Contract
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL CONTRATO DE SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS Y EQUIPOS EN GENERAL PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES DEL PATRONATO SOCIOCULTURAL.
1.- OBJETO Y CALIFICACIÓN DEL CONTRATO.
El Patronato Sociocultural del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, en adelante PSC, necesita contratar a lo largo del año algunos elementos técnicos para el apoyo a las actividades realizadas en el municipio. Para agilizar y normalizar la contratación de estos apoyos, se establecen las condiciones del presente pliego.
Con el fin de facilitar la presentación de ofertas a las empresas licitadoras, se detallan algunos de los elementos habituales necesarios para el desarrollo de las actividades.
En cualquier caso, las características de los encargos para cada actividad estarán supeditadas a las necesidades concretas detectadas para cada evento con arreglo a los precios unitarios definidos por el licitador adjudicatario en su oferta.
El contrato ha sido calificado MIXTO, sometido al régimen jurídico de SUMINISTROS al ser la prestación que más pondera, de conformidad con el artículo 12 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de Noviembre, (en adelante TRLCSP).
2.- NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER .
Conforme al informe de necesidad de contratación que obra en el expediente las necesidades a satisfacer mediante el presente contrato, consisten en llevar a cabo en colaboración y bajo la supervisión del Patronato del suministro e instalación de infraestructuras y equipos en general a lo largo del año de algunos elementos técnicos para el apoyo a las actividades realizadas en el municipio.
3.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION
El expediente tiene carácter ordinario, tramitándose por procedimiento abierto mediante determinación de la oferta económicamente más ventajosa atendiendo a varios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, conforme disponen los artículos 157 y 150 del
R.D. 3/2011, de 14 de Noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
4.- ORGANO COMPETENTE
El órgano competente para aprobar la presente licitación será el Presidente del Patronato Sociocultural en virtud de las competencias atribuidas por el art. 18 n) de los vigentes Estatutos del Patronato a la Gerencia y que han sido delegados a la Presidencia mediante Decreto 2/2015 de 20 de febrero, así como de la Disposición Adicional Segunda del RDL 3/2011, de 16 de noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
5.- TIPO DE LICITACION.
El precio del contrato, de conformidad con el art. 302 del TRLCSP, se ha determinado por unidades de ejecución referidas al precio por suministro, que a continuación se relacionan:
CONCEPTO | Tipos Unitario (sin iva) |
1.1.01.- ESCENARIO EN LA PLAZA MAYOR | 2.054 € |
1.1.02.- ESCENARIO TIPO 12X6 | 2.054 € |
1.1.03.- ESCENARIO TIPO 10X6 | 1.539 € |
1.1.04.- ESCENARIO TIPO 8x5 | 1.300 € |
1.1.05.- ESCENARIO TIPO 6x5 A 1,80m | 1.170 € |
1.1.06.- ESCENARIO TIPO 6x5 A 1,00m | 1.170 € |
1.2.01.- RAMPA PARA ESCENARIO DE 1,80m | 494 € |
1.2.02.- RAMPA PARA ESCENARIO DE 1,00m | 494 € |
1.2.03.- ESCALERA ADICIONAL PARA ESCENARIO DE 1,80m | 65 € |
1.2.04.- ESCALERA ADICIONAL PARA ESCENARIO DE 1,00m | 65 € |
1.3.01.- ESTRUCTURA PARA TRASERA DE 12X3 m | 585 € |
1.3.03.- ESTRUCTURA PARA TRASERA DE 10X3 m | 425 € |
1.3.05.- ESTRUCTURA PARA TRASERA DE 6X3 m | 360 € |
1.3.06.- TRASERA SERIGRAFIADA 12X3 m | 842 € |
1.3.08.- TRASERA SERIGRAFIADA 10X3 m | 568 € |
1.3.09.- TRASERA SERIGRAFIADA 8X3 m | 474 € |
1.3.10.- TRASERA SERIGRAFIADA 6X3 m | 381 € |
1.4.01.- EQUIPOS DE SONIDO Y LUCES HALÓGENAS (equipo básico tipo 1) | 780 € |
1.4.02.- EQUIPOS DE SONIDO Y LUCES ESPECTÁCULARES(equipo básico tipo 2) | 1.482 € |
1.4.03.- EQUIPOS DE SONIDO Y LUCES ESPECTÁCULARES (equipo básico tipo 3) | 1.482 € |
1.4.04.- EQUIPOS DE SONIDO 4.000w | 624 € |
1.4.05.- EQUIPOS DE SONIDO 8.000w | 1.404 € |
1.4.06.- EQUIPOS DE SONIDO 8.000w. CON MONITORES | 2.028 € |
1.4.07.- EQUIPOS DE SONIDO 12.000w. | 2.496 € |
1.4.08.- EQUIPOS DE SONIDO 12.000w. CON MONITORES | 1.170 € |
1.4.09.- EQUIPOS DE MONITORES DE SONIDO | 858 € |
CONCEPTO | Tipos Unitario (sin iva) | ||||||
1.4.10.- MONITORES DE SONIDO | 468 € | ||||||
1.4.11.- EQUIPO XX XXXXX ESPECTÁCULARES 24.000W | 858 € | ||||||
1.4.12.- EQUIPO XX XXXXX ESPECTÁCULARES 48.000W | 1.092 € | ||||||
1.4.13.- COMPLEMENTO DE 12.000W PARA EQUIPO XX XXXXX | 546 € | ||||||
1.4.14.- LUCES | COMPLEMENTO | DE | 4 | FOCOS | MÓVILES 575 | PARA EQUIPO DE | 546 € |
1.4.15.- LUCES | COMPLEMENTO | DE | 4 | FOCOS | MÓVILES 700 | PARA EQUIPO DE | 1.092 € |
1.4.16.- CAÑÓN DE SEGUIMIENTO | 390 € | ||||||
1.4.17.- VIDEOPROYECTOR METROS ANCHA | AL | MENOS | 5000 LUMEN | Y PANTALLA DE 4 | 546 € | ||
1.4.18.-VIDEOPROYECTOR DE AL MENOS 12000 LUMEN Y PANTALLA DE 8 METROS DE ANCHA | 1.092 € | ||||||
1.5.01.- EQUIPOS DE SONIDO Y TARIMA PEQUEÑA | 936 € | ||||||
1.5.02.- APOYO A LAS PROCESIONES DE SEMANA SANTA | 1.040 € | ||||||
1.5.03.- APOYO AL DÍA EUROPEO DE LA MÚSICA | 1.997 € | ||||||
1.5.04.- APOYO A LA ROMERÍA ANDALUZA | 3.502 € | ||||||
1.5.05.- APOYO A ALCOBENDAS FLAMENCA (3 DÍAS) | 6.698 € | ||||||
1.5.06.- APOYO A SAN XXXXXX EN PLAZA DEL PUEBLO (4 días escenario y 3 días equipos) | 6.698 € | ||||||
1.5.08.- APOYO TITERES XXXXX XXX XXXXXX | 0.000 € | ||||||
1.6.01.- CARPA TIPO XXXXX XX 0 X 0 X | 000 € | ||||||
1.6.02.- CARPA AUTOPORTANTE DE 5X10 M. | 520 € | ||||||
1.6.03.- AMPLIACIÓN EN SUPERFICIE DE CARPA AUTOPORTANTE DE 5X10 m | 520 € | ||||||
1.6.04.- AMPLIACIÓN EN FECHAS DE CARPA AUTOPORTANTE DE 5X10 m | 100 €/día | ||||||
1.6.05.- CARPA ANCLADA DE 5X10 m | 520 € | ||||||
1.6.06.- AMPLIACIÓN EN SUPERFICIE DE CARPA DE 5X10 m | 520 € | ||||||
1.6.07.- AMPLIACIÓN EN FECHAS DE CARPA DE 5X10 m | 100 €/día | ||||||
1.6.08.- ILUMINACIÓN DE CARPA DE 5X10 m | 617 € | ||||||
1.6.09.- CARPA ANCLADA DE 10X10 m | 1.040 € | ||||||
1.6.10.- AMPLIACIÓN EN SUPERFICIE DE CARPA DE 10X10 m | 520 € | ||||||
1.6.11.- AMPLIACIÓN EN FECHAS DE CARPA DE 10X10 m | 150 €/día | ||||||
1.6.12.- ILUMINACIÓN DE CARPA DE 10X10 m | 784 € | ||||||
1.6.13.- CARPA ANCLADA DE 20X20 m | 3.640 € | ||||||
1.6.14.- AMPLIACIÓN EN SUPERFICIE DE CARPA DE 20X20 m | 1.040 € | ||||||
1.6.15.- AMPLIACIÓN EN FECHAS DE CARPA DE 20X20 m | 200 €/día | ||||||
1.6.16.- ILUMINACIÓN DE CARPA DE 20X20 m | 1.921 € | ||||||
1.7.01.- CAMERINO-ALMACÉN | 585 € | ||||||
1.7.02.- SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE 50 VALLAS | 390 € | ||||||
1.7.03.- SUMINISTRO Y XXXXXXXXXX XX 000 XXXXXX | 000 € | ||||||
1.7.04.- SUMINISTRO Y XXXXXXXXXX XX 000 XXXXXX | 000 € | ||||||
1.7.05.- SUMINISTRO DE 2 SERVICIOS QUÍMICOS | 380 € | ||||||
1.7.06.- ALQUILER Y MANTENIMIENTO EXTRA DE 2 SERVICIOS QUÍMICOS | 39 € | ||||||
1.7.07.- SUMINISTRO DE 4 SERVICIOS QUÍMICOS | 437 € |
CONCEPTO | Tipos Unitario (sin iva) |
1.7.08.- ALQUILER Y MANTENIMIENTO EXTRA DE 4 SERVICIOS QUÍMICOS | 78 € |
1.7.09.- XXXXXXXXXX XX 000 XXXXXX XX XXXXXX | 000 € |
1.7.10.- XXXXXXXXXX XX 000 XXXXXX XX XXXXXX | 000 € |
1.7.11.- XXXXXXXXXX XX 000 XXXXXX XX XXXXXX | 000 € |
1.8.01.- GENERADOR DE CORRIENTE ELÉCTRICA DE 3.500W | 910 € |
1.8.02.- GENERADOR DE CORRIENTE ELÉCTRICA DE 30.000W | 1.885 € |
1.8.03.- GENERADOR DE CORRIENTE ELÉCTRICA DE 60.000W | 2.242 € |
1.8.04.- GENERADOR DE CORRIENTE ELÉCTRICA DE 100.000W | 1.846 € |
1.8.05.- GENERADOR DE CORRIENTE ELÉCTRICA DE 150.000W | 2.362 € |
2.0. BOLETÍN ELÉCTRICO | 390 € |
La oferta deberá incluir, obligatoriamente la totalidad de los precios, respetando en todo caso los precios unitarios marcados sin superarlos. En caso contrario, la oferta tendrá una puntuación xx XXXX puntos.
El valor estimado del contrato asciende a CIENTO VEINTITRES MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS EUROS CON NOVENTA Y CUATRO CÉNTIMOS DE EUROS MÁS IVA,
que comprende la duración de CUATRO años de contrato y la posible prórroga por periodos de hasta otros DOS años, revisables anualmente.
Los presupuestos que se presenten se entenderán sin IVA.
6.- CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA
El desglose por anualidades es el siguiente:
Año 2015 (12.500,00.-)Euros IVA incluido
Año 2016 (25.000,00.-)Euros IVA incluido.
Año 2017 (25.000,00.-)Euros IVA incluido.
Año 2018 (25.000,00.-)Euros IVA incluido.
Año 2019 (25.000,00.-)Euros IVA incluido. En caso de prórroga
Año 2020 (25.000,00.-)Euros IVA incluido. En caso de prórroga
Año 2021 (12.500,00.-)Euros IVA incluido. En caso de prórroga
Al estar previsto que este contrato se formalice en el presente ejercicio presupuestario y que la ejecución del mismo continúe en el año siguiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 110.2 TRLCSP podrá ultimarse incluso con la adjudicación y formalización del correspondiente contrato. A estos efectos podrán comprometerse créditos con las limitaciones que se determinen en las normas presupuestarias de las distintas Administraciones públicas sujetas a esta Ley.
Las cantidades consignadas cada año no tienen que agotarse necesariamente, siendo la cantidad indicada el gasto máximo posible por año. La cantidad real será la suma de las facturas emitidas por cada uno de los encargos individuales aceptados.
7 .- PAGO DEL PRECIO
En cumplimiento de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica, desde el 15 de enero de 2015 los proveedores que sean sociedades mercantiles, personas jurídicas y agrupaciones económicas, y facturen obras, servicios o suministros al Ayuntamiento y sus Organismos Autónomos por un importe superior a 5.000 euros deberán presentar, obligatoriamente, sus facturas en formato electrónico a través de la plataforma FACe. Para ello, el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y sus Organismos Autónomos (Patronato Sociocultural, Patronato de Bienestar Social y Patronato Municipal de Deportes) se encuentran adheridos al Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas (FACe) de la Administración General del Estado.
Para la tramitación de facturas electrónicas mediante FACe los proveedores tienen que identificar la Oficina contable, la Unidad Gestora y la Unidad Tramitadora de la Administración Pública a la que se dirijan. Cada una de estas unidades tiene un código “DIR3” que en el caso del Patronato Sociocultural xx Xxxxxxxxxx es la siguiente:
Oficina contable Órgano gestor Unidad tramitadora
LA0000728 Contabilidad Patronato Sociocultural
LA0000728 Presidencia de Patronato Sociocultural
LA0000728 Administración de Patronato Sociocultural
Para cada actividad se presentará una factura acorde al servicio realmente prestado y aceptado por los técnicos del Patronato Sociocultural, siguiendo el Procedimiento de Compras instaurado en el PSC según la normativa ISO vigente durante la duración del contrato.
El importe de las facturas se abonará en los plazos previstos en el art. 216.4 del TRLCSP y conforme lo dispuesto en la disposición transitoria sexta de dicha norma legal, en los términos de la nueva redacción aprobada por la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
8.-PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO
El plazo de ejecución será de CUATRO AÑOS contados desde el día siguiente a la firma del contrato administrativo, debiendo desarrollarse de forma ininterrumpida durante dicho periodo.
De mutuo acuerdo entre las partes el plazo podrá prorrogarse por periodos no superiores en su conjunto a DOS AÑOS, renovables año a año, si las necesidades de la prestación del servicio que se oferta así lo aconsejan.
9.- GARANTÍAS
PROVISIONAL: De conformidad con el Art. 103 del TRLCSP no se exige garantía provisional en el presente contrato.
DEFINITIVA: El licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa, en el plazo de 10 días hábiles contados desde el siguiente a la recepción del requerimiento que le efectúe el órgano de contratación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151.2 del TRLCSP deberá depositar la garantía definitiva por importe del 5% del precio de adjudicación, excluido el IVA, en cualquiera de las formas señaladas en el artículo 96 del TRLCSP y en caso de constituirse mediante aval el mismo deberá efectuarse según el modelo recogido en el Anexo correspondiente, que figura al final del presente Xxxxxx.
Trámite de ingreso de garantía definitiva:
- El ingreso en efectivo se efectuará del siguiente modo: se solicitará del Departamento de Tesorería del Patronato Sociocultural (4ª planta del edificio del Ayuntamiento) la emisión de la oportuna carta de pago para efectuar el ingreso en cualquier entidad bancaria colaboradora.
La carta de pago de la garantía definitiva debe entregarse en el Departamento de Contratación.
- En caso de constituirse mediante aval, valores o mediante contrato de seguro de caución, deberá efectuarse su ingreso previo en la Tesorería del Patronato Sociocultural (4ª planta del edificio del Ayuntamiento) y habrán de ajustarse a los requisitos establecidos en los artículos 55 a 58 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
Si la constitución de garantía es mediante aval, el mismo deberá efectuarse según el modelo recogido en el ANEXO correspondiente, que figura al final del presente Xxxxxx.
10.-GASTOS.
Se fija en 750 euros el importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del contrato a que se refiere el art. 142.1 del TRLCSP, tanto en boletines oficiales, como, en su caso, en otros medios de difusión que debe abonar el adjudicatario, de conformidad con el art. 75 del RGLCAP. Dicha cantidad será acreditada al licitador con la copia de las correspondientes liquidaciones de los gastos de publicación, siendo ajustados los importes al efecto.
El trámite para ingresar los gastos de publicidad será en efectivo siguiendo los trámites establecidos en la cláusula anterior.
11.- CAPACIDAD DE CONTRATAR. REQUISITOS DE SOLVENCIA.
Podrán concurrir a la licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que cumplan los requisitos de estar en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar y no
hallarse comprendidas en ninguno de los casos de prohibición para contratar establecidos en el artículo 60 deL TRLCSP.
Los licitadores tendrán que demostrar experiencia en el sector y acreditar su solvencia económica, técnica y profesional de la siguiente manera:
• Solvencia económica y financiera:
1. La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse con la aportación del siguiente documento:
a. Declaración sobre el volumen global de negocios y sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario.
• Solvencia técnica y profesional:
Se acreditará mediante la aportación de los siguientes documentos:
▪ Relación de principales suministros e instalaciones relacionados con el objeto del contrato realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos, relativos a instalaciones y suministros. Dicha relación abarcará un volumen mínimo anual de 300.000 euros, justificándose con certificados de buena ejecución de los trabajos expedidos por parte de las diferentes Administraciones.
▪ Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad y seguimiento de pedidos en su caso.
La acreditación de cada uno de los documentos exigidos se presentará mediante Certificados firmados por los apoderados.
El órgano de Contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre la documentación aportada o requerirle para la presentación de información complementaria.
12.- PUBLICIDAD PREVIA
De conformidad con lo señalado en los artículos art. 142.1 y 142.4 del TRLCSP el procedimiento a que se refiere el presente Xxxxxx será anunciado en el boletín correspondiente. Además los anuncios se publicarán en el perfil de contratante ubicado en la página web institucional, en cumplimiento del art. 53 TRLCSP.
13.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTOS
El expediente de este contrato, con las condiciones y demás elementos, podrá ser examinado, en la Oficina de Contratación del Patronato Sociocultural, desde las 9,00 a las 14,00 horas, de lunes a viernes, durante el plazo de presentación de ofertas. El Pliego de condiciones está disponible en el perfil del contratante dentro de la pagina web del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx: www. alcobendas. org.
Antes de las 14 horas del último día del plazo, los interesados podrán entregar las plicas en el Registro General del Ayuntamiento, Xxxxx Xxxxx x/x, 00000 Xxxxxxxxxx o se enviarán por correo cumpliendo con los requisitos del art. 80 del R.D. 1098/2001 de 12 de octubre.
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y su presentación supondrá la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, así como xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, sin salvedad o reserva alguna.
Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento en que deba procederse a la apertura en público de las mismas.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de la admisibilidad de variantes o mejoras cuando así se establezca.
Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
Las proposiciones se presentarán en tres sobres cerrados y lacrados, identificados en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurran y con los siguientes datos:
- Nombre y apellidos o razón social de la empresa.
- CIF o NIF.
- Persona de contacto.
- Dirección Postal.
- Nº de Teléfono, Fax, correo electrónico.
- En caso de presentarse bajo el compromiso de constituir una UTE, en el sobre figurarán los anteriores datos de todas las empresas que la formen.
En el interior de cada sobre se incluirá un índice o relación numérica detallando su contenido.
Sobre 1. Documentación Administrativa.
La documentación administrativa podrá aportarse por cualquiera de los siguientes modos, a elección del licitador:
1.- MODALIDAD SIMPLIFICADA.
La aportación inicial de la documentación establecida en los apartados A) o B) de la MODALIDAD ORDINARIA podrá ser suplida por una declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, de conformidad con el art. 44.2 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores (desde ahora L.E.) que modifica el art. 146 del TRLCSP.
La aportación de esta certificación deberá ir acompañada de:
- Resguardo acreditativo de haber depositado la garantía provisional, en su caso.
- La clasificación acompañada de una declaración de vigencia o bien la documentación justificativa de la solvencia económica, financiera, profesional o técnica.
- La dirección a efectos de notificaciones: Todos los licitadores deberán señalar una dirección de correo electrónico y/o domicilio para la práctica de notificaciones. Esta circunstancia podrá ser completada indicando un número de teléfono y fax, señalando que la notificación se practique utilizando algún medio electrónico como preferente.
El Órgano de Contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
2.- MODALIDAD ORDINARIA.
La documentación administrativa podrá aportase por cualquier de los siguientes modos, a elección del licitador:
A).- PARA EMPRESAS INSCRITAS EN EL REGISTRO DE LICITADORES DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En caso de encontrarse inscrito el licitador en el Registro de licitadores de la Comunidad de Madrid, bastará con la presentación de original o fotocopia compulsada de la certificación correspondiente, vigente a la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, a cuyo efecto se acompañará de declaración expresa de que los datos incluidos en la certificación se mantienen en vigor y de que no ha experimentado variación.
La aportación de esta certificación deberá ir acompañada del resguardo acreditativo de haber depositado la garantía provisional, en su caso y, o bien la clasificación acompañada de una declaración de vigencia, o bien de la documentación justificativa de la solvencia económica, financiera, profesional o técnica, según se requiera en el Pliego Técnico, así como de la dirección a efectos de notificaciones conforme el apartado B, e).
B).- PARA LAS RESTANTES EMPRESAS NO INSCRITAS EN EL REGISTRO DE
LICITADORES. Aportación de la siguiente documentación:
Deberán presentar originales o fotocopias debidamente compulsadas por Notario o por el Secretario del Consejo Rector o por la persona en quien delegue.
a) Los documentos que acrediten la personalidad del ofertante y, en su caso, su representación (D.N.I., Escritura de Constitución, Elevación a Público de Acuerdos, Escritura de Poder, representación, etc..). Tratándose de personas jurídicas, el poder deberá estar inscrito en los Registros Oficiales necesarios según su naturaleza.
La escritura de Poder deberá acompañarse de declaración expresa de que el poder no se encuentra revocado.
Los poderes y documentos acreditativos de la personalidad jurídica se acompañarán a la proposición bastanteados por el Secretario del Consejo Rector del Patronato Sociocultural, a cuyo efecto, deberán ser presentados previamente en la Oficina de Contratación del Patronato Sociocultural (4ª planta del edificio del Ayuntamiento), en atención al siguiente trámite:
Podrá efectuarse en cualquier momento desde la apertura de la licitación hasta las 48 horas previas a la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, requiriéndose la aportación de escritura de constitución de Sociedad, escritura de poder,
D.N.I. del apoderado e ingreso de la tasa correspondiente (según ordenanzas
municipales) en las entidades bancarias colaboradoras del Patronato Sociocultural del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx. Este documento tendrá una validez de 6 meses.
Las personas físicas no han de realizar este trámite.
b) Acreditación de la clasificación o capacidad de contratar.
En su caso, deberá acompañarse la clasificación de declaración expresa de que la misma se mantiene en vigor y que no ha experimentado variación.
c) Declaración en la que el licitador afirma bajo su responsabilidad que no se halla comprendido en ninguno de los casos de prohibición para contratar con la Administración, a que se refieren los artículos 60 y concordantes del TRLCSP.
Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa.
La declaración correspondiente a las obligaciones tributarias podrá sustituirse por la autorización que realice el adjudicatario para que, por el Patronato Sociocultural del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx se acceda a los datos tributarios de su empresa, cumplimentando para ello el modelo que figura en el Anexo III correspondiente del presente Xxxxxx.
d) Certificación relativa al cumplimiento de la obligación de tener empleados, durante la vigencia del contrato, a trabajadores minusválidos en un 2%, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y por tanto el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de integración social de minusválidos.
Esta certificación podrá sustituirse por una declaración de excepcionalidad y adopción de medidas alternativas, según lo dispuesto en el R.D. 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad.
En el caso, de que la Sociedad licitadora no esté obligada al cumplimiento de tener en plantilla el 2% de trabajadores minusválidos por no superar los 50 trabajadores, se
deberá aportar una declaración en la que conste tal circunstancia y que se comprometen a cumplir con la legislación vigente.
e) Correo electrónico y domicilio a efectos de notificación: Todos los licitadores deberán señalar una dirección de correo electrónico y/o domicilio para la práctica de notificaciones. Esta circunstancia podrá ser completada indicando un número de teléfono y fax.
f) Declaración jurada de cumplimiento de condiciones generales a nivel preventivo, conforme a Anexo IV.
g) Cualquier otro documento que, a criterio del licitador, ayude al Patronato Sociocultural del Ayuntamiento a su mejor identificación y valoración de la oferta presentada.
h) En el caso de empresas extranjeras deberán aportar además:
- Sus documentos constitutivos, traducidos al Castellano.
- Declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero Jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
- Las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea acreditarán su capacidad de obrar mediante la aportación de los documentos previstos en los arts. 58 y 72.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La prueba, cuando se trate de empresas de estados miembros de la Unión Europea de no estar incursos los empresarios en las prohibiciones para contratar con la administración recogidas en el art. 60 TRLCSP, podrá también realizarse por declaración responsable otorgada ante una autoridad judicial cuando esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, conforme a lo dispuesto en el art. 73.2 del indicado texto legal.
- Las empresas extranjeras no comunitarias acreditarán su capacidad de obrar mediante la aportación de los documentos previstos en el art. 72.3 de la TRLCSP.
i) Toda la documentación habrá de presentarse en castellano.
- Sobre 2. Documentación Técnica:
En este sobre deberá introducirse exclusivamente la documentación necesaria para definir y valorar la propuesta presentada en los aspectos recogidos en la cláusula de criterios de adjudicación ponderables en función de un juicio de valor.
En particular, los licitadores deberán presentar documentación acerca de :
- Documentación técnica.
- Personal adscrito al contrato.
La propuesta técnica deberá presentarse firmada por el Apoderado o representante legal de la empresa licitadora.
Será motivo de rechazo de la oferta la inclusión en este sobre de cualquier dato que se refiera a los criterios de aplicación mediante fórmula, así como a la propuesta económica.
- Sobre 3. Proposición Económica.
En este sobre deberá introducirse exclusivamente los criterios de ponderación mediante fórmula, así como toda la documentación relativa al resto de criterios objetivos, conforme al modelo de proposición incluido al final del presente pliego.
Los licitadores presentarán relación de precios unitarios de cada uno de los elementos definidos en el PPT. La falta de presentación de precios unitarios será motivo de no puntuación de la oferta.
13 .- VARIANTES Y/O MEJORAS.
Deberá presentarse una oferta única no admitiéndose variantes.
No obstante podrán presentarse mejoras que serán valoradas conforme se prevé en el apartado relativo a los criterios de adjudicación. Se consideran mejoras las que no tengan coste para el Patronato Sociocultural y se consideren de utilidad para el servicio por los servicios técnicos del Patronato.
14.-CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
La adjudicación recaerá en el licitador que en su conjunto, haga la oferta económicamente más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios establecidos en el párrafo siguiente.
Los criterios para la adjudicación del contrato, que están directamente vinculados a la ejecución del mismo, se recogen, con la ponderación que se indica:
15.1) CRITERIOS QUE REQUIEREN UN JUICIO DE VALOR:
15.1.1.-Memoria técnica hasta 40 puntos,
Se presentará una memoria técnica por parte del adjudicatario en dónde se describirán como mínimo los siguientes aspectos en relación a la forma en la que se llevará a cabo el contrato (la valoración de cada subapartado será de hasta 10 puntos para un máximo de 40 puntos):
- Descripción y relación de equipos técnicos ofertados (sonido, escenarios, luces, etc.), indicando marca, calidades y montajes. La valoración se realizará teniendo en cuenta especialmente las siguientes materias: amplificación; monitores; mesas de mezclas; microfonía; proyectores; dimmers; videoproyectores y escenarios.
- Descripción de trabajos de la empresa en el sector, y en eventos realizados para Administraciones Locales.
- Descripción de la metodología de trabajo para la coordinación con el Servicio de Apoyo Técnico Cultural, valorándose especialmente el tiempo y capacidad de respuesta, ante la solicitud de organización de eventos con poco margen de antelación.
- Enumeración y descripción de la experiencia del personal técnico y del responsable del contrato que desarrollará los trabajos de forma principal, a lo largo de la vida del contrato.
15.2) CRITERIOS QUE SE APLICARÁN MEDIANTE FÓRMULA.
15.2.1.- Oferta económica hasta 60 puntos,
La puntuación de las ofertas económicas se determinará de la siguiente manera para cada uno de los descritos:
La puntuación final corresponderá a la suma del valor ponderado para cada precio unitario según los datos de la tabla que se acompaña.
TABLA CON LOS ÍNDICES DE PONDERACIÓN PARA LA VALORACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA
CONCEPTO | Ponderación por precio unitario |
1.1.01.- ESCENARIO EN LA PLAZA MAYOR | 0,5 |
1.1.02.- ESCENARIO TIPO 12X6 | 0,5 |
1.1.03.- ESCENARIO TIPO 10X6 | 1,5 |
1.1.04.- ESCENARIO TIPO 8x5 | 0,4 |
1.1.05.- ESCENARIO TIPO 6x5 A 1,80m | 0,4 |
1.1.06.- ESCENARIO TIPO 6x5 A 1,00m | 0,7 |
1.2.01.- RAMPA PARA ESCENARIO DE 1,80m | 0,2 |
1.2.02.- RAMPA PARA ESCENARIO DE 1,00m | 0,2 |
1.2.03.- ESCALERA ADICIONAL PARA ESCENARIO DE 1,80m | 0,2 |
1.2.04.- ESCALERA ADICIONAL PARA ESCENARIO DE 1,00m | 0,2 |
1.3.01.- ESTRUCTURA PARA TRASERA DE 12X3 m | 0,2 |
1.3.02.- ESTRUCTURA PARA TRASERA DE 12X2 m | 0,1 |
1.3.03.- ESTRUCTURA PARA TRASERA DE 10X2 m | 0,2 |
1.3.04.- ESTRUCTURA PARA TRASERA DE 8X2 m | 0,1 |
1.3.05.- ESTRUCTURA PARA TRASERA DE 6X2 m | 0,1 |
1.3.06.- TRASERA SERIGRAFIADA 12X3 m | 0,1 |
1.3.07.- TRASERA SERIGRAFIADA 12X2 m | 0,2 |
1.3.08.- TRASERA SERIGRAFIADA 10X2 m | 0,2 |
1.3.09.- TRASERA SERIGRAFIADA 8X2 m | 0,1 |
1.3.10.- TRASERA SERIGRAFIADA 6X2 m | 0,1 |
1.4.01.- EQUIPOS DE SONIDO Y LUCES HALÓGENAS (equipo básico tipo 1) | 0,3 |
1.4.02.- EQUIPOS DE SONIDO Y LUCES ESPECTÁCULARES (equipo básico tipo 2) | 0,7 |
1.4.03.- EQUIPOS DE SONIDO Y LUCES ESPECTÁCULARES (equipo básico tipo 3) | 0,7 |
1.4.04.- EQUIPOS DE SONIDO 4.000w | 0,7 |
1.4.05.- EQUIPOS DE SONIDO 8.000w | 1,0 |
1.4.06.- EQUIPOS DE SONIDO 8.000w. CON MONITORES | 1,3 |
1.4.07.- EQUIPOS DE SONIDO 12.000w. | 0,4 |
1.4.08.- EQUIPOS DE SONIDO 12.000w. CON MONITORES | 0,4 |
1.4.09.- EQUIPOS DE MONITORES DE SONIDO | 1,0 |
1.4.10.- MONITORES DE SONIDO | 0,5 |
1.4.11.- EQUIPO XX XXXXX ESPECTÁCULARES 24.000W | 1,0 |
1.4.12.- EQUIPO XX XXXXX ESPECTÁCULARES 48.000W | 1,0 |
1.4.13.- COMPLEMENTO DE 12.000W PARA EQUIPO XX XXXXX | 1,3 |
1.4.14.- COMPLEMENTO DE 4 FOCOS MÓVILES 575 PARA EQUIPO XX XXXXX | 0,7 |
1.4.15.- COMPLEMENTO DE 4 FOCOS MÓVILES 700 PARA EQUIPO XX XXXXX | 0,5 |
1.4.16.- CAÑÓN DE SEGUIMIENTO | 1,0 |
1.4.17.- VIDEOPROYECTOR AL MENOS 5000 LUMEN Y PANTALLA DE 4 M. ANCHA | 0,5 |
1.4.18.-VIDEOPROYECTOR DE AL MENOS 12000 LUMEN Y PANTALLA DE 8 METROS DE ANCHA | 0,3 |
1.5.01.- EQUIPOS DE SONIDO Y TARIMA PEQUEÑA | 1,0 |
1.5.02.- APOYO A LAS PROCESIONES DE SEMANA SANTA | 2,5 |
1.5.03.- APOYO AL DÍA EUROPEO DE LA MÚSICA | 5,0 |
1.5.04.- APOYO A LA ROMERÍA ANDALUZA | 5,0 |
1.5.05.- APOYO A ALCOBENDAS FLAMENCA | 5,0 |
1.5.06.- APOYO A SAN XXXXXX EN PLAZA DEL PUEBLO | 5,0 |
1.5.07.- APOYO A CABALGATA XX XXXXX | 5,0 |
1.5.08.- APOYO TITERES PLAZA DEL PUEBLO | 0,3 |
1.6.01.- CARPA TIPO HAIMA DE 5 X 5 M | 0,5 |
1.6.02.- CARPA AUTOPORTANTE DE 5X10 M. | 0,2 |
1.6.03.- AMPLIACIÓN EN SUPERFICIE DE CARPA AUTOPORTANTE DE 5X10 m | 0,1 |
1.6.04.- AMPLIACIÓN EN FECHAS DE CARPA AUTOPORTANTE DE 5X10 m | 0,1 |
1.6.05.- CARPA ANCLADA DE 5X10 m | 0,5 |
1.6.06.- AMPLIACIÓN EN SUPERFICIE DE CARPA DE 5X10 m | 0,1 |
1.6.07.- AMPLIACIÓN EN FECHAS DE CARPA DE 5X10 m | 0,1 |
1.6.08.- ILUMINACIÓN DE CARPA DE 5X10 m | 0,1 |
1.6.09.- CARPA ANCLADA DE 10X10 m | 0,5 |
1.6.10.- AMPLIACIÓN EN SUPERFICIE DE CARPA DE 10X10 m | 0,1 |
1.6.11.- AMPLIACIÓN EN FECHAS DE CARPA DE 10X10 m | 0,1 |
1.6.12.- ILUMINACIÓN DE CARPA DE 10X10 m | 0,1 |
1.6.13.- CARPA ANCLADA DE 20X20 m | 0,5 |
1.6.14.- AMPLIACIÓN EN SUPERFICIE DE CARPA DE 20X20 m | 0,1 |
1.6.15.- AMPLIACIÓN EN FECHAS DE CARPA DE 20X20 m | 0,1 |
1.6.16.- ILUMINACIÓN DE CARPA DE 20X20 m | 0,2 |
1.7.01.- CAMERINO-ALMACÉN | 0,2 |
1.7.02.- SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE 50 VALLAS | 0,2 |
1.7.03.- SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE 100 VALLAS | 1,0 |
1.7.04.- SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE 200 VALLAS | 0,5 |
1.7.05.- SUMINISTRO DE 2 SERVICIOS QUÍMICOS | 0,5 |
1.7.06.- ALQUILER Y MANTENIMIENTO EXTRA DE 2 SERVICIOS QUÍMICOS | 0,2 |
1.7.07.- SUMINISTRO DE 4 SERVICIOS QUÍMICOS | 1,0 |
1.7.08.- ALQUILER Y MANTENIMIENTO EXTRA DE 4 SERVICIOS QUÍMICOS | 0,2 |
1.7.09.- SUMINISTRO DE 100 XXXXXX XX XXXXXX | 0,1 |
1.7.10.- SUMINISTRO DE 200 XXXXXX XX XXXXXX | 0,1 |
1.7.11.- SUMINISTRO DE 400 XXXXXX XX XXXXXX | 0,1 |
1.8.01.- GENERADOR DE CORRIENTE ELÉCTRICA DE 3.500W | 0,2 |
1.8.02.- GENERADOR DE CORRIENTE ELÉCTRICA DE 30.000W | 1,0 |
1.8.03.- GENERADOR DE CORRIENTE ELÉCTRICA DE 60.000W | 0,5 |
1.8.04.- GENERADOR DE CORRIENTE ELÉCTRICA DE 100.000W | 0,5 |
1.8.05.- GENERADOR DE CORRIENTE ELÉCTRICA DE 150.000W | 0,5 |
2.0 .- BOLETÍN ELÉCTRICO | 1,5 |
TOTAL PONDERACIÓN POR VALORACIÓN ECONÓMICA | 60,00 |
La oferta económica más baja y no considerada desproporcionada o temeraria por los supuestos previstos en el art. 85 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, sin perjuicio de la facultad del Órgano de Contratación de apreciar, no obstante, previos los informes adecuados y la audiencia y justificación de los licitadores, como susceptibles de cumplimiento adecuado de las mismas.
60 puntos
El precio unitario que coincida con el tipo de licitación 0 puntos
El resto de ofertas económicas recibirán la puntuación de manera proporcional respecto de la oferta más baja.
TOTAL PUNTUACIÓN: 100 puntos
En caso de empate entre varias empresas licitadoras tendrá preferencia la empresa que acredite un mayor porcentaje de discapacitados en plantilla, siempre que dicho porcentaje supere el 2 %.
En defecto de la anterior preferencia, y en caso de empate, tendrá preferencia en la adjudicación la oferta presentada por empresa dedicada expresamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social.
Las anteriores preferencias se aplicarán conforme lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de la TRLCSP.
16.- MESA DE CONTRATACIÓN
La Mesa de Contratación la constituirán las personas que a continuación se relacionan:
PRESIDENTE:
Ilmo. Sr. X. Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx ( Por delegación de Gerente de Patronato). Suplente: Xx. Xx Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx.
VOCALES:
Xx. Xx Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx.
X. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx. Xx Xxxxxxx Metais Xxxxx.
Xx Xxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx.
Xx Xxxxx xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx.
Vocal Intervención: Xx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, o funcionario en quien delegue. Vocal jurídico: D. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, o funcionario en quien delegue.
Serán miembros suplentes de los vocales representantes de los grupos políticos, cualquier miembro del grupo correspondiente en quien se delegue por su titular.
Los vocales representantes de los grupos políticos miembros de la Mesa de Contratación ejercerán sus funciones por tal concepto hasta tanto no cese la Corporación de la que forman parte; si bien seguirán ejerciendo sus funciones hasta la toma de posesión de la nueva Corporación.
SECRETARIA: Xx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, o empleado público en quien delegue.
Funcionamiento: De conformidad con el apartado 5 del artículo 33 de los vigentes Estatutos patronales, y sin perjuicio de las prevenciones legales establecidas, el funcionamiento de la Mesa de Contratación atenderá a los términos que siguen:
a.- La Mesa se reunirá de acuerdo con lo establecido en el Pliego de cláusulas que para cada contratación apruebe el órgano competente. La reunión será convocada por el Presidente de la Mesa, que fijará hora, fecha y lugar, y se notificará a todos los integrantes de la Mesa con un mínimo de un día hábil de antelación, así como, en los casos que proceda, a los licitadores concurrentes.
b.- El Presidente de la Mesa ejercerá las funciones de dirección y coordinación de sus reuniones.
c.- El Secretario de la Mesa levantará acta de cada reunión, procurando, en la medida que los medios técnicos disponibles lo permitan, que la misma se levante inmediatamente después de finalizar la sesión correspondiente.
d.- El Secretario supervisa y autoriza, con el visto bueno del Presidente, las actas de las sesiones de la Mesa, así como las certificaciones que hayan de expedirse de dichas actas; asiste al Presidente de la Mesa en las sesiones para asegurar el orden de los debates y la corrección de las votaciones, colaborando, asimismo, al normal desarrollo de los trabajos de la Mesa según las disposiciones de su Presidente.
e.- Para la válida constitución de la Mesa de Contratación, será necesario la asistencia del Presidente, el Secretario, y un tercio de sus vocales, entre los que necesariamente deberán figurar el vocal jurídico y el vocal de Intervención (Quorum mínimo de 5 miembros, incluyendo Presidente, Secretario, vocal jurídico y vocal de intervención)
f.- La Mesa de Contratación podrá requerir la asistencia a sus sesiones de técnicos municipales o personal externo cualificado, a fin de detallar, ampliar o definir a los miembros de la Mesa los informes técnicos de adjudicación en los procedimientos correspondientes.
g.- Los acuerdos de la Mesa se adoptarán por mayoría simple de sus miembros. En caso de empate, se realizará una segunda votación, que, de persistir el empate, dirimirá el mismo el Presidente con su voto de calidad.
h.- Todos los miembros de la mesa tendrán voz y voto, excepción hecha del Secretario, que sólo tendrá voz.
i.- Esta Mesa tendrá carácter permanente y se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el perfil del contratante del Patronato Sociocultural.
j.- En todo lo no previsto en cuanto al régimen de sesiones de la Mesa se estará a lo dispuesto en los Estatutos Patronales en cuanto a la regulación del Consejo Rector.
17.-APERTURA DE OFERTAS
1) A la hora que se fije del día hábil siguiente a la finalización del plazo de presentación de ofertas (a estos efectos se considerará inhábil el sábado) la Mesa de Contratación examinará, a puerta cerrada, la documentación presentada por los licitadores en los sobres 1: Documentación administrativa. Se levantará acta incluyendo la relación de documentos que figuren en cada uno de los sobres.
La Mesa calificará la documentación y hará pronunciamiento expreso sobre las ofertas que se ajustan a los criterios de selección y son admitidas a trámite y las rechazadas y los motivos del rechazo.
Si la Mesa no hubiese observado defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se procederá seguidamente en acto público a la apertura de los sobres nº 2 correspondiente a la documentación técnica relativa a los criterios de adjudicación que requieran un juicio de valor, denominados criterios subjetivos en el Pliego de Condiciones.
Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación administrativa presentada lo comunicará verbalmente a los licitadores que estén presentes y lo pondrá en conocimiento de aquellos que no lo estén, concediendo un plazo no superior a tres días hábiles a contar desde la puesta en conocimiento del requerimiento, para su subsanación, mediante entrega de los documentos que corrijan o subsanen la documentación en el Departamento de Contratación, 4ª planta, Plaza Mayor, nº 1.
2) Una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, la mesa declarará admitidos al procedimiento a los licitadores que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos, haciendo declaración expresa de los rechazados y de las causas de su rechazo.
3) En este último caso, la apertura de la documentación de los sobres nº 2 de los licitadores admitidos se llevará a cabo en acto de carácter público, cuya celebración deberá tener lugar en un plazo no superior a siete días a contar desde la apertura de la documentación administrativa, anunciándose en la página web municipal con al menos 12 horas de antelación.
4) Se efectuará la evaluación de las ofertas conforme a los criterios dependientes de un juicio de valor y en el acto público de apertura del sobre nº 3, que se celebrará en la fecha que se señale en la página web municipal con al menos 12 horas de antelación. En dicho acto se dará lectura, en primer lugar, a la valoración de los aspectos técnicos.
Acto seguido se procederá a la apertura de los sobres nº 3 que contienen la oferta económica y la oferta técnica en cuanto puede ser valorado mediante fórmulas.
La Mesa de Contratación podrá solicitar los informes técnicos que considere precisos antes de elevar propuesta de adjudicación al Órgano de Contratación.
18.- ADJUDICACIÓN:
18. 1) Clasificación de las ofertas:
El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales.
Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración.
Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y los informes correspondientes, estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, no la incluirá en la clasificación de ofertas.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 que le reclame el órgano de contratación, así como constituir la garantía definitiva.
Igualmente el adjudicatario acreditará por escrito haber realizado la evaluación de riesgos y la planificación de su actividad preventiva. Asimismo acreditará haber cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios, de acuerdo a lo establecido en el RD 171/2004, de 30 de Enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales, conforme a lo establecido en el presente pliego.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a recabar la documentación al licitador siguiente en el orden de clasificación de las ofertas.
18.2) Adjudicación:
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los licitadores y se publicará en el perfil del contratante. Dicha adjudicación deberá expresarse en los términos expuestos en el art.
151.4 de la TRLCSP.
18.3) Formalización del contrato.
El contrato se perfeccionará con la formalización.
En los contratos susceptibles de recurso especial en materia de contratación, conforme el art.
40.1 de la TRLCSP la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores.
El contrato se firmará dentro de los cinco días siguientes a aquel en que el adjudicatario hubiera recibido el requerimiento, efectuándose dicho requerimiento siempre con carácter posterior al plazo del párrafo anterior y siempre que no se haya interpuesto recurso que implique la suspensión de la formalización, o interpuesto el recurso la formalización haya sido levantada, conforme dispone el art. 156.3 de la TRLCSP.
En los contratos no susceptibles de recurso especial en materia de contratación la formalización se efectuará en los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores.
19.- REVISION DE PRECIOS
No procede
20.- OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL ADJUDICATARIO
20.1 Elaborar un Plan de Seguridad y Salud en el trabajo, siendo responsable de la ejecución correcta de las medidas preventivas en él fijadas así como del cumplimiento de toda la normativa de seguridad y salud, durante toda la vigencia del contrato.
20.2 Designar al responsable de contrato que asumirá la representación técnica del contratista en dichas suministros y servicios y que, por su titulación y experiencia, deberá tener la capacitación adecuada según las características y la complejidad de los suministros y servicios a realizar. Una vez designado y aceptado por el PSC deberá permanecer al frente del contrato hasta su finalización. El incumplimiento de esta cláusula será calificado como falta muy grave.
20.3 Guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
20.4. Adoptar todas las medidas establecidas en la legislación vigente sobre protección de riesgos laborales.
20.5. El contratista asumirá la plena responsabilidad del buen fin de los servicios, siendo el único responsable tanto frente al PSC como frente a terceros, de los daños y perjuicios o accidentes causados durante la ejecución de dicho contrato.
20.6. Si resulta necesario, será por cuenta del contratista la obtención de todas las licencias, permisos o boletines relativos a las acometidas de servicios que vayan a ejecutarse dentro del ámbito de la obra, siendo esto especialmente remarcable en el caso de instalaciones eléctricas, así como en el montaje de escenarios o carpas.
20.7. Cualquier vía de comunicación informática que se establezca internamente en el Ayuntamiento y Patronato Sociocultural para la organización de los eventos, asociados a los suministros y servicios objeto del contrato, será de obligada utilización por parte del adjudicatario.
20.8. Ante la petición de suministro o servicio que se realice desde el servicio de Apoyo Técnico Cultural del PSC, se responderá a la viabilidad del mismo, en el plazo máximo de TRES días, adjuntando la valoración económica oportuna, en función del preciario objeto del contrato.
21.- MODIFICACION DEL CONTRATO.
De conformidad con lo previsto en el artículo 106 del TRLCSP, el presente contrato podrá ser objeto de modificación en los siguientes supuestos:
1.- Modificaciones hasta un 20% del importe de adjudicación del contrato, producidas cuando los suministros proyectados se demostrasen inadecuados para el objeto específico que motiva su contratación y las necesidades a cubrir con la misma, debido a errores u omisiones padecidas en la redacción de las especificaciones técnicas. Con carácter enunciativo, tendrán la consideración de modificaciones derivadas de errores u omisiones técnicos los que siguen:
- Omisiones de precios unitarios respecto al cuadro de precios que utilice el contratista conforme a lo previsto en el pliego de prescripciones técnicas, que den lugar a precios contradictorios.
- Deficiente estimación del estado técnico de las infraestructuras sobre las que se asienten o instalen los elementos a suministrar y que obliguen a la consideración de la necesidad puntual de instalación de elementos equivalentes o no descritos inicialmente.
2.- Modificaciones hasta un 20% del importe de adjudicación del contrato, derivadas de la inadecuación de las especificaciones técnicas por causas objetivas que determinen su falta de idoneidad, conforme a los términos de la letra b del artículo 107 del TRLCSP.
3.- Modificaciones por causa de fuerza mayor o caso fortuito que hicieses imposible la realización de la prestación en los términos inicialmente previstos, que podrán afectar a un máximo del 30% del importe de adjudicación del contrato.
4.- Modificaciones hasta un 20% del importe de adjudicación del contrato como consecuencia de la necesidad de ajustar la prestación a especificaciones técnicas, medioambientales, urbanísticas, de seguridad o de accesibilidad aprobadas con posterioridad a la adjudicación del contrato.
Las modificaciones del contrato , aunque sucesivas, no podrán implicar aislada o conjuntamente , alteraciones del precio de adjudicación del contrato en cuantía superior en mas o en menos, al 30% del mismo, con exclusión del IVA.
Las modificaciones que se acuerden se iniciarán por escrito del contratista adjudicatario o del responsable del contrato designado por el PSC, dirigido al órgano de contratación, exponiendo las razones de interés público que basadas en la aparición de causas que no pudieron preverse al redactarse las especificaciones técnicas exigen dicho modificado para satisfacer las necesidades de la Administración que dieron lugar a la celebración del mismo.
Presentada dicha solicitud, el expediente de modificación contractual , que se sustanciará con carácter de urgencia, incluirá las siguientes actuaciones:
- Confección detallada de los elementos a modificar y de las características de los mismos.
- Audiencia del contratista por plazo máximo de tres días.
- Aprobación del expediente de modificación del contrato, así como de , en su caso, los gastos complementarios precisos.
- Requerimiento al contratista para formalización del documento de modificación contractual conforme al artículo 156 del TRLCSP, con el consiguiente reajuste de la garantía definitiva en la cifra resultante del nuevo importe de adjudicación.
La modificación del expediente deberá adoptarse en el plazo máximo de tres meses desde su inicio.
22.- SUBCONTRATACIÓN.
Se podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación en un máximo del 60 por ciento del importe del contrato, de conformidad con lo previsto en el artículo 210 LCSP.
Deberá indicarse necesariamente en la oferta la parte del contrato que tenga previsto subcontratar, indicando el importe y el nombre o perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, los subcontratistas.
En todo caso, el adjudicatario deberá comunicar anticipadamente y por escrito a la Administración la intención de celebrar los subcontratos en los términos del apartado 2,b del artículo 210 de la LCSP.
En caso de que una parte del contrato tenga que ser realizada por empresas especializadas que cuenten con una determinada habilitación o autorización profesional, la clasificación en el grupo correspondiente a esa especialización, podrá suplirse por el compromiso del empresario de subcontratar la ejecución de una porción con otros empresarios que dispongan de la habilitación y, en su caso, clasificación necesarias, siempre que el importe de la parte que debe ser ejecutada por éstos no exceda del 50% del contrato.
23.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Y SEGUROS
A) Responsabilidad del Contratista:
Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato.
Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración, será ésta responsable dentro de los límites señalados en las leyes.
El contratista deberá cumplir todas las normas legales sobre seguridad durante la prestación del servicio, recayendo sobre él las responsabilidades correspondientes en caso de incumplimiento.
B) Seguros:
El contratista formalizará, previo al inicio de la prestación de los suministros y servicios, una póliza de seguro a todo riesgo en tanto dure la ejecución del contrato, por un importe mínimo de 600.000 euros, que cubrirá los daños a las instalaciones y equipos técnicos existentes en el edificio o en el viario público, así como un seguro de responsabilidad civil frente a terceros. La no suscripción será causa de resolución del contrato.
Las correspondientes pólizas dispondrán de una cláusula de revalorización automática, en función de los incrementos que experimente el índice de los precios al consumo anualmente.
Las pólizas deberán ser aprobadas por el Ayuntamiento, presentando en la Oficina técnica correspondiente los justificantes de pago regular de las primas. En las pólizas deberá figurar como beneficiario el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx.
El no abono de los recibos a su vencimiento se considerará como falta muy grave.
24.- CONDICIONES GENERALES A NIVEL PREVENTIVO
Para su labor en los centros de trabajo del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y de los Patronatos, la empresa o el trabajador autónomo, deberá cumplir con todo lo previsto en su Sector por la Reglamentación vigente de prevención de riesgos laborales estando en posesión de cuantas acreditaciones legales sean necesarias.
Primordialmente, la empresa deberá cumplir lo relativo a:
• Los principios de la acción preventiva (Art. 15 de la Ley 31/1995).
• Plan de prevención de riesgos laborales, evaluación de los riesgos y planificación de la actividad preventiva. (Art. 16 de la Ley 31/95).
• Equipos de trabajo y medios de protección (Art. 17 de la Ley 31/1995), recabando cuando sea preciso de los fabricantes, importadores o suministradores para los equipos y medios de protección que precisen adquirir lo establecido en el Art. 41 de la Ley 31/1995.
• Información a los trabajadores (Art. 18 de la Ley 31/95).
• Formación de los trabajadores (Art. 19 de la Ley 31/1995)
• Vigilancia de la salud. (Art. 22 de la Ley 31/95).
Asimismo deberá satisfacer lo que corresponda en cuanto al Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997 de 17 de enero y sus posteriores modificaciones Real Decreto 780/1998 y R.D. 604/2006).
Todas las empresas deberán presentar declaración jurada como el modelo ANEXO IV del presente pliego para presentarse a la licitación.
DOCUMENTACION REQUERIDA en caso de ser adjudicataria deberá entregar la siguiente documentación referente a la empresa: Toda la documentación se entregará siguiendo el orden redactado, en el plazo previsto en el art. 151.4 TRLCSP.
1. Escrito haciendo constar la Modalidad de organización preventiva de la empresa y si se tiene contratos con servicios de prevención ajenos.
2. Copia de la Evaluación de Riesgos generales de los puestos de trabajo a desarrollar en el ámbito de este contrato de prestación de servicios con el Ayuntamiento y/o Patronato y las Medidas de Protección y Prevención de los mismos.
3. Copia de la Planificación de la actividad Preventiva respecto a los puestos de trabajo del ámbito de este contrato de prestación de servicios con el Ayuntamiento y/o Patronatos.
4. Certificado de que tienen contratada una Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional. Indicar la dirección del centro asistencial más cercano al centro de trabajo y teléfono de citas y de urgencias.
5. En caso de subcontratación de empresas o trabajadores autónomos, el contratista es el responsable de recopilar de dicha empresa o trabajador autónomo toda la documentación descrita en este documento y entregarla posteriormente al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx o Patronatos.
