ACUERDO IETAM/CG-19/2016
XXXXXXX XXXXX/XX-00/0000
XXXXXXX XXX XXXXXXX XXXXXXX XXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XX XXXXXXXXXX RELATIVO A LA SOLICITUD DE REGISTRO DEL CONVENIO DE COALICIÓN PARCIAL QUE CELEBRAN LOS PARTIDOS POLÍTICOS REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO Y NUEVA ALIANZA, PARA LA ELECCIÓN CONSTITUCIONAL DE AYUNTAMIENTOS DEL ESTADO, EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2015-2016.
ANTECEDENTES
1.- El 10 de febrero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia político electoral.
2.- El 23 xx xxxx de 2014, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los Decretos por los que se expidieron la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley General de Partidos Políticos.
3.- El 13 xx xxxxx de 2015, se publicaron en el Periódico Oficial del Estado los decretos LXII-596, por el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas en materia político electoral, y LXII-597, mediante el cual se abrogó el Código Electoral para el Estado de Tamaulipas y se expidió la Ley Electoral del Estado de Tamaulipas.
4.- El 3 de septiembre del año en curso, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (en adelante: INE), en sesión ordinaria, aprobó el Acuerdo INE/CG830/2015 por el que se determinan las acciones necesarias para el desarrollo de los Procesos Electorales Locales 2015-2016.
5.- El 13 de septiembre de 2015, en sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas declaró el inicio del proceso electoral ordinario 2015-2016, en el que se elegirán al Gobernador Constitucional del Estado, Diputados por ambos principios y Ayuntamientos.
6.- El veintiocho de octubre de 2015, la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, en términos de los artículos 41, Base V, Apartado C), segundo párrafo inciso c) de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 120, numeral 3, y 124 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, mediante oficio PCPPP/BNH/004/15 solicitó al Consejero Presidente poner a consideración del Consejo General ejercer la facultad de atracción respecto al tema de registro de coaliciones para procesos electorales locales, con el fin de fijar criterios de interpretación que orienten a los Organismos Públicos Locales en la materia.
7.- En sesión pública efectuada el veintiocho de octubre del año 2015, la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, conoció y aprobó el anteproyecto de acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que, en ejercicio de la facultad de atracción, se emiten los “Lineamientos que deberán observar los Organismos Públicos Locales Electorales respecto de la solicitud del registro de los Convenios de Coalición para los Procesos Electorales Locales”.
8.- En Sesión extraordinaria del Consejo General del Instituto Nacional Electoral de fecha 30 de Octubre del año 2015, se aprobó el Acuerdo INE/CG928/2015, por el que, en ejercicio de la facultad de atracción, se emiten los “Lineamientos que deberán observar los Organismos Públicos Locales Electorales respecto de la solicitud del registro de los Convenios de Coalición para los Procesos Electorales Locales”.
9.- En sesión extraordinaria del Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas de fecha 15 de diciembre de 2015, se aprobó la modificación al calendario electoral 2015-2016, para ajustarlo a lo establecido en “Lineamientos que deberán observar los Organismos Públicos Locales Electorales respecto de la solicitud del registro de los Convenios de Coalición para los Procesos Electorales Locales”.
10.- Los Partidos Políticos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, haciendo uso de su derecho de participación política y facultados por la legislación electoral vigente para la formación de coaliciones tendientes a contender en una elección, presentaron el día 20 de enero de 2016, ante el Consejo General, su solicitud de registro de Convenio de Coalición, expresando su determinación de conformar la coalición parcial.
11.- En fecha 20 de enero de 2016, los partidos políticos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza presentaron el Convenio de Coalición Parcial, con la finalidad de postular a los candidatos miembros de Ayuntamientos en cuarenta municipios de la entidad, siendo estos Xxxxxxx, Xxxxxx, Altamira, Antiguo Xxxxxxx, Burgos, Xxxxxxxxxx, Camargo, Casas, Ciudad Xxxxxx, El Mante, Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxx Xxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxxxxx, Xxxxxx, Xxxx, Xxxxxx Xxxxxx, Miquihuana, Nuevo Laredo, Nuevo Xxxxxxx,
Xxxxxx, Xxxxxxx, Reynosa, Río Xxxxx, San Xxxxxx, San Xxxxxxxx, Xxxx La Marina, Tampico, Tula, Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx y Xicoténcatl, cargos de elección popular a elegirse en la jornada electoral ordinaria del día 5 xx xxxxx de 2016.
CONSIDERACIONES
I. El Instituto Electoral de Tamaulipas, de conformidad con los artículos 20, párrafo II, de la Constitución Política Local; 93, 99, 100, 101,102 y 103, de la Ley Electoral del Estado de Tamaulipas vigente, es el Organismo Público Autónomo responsable de la preparación, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales en el Estado, teniendo entre sus fines promover el desarrollo de la vida democrática en Tamaulipas, preservar el fortalecimiento del régimen de los partidos políticos, asegurar a los ciudadanos el ejercicio de sus derechos político-electorales, vigilando el cumplimiento de sus obligaciones, así como garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar a los integrantes de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y de los Ayuntamientos del Estado.
II. Conforme a lo establecido en los artículos 103 y 110 de la Ley Electoral del Estado de Tamaulipas, el Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas es el órgano superior de dirección, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad, rijan todas sus actividades, las de los partidos políticos y demás destinatarios de la legislación electoral.
III. De acuerdo a los artículos 41, párrafo 2, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 20, párrafo Segundo, fracción II apartado A, de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas; 3 de la Ley Xxxxxxx xx Xxxxxxxx, x 00, xx xx Xxx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx; los Partidos Políticos son entidades de interés público con personalidad jurídica y patrimonio propios, con registro legal ante el INE o ante el IETAM, y tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de representación política y, como organización de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público.
IV. Los artículos 23, numeral 1, inciso f), y 87 de la Ley General de Partidos Políticos, así como el artículo 89 de la Ley Electoral del Estado de Tamaulipas, prevén el derecho de los partidos políticos de convenir en la conformación de
coaliciones, cuyo objeto es la postulación conjunta de candidatos a los diversos cargos de elección popular, durante un proceso electoral.
V. De acuerdo al artículo 88, numeral 5 de la Ley General de Partidos Políticos, la coalición parcial que pueden celebrar los partidos políticos, es aquella en la que los partidos políticos coaligados postulan en un mismo proceso electoral federal o local, al menos al cincuenta por ciento de sus candidatos a puestos de elección popular bajo una misma plataforma electoral.
