CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO DE SUMINISTRO, QUE SE TIENE QUE ADJUDICAR MEDIANTE CONCURSO POR PROCEDIMIENTO ABIERTO
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO DE SUMINISTRO, QUE SE TIENE QUE ADJUDICAR MEDIANTE CONCURSO POR PROCEDIMIENTO ABIERTO
A - OBJETO DEL CONTRATO:
Suministro de armarios de seguridad destinados al almacenaje de reactivos químicos (ácidos y bases) y reactivos químicos comburentes y/o combustibles en los laboratorios de ciencias experimentales de secundaria (2 lotes)
LOTE 1: Armarios para productos inflamables.360 unidades
LOTE 2: Armarios para productos corrosivos (bases y ácidos).360 unidades CPA: 36.1.
CPV: 36121170-7
Expediente: 2072/07
B - PRESUPUESTO DEL CONTRATO:
Precios unitarios:
LOTES | Unidade s | Códig o | Nombre artículo | Pre una unidad | Total |
Lote 1 | 360 | 47172 | Armarios para productos inflamables | 1.460,00 | 525.600,00 |
Lote2 | 360 | 47173 | Armarios para productos corrosivos (bases y ácidos) | 1.317,00 | 474.120,00 |
IMPORTE TOTAL MÁXIMO: 999.720,00.-EUR, IVA incluido. C - PARTIDA PRESUPUESTARIA:
La financiación de las obligaciones económicas será a cargo de la posición presupuestaria D/640000100/1230 del centro gestor EN03, del presupuesto vigente.
D - PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN:
Procedimiento abierto por concurso, de acuerdo con los artículos 74.3 y 180.2 del Texto refundido de la Ley de contratos de las administraciones públicas, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx (TRLCAP).
E- ACREDITACIÓN DE SOLVENCIA ECONÓMICA Y TÉCNICA:
Solvencia económica y financiera:
a) Declaración relativa a la cifra de negocios global anual de la empresa en el curso de los últimos 3 ejercicios con un importe mínimo anual de 500.000,00 €.
Solvencia técnica:
a) Relación de los principales suministros realizados por la empresa durante los últimos tres ejercicios, indicando su importe, fechas y beneficiarios públicos o privados.
b) Descripción del equipo técnico, material e instalaciones de que dispone la empresa para la realización del contrato.
F - GARANTÍA PROVISIONAL:
2% del importe de licitación. G - GARANTÍA DEFINITIVA:
4% del importe de adjudicación. H - PLAZO DE ENTREGA:
Antes del 20 de diciembre de 2007. Y - PERIODO DE GARANTÍA:
2 años a partir del acto formal de la recepción. J - REVISIÓN DE PRECIOS:
Los precios de contratación del material que hay que suministrar comprendido en este contrato no podrán ser objeto de revisión, de acuerdo con lo establecido en el artículo 103 del RDL 2/2000, de 16 xx xxxxx.
K - MUESTRAS: Se presentará muestra de todos los materiales a los cuales se licita.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE RIGE EL CONTRATO DE SUMINISTRO QUE SE TIENE QUE ADJUDICAR MEDIANTE CONCURSO POR PROCEDIMIENTO ABIERTO.
l. DISPOSICIONES GENERALES
1. - XXXXXXX XXXXXXXX
0. 0. - Xxxx contrato tiene carácter administrativo y se regirá por la normativa siguiente:
- Texto refundido de la Ley de contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real decreto legislativo, 2/2000, de 16 xx xxxxx (de ahora en adelante TRLCAP).
- Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (de ahora en adelante Reglamento).
- Por el decreto 96/2001, de 20 xx xxxxx, sobre organización y competencias para la contratación de los suministros y de sus servicios complementarios, relacionados o derivados dentro de la Administración de la Generalitat y otros organismos públicos.
- Cualquier otra normativa que regule la contratación de las Administraciones Públicas, en general, y del Departamento de Educación, en particular.
- De forma supletoria, por las otras normas de derecho administrativo y, en defecto de éstas, por la normativa de derecho privado, que actuará con carácter supletorio en aquellas cuestiones que no puedan ser resueltas por la aplicación directa de las disposiciones sobre contratación administrativa aplicables.
1. 2. -El contrato que surja de estas actuaciones se regirá por este pliego de bases que estará compuesto por:
• el pliego de cláusulas administrativas particulares
• el pliego de prescripciones técnicas
• los modelos anexos al pliego de bases 2. - OBJETO DEL CONTRATO
2. 1. - El objeto del contrato es el que se menciona en el apartado A del cuadro de características.
El objeto de este contrato admite fraccionamiento y se prevé la realización independiente de cada uno de los lotes.
Las condiciones técnicas de este contrato son las que se recogen en el pliego de prescripciones técnicas que se adjuntan a este pliego a efectos de cláusulas de obligado cumplimiento.
Los precios de adjudicación de cada uno de los artículos, serán los precios en los cuales se compromete el licitador a suministrar las sucesivas peticiones de ampliación que se puedan hacer durante la vigencia del contrato.
3. - NECESIDADES ADMINISTRATIVAS
La necesidad administrativa que hay que satisfacer mediante este contrato es equipar con armarios de seguridad los laboratorios de ciencias experimentales de los centros docentes públicos de secundaria para el almacenaje de reactivos químicos (ácidos y bases) y reactivos químicos comburentes y/o combustibles.
4. - PRESUPUESTO, EXISTENCIA DE CRÉDITO Y PLAZO DE EJECUCIÓN
4. 1. - El presupuesto máximo autorizado para esta contratación es el que figura en el apartado B del cuadro de características.
4. 2. - El importe de este contrato se imputará a la aplicación presupuestaria que se menciona en el apartado C del cuadro de características.
4. 3. - El plazo de entrega de los materiales objeto de este contrato es el que figura en el apartado H del cuadro de características.
II. CLÁUSULAS ESPECIALES DE LICITACIÓN Y ADJUDICACIÓN
5. - FORMA DE ADJUDICACIÓN
El contrato se adjudicará mediante concurso por procedimiento abierto, de acuerdo con los artículos 74.3 y 180.2 del TRLCAP y lo que se establece en el apartado D del cuadro de características.
6. - PUBLICIDAD Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN
6. 1. - La licitación se hará pública mediante inserción de anuncio en el Diario Oficial de la Generalitat (DOGC), en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE).
6. 2. - El importe máximo de gasto de publicidad en licitación (anuncio en el DOGC y en el BOE) prevista es de 2.500 euros, IVA incluido.
6. 3. - El plazo de presentación de la documentación será el que se establecerá en el anuncio de licitación. En caso de que el plazo de presentación de documentos finalizara en día festivo o sábado se prorrogaría automáticamente hasta el siguiente día hábil.
6.4. Medidas provisionales.
6. 4. 1. - Los interesados que quieran concurrir en un procedimiento de adjudicación y, en todo caso, los licitadores, podrán solicitar la adopción de medidas provisionales para corregir la infracción alegada o para evitar que se causen otros perjuicios a los interesados, incluidas las medidas destinadas a suspender o a hacer que se suspenda el procedimiento de adjudicación del contrato en cuestión, o la ejecución de cualquier decisión adoptada por los órganos de contratación.
Esta solicitud se podrá formular con independencia que se interponga el recurso correspondiente.
6. 4. 2. - Serán órganos competentes para adoptar, en su caso, estas medidas provisionales aquéllos que lo sean para conocer de los correspondientes recursos.
6. 4. 3. - El plazo para solicitar la adopción de las medidas citadas será de cinco días a contar desde la fecha de la infracción alegada, teniendo que resolverse, de forma motivada, en un plazo de 10 días, entendiéndose denegada en caso de no recaer resolución expresa.
Contra esta resolución no se puede interponer ningún recurso, sin perjuicio de los que procedan contra las resoluciones que se dicten en el procedimiento principal.
6. 4. 4. - Cuando de la adopción de las medidas provisionales se puedan derivar perjuicios de cualquier naturaleza, la resolución podrá imponer la constitución de caución o garantía suficiente para responder, sin que éstas produzcan efectos hasta que dicha caución o garantía sea constituida.
7. - PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN Y ADMISIÓN
7. 1. - Las proposiciones constarán de 2 sobres (sobre A y sobre B) cerrados y firmados por el licitador, o persona que lo represente, con la firma legible e identificador del proponiente. En cada sobre figurará claramente, además del nombre y NIF de la empresa/entidad/persona física proponiente, la denominación del objeto del contrato, número de expediente y el nombre, apellidos y NIF de la persona que firma la proposición. Igualmente, constará la dirección, teléfono, y fax de contacto a efectos de notificaciones. Asimismo, en el exterior del sobre A se hará constar que se encuentra inscrita, si procede en el Registro Electrónico de Empresas Licitadoras de la Generalitat de Catalunya y al lote/s a los cuales se licita.
Todos los documentos que se presenten tienen que ser originales o bien tienen que ser auténticos de conformidad con la legislación vigente y las empresas extranjeras tienen que presentar la documentación traducida de forma oficial al catalán x xxxxxxxxxx.
7. 2. - Los licitadores tendrán que presentar sus proposiciones en el lugar y fecha que se señale en el anuncio de licitación. También se podrán presentar las proposiciones por correo, siempre dentro del plazo establecido. En este caso el licitador tendrá que justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, telefax, telegrama o bien correo electrónico, en el mismo día (correo electrónico: xxxxxxxxx.xxxxxxxx@xxxxxx.xxx), este envío sólo tendrá validez si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y si se identifica fidedignamente al remitente y su destinatario. En este caso se procederá a la obtención de copia impresa y a su registro, que se incorporará al expediente.
Sin la concurrencia de estos dos requisitos, la proposición no será admitida si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la finalización del plazo señalado en el anuncio.
Sin embargo, transcurridos diez días naturales siguientes a la fecha mencionada sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
7. 3. - Las proposiciones serán secretas y su presentación comporta la aceptación incondicionada por parte del licitador del contenido del presente Pliego de Cláusulas.
8.-CONTENIDO DE LOS SOBRES
8. 1. - Contenido del sobre A: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA/GENERAL
8.1.1. Relación numérica de los documentos aportados en el sobre, con manifestación expresa en los materiales a los cuales licita.
8.1.2. Empresas no inscritas en el Registro Electrónico de Empresas Licitadoras de la Generalitat de Catalunya.
Si se trata de persona física, presentará DNI o pasaporte no caducado, NIF y acreditación, si es el caso, del nombre comercial con el qué opera en el tráfico mercantil.
8.1.2.a. Capacidad de obrar de las empresas y personalidad jurídica:
La capacidad de obrar de las empresas españolas personas jurídicas se acreditará mediante la escritura de constitución y, en su caso, de modificación inscrita en el Registro Mercantil, cuando sea exigible conforme la legislación mercantil. Cuando no lo sea, la acreditación se efectuará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas mediante las cuales se regula la actividad, inscritos, si procede en el correspondiente registro oficial teniendo que estar sus fines señalados en sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y relacionadas directamente con el objeto del contrato. También habrá que aportar el NIF de la empresa.
Si se trata de una cooperativa, tendrá que presentar la escritura de constitución, en la cual constará la diligencia de inscripción al Registro de Cooperativas o certificación del Registro General de Cooperativas o de los Registros de Cooperativas de los Servicios Territoriales correspondientes, acreditativa de que está inscrita como cooperativa de trabajo asociado.
Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo tendrá que aportar documentación acreditativa de su inscripción en los registros profesionales o comerciales o las certificaciones indicadas en el apartado 2 del anexo I del Reglamento.
Los empresarios extranjeros no comprendidos en el apartado anterior tendrán que aportar un informe expedido por la Misión Diplomática Permanente o por la Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en el cual conste, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritos en el Registro local profesional, comercial o similar, o bien que actúan con habitualidad en el tráfico local dentro del ámbito de las actividades en las cuales se extiende el objeto del contrato. Tendrán que aportar también un informe de la Misión Diplomática Permanente de España o de la Secretaría General de Comercio Exterior sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre contratación pública de la Organización Mundial del Comercio (OMC), siempre que se trate de contratos de cuantía igual o superior a la prevista en el artículo 135.1 del TRLCAP, o en caso contrario, informe de reciprocidad.
En caso de que diversas empresas presenten oferta conjunta de licitación (Unión Temporal de Empresas), cada una tiene que acreditar su personalidad y capacidad indicando en documento privado los nombres y las circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la designación de la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ejercerá la plena representación de todas ante la Administración. Asimismo, tiene que constar el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, en caso de resultar adjudicatarios. El mencionado documento tendrá que estar firmado por el representante de cada una de las empresas que constituyen la unión.
8.1.2.b. Acreditación de la representación y personalidad jurídica de los firmantes de las ofertas.
Si el ofertante actúa mediante representante, presentará fotocopia del DNI o del pasaporte no caducado de éste, la copia original autorizada del poder entregada a instancia del otorgante, o del apoderado, con autorización expresa para solicitarla. Los documentos en que consten los poderes del representante legal, tendrán que ser validados por un abogado de la Generalitat de
Catalunya adscrito a cualquier unidad departamental, territorial o central del Gabinete Jurídico de la Generalitat de Catalunya teniendo que incluirse la mencionada validación junto a la documentación a presentar.
En este sentido, cuando la representación de las empresas se acredite mediante la presentación de un poder, hace falta que para hacer la validación, el apoderamiento conste:
- en escritura pública.
- en copia auténtica (No se admitirán testimonios de la escritura).
- esté inscrito en el registro mercantil, o en el registro equivalente establecido por la normativa vigente.
8.1.2.c. Solvencia económica, financiera y técnica
Las empresas licitadoras tendrán que justificar la solvencia económica, financiera y técnica en la forma que, de acuerdo con los artículos 16 y 18 del TRLCAP, se establezca en el apartado E del cuadro de características de este Pliego y en el anuncio de licitación.
En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades que pertenecen al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, de la persona jurídica dominante, siempre y cuando ésta última acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de las mencionadas sociedades necesarios para la ejecución del contrato.
En las uniones temporales de empresas, cada una de las empresas que presenten propuesta de unión temporal de empresas para la consecución del contrato, acreditarán su solvencia de acuerdo con los párrafos anteriores y quedarán solidariamente obligados ante la Administración y nombrarán a un representante o apoderado único de la unión con poderes suficientes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato.
8.1.2.d. Acreditación de no encontrarse en ninguna de las situaciones indicadas en el artículo 20 TRLCAP.
Declaración responsable conforme la empresa no está incluida en ninguna de las prohibiciones de contratar con la Administración determinadas en el artículo 20 del TRLCAP y, especialmente, de encontrarse al corriente del cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de acuerdo con el modelo número 1 que se adjunta como anexo.
En el supuesto de que la empresa no esté obligada a estar dada de alta en algún tributo, tributar o bien al cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social, de conformidad con la legislación vigente aplicable, esta circunstancia se hará constar mediante declaración responsable, especificando el supuesto legal de exención que concurre.
8.1.2.e. Declaración del ofertor sobre su condición de fabricante, distribuidor o importador del artículo o producto ofrecido (ved modelos nº. 5, 6 i 7). En estos dos últimos casos especificará expresamente de qué empresa es distribuidor o importador.
Documento o documentos que acrediten la veracidad de tal declaración:
- La condición de fabricante: con el correspondiente censo industrial o autorización de puesta en marcha de la industria o documento equivalente.
- La condición de distribuidor: con autorización escrita del fabricante, o si procede, del importador, del artículo o producto ofrecido.
- La condición de importador: con autorización escrita del fabricante o distribuidor extranjero del artículo o producto ofrecido.
En los dos últimos casos, la autorización respectiva será otorgada para la licitación de que se trate.
8.1.2.f. Garantía provisional.
Los licitadores tendrán que constituir la garantía provisional, tal como se determina en el apartado F del cuadro de características, de los materiales a los cuales se licita; por lo tanto hay que incorporar una relación de los materiales a los cuales se licita a efectos de poder comprobar si la garantía provisional presentada es correcta. Cuando la garantía se constituya ante la Caja General de Depósitos, la acreditación se efectuará mediante la entrega del resguardo emitido.
