TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA SELECCIÓN DE EMPRESAS PROGRAMA DE ACELERACIÓN EN PROYECTOS EN I+D+I PACTOS POR LA INNOVACIÓN
TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA SELECCIÓN DE EMPRESAS PROGRAMA DE ACELERACIÓN EN PROYECTOS EN I+D+I PACTOS POR LA INNOVACIÓN
1. PRESENTACIÓN
La presente convocatoria se enmarca en el convenio Especial de Cooperación 80740 – 764
– 2019, celebrado entre Fiduciaria la Previsora S.A, actuando como vocera y administradora del Fondo Nacional de Financiamiento para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, Fondo Xxxxxxxxx Xxxx Xx Xxxxxx y la Cámara de Comercio de Manizales por Xxxxxx (en adelante CCMPC), que tiene por objeto: “aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros entre las partes para desarrollar la estrategia Pactos por la Innovación en los departamentos xx Xxxxxx, Risaralda y Quindío”
Pactos por la Innovación es una estrategia del gobierno nacional, liderada por Xxxxxxxxxxx, que busca articular los actores del sistema de innovación en cada región con el fin de contribuir al desarrollo económico y social de las regiones, fomentando que las organizaciones colombianas inviertan en Ciencia, tecnología e Innovación como parte de su estrategia de crecimiento empresarial.
En el marco del convenio se implementará el beneficio de “Aceleración de proyectos de I+D+i”, cuyo objetivo principal es realizar un entrenamiento de alto nivel en metodologías ágiles de innovación de alta aplicabilidad, con el objetivo de consolidar capacidades para la generación de proyectos basados en I+D+i en las empresas participantes.
2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Seleccionar al menos veinticinco (25) empresas de los departamentos xx Xxxxxx, Risaralda y Quindío, interesadas en desarrollar capacidades para la generación de proyectos basados en I+D+i (Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación) a partir de un entrenamiento de alto nivel en metodologías de innovación de alta aplicabilidad.
3. ALCANCE
Las empresas seleccionadas tendrán la oportunidad de recibir un entrenamiento de alto nivel en metodologías ágiles de innovación de alta aplicabilidad, con el objetivo de consolidar capacidades para la generación de proyectos basados en I+D+i (Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación). Mediante procesos avanzados de análisis de problemas y desarrollo de soluciones con brainstorming guiado, generarán perfiles de proyectos y resultados tangibles de innovación basados en I+D+i.
El entrenamiento busca que la empresa sea capaz de identificar un proyecto que requiera de alta inversión y que por ende sea susceptible de postularse a la convocatoria de beneficios tributarios del 2022. Este entrenamiento consta de las siguientes etapas:
✔ Enfoque estratégico I+D+i: Las empresas serán intervenidas a nivel gerencial para reconectarse con su estrategia de innovación como soporte de la estrategia de negocio. Al finalizar esta etapa las empresas establecerán cómo este proceso va a contribuir con la estrategia empresarial para afrontar retos de I+D+i.
✔ Priorización de retos de I+D+i: Las empresas recibirán acompañamiento para la identificación, priorización y definición de oportunidades basadas en I+D+i en la organización. Al finalizar esta etapa las empresas contarán con un mapa de oportunidades en I+D+i, un inventario priorizado de retos científico-tecnológicos y un mapa de soluciones innovadoras.
✔ Formulación de perfiles de proyectos de I+D+i: Las empresas recibirán acompañamiento para transformar la solución innovadora identificada en el entrenamiento, en un perfil de proyecto susceptible de ser postulado a la convocatoria de beneficios tributarios del 2022.
✔ Guía para acceder al proceso para certificarse como unidad de I+D+i.
4. REQUISITOS PARA PARTICIPAR
La empresa deberá presentar la totalidad de la documentación señalada en la lista de chequeo de documentos del Anexo 1. LISTA DE CHEQUEO DE DOCUMENTOS de los
presentes Términos de referencia, mediante la cual se validará el cumplimiento de los siguientes requisitos mínimos para participar:
• Ser pequeña, mediana o grande empresa de conformidad con lo establecido en el artículo 2° de la Ley 590 de 2000, modificado por el artículo 43 de la Ley 1450 de 2011 y sus decretos reglamentarios o las normas que la modifiquen.
● Ser empresa constituida legalmente en Colombia1, con un tiempo no inferior a tres
(3) años a la fecha de apertura de la presente convocatoria y con domicilio y sede principal en los departamentos xx Xxxxxx, Risaralda o Quindío.
● Presentar la carta de postulación al programa según el formato del Anexo 2. CARTA DE POSTULACIÓN firmada por el representante legal.
● Haber renovado la matrícula mercantil por el periodo vigente, año 2021.
● Tener un mínimo de cinco (05) trabajadores y certificarlo en el Anexo 2 “Carta de Postulación de la empresa”. Se consideran trabajadores personas que cuenten con un contrato laboral con la empresa postulada.
● Diligenciar el formulario de autodiagnóstico*, disponible en xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx. Este debe ser diligenciado por al menos un (1) miembro de la empresa.
● Diligenciar el formulario de línea base que se encuentra en el link: xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx.
● Anexar certificado xx xxx y salvo con los aportes al sistema de seguridad social y parafiscales (Anexo 4), durante los seis (6) meses anteriores a la fecha de apertura de la presente convocatoria.
Nota: *La fecha de diligenciamiento del autodiagnóstico no podrá ser mayor a seis (6) meses, previos a la apertura de la convocatoria
5. DURACIÓN DE LA INTERVENCIÓN
La duración del proceso de intervención será de cuatro (4) a cinco (5) meses, máximo, se contarán a partir de la fecha de apertura del programa2.
1 Pueden ser personas jurídicas y personas naturales
2 Se realizará en Septiembre de 2021, aproximadamente.
6. FINANCIACIÓN
Este proceso de entrenamiento tiene un valor de ocho millones de pesos ($ 8.000.000) por empresa, de los cuales MINCIENCIAS cofinanciará un porcentaje del mismo dependiendo de la categoría en la cual se encuentre clasificada la empresa según su tamaño. Las empresas que resulten seleccionadas como beneficiarias, deberá dar un aporte para su participación de acuerdo con la siguiente tabla:
FINANCIACION EMPRESAS BENEFICIARIAS
TAMAÑO | ACTIVOS TOTALES SMLV | VALOR DE LA INVERSIÓN | VALOR FINANCIADO POR MINCIENCIAS |
Pequeña | De $454.263.000 a $4.542.630.000 | $400.000 | $7.600.000 |
Mediana | De $4.542.630.000 a $00.000.000.000 | $800.000 | $7.200.000 |
Grande | Más de $00.000.000.000 | $0.000.000 | $0.000.000 |
Una vez publicados los resultados de la convocatoria, las empresas seleccionadas deberán suscribir un acta de Compromiso con la Cámara de Comercio de Manizales por Caldas, por medio del cual se comprometen a realizar el pago de su aporte en un plazo no mayor a veinte (20) días calendario.
En caso de no recibir el pago en el plazo establecido, se asignará el cupo a la empresa siguiente en la lista de empresas elegibles según lo establecido en el numeral 9 BANCO DE ELEGIBLES.
7. PROCEDIMIENTO DE POSTULACIÓN
Para aplicar a esta convocatoria, los postulantes deben:
i. Enviar toda la documentación solicitada al correo a xxxxxx@xxx.xxx.xx con el asunto: “POSTULACIÓN PROGRAMA ACELERACIÓN, indicar la razón social de la empresa.
ii. Adjuntar la documentación señalada en el Anexo 1. LISTA DE CHEQUEO DE DOCUMENTOS, en los plazos señalados en el numeral 12 CRONOGRAMA.
Nota: En caso de que los adjuntos superen el tamaño permitido de envío, deberán adjuntar un enlace con el acceso a los documentos.
8. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN.
8.1 SELECCIÓN DE BENEFICIARIOS
Las empresas postulantes que cumplan con los requisitos mínimos para participar se someterán al proceso de evaluación, que se realizará con base en la información de su postulación señalada en el numeral 4 REQUISITOS.
Las empresas seleccionadas serán aquellas que se encuentren dentro de un rango de capacidades de gestión de la innovación, determinado por el comité evaluador que estará conformado por un delegado de Minciencias y un representante de cada una de las cámaras de comercio aliadas a la estrategia Pactos por la Innovación en el eje cafetero. Este comité evaluará estas capacidades con base en el autodiagnóstico y el formulario de Línea Base diligenciado por las empresas.
