CONDICIONES DE CONTRATACIÓN TELEVISIÓN ABIERTA 2022
CONDICIONES DE CONTRATACIÓN TELEVISIÓN ABIERTA 2022
MODALIDADES DE NEGOCIACIÓN:
Con Agencia: Acuerdo de Publicidad entre MEDCOM, EL ANUNCIANTE y la Agencia Publicitaria. Directo: Acuerdo de Publicidad entre MEDCOM y EL ANUNCIANTE sin mediación de Agencia de publici-
dad y sin generar Comisión de ningún tipo.
CONDICIONES NEGOCIADAS:
DESCUENTOS:
Tipos de Descuentos:
Descuento de Preventa: EL ANUNCIANTE se acoge a un descuento especial del 10% del valor del Paquete Publicitario contratado en Telemetro, Canal 13 y 15% en RPC, Canal 4, siempre y cuando suscriba Acuerdo antes de cerrarse el período de Pre-venta establecido por MEDCOM.
Descuento por Volumen: EL ANUNCIANTE recibirá un descuento en atención al volumen de con- tratación, establecido en la Tabla de Descuento por Volumen. El descuento por volumen es aplicable a cualquier tipo de programación, excepto a algunos “Programas Especiales” que MEDCOM anuncia- rá durante el proceso de venta. Los presupuestos asignados por EL ANUNCIANTE y/o LA AGENCIA a este tipo de “Programas Especiales” serán sumados al volumen total para que se aplique el descuento por volumen correspondiente, descuento éste que se aplicará únicamente al volumen total de pautas publicitarias cuya transmisión sea objeto del Acuerdo y no así al presupuesto asignado al “Programa Especial”. Este porcentaje de descuento por volumen será aplicable a partir de la fecha en que EL ANUNCIANTE y/o LA AGENCIA asigne el presupuesto y beneficiará a los saldos disponibles hasta ese momento del volumen objeto de su Acuerdo, debiendo estar firmado por todas las partes para que pueda ser aplicado a su facturación. MEDCOM otorgará un mes, luego de recibida la confirmación del monto para la consecución de dichas firmas. Transcurrido este período, MEDCOM se reserva el dere- cho de aplicar el descuento por volumen hasta que se reciba el Acuerdo firmado.
A los Acuerdos de Intercambio se les aplicarán descuentos por volumen. Siempre y cuando la negoci- ación entre ambas partes (MEDCOM/cliente) sea igualitaria. MEDCOM deberá recibir descuentos tam- bién en los productos o servicios objeto de intercambio con el Cliente.
BENEFICIOS ADICIONALES: los beneficios adicionales que reciba el ANUNCIANTE por su contratación
estarán sujetos a la firma del Acuerdo.
CONDICIONES DE PAGO:
Pago contra factura emitida: es el pago que realiza EL ANUNCIANTE y/o LA AGENCIA, contra la fac- turación emitida por pauta transmitida durante el mes en las diferentes plataformas de MEDCOM cumpliendo los términos de crédito establecidos por MEDCOM.
Pago en Letras: EL ANUNCIANTE y/o LA AGENCIA pagarán a MEDCOM el valor neto de la publicidad contratada por razón del acuerdo suscrito, mediante pagos mensuales consecutivos los días vein- tidós (22) de cada mes, iniciándose el primer pago el veintidós (22) de enero de cada año. Los pagos mensuales se detallarán en el Anexo de Condición de Pago que para propósito de lo antes expues- to, EL ANUNCIANTE conviene en firmar, así como también conviene que a estos pagos se les apli- cará el ITBMS. EL ANUNCIANTE recibirá la facturación mensual por su consumo de servicios realiza- dos durante cada mes de su vigencia contractual, este monto podrá ser variable a la letra mensual a pagar. De darse alguna modificación en el porcentaje de ITBMS a aplicar, se calculará la diferencia de ITBMS sobre el monto que no se ha consumido ni facturado a la fecha que entre en vigencia el nuevo porcentaje de ITBMS y este monto se prorrateará entre la cantidad de pagos mensuales que se generen a partir de la fecha en que entre en vigencia el nuevo porcentaje.
Intercambio: EL ANUNCIANTE y/o LA AGENCIA pagarán a MEDCOM su consumo en pauta publicita- ria, a través de consumo de productos y/o servicios de EL ANUNCIANTE a favor de MEDCOM y en el evento de que EL ANUNCIANTE no pueda proveer a MEDCOM, a su requerimiento, de sus pro- ductos y/o servicios como pago por la pauta publicitaria, deberá cancelar a MEDCOM, en dicho re- querimiento, el monto solicitado en efectivo. Las partes acuerdan consumir la totalidad del monto pactado en el Acuerdo para la Transmisión de Publicidad. EL ANUNCIANTE y/o LA AGENCIA se obli- ga a consumir la publicidad contratada en el Acuerdo dentro del período de duración del mismo y a cancelar a MEDCOM a su requerimiento, la totalidad del monto consumido en publicidad, a través
de productos/servicios de EL ANUNCIANTE o efectivo, aun después de vencido el periodo de duración
del Acuerdo. EL ANUNCIANTE ofrecerá sus productos/servicios a MEDCOM a precios no mayores a los ofertados al público en general. MEDCOM como Agente de Retención de ITBMS, queda obligado a retener el cincuenta por ciento (50%) del ITBMS incluido en las facturas por consumo de productos y/o servicios de EL ANUNCIANTE. EL ANUNCIANTE deberá pagar a MEDCOM, en efectivo, dentro del mes correspondiente a la facturación efectuada, el monto correspondiente al cincuenta por cien-
to (50%) de ITBMS reflejado en las facturas emitidas por EL ANUNCIANTE, por el consumo de pro-
ductos y/o servicios que MEDCOM realice. Una vez EL ANUNCIANTE cancele a MEDCOM, en la for- ma establecida, recibirá de MEDCOM, el Certificado de Retención de ITBMS, dentro de los diez (10) primeros días del mes siguiente a la emisión de la factura de EL ANUNCIANTE, para efectos fiscales y debe ser pagado en efectivo. El ITBMS generado de la facturación de MEDCOM hacia EL ANUNCI- ANTE, será cancelado en su totalidad, al fisco por MEDCOM.
MODALIDADES DE CRÉDITO:
Agencias de Publicidad: Las Agencias Publicitarias con crédito aprobado por MEDCOM, gozarán de un periodo máximo de 45 días calendario luego de emitida la factura, para cancelar los saldos a
MEDCOM. Transcurrido este período, MEDCOM se reserva el derecho de continuar transmitiendo la
publicidad de EL ANUNCIANTE.
Clientes Directos: EL ANUNCIANTE que no cuente con crédito aprobado por MEDCOM, deberá
pre-pagar el monto de su publicidad más el ITBMS correspondiente al mismo, antes del primer día de transmisión de la pauta. EL ANUNCIANTE con crédito previamente autorizado por MEDCOM, pagará el importe total de sus facturas, dentro del término de crédito establecido por MEDCOM.
Recargos por Morosidad:
CONDICIONES FINANCIERAS:
Para las distintas modalidades de contratación, después de transcurrido el plazo fijado por MEDCOM
sin que se haya hecho efectivo pago alguno por EL ANUNCIANTE y/o LA AGENCIA, éstos deberán pagar el total de la misma más un recargo adicional del dos por ciento (2%) sobre el total de la factura, y de persistir la xxxx, el recargo adicional de uno por ciento (1%) por cada mes que transcurra hasta tanto se cancele la totalidad de la suma adeudada, incluyendo los recargos por morosidad, sin perjuicio del derecho de MEDCOM de suspender la transmisión de las pautas publicitarias.
Comisiones de Agencia:
La Comisión de Agencia será calculada sobre el total de la facturación antes de ITBMS.
La Comisión de Agencia se ajustará a las políticas y parámetros establecidos por MEDCOM para el
pago de la misma.
DISPOSICIONES COMUNES:
MEDCOM se reserva el derecho de modificar el contenido y alcance de los presentes términos y condi- ciones, en cualquier momento y según lo considere necesario y sin responsabilidad de ningún tipo. EL ANUNCIANTE y/o LA AGENCIA estarán obligadas a sujetarse a dichas modificaciones una vez éstas en- tren en vigor.
MEDCOM garantizará la disponibilidad de espacio para transmitir publicidad contratada por razón de Acuerdos de Publicidad, siempre que el ANUNCIANTE y/o LA AGENCIA envíen sus correspondien- tes pautas publicitarias a MEDCOM, con treinta (30) días de anticipación a la fecha de transmisión de la pauta.
