CONTRATO DE GARANTIA
Préstamo No. 4821/OC-AR Resolución DE-57/19
CONTRATO DE GARANTÍA
entre la
REPÚBLICA ARGENTINA
y el
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
Préstamo a la Provincia de Buenos Aires
Primera Operación Individual bajo la Línea de Crédito Condicional para Proyectos de Inversión (CCLIP) para el Programa de Fortalecimiento e Integración de Redes de Salud en la Provincia de Buenos Aires
de de 20
LEG/SGO/CSC/EZSHARE-1044359933-17803
IF-2019-89236365-APN-SSRFI#MHA
CONTRATO DE GARANTIA
CONTRATO celebrado el día de de 20 entre la REPÚBLICA ARGENTINA, en adelante denominada el “Garante”, y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, en adelante denominado el “Banco”.
ANTECEDENTE
De conformidad con el Contrato xx Xxxxxxxx No. 4821/OC-AR, en adelante denominado el “Contrato xx Xxxxxxxx”, celebrado en esta misma fecha y lugar, entre el Banco y la Provincia de Buenos Aires, en adelante denominado el “Prestatario”, el Banco convino en otorgar un financiamiento al Prestatario hasta por una suma de ciento cincuenta millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$150.000.000), con cargo a los recursos del capital ordinario del Banco, siempre que el Garante afiance solidariamente las obligaciones del Prestatario estipuladas en dicho Contrato.
EN VIRTUD DEL ANTECEDENTE EXPUESTO, las partes contratantes acuerdan lo siguiente:
1. El Garante se constituye en fiador solidario de todas las obligaciones de pago, tales como pago del principal, intereses, comisión de inspección y vigilancia, comisión de crédito y cualquier otra carga financiera, contraídas por el Prestatario en el referido Contrato xx Xxxxxxxx, que el Garante declara conocer en todas sus partes. Dichas obligaciones financieras no incluyen compromiso del Garante de contribuir con recursos adicionales para la ejecución del Programa.
2. El Garante se compromete, en el ámbito de su competencia, a no tomar ninguna medida y a no permitir que se tomen providencias que dificulten o impidan la ejecución del Programa u obstaculice el cumplimiento de cualquier obligación del Prestatario establecida en el Contrato xx Xxxxxxxx.
3. El Garante se compromete, en caso de que otorgare algún gravamen sobre sus bienes x xxxxxx fiscales como garantía de una deuda externa, a constituir al mismo tiempo un gravamen que garantice al Banco en un pie de igualdad y proporcionalmente, el cumplimiento de las obligaciones contraídas en este Contrato. La anterior disposición no se aplicará, sin embargo:
(i) a los gravámenes sobre bienes comprados para asegurar el pago del saldo insoluto del precio; y (ii) a los gravámenes pactados en operaciones bancarias para garantizar el pago de obligaciones cuyos vencimientos no excedan de un (1) año.
Para los efectos de este contrato, la expresión “bienes x xxxxxx fiscales” significa toda clase de bienes x xxxxxx que pertenezcan al Garante o a cualesquiera de sus dependencias que no sean entidades autónomas con patrimonio propio.
4821/OC-AR
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4. El Garante se compromete a:
(a) Cooperar, en el ámbito de su competencia, en el cumplimiento de los objetivos xxx Xxxxxxxx.
(b) Informar, a la mayor brevedad posible, al Banco sobre cualquier hecho que dificulte o pudiere dificultar el logro de los fines xxx Xxxxxxxx o el cumplimiento de las obligaciones del Prestatario.
(c) Proporcionar al Banco las informaciones que éste razonablemente le solicite respecto de la situación del Prestatario.
(d) Facilitar a los representantes del Banco el ejercicio de sus funciones relacionadas con el Contrato xx Xxxxxxxx y la ejecución del Proyecto.
(e) Informar, a la mayor brevedad posible, al Banco en caso de que en cumplimiento de sus obligaciones de fiador solidario estuviere realizando los pagos correspondientes al servicio xxx Xxxxxxxx.