Lo anterior con el fin de asegurar que las empresas que van a ser beneficiadas tengan altas posibilidades de desarrollar el proceso de entrenamiento de manera satisfactoria.
Además, con el propósito de promover las prácticas de sostenibilidad en las empresas, también se otorgarán diez (10) puntos adicionales en el proceso de evaluación a aquellas empresas que tengan la condición de Sociedad de Beneficio e Interés Colectivo (Sociedad BIC)3, demostrable mediante el certificado xx Xxxxxx de Comercio.
3 Mediante la Ley 1901 de 2018, el Gobierno Nacional creó la figura de Sociedades BIC, con el fin de promover y reconocer a las empresas que implementan buenas prácticas de sostenibilidad económica, social y ambiental. Más información en xxxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxx-xxx. Para preguntas, inquietudes o asesoría sobre cómo adoptar el reconocimiento de Sociedad BIC, escribir a xxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx
8.2 RECHAZO O ELIMINACIÓN DE SOLICITUDES
La CCMPC se reserva el derecho de corroborar la autenticidad de los datos suministrados en la postulación, y podrá solicitar en cualquier momento, información, documentación adicional y aclaraciones sobre ésta.
La Cámara de Comercio solicitará subsanar la documentación que considere, dentro del término señalado para tal efecto en el cronograma.
En el caso que el postulante no presente la documentación con las aclaraciones y explicaciones que se soliciten, dentro del término establecido por la Cámara, dará lugar a que la empresa sea declarada como INHABILITADA y por ende no podrá ser seleccionada como participante del programa.
De igual forma la CCMPC podrá rechazar la postulación de una empresa en cualquiera de los siguientes casos:
a) Cuando el postulante no acredite los requisitos mínimos establecidos en este documento.
b) Cuando la postulación esté incompleta (omisión de uno o varios de los documentos), o los documentos enviados no correspondan a los requeridos en los presentes Términos de Referencia.
c) Cuando se compruebe que la información suministrada por el postulante no corresponda en algún aspecto a la verdad.
d) Que no siga el procedimiento de inscripción de la presente convocatoria.
e) Que estén incursos en algún tipo de incompatibilidad o inhabilidad para contratar con la Cámara de Comercio de Manizales por Caldas (ver estatutos de la CCMPC publicados en la página web).
f) Estar incurso en causales de disolución o liquidación.
8. BANCO DE ELEGIBLES
La Cámara de Comercio notificará a las empresas elegibles, mediante un correo electrónico. Se asignarán los cupos a las empresas que obtuvieron los mayores puntajes hasta agotar la disponibilidad de estos.
Para esta convocatoria se cuenta con veinticinco (25) cupos, en caso de contar con cupos adicionales, se asignarán en orden descendente a las empresas del banco de elegibles, quienes serán notificadas para realizar el proceso de inscripción.
Asimismo, en caso de no recibir el pago en el plazo establecido, por parte de una empresa a la que se le haya otorgado el cupo, éste se asignará a la empresa siguiente en la lista de elegibles.
En caso de presentarse empate en el puntaje obtenido entre dos o más empresas, se dará prioridad a aquella que haya realizado primero su postulación a esta convocatoria.
9. CRONOGRAMA
ACTIVIDADES | FECHA | OBSERVACIONES |
Apertura de la convocatoria y publicación de Términos de Referencia. | Miércoles 04 xx xxxxxx de 2021 | Invitación publicada a través de las páginas web y redes sociales de las cámaras de comercio del eje cafetero. |
Cierre de la convocatoria y fecha máxima de recepción de postulaciones. | Lunes 06 de septiembre de 2021 | Enviar al correo electrónico xxxxxx@xxx.xxx.xx con el asunto: “POSTULACIÓN PROGRAMA ACELERACIÓN - (Razón social de la empresa)”, la documentación señalada en el Anexo 1. LISTA DE CHEQUEO DE DOCUMENTOS |
Periodo de revisión y subsanación de requisitos | Entre 07 y 10 de septiembre de 2021 | La Cámara de comercio contará con este lapso para revisar la documentación enviada y solicitar las subsanaciones correspondientes. |
Notificación a seleccionados | Martes 14 de septiembre de 2021 |
NOTA: El calendario detallado de la ejecución del programa se enviará al grupo de empresas seleccionadas que hayan realizado su inscripción mediante el pago, en los tiempos señalados en este documento.
