Condiciones generales de Swiss Steel AG
Condiciones generales de Swiss Steel AG
A fecha: febrero de 2014
01.0 Disposiciones generales
01.1 El contrato se perfecciona con la recepción de la confirmación suscrita con validez legal por el proveedor (Swiss Steel AG) de que acepta el pedido (confirmación de la orden).
01.2 Las ofertas que no contengan un plazo de aceptación, no serán vinculantes.
01.3 La relación jurídica entre el proveedor y el comprador se basará exclusivamente en estas condiciones y en los demás pactos eventuales.
01.4 Todos los pactos y las declaraciones de relevancia jurídica que efectúen las partes contractuales requerirán la formalización escrita para su validez.
01.5 Las Condiciones Generales también se considerarán, sin advertencia especial, aplicables a operaciones futuras con el comprador, aun cuando el proveedor no haya advertido al comprador por separado de la aplicación de estas condiciones.
01.6 La información contenida en catálogos, folletos, circulares, documentación técnica, especificaciones, cuadros y similares es orientativa. Será vinculante únicamente si en el contrato de suministro se hiciera expresa referencia a dicha información.
01.7 Si estas Condiciones Generales contuvieran cláusulas que fueran imposibles de ejecutar o ilícitas, las partes contractuales sustituirán dichas cláusulas por otras que se aproximen todo lo posible a lo pretendido y que sean jurídicamente lícitas.
02.0 Cláusula de entrega «FCA»
Se aplicará a este contrato la cláusula de entrega de
«xxxxxx transportista» de los INCOTERMS 2000, salvo que en el contrato se prevea una cláusula en contrario.
03.0 Precios
Salvo pacto en contrario, todos los precios de las ofertas se entenderán en francos suizos de libre disponibilidad, serán orientativos y no tendrán carácter vinculante. El impuesto sobre el valor añadido no está incluido en los precios y se detallará por separado en la factura.
04.0 Condiciones de pago
04.1 El precio de compra será pagadero al momento de la entrega de la mercancía en el lugar de cumplimiento y habrá de pagarse dentro de los 30 días a partir de la fecha de la factura, sin ninguna deducción de descuentos, gastos, impuestos o comisiones de ninguna índole. En el caso de envíos parciales, el precio será pagadero por el total del envío parcial correspondiente. El proveedor podrá disponer a qué saldos acreedores imputará los pagos que ingresen.
04.2 Tras el vencimiento infructuoso del plazo de pago y sin advertencia especial, se produce xxxx. El interés de demora se basará en el tipo de interés usual en la plaza del proveedor que se aplique a préstamos a corto plazo. El interés mínimo será del 5%.
04.3 Queda excluida la compensación del precio de compra con contrarreclamaciones prescritas o litigiosas. No podrán retenerse pagos por eventuales pretensiones litigiosas del comprador contra el proveedor. El comprador tendrá un derecho de compensación únicamente si sus contrarreclamaciones son indiscutibles o tienen el carácter de cosa juzgada.
04.4 Si por cualquier motivo, el Comprador incurriera en retraso o el proveedor tuviera serias dudas por circunstancias que se hubieran presentado tras el perfeccionamiento del contrato de recibir la totalidad de los pagos del comprador o de recibirlos en su debido momento, el proveedor estará facultado, sin que por ello se limiten sus derechos legales, para suspender la ulterior ejecución de la orden y para
retener los envíos listos para su despacho hasta que se convengan nuevas fechas de pago y nuevas condiciones de pago y de entrega y hasta que el proveedor haya recibido suficientes garantías. Si dentro de un plazo razonable no se llegara a ningún acuerdo o si el proveedor no tuviera las suficientes garantías, estará autorizado a resolver el contrato y a exigir una indemnización por daños y perjuicios.
04.5 Si el comprador fuera insolvente, vencerán todos los saldos acreedores sin atender a los plazos pactados y podrá exigirse su pago inmediato. El proveedor estará facultado, en este caso, para interrumpir o anular todas las obligaciones de suministro.
05.0 Imposibilidad de envío
Si sobrevinieran circunstancias ajenas a la voluntad del proveedor que imposibilitaran el cumplimiento de su prestación, el Proveedor quedará liberado de las obligaciones establecidas en este contrato. Por esta situación, no se origina pretensión de indemnización alguna por parte del comprador.
06.0 Plazos y fechas de entrega
06.1 Los plazos y fechas de entrega son aproximados, a menos que el proveedor los haya garantizado por escrito. El respeto del plazo de entrega presupone el cumplimiento de las obligaciones contractuales del comprador.
06.2 Los plazos de entrega comienzan en el momento del perfeccionamiento del contrato, pero no antes de haber aclarado todos los detalles de ejecución y de que el comprador haya presentado las certificaciones eventualmente necesarias.
06.3 La mercancía se considerará entregada puntualmente cuando salga de la planta dentro del plazo de entrega o a la fecha de entrega, además con el aviso de disponibilidad de expedición si la mercancía no pudiera ser despachada en su debido momento por causas ajenas al proveedor.
06.4 Se prorrogarán convenientemente los plazos de entrega si se presentaran obstáculos que impidieran una entrega puntual y que el proveedor, pese a actuar con la máxima diligencia, no pudiera evitar, tales como epidemias, movilización, guerra, insurrección, fallos de funcionamiento importantes, accidentes, conflictos laborales, demora en la entrega o entrega deficiente de materias primas y productos semielaborados, medidas gubernamentales, etc.
06.5 Si la mercancía no pudiera despacharse puntualmente por razones que no fueran imputables al proveedor, este facturará la mercancía y la almacenará por cuenta y riesgo del comprador.
06.6 Por demoras en las entregas o en las prestaciones, el comprador no tendrá derechos ni pretensiones salvo las mencionadas expresamente en este apartado. Esta limitación no se aplicará a intención dolosa o negligencia grave del proveedor, pero sí se aplicará a intención dolosa o negligencia grave de personas auxiliares.
07.0 Garantía real
07.1 El proveedor garantiza que la mercancía entregada posee las características prometidas por contrato y/o comerciales y no presenta vicios que reduzcan considerablemente su valor. Esta garantía tendrá validez como máximo hasta el vencimiento del plazo de garantía.
07.2 Para determinar la calidad, las medidas y los pesos de la mercancía entregada regirá la siguiente documentación en la secuencia indicada:
- el contrato
- las normas internas del proveedor
- las normas
Swiss Steel AG, Xxxxxxxxxxxxxxxx 00, XX-0000 Xxxxxxxxxxx, Telefon x00 00 000 00 00
xxx.xxxxx-xxxxx.xxx Seite 1 von 2
07.3 El proveedor estará facultado para entregar cantidades mayores o menores dentro de un margen del 10%.
07.4 Será concluyente para el estado contractual de la mercancía la fecha que se establece en el apartado 06.3.
07.5 Para mercancías vendidas como desclasificadas, el proveedor no asume ninguna garantía.
08.0 Verificación y aceptación de la mercancía
08.1 El comprador verificará la mercancía inmediatamente después de su recepción en el lugar de destino y reclamará los vicios manifiestos constatados dentro de los 14 días a partir del ingreso de la mercancía, debiéndolo hacer por escrito, por telefax o por correo electrónico, y comunicará al proveedor las cantidades faltantes y los pesos de menos; de lo contrario, la mercancía se considerará aceptada salvo lo establecido en el apartado 09.2.
08.2 Los vicios ocultos serán comunicados inmediatamente después de su detección, pero antes de los tres (3) meses de haber ingresado la mercancía en el lugar de destino, porque de lo contrario, la mercancía se considerará aceptada.
09.0 Aclaración en caso de reclamación por vicios
09.1 Si se reclamaran vicios, el proveedor deberá verificar de inmediato su veracidad. El comprador le dará oportunidad a este efecto de cerciorarse en el lugar mismo del vicio reclamado. A solicitud del proveedor, el comprador pondrá a su disposición la mercancía reclamada o muestras de ella. Las devoluciones requerirán el consentimiento del proveedor.
09.2 Si el comprador no cumpliera las obligaciones estipuladas en el apartado 08.1, perderá todo derecho de hacer efectiva la responsabilidad del proveedor.
09.3 Los vicios causados por la manipulación, el almacenamiento, el tratamiento o el procesamiento inadecuados y por la desproporcionada exigencia de la mercancía por parte del comprador o causados por otros motivos ajenos al proveedor no justificarán ningún derecho de hacer efectiva la responsabilidad del proveedor.
10.0 Responsabilidad
10.1 De tratarse de reclamaciones de vicios justificadas y presentadas a tiempo y en la forma correcta, el proveedor aceptará la mercancía reclamada y la sustituirá por mercancía en perfectas condiciones. En su defecto, el proveedor podrá sustituir la minusvalía. Queda excluido el derecho redhibitorio.
10.2 Queda excluida toda otra responsabilidad contractual y extracontractual del proveedor, tales como la de daños consecuenciales por vicios.
10.3 Se traslada al comprador toda responsabilidad frente a terceros por siniestros relacionados con el suministro. Si se demandara al proveedor por un hecho de esta naturaleza, le corresponderá el derecho de regreso contra el comprador por todos los gastos. Se excluye el derecho de regreso del comprador contra el proveedor con arreglo a los artículos 50 y 51 del Código de las obligaciones suizo.
11.0 Propiedad de la mercancía y de las herramientas
11.1 Hasta que se efectúe el pago completo del precio de compraventa y de todos los demás saldos acreedores que el proveedor tenga frente al comprador, se aplicarán las siguientes cláusulas:
- El proveedor se reserva la propiedad de toda la mercancía entregada.
- Con el perfeccionamiento del contrato, el comprador autoriza al proveedor a inscribir en el registro público o en otros registros la reserva de propiedad en la debida forma y de conformidad con las leyes nacionales pertinentes y a cumplir todos los requisitos relacionados al respecto, por cuenta del comprador.
- Mientras la mercancía se encuentre en reserva de propiedad, el comprador será quien conserve la mercancía y quien la asegure contra robo, contra daños por rotura, incendio e inundación y contra otros riesgos a favor del proveedor. Además, se compromete a tomar
cuantas medidas sean necesarias para asegurar ampliamente el derecho de propiedad del proveedor.
- El origen de una nueva cosa a consecuencia del tratamiento o procesamiento de la mercancía suministrada será por orden del proveedor. La propiedad de esta nueva cosa seguirá estando, por tanto, en manos del proveedor.
- Si la mercancía entregada se mezclara con mercancías similares del comprador o de terceros, el proveedor seguirá siendo proporcionalmente el copropietario de la mercancía mezclada.
- El comprador únicamente queda facultado para enajenar la mercancía entregada en el tráfico comercial ordinario a condiciones xx xxxxxxx, pero no podrá disponer de ella de otra forma (por ejemplo, por pignoración o por otras intervenciones de terceros en el derecho de propiedad). El comprador cederá por adelantado los derechos que se originen por la ulterior enajenación para asegurar al proveedor. El proveedor estará facultado, en el caso de que el comprador incurriera en demora en el pago, para informar sin más advertencia a terceros compradores de la cesión por adelantado y a exigir el pago para sí. Semanalmente, el comprador enviará por escrito al proveedor toda información que le permita a este último preservar sus derechos.
11.2 Las herramientas necesarias para la fabricación serán propiedad del proveedor, aun cuando los costes de herramientas, en todo o en parte, hayan corrido por cuenta del comprador.
11.3 La reserva de propiedad de la mercancía reservada, destinada a la exportación, estará sometida al derecho del país de destino.
12.0 Embalaje
Deberán descargarse de inmediato palets y contenedores, los cuales deberán ser devueltos al transportista o deberán ser canjeados por otros.
13.0 Exclusión de demás responsabilidades del proveedor
13.1 Todos los casos de violación contractual y sus consecuencias jurídicas, así como todas las pretensiones del comprador, independientemente del fundamento jurídico que las sustenten, quedan reguladas en estas condiciones de forma limitativa. En particular, no cabrá ninguna pretensión por daños y perjuicios, reducción, rescisión o resolución del contrato, que no se mencionen expresamente. En ningún caso, cabrán pretensiones del comprador por daños y perjuicios que no se hayan originado en el objeto de entrega mismo, tales como interrupción de la producción, pérdidas de utilidad, pérdidas de pedidos, pérdidas de beneficios y cualesquiera daños directos o indirectos. Esta exclusión de responsabilidad no se aplicará a intención dolosa o negligencia grave del proveedor, pero sí se aplicará a intención dolosa o negligencia grave de personas auxiliares.
13.2 Por lo demás, no regirá esta exclusión de responsabilidad si se contradijera con la legislación imperativa.
14.0 Derecho aplicable
Complementariamente a estas Condiciones Generales, rige el derecho material suizo con exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre contratos de compraventa internacional de mercancías de 11 xx xxxxx de 1980.
15.0 Competencia judicial
Queda pactada para ambas partes la sede social del proveedor como competencia judicial para todos los litigios directos e indirectos que resulten de esta operación. El proveedor no estará facultado, sin embargo, para demandar al comprador en su sede social.
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