VI. En esas condiciones, de conformidad con el artículo 89 de la Ley General de Partidos Políticos, 89 de la Ley Electoral del Estado de Tamaulipas y el Acuerdo INE/CG928/2015, por el que en ejercicio de la facultad de atracción, se emiten los “Lineamientos que deberán observar los organismos públicos locales electorales respecto de la solicitud del registro de los convenios de coalición para los procesos electorales locales”, deberán cumplir con lo siguiente:
“
a) Original del Convenio de Coalición en el cual conste firma autógrafa de los Presidentes de los partidos políticos integrantes o de sus órganos de dirección facultados para ello; en todo caso, se podrá presentar copia certificada.
b) Convenio de coalición en formato digital con extensión .doc
c) Documentación que acredite que el órgano competente de cada partido político integrante de la coalición, sesionó válidamente y aprobó:
- participar en la coalición respectiva;
- la Plataforma Electoral;
- postular y registrar, como coalición, a los candidatos a los cargos de Diputados Locales o a la Asamblea Legislativa por el principio de mayoría relativa, Ayuntamientos o Titulares de los Órganos Político-Administrativos de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal y/o Gobernador.
d) Plataforma electoral de la coalición, en medio impreso y en formato digital con extensión .doc
Aunado a lo anterior, a fin de acreditar la documentación aludida en el inciso c)
Del numeral que precede, los partidos políticos integrantes de la coalición, deberán proporcionar original o copias certificadas de lo siguiente:
a) De la sesión celebrada por los órganos de dirección que cuenten con las facultades estatutarias, conforme al artículo 89, párrafo I, inciso a) de la Ley General de Partidos Políticos, a fin de aprobar que el partido político contienda en coalición en la elección de Diputados Locales o a la Asamblea Legislativa por el principio de mayoría relativa, Ayuntamientos o Titulares de los Órganos Político-Administrativos de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal y/o Gobernador, anexando la convocatoria respectiva, orden del día, acta o minuta de la sesión, o en su caso, versión estenográfica y lista de asistencia.
b) De la sesión del órgano competente del partido político, en el cual conste que se aprobó convocar a la instancia facultada para decidir la participación en una coalición, incluyendo convocatoria, orden del día, acta o minuta de la sesión, o en su caso, versión estenográfica y lista de asistencia.
c) Toda la información y elementos de convicción adicionales que permitan a la autoridad electoral, verificar que la decisión partidaria de conformar una coalición fue adoptada de conformidad con los Estatutos de cada partido político integrante y que fue aprobada la plataforma electoral por el órgano competente.
5. El convenio de coalición, a fin de ser aprobado por el Consejo General del Organismo Público Local e inscrito en el libro respectivo, deberá establecer, indiscutiblemente, de manera expresa y clara lo siguiente:
a) La denominación de los partidos políticos que integran la coalición, así como el nombre de sus representantes legales para los efectos a que haya lugar.
b) La elección que motiva la coalición, especificando su modalidad. En caso de coalición parcial o flexible se precisará el número total de fórmulas de candidatos a postular, así como la relación de los distritos electorales locales y, en su caso, municipios o demarcaciones territoriales para el caso del Distrito Federal, en los cuales contenderán dichos candidatos.
c) El procedimiento que seguirá cada partido político para la selección de los candidatos que serán postulados por la coalición, en su caso, por tipo de elección.
d) El compromiso de los candidatos a sostener la Plataforma Electoral aprobada por los órganos partidarios competentes.
e) El origen partidario de los candidatos a Diputados Locales o a la Asamblea Legislativa de mayoría relativa que serán postulados por la coalición, así como el grupo parlamentario o partido político en el que quedarían comprendidos en caso de resultar electos.
f) La persona que ostenta la representación legal de la coalición, a efecto de interponer los medios de impugnación que resulten procedentes.
g) La obligación relativa a que los partidos políticos integrantes de la coalición y sus candidatos, se sujetarán a los topes de gastos xx xxxxxxx que se fijen para la referida elección, como si se tratara de un solo partido político.
h) La expresión, en cantidades líquidas o porcentajes, del monto de financiamiento que aportará cada partido político coaligado para el desarrollo de las campañas respectivas, así como la forma de reportarlo en los informes correspondientes; lo anterior, con apego irrestricto a las disposiciones legales, reglamentarias y a los lineamientos que al efecto establezcan las autoridades electorales en sus respectivos ámbitos de competencia.
i) El compromiso de aceptar la prerrogativa de acceso a tiempo en radio y televisión que legalmente corresponda otorgar a la coalición total, bajo los parámetros siguientes: el treinta por ciento del tiempo que corresponda distribuir en forma igualitaria, será utilizado por la coalición como si se tratara de un solo partido político; el setenta por ciento del tiempo que corresponda distribuir en forma proporcional a la votación obtenida en la elección para Diputados Locales inmediata anterior en la entidad federativa de que se trate por cada uno de los partidos coaligados, se distribuirá entre cada partido político bajo los términos y condiciones establecidos en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
j) Tratándose de coalición parcial o flexible, el compromiso de cada partido político de acceder a su respectiva prerrogativa en radio y televisión, ejerciendo sus derechos por separado.
k) La forma en que será distribuida la prerrogativa de acceso a tiempo en radio y televisión que corresponda ejercer a la coalición, entre sus candidatos a Diputados Locales o a la Asamblea Legislativa de mayoría relativa, Ayuntamientos o Titulares de los Órganos Político-Administrativos de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal y/o Gobernador, así como entre los de cada partido, por cada uno de esos medios de comunicación”.
VII. Del Convenio de Coalición Parcial, así como de los anexos presentados, para determinar sí se dio cumplimiento a lo preceptuado por el Acuerdo INE/CG928/2015, se derivan las conclusiones siguientes:
1. Modalidad de la coalición y su cumplimiento.-
Conforme al escrito y documentación respectiva presentada ante la Secretaria Ejecutiva del Instituto Electoral de Tamaulipas el día 20 de enero del año en curso, en específico del original del convenio exhibido, se advierte que los promoventes solicitaron el registro del convenio de la coalición bajo la modalidad parcial.
A juicio de esta autoridad, la solicitud de referencia que se sustenta en tal convenio cumple con los dispuesto por el numeral 1 de los “Lineamientos que deberán observar los organismos públicos locales electorales respecto de la solicitud del registro de los convenios de coalición para los procesos electorales locales” (en adelante: Lineamientos); respecto a las modalidades posibles de coalición; el cual determina en su inciso b) Coalición parcial para postularse al menos el 50% de las candidaturas en un mismo proceso electoral local, bajo una misma plataforma electoral local; situación que para el caso del Estado de Tamaulipas, correspondería al menos en 22 municipios.
