xxxxxxx nacionales con objetivos afines: Canal Judicial, Canal del Congreso, Capital 21, Canal 22, Una Voz con Todos, TV UNAM, Ingenio TV, TV Mexiquense.
Deberán reportarse por separado las audiencias de TV abierta y de TV de paga.
Las variables incluidas en el estudio deberán ser las siguientes:
1. Rating promedio en miles de hogares y personas
2. Alcance en miles de personas y hogares
3. Fidelidad en % y en tiempo dedicado (ATS)
4. Composición demográfica de audiencia por género, grupos de edad, nivel socioeconómico
5. Principales programas del canal.
La periodicidad de las variables deberá ser: todo el día, por franja horaria (mañana, tarde y prime time)
El estudio deberá contener una nota metodológica en la que se precisen las características de la forma en que se recolecta y procesa la información, el margen de error, así como el tamaño y representatividad de la muestra y el número de localidades que comprende. No se acepta la metodología de cuadernillos, sondeos o encuestas telefónicas o xx xxxxx.
Se reportará, a total bimestre acumulado, a la Dirección General del Canal Judicial por escrito en un reporte engargolado como un documento en power point y/o Excel, incluyendo gráficas y cuadros, en el que se destaquen los hallazgos relevantes, así como en archivo digital que contendrá la base de datos conforme a la cual se generó el reporte.
Periodos y fechas de entrega:
Número | Bimestres | Fecha de entrega |
1 | Enero – Febrero Marzo – Abril | 8 días naturales después de la adjudicación |
2 | Mayo – Junio | 00 xx xxxxx |
0 | Julio – Agosto | 14 de septiembre |
4 | Septiembre – Octubre | 17 de noviembre |
5 | Noviembre – Diciembre | 15 de diciembre |
Firma del participante o representante legal
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Anexo 2b
CARTA CUMPLIMIENTO DE NORMAS
(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)
FECHA:
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E
(Nombre de la persona física o del representante legal de la empresa participante) actuando a nombre y representación de (Nombre de la empresa participante). Por medio del presente manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial que mi representada cumple con las Normas Nacionales e Internacionales respecto de los servicios de _ conforme lo establece la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y, demás disposiciones aplicables, según se indica a continuación:
I. Normas Nacionales
II. Normas Internacionales
Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.
ATENTAMENTE
Nombre y firma del participante
(Persona física o representante de la persona moral)
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Anexo 2c
CARTA DE INFRAESTRUCTURA
(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)
FECHA:
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Declaro bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurre los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que mi representada (Nombre de la empresa participante) cuenta con la infraestructura instalada, personal, material, equipo y demás requerimientos mínimos necesarios para los servicios de
Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.
ATENTAMENTE
Nombre y firma del representante legal
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Anexo 2d
CARTA DE NO SUBCONTRATACIÓN
(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)
FECHA:
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(Nombre del representante o apoderado legal) actuando en nombre y representación de (nombre de la persona física o moral), por medio de la presente manifiesto bajo protesta de decir verdad, que para la contratación de servicios de a través del Concurso por Invitación Pública Nacional número CIP/SCJN/DGRM-DS/032/2017 convocado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, no se recurre a la subcontratación para la prestación de los servicios solicitados.
A nombre de mi representada, protesto que conocemos el alcance de nuestro compromiso y las consecuencias legales que su incumplimiento acarrearía, conforme a las disposiciones legales aplicables, las cuales aceptamos en este acto.
ATENTAMENTE
Nombre y firma del participante
(Persona física o representante de la persona moral)
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Anexo 3
FORMATO DE PROPUESTA ECONÓMICA (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)
FECHA DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
Nombre o razón social de participante:
Número de servicio | Bimestres | Precio del servicio |
1 | Enero – Febrero Marzo – Abril | |
2 | Mayo – Junio | |
3 | Julio – Agosto | |
4 | Septiembre – Octubre | |
5 | Noviembre – Diciembre | |
Subtotal | ||
IVA | ||
TOTAL |
Las operaciones aritméticas se deberán efectuar con redondeo a dos decimales.
Importe total por la partida en letra:
Forma de pago: El pago será por cada uno de los reportes recibidos a crédito dentro de los 15 días hábiles siguientes a la presentación del Comprobante Fiscal Digital (CFDI), en Ventanilla Única de la Dirección General de Presupuesto y Contabilidad, previa verificación de que, la recepción de los servicios se realizaron a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Plazo de ejecución de los servicios: Indicar.
Lugar de entrega: La Dirección General del Canal Judicial ubicada en: xxxxx Xxxxxxxxx xx Xx Xxxxxxxx; Xx 00, Xxxxxx, Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxxxxxx.
Vigencia de la propuesta: Indicar.
Los precios ofertados no serán sujetos a ningún ajuste y cualquier error en los mismos, será de la estricta responsabilidad del ofertante.
Los precios se entenderán firmes hasta el cumplimiento total del contrato.
En el precio se deberán considerar todos los requerimientos del Anexo 2a “Requerimiento Técnico”.
Razón Social_ R.F.C.
Domicilio
_
Nombre y firma del representante o apoderado legal_
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Domicilio para firma del contrato respectivo: Señalar en su propuesta que en caso de resultar
adjudicado, el representante legal deberá presentarse a firmar el instrumento contractual respectivo, en la Dirección General de Recursos Materiales, sita en Xxxxx Xxxxxxx 00, xxxxxx xxxx, Xxxxxxx Xxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, Código Postal 06000, Delegación Xxxxxxxxxx, Ciudad de México, en horario de 9:00 a 17:00 horas.
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Anexo 4
FORMATO DE PROYECTO DE CONTRATO SIMPLIFICADO
CONTRATO SIMPLIFICADO
I.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en lo sucesivo “Suprema Corte" por conducto de su representante para los efectos de este instrumento manifiesta que:
I.1.- Es el máximo órgano depositario del Poder Judicial de la Federación, en términos de lo dispuesto en los artículos 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1º, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
I.2.-La presente contratación fue autorizada por el Director General de Recursos Materiales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante el procedimiento de concurso público sumario, de conformidad con lo previsto en los artículos 42, 43, fracción III y 82 del Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal.
I.3.- El Director General de Recursos Materiales está facultado para suscribir el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, fracción X del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
I.4.- Para todo lo relacionado con el presente contrato, señala como su domicilio el ubicado en la Calle de Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxx número 2, colonia Centro de la ciudad de México, delegación Xxxxxxxxxx, código postal 06060, en la ciudad de México, Distrito Federal.
II.- El “Prestador de Servicios” por conducto de su representante legal manifiesta bajo protesta de decir verdad que: II.1.- Es una constituida bajo las leyes mexicanas e inscrita en el registro público correspondiente
II.2 Cuenta con personal con la suficiente experiencia y calificación para ejecutar los servicios requeridos por la Suprema Corte, así como con los elementos técnicos y capacidad económica necesaria para tal fin.
II.3.- No se encuentra en los supuestos de los artículos 48 y 58, fracción XVI del Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho,
del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Alto Tribunal.
II.4.- Conoce y acepta sujetarse a lo previsto en el Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Alto Tribunal.
II.5.- Para todo lo relacionado con el presente contrato, señala como su domicilio el indicado en la carátula del presente instrumento, en el apartado denominado “Prestador de Servicios”.