EL ANUNCIANTE y/o LA AGENCIA se obligan a consumir el sesenta por ciento (60%) de la publicidad contratada en el período dentro de los primeros nueve (9) meses de vigencia de su Acuerdo.
En caso de que al llegar la fecha de terminación o vencimiento del Acuerdo no se haya consumido el volumen de contratación preestablecido y pagado, MEDCOM determinará unilateralmente si: a) otor- ga una prórroga de tiempo específica, para consumir el volumen de contratación faltante, o; b) cobra a EL ANUNCIANTE y/o LA AGENCIA, un alcance retroactivo por la diferencia entre el descuento recibido por el monto del contrato vs el descuento correspondiente al monto pautado; también el porcentaje de bonificación recibido será ajustado al correspondiente por el monto pautado.
CONDICIONES OPERATIVAS GENERALES DE PAUTA:
RECLAMOS Y FACTURACIÓN:
El “back to back” en la pauta comercial no es causal de reposición ni de reclamos en facturación.
Los reclamos por anuncios publicitarios facturados y no transmitidos, tarifas o descuentos mal apli- cados deberán ser presentados, por escrito, dentro de veinte (20) días hábiles siguientes a la fecha de recibo de factura. Transcurrido este término, si la AGENCIA y/o EL ANUNCIANTE, no han presen- tado reclamo alguno, se considerará aceptada la factura.
Por temas fiscales, no se aceptarán reclamos después de este período.
RECIBO DE ÓRDENES DE TRANSMISIÓN: aplicará el siguiente horario:
De lunes a viernes:
Hasta las 4:00pm del día anterior para las pautas que inicien de 5:00am a 4:00 pm
Hasta las 2:00pm del mismo día para las pautas que inicien de 6:00pm a 12:00mn
Sábados: hasta las 4:00 p.m. del día viernes. Domingos: hasta las 11:00 a.m. del día sábado.
Las órdenes de transmisión nuevas, cambio de versiones o correcciones, recibidas fuera de horario, se les ofrece dos opciones:
Pagar 10% de recargo sobre las cuñas que se van a pautar fuera de horario Iniciar pauta de acuerdo al horario establecido en este tarifario
RECIBO DE MATERIALES: aplicará el siguiente horario:
De lunes a viernes,
Para pautar de 10:00 a.m a 5:00 p.m: : hasta 2 horas antes de inicio del programa Para pautar de 6:00 p.m. a 12 m.n: hasta las 5:00 p.m.
Sábados:
hasta las 6:30 pm del día viernes (*)
Domingos y Lunes am:
hasta las 11:30 am del día sábado (*)
(*) se exceptúan los fines de semanas y días festivos con horarios especiales, informados previa- mente.
CONTENIDO DE ÓRDENES DE TRANSMISIÓN: deben contener todos los campos enunciados: Nombre de la Agencia Días de Pautas
Nombre del Cliente Programa/Bloque
Medio Número de cuñas
Nombre de Producto Tarifa Bruta
Año de transmisión Descuento por Volumen
mes de transmisión Descuento por Xxxxxxxx (si lo tiene)
Numero de Orden Xxxxx Xxxx
Condiciones de Compra Total de la Orden
Numero de contrato (si lo tiene) ITBMS
Versión de cuñas y Duración Comisión de Agencia (si la tiene)
Total a pagar
Nombre de contacto Ejecutivo de agencia/Medio que confeccionó la orden Firma de Ejecutivo de agencia/Medio que confeccionó la orden
CANCELACIONES O CAMBIOS EN PAUTAS:
Megaproyectos y mini megas: una vez adjudicado la compra del paquete, el cliente NO puede can- celar la compra. En caso de que el cliente formalice que no puede mantener la compra en el proyecto, se procederá a facturar el 50% de recargo por cancelación sobre la inversión del paquete reservado.
Si esta cancelación se realiza 45 días calendario antes de la grabación, exposición del proyecto, o trámites legales previos como JCJ que se deben hacer de manera previa; se procederá a facturar el 100% del costo del paquete.
En ambos casos la facturación no se traslada en tiempo aire ni en productos, ni en pauta regular.
CUMPLIMIENTO DE PAUTAS: todas las piezas comerciales que forman parte de un paquete de pa- trocinio deben pautarse en el período de pauta establecido para el proyecto. Una vez vencido el proyecto, aquellas piezas que no se transmitan por falta de material no serán repuestas, sin afectar la facturación del paquete.
Programación Regular:
Del 1 al 25 de cada mes, se aceptan cancelaciones con 24 horas hábiles antes del día de transmis- ión de la pauta a cancelar.
A partir del 26 de cada mes no se aceptan cancelaciones de órdenes recibidas.
MEDCOM se reserva el derecho de facturar los días que no cumplan con la política de cancel- aciones o cambios en pautas.
Patrocinios:
En Programación Regular, Noticias y Deportes: quince (15) días antes de su transmisión. MEDCOM se reserva el derecho de facturar el monto comprometido inicialmente de no cumplirse con el peri- odo indicado.
RECEPCIÓN DE MATERIAL – PIEZAS ESPECIALES-
Es responsabilidad de EL ANUNCIANTE y/o LA AGENCIA, suministrar la información necesaria para la confección de piezas especiales: texto para mención, instrucciones de audios para confeccionar bumpers, entre otros.
Días para la confección de piezas especiales:
1 día - Bumper y Marquesina 1 día - Quemado sencillo
2 días - Pases en vivo (incluye Unidad Móvil)
POLITICA PARA BONIFICACIONES EN PAUTA:
Se pautan de acuerdo a disponibilidad.
Período: de enero a septiembre del 2022. De no ser consumidas en este período se pierden. Tarifa: regular y aplican todos los recargos.
Tipo de programación que aplica: novelas matutinas, novelas vespertinas de 1 a 4 pm, franja noc- turna de 11 a 12 mn, familiares matutinos, familiares vespertinos xx xxxxxxx y domingos e infan- tiles.
Tipo de piezas: cuñas, quemados, menciones y bumpers. Condición: siempre deben estar acompañadas de pauta pagada.
REQUISITOS PARA CUÑAS COMERCIALES:
Claquetas: La versión y duración de la claqueta en la cuña comercial debe coincidir con la versión y duración de la Orden de Transmisión. Por diferencias en esta información, MEDCOM, no acepta rec- lamos por confusión de versiones al aire.
El medio transmitirá y facturará la duración real de las cuñas comerciales. De no aceptar el cargo por los segundos adicionales vs la orden de medios, debe enviar la cuña corregida con la duración correcta.
Toda cuña comercial, debe cumplir con la Reglamentación de la Comisión de Publicidad y Propagan-
da del Ministerio de Salud y la Autoridad de los Servicios Públicos:
Cualquier forma de publicidad o propaganda referente a la higiene, a la medicina preventiva o cu- rativa, a sustancias y/o procedimientos u otras formas o métodos a los que se le atribuyen propie- dades preventivas y/o curativas, a las drogas lícitas, a los productos de uso higiénico y medicinal, a bebidas alcohólicas, alimentos o suplementos alimenticios, a cosméticos y productos de belleza, re- querirán la aprobación previa de la Comisión de Publicidad y Propaganda del Ministerio de Salud.
Cuñas producidas en el extranjero, deben adjuntar a la orden de medios, copia del recibo de pago efectuado a la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos y copia de la licencia de locución del personal que interviene en la cuña comercial.
Caras o personajes de otros medios: MEDCOM se reserva el derecho de aceptar o no la transmisión de cuñas comerciales o cualquier modalidad publicitaria en la cual intervengan caras/personajes de otros medios de comunicación.
Co Branding: El Co-Branding es una estrategia de marketing que consiste en la fusión de dos marcas que ofrecen un único producto o servicio. El mismo cuenta con un recargo del 20% sobre el monto total de la pauta. Existe Co-Branding cuando:
Un cliente pauta, bajo su contrato, otro producto que no sea de su misma empresa.
En tiendas del comercio, cuando hace mención y exposición de marcas específicas, dentro de su cuña, resaltando una marca de otra.
En centros comerciales, cuando hacen mención y exposición de tiendas específicas.
Cuando se muestran logos de otras empresas o marcas de productos.
Cuando exista algún tipo de promoción (tómbola entre otros) y se haga mención de otras marcas que no sean las que están facturándose.