En la especie del documento mencionado se desprende lo siguiente:
Postulación de candidatos a miembros de Ayuntamientos en cuarenta municipios de la entidad: | |
1.- Xxxxxxx | 2.- Aldama |
3.- Altamira | 4.- Antiguo Xxxxxxx |
5.- Burgos | 6.-Xxxxxxxxxx |
7.- Camargo | 8.- Casas |
9.- Ciudad Xxxxxx | 10.- El Mante |
11.- Xxxxx Xxxxxx | 12.- Xxxxxxxx |
13.- Xxxxxx | 14.- Guerrero |
15.- Xxxxxxx Xxxx Xxxxx | 16.- Hidalgo |
17.- Jaumave | 18.- Xxxxxxx |
19.- Llera | 20.- Xxxxxxx |
21.- Matamoros | 22.- Xxxxxx |
23.- Xxxx | 24.- Xxxxxx Xxxxxx |
25.- Miquihuana | 26.- Nuevo Laredo |
27.- Nuevo Xxxxxxx | 28.- Xxxxxx |
29.- Xxxxxxx | 30.- Reynosa |
31.- Río Xxxxx | 32.- San Xxxxxx |
33.- San Xxxxxxxx | 34.- Xxxx La Marina |
35.- Tampico | 36.- Tula |
37.- Xxxxx Hermoso | 38.- Victoria |
39.- Xxxxxxxxx | 40.- Xicoténcatl |
Derivado de lo anterior, es inconcuso determinar que la solicitud de registro del convenio de coalición, tiene la modalidad de parcial, porque cumple con lo dispuesto por el citado lineamiento.
2. Oportunidad de la presentación de la solicitud de registro del Convenio de Coalición Parcial.-
El numeral 3 de los Lineamientos señala que los partidos que busquen coaligarse para los Procesos Electorales Locales, deberán presentar la solicitud de registro del convenio respectivo al Presidente del Organismo Público Local, y en ausencia de éste al Secretario Ejecutivo, hasta la fecha en que inicie la etapa de precampañas establecida en cada entidad federativa acompañada de la documentación respectiva.
En este sentido, el acuerdo del Consejo General IETAM/CG-23/2015, mediante el cual se modifica el calendario electoral 2015-2016 para ajustarlo a lo establecido en los “Lineamientos que deberán observar los organismos públicos locales electorales respecto de la solicitud del registro de los convenios de coalición para los procesos electorales locales”, prevé que la fecha límite para presentar solicitudes de registro de convenios de coalición, será el 20 de enero de 2016.
En el caso de análisis, el escrito y su documentación respectiva fueron presentados ante la Secretaría Ejecutiva el día 20 de enero del presente año, por lo que se advierte que los promoventes exhibieron la solicitud de registro del convenio de la coalición parcial dentro de la fecha límite, dando cumplimiento a lo dispuesto por el numeral 3 de los Lineamientos.
3. De la documentación que sustenta el registro del Convenio de Coalición Parcial.
Para analizar la documentación que sustenta el registro del convenio de la Coalición Parcial, se precisa que en autos consta el escrito y su
documentación pertinente presentados en la Secretaría Ejecutiva el día 20 de enero de 2016.
Los solicitantes observaron el numeral 3 de los Lineamientos porque acompañaron los documentos atinentes, tal y como se razona en seguida:
Lineamientos | Documentación presentada |
3 inciso a) Original del Convenio de Coalición con firma autógrafa de los Presidentes de los partidos políticos integrantes o de sus órganos de dirección facultados para ello. | Convenio Original del convenio de la coalición parcial del 20 de enero de 2016, que consta de la firma autógrafa de los Presidentes de los Partidos Revolucionario Institucional; Nueva Alianza y Verde Ecologista de México en Tamaulipas, en 39 fojas con texto por un solo lado. |
Constancias de acreditación de los partidos políticos | |
Original de constancia mediante la cual se reconoce la acreditación del Partido Revolucionario Institucional ante el Instituto Electoral de Tamaulipas, expedida por el Secretario Ejecutivo de dicho organismo el 19 de enero de 2016. | |
Original de constancia mediante la cual se reconoce la acreditación del Partido Verde Ecologista de México en Tamaulipas ante el Instituto Electoral de Tamaulipas, expedida por el Secretario Ejecutivo de dicho organismo el 19 de enero de 2016. Original de constancia mediante la cual se reconoce la acreditación del Partido Nueva Alianza ante el Instituto Electoral de Tamaulipas, expedida por el Secretario Ejecutivo de dicho organismo el 19 de enero de 2016. Legitimación para suscribir el convenio Partido Revolucionario Institucional Constancia mediante la cual se reconoce la acreditación ante el Instituto Electoral de Tamaulipas, del Lic. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, como Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario Institucional, expedida por el Secretario Ejecutivo del organismo electoral el día 19 de enero de 2016. | |
Partido Verde Ecologista de México | |
Constancia mediante la cual se reconoce la acreditación ante el Instituto Electoral de Tamaulipas, del Lic. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxx, como Secretario General del Comité Ejecutivo Estatal del Partido Verde Ecologista de México en Tamaulipas, expedida por el Secretario Ejecutivo del organismo electoral el día 19 de enero de 2016. | |
Nueva Alianza |
Constancia mediante la cual se reconoce la acreditación ante el Instituto Electoral de Tamaulipas, del Lic. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, como Presidente del Comité Directivo de Nueva Alianza en Tamaulipas, expedida por el Secretario Ejecutivo del organismo electoral el día 19 de enero de 2016. | |
3 inciso b) Convenio de Coalición en formato digital con extensión .doc | Recibido en fecha 20 de enero de 2016. |
3 inciso c) Sesión válida del órgano competente de cada partido político y aprobación para participar en la coalición respectiva. | Partido Revolucionario Institucional Copia certificada del Acta de la sesión especial del Comité Ejecutivo Nacional, de 4 de diciembre de 2015, que consta en 3 fojas con texto por un solo lado, mediante el cual se aprobó el acuerdo que autoriza al Comité Directivo Estatal de Tamaulipas, para acordar, suscribir, presentar y modificar convenios de coalición y/o candidaturas comunes con las instancias competentes de los partidos políticos afines a dicho instituto político para postular candidatos para la elección de Gobernador, Diputados locales por el principio de mayoría relativa y presidentes municipales en el marco del proceso electoral local 2015-2016 en esta entidad federativa. Copia certificada del Acta de la Sesión Extraordinaria del Comité Directivo Estatal y Consejo Político Estatal Tamaulipas xxx xxxxxx 5 de diciembre de 2015, mediante el cual se autoriza al Comité Directivo Estatal a iniciar pláticas para acordar, suscribir, presentar y modificar convenios de coalición y/o candidaturas comunes para las elecciones, de gobernador, diputados locales e integrantes de ayuntamientos para el proceso electoral ordinario 2015-2016. Original de escritura pública no. 7923, de 20 de enero de 2016, instrumentada por la Lic. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Notaria Adscrita a la Notaria Xxxxxxx xxxxxx 00, xx Xxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxxx, con ejercicio en el Primer Distrito Judicial del Estado de Tamaulipas, en la que se da fe de la instalación y celebración de la Sesión Extraordinaria del Consejo Político Estatal Tamaulipas, del Partido Revolucionario Institucional, y anexo a este documento se encuentra el Acta de la Sesión Extraordinaria del Comité Directivo Estatal y Consejo Político Estatal Tamaulipas xxx xxxxxx 19 de enero de 2016, mediante el cual se aprueba el Proyecto de Convenio de Coalición Parcial para la elección de integrantes de ayuntamientos con los partidos políticos nacionales Verde Ecologista de México y Nueva Alianza en los Municipios xx Xxxxxxx, Xxxxxx, Altamira, Antiguo Xxxxxxx, Burgos, Xxxxxxxxxx, Camargo, Xxxxx, Ciudad Xxxxxx, El Mante, Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxx Xxxxx, Hidalgo, Xxxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxxxxx, Xxxxxx, |