5. El Garante se compromete a que tanto el capital como los intereses y demás cargos xxx Xxxxxxxx se pagarán sin deducción ni restricción alguna, libres de todo impuesto, tasa, derecho o recargo que resulten o pudieren resultar de las leyes de la República Argentina, y que tanto este Contrato como el Contrato xx Xxxxxxxx estarán exentos de todo impuesto, tasa o derecho aplicable a la celebración, inscripción y ejecución de los contratos.
6. La responsabilidad del Garante sólo se extinguirá cuando el Prestatario cumpla íntegramente con todas las obligaciones de pago asumidas en el Contrato xx Xxxxxxxx. Por ello en caso de que el Prestatario incumpla dichas obligaciones, las obligaciones del Garante no estarán sujetas a ninguna notificación o interpelación, formalidad procesal, demanda o acción previa contra el Prestatario o contra el propio Xxxxxxx, por parte del Banco. Asimismo, el Garante renuncia expresamente a cualesquiera derechos, beneficios de orden o de excusión, facultades, favores o recursos que le asistan o le puedan asistir, y seguirá estando obligado incluso en el supuesto en que el Banco: (a) no ejercite los derechos, facultades o recursos que le asistan contra el Prestatario;
(b) tolere o acuerde con el Prestatario un incumplimiento o retraso en el cumplimiento de sus obligaciones; (c) otorgue prórrogas de plazos o realice cualesquiera otras concesiones al Prestatario incluso con anuencia del Garante; o (d) altere, suplemente, o revoque, total o parcialmente, cualesquiera disposiciones del Contrato xx Xxxxxxxx, incluso mediando conformidad por parte del Garante. No obstante, sin perjuicio de lo establecido en esta Cláusula, el Banco comunicará al Garante cualquier incumplimiento de las obligaciones del Prestatario.
7. El retardo en el ejercicio de los derechos del Banco acordados en este Contrato, o su omisión, no podrán ser interpretados como una renuncia a tales derechos, ni como una aceptación de las circunstancias que lo habrían facultado para ejercitarlos.
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8. Toda controversia que surja entre las partes con motivo de la interpretación o aplicación de este Contrato y que no se solucione por acuerdo entre ellas deberá someterse al fallo del Tribunal de Arbitraje en la forma que se establece en el Capítulo XII de las Normas Generales del Contrato xx Xxxxxxxx. Para los efectos del arbitraje, toda referencia al Prestatario en dicho Capítulo se entenderá aplicable al Garante. Si la controversia afectare tanto al Prestatario como al Garante, ambos deberán actuar conjuntamente designando un mismo árbitro.
9. Todo aviso, solicitud o comunicación entre las partes de conformidad con el presente Contrato, deberá efectuarse sin excepción alguna por escrito y se considerará como dado, hecho o enviado por una de las partes a la otra cuando se entregue por cualquier medio usual de comunicación a las siguientes direcciones:
Al Garante:
Dirección postal:
Ministerio de Hacienda Xxxxxxxx Xxxxxxxx 000, Xxxx 0x X0000XXX
XXXX, Xxxxxxxxx Teléfonos: (00-00) 0000-0000/8803
Correo electrónico: xxxxxxx@xxxxx.xxx.xx Al Banco:
Dirección postal:
Banco Interamericano de Desarrollo 0000 Xxx Xxxx Xxxxxx X.X. Xxxxxxxxxx, X.X. 00000
XX.XX.
Facsímil: + 0 (000) 000-0000
0000/XX-XX
XX-0000-00000000-XXX-XXXXX#XXX
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EN FE DE LO CUAL, el Garante y el Banco, actuando cada uno por medio de su representante debidamente autorizado, firman este Contrato en tres (3) ejemplares de igual tenor, en , el día mencionado en la frase inicial de este Contrato.
REPÚBLICA ARGENTINA
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
[Nombre y título del representante autorizado]
4821/OC-AR
[Nombre y título del representante autorizado]
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República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 2019 - Año de la Exportación
Hoja Adicional de Firmas Anexo
Número: IF-2019-89236365-APN-SSRFI#MHA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 1 de Octubre de 2019
Referencia: EX-2019-86618190- APN-DGD#MHA - Anexo I - Garantía - BID - PBA
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Xxxxx Xxxxxx Xxxx Subsecretario
Subsecretaría de Relaciones Financieras Internacionales Ministerio de Hacienda
Préstamo BID N°4821/ OC-AR “Programa de Fortalecimiento e Integración de Redes de Salud en la Provincia de Buenos Aires”.