III.- La “Suprema Corte" y el “Prestador de Servicios” declaran que:
III.1.- Reconocen mutuamente la personalidad jurídica con la que comparecen a la celebración del presente instrumento y manifiestan que todas las comunicaciones que se realicen entre ellas se dirigirán a los domicilios indicados en los antecedentes I.4 y II.5 de este instrumento.
lll.2.- El acuerdo de voluntades plasmado en este instrumento contractual se rige por lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Reglamento Interior en Materia de Administración, y de manera supletoria el Código Civil Federal, el Código Federal de Procedimientos Civiles, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores públicos y la Ley Federal del Procedimiento Administrativo en lo conducente, al tenor de las siguientes:
C L Á U S U L A S
Primera. Condiciones Generales. El “Prestador de Servicios” se compromete a proporcionar el servicio descrito en la carátula del presente instrumento y respetar en todo momento el precio, plazo y condiciones de pago señalados en la referida carátula, durante y hasta el cumplimiento total del objeto de este acuerdo de voluntades.
El pago señalado en la presente cláusula, cubre el total del servicio contratado, por lo cual “la Suprema Corte” no tiene obligación de cubrir ningún importe adicional. Segunda. Pena Convencional. Las penas convencionales serán determinadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en función del incumplimiento decretado, conforme lo siguiente:
En caso de incumplimiento en cualquiera de las obligaciones establecidas en el instrumento contractual, la Suprema Corte de Justicia de la Nación aplicará al participante adjudicado, en forma proporcional, una pena convencional hasta por un 10% (diez por ciento) del monto que corresponda al valor de los servicios (sin incluir impuestos) que no se hayan entregado, o bien, no se hayan recibido a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
En caso de incumplimiento en el plazo de entrega pactado en el contrato, se aplicará al (los) participante(s) adjudicado(s), una pena convencional por los atrasos que le(s) sean imputables, equivalente al monto que resulte de aplicar el 10 al millar por cada día natural de retraso, a la cantidad que importen los servicios no prestados en el plazo establecido, lo que no podrá exceder del 10% (diez por ciento) del monto total de los servicios no prestados en el plazo establecido, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. El (los) participante(s) adjudicado(s) responsable(s) del incumplimiento se hará(n) acreedor(es) a las penas convencionales previstas en los numerales que anteceden, con independencia de que se hagan efectivas las garantías otorgadas.
Las penas podrán descontarse de los montos pendientes de cubrir por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al (los) participante(s) adjudicado(s) y, de ser necesario, ingresando su monto a la Tesorería de este Alto Tribunal.
Tercera. Requisitos para realizar los pagos respectivos. Para efectos fiscales el “Prestador de Servicios” deberá presentar la o las facturas a nombre de la “Suprema Corte” según consta en la cedula de identificación fiscal, expedida por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público con el Registro Federal de Contribuyentes SCJ9502046P5, indicando el domicilio señalado en la declaración I.4 de este instrumento y demás requisitos fiscales a que haya lugar.
Cuarta. Modificaciones de este instrumento. Las condiciones pactadas en el presente instrumento podrán ser objeto de modificación en términos de lo previsto en los artículos 12, fracción XXII; 143, fracción I del referido Acuerdo General VI/2008.
Quinta. Inexistencia de relación laboral. El “Prestador de Servicios”, como empresario y patrón del personal que ocupe para los servicios profesionales materia de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones laborales y demás ordenamientos en materia de trabajo y de seguridad social, por lo que responderá de todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en su contra o de la “Suprema Corte”, en relación con los servicios motivo de este contrato.
La “Suprema Corte” estará facultada para requerir al “Prestador de Servicios” los comprobantes de afiliación de sus trabajadores al IMSS, así como los comprobantes de pago de las cuotas al SAR, INFONAVIT e IMSS.
En caso de que alguno o algunos de los trabajadores del “Prestador de Servicios”, ejecuten o pretendan ejecutar alguna reclamación en contra de la “Suprema Corte”, el
“Prestador de Servicios” deberá reembolsar la totalidad de los gastos que erogue la “Suprema Corte” por concepto de traslados, viáticos, hospedaje, transportación, alimentos y demás inherentes, con el fin de acreditar ante la autoridad competente que no existe relación laboral alguna con los mismos y deslindar a la “Suprema Corte” de cualquier tipo de responsabilidad en ese sentido.