Xxxx, Xxxxxx Xxxxxx, Miquihuana, Nuevo Laredo, Nuevo Xxxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxx, Reynosa, Río Xxxxx, San Xxxxxx, Xxx Xxxxxxxx, Xxxx Xx Xxxxxx, Xxxxxxx, Xxxx, Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx x Xxxxxxxxxxx; se autoriza al Presidente del Comité Directivo Estatal a suscribir el Convenio de Coalición Parcial para la elección de integrantes de ayuntamientos con los partidos políticos nacionales Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, en los citados municipios; y se autoriza al Presidente del Comité Directivo Estatal para que conforme a los tiempos señalados en las disposiciones legales en materia electoral proceda a realizar la solicitud de registro del Convenio de Coalición Parcial para la elección de integrantes de ayuntamientos en los municipios referidos, con los partidos políticos nacionales Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, ante el Instituto Electoral de Tamaulipas. Con base en lo anterior se determina que los órganos que emitieron estos documentos son los competentes para tal efecto, en términos de los artículos 7, 9 y 119, fracción XXV de sus Estatutos. Partido Verde Ecologista de México Copia certificada del Acuerdo CPETAM-02/2015 del Consejo Político del Estado de Tamaulipas, del Partido Verde Ecologista de México, de 8 de diciembre de 2015, que consta de 7 fojas con texto por un solo lado, mediante el cual se autoriza al Secretario General del Comité Ejecutivo Estatal a contender en coalición con el Partido Revolucionario Institucional para la elección de Ayuntamientos en el proceso electoral 2015-2016 y la posibilidad de que se integren a la coalición otros partidos políticos; se solicita al Secretario General del Comité Ejecutivo en el Estado de Tamaulipas, someta a consideración del Consejo Político Nacional; la ratificación de contender en Coalición Parcial con el Partido Revolucionario Institucional para la elección de Ayuntamientos y la posibilidad de que se integren otros partidos políticos para los próximos comicios, a celebrarse el 5 xx xxxxx de 2016; la ratificación de la aprobación de los Convenios de Coalición y sus anexos, así como la postulación y registro como coalición de los candidatos a miembros de los ayuntamientos; la autorización para que el Secretario General del Comité Ejecutivo del Estado de Tamaulipas, suscriba los Convenios de Coalición y la aprobación expresa para que sea ese órgano colegiado el que apruebe y/o realice modificaciones necesarias a los Convenios de Coalición. Copia certificada del Acuerdo CPETAM-21/2015 BIS del Consejo Político Nacional, del Partido Verde Ecologista de México, de 11 de diciembre de 2015, que consta de 7 fojas con texto por un solo lado, mediante el cual se tiene por instalado dicho Consejo; se aprueba la ratificación de contender en Coalición Parcial con el Partido Revolucionario Institucional para la elección de Ayuntamientos y la posibilidad de que se integren a las Coaliciones otros partidos políticos para los próximos comicios a celebrarse el 5 xx xxxxx de 2016; la ratificación de |
la aprobación de los Convenios de Coalición y sus anexos, así como la postulación y registro, como coalición de los candidatos a miembros de los Ayuntamientos; la autorización, para que de conformidad con la fracción IV, del artículo 18 de los estatutos del partido, el Secretario General del Comité Ejecutivo del Estado de Tamaulipas, suscriba los Convenios de Coalición; la aprobación para sea este órgano colegiado el que apruebe y/o realice las modificaciones necesarias a los Convenios de Coalición, si fueran indispensables una vez firmados y registrados ante la autoridad electoral, con la salvedad de solo hacerlo del conocimientos del Consejo Político Nacional. Con base en lo anterior se determina que los órganos que emitieron estos documentos son los competentes para tal efecto, en términos de los artículos 18, fracciones III y IV de sus Estatutos. Nueva Alianza Copia certificada del Acta de Asamblea Extraordinaria del Comité de Dirección Nacional de Nueva Alianza, de 19 de enero de 2016, que consta de 6 fojas con texto por un solo lado, mediante el cual se aprueba el Acuerdo del Comité de Dirección Nacional de Nueva Alianza, en el que se hace constar la autorización de dicho Comité para que ese partido contienda en el proceso electoral local ordinario 2015-2016, en el Estado libre y soberano de Tamaulipas, en Coalición tratándose de los candidatos y candidatas a integrar los H. Ayuntamientos, en los términos que acuerde el Consejo Estatal de Nueva Alianza en la Entidad; y se ordena expedir constancia de la autorización que emite dicho Comité, al Presidente del Comité de Dirección Estatal en el Estado libre y soberano de Tamaulipas, C. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, para que sea presentada ante la autoridad electoral que resulte competente. Copia certificada del Acta de Asamblea Extraordinaria del Consejo Estatal de Nueva Alianza en el Estado de Tamaulipas, de 19 de enero de 2016, que consta de 10 fojas con texto por un solo lado, mediante el cual se aprueba el Convenio de Coalición parcial presentado por el Presidente del H. Comité de Dirección Estatal, para celebrarse entre el Partido Revolucionario Institucional, el Partido Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, para postular candidatos y candidatas a Gobernador y a miembros de los Ayuntamientos de la entidad que se elegirán en el proceso electoral ordinarios 2015-2016, por lo que queda facultado para suscribir el referido Convenio y proceder a su legal registro, siempre que cuente con la aprobación y autorización del Comité de Dirección Nacional de este Partido. Con base en lo anterior se determina que los órganos que emitieron estos documentos son los competentes para tal efecto, en términos del artículo 57, fracción XVIII de su Estatuto. | |
3 inciso c) Sesión válida del órgano competente de cada partido político y aprobación de la plataforma electoral | Partido Revolucionario Institucional Copia certificada del Acta de la Sesión Extraordinaria del Comité Directivo Estatal y Consejo Político Estatal Tamaulipas xxx xxxxxx 5 de diciembre de 2015, mediante el cual se aprueba la Plataforma Electoral para el proceso electoral ordinario 2015-2016. |
Partido Verde Ecologista de México | |
Copia certificada del Acuerdo CPETAM-02/2015 del Consejo Político del Estado de Tamaulipas, del Partido Verde Ecologista de México, de 8 de diciembre de 2015, que consta de 7 fojas con texto por un solo lado, mediante el cual se solicita al Secretario General del Comité Ejecutivo en el Estado de Tamaulipas, someta a consideración del Consejo Político Nacional; la ratificación de la Plataforma Electoral. | |
Copia certificada del Acuerdo CPETAM-21/2015 BIS del Consejo Político Nacional, del Partido Verde Ecologista de México, de 11 de diciembre de 2015, que consta de 7 fojas con texto por un solo lado, mediante el cual se tiene por instalado dicho Consejo; se aprueba la ratificación de la aprobación de la Plataforma Electoral. | |