CONTRATO DE CONTRAGARANTÍA
entre la
REPÚBLICA ARGENTINA
y la
Provincia de BUENOS AIRES
“Programa de Fortalecimiento e Integración de Redes de Salud en la Provincia de Buenos Aires”
IF-2019-89236324-APN-SSRFI#MHA
CONTRATO DE CONTRAGARANTÍA
Contrato celebrado el día [*] de [*] de 2019, entre la REPÚBLICA ARGENTINA, representada en este acto por el señor Ministro de Hacienda, Licenciado Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx XXXXXXX, en adelante denominado el “Xxxxxxx” x xx Xxxxxxxxx xx XXXXXX XXXXX, representada en este acto por el señor Ministro de Economía de la Provincia, Licenciado Xxxxxx XXXXXX en adelante denominado el “Prestatario”.
ANTECEDENTES
De conformidad con el Contrato xx Xxxxxxxx BID N°4821/OC-AR , en adelante denominado el “Contrato xx Xxxxxxxx”, celebrado en esta misma fecha y lugar, entre el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) en adelante denominado “Banco” y el “Prestatario”, el “Banco” acordó otorgar a éste último un préstamo por un monto de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA MILLONES (USD 150.000.000)
para el financiamiento del “Programa de Fortalecimiento e Integración de Redes de Salud en la Provincia de Buenos Aires”, en adelante el “Programa”.
El Programa tiene por objetivo mejorar la accesibilidad y la cobertura efectiva de los servicios públicos de salud para la población de la Provincia de Buenos Aires (PBA). Los objetivos específicos del Programa son: (i) mejorar la accesibilidad y resolutividad del primer nivel de atención en un conjunto de municipios del AMBA; (ii) incrementar la capacidad de respuesta de los servicios de emergencia en toda la PBA; y (iii) mejorar la oportunidad de la dispensa de medicamentos oncológicos y paliativos en toda la PBA.
El Programa está compuesto por: Componente (1) Expansión y Mejora del Primer Nivel de Atención en el AMBA. Componente (2) Expansión y Mejora de la Red de Servicios de
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Emergencia y Guardias de la PBA. Componente (3) Expansión y Mejora de la Cobertura de los Tratamientos Oncológicos.
El Garante convino en garantizar las obligaciones financieras contraídas por el Prestatario en el referido Contrato xx Xxxxxxxx de acuerdo con el Contrato de Garantía celebrado en esta misma fecha y lugar, entre la República Argentina y el Banco, condicionando la validez de dicha garantía a la firma y vigencia del presente Contrato de Contragarantía.
EN VIRTUD DE LOS ANTECEDENTES EXPUESTOS, las partes contratantes acuerdan lo siguiente:
ARTÍCULO 1°.- El Prestatario se compromete a cancelar en efectivo cualquier importe debido en virtud de lo establecido en el Contrato xx Xxxxxxxx y el Contrato de Garantía, en los plazos previstos en el referido Contrato xx Xxxxxxxx.
En el caso en que el Prestatario no cumpla con las obligaciones de pago indicadas en el párrafo precedente, y a fin de garantizar la atención de los compromisos financieros asumidos en virtud de lo establecido en el presente Contrato de Contragarantía, el Prestatario autoriza de manera irrevocable al Garante, para que instruya al BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA para que éste retenga los fondos pertenecientes al Prestatario correspondientes al Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos – Ley N° 23.548 y sus modificatorias o el régimen que lo sustituya, por hasta los montos que sean suficientes para atender las obligaciones de pago referidas en el párrafo anterior, y que el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA proceda a acreditarlos en la cuenta según los requerimientos que le indique el Garante a tal efecto. En este sentido, el Garante incluirá en dicha instrucción el monto a transferir denominado en PESOS ARGENTINOS. Dicho
monto en PESOS ARGENTINOS será calculado tomando el tipo de cambio vendedor que
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fija el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA al cierre de las operaciones del día anterior a la fecha de la instrucción que envíe el Garante.
Toda vez que en la fecha de pago de las sumas adeudadas, el monto de coparticipación retenido no sea suficiente para cancelar el total de las obligaciones de pago debidas al Banco y que sea necesario que el Garante desembolse suma alguna a dichos efectos para cancelar la totalidad de las sumas debidas, el Garante recuperará las sumas de la coparticipación del Acreditado en el plazo inmediato posterior con más un interés aplicable que será el mismo que se ha acordado en el Contrato xx Xxxxxxxx.
ARTÍCULO 2°.- El Prestatario se compromete a brindar al Garante toda la información que éste último le requiera sobre la ejecución física y financiera del Contrato xx Xxxxxxxx, destinado al financiamiento del “Programa de Fortalecimiento e Integración de Redes de Salud en la Provincia de Buenos Aires”, así como la relacionada con el comportamiento fiscal y de endeudamiento en el que se enmarca la operación.
ARTÍCULO 3°.- El Prestatario se compromete a cumplir con los principios y parámetros del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal, Ley N° 25.917, o el que lo sustituya, de modo de mantener la sustentabilidad fiscal, para lo cual se compromete a presentar la información que resulte necesaria para verificar su situación fiscal y financiera.
ARTÍCULO 4°.- Las partes dejan constancia que la vigencia de este Contrato se inicia en la fecha de su suscripción y se mantendrá hasta la cancelación del monto total del capital, intereses y demás cargos estipulados en el Contrato xx Xxxxxxxx y en el Contrato de Garantía.
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ARTÍCULO 5°.- El Prestatario debe solicitar, mediante comunicación escrita, la conformidad del Garante para realizar cualquier modificación o ampliación de las disposiciones del Contrato xx Xxxxxxxx, contempladas o no en las condiciones del mismo, así como también informar el cumplimiento de las condiciones previas al primer desembolso, sus prórrogas y cambios de las fechas de pago de las obligaciones asumidas en virtud del Contrato xx Xxxxxxxx. El incumplimiento de lo establecido anteriormente, dará derecho al Garante a cancelar las obligaciones nacidas en virtud del Contrato de Garantía.
ARTÍCULO 6°.- El registro contable y financiero del Proyecto se realizará utilizando el sistema de Unidades Ejecutoras de Préstamos Externos (UEPEX), desarrollado por la Unidad de Informática del Ministerio de Hacienda, específicamente para la gestión de proyectos con financiamiento Externo.
ARTÍCULO 7°.- Forman parte integrante del presente Contrato de Contragarantía, el Contrato xx Xxxxxxxx y el Contrato de Garantía, que las partes declaran conocer y conformar en todos sus términos
ARTÍCULO 8°.- Las comunicaciones y avisos establecidos en el Contrato xx Xxxxxxxx y en el Contrato de Contragarantía, deberán efectuarse sin excepción alguna por escrito y se considerarán como enviadas por una de las partes a la otra cuando se entregue por cualquier medio usual de comunicación en las direcciones indicadas.
Del Garante:
Ministerio de Hacienda
Dirección Postal: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxxx 0x Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
XX-0000-00000000-XXX-XXXXX#XXX
0
XX0000XXX, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Tel: 54-11- 0000-0000/8803
Del Prestatario:
Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx Dirección Postal: Xxxxx 0 xxxxx 00 x 00
Xxxxxx xx Xx Xxxxx.
X0000XXX, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Tel: (0000) 000-0000/4489/4400
EN FE DE LO CUAL, el Garante y el Prestatario, actuando cada uno por intermedio de sus representantes autorizados, suscriben el presente contrato en DOS (2) ejemplares de igual tenor y a un solo efecto, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, REPÚBLICA ARGENTINA a los días del mes de del año 2019.
Por el Gobierno de la provincia de BUENOS AIRES
Lic. Xxxxxx XXXXXX Ministro de Economía
Por la REPÚBLICA ARGENTINA:
Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx XXXXXXX Ministro de Hacienda
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República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 2019 - Año de la Exportación
Hoja Adicional de Firmas Anexo
Número: IF-2019-89236324-APN-SSRFI#MHA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 1 de Octubre de 2019
Referencia: XX-0000-00000000-XXX-XXX#XXX - Xxxxx XX - Xxxxxxxxxxxxxx - XXX - XXX.
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Xxxxx Xxxxxx Xxxx Subsecretario
Subsecretaría de Relaciones Financieras Internacionales Ministerio de Hacienda