DATOS DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA
DATOS DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA
CONSEJERÍA/ORGANISMO CONTRATANTE: Dirección Provincial de Educación xx Xxxxx
UNIDAD PROMOTORA: Sección de Gestión Económica y Contratación
TRAMITACIÓN ECONÓMICA: Anticipada
TIPO DE TRAMITACIÓN: Ordinaria
TÍTULO EXPEDIENTE DERIVADO: Limpieza en el IES y la RESIDENCIA "Xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx" xx Xxxxx
OBJETO DEL CONTRATO: Limpieza de los espacios y las instalaciones de la Residencia y el Instituto de Educación Secundaria "Xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx", xx Xxxxx.
TIPO CONTRATO: Servicios
CÓDIGO EXPEDIENTE DERIVADO: D2021/000848
CÓDIGO ACUERDO MARCO DEL QUE DERIVA: M2019/014480
TÍTULO EXPEDIENTE ACUERDO MARCO: La celebración del acuerdo marco para la homologación de los servicios de limpieza a prestar en los bienes inmuebles utilizados por la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León y entidades adheridas, cuyo presupuesto sea igual o superior a 120.000 € (IVA excluido), seleccionar las empresas que podrán realizar dichos servicios, establecer las condiciones para la adjudicación de los contratos basados en el presente acuerdo marco y establecer su régimen básico de ejecución, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 219 y siguientes de la LCSP.
IVA: 52.571,22 €
IMPORTE MÁXIMO PREVIO A LA PETICIÓN SIN IVA : 250.339,13 €
IMPORTE MÁXIMO PREVIO A LA PETICIÓN CON IVA: 302.910,35 €
DATOS DE LA PETICIÓN
En letra IMPORTE TOTAL: Doscientos cincuenta y cinco mil cuatrocientoscinco euros con setenta y dos
% DE BAJA ADQUISICIÓN: 15,68 %
NOMBRE ADJUDICATARIO: EULEN S.A.
NIF ADJUDICATARIO: A28517308
IMPORTE ADQUISICIÓN SIN IVA: 211.079,11 €
IMPORTE ADQUISICIÓN CON IVA: 255.405,72 €
DATOS DE ADJUDICACIÓN
CONSIDERACIONES SOCIALES
CONSIDERACIONES LABORALES
ASPECTOS TRANSVERSALES
FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO BASADO EN EL ACUERDO MARCO DEL SERVICIO DE LIMPIEZA EN EL IES y RESIDENCIA “XXXX XXXX XXXXX XXXXXXXXX”, XX XXXXX
XXXXXXXX
De una parte D. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Director Provincial, en nombre y representación de la Dirección Provincial de Educación xx Xxxxx, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 140/1990, de desconcentración de determinadas funciones de contratación en las Direcciones Provinciales del Ministerio de Educación y Ciencia.
Y de otra parte D. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, con D.N.I. nº ***9924**, actuando como representante de XXXXX, S.A., con CIF nº X00000000 y domicilio social en X/ Xxxxxxx, xx 00-00, 00000 Xxxxxx.
Ambas partes se reconocen competencia y capacidad respectivamente, para formalizar el presente contrato.
El presente contrato basado en el acuerdo marco para la homologación de los servicios de limpieza a prestar en los bienes inmuebles utilizados por la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León (M2019/014480), se configura con las siguientes cláusulas:
I.- DATOS DE CONTACTO
A efectos de facilitar el contacto entre las partes y lograr una adecuada comunicación, se reconocen como datos de contacto y envío de comunicaciones, los que figuran a continuación:
POR EL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN PETICIONARIO
ÓRGANO DE CONTACTO: | Dirección Provincial de Educación xx Xxxxx | ||
DIRECCIÓN: | X/ Xxxx Xxxx, 0 | ||
XXXXXXXXX/XXXXXXXXX: | Xxxxx | X. XXXXXX | 00000 |
TELÉFONO: | 000000000 | FAX | 000000000 |
PERSONA DE CONTACTO: | Xx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx | ||
CORREO ELECTRONICO: |
POR LA EMPRESA ADJUDICATARIA
PERSONA DE CONTACTO | Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx | ||
LOCALIDAD | Xxxxx | ||
PROVINCIA | Xxxxx | C. POSTAL | 05003 |
TELÉFONO | 000000000 | FAX | |
CORREO ELECTRONICO |
II.- PLAZO DE EJECUCIÓN
Desde el 01 xx xxxxx de 2021 hasta el 31 xx xxxxx de 2023
III.- PRECIO, RÉGIMEN DE PAGOS Y FACTURACIÓN
3.1. PRECIO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO: | Importe: 255.405,72 € (Base=211.079,11 €, 21% IVA: 44.326,61 €) |
Anualidades: 2021: 91.216,32 € ; 2022: 127.702,86 € ; 2023: 36.486,54 € | |
Aplicación presupuestaria: 07.02.322A02.22700 | |
3.2. FORMA DE PAGO: La empresa facturará mensualmente a mes vencido, dividiendo el importe de adjudicación entre un total de 42 servicios mensuales correspondientes a los meses de ejecución efectiva del contrato, correspondiendo al Instituto 22 servicios y a la residencia 20. La ejecución del contrato estará suspendida durante el mes xx xxxxxx en el Instituto y los meses de julio y agosto en la Residencia. La facturación se realizará en una única factura mensual divida en dos conceptos: - Servicio de limpieza realizado en el IES - Servicio de Limpieza realizado en la Residencia Por lo tanto el mes de julio se facturará solo el servicio de limpieza realizado en el IES y en el mes agosto se suspenderá la facturación de los dos servicios. Junto con la factura se aportará el informe mensual que se detalla en el Pliego de Prescripciones Técnicas que rige el acuerdo marco y los documentos de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores que prestan sus servicios en el centro de trabajo, debiendo ir debidamente señalados e identificados para permitir su diferenciación de los restantes trabajadores de la empresa. La documentación que acompaña a la factura se presentará por el mismo medio que ésta. La empresa facturará a través de la Plataforma de Facturación Electrónica de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León o a través de FACe, haciendo constar los siguientes datos: Destinatario: Dirección Provincial de Educación xx Xxxxx Dirección: X/ Xxxx Xxxx, 0 - 00000 XXXXX Códigos de facturación: Oficina Contable: A07008943 Órgano Gestor: A07008954 Unidad Tramitadora: A07008954 Mes al que corresponde el servicio Código del contrato: D2021/000848 (en cualquiera de estas dos etiquetas, 3.1.6.1.5. Receiver Contract Reference/ 3.1.6.1.7. Receiver Transaction Reference). |
IV.- DATOS DEL SERVICIO
Lugar de realización del Servicio: I.E.S. y Residencia “XXXX XXXX XXXXX XXXXXXXXX”.- X/ Xxxxx Xxxxx, xx 0.- 00000 XXXXX
V.- COMPROMISOS ADQUIRIDOS POR LA EMPRESA EN SU OFERTA
De conformidad con la oferta presentada con fecha 05 de febrero de 2021, la empresa adjudicataria ha asumido los siguientes compromisos:
o Bolsa de horas gratuitas por trabajos extraordinarios: 160 horas.
VI.- OTRAS ESTIPULACIONES
6.1.- El contratista estará obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia medioambiental, social o laboral, establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral, sin que, en caso de incumplimiento, se derive responsabilidad para la entidad contratante.
6.2.- El contratista, que asume todas las obligaciones particulares derivadas de su oferta vinculante, está obligado a gestionar los permisos, licencias y autorizaciones establecidas en las ordenanzas municipales y en las normas de cualquier otro organismo público o privado que sean necesarias para la prestación de los servicios contratados, solicitando de la Administración los documentos que para ello sean necesarios. Si durante la vigencia del contrato fuesen exigidas otras licencias y autorizaciones, el contratista está obligado a su obtención y presentación, sin que ello implique coste alguno para la Administración.
También se obliga a satisfacer todos los gastos que deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y cualquier clase de tributos que pudieran derivarse de la ejecución.
6.3.- En el ámbito laboral, el contratista se obliga a celebrar con el personal a su cargo, a efectos de la realización del objeto del contrato, el contrato de trabajo que determine la normativa aplicable, y cumplirá con todo lo dispuesto al efecto de las disposiciones legales vigentes en materia laboral en todos sus aspectos, incluidos los de Previsión y Seguridad Social, sin que en ningún momento se cree vínculo laboral alguno con esta Administración.
El personal que la empresa adjudicataria disponga para atender sus obligaciones de este contrato dependerá exclusivamente de ésta. La empresa asumirá la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo el poder de dirección inherente a todo empresario, con las obligaciones que como tal le correspondan y sin que a la extinción
del contrato pueda producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos como personal del órgano contratante.
El contratista está obligado a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación y de las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación.
La empresa adjudicataria adquiere, con total observancia de la regulación específica que afecta al sector, el compromiso de subrogar al personal operativo necesario para la ejecución del contrato en atención de lo que se señale en la petición de oferta vinculante, y de satisfacer los salarios, cotizaciones de la Seguridad Social, seguros de accidentes de trabajo y otros, conforme a la normativa vigente. La empresa adjudicataria pondrá en todo momento a disposición de la Administración la documentación relativa a su personal y remuneraciones conforme al convenio colectivo sectorial de aplicación. En ningún caso será objeto de subrogación el personal que hubiera sido puesto a disposición de la Administración para la realización de funciones administrativas vinculadas al contrato de limpieza.
La empresa adjudicataria deberá satisfacer puntualmente los salarios de sus empleados afectos al servicio, pudiendo la Administración comprobar en cualquier momento que esta obligación se cumple, para lo que podrá solicitar a la empresa los documentos justificativos que estime oportunos.
El contratista responderá en todo caso de los salarios impagados a los trabajadores afectados por subrogación, así como de las cotizaciones a la Seguridad social devengadas, aún en el supuesto de que se resuelva el contrato y aquellos sean subrogados por el nuevo contratista, sin que en ningún caso dicha obligación corresponda a este último. En este caso, la Administración, una vez acreditada la falta de pago de los citados salarios, procederá a la retención de las cantidades debidas al contratista para garantizar el pago de los citados salarios.
La empresa deberá prever y cubrir las suplencias necesarias (vacaciones, incapacidades, etc.) con el fin de garantizar la presencia necesaria de los empleados conforme se detalla en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Las ausencias de personal no cubiertas serán deducidas de la correspondiente factura o, en su caso previa conformidad de la Administración, recuperadas dentro de los dos meses siguientes.
A la finalización de este contrato basado en el acuerdo marco, la antigüedad media de la plantilla no podrá haberse incrementado, con respecto a la antigüedad media inicial, mediante la incorporación o sustitución de los trabajadores. Sólo cabe el incremento de antigüedad consustancial al transcurso del tiempo de duración del contrato; en dicho cómputo no cabe la antigüedad sobrevenida por causa de una subrogación o
cesión de personal, o sucesión de empresas. La empresa adjudicataria será responsable directamente del cumplimiento de esta cláusula conforme a las penalizaciones que resulten de aplicación.
6.4.- El contratista adoptará las medidas necesarias relativas a la seguridad de los datos y al deber xx xxxxxxx sobre la información que pudiera conocer relacionada con el objeto de la prestación, de conformidad con lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos (Reglamento UE 2016/679).
6.3.- De acuerdo con lo dispuesto en la Disposición adicional tercera de la Ley 3/2015, de 4 xx xxxxx, de Transparencia y Participación Ciudadana xx Xxxxxxxx y León, el adjudicatario de este contrato queda obligado a proporcionar toda la información que le sea requerida relacionada con el mismo.
VII.- RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
D. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX en representación de la empresa adjudicataria declara expresamente su sometimiento, para todo lo no previsto en el presente contrato, a la legislación vigente en materia de contratación administrativa y a las normas contenidas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y en el Pliego de Prescripciones Técnicas que rigen el acuerdo marco con código M2019/014480, en el que se basa este contrato. Documentos que conoce y acepta plenamente, habiendo dejado constancia con la firma del acuerdo marco, y que a todos los efectos tendrán la consideración de parte integrante del mismo.
Y para que conste y en prueba de conformidad se firma electrónicamente el presente documento.