Nueva Alianza | |
Copia certificada del Acta de Asamblea Extraordinaria del Consejo Estatal de Nueva Alianza en el Estado de Tamaulipas, de 19 de enero de 2016, que consta de 10 fojas con texto por un solo lado, mediante el cual se aprueba la Plataforma Electoral de la Coalición. | |
3 inciso c) Sesión válida del órgano competente de cada partido político y aprobación de postular y registrar, como coalición, a los candidatos a los cargos de Ayuntamientos | Partido Revolucionario Institucional Copia certificada del Acta de la sesión especial del Comité Ejecutivo Nacional, de 4 de diciembre de 2015, que consta en 3 fojas con texto por un solo lado, mediante el cual se aprobó el acuerdo que autoriza al Comité Directivo Estatal de Tamaulipas, para acordar, suscribir, presentar y modificar convenios de coalición y para postular candidatos a Presidentes Municipales de esta Entidad Federativa en el marco del Proceso Electoral Local 2015-2016. Partido Verde Ecologista de México Copia certificada del Acuerdo CPETAM-21/2015 BIS del Consejo Político Nacional, del Partido Verde Ecologista de México, de 11 de diciembre de 2015, que consta de 7 fojas con texto por un solo lado, mediante el cual se tiene por instalado dicho Consejo; se aprueba la ratificación de contender en Coalición Parcial con el Partido Revolucionario Institucional para la elección de Ayuntamientos y la posibilidad de que se integren a las Coaliciones otros partidos políticos para los próximos comicios a celebrarse el 5 xx xxxxx de 2016; la ratificación de |
la aprobación de los Convenios de Coalición y sus anexos, así como la postulación y registro , como coalición de los candidatos a miembros de los Ayuntamientos. Nueva Alianza Copia certificada del Acta de Asamblea Extraordinaria del Consejo Estatal de Nueva Alianza en el Estado de Tamaulipas, de 19 de enero de 2016, que consta de 10 fojas con texto por un solo lado, mediante el cual el Presidente de la Mesa Directiva de dicha Asamblea, presenta el Convenio de Coalición Parcial que celebran el partido Revolucionario Institucional, el Partido Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, para postular a los candidatos y candidatas a miembros de los H. Ayuntamientos de la Entidad, a elegirse en el Proceso Electoral ordinario 2015-2016, mismo que es aprobado por unanimidad en los términos expuestos por el propio Presidente de la Asamblea. | |
3 inciso d) Plataforma Electoral de la Coalición, en medio impreso y en formato digital con extensión .doc | Recibida en fecha 20 de enero de 2016 |
Como se observa los partidos políticos integrantes de la Coalición Parcial presentaron debidamente la documentación que refiere el numeral 3 de los Lineamientos de la materia.
4. Documentos adicionales que acreditan la documentación aludida en el inciso c) del numeral 3 de los Lineamientos.
Para acreditar la documentación aludida en el inciso c) numeral 3 de los Lineamientos, los partidos políticos integrantes de la coalición entregaron la documentación que consideraron pertinente, de este modo en autos, consta el escrito y su documentación respectiva presentada en la Secretaría Ejecutiva el día 20 de enero del año en curso.
A juicio de esta autoridad, los documentos se tiene por presentados, dada su propia y especial naturaleza, a los cuales debe otorgárseles valor probatorio pleno en cuanto los hechos que consignan, advirtiéndose la celebración del convenio en los términos establecidos en los estatutos de los partidos integrantes de la coalición y aprobado por sus órganos competentes por lo que en términos de lo dispuesto por el párrafo 6 del artículo 85 de la Ley General de Partidos Políticos se presume la validez del citado Convenio de Coalición.
Ciertamente los solicitantes observaron el numeral 4 de los Lineamientos porque acompañaron los documentos atinentes, de acuerdo a lo siguiente:
Lineamientos | Documentación presentada |
4 inciso a) |
Original o copia certificada de la sesión celebrada por los órganos de dirección que cuenten con las facultades estatutarias, conforme al artículo 89, párrafo 1, inciso a) de la Ley General de Partidos Políticos, a fin de aprobar que el partido político contienda en coalición en la elección de Diputados Locales o a la Asamblea legislativa por el principio de mayoría relativa, Ayuntamientos o titulares de los Órganos Político-Administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal y/o Gobernador, anexando la convocatoria respectiva, orden del día, acta o minuta de la sesión, o en su caso, versión estenográfica y lista de asistencia. | Partido Revolucionario Institucional Copia certificada del Acta de la sesión especial del Comité Ejecutivo Nacional, de 4 de diciembre de 2015, que consta en 3 fojas con texto por un solo lado, mediante el cual se aprobó el acuerdo que autoriza al Comité Directivo Estatal de Tamaulipas, para acordar, suscribir, presentar y modificar convenios de coalición y/o candidaturas comunes con las instancias competentes de los partidos políticos afines a dicho instituto político, recibido en fecha 20 de enero de 2016. Copia certificada de la Convocatoria que consta de 2 fojas con texto por un solo lado y que integra el orden del día de la Sesión Especial del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Revolucionario Institucional a celebrarse el día 4 de diciembre de 2015. Copia certificada que consta de 2 fojas con texto por un solo lado de la Lista de asistencia de la Sesión Especial del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Revolucionario Institucional celebrada el día 4 de diciembre de 2015. Partido Verde Ecologista de México Copia certificada del Acuerdo CPETAM-21/2015 BIS del Consejo Político Nacional, del Partido Verde Ecologista de México, de 11 de diciembre de 2015, que consta de 7 fojas con texto por un solo lado, mediante el cual se tiene por instalado dicho Consejo; se aprueba la ratificación de contender en Coalición con el Partido Revolucionario Institucional para la elección de Gobernador Constitucional y la posibilidad de que se integren a las Coaliciones otros partidos políticos para los próximos comicios a celebrarse el 5 xx xxxxx de 2016; la ratificación de la aprobación de los Convenios de Coalición y sus anexos, así como la postulación y registro, como coalición del candidato a Gobernador Constitucional; la autorización, para que de conformidad con la fracción IV, del artículo 18 de los estatutos del partido, el Secretario General del Comité Ejecutivo del Estado de Tamaulipas, suscriba los Convenios de Coalición; la aprobación para sea este órgano colegiado el que apruebe y/o realice las modificaciones necesarias a los Convenios de Coalición, si fueran indispensables una vez firmados y registrados ante la autoridad electoral, con la salvedad de solo hacerlo del conocimientos del Consejo Político Nacional. Copia certificada de la Convocatoria a la Sesión del Consejo Político Nacional del Partido Verde Ecologista de México, a celebrarse el 11 de diciembre de 2015. Nueva Alianza Copia certificada del Acta de Asamblea Extraordinaria del Comité de Dirección Nacional de Nueva Alianza, de 19 de enero de 2016, que consta de 6 fojas con texto por un solo lado, mediante el cual se aprueba el Acuerdo del Comité |
de Dirección Nacional de Nueva Alianza, en el que se hace constar la autorización de dicho Comité para que ese partido contienda en el proceso electoral local ordinario 2015-2016, en el Estado libre y soberano de Tamaulipas, en Coalición tratándose de los candidatos y candidatas a integrar los H. Ayuntamientos, en los términos que acuerde el Consejo Estatal de Nueva Alianza en la Entidad; y se ordena expedir constancia de la autorización que emite dicho Comité, al Presidente del Comité de Dirección Estatal en el Estado libre y soberano de Tamaulipas, C. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, para que sea presentada ante la autoridad electoral que resulte competente. Copia certificada de la Convocatoria a la Asamblea Extraordinaria del Comité de Dirección Nacional de Nueva Alianza, a celebrarse el día 19 de enero de 2015, el cual integra el orden del día y Lista de asistencia. Copia certificada que consta de 2 fojas con texto por un solo lado de la Lista de asistencia de la Asamblea Extraordinaria del Comité de Dirección Nacional de Nueva Alianza celebrada el día 19 de enero de 2016. | |
4 inciso b) Original o copia certificada de la sesión del órgano competente del partido político, en el cual conste que se aprobó convocar a la instancia facultada para decidir la participación en una coalición, incluyendo convocatoria, orden del día, acta o minuta de la sesión, o en su caso, versión estenográfica y lista de asistencia | Partido Revolucionario Institucional Escritura pública no. 7923, de 20 de enero de 2016, instrumentada por la Lic. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Notaria Adscrita a la Notaria Xxxxxxx xxxxxx 00, xx Xxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxxx, con ejercicio en el Primer Distrito Judicial del Estado de Tamaulipas, en la que se da fe de la instalación y celebración de la Sesión Extraordinaria del Consejo Político Estatal Tamaulipas, del Partido Revolucionario Institucional, y anexo a este documento se encuentra el Acta de la Sesión Extraordinaria del Comité Directivo Estatal y Consejo Político Estatal Tamaulipas xxx xxxxxx 19 de enero de 2016, mediante el cual se aprueba el Proyecto de Convenio de Coalición Parcial para la elección de integrantes de ayuntamientos con los partidos políticos nacionales Verde Ecologista de México y Nueva Alianza en los Municipios xx Xxxxxxx, Xxxxxx, Altamira, Antiguo Xxxxxxx, Burgos, Xxxxxxxxxx, Camargo, Xxxxx, Ciudad Xxxxxx, El Mante, Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxx Xxxxx, Hidalgo, Xxxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxxxxx, Xxxxxx, Xxxx, Xxxxxx Xxxxxx, Miquihuana, Nuevo Laredo, Nuevo Xxxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxx, Reynosa, Río Xxxxx, San Xxxxxx, Xxx Xxxxxxxx, Xxxx Xx Xxxxxx, Xxxxxxx, Xxxx, Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx x Xxxxxxxxxxx; se autoriza al Presidente del Comité Directivo Estatal a suscribir el Convenio de Coalición Parcial para la elección de integrantes de ayuntamientos con los partidos políticos nacionales Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, en los citados municipios; y se autoriza al Presidente del Comité Directivo Estatal para que conforme a los tiempos señalados en las disposiciones legales |
en materia electoral proceda a realizar la solicitud de registro del Convenio de Coalición Parcial para la elección de integrantes de ayuntamientos en los municipios referidos, con los partidos políticos nacionales Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, ante el Instituto Electoral de Tamaulipas. Copia certificada de la Convocatoria a la Sesión Extraordinaria de la Comisión Política Permanente del Consejo Político Estatal del Partido Revolucionario Institucional, a celebrarse el día 19 de enero de 2016, misma que consta de 2 fojas con texto por un solo lado. Copia certificada de la lista de asistencia a la Sesión Extraordinaria de la Comisión Política Permanente del Consejo Político Estatal del Partido Revolucionario Institucional, celebrada el día 19 de enero de 2016, misma que consta de 6 fojas con texto por un solo lado. Partido Verde Ecologista de México Copia certificada del Acuerdo CPETAM-02/2015 del Consejo Político del Estado de Tamaulipas, del Partido Verde Ecologista de México, de 8 de diciembre de 2015, que consta de 7 fojas con texto por un solo lado, mediante el cual se autoriza al Secretario General del Comité ejecutivo Estatal a contender en coalición con el Partido Revolucionario Institucional para la elección de Gobernador en el proceso electoral 2015-2016 y la posibilidad de que se integren a la coalición otros partidos políticos.. Copia certificada de la Convocatoria a la Sesión del Consejo Político Estatal del Partido Verde Ecologista de México en el Estado de Tamaulipas, a celebrarse el día 8 de diciembre de 2015. Copia certificada de la lista de asistencia a la Sesión del Consejo Político Estatal del Partido Verde Ecologista de México en el Estado de Tamaulipas, celebrada el día 8 de diciembre de 2015, misma que consta de 3 fojas, con texto por un solo lado. Partido Nueva Alianza Copia certificada del Acta de Asamblea Extraordinaria del Consejo Estatal de Nueva Alianza en el Estado de Tamaulipas, de 19 de enero de 2016, que consta de 10 fojas con texto por un solo lado, mediante el cual el Presidente de la Mesa Directiva de dicha Asamblea, presenta el Convenio de Coalición Parcial que celebran el partido Revolucionario Institucional, el Partido Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, para postular a los candidatos y candidatas a miembros de los H. Ayuntamientos de la Entidad, a elegirse en el Proceso Electoral ordinario 2015-2016, mismo que es aprobado por unanimidad en los términos expuestos por el propio Presidente de la Asamblea. Dicha acta integra el orden del día y la lista de asistencia correspondiente. |
Copia certificada de la convocatoria a la Asamblea Extraordinaria del Consejo Estatal de Nueva Alianza en el Estado de Tamaulipas, a celebrarse el día 19 de enero de 2016. Copia certificada de lista de asistencia a la Asamblea Extraordinaria del Consejo Estatal de Nueva Alianza en el Estado de Tamaulipas celebrada el día 19 de enero de 2016, que consta en 2 fojas con texto en un solo lado. | |