10. MODIFICACIONES DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA
Cualquier modificación a los Términos de Referencia será realizada mediante adenda. La adenda será publicada a través de la página web de la cámara de comercio, de conformidad con las formas de publicidad previamente establecidas.
A partir de su envió, se entenderá conocida por los interesados.
Las adendas que se llegaren a generar durante la convocatoria abierta formarán parte integral de los Términos de Referencia.
11. AUTORIZACIÓN DE DATOS PERSONALES
Para todos los efectos legales, la postulación, de forma inequívoca y exclusivamente para los fines de la presente convocatoria implica obligatoriamente la autorización expresa del titular de información, para el tratamiento de sus datos personales por parte de la CCMPC.
La persona jurídica en cuyo nombre se presenta la postulación declara que ha recibido autorización expresa de todas las personas naturales vinculadas a esta propuesta y a este proyecto, para suministrar la información a que hace referencia la ley de manejo de datos, comprometiéndose a responder ante CCMPC, por cualquier demanda, litigio presente o eventual, reclamación judicial o extrajudicial, formulada por cualquiera de las personas naturales o jurídicas vinculadas a la propuesta y el proyecto.
Igualmente, las personas vinculadas al proceso y quienes deban suministrar sus datos personales, deben previamente firmar el formato de tratamiento de datos personales, que debe ser diligenciado como parte integral de esta convocatoria.
12. PROPIEDAD INTELECTUAL
En el evento en que se llegaren a generar derechos de propiedad intelectual sobre los resultados que se obtengan o se pudieran obtener en el marco del desarrollo de la presente convocatoria, la titularidad sobre los mismos se regirá por lo establecido en el artículo 169 de la Ley 1955 de 2019 - Plan Nacional de Desarrollo: “Derechos de propiedad intelectual sobre resultados de programas y proyectos de ciencia, tecnología e innovación y de tecnologías de la información y las comunicaciones financiados con recursos públicos. En los casos de proyectos de investigación y desarrollo de ciencia, tecnología e innovación y de tecnologías de la información y las comunicaciones, adelantados con recursos públicos,
el Estado como titular de los derechos de propiedad intelectual derivados de estos proyectos podrá ceder dichos derechos a través de la entidad financiadora, y autorizará su transferencia, comercialización y explotación a quien adelante y ejecute el proyecto, sin que ello le constituya daño patrimonial. Las condiciones de esta cesión serán fijadas en el respectivo contrato o convenio.
En todo caso, el Estado, a través de la entidad financiadora, se reserva el derecho de obtener una licencia no exclusiva y gratuita de estos derechos de propiedad intelectual por motivos de interés público. Así mismo, en caso de presentarse motivos de seguridad y defensa nacional, el titular de los derechos de propiedad intelectual deberá ceder a título gratuito y sin limitación alguna al Estado, los derechos de propiedad intelectual que le correspondan. Los derechos de propiedad intelectual a ceder, así como sus condiciones de uso, serán fijados en el respectivo contrato o convenio.
Parágrafo 1. Cuando en el respectivo contrato o convenio se defina que el titular de derechos de propiedad intelectual es quien adelante y ejecute el proyecto, y este realice la explotación de dichos derechos, obteniendo ganancias económicas, deberá garantizar al Estado, a través de la entidad financiadora, un porcentaje de las ganancias netas obtenidas en la explotación de la propiedad intelectual de la cual es titular, porcentaje que deberá ser acordado por mutuo acuerdo con el Estado, a través de la entidad financiadora. El Estado a través de la entidad financiadora, deberá invertir los dineros obtenidos, en programas y proyectos de Ciencia, Tecnología e Innovación y de tecnologías de la información y las comunicaciones”.
Las partes de la postulación definirán entre ellas la titularidad de los derechos de propiedad intelectual que se generen en la ejecución de los proyectos financiados con recursos del presupuesto nacional.
Parágrafo 2.- La CCMPC y Minciencias se reservan el derecho de obtener una licencia no exclusiva y gratuita sobre los derechos de propiedad intelectual que se generen con ocasión del contrato consecuencia de la presente convocatoria, por motivos de interés nacional, comprometiéndose a respetar los derechos xxxxxxx a que hubiere lugar.