La garantía se constituirá en metálico o en valores públicos o privados en la Caja General de Depósitos de la Generalitat de Catalunya, de acuerdo con lo que dispone el artículo 61.1 a) del Reglamento. La garantía constituida en valores se tiene que ajustar a lo que dispone el artículo 55 del Reglamento.
También será admitida la garantía provisional mediante aval que reúna los requisitos que disponen los artículos 56 y 58.1 del Reglamento o mediante contrato de seguro de caución (modelos 3 y 4), en los términos previstos en los artículos 57 y 58.1 del Reglamento. Según el artículo 58 del Reglamento las firmas de los apoderados, con poderes suficientes, de las entidades de aval o aseguradoras tienen que estar validadas previamente y por una sola vez por la Asesoría Jurídica de la Caja General de Depósitos de la Generalitat de Catalunya o por un abogado de la Generalitat de Catalunya adscrito a cualquier unidad departamental, territorial o central del Gabinete Jurídico de la Generalitat de Catalunya.
En el caso de unión temporal de empresas, la garantía provisional, cuando sea exigible, podrá constituirse por una o varios de las empresas participantes, siempre que en conjunto llegue a la cuantía requerida en el apartado F del cuadro de características de este Pliego y se garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal.
8.1.2.g. Grupo empresarial.
Declaración sobre el grupo empresarial a que pertenecen las empresas, con indicación de las empresas que lo componen y denominación del grupo (artículo 86.3 del Reglamento)
8.1.2.h. Sumisión a los juzgados y tribunales españoles.
Declaración de sumisión a los juzgados y tribunales españoles, por parte de las empresas extranjeras, para todas las incidencias que pudieran surgir del contrato, con renuncia expresa a su propio xxxxx.
8.1.3. Empresas inscritas en el Registro Electrónico de Empresas Licitadoras de la Generalitat de Catalunya.
Las empresas inscritas en el Registro Electrónico de Empresas Licitadoras de la Generalitat de Catalunya regulado en el Decreto 107/2005, de 31 xx xxxx, gestionado por la Secretaria Técnica de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (Xxxxx xx Xxxxxx, 00, 0x xxxxxx, 00000-Xxxxxxxxx, teléfonos de información 935 528 136 y 935 528 098; xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxx/xxxx) sólo están obligadas a incorporar en el sobre A el
resguardo acreditativo de haber constituido la garantía provisional y la declaración del ofertor sobre su condición de fabricante, distribuidor o importador del artículo o producto ofrecido.
8. 2. - Contenido del sobre B: PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y REQUISITOS TÉCNICOS 8.2.1. Proposición Económica:
Esta proposición no podrá ser superior a los precios unitarios del presupuesto de licitación del contrato expresado en el apartado B del cuadro de características ni al importe total y se redactará según el modelo nº. 2 que figura anexo a este pliego.
La posible reducción de plazo de ejecución se tiene que hacer constar en este documento con el fin de ser tenida en cuenta.
En el importe de la oferta económica se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los impuestos y cargas fiscales de cualquier índole que graben la ejecución del contrato y en particular el IVA.
No se aceptarán las ofertas que tengan omisiones, enmiendas o errores que no permitan conocer claramente aquello que la Administración considera fundamental para valorarlas.
En caso de que se pueda ofrecer un plazo de garantía adicional se tiene que hacer constar en el modelo de oferta económica nº. 2 que figura como anexo con el fin de ser tenido en cuenta.
El precio unitario de la oferta de cada uno de los artículos será el precio al cual se compromete el licitador a suministrar las sucesivas peticiones de ampliación que se puedan hacer durante el resto del año.
Por otra parte, las proposiciones podrán ser rechazadas cuando concurran las circunstancias determinadas en el artículo 84 del Reglamento.
8.2.2. Referencias Técnicas:
Memoria descriptiva de los artículos que se ofrecen en el mismo orden y con la misma denominación que la oferta económica, en la cual se hará constar las características técnicas y funcionales de los artículos, según el modelo nº. 8.
Certificado conforme los armarios ofertados cumplen el Real decreto 379/2001, de 6 xx xxxxx (BOE nº. 112, de 10 xx xxxx de 2001) por el cual se aprueba el reglamento de almacenaje de productos químicos y sus instrucciones técnicas complementarias referentes al almacenaje de líquidos inflamables y combustibles y otros productos químicos (corrosivos) en recipientes móviles, con estantes para el almacenaje de estos productos.
Certificado que garantice la reposición de las piezas de recambio para efectuar las reparaciones por un periodo mínimo de 10 años.
Documentación acreditativa, si procede, que el licitador tiene contratado un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2% del total de la plantilla.
Muestras de los artículos objeto de oferta y plazo de presentación:
Los licitadores tendrán que presentar muestra de todos los materiales a los cuales se licita a efectos de valorar según lo que se dispone en la cláusula 11 de este pliego, y con el fin de verificar si se ajustan a la descripción formulada en la memoria descriptiva que se acompaña por los licitadores en el sobre B) relativo a las referencias técnicas.
Las muestras tendrán que presentarse embaladas de acuerdo con las prescripciones técnicas de embalaje que se adjuntan en este pliego de cláusulas como anexo nº. I, en caso contrario, no se admitirá la muestra presentada.
Las muestras de los artículos que tengan que examinarse tendrán que ser depositadas en el local habilitado con esta finalidad por el Departamento de Educación, en la forma, durante el horario y en la fecha límite que se indique en las instrucciones elaboradas por el servicio proponiendo.
La no presentación de la muestra en la fecha y hora límite a disposición del órgano de contratación, comportará la no admisión del material concreto ofertado.
Si no se presenta la muestra en la fecha y hora límite, pero antes de la mencionada hora se alega causa excepcional que justifique el retraso, a criterio del órgano de contratación, se concederá, sólo en este caso, un plazo máximo de tres días para subsanar la mencionada falta. Si no se subsana en este nuevo plazo se procederá tal como se ha dicho en el anterior párrafo.
La discrepancia entre la descripción formulada en la memoria descriptiva del sobre B) de referencias técnicas, presentado por el licitador, y la muestra presentada, comportará la no admisión del material concreto ofertado.
9. - MESA DE CONTRATACIÓN
Actuará como Mesa de Contratación la Comisión de Suministros del Departamento de Educación, en los términos establecidos en el artículo 12.2.b) del Decreto 96/2001 de 20 xx xxxxx y al Orden EDC/442/2005, de 16 de noviembre.
10. – APERTURA DE PROPOSICIONES
10. 1. - Examen previo de la documentación:
La Mesa de Contratación, previamente a la apertura del sobre B, examinará y calificará la documentación contenida en el sobre A. Si la Mesa observara defectos u omisiones enmendables en la documentación presentada, lo notificará a los licitadores, y podrá conceder, si lo cree conveniente, un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador enmiende el error. Caso de necesitarse aclaración sobre la documentación presentada en referencia a los artículos 15 a 20 del TRLCAP, podrá concederse un plazo de 5 días naturales para cumplimentarla. La no presentación de alguno de los documentos que se tienen que incluir en el sobre A será causa de exclusión.
10. 2. - La Mesa de Contratación, en el lugar, día y hora señalados en el anuncio de licitación notificará a los licitadores, en acto público, el resultado de la calificación de la documentación; se procederá seguidamente a la apertura del sobre B, presentado por los licitadores admitidos, y a la lectura del contenido de las proposiciones económicas.
Las proposiciones podrán ser rechazadas, mediante resolución motivada, cuando contribuyan las circunstancias determinadas al artículo 84 del Reglamento.
11. - CRITERIOS DE VALORACIÓN.
11. 1. - El órgano de contratación, de acuerdo con el establecido en los artículos 86 y 88 del TRLCAP, adjudicará el suministro objeto de este contrato, al licitador que, en su conjunto, haga la proposición más ventajosa, con un total máximo de 100 puntos, según los criterios de adjudicación siguientes:
a) Valoración técnica de la oferta, en relación con las prestaciones técnicas establecidas en el pliego de prescripciones técnicas puntuación máxima 50 puntos.
Capacidad de almacenaje, cantidad de estantes o bandejas, volumen/peso máximo por bandeja o estante, volumen total del armario. Capacidad de recogida de derrames de productos.
Calidad y acabados de los materiales. Tipo de materiales utilizados. Regulación de alturas, facilidad de limpieza y de vaciado de derrames accidentales. Resistencia de los materiales y del armario en conjunto. Facilidad de uso. Sistemas de ventilación y/o extracción.
Mejoras propuestas por las empresas licitadoras.
Aquellas ofertas que no se ajusten a las prescripciones técnicas quedarán excluidas.
b) Proposición económica: Se valorará el precio ofertado de acuerdo con la siguiente fórmula: Precio unitario de la oferta puntuación máxima 50 puntos.
precio de la oferta más económica
Puntuación de cada oferta = x 50
precio a valorar
11. 2. - A efectos de consideración de oferta temeraria, se estará a lo establecido en los artículos 85.1 a 85.4 del reglamento.
Se considerarán desproporcionadas o temerarias las ofertas cuando:
- En el caso de un solo licitador, cuándo el importe sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
- Si hay dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales en el otro oferta.
- Si hay tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. En este caso se excluirá para el cómputo de esta media, la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales en esta media. En cualquier caso se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales.
- En caso de cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas.
11. 3. - Si la Mesa considera que la baja formulada como oferta económica puede ser desproporcionada o temeraria, requerirá el informe técnico del servicio correspondiente, previa solicitud de información por escrito a los licitadores que hayan formulado una oferta de este tipo, a fin de que justifiquen el sentido de la oferta.
11. 4. - En cumplimiento de la disposición adicional octava del TRLCAP relativa a la contratación con empresas que tienen minusválidos a la plantilla y con entidades sin ánimo de lucro, las proposiciones presentadas por empresas que acrediten tener en su plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2%, tendrán carácter preferente en la adjudicación del presente contrato, siempre que sus ofertas sean equivalentes en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos señalados en esta cláusula.
11. 5. - En el supuesto de igualdad en la valoración de dos o más artículos, se insacularán para extraer lo que tenga que ser propuesto para su adjudicación.
12. - SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN.
12. 1. - Una vez valorados los informes técnicos que se hayan solicitado, y estudiadas las observaciones y reclamaciones que, en su caso, hayan presentado los licitadores, la Mesa de Contratación informará al órgano de contratación a fin de que éste resuelva la adjudicación del concurso a favor de aquella oferta que, de acuerdo con las finalidades del contrato, resulte más ventajosa sin tener exclusivamente en cuenta su valor económico, o propondrá la conveniencia de declarar desierta la adjudicación, con pronunciamiento expreso de las reclamaciones que en su caso se hayan presentado.
La adjudicación del contrato una vez acordada, será notificada a los participantes en la licitación, en la forma prevista en el artículo 93 del TRLCAP.
III. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
13. - DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL ADJUDICATARIO.
13. 1. - Cumplimiento de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social
La empresa que sea propuesta como adjudicataria tendrá que aportar en el plazo de cinco días hábiles desde que reciba la comunicación, certificación positiva de encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con la Administración General del Estado y con la Tesorería de la Seguridad Social. Asimismo, si la empresa propuesta como adjudicataria es sujeto pasivo del Impuesto sobre Actividades Económicas y viene obligada al pago de este impuesto, tiene que presentar el documento de alta en el Impuesto relativo al ejercicio corriente en el epígrafe correspondiente con el objeto del contrato o el último recibo del impuesto, acompañado de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En el caso que la empresa propuesta adjudicataria se encuentre en alguno de los supuestos de exención recogidos en el apartado 1 del artículo 82 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aportará una declaración responsable especificando el supuesto legal de exención, así como el documento de declaración en el censo de obligados tributarios.
No es necesario aportar la documentación mencionada en el apartado anterior cuando las empresas estén inscritas en los Registro Electrónico de Empresas Licitadoras de la Generalitat de Catalunya, de conformidad con aquello que determina el Decreto 107/2005, de 31 xx xxxx.
No es necesario que se aporte la certificación positiva de encontrarse al corriente de obligaciones tributarias con la Generalitat de Catalunya dado que el/la secretari/a de la mesa de contratación o el órgano de contratación la solicitará de oficio.
Con el fin de agilizar los trámites de adjudicación, sería conveniente, que las empresas licitadoras adjuntaran las mencionadas certificaciones y la documentación solicitada en este punto dentro del sobre A de documentación administrativa. Opcionalmente pueden presentar el documento de autorización que se adjunta como modelo nº. 9, a fin de que el órgano de contratación solicite de oficio el certificado de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración General del Estado así como en el Impuesto sobre Actividades Económicas, hecho que las eximirá de la obligación de presentar estos dos documentos.
13. 2. - Garantía definitiva
El adjudicatario está obligado a constituir la garantía definitiva en la Caja general de Depósitos de la Generalitat de Catalunya en el plazo de quince (15) días contados desde la notificación de la adjudicación, de acuerdo con el apartado G del cuadro de características.
La garantía definitiva se podrá constituir en metálico, en valores públicos o privados, por aval o por contrato de seguro de caución; con respecto a la forma de constitución de las garantías, son de aplicación las prescripciones que sobre la garantía provisional se expresan en el apartado F de este Pliego.
En caso de producirse una ampliación del contrato, tal como prevé la cláusula 20 del presente pliego, se tendrá que constituir una garantía complementaria en el plazo de 15 días naturales a fin de que guarde la debida proporción con el presupuesto.
En caso de amortización o sustitución total o parcial de los valores que constituyen la garantía, el adjudicatario queda obligado a reponerlos en la cuantía necesaria a fin de que el importe de la garantía no disminuya por este motivo, teniendo que quedar constancia documentada de la mencionada reposición.
13. 3. - Las empresas que hayan concurrido con oferta conjunta de licitación, tienen que presentar la escritura pública de constitución de la unión temporal en la cual conste el nombramiento de representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y poder cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta su extinción, debidamente validada por un abogado de la Generalitat de Catalunya, adscrito a cualquier unidad departamental, territorial o central del Gabinete Jurídico de la Generalitat de Catalunya.
13. 4. - El adjudicatario, previamente a la formalización del contrato, tiene que acreditar delante del organismo contratante, el pago de los gastos de publicación de los anuncios de licitación en Diarios Oficiales. Estos importes tendrán que ser ingresados por el adjudicatario en la cuenta restringida de ingresos del Departamento de Educación de la Generalitat de Catalunya, nº. 13.2201611034, agencia 3000 de la Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona (2100).
14. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
14. 1. - El contrato se perfecciona mediante la adjudicación realizada por el órgano de contratación.
14. 2. - El adjudicatario tiene que suscribir, dentro del plazo de treinta (30) días naturales contados desde el día siguiente a la notificación de la adjudicación, el correspondiente documento de formalización del contrato, de acuerdo con lo que establece el artículo 54 del TRLCAP.
14. 3. - En el momento de formalización del contrato, el adjudicatario tendrá que firmar los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas, documentos contractuales que se adjuntarán al contrato y el contratista dejará constancia firmante la conformidad en cada uno de ellos.
14. 4. - El contrato se ajustará al contenido de este Pliego, y se formalizará siempre en documento administrativo, a menos que el adjudicatario solicite la formalización en escritura pública, caso en el cual se tendrá que hacer cargo de los gastos que eso comporte. En este caso el contratista, en el plazo de quince días contados desde la fecha de su otorgamiento, entregará al organismo responsable de la tramitación del contrato, dos copias simples del mencionado documento.
14. 5. - Cuando por causas imputables al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo antes mencionado, la Administración podrá acordar su resolución con audiencia previa al interesado. En este caso, será procedente la indemnización por daños y perjuicios.
14. 6. - En caso de que el adjudicatario haya ofertado una reducción del plazo de ejecución que haya sido aceptado, o bien un plazo de garantía adicional, estos plazos pasarán a ser contractuales.
15. - OBLIGACIONES ESPECIALES Y GASTOS EXIGIBLES AL SUMINISTRADOR.
15. 1. - Obligaciones laborales, sociales y medioambientales.
El adjudicatario está obligado al cumplimiento bajo su responsabilidad, de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de seguridad y salud en el trabajo, medioambientales y cualquier otro de carácter general aplicable.
15. 2. - Cumplimiento de plazos, penalidades por demora e incumplimiento del objeto.
El contratista queda obligado al cumplimiento del plazo total de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por la Administración.
Si al llegar cualquier plazo o fecha de fin el contratista incurriera en demora por causas que se le pudieran imputar, o cuándo el contratista, por causas imputables a él mismo, incumpla la ejecución parcial de las prestaciones, la Administración podrá optar indistintamente, en la forma y condiciones establecidas en el artículo 96 del TRLCAP, por la resolución del contrato con pérdida de la garantía o por la imposición de las penalidades establecidas en el artículo 95 del TRLCAP.
El importe de la penalidad no excluye la indemnización de daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración originados por la demora del contratista.
Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista estará a lo que dispone el artículo 96.2 del TRLCAP.
En todo caso, la constitución en demora del contratista, no requerirá interpelación o intimación previa por parte de la Administración.
15. 3. - Deber de sigilo
El contratista está obligado a guardar secreto respecto de los datos o antecedentes que no siendo públicos o notorios estén relacionados con el objeto del contrato.
15. 4. - Lengua del contrato
La empresa contratista tiene que utilizar el catalán en sus relaciones con la Administración de la Generalitat derivadas de la ejecución del objeto de este contrato. Asimismo, el contratista y, si procede, las empresas subcontratistas tienen que utilizar, al menos, el catalán en los letreros, las publicaciones, los avisos y en el resto de comunicaciones de carácter general que se deriven de la ejecución de las prestaciones objeto del contrato.
En particular, la empresa contratista tiene que utilizar la lengua catalana en el etiquetado, el embalaje, la documentación técnica, los manuales de instrucciones y en la descripción de otras características singulares de los bienes y productos, de acuerdo con lo que se determina en el pliego de prescripciones técnicas particulares. Por lo tanto, conjuntamente con la entrega de los bienes objeto de este contrato, la empresa contratista tiene que entregar los manuales correspondientes, así como toda la documentación técnica necesaria para que funcionen, al menos, en lengua catalana.
En todo caso, la empresa contratista y, si procede las empresas subcontratistas quedan sujetas en la ejecución del contrato a las obligaciones derivadas de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística y de las disposiciones que la desarrollan. En el ámbito territorial de la Vall d'Aran, las empresas contratistas y, si procede las empresas subcontratistas, tienen que utilizar el aranés, de acuerdo con la Ley 16/1990, de 13 de julio, sobre el régimen especial de la Vall d'Aran y con la normativa propia del Conselh Generau xx Xxxx que la desarrolle.
15. 5. - Gastos exigibles al contratista
Serán a cargo del adjudicatario los gastos de transporte, entrega y embalaje, así como las derivadas de la formalización del contrato.
La aceptación del contrato implica la garantía de la reposición de las piezas de recambio por un periodo mínimo de 10 años.
Cuando el adjudicatario no sea de nacionalidad española y se efectúe el abono del precio del contrato divisas, serán a cargo del adjudicatario los gastos que se deriven en favor de la entidad bancaria correspondiente.
15. 6. - Responsabilidad
El contratista ejecutará el contrato a su riesgo y xxxxxxx, y estará obligado a indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, excepto en el caso que los daños sean ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración.
16. - CESIÓN
El contratista sólo podrá ceder a un tercero los derechos y las obligaciones provenientes del contrato, previa autorización expresa de la Administración cuándo se cumplan los requisitos establecidos al artículo 114 del TRLCAP.
17. - SUBCONTRATACIÓN
En caso de que el adjudicatario subcontrate la realización parcial del suministro, tendrá que dar conocimiento al Departamento de Educación por escrito con indicación de las partes del contrato que tiene que llevar a cabo el subcontratista, y se tendrá que ajustar a los artículos 115 y 116 del TRLCAP.
18. - REVISIÓN DE PRECIOS
Los precios de contratación del material que hay que suministrar comprendido en este contrato no podrán ser objeto de revisión, de acuerdo con lo establecido en el artículo 103 del TRLCAP.
IV. EJECUCIÓN
19. - EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
19. 1. - El plazo de ejecución del contrato empezará a contar desde la fecha de firma del contrato.
19. 2. -La ejecución del contrato se regirá por lo que disponen los artículos 185 y siguientes del TRLCAP.
19. 3. - La entrega efectiva del suministro se efectuará según las necesidades de la Administración una vez firmada el contrato (ved el apartado H del cuadro de características de este pliego).
El plazo máximo de entrega y sus condiciones específicas se establecen en el apartado H del cuadro de características.
19. 4. - Inspección. La Administración tendrá la facultad de inspeccionar y de ser informada, cuando lo solicite, del proceso de fabricación o elaboración del artículo o producto que tenga que ser entregado como consecuencia del contrato.
La Administración podrá ordenar la realización de pruebas y análisis de control de calidad de los materiales de suministro con cargo al adjudicatario hasta el 1% del presupuesto de licitación. Las empresas o laboratorios para realizar este control serán designados por la Mesa de Contratación, deduciendo el importe de sus honorarios hasta el porcentaje anteriormente mencionado de los pagos a realizar al suministrador.
19. 5. - La realización del suministro de material se justificará mediante albarán por triplicado donde constará el código y nombre del material, las unidades entregadas, el número de expediente y el sello del centro docente conforme el material ha sido entregado.
La copia xxx xxxxxxx para la Administración se tendrá que entregar al servicio correspondiente en un plazo máximo de 10 días desde la fecha del suministro.
19. 6. - El periodo de garantía es el que se menciona en el apartado I del cuadro de características. Si durante el periodo de garantía la Administración observa que los bienes suministrados no son aptos por la finalidad que se pretende, debido a vicios o defectos imputables al adjudicatario y existe fundamento para pensar que la reposición o reparación de los mencionados bienes no será suficiente, de acuerdo con el artículo 191 del TRLCAP, antes de que acabe el periodo de garantía la Administración podrá rechazar los bienes y devolverlos al adjudicatario, quedando exenta de la obligación de pago o en su caso con el derecho de recuperar el precio satisfecho.
20. - MODIFICACIONES DEL CONTRATO.
La Administración sólo podrá incluir modificaciones en razón de interés público, siempre que sean por necesidades nuevas o causas imprevistas y, en especial, modificar o ampliar los bienes y las condiciones de ejecución de este suministro, por razones de nuevas tecnologías, justificándolo debidamente en el expediente.
El contratista está obligado a ejecutar las modificaciones que produzcan aumento, reducción o supresión de las unidades de bienes que integran el suministro o la sustitución de unos bienes por otros, siempre que éstos estén comprendidos en el contrato y que no impliquen una alteración en el precio al alza o a la baja igual o superior al 20%.
En caso de ampliación del contrato, se exigirá al contratista el depósito de garantía complementaria en la principal.
21. - ABONO DEL SUMINISTRO.
21. 1. - El contratista tiene derecho al abono del suministro que realmente ejecute de acuerdo con los precios contratados y con sujeción a la documentación técnica y a las órdenes que le hayan sido dadas por la jefa de servicio correspondiente.
21. 2. - El pago se tramitará contra presentación de factura por duplicado, a la cual será unida copia de los albaranes justificativos de la entrega del material suministrado.
Cuando se trate de pedidos globales con entregas sucesivas, los pagos que se tramiten tendrán carácter de abonos parciales a cuenta, de acuerdo con el artículo 99.2 del RDL 2/2000, de 16 xx xxxxx, para los cuales se tendrá que presentar igualmente la factura con la copia de los albaranes justificativos de la entrega del material.
21. 3. - Los contratistas que tengan derecho al cobro ante la Administración, podrán ceder el mismo con las condiciones y requisitos establecidos en el artículo 100 del TRLCAP.
V. EXTINCIÓN DEL CONTRATO
22. - RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Y DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA
22. 1. - Serán causas de resolución del contrato las señaladas en los artículos 111 y 192 del TRLCAP, así como la infracción de la obligación de guardar reserva sobre los datos y antecedentes respecto de los cuales el contratista tenga conocimiento en razón del contrato y cualquiera de las expresamente establecidas en este pliego.
22. 1. 1. - Es causa específica de resolución del contrato el incumplimiento de las obligaciones previstas con relación al uso xxx xxxxxxx y, en general, el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones relativas al uso xxx xxxxxxx que se derivan de las previsiones de la ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística y de las disposiciones que la desarrollan. No obstante, con carácter previo a la adopción de las medidas de resolución contractual, el órgano de contratación podrá requerir a la empresa contratista para que cumpla las obligaciones lingüísticas de uso xxx xxxxxxx con aplicación del sistema de penalidades previsto en el artículo 95 del TRLCAP.
22. 2. - Los efectos de la resolución se determinarán de acuerdo con lo que disponen los artículos 113 y 193 de la mencionada Ley.
22. 3. - La garantía definitiva se devolverá cuando haya vencido el plazo de garantía y se haya cumplido satisfactoriamente el contrato de que se trate o cuando el contrato se haya resuelto sin culpa del contratista.
23. - PENALIDADES ADMINISTRATIVAS.
23. 1. - Incumplimiento de plazos. Si el adjudicatario, por causas a él imputables, incurriera en demora respecto del plazo fijado para la ejecución del contrato de manera que haga pensar, racionalmente, la imposibilidad de su cumplimiento, el órgano contratante podrá optar, indistintamente, por la resolución del contrato con pérdida de la garantía o por la imposición de penalidades en las cuantías especificadas en el artículo 95.3 del TRLCAP.
En el caso de optar por la resolución a que se refiere esta cláusula, el procedimiento se ajustará a aquello que se establece en el artículo 96.1 del XXXXXX.
00. 0. - Xxxxxxxx. Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista y éste ofreciera cumplir sus compromisos si se le concediera una prórroga, la Administración la podrá conceder por un plazo igual al tiempo perdido, a menos que el contratista pida otro de menor y, en todo caso, siempre de acuerdo con los términos que prevé el artículo 96.2 del TRLCAP.
24. - RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL Y EJECUCIÓN SUBSIDIARIA.
24. 1. - El contratista responderá de todos los daños y perjuicios causados a la Administración dentro del proceso contractual.
24. 2. - Vía de apremio. La cantidad en que se concreten los mencionados daños será exigible por la vía de apremio administrativo.
24. 3. - Ejecución subsidiaria. Se procederá a la ejecución subsidiaria cuando el contratista incumpla obligaciones que, por no tener carácter de personalísimas, puedan ser realizadas por otro sujeto diferente de él mismo.
En este caso, la Administración podrá realizar las obligaciones incumplidas por sí misma o mediante las personas que determine, x xxxxx del contratista.
El importe de los gastos, daños y perjuicios se exigirá de la manera establecida en la cláusula anterior.
24. 4. - El contratista responderá de los daños y perjuicios causados a la Administración o a terceros como consecuencia de las operaciones que requiere la ejecución del contrato en los términos previstos en el artículo 97 del TRLCAP, así como de las consecuencias para la Administración o para terceros de omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
25. - PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTE.
25. 1. - La Administración tiene la facultad de interpretar el contrato objeto de este pliego y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, previa audiencia del contratista.
Igualmente podrá modificar el contrato en aquello que afecta a la cantidad de unidades objeto del suministro y montaje, por razones de interés público y dentro de los límites y con los requisitos indicados en la vigente legislación sobre contratación.
Los acuerdos que dicte la Administración en el eventual ejercicio de las mencionadas prerrogativas de interpretación y su modificación serán inmediatamente ejecutivos.
25. 2. - Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato, serán resueltas por el órgano competente del Departamento de Educación, los acuerdos del cual pondrán fin a la vía administrativa y dejarán expedita la vía contenciosa administrativa, en la que, si procede, se podrá recurrir, de acuerdo con la Ley reguladora de esta jurisdicción.
Barcelona, 23 de julio de 2007
Entendido y aceptado en la totalidad
EL ADJUDICATARIO
ANEXO I
PRESCRIPCIONES TÉCNICAS EMBALAJE
En los artículos que se entreguen en el almacén y a efectos de optimizar tanto el almacenaje como su distribución y transporte en los centros, se observarán las instrucciones siguientes:
1- Los artículos se embalarán en función de la constitución, fragilidad de lo mismo, tanto durante su almacenaje como en el transporte y entrega. En especial, los elementos de cristal se protegerán con materiales adecuados que aseguren al perfecto estado hasta su instalación final. En caso de mobiliario con puertas de cristal éstas irán con un tablero xx xxxxxx de protección.
2- Todos los elementos se embalarán unitariamente, excepto los pupitres y mesas con sillas que irán en conjunto de dos unidades de manera que las sillas queden colocadas dentro del espacio libre entre las dos mesas y las sillas en que irán en grupos de aproximadamente 6.
3- El tamaño de las cajas tendrá que ser proporcional al contenido de las mismas, evitando irregularidades ya sean por exceso o por defecto.
4- Embalaje exterior: Sus prestaciones tendrán en cuenta no tan sólo la protección del contenido, sino también la facilidad y seguridad en el apilamiento durante el almacenaje. Todos los artículos estarán contenidos en cajas de cartón (no se admite otro tipo de material por embalar) y éste será de calidad y doble-doble capa.
5- Protección contra la corrosión: Ante la eventualidad de un almacenaje durante largos periodos de tiempo, aquellos productos sensibles a la corrosión tendrán que ir protegidos contra ésta por algún procedimiento adecuado, tal como sales de sílice, papeles especiales anticorrosivos, tratamientos grasos, etc.
6- Productos químicos: Los productos inflamables, corrosivos o volátiles, además de la correspondiente protección mecánica, tendrán que ir envasados de forma hermética y asegurados con bolsa de poliamida y otros materiales complejos, soldadas térmicamente por su cierre o sistema equivalente, indicando en el exterior el tipo de producto.
7- Acondicionamiento interior: Como materiales de anclaje y protección queda totalmente descartado el uso de recortes de viruta de papel, paja y viruta xx xxxxxx por razones de seguridad, contaminación e higiene.
8- Listados: Cada paquete irá provisto de una bolsa plástica que contenga la relación de los productos incluidos en cada paquete enganchado a la parte interior de cada bulto. Asimismo, se incluirán datos del proveedor (dirección, teléfono, persona responsable, etc.) para su localización en caso de avería o necesidad de reposiciones una vez que el material se encuentre en el centro de destino. Si el material incluye instalación, puesta en marcha o formación, se incluirá una hoja informativa de este hecho así como el teléfono y la persona de contacto con el que el centro se tiene que comunicar para que realicen la operación incluida. De igual forma, se incorporará la GARANTÍA SELLADA en todos aquellos instrumentos o materiales que tengan que incorporarla de fábrica.
9- Sistema de cierre de las cajas: Pueden aplicarse cualquiera del sistemas siguientes:
- Encolado de las solapas.
- Papel engomado - precinto
- Cintas armadas adhesivas.
- Cintas de plástico (PS,PVC,PP,PPO, etc.), autoadhesivas por contacto.
- Aro de barril metálico.
- Aro de barril de plástico (nylon, PP, PE, PPO, etc.)
- Garra metálica.
Siempre que se utilice un sistema de cierre que no implique precinto de garantía, conviene añadir éste por aplicación de alguien de los sistemas descritos.
Para información complementaria sobre este tema pueden consultarse las normas UNE 49.450 I 49.801.
10- Indicación de fragilidad y posicionamiento de las cajas: Cuando el contenido de las cajas lo haga recomendable, se indicará externamente la fragilidad de la mercancía y su posicionamiento en almacenaje.
Puede consultarse la norma UNE 49.802 h.
11- Indicación en el caso de mercancías peligrosas: Cuando el contenido esté constituido de forma total o parcial por productos considerados universalmente como peligrosos, es obligatorio la indicación de la índole de riesgo que puede derivarse de su incorrecta manipulación o transporte.
Puede consultarse la norma UNE 49.802 h.
12- El embalaje exterior será neutro (excepto las indicaciones de fragilidad, peligrosidad, etc.) Totalmente libre de letreros o dibujos que indiquen el material que contiene. Sólo se podrá saber el artículo que hay en el interior para la información que la etiqueta debe llevar y que se describe más adelante.
13- El incumplimiento de los requisitos de embalaje o cualquier insuficiencia en los mismos, hará que la comisión receptora del concurso rechace el material incorrectamente presentado, levantándose en este caso la correspondiente Acta de Recepción negativa del mismo, que en consecuencia, tendrá que ser retirado por la empresa adjudicataria, y que vuelto a ser presentado en un plazo improrrogable que se determinará en función de cada caso, plenamente adaptado a los requisitos técnicos exigidos por la referida comisión.
14- Es obligatorio que los armarios y mesas vayan con protecciones interiores de cartón (no se admitirá plástico) en las esquinas.
ETIQUETADO DEL EMBALAJE.
Una vez embalados cada uno de los artículos en paquete/s, se procederá a colocar en lugar visible una etiqueta consistente en una cuadrícula de 105 x 150 mm.
El formato será el siguiente:
En caso de un paquete por artículo, ejemplo de etiqueta;
1- Código del artículo/Nombre | 25360 / Mesa secretaría |
2- Adjudicatario | Materiales didácticos Xxxx Xxxx |
0- Xxxxxxxxxx/xxx | 00/00 |
0- Xxxxxxxx de paquetes. | 1 |
5- Nº del paquete. | 1/1 |
1- Código numérico y denominación del material del Departamento de Enseñanza (Igual en el del anexo del concurso).
2- Nombre de la empresa adjudicataria. 3- Número de expediente.
4- Cantidad de paquetes que componen el artículo. 5- Número de paquete que compone el artículo.
1- Código del artículo / Nombre | 24440 / Silla anatómica |
2- Adjudicatario | Materiales didácticos Xxxx Xxxx |
0- Xxxxxxxxxx/xxx | 000/00 |
0- Xxxxxxxx de paquetes | 3 |
5- Nº del paquete | 1/3 |
En caso de varios paquetes por artículo, ejemplo de etiquetas de cada paquete; Primer paquete.
Segundo paquete.
1- Código del artículo / Nombre | 24440 / Silla anatómica |
2- Adjudicatario | Materiales didácticos Xxxx Xxxx |
0- Xxxxxxxxxx/xxx | 000/00 |
0- Xxxxxxxx de paquetes | 3 |
5- Nº del paquete | 2/3 |
Tercer paquete.
1- Código del artículo / Nombre | 24440 / Silla anatómica |
2- Adjudicatario | Materiales didácticos Xxxx Xxxx |
0- Xxxxxxxxxx/xxx | 000/00 |
0- Xxxxxxxx de paquetes | 3 |
5- Nº del paquete | 3/3 |
Sólo en mobiliario, en caso de que un paquete contenga más de un artículo, ejemplo de etiqueta;
1- Código del artículo/Nombre | 24440 / Silla anatómica |
2- Adjudicatario | Mobiliario Escolar Xxxx Xxxxx |
0- Xxxxxxxxxx/xxx | 00/00 |
0- Xxxxxxxx de paquetes | 1 |
5- Nº d'articulos por paquete | 6 |
MODELO DE DECLARACIÓN DE NO ENCONTRARSE INCLUIDO EN NINGUNO DE LOS SUPUESTOS DE PROHIBICIÓN PARA CONTRATAR Y ENCONTRARSE AL CORRIENTE DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y DE SEGURIDAD SOCIAL
El/la señor/en .........................................................., con documento nacional de identidad nº.
..............., en nombre propio/en representación de la empresa , con domicilio en
la calle ....... nº. .... de ............................................................... y con NIF nº , licitador/a
en el concurso con nº. de expediente ............................................................, bajo mi responsabilidad,
DECLARO
Que no estoy incluido / Que la empresa que represento no está incluida en ninguno de los supuestos de prohibiciones para contratar con la Administración determinados en el artículo 20 del RDL 2/2000 y que, además, me encuentro / la empresa que represento se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, previstas en las disposiciones vigentes.
(Lugar y data)(firma y sello de la empresa)
OFERTA ECONÓMICA
El/la Sr/a. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , vecino/na de. . . . . . . . . . . . , provincia de , con
domicilio a. . . . . . . . Calle. . . . . . . . . . . . . . . . . Nº , (en caso de actuar en representación:
como. . . . . . . . . . . Con poderes otorgados ante el notario Sr/a. . . . . . . . . . . . . . . . En fecha. . . .
. . . . . . . ), con domicilio social a. . . . . . Calle. . . . . . . . . . . . . . . . Nº. . . . Teléfono CIF o
NIF. . . . . . , enterado de las condiciones y requisitos para contribuir a la adjudicación del suministro de. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . se encuentra en situación de participar en el procedimiento para la adjudicación de este suministro.
A tal efecto hace constar que conoce el pliego de bases que rigen esta convocatoria, que acepta incondicionalmente sus cláusulas, que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración, y se compromete en nombre de (propio o de
la empresa que representa), a coger a su cargo el mencionado suministro, con estricta sujeción a los requisitos y condiciones, por los precios unitarios, IVA incluido, que se indican a continuación, lo que totaliza EUR (en letras), IVA incluido:
Códig o | Material | Unidade s | Precio unitario (IVA incluido) | Precio total (IVA incluido) |
XXXX 0 | ||||
XXXX 0 |
(Xxxxxxxxx x xxxxx)
(Firma legible del proponiente).
Aval
(especificar si es garantía provisional
o garantía definitiva)
La entidad ( razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), NIF , con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en el
(calle, plaza, avenida, código postal, localidad), en su nom (nom y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para poder obligarse en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento,
AVALA
a: (nom y apellidos o razón social del avalado), con NIF , en virtud de lo que dispone el artículo (35 si es garantía provisional / 36 si es garantía definitiva) del Texto Refundido de la Ley de Contratas de las Administraciones Públicas, para responder de la siguiente obligación
(detallar el objeto del contrato), ante el órgano de contratación del Departamento de Educación de la Generalitat de Catalunya, por un importe de
(en letra), € (en cifras).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto del obligado principal con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Caja General de Depósitos, con sujeción a los términos previstos al Texto Refundido de la LCAP, aprobado por el RDL 2/2000, de 16 xx xxxxx, a sus normas de desarrollo y a la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos.
El presente aval estará en vigor hasta que el órgano de contratación del Departamento de Educación de la Generalitat de Catalunya, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para eso, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo que dispone el Texto Refundido de la LCAP, aprobado por el RDL 2/2000, de 16 xx xxxxx y legislación complementaria
, d de Localidad y fecha
Razón social de la entidad:
Firma de los apoderados
Verificación de la representación por
,
Provincia | Fecha | Nº. o código |
CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
Certificado número: (1) (de ahora en adelante asegurador) con domicilio social en , calle/plaza/avenida , y NIF debidamente representado por (2)
, con poderes suficientes para obligarla en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento
ASEGURA
(3)
NIF en
concepto de receptor del seguro, delante del órgano de contratación del Departamento de Educación de la Generalitat de Catalunya, de ahora en adelante asegurado, hasta el importe de € (en lletra)(4)
(en cifras) €, en los términos y condiciones establecidos al Texto Refundido de la LCAP, aprobado por el RDL 2/2000, de 16 xx xxxxx, a la normativa de desarrollo y al pliego de cláusulas administrativas particulares por los cuales se rige la contratación, mediante procedimiento abierto por concurso de (5)
en concepto de garantía (6)
, para responder de las obligaciones, penalidades y otros gastos que se puedan derivar conforme a las normas y otras condiciones administrativas precitadas delante del asegurado.
El asegurado declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57 del Reglamento General de la Ley de Contratas de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, en caso de que el asegurador tenga que hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el receptor del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Caja General de Depósitos, en los términos establecidos al Texto Refundido de la LCAP, aprobado por el RDL 2/2000, de 16 xx xxxxx, y normas de desarrollo.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que el órgano de contratación del Departamento de Educación de la Generalitat de Catalunya, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para eso, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo que dispone al Texto Refundido de la LCAP, aprobado por el RDL 2/2000, de 16 xx xxxxx, y la legislación complementaria.
, d de Localidad y fecha
Firma
El asegurador
Verificación de la escritura de poderes por
Provincia | Fecha | Nº. o código |
INSTRUCCIONES PARA LLENAR EL MODELO
(1) Denominación social de la entidad aseguradora.
(2) Nombre y apellidos del apoderado o apoderados de la entidad aseguradora.
(3) Nombre y apellidos o denominación social del receptor del seguro.
(4) Importe
(5) Identificar individualmente de manera suficiente (naturaleza y objeto) la contratación que motiva el procedimiento en virtud del cual se presta la caución.
(6) Modalidad de seguro (provisional, definitiva)
MODELO DE MEMORIA DESCRIPTIVA DE LA CALIDAD DEL OFERTANTE CUANDO SE TRATE DE FABRICANTE
El Señor. . . . . . . . . . . . . . . como. . . . . . . . . de la empresa (1), declaro que mi
calidad de ofertante en los lotes. . . . . . . . . . . . . . . . . de la adjudicación directa del suministro, entrega e instalación de es la de fabricante y por lo
tanto acompaño fotocopia del último censo industrial (2).
El número de fábricas, talleres, etc., de la empresa en funcionamiento es de y están
ubicadas en los siguientes domicilios y ciudades. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
El material y utillaje de las fábricas y talleres anteriormente mencionados, es el siguiente: 1.- . . . . . . . . . . . . . . . .
2.- . . . . . . . . . . . . . . . .
3.- . . . . . . . . . . . . . . . .
Otros datos que considero de interés relacionar son:
1.- . . . . . . . . . . . . . . . .
2.- . . . . . . . . . . . . . . . .
3.- . . . . . . . . . . . . . . . .
Para la comprobación de lo que se ha mencionado, autorizo en el Departamento de Educación de la Generalitat de Catalunya para que realice las comprobaciones que, si a caso, convengan.
(fecha y firma)
(1) Se especificarán el nombre y apellidos de lo que hace la proposición y, si la hace en nombre propio o en representación de otros, se será indicado su condición de titular, apoderado, gerente, etc.
(2) Para tal efecto, hace falta la autorización de puesta en marcha de las empresas, expedida por las Delegaciones de Industria de las provincias donde radiquen
MODELO DE MEMORIA DESCRIPTIVA INDICATIVA DE LA CALIDAD DEL OFERTANTE CUANDO SE TRATE DE DISTRIBUIDOR
El Señor. . . . . . . . . . . . . . . . como. . . . . . . . de la empresa (1), declaro que mi
calidad de ofertante en los lotes. . . . . . . . . . . . . . . . . de la adjudicación directa del suministro, entrega e instalación de es la de distribuidor.
Para la realización del suministro que oferto, tengo la colaboración de las empresas que a continuación se relacionan y que figuran como fabricantes en los censos industriales que acompaño (2):
Nombre de la empresa Domicilio Localidad
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
El número de trabajadores en cada una de ellas es:
Nombre de la empresa Trabajadores fijas Trabajadores eventuales
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
La potencia de fabricación de las empresas anteriores constan en sus respectivos censos industriales.
Otros datos que considero de interés relacionar son:
1.- . . . . . . . . . . . . . .
2.- . . . . . . . . . . . . . .
Para la debida comprobación de lo que se ha mencionado, autorizo al Departamento de Educación de la Generalitat de Catalunya, para que realice las comprobaciones que, si acaso, convengan para Comprobar la veracidad del compromiso de fabricación de los artículos ofertados hechos a favor mío por las empresas antes mencionadas.
(1) Se especificarán el nombre y apellidos de quien hace la proposición y, si la hace en nombre propio o en representación de otros, será indicada su condición de titular, apoderado, gerente, etc.
(2) Para tal efecto, hace falta la autorización de puesta en marcha de las empresas, expedida por las Delegaciones de Industria de las provincias donde radiquen
MODELO DE MEMORIA DESCRIPTIVA INDICATIVA DE LA CALIDAD DEL OFERTANTE CUANDO SE TRATE DE IMPORTADOR
El Señor. . . . . . . . . . . . . . . . . como. . . . . . de la empresa (1), declaro que
mi calidad de ofertante en los lotes. . . . . . . . . . . . . de la adjudicación directa del suministro, entrega e instalación de es la de importador.
El material que oferto será importado de las empresas que se mencionan, con las que tengo concertado el suministro:
Nombre de la empresa Domicilio Localidad País
. . . . . . . …….. | . . . . . | . . . . . . . . . . . |
. . . . . . . . …… | . . . . . | . . . . . . . . . . . |
. . . . . . . …….. | . . . . . | . . . . . . . . . . . |
Estas empresas se han comprometido a suministrar el material, en caso de adjudicación, en los plazos y con las condiciones señaladas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas que rigen en este concurso. Para la debida comprobación de lo que se ha mencionado anteriormente, autorizo al Departamento de Educación de la Generalitat de Catalunya, para que realice las comprobaciones que, si a caso, convengan.
(fecha y firma)
(1) Se especificarán el nombre y apellidos de quien hace la propuesta y, si la hace en nombre propio o en representación de otros, se sea indicado su condición de titular, apoderado, gerente, etc.
A) Descripción.
(Es obligatorio llenar todos éstos apartados y en el mismo orden)
1. Características funcionales.
2. Características técnicas.
3. Accesorios.
4. Condiciones.
5. Formación.
• Indicar como mínimo los mismos parámetros y/o accesorios que se describen y en el mismo orden que a la prescripción.
• Los accesorios o componentes tienen que ir acompañados de las características técnicas y del modelo y/o referencia junto con el catálogo original. En caso de que no coincidan con los relacionados en la prescripción técnica, se indicará cuál o qué elementos los sustituyen.
• Siempre se tendrá que indicar la lengua en la que están redactados el documentos que se entregan con el material (manuales, etc.).
• En el apartado de formación se tendrá que especificar las horas de formación y el programa del curso.
B) Mejoras.
En este caso, indicad cuáles. (Siempre haciendo referencia a la prescripción técnica, accesorios de más, características técnicas, funcionales, o mejores condiciones)
C) Marca o fabricante y modelo o número de referencia...................................
NOTA: Es obligatorio indicar la marca y modelo del material para poder hacer su valoración y adjuntar el catálogo.
Se confeccionará una carpeta independiente pera cada lote con sus catálogos correspondientes. En ningún caso se mezclarán o compartirán catálogos de los diferentes lotes.
La falta de catálogo o identificación del material puede comportar que éste no se valore por falta de información, así como la falta de información en alguien de los apartados, A y/o C, o alguien de sus subapartados.
Toda la documentación y catálogos tienen que estar en catalán y/x xxxxxxxxxx.
AUTORIZACIÓN SOLICITUD OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
D/Dña ................................................................ (nombre y apellidos) con
DNI..........................en representación de la empresa con
NIF ........................autorizo al Departamento de Educación a efectuar las consultas necesarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria a efectos de comprobar:
(marcar la opción deseada con una xxxx)
□ El cumplimiento de las obligaciones tributarias con respecto a la obtención de la certificación positiva que la empresa que represento se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración General del Estado así como del Impuesto sobre Actividades Económicas, para todos los expedientes en los cuales licitamos.
□ El cumplimiento de las condiciones requeridas por el pliego de cláusulas administrativas del expediente núm ++++/++ de contratación ++++++++++++++++++, con respecto a la obtención de la certificación positiva de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración General del Estado así como del Impuesto sobre Actividades Económicas.
Fecha ...........................
Firma ...........................