4 inciso c) Original o copia certificada de toda la información y elementos de convicción adicionales que permitan a la autoridad electoral, verificar que la decisión partidaria de conformar una coalición fue adoptada de conformidad con los Estatutos de cada partido político integrante y que fue aprobada la plataforma electoral por el órgano competente. | Partido Revolucionario Institucional Copia certificada de escrito de fecha 4 de diciembre de 2015, dirigido al Lic. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario Institucional, signado por el Lic. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, Presidente del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Revolucionario Institucional, mediante el cual informa el Acuerdo del Comité Ejecutivo Nacional por el que autoriza al Comité Ejecutivo Estatal de Tamaulipas, para acordar, suscribir, presentar y modificar convenios de coalición y/o candidaturas comunes con las instancias competentes de los partidos políticos afines, para postular candidatos a gobernador, diputados locales por el principio de mayoría relativa y presidentes municipales de esta entidad federativa en el marco del proceso electoral local 2015-2016, en los términos que establezcan los Estatutos y las legislaciones federal y local aplicables. Autorización que abarca la presentación en tiempo y forma del convenio resultante ante el Instituto Electoral de Tamaulipas. Partido Nueva Alianza Copia certificada de escrito sin fecha dirigido al C. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, Presidente del Comité de Dirección Estatal de Nueva Alianza en Tamaulipas, signado por el Maestro Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx y el Diputado Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Presidente y Secretario General del Comité de Dirección Nacional de Nueva Alianza, respectivamente, mediante el cual informan la autorización para que Nueva Alianza contienda bajo la figura de Coalición y/o Candidatura Común con los Partidos Políticos Nacionales y/o Estatales, que acuerde el X. Xxxxxxx Xxxxxxx xx Xxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx. Dicha autorización para participar en coalición o candidatura común, podrá ser ejercida tratándose de la postulación del candidato o la candidata a Gobernador o Gobernadora Constitucional de la Entidad, de los candidatos y candidatas a Diputados y Diputadas Locales y de los candidatos y candidatas a integrar los X. Xxxxxxxxxxxxx, autorizándolo consecuentemente a suscribir el convenio y los documentos que resulten necesarios, sin perjuicio de la autorización que al respecto otorgue el Consejo Estatal. |
Como se observa con la información adicional presentada por los Partidos Revolucionario Institucional y Nueva Alianza se da cumplimiento al numeral 4 de los
Lineamientos de mérito, toda vez que corresponde a información complementaria derivada de los acuerdos y documentación emitida por los órganos competentes y de conformidad con las disposiciones internas de cada instituto político; por lo que respecta al Partido Verde Ecologista de México en Tamaulipas, no obstante que el mismo no presenta documento adicional, de la revisión de cada uno de los requisitos señalados por la normatividad de referencia citados en apartados anteriores, se da por cumplido el señalamiento relacionado con la decisión partidaria de conformar una coalición y que la misma fue adoptada de conformidad con los Estatutos de dicho partido político.
5.- Análisis del Convenio conforme al numeral 5 de los Lineamientos
A efecto de analizar el Convenio conforme al numeral 5 de los Lineamientos, se indica que los partidos integrantes de la Coalición Parcial entregaron el Convenio en original, el cual forma parte integrante del presente acuerdo, como Anexo 1.
A juicio de esta autoridad, el documento se tiene por presentado, dada su propia y especial naturaleza, al cual debe otorgárseles valor probatorio pleno en cuanto los hechos que consignan, advirtiéndose su celebración en los términos establecidos en los estatutos de los partidos integrantes de la coalición, que el mismo establece todos y cada uno de los aspectos señalados en el numeral 5 de los Lineamientos y que fue aprobado por sus órganos competentes por lo que en términos de lo dispuesto por el párrafo 6 del artículo 85 de la Ley General de Partidos Políticos se presume la validez del citado Convenio de Coalición.
Lo anterior se hace constar en base a lo siguiente:
Lineamientos | Original del Convenio |
5 inciso a) La denominación de los partidos políticos que integran la coalición, así como el nombre de sus representantes legales para los efectos a que haya lugar | Acordado en la Cláusula Segunda, advirtiéndose en el encabezado y declaraciones del Convenio lo siguiente: Partido Revolucionario Institucional, en lo sucesivo “PRI”, representado por el Presidente del Comité Directivo Estatal, Lic. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx. Partido Verde Ecologista de México, en lo sucesivo “PVEM”, representado por el Diputado Local Xxxxxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxx, Secretario General del Comité Ejecutivo Estatal de ese partido. Partido Nueva Alianza, en lo sucesivo “NA”, representado por el Diputado Federal Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, Presidente del Comité de Dirección Estatal. |
5 inciso b) La elección que motiva la coalición, especificando su modalidad. En caso de coalición parcial o flexible, se precisará el número total de fórmulas de candidatos a postular, así como la relación de los distritos electorales locales y, en su caso, municipios o demarcaciones territoriales para el caso del Distrito Federal, en los cuales contenderán | Acordado en la Cláusula Primera y Cuarta. |
dichos candidatos. | |
5 inciso c) El procedimiento que seguirá cada partido político para la selección de los candidatos que serán postulados por la coalición, en su caso por tipo de elección. | Acordado en las Cláusulas Quinta y Sexta. |
5 inciso d) El compromiso de los candidatos a sostener la Plataforma Electoral aprobada por los órganos partidarios competentes. | Acordada en la Cláusula Octava. |
5 inciso e) El origen partidario de los candidatos a Diputados Locales o a la Asamblea legislativa de mayoría relativa que serán postulados por la coalición, así como el grupo parlamentario o partido político en el que quedarían comprendidos en el caso de resultar electos. | No aplica |
5 inciso f) La persona que ostenta la representación legal de la coalición, a efecto de interponer los medios de impugnación que resulten procedentes. | Acordado en Cláusula Novena. |
5 inciso g) La obligación relativa a que los partidos políticos integrantes de la coalición y sus candidatos, se sujetarán a los topes de gastos xx xxxxxxx que se fijen para la referida elección, como si se tratara de un solo partido político. | Acordado en Cláusula Décima. |
5 inciso k) La expresión, en cantidades líquidas o porcentajes, del monto del financiamiento que aportará cada partido político coaligado para el desarrollo de las campañas respectivas, así como la forma de reportarlo en los informes correspondientes; lo anterior, con apego irrestricto a las disposiciones legales, reglamentarias y a los lineamientos que al efecto establezcan las autoridades electorales en sus respectivos ámbitos de competencia. | Acordado en Cláusula Décima Primera. |
5 inciso i) El compromiso de aceptar la prerrogativa de acceso a tiempo en radio y televisión que legalmente corresponda otorgar a la coalición total. | No aplica. |
5 inciso j) Tratándose de coalición parcial o flexible, el compromiso de cada partido político de acceder a su respectiva prerrogativa en radio y televisión, ejerciendo sus derechos por separado. | Acordado en Cláusula Décima Tercera. |
5 inciso k) La forma en que será distribuida la prerrogativa de acceso a tiempo en radio y televisión que corresponda ejercer a la coalición, entre sus candidatos a Diputados Locales o a la | Acordado en Cláusula Décima Tercera. |
Asamblea Legislativa de mayoría relativa, Ayuntamientos o Titulares de los Órganos Político-Administrativos de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal y/o Gobernador, así como entre los de cada partido, por cada uno de esos medios de comunicación. |
Como se observa, del análisis al Convenio de Coalición Parcial es inconcuso determinar que se cumple lo previsto en el numeral 5 de los Lineamientos.
