ORDEN POR LA QUE SE ADJUDICA EL CONTRATO SA-302/15
ORDEN POR LA QUE SE ADJUDICA EL CONTRATO SA-302/15
CÓDIGO DEL EXPEDIENTE: A2015/000158
TIPO CONTRATO: Obras
TÍTULO DEL EXPEDIENTE: SA-0302/15 TSPI EN LA COMARCA DE EL XXXXXXXX SOBRE UNA SUPERFICIE DE 129,38 HA. EN LOS XXXXXX Nº 124 Y OTROS DE LOS T.M. DE PEÑAPARDA Y CINCO MÁS (SALAMANCA)
OBJETO DEL CONTRATO:
SA-0302/15 TSPI EN LA COMARCA DE EL XXXXXXXX SOBRE UNA SUPERFICIE DE 129,38 HA. EN LOS XXXXXX Nº 124 Y OTROS DE LOS T.M. DE PEÑAPARDA Y CINCO MÁS (SALAMANCA)
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN: Abierto
UNIDAD PROMOTORA: Servicio de Restauración y Gestión Forestal
ADJUDICATARIO: REPOBLACIONES Y BOSQUETES FORESTALES S.A.
NIF ADJUDICATARIO: A49026917
En letra (Importe total): Doscientos cuarenta y un mil doscientos seis euros
IVA: 37.225,44 €
Importe (sin IVA): 203.980,56 €
Importe total: 241.206,00 €
IMPORTE DE ADJUDICACIÓN
Examinado el expediente tramitado para la contratación de la OBRA descrita en el epígrafe, se dicta acuerdo de adjudicación en base a los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
En la tramitación del procedimiento de contratación se han llevado a cabo todas las actuaciones preceptivas exigidas por el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y sus normas de desarrollo.
La Mesa de Contratación constituida al efecto ha realizado las siguientes actuaciones:
1.- Examen de la documentación general presentada por los licitadores, de conformidad con lo establecido en el artículo 160 del T.R.L.C.S.P. De acuerdo con el Acta de la sesión celebrada al efecto han sido admitidas todas la empresas que han presento oferta a la licitación.
2.- Celebración del acto público de apertura del sobre número 2, “Criterios ponderables en función de un juicio de valor”, con el siguiente resultado:
- Admisión de todas las ofertas.
3.- Solicitud de informe técnico al Servicio proponente del contrato, en orden a la valoración de las ofertas de acuerdo con los criterios de adjudicación ponderables en función de un juicio de valor. Informe que fue emitido con fecha 13 xx xxxxx de 2015.
4.- Celebración del acto público de apertura del sobre número 3 “Oferta económica y otros criterios evaluables mediante fórmulas”, habiendo acordado la Mesa de Contratación no continuar con la valoración de las ofertas de las siguientes empresas CONCEP RESTAURACIÓN MEDIOAMBIENTAL, S.L.U.; CONTRATAS Y OBRAS SAN
XXXXXXXX, X.X. x XXXXXXXXX, S.L., al no alcanzar la puntuación mínima exigida en el Anexo 5 del PCAP.
De la aplicación de los criterios establecidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares para la apreciación de ofertas anormales o desproporcionadas, resulta que incluyen valores anormales o desproporcionados las siguientes ofertas: AUDECA,
S.L.U. y U.T.E. CONSTRUCCIONES Y OBRAS XXXXXXXX, S.A. Y XXXXXX, S.L.,
5.- Tras la tramitación del procedimiento establecido en el artículo 152.3 del T.R.L.C.S.P., la Mesa de Contratación, en sesión celebrada el día 8 xx xxxxx de 2015 y a la vista del informe emitido por el Servicio Gestor, acuerda proponer al órgano de contratación la exclusión de las mismas, por entender que no pueden ser cumplidas.
Igualmente propone la clasificación del resto de las ofertas por orden decreciente, en función de los criterios de adjudicación establecidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
A la vista de la clasificación realizada, la Mesa propone la adjudicación del contrato a la empresa REPOBLACIÓN Y BOSQUETES FORESTALES, S.A. (REBOFOSA), al haber
obtenido su oferta la puntuación más alta, y ser, por tanto, la económicamente más ventajosa.
Posteriormente se requiere a la citada empresa la aportación de la documentación necesaria para la adjudicación del contrato, habiéndola presentado en tiempo y forma.
FUNDAM ENTOS DE DERECHO
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 151 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el órgano de contratación adjudicará el contrato al licitador que haya presentado la proposición que resulte económicamente más ventajosa.
