Contract
“POR LA CUAL SE LIQUIDA UNILATERALMENTE EL CONTRATO No. INDICAR # DEL CONTRATO Y AÑO”
El Gerente y Representante Legal del Instituto Departamental de Deportes de Antioquia – INDEPORTES ANTIOQUIA, en ejercicio de sus facultades legales, especialmente las conferidas por el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007, y
CONSIDERANDO
INDICAR LA FECHA EN QUE SE CELEBRÓ EL CONTRATO, SU OBJETO, EL PLAZO ESTIPULADO, EL NOMBRE Y DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATISTA.
INDICAR EL No. Y FECHA DEL CDP Y EL RUBRO AL CUAL SE IMPUTÓ LA OBLIGACIÓN.
INDICAR LA FECHA EN LA CUAL SE DIO LA APROBACIÓN DE LAS GARANTÍAS CONSTITUIDAS PARA AVALAR EL CONTRATO (en caso que éstas hayan sido requeridas), IDENTIFICANDO LA COMPAÑÍA ASEGURADORA QUE LA(S) EXPIDIÓ, EL # DE LA PÓLIZA, LA FECHA DE EXPEDICIÓN Y LA COBERTURA DE LA MISMA.
INDICAR LA FECHA DE INICIO DEL CONTRATO.
INDICAR LO RELATIVO A LA DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR DEL CONTRATO NOMBRE Y CARGO EN LA ENTIDAD, ASÍ COMO LA FORMA EN QUE S E LE DESIGNÓ (comunicación escrita que debe identificarse con fecha y radicado).
ALUDIR AL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PREVISTAS EN EL CONTRATO Y QUE LAS MISMAS FUERON CUMPLIDAS SATISFACTORIAMENTE (si aplica, indicar si hubo porcentaje sin ejecutar, valores a reintegrar, y en general cualquier situación particular que influya en lo relativo al cumplimiento del contrato y que se estime relevante a la hora de liquidar el contrato respectivo).
ALUDIR A LAS ACTAS DE RECIBO A SATISFACCIÓN ORIGINADAS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO (identificarlas con # de radicado y fecha) Y SEÑALAR QUE EN ATENCIÓN A DICHAS SE TIENE QUE LOS BIENES RECIBIDOS Y/O SERVICIOS PRESTADOS POR EL CONTRATISTA SE RECIBIERON A ENTERA SATISFACCIÓN Y CON EL CUMPLIMIENTO DE LOS PAGOS CORRESPONDIENTES A SEGURIDAD SOCIAL.
INDICAR LOS PAGOS EFECTUADOS AL CONTRATISTA DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO:
Nota: se sugiere la elaboración de un cuadro que indique el # de la orden de pago, fecha y valor, así como el total de los pagos efectuados.
Ejemplo:
Orden de pago No. |
Fecha |
Valor |
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Total |
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INDICAR EN GENERAL LAS SITUACIONES OCURRIDAS CON OCASIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO, ENTRE ÉSTAS LAS RELACIONADAS CON LA NO EJECUCIÓN DE ALGUNAS SUMAS DE DINERO Y LAS RAZONES POR LAS CUALES SE PRESENTÓ ESE EVENTO.
Que el artículo 60 de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 217 del Decreto 19 de 2012, establece:
“De la ocurrencia y contenido de la liquidación. Los contratos de tracto sucesivo, aquellos cuya ejecución o cumplimiento se prolongue en el tiempo y los demás que lo requieran, serán objeto de liquidación.
También en esta etapa las partes acordarán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar.
En el acta de liquidación constarán los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse x xxx y salvo.
Para la liquidación se exigirá al contratista la extensión o ampliación, si es del caso, de la garantía del contrato a la estabilidad de la obra, a la calidad del bien o servicio suministrado, a la provisión de repuestos y accesorios, al pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones, a la responsabilidad civil y, en general, para evaluar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la extinción del contrato.
La liquidación a que se refiere el presente artículo no será obligatoria en los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión”.
Que el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007 permite la liquidación unilateral de los contratos, en el evento que el contratista, habiendo sido notificado o convocado, no se presente a suscribir la liquidación del contrato de mutuo acuerdo:
“La liquidación de los contratos se hará de mutuo acuerdo dentro del término fijado en los pliegos de condiciones o sus equivalentes, o dentro del que acuerden las partes para el efecto. De no existir tal término, la liquidación se realizará dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la expiración del término previsto para la ejecución del contrato o a la expedición del acto administrativo que ordene la terminación, o a la fecha del acuerdo que la disponga.
En aquellos casos en que el contratista no se presente a la liquidación previa notificación o convocatoria que le haga la entidad, o las partes no lleguen a un acuerdo sobre su contenido, la entidad tendrá la facultad de liquidar en forma unilateral dentro de los dos (2) meses siguientes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 136 del C. C. A. (…)”.
INDICAR LAS GESTIONES REALIZADAS PARA LLEVAR A CABO LA LIQUIDACIÓN BILATERAL DEL CONTRATO Y SU RESULTADO (las cuales debieron tener resultados insatisfactorios pues de lo contrario no se estará procediendo a liquidar el contrato unilateralmente).
Que tal situación configura entonces los supuestos legales establecidos en el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007 para liquidar de forma directa y unilateral por parte de INDEPORTES ANTIOQUIA el Contrato No. INDICAR # Y AÑO DEL CONTRATO QUE SE PRETENDE LIQUIDAR.
Que con fundamento en el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007 la Entidad procede a efectuar la liquidación unilateral, con el siguiente estado de cuenta:
VALOR DEL CONTRATO |
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VALOR EJECUTADO DEL CONTRATO |
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VALOR NO EJECUTADO |
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VALOR PAGADO DEL CONTRATO |
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VALOR PENDIENTE DE PAGO |
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OBSERVACIONES: |
R E S U E L V E
PRIMERO: liquidar unilateralmente el contrato No. INDICAR # Y AÑO DEL CONTRATO suscrito entre INDEPORTES ANTIOQUIA e INDICAR EL NOMBRE Y DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATISTA cuyo objeto consistió en la “TRANSCRIBIR EL OBJETO SEGÚN SE INDICÓ EN EL CONTRATO”.
SEGUNDO: liquídese en su estado económico el contrato así (corresponde al mismo cuadro elaborado en la parte considerativa):
VALOR DEL CONTRATO |
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VALOR EJECUTADO DEL CONTRATO |
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VALOR NO EJECUTADO |
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VALOR PAGADO DEL CONTRATO |
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VALOR PENDIENTE DE PAGO |
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OBSERVACIONES: |
TERCERO: SI SE OBSERVA QUE QUEDÓ PENDIENTE POR EJECUTAR ALGUNA SUMA DE DINERO SE DEBE INDICAR ESTA SITUACIÓN Y EMITIR LA CORRESPONDIENTE ORDEN PARA LIBERAR ESA SUMA DEL REGISTRO PRESUPUESTAL CORRESPONDIENTE.
CUARTO: en virtud de lo expuesto se declara que INDEPORTES – ANTIOQUIA se encuentra x xxx y salvo frente a las obligaciones adquiridas en virtud del contrato No. INDICAR # Y AÑO DEL CONTRATO suscrito con INDICAR EL NOMBRE DEL CONTRATISTA.
XXXXXX: el supervisor declara que durante la ejecución del contrato se efectuaron los aportes correspondientes a la seguridad social.
SEXTO: el contenido de la presente acta de liquidación constituye transacción sobre los derechos y obligaciones derivados del contrato suscrito entre las partes, de conformidad con lo previsto por el artículo 2469 del Código Civil, por el artículo 60 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007, toda vez que se considera contiene la totalidad del acuerdo celebrado.
SÉPTIMO: el Supervisor del contrato declara que el Contratista ha cumplido con las obligaciones del Sistema Integral de Salud, Aporte a las Cajas de Compensación Familiar, ICBF y SENA, de conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002.
OCTAVO: hacen parte de la presente acta los informes presentados por el Contratista y por el supervisor del contrato, así como la constancia de pago al sistema integral de seguridad social.
NOVENO: ante la imposibilidad de notificar personalmente al INDICAR NOMBRE Y DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATISTA el contenido de la presente Resolución, la Gerencia de INDEPORTES ANTIOQUIA procederá conforme a lo establecido en los artículos 68, 69 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y Contencioso Administrativo.
DÉCIMO: contra la presente decisión procede únicamente el recurso de reposición, el cual deberá interponerse ante la Gerencia de la Entidad, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación, en los términos del artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
UNDÉCIMO: la presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos a partir de su ejecutoria.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
NOMBRES Y APELLIDOS DEL GERENTE
Gerente INDEPORTES – ANTIOQUIA
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