6.- Respeto absoluto de la Coalición Parcial al Principio de Paridad en las Candidaturas.
Para acreditar el respeto absoluto de la Coalición Parcial al Principio de Paridad en las Candidaturas, la Cláusula Séptima del Convenio de Coalición Parcial señala: “…las partes se comprometen a observar el respeto absoluto al principio de paridad en las candidaturas, conforme a lo establecido en los artículos 233 y 234 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en relación a lo dispuesto por el artículo 3 párrafos 4 y 5 de la Ley General de Partidos Políticos.
Por lo anterior se determina que sobre la cuestión de mérito se ha convenido observar el principio de paridad en las candidaturas; dando cumplimiento a lo establecido por el numeral 7 de los Lineamientos.
7.- Representación ante el Consejo General y los Consejos Distritales y Municipales.
Con relación al numeral 9 de los Lineamientos, la cual determina que cada partido político coaligado conservará su propia representación ante los Consejos de los Organismos Públicos Locales y ante las mesas directivas xx xxxxxxx, debe advertirse que en la Cláusula Novena del Convenio de Coalición Parcial objeto de este análisis, las partes acuerdan en términos de lo dispuesto por el artículo 90, numeral 1, de la Ley General de Partidos Políticos, que cada partido político que suscribe el presente convenio conservará su propia representación ante los Consejos General, Distritales y Municipales del Instituto Electoral de Tamaulipas, así como ante las mesas directivas xx xxxxxxx que se instalen en la jornada del 5 xx xxxxx de 2016.
Lo anterior, demuestra el apego de los partidos políticos integrantes de la Coalición Parcial al numeral 9 de los citados Lineamientos.
Conforme a los artículos 92 de la Ley General de Partidos Políticos y 110 fracción VIII de la Ley Electoral del Estado de Tamaulipas, el Consejo General recibirá, registrará, resolverá y publicará los Convenios de Coalición que presenten formalmente los partidos políticos que pretendan coaligarse para contender en el proceso electoral del 2015-2016, por lo que una vez concluido el análisis del Convenio de la Coalición Parcial presentado por los Partidos Políticos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, se está en condiciones de emitir el acuerdo respectivo.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, el Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas, emite el siguiente:
A C U E R D O
PRIMERO. Se tiene a los Partidos Políticos REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO Y NUEVA ALIANZA,
por reconocida su personalidad y capacidad jurídica para suscribir el Convenio de Coalición Parcial, a efecto de contender en la elección Constitucional de 40 Ayuntamientos en el Estado de Tamaulipas, en el proceso electoral ordinario 2015-2016, siendo estos Xxxxxxx, Xxxxxx, Altamira, Antiguo Xxxxxxx, Burgos, Xxxxxxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxx, Ciudad Xxxxxx, El Mante, Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxx Xxxxx, Hidalgo, Xxxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxxxxx, Xxxxxx, Xxxx, Xxxxxx Xxxxxx, Miquihuana, Nuevo Laredo, Nuevo Xxxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxx, Reynosa, Río Xxxxx, San Xxxxxx, San Xxxxxxxx, Xxxx La Marina, Tampico, Tula, Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx y Xicoténcatl.
SEGUNDO. Se aprueba el Convenio de Coalición Parcial suscrito por los Partidos Políticos REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO Y NUEVA ALIANZA, al cumplirse con los requisitos para la obtención de su registro.
TERCERO. Se tienen por registrada la plataforma electoral que la Coalición Parcial sostendrá en la elección constitucional de ayuntamientos en el proceso electoral 2015-2016.
CUARTO. De acuerdo con la manifestación de voluntades descritas en la Cláusula sexta, los candidatos de la Coalición Parcial que se postulen para los diversos cargos en los Ayuntamientos del Estado de Tamaulipas, deberán registrarse en los plazos, términos y normatividad aplicable en la Ley Electoral del Estado de Tamaulipas.
QUINTO. La representación jurídica de la Coalición Parcial, en términos de la Cláusula novena del convenio, corresponde a los representantes del Partido Revolucionario Institucional.
SEXTO. Atendiendo a la naturaleza legal de las coaliciones, los efectos de la Coalición objeto de este acuerdo comprenderá desde el momento en que se
apruebe el presente acuerdo y hasta concluida la etapa de declaración de validez y resultados de la elección de Ayuntamientos.
SÉPTIMO.- Se ordena inscribir en el libro de registro que lleva la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas, Partidos y Agrupaciones, el presente acuerdo, que acredita a la Coalición Parcial atinente.
OCTAVO. Se ordena al Secretario Ejecutivo informe al Instituto Nacional Electoral, a través de la Junta Local Ejecutiva en Tamaulipas a la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales Electorales, respecto de la aprobación del presente acuerdo.
NOVENO. Notifíquese el presente acuerdo a los partidos políticos que integran la Coalición Parcial, así como infórmese de la misma a los 22 Consejos Distritales y los 43 Consejos Municipales Electorales, para los efectos que correspondan.
DÉCIMO. Publíquese este acuerdo en el Periódico Oficial del Estado, en los estrados y la página de internet del Instituto para conocimiento público.
ASÍ LO APROBARON CON SIETE VOTOS A FAVOR DE LAS CONSEJERAS Y LOS CONSEJEROS ELECTORALES PRESENTES DEL CONSEJO GENERAL EN SESION No. 5, EXTRAORDINARIA DE FECHA DE 29 DE ENERO DEL 2016, LIC. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX, MTRA. XXXXXX XXXXXXXX XXXX, MTRO. XXXXX XXXXXXX XXXXX, MTRA. XXXXX DE LOS XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, MTRA. XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX, LIC. XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXX Y MTRO. XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX, ANTE LA PRESENCIA DE LOS REPRESENTANTES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS ASISTENTES, POR LO QUE CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 112 FRACCIÓN XIV DE LA LEY ELECTORAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS EN FÉ DE VERDAD Y PARA CONSTANCIA LEGAL FIRMAN EL PRESENTE PROVEÍDO EL LIC. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX, CONSEJERO PRESIDENTE Y EL LIC. XXXX XXXXXXX XXXXX, SECRETARIO EJECUTIVO DEL INSTITUTO ELECTORAL DE TAMAULIPAS. DOY FE.---------------------------------------------------------------
LIC. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. XXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO EJECUTIVO