Considerando que esta Consejería es competente para la adjudicación del contrato, de conformidad con lo establecido en el artículo 78 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León.
En su virtud, D I S P O N G O :
Primero.- EXCLUIR las ofertas que incluyen valores anormales o desproporcionados por estimar que las mismas no pueden ser cumplidas.
Segundo.- CLASIFICAR las ofertas admitidas, por orden decreciente, atendiendo a su valoración de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares:
Nº Orden | Empresa | Valoración Técnica | Valoración económica | Total |
1 | REBOFOSA | 35,00 | 60,00 | 95,00 |
2 | TRAFOMAR | 35,00 | 59,14 | 94,14 |
3 | TALHER, S.A. | 35,00 | 58,19 | 93,19 |
4 | TRASEL SERVICOS AMBIENTALES, S.L. | 35,00 | 57,88 | 92,88 |
5 | ESTRAFO, S.L. | 35,00 | 57,75 | 92,75 |
6 | ELECNOR, S.A. | 33,00 | 59,58 | 92,58 |
7 | REFOSIL, S.L. | 34,00 | 57,82 | 91,82 |
8 | I.G.M. | 35,00 | 56,73 | 91,73 |
9 | XXXXX, X.X. | 33,00 | 57,56 | 90,56 |
10 | ACCIONA MEDIO AMBIENTE, S.A.U. | 33,00 | 57,26 | 90,26 |
11 | SOLUCIONES FORESTALES FBC, S.L. | 34,00 | 51,38 | 85,38 |
12 | SERVICIOS FORESTALES SIERRA DE LA CULEBRA, S.L. | 25,00 | 57,57 | 82,57 |
13 | EURAL, S.L. | 35,00 | 45,93 | 80,93 |
14 | PINUS, S.A. | 22,00 | 52,67 | 74,67 |
15 | FORESTARIA, S.L. | 34,00 | 38,18 | 72,18 |
Tercero.- adjudicar mediante procedimiento ABIERTO – varios criterios de adjudicación sin variantes y sin mejoras, el contrato de OBRA “TRATAMIENTOS SELVÍCOLAS PREVENTIVOS DE INCENDIOS EN LA COMARCA DE EL XXXXXXXX SOBRE UNA SUPERFICIE DE 129,38 HA. EN LOS XXXXXX Nº 124 Y OTROS DE LOS TÉRMINOS MUNICIPALES DE PEÑAPARDA Y CINCO MÁS (SALAMANCA)”, a la empresa REPOBLACIÓN Y BOSQUETES FORESTALES, S.A. (REBOFOSA), al ser su proposición la
que contiene la oferta económicamente más ventajosa.
Las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada su oferta con preferencia a las presentadas por el resto de licitadores, son las siguientes: en el aspecto técnico la empresa REPOBLACIÓN Y BOSQUETES FORESTALES, S.A. (REBOFOSA) ha resultado adjudicataria de la obra con muy buena planificación de los trabajos, muy buena planificación del personal y de la maquinaria necesaria para realizar los trabajos, muy buen estudio del control de la calidad de la obra y casi perfecto estudio del conocimiento de la obra y del entorno. Por otra parte, su oferta económica por importe de 203.980,56 € alcanza una valoración de 60,00 puntos, que sumados a los 35,00
puntos de la oferta técnica hacen un total de 95,00 puntos, obteniendo así el primer lugar en la clasificación de las ofertas admitidas a este procedimiento de contratación.
El importe de adjudicación asciende a 203.980,56 € (IVA 10% 5.100,43 €; IVA 21%: 32.125,01 €) TOTAL: 241.206,00 €, de acuerdo con el siguiente régimen de financiación:
JUNTA
AÑO
APLICACIÓN | IMPORTE | |
2015 | 04.08.456A01.670.00.5. | 241.206,00 € |
TOTAL | 241.206,00 € |
Cuarto.- DESCARTAR las ofertas presentadas por el resto de licitadores, al haber obtenido una puntuación inferior a la alcanzada por la proposición del adjudicatario.
Quinto.- PUBLICAR la presente Orden en el Perfil del Contratante, así como notificar el contenido de la misma al adjudicatario y al resto de licitadores.
Sexto.- El adjudicatario deberá formalizar el contrato en un plazo máximo de 15 días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que se reciba la notificación de esta Orden de adjudicación.
Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, ante la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación.
El interesado podrá, sin necesidad de interponer recurso de reposición, impugnar el acto directamente ante el Tribunal Superior de Justicia xx Xxxxxxxx y León, en el plazo de dos meses contados, así mismo, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación.