F R A N Z W Ö L F E R ELEKTROMASCHINENFABRIK OSNABRÜCK GmbH
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Términos y Condiciones de Venta
Contenido
Art. 2 Celebración del contrato, oferta 3
Art. 3 Precios, condiciones de pago 3
Art. 4 Suministro, transmisión del riesgo 4
Art. 7 Tareas de mantenimiento y montaje 5
Art. 9 Limitación de la responsabilidad 6
Art. 10 Documentación cedida 6
Art. 11 Disposiciones finales 6
Art. 12 Elección del derecho aplicable, fuero competente 6
Art. 1 Ámbito de aplicación
(1) Estos Términos y Condiciones de Suministro sirven de base para todos los suministros y servicios que se acuerden entre las partes contratantes, Xxxxxx como contratista (en adelante, denominado "proveedor") y el contratante (en adelante, denominado "comprador").
(2) Se aplicarán exclusivamente en las transacciones comerciales con empresas, personas jurídicas de derecho público o fondos especiales de derecho público en el sentido del Art. 310, apartado 1, del Código Civil alemán (BGB).
(3) En caso de divergencias con respecto a estos Términos y Condiciones de Suministro, se requerirá del consentimiento por escrito del proveedor. Salvo acuerdo en contrario, se rechazan los términos y condiciones de contratación indicados por el comprador. Los pactos accesorios deberán efectuarse por escrito.
(4) En el siguiente enlace podrá encontrar en todo momento la última versión vigente de nuestros Términos y Condiciones de Venta: xxxxx://xxx.xxxxxxx-xxxxxxx.xxx/xx/xxx/
Art. 2 Celebración del contrato, oferta
(1) El contrato se celebrará cuando confirmemos por escrito el pedido o realicemos el suministro. Las modificaciones y los complementos del contrato siempre deberán ser confirmados por nosotros por escrito. Se excluyen los pactos accesorios verbales.
(2) El carácter vinculante de los precios resulta de la oferta del proveedor.
Art. 3 Precios, condiciones de pago
(1) Salvo acuerdo en contrario, los precios se considerarán sin descuentos para los suministros en el extranjero y con impuestos incluidos para los suministros nacionales. Además del precio de la mercancía, los gastos de transporte, franqueo y seguro, así como los de embalaje, se facturarán por separado. En el caso de los suministros nacionales, el impuesto sobre el valor añadido legalmente prescrito se indicará al tipo aplicable.
(2) El pago del precio de compraventa deberá efectuarse exclusivamente en la cuenta especificada en el contrato. Una deducción de descuento sólo se permitirá si se acuerda por escrito. Los pedidos para los que no se hayan acordado expresamente precios fijos se facturarán a nuestro precio contractual vigente el día del suministro.
(3) Salvo acuerdo en contrario y a menos que se hayan acordado suministros parciales, nos reservamos el derecho de realizar cambios razonables en los precios debido a cambios en los salarios, los costes de material y distribución en aquellos suministros que se efectúen 6 meses o más tras la celebración del contrato.
(4) Salvo acuerdo en contrario, hasta la fecha de facturación el comprador deberá pagar un anticipo del 30 % del precio contractual y el 70 % sin descuentos. Si se supera el plazo de pago y el proveedor envía un requerimiento de pago infructuoso, nos reservamos el derecho de declarar al comprador en xxxx sin más requerimiento y de exigir intereses de demora del 8 % por encima del tipo de interés básico correspondiente.
(5) Si se demuestra que el comprador ha incurrido en xxxx en el pago de más de 45 días, el proveedor tendrá derecho a retener la mercancía ya fabricada y a suspender la producción.
(6) El comprador sólo tendrá derecho a la compensación si sus reclamaciones han sido establecidas en firme o son irrefutables. El comprador también tendrá derecho a
compensar nuestras reclamaciones si sus reclamaciones se basan en la misma relación contractual.
Art. 4 Suministro, transmisión del riesgo
(1) El plazo de suministro es de 18 semanas. Salvo acuerdo en contrario, el plazo de suministro comenzará 1 semana después del envío de la confirmación del pedido y de la recepción del anticipo. Si no se ha acordado ningún anticipo, el plazo de suministro comenzará 1 semana después del envío de la confirmación del pedido.