Deberá entregar la siguiente documentación referente a los trabajadores:
6. Relación de trabajadores de la empresa, debiéndose incluir a toda persona de plantilla que en cualquier momento tenga que acceder a nuestros centros de trabajo (Personal Técnico, de oficios, etc.). Indicar apellidos y nombre, D.N.I. o N.I.E., número de afiliación a la Seguridad Social y Categoría Profesional. Indicar si hay trabajadores especialmente sensibles, discapacitados reconocidos y con parto reciente o maternidad.
7. Reconocimientos médicos específicos (protocolos)/(Aptitud), de los trabajadores que van a realizar la obra o servicio. Los datos relativos a la vigilancia de la salud se entregarán respetando la confidencialidad e intimidad del trabajador.
8. Certificados correspondientes de los trabajadores designados para ejecutar el trabajo, en Formación e Información sobre:
a. Prevención de Riesgos Laborales.
b. Riesgos específicos de su puesto de trabajo.
9. Recibí de entrega de Equipos de Protección Individual de cada trabajador.
10. Autorizaciones de Uso de Equipos de Trabajo realizadas a cada trabajador.
Queda abierta la entrega de cualquier otra documentación adicional referente a la empresa, trabajador autónomo y/o trabajadores que a posteriori el Departamento de Prevención de Riesgos Laborales estime necesaria para la adecuada coordinación de actividades empresariales (art.24 de la Ley 31/95 y Real Decreto.171/2004). Asimismo y en este ámbito se le entregarán instrucciones oportunas sobre todo en el ámbito de emergencias en los centros municipales para que den cumplimiento de las mismas.
La verificación de la documentación necesaria a presentar por el contratista adjudicatario prevista en esta cláusula será objeto de informe emitido por el Dpto. de Prevención de Riesgos Laborales correspondiente en el plazo de TRES días desde su recepción.
25.- CASOS DE IMPOSICION DE SANCIONES AL CONTRATISTA, RESOLUCION Y DENUNCIA DEL CONTRATO.
El contrato quedará sometido en estos aspectos al TRLCSP, de 14 de noviembre, de Contratos del Sector Público y legislación que la desarrolle, y específicamente:
1. Si el contratista incumple las obligaciones que le corresponden, el Patronato estará facultado para exigir su cumplimiento, declarar la resolución del contrato o imponer una sanción de conformidad con lo establecido en el Pliego.
2.- Determinación de las faltas
Faltas leves.- Serán faltas leves de la Empresa en el desarrollo del Servicio:
a) El retraso, negligencia o descuido en el cumplimiento de las obligaciones.
b) La ligera incorrección con los usuarios.
c) En general, la falta de puntualidad o el incumplimiento de sus deberes por negligencia o descuido excusable.
d) Las sustituciones excesivas o injustificadas del personal que presta el servicio.
Faltas graves.- Son faltas graves imputables a la Empresa:
a) El abandono del Servicio, las faltas repetidas de puntualidad, la negligencia o descuido continuado.
b) El trato vejatorio a los usuarios, salvo que revistiese características tales que le calificasen como de muy grave.
c) La falsedad o falsificación de las prestaciones realizadas.
d) En general, el incumplimiento grave de los deberes y obligaciones con las usuarias y la comisión de tres faltas leves en el transcurso de un año.
e) El no guardar el debido sigilo respecto de los asuntos que se conozcan en razón del servicio prestado y que perjudique a las usuarias o se utilicen en provecho propio.
f) Deterioro y/o montaje defectuoso de las infraestructuras contratadas.
Faltas muy graves.- Son muy graves de la Empresa en el desarrollo del servicio las siguientes:
a) La acumulación o reiteración de tres faltas graves cometidas en el transcurso de un año.
b) La notoria falta de rendimiento, la prestación incorrecta y defectuosa del servicio, tanto en su calidad como en su cantidad.
c) La negativa infundada a realizar los servicios o tareas ordenadas por escrito por los técnicos municipales, siempre que ésta sea una actitud directamente imputable a la Empresa o a sus directivos responsables.
d) Las ofensas verbales o físicas o el trato vejatorio grave a los usuarios.
e) En general, las acciones u omisiones que supongan infracción o incumplimiento del servicio objeto del contrato y las características del mismo que se opongan manifiesta o notoriamente a este pliego.
f) Los equipos suministrados sean de peor calidad que los ofertados, y que han sido aprobados por el Ayuntamiento durante la producción del evento.
g) Que el deterioro y/o montaje defectuoso de las infraestructuras contratadas ponga en peligro la integridad física de las personas
3.- Determinación de las Sanciones
A. La comisión de cualquier falta leve dará lugar, previo expediente instruido a tal efecto por la Presidente del Patronato Sociocultural, con audiencia del adjudicatario, al apercibimiento de la Entidad contratante o sanción de hasta el 2% del precio del contrato.
B. La comisión de cualquier falta grave dará lugar, previo expediente instruido al efecto por la Presidente del Patronato Sociocultural, con audiencia de la Entidad Contratante, a la imposición de sanción económica de hasta un 5% del precio del contrato y a la reparación del daño causado, todo ello sin perjuicio de la responsabilidad a que el hecho diere lugar.
C. La comisión de falta muy grave dará lugar, previo expediente instruido al efecto con audiencia a la entidad contratante, a la imposición de una sanción económica de hasta el 10% del precio del contrato y/o a la resolución del contrato.
4 .- Las causas de resolución del contrato serán, además de las previstas en la Ley de Contratos del Sector Público, el incumplimiento de tres faltas graves en un periodo de seis meses, así como el incumplimiento del deber de sigilo en el ejercicio de sus funciones.
Las sanciones aplicables por el órgano de contratación de las infracciones más arriba recogidas consistirán en multa pecuniaria en la siguiente cuantía:
Sanciones leves: Hasta un 2% del precio del contrato. Sanciones graves: Hasta un 5% del precio del contrato. Sanciones muy graves: Hasta un 10% del precio del contrato.
La apertura de expediente por cualquiera de las infracciones anteriores podrá suponer la adopción de medidas cautelares dirigidas a asegurar el cumplimiento del contrato en todos sus términos.
En caso de que la adopción de estas medidas cautelares o el cumplimiento de órdenes de ejecución origine gastos para el Patronato, el importe de los mismos se repercutirá al contratista detrayéndolo de la siguiente factura que se pase al cobro.
La aplicación de penalizaciones no excluye la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho el Patronato, originados por la demora del contratista.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, le será incautada la fianza y deberá además indemnizar al Patronato por los daños y perjuicios ocasionados.
Será competente para la iniciación y resolución de los expedientes a que se refiere esta cláusula el órgano de contratación que lo fuera para aprobar el expediente y adjudicar el contrato.
Los expedientes sancionadores se tramitarán y resolverán según lo dispuesto en el RD 1398/93 de 4 xx xxxxxx, Reglamento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora.
La apertura de expediente sancionador no exime al contratista de su obligación de ejecutar el servicio conforme a los términos del contrato y de su oferta pudiendo ser requerido para el cumplimiento de esta obligación junto con la incoación del expediente sancionador o en expediente independiente.
La apertura de expediente por cualquiera de las infracciones anteriores podrá suponer la adopción de medidas cautelares dirigidas a asegurar el cumplimiento del contrato en todos sus términos.
En caso de que la adopción de estas medidas cautelares o el cumplimiento de ordenes de ejecución origine gastos para el Patronato Sociocultural del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, el importe de los mismos se repercutirá al contratista detrayéndolo de la siguiente factura que se pase al cobro.
La aplicación de penalizaciones no excluye la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho el Patronato Sociocultural del Ayuntamiento, originados por la demora del contratista.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, le será incautada la garantía y deberá además indemnizar al Patronato Sociocultural el Ayuntamiento por los daños y perjuicios ocasionados.
Será competente para la iniciación y resolución de los expedientes a que se refiere esta cláusula el órgano de contratación que lo fuera para aprobar el expediente y adjudicar el contrato. Los expedientes sancionadores se tramitarán y resolverán según lo dispuesto en el RD 1398/93 de 4 xx xxxxxx, Reglamento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora.
Estas sanciones se podrán detraer del pago de las facturas pendientes.
26.-RIESGO Y XXXXXXX
El contrato se entiende a "riesgo y xxxxxxx" del contratista, sin que éste pueda solicitar alteración del precio e indemnización a causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados a los servicios, si no se da causa de fuerza mayor.
27.- INTERPRETACION
El Órgano de Contratación ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato administrativo que se derive de este contrato y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, en virtud de lo dispuesto en el artículo 210 TRLCSP, para la resolución de las incidencias surgidas durante la ejecución del contrato se estará a lo dispuesto en el art. 97 del Reglamento.
28.- CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS.
El contratista y el personal encargado de la realización de los trabajos guardarán secreto profesional sobre toda la información que recaben y documentos que generen, así como de los asuntos a los que tengan acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato, estando obligados a no hacer públicos o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo contractual. El deber se mantendrá durante un plazo de cinco años.
Asimismo el contratista quedará obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en concreto a lo referente al cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas y al deber xx xxxxxxx profesional, asumiendo las responsabilidades que por su incumplimiento le incumban.
29.- JURISDICCION COMPETENTE
El contrato que estas cláusulas regulan tiene naturaleza administrativa y, como tal, en caso de litigio, se resolvería por el Juzgado Contencioso-Administrativo en cuya jurisdicción esté comprendido el término municipal xx Xxxxxxxxxx.