Parágrafo 3. En caso de presentarse motivos de seguridad y defensa nacional, los titulares de los derechos de propiedad intelectual deberán ceder a título gratuito y sin limitación alguna a la Cámara de Comercio de Manizales por Xxxxxx y Minciencias, los derechos de propiedad intelectual que le correspondan. Los derechos de propiedad intelectual a ceder, así como sus condiciones de uso, serán fijados en el respectivo contrato.
Parágrafo 4. En cualquier evento o medio de divulgación utilizado para difundir los resultados del proyecto y/o programa se deberá dar el respectivo crédito a la Cámara de Comercio de Manizales por Xxxxxx y Minciencias, incluyendo su imagen institucional de acuerdo con el manual de imagen corporativa de cada una de las entidades.
13. ANEXOS
ANEXO 1. Lista de chequeo de documentos. ANEXO 2. Carta de postulación de la empresa.
ANEXO 3. Declaración de aceptación de condiciones de ejecución del proceso. ANEXO 4. Xxx y salvo aportes al sistema de seguridad social y parafiscales.
ANEXO 5. Descripción de la herramienta de autodiagnóstico. ANEXO 6. Formato de tratamiento de datos personales
14. ACEPTACIÓN DE TÉRMINOS Y VERACIDAD
Con la postulación, los interesados aceptan las características, requisitos y condiciones de la presente convocatoria, así como lo dispuesto en los presentes términos de referencia para el desarrollo de la misma y la entrega del recurso. Una vez presentada la postulación no será posible alegar desconocimiento de lo escrito en estos términos de referencia ni de sus anexos.
El momento para referirse a lo establecido en los términos de referencia de la convocatoria y sus anexos es durante el período de revisión y subsanación de requisitos y antes de publicación del banco preliminar de elegibles.
De igual forma declaran que la información suministrada es veraz y corresponde a la realidad. En caso de encontrarse alguna incoherencia y/o inconsistencia en la información o documentación suministrada, La Cámara de Comercio podrá en cualquier momento rechazar la postulación o si es del caso declarar la pérdida del beneficio, sin perjuicio de las acciones legales correspondientes.
15. MÁS INFORMACIÓN Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
Coordinadora de la estrategia Pactos por la Innovación para el eje cafetero
e-mail: xxxxxx@xxx.xxx.xx Teléfono: 0000000000
FECHA DE PUBLICACIÓN DE LOS PRESENTES TDR: 04 xx xxxxxx de 2021.
ADENDA 01
INVITACIÓN PARA EMPRESAS A PARTICIPAR EN EL PROGRAMA DE ACELERACIÓN EN PROYECTOS EN I+D+i
ESTRATEGIA PACTOS POR LA INNOVACIÓN EJE CAFETERO.
A través de la cual se modifican los términos de referencia de la invitación publicada en la página web de la Cámara de Comercio de Manizales por Caldas xxxx://xxx.xxxxx.xxx.xx, el 04 xx xxxxxx de 2021, la cual tiene por objeto seleccionar al menos veinticinco (25) empresas de los departamentos xx Xxxxxx, Risaralda y Quindío, interesadas en desarrollar capacidades para la generación de proyectos basados en I+D+i (Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación) a partir de un entrenamiento de alto nivel en metodologías de innovación de alta aplicabilidad. Se resuelve modificar el siguiente punto:
1. Numeral 9. CRONOGRAMA: Se amplía la fecha de cierre de la invitación y la fecha máxima de recepción de postulaciones, hasta el 20 de septiembre de 2021.
ACTIVIDADES | FECHA | OBSERVACIONES | ||||||
Apertura publicación Referencia | de | la de | convocatoria Términos | y de | Miércoles 04 xx xxxxxx de 2021 | Ver sección 8. Procedimiento de inscripción | ||
Cierre de la convocatoria y fecha máxima de recepción de postulaciones. | Lunes 20 de septiembre de 2021 | |||||||
Periodo de revisión y subsanación de requisitos | Entre 21 y 24 de septiembre de 2021 | La Cámara de comercio contará con este lapso para revisar la documentación enviada y solicitar las subsanaciones correspondientes. | ||||||
Notificación a seleccionados | Miércoles 29 de septiembre de 2021 | correo | electrónico |
Eje Cafetero, 03 de septiembre de 2021
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