Las partes acuerdan que el importe de los referidos gastos que se llegaran a ocasionar podrán ser deducidos por la “Suprema Corte” de las facturas que se encuentren pendientes de pago, independientemente de las acciones legales que se pudieran ejercer.
Sexta. Subcontratación. Queda estrictamente prohibido realizar cualquier subcontratación para la prestación de los servicios motivo del presente procedimiento, cualquier incumplimiento de esta cláusula será causa de rescisión por el órgano competente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con las penalizaciones que correspondan y, en su caso, daños y perjuicios, así como los procedimientos administrativos correspondientes.
Séptima. Confidencialidad. La documentación que se proporcione al “Prestador de Servicios” con motivo de la celebración de este contrato, es propiedad de la “Suprema Corte”, por lo que el “Prestador de Servicios”, por sí o a través de sus trabajadores, se compromete a no divulgar a través de cualquier medio de comunicación, cualquier resultado o dato obtenido de los servicios o trabajos prestados a la primera.
Novena. Rescisión. Queda expresamente convenido que la “Suprema Corte” podrá dar por rescindido el presente contrato sin necesidad de que medie declaración judicial, en caso de que el “Prestador de Servicios” deje de cumplir cualquiera de las obligaciones que asume en este contrato por causas que le sean imputables, o bien, en caso de ser objeto de embargo, huelga estallada, concurso mercantil o liquidación.
Antes de declarar la rescisión, la “Suprema Corte” notificara por escrito las causas respectivas al “Prestador de Servicios” en su domicilio señalado en la declaración II.5 de este instrumento, con quien en el acto se encuentre, otorgándole un plazo de quince días hábiles para que manifieste lo que a su derecho convenga, anexe los documentos
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que estime conveniente y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes. Vencido ese plazo el órgano competente de la “Suprema Corte” determinara sobre la
procedencia de la rescisión, lo que se comunicara al “Prestador de Servicios” en su domicilio señalado en la declaración II.5 de este instrumento.
Décima. Supuestos de terminación de contrato, diversos a la rescisión. El presente contrato podrá darse por terminado, al cumplimentarse su objeto o bien de manera anticipada cuando existan causas justificadas o razones de interés general, en términos de lo previsto en los artículos 148, 149, 150 y 151 del Acuerdo General de Administración VI/2008.
Décima Primera. Del fomento a la transparencia y de la protección de datos personales. Las partes están de acuerdo en que el presente instrumento constituye información pública en términos de lo dispuesto en los artículos 1°, 7° y 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por lo que los gobernados podrán realizar su consulta.
De conformidad con lo establecido en el artículo 71 del Acuerdo General de la Comisión de Transparencia, Acceso a la Inform ación Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del nueve de julio de dos mil ocho, relativo a los órganos y procedimientos para tutelar en el ámbito de este Tribunal los derechos de acceso a la información a la privacidad y a la protección de datos personales garantizados en el artículo 6° Constitucional, el “Prestador de Servicios” se obliga a guardar secreto y a no divulgar por ningún medio, aun electrónico, ni por conferencias y/o informes los datos personales a que tenga acceso con motivo de la documentación que maneje o conozca al desarrollar las actividades objeto del presente contrato. En caso de incumplimiento la “Suprema Corte” podrá exigir el pago correspondiente al 30% del monto total de este instrumento, por concepto xx xxxx convencional.
Décima Segunda. Resolución de controversias. Para efecto de la interpretación y cumplimiento de lo estipulado en este instrumento, el “Prestador de Servicios” se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la “Suprema Corte” renunciando a cualquier fuero que en razón de su domicilio tenga o llegare a tener, de conformidad con lo indicado en el artículo 11, fracción XX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Las partes acuerdan que cualquier notificación que tengan que realizarse de una parte a otra, se realizará por escrito en el domicilio que ha señalado en las declaraciones I.4 y II.5 de este instrumento.
RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL PRESENTE CONTRATO SIMPLIFICADO POR EL PRESTADOR DE SERVICIOS
Nombre | Firma | Fecha |