30.- DEVOLUCIÓN DE DOCUMENTACIÓN.
Transcurridos seis meses desde la publicación en el perfil del contratante de la adjudicación del contrato sin que el licitador haya solicitado la devolución de la documentación aportada al procedimiento, se entenderá que renuncia a la misma y la Administración queda en libertad de destruirla sin necesidad de previo aviso o comunicación al respecto, no admitiéndose reclamaciones al respecto
31.- LEGISLACION APLICABLE.
En lo no previsto en los Pliegos, será de aplicación lo dispuesto en:
- TRLCSP aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre.
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
- Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, de desarrollo parcial de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público.
- Ley 34/2010, de 5 xx xxxxxx, de modificación de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
- Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
- Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, Reglamento de desarrollo de la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal.
- La vigente legislación y normativa en materia laboral, de seguros sociales, contratación de personal, seguridad e higiene en el trabajo, accesibilidad y construcción y lo que dispongan las leyes protectoras de la industria comunitaria.
32.- DOCUMENTOS QUE TIENEN CARÁCTER CONTRACTUAL.
Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos:
• El Pliego de Condiciones Técnicas.
• El documento en que se formalice el contrato.
• La oferta técnica y económica del adjudicatario.
ANEXO I
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D. ...................................................................................................................., con D.N.I. nº:
................................., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, actuando en nombre y representación de la empresa ,
con C.I.F. nº: , según acredita debidamente, hace constar:
1.- Que enterado xxx Xxxxxx de Condiciones Económico Administrativas y Técnicas aprobado por el Patronato, que ha de regir el procedimiento abierto de la contratación de la servicios de SUMINISTRO INFRAESTRUCTURAS Y EQUIPOS EN GENERAL, lo acepta íntegramente y presenta oferta ajustada a las condiciones señaladas en el mismo y solicita sea admitido al concurso convocado.
2.- Que ofrece los siguientes precios unitarios para la ejecución del citado suministro, más el IVA correspondiente.
CONCEPTO | PRECIOS UNITARIOS |
1.1.01.- ESCENARIO EN LA PLAZA MAYOR | |
1.1.02.- ESCENARIO TIPO 12X6 | |
1.1.03.- ESCENARIO TIPO 10X6 | |
1.1.04.- ESCENARIO TIPO 8x5 | |
1.1.05.- ESCENARIO TIPO 6x5 A 1,80m | |
1.1.06.- ESCENARIO TIPO 6x5 A 1,00m | |
1.2.01.- RAMPA PARA ESCENARIO DE 1,80m | |
1.2.02.- RAMPA PARA ESCENARIO DE 1,00m | |
1.2.03.- ESCALERA ADICIONAL PARA ESCENARIO DE 1,80m | |
1.2.04.- ESCALERA ADICIONAL PARA ESCENARIO DE 1,00m | |
1.3.01.- ESTRUCTURA PARA TRASERA DE 12X3 m |
1.3.02.- ESTRUCTURA PARA TRASERA DE 12X2 m | |
1.3.03.- ESTRUCTURA PARA TRASERA DE 10X2 m | |
1.3.04.- ESTRUCTURA PARA TRASERA DE 8X2 m | |
1.3.05.- ESTRUCTURA PARA TRASERA DE 6X2 m | |
1.3.06.- TRASERA SERIGRAFIADA 12X3 m | |
1.3.07.- TRASERA SERIGRAFIADA 12X2 m | |
1.3.08.- TRASERA SERIGRAFIADA 10X2 m | |
1.3.09.- TRASERA SERIGRAFIADA 8X2 m | |
1.3.10.- TRASERA SERIGRAFIADA 6X2 m | |
1.4.01.- EQUIPOS DE SONIDO Y LUCES HALÓGENAS (equipo básico tipo 1) | |
1.4.02.- EQUIPOS DE SONIDO Y LUCES ESPECTÁCULARES (equipo básico tipo 2) | |
1.4.03.- EQUIPOS DE SONIDO Y LUCES ESPECTÁCULARES (equipo básico tipo 3) | |
1.4.04.- EQUIPOS DE SONIDO 4.000w | |
1.4.05.- EQUIPOS DE SONIDO 8.000w | |
1.4.06.- EQUIPOS DE SONIDO 8.000w. CON MONITORES | |
1.4.07.- EQUIPOS DE SONIDO 12.000w. | |
1.4.08.- EQUIPOS DE SONIDO 12.000w. CON MONITORES | |
1.4.09.- EQUIPOS DE MONITORES DE SONIDO | |
1.4.10.- MONITORES DE SONIDO | |
1.4.11.- EQUIPO XX XXXXX ESPECTÁCULARES 24.000W | |
1.4.12.- EQUIPO XX XXXXX ESPECTÁCULARES 48.000W |
1.4.13.- COMPLEMENTO DE 12.000W PARA EQUIPO XX XXXXX | |
1.4.14.- COMPLEMENTO DE 4 FOCOS MÓVILES 575 PARA EQUIPO XX XXXXX | |
1.4.15.- COMPLEMENTO DE 4 FOCOS MÓVILES 700 PARA EQUIPO XX XXXXX | |
1.4.16.- CAÑÓN DE SEGUIMIENTO | |
1.4.17.- VIDEOPROYECTOR AL MENOS 5000 LUMEN Y PANTALLA DE 4 M. ANCHA | |
1.4.18.-VIDEOPROYECTOR DE AL MENOS 12000 LUMEN Y PANTALLA DE 8 METROS DE ANCHA | |
1.5.01.- EQUIPOS DE SONIDO Y TARIMA PEQUEÑA | |
1.5.02.- APOYO A LAS PROCESIONES DE SEMANA SANTA | |
1.5.03.- APOYO AL DÍA EUROPEO DE LA MÚSICA | |
1.5.04.- APOYO A LA ROMERÍA ANDALUZA | |
1.5.05.- APOYO A ALCOBENDAS FLAMENCA | |
1.5.06.- APOYO A SAN XXXXXX EN PLAZA DEL PUEBLO | |
1.5.07.- APOYO A CABALGATA XX XXXXX | |
1.5.08.- APOYO TITERES PLAZA DEL PUEBLO | |
1.6.01.- CARPA TIPO HAIMA DE 5 X 5 M | |
1.6.02.- CARPA AUTOPORTANTE DE 5X10 M. | |
1.6.03.- AMPLIACIÓN EN SUPERFICIE DE CARPA AUTOPORTANTE DE 5X10 m | |
1.6.04.- AMPLIACIÓN EN FECHAS DE CARPA AUTOPORTANTE DE 5X10 m | |
1.6.05.- CARPA ANCLADA DE 5X10 m | |
1.6.06.- AMPLIACIÓN EN SUPERFICIE DE CARPA DE 5X10 m | |
1.6.07.- AMPLIACIÓN EN FECHAS DE CARPA DE 5X10 m |
1.6.08.- ILUMINACIÓN DE CARPA DE 5X10 m | |
1.6.09.- CARPA ANCLADA DE 10X10 m | |
1.6.10.- AMPLIACIÓN EN SUPERFICIE DE CARPA DE 10X10 m | |
1.6.11.- AMPLIACIÓN EN FECHAS DE CARPA DE 10X10 m | |
1.6.12.- ILUMINACIÓN DE CARPA DE 10X10 m | |
1.6.13.- CARPA ANCLADA DE 20X20 m | |
1.6.14.- AMPLIACIÓN EN SUPERFICIE DE CARPA DE 20X20 m | |
1.6.15.- AMPLIACIÓN EN FECHAS DE CARPA DE 20X20 m | |
1.6.16.- ILUMINACIÓN DE CARPA DE 20X20 m | |
1.7.01.- CAMERINO-ALMACÉN | |
1.7.02.- SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE 50 VALLAS | |
1.7.03.- SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE 100 VALLAS | |
1.7.04.- SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE 200 VALLAS | |
1.7.05.- SUMINISTRO DE 2 SERVICIOS QUÍMICOS | |
1.7.06.- ALQUILER Y MANTENIMIENTO EXTRA DE 2 SERVICIOS QUÍMICOS | |
1.7.07.- SUMINISTRO DE 4 SERVICIOS QUÍMICOS | |
1.7.08.- ALQUILER Y MANTENIMIENTO EXTRA DE 4 SERVICIOS QUÍMICOS | |
1.7.09.- SUMINISTRO DE 100 XXXXXX XX XXXXXX | |
1.7.10.- SUMINISTRO DE 200 XXXXXX XX XXXXXX | |
1.7.11.- SUMINISTRO DE 400 XXXXXX XX XXXXXX | |
1.8.01.- GENERADOR DE CORRIENTE ELÉCTRICA DE 3.500W |
1.8.02.- GENERADOR DE CORRIENTE ELÉCTRICA DE 30.000W | |
1.8.03.- GENERADOR DE CORRIENTE ELÉCTRICA DE 60.000W | |
1.8.04.- GENERADOR DE CORRIENTE ELÉCTRICA DE 100.000W | |
1.8.05.- GENERADOR DE CORRIENTE ELÉCTRICA DE 150.000W | |
2.0. BOLETÍN ELÉCTRICO |
3.- Que se compromete a cumplir las prestaciones objeto del mencionado Pliego, así como al cumplimiento de la legislación vigente que resulte de aplicación directa o subsidiaria