(2) Si el comprador se retrasa en la aceptación o incumple de forma culpable otras obligaciones de cooperación, tendremos derecho a exigir la restitución de los daños que suframos por ello, incluidos los posibles gastos adicionales. El proveedor se reserva el derecho de hacer valer otras reclamaciones.
(3) Salvo acuerdo en contrario, el suministro se efectuará FCA Osnabrück de acuerdo con la versión actual de los Incoterms.
(4) En caso de modificación o ampliación de un pedido después de que se haya emitido una confirmación del pedido, el plazo de suministro se adaptará en consecuencia.
(5) El proveedor tiene derecho a efectuar suministros parciales y prestar servicios parciales en cualquier momento.
Art. 5 Fuerza mayor
(1) Si un acontecimiento de fuerza mayor provoca una interrupción del trabajo y, como consecuencia de ello, el suministro o el servicio se retrasa total o parcialmente, el proveedor tendrá derecho a prorrogar el plazo de suministro en la duración del retraso o a desistir del contrato en su totalidad o en parte. Se consideran casos de fuerza mayor en particular: guerra, disposiciones de autoridades superiores, sabotaje, huelgas y cierres patronales, interrupciones del tráfico, daños causados por el agua, desastres naturales, cambios e incidentes geológicos.
(2) Si los acontecimientos indicados en el apartado 1 duraran más de 12 semanas, ambas partes tendrán derecho a desistir del contrato.
(3) Cada parte contratante está obligada a informar a la otra parte sin demora de todos los detalles tras la ocurrencia de un caso de fuerza mayor.
Art. 6 Reserva de dominio
(1) Nos reservamos la propiedad del objeto del suministro hasta el pago íntegro de todas las reclamaciones derivadas del contrato de suministro. Esto también se aplicará a todos los suministros futuros, incluso aunque no siempre nos remitamos a ello expresamente. Estamos autorizados a recuperar el objeto de la compraventa si el cliente se comporta de forma contraria a las condiciones del contrato.
(2) Mientras la propiedad no haya pasado todavía al comprador, éste estará obligado a tratar con cuidado el objeto del suministro y a realizar tareas de mantenimiento e inspección a su debido tiempo y a su propia xxxxx.
(3) El comprador está obligado a informar sin demora y por escrito al proveedor en caso de que el objeto del suministro sea embargado o sometido a otras intervenciones de terceros. En la medida en que el tercero no esté en condiciones de reembolsarnos los costes judiciales y extrajudiciales de una demanda con arreglo al Art. 771 de la Ley de Enjuiciamiento Civil alemana (ZPO), el comprador será responsable de las pérdidas en las que hayamos incurrido.
(4) El tratamiento y procesamiento o transformación del objeto de la compraventa por parte del comprador se realizará siempre en nuestro nombre y por nuestro encargo, pero sin las obligaciones correspondientes. En dicho caso, el derecho a la futura adquisición del comprador sobre el objeto de la compraventa continuará aplicándose al objeto transformado. Si el objeto de la compraventa se procesara con otros objetos que no nos pertenezcan, adquiriremos la copropiedad del nuevo objeto en la proporción del valor objetivo de nuestro objeto de la compraventa con respecto a los otros objetos procesados en el momento del procesamiento. Lo mismo se aplicará en caso de mezcla. Si la mezcla se llevara a cabo de tal forma que el objeto del comprador deba ser considerado como el objeto principal, se considerará acordado que el comprador nos transfiera la copropiedad proporcional y mantenga la propiedad exclusiva o copropiedad resultante para nosotros. Con el fin de garantizar nuestras reclamaciones frente al comprador, éste también nos cederá las reclamaciones que le correspondan frente a terceros por la combinación de la mercancía reservada con un terreno. Por la presente aceptamos dicha cesión.
(5) Si el valor realizable de la garantía supera nuestras reclamaciones en más de un 20 %, liberaremos las garantías de nuestra elección a petición del comprador.
Art. 7 Tareas de mantenimiento y montaje
En el marco de las tareas de mantenimiento y montaje, el comprador garantizará que todas las piezas de montaje y herramientas necesarias estén disponibles en el lugar correspondiente, que se hayan llevado a cabo los trabajos de preparación necesarios y que el montaje pueda iniciarse sin demora.
Art. 8 Garantía
(1) El comprador tendrá derechos de garantía en la medida en que cumpla debidamente con sus obligaciones de inspeccionar la mercancía y notificar los defectos conforme al Art. 377 del Código de Comercio alemán (HGB).
(2) Las reclamaciones por defectos prescribirán a los 12 meses después de la entrega de la mercancía al comprador de acuerdo con el contrato. En la medida en que la ley prescriba plazos más largos, éstos tendrán prioridad.
(3) Si se producen defectos en la mercancía suministrada, los subsanaremos o procederemos a su sustitución a nuestra discreción, siempre y cuando el defecto se notifique en plazo. En caso de subsanación del defecto, el comprador garantiza al vendedor su apoyo y acceso a la información que pueda ser importante. El proveedor deberá proceder al cumplimiento posterior dentro de un plazo razonable.
(4) Se considerará que la aceptación ha tenido lugar a menos que el comprador nos notifique defectos esenciales en un plazo de 7 días laborables después de que la mercancía se haya puesto a disposición para su aceptación o bien cuando se haga uso del servicio.
(5) El comprador estará obligado a notificar por escrito las reclamaciones por defectos en un plazo de 7 días laborables a contar desde la recepción del suministro.
(6) Se excluirán las reclamaciones por defectos.
a. en caso de que tan sólo haya una desviación insignificante de la calidad acordada,
b. en caso de que tan sólo haya una merma insignificante de la utilidad,
c. en caso de uso o desgaste natural, así como en el caso de daños causados después de la transmisión del riesgo como resultado de un trato incorrecto o negligente, utilización excesiva, equipos inadecuados, trabajos de
construcción deficientes o debido a influencias externas especiales no previstas en el contrato.
Si el comprador o terceros realizan trabajos de reparación o modificaciones inadecuados, no se aceptarán reclamaciones por defectos ni por éstos ni por las consecuencias que de ello se deriven.
(7) Las reclamaciones del comprador por los gastos necesarios para el cumplimiento posterior quedarán excluidas en la medida en que los gastos aumenten debido a que la mercancía suministrada por nosotros se entregue posteriormente en un lugar distinto al lugar de suministro acordado.
Art. 9 Limitación de la responsabilidad
(1) Xxxxxx excluidas las reclamaciones por daños y perjuicios contra el proveedor, a menos que exista una acción u omisión dolosa o gravemente negligente. El importe de la responsabilidad por negligencia u omisión se limitará a los daños previsibles típicos del contrato.
(2) La responsabilidad por daños personales y por daños resultantes de lesiones a la vida, la integridad física o la salud no se verá afectada.
Art. 10 Documentación cedida
(1) Nos reservamos los derechos de propiedad y de autor de todos los documentos y soportes de datos cedidos al comprador en relación con la realización del pedido.
(2) Dichos documentos no podrán ser facilitados a terceros a menos que hayamos dado nuestro consentimiento expreso por escrito al comprador. En caso de que no exista un contrato de compraventa, todos los documentos recibidos en este contexto deberán destruirse o devolvérsenos si así lo solicitamos.
Art. 11 Disposiciones finales
(1) En caso de suspensión de pagos o cuando se solicite un procedimiento de quiebra del comprador, nos reservamos el derecho de desistir del contrato total o parcialmente.
(2) Si el comprador transfiere su pedido a un subcontratista, deberá informar de ello por escrito al proveedor.
(3) En caso de que alguna de las condiciones de estos Términos y Condiciones de Venta o del contrato sea o resulte ineficaz en su totalidad o en parte, las condiciones restantes no se verán afectadas por ello.
Art. 12 Elección del derecho aplicable, fuero competente
(1) El fuero competente exclusivo y también internacional para todas las controversias derivadas de esta relación contractual es Osnabrück/Alemania. Sin embargo, también nos reservamos el derecho de interponer una demanda en el fuero general del cliente.
(2) Se aplica exclusivamente la legislación de la República Federal de Alemania con exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).
Localidad, fecha | Localidad, fecha | |
Firma del comprador | Firma xx Xxxxxx |