ASUNTO: GERENCIA DE ENTIDADES FINANCIERAS - AUTORIZA RECEPCION DE CARTERA DEL DEPOSITO IRREGULAR MERCANTIL Y RESOLUCION DEL CONTRATO DE CESION DE CREDITOS CON PACTO DE RESCATE A PLAZOS SUSCRITO ENTRE EL BCB Y EL BBA EL 1º DE MARZO DE 1996.
RESOLUCION DE DIRECTORIO Nº 021/2000
ASUNTO: GERENCIA DE ENTIDADES FINANCIERAS - AUTORIZA RECEPCION DE CARTERA DEL DEPOSITO IRREGULAR MERCANTIL Y RESOLUCION DEL CONTRATO DE CESION DE CREDITOS CON PACTO DE RESCATE A PLAZOS SUSCRITO ENTRE EL BCB Y EL BBA EL 1º XX XXXXX DE 1996.
VISTOS:
La Ley Nº 1977 de 14 xx xxxx de 1999.
La Resolución SB Nº 053/99 de la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras (SBEF) de fecha 00 xx xxxx xx 0000.
Xx Xxxxxxx Supremo Nº 25681 de 25 de febrero de 2000.
La Resolución de Directorio del Banco Central de Bolivia (BCB) Nº 015/96 de fecha 26 de enero de 1996.
La Minuta de Cesión de Créditos con Pacto de Rescate a Plazos suscrita entre el BCB y el Banco Boliviano Americano S.A.(BBA) el 1º xx xxxxx de 1996.
La Nota IV-FCU-070/2000 del Intendente Vendedor del BBA de fecha 23 de febrero de 2000.
El Informe de la Gerencia de Entidades Financieras Nº 045/2000 de 22 xx xxxxx de 2000.
La Comunicación Interna de la Gerencia de Asuntos Legales GAL Nº 100/2000 de 27 xx xxxxx de 2000.
CONSIDERANDO:
Que en atención a lo dispuesto por la Resolución de Directorio del Banco Central de Bolivia Nº 015/96, en fecha 1º xx xxxxx de 1996 el BCB y el BBA firmaron una Minuta de Cesión de Créditos con Pacto de Rescate a Plazos por $us. 53.526.729.77, cuya ejecución y cumplimiento ineludible estaba prevista en 15 años, incluidos tres xx xxxxxx, computables a partir de la fecha de su suscripción.
Que en el addendum a la Minuta de Cesión de Créditos con Pacto de Rescate a Plazos, se acordó modificar el plazo del pago de las prestaciones sucesivas del 1º xx xxxxx al 29 de dicho mes.
Que asimismo, por medio del instrumento antes citado y en tanto se cumplan los pagos correspondientes al rescate, el BCB encomendó al BBA la administración de la cartera cedida en Depósito Irregular Mercantil (DIM).
Que en aplicación de la Ley 1977, Modificatoria de Disposiciones del Sistema Financiero, la SBEF emitió la Resolución SB Nº 053/99 disponiendo la intervención del BBA para su venta forzosa.
Que el Decreto Supremo 25681, Reglamentario de la Ley 1977, norma la conclusión del proceso de intervención del BBA autorizando al Intendente Vendedor de dicho Banco para que, en un plazo de 12 meses computables desde la fecha de dictación del mencionado decreto, cancele los pasivos y contingentes remanentes con cesiones de créditos o daciones en pago de otros activos, hasta la total extinción de la personalidad jurídica de la entidad intervenida.
Que mediante nota IV-FCU-070/2000 de 23 de febrero de 2000, el BBA propone la devolución de la cartera entregada en Depósito Irregular Mercantil con los créditos que figuran en el listado adjunto a la presente Resolución.
Que el BBA contrató los servicios de la Empresa Auditora KPMG Marwick SRL para realizar una auditoría legal, técnica y financiera del Depósito Irregular Mercantil, cuyo informe establece que la cartera a ser restituida al BCB por el DIM asciende a $us.52.626.304.
Que en el marco de lo dispuesto en la Cláusula Séptima de la Minuta de Cesión de Créditos con Pacto de Rescate a Plazos, el BBA canceló al BCB la distribución correspondiente a las dos terceras partes de las recuperaciones efectivas del Anexo 2 de la citada minuta, cubriendo de esta manera en efectivo la diferencia entre el valor de la cartera cedida y el flujo de pagos sucesivos.
Que en su informe Nº 045/2000, la Gerencia de Entidades Financieras señala que la propuesta del BBA cumple con las condiciones del contrato sobre la restitución de una cartera de créditos igual en género, calidad, calificación y cantidad.
Que en opinión de la Gerencia de Asuntos Legales, contenida en su Comunicación Interna GAL 100/2000, la intervención del BBA para su venta forzosa creó una imposibilidad sobrevenida para que esta entidad pueda honrar sus obligaciones pactadas en la Minuta de 1º xx xxxxx de 1996, razón por la que corresponde al Directorio del BCB autorizar la recepción de la cartera de créditos del DIM, así como la resolución del Contrato respectivo.
POR TANTO,
EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DE BOLIVIA RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar a la Administración del BCB la recepción de la cartera de créditos entregada en Depósito Irregular Mercantil al BBA, de
acuerdo al listado adjunto que forma parte de la presente Resolución, con fecha xx xxxxx al 31 de enero de 2000, por $us.52.626.304.40. Toda recuperación de capital e intereses posterior a la fecha xx xxxxx será a favor del BCB.
Expresado en $us.
Nº DE CREDITOS | CATEGORIA | VALOR FACIAL |
50 | 1 | 2.955.953,62 |
101 | 2 | 795.056,23 |
130 | 3 | 3.065.520,64 |
84 | 4 | 9.433.176,36 |
579 | 5 | 36.376.597,55 |
944 | 52.626.304,40 |
Artículo 2.- Una vez recibida la cartera del DIM, autorizar la resolución de la Minuta de Cesión de Créditos con Pacto de Rescate a Plazos suscrita
entre el BCB y el BBA el 1º xx xxxxx de 1996.
Artículo 3.- Autorizar al Presidente del Banco Central de Bolivia la suscripción del documento respectivo con el Intendente Vendedor del BBA.
Artículo 4.- La Presidencia y Xxxxxxxx General quedan encargadas de la ejecución y cumplimiento de la presente Resolución.
La Paz, 29 xx xxxxx de 2000
Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx X.
Xxxxxxx Xxxxxx X. Xxxx Xxxxxxxxxx X.
Xxxxxxxx Xxxxxxx X. Xxxxxxx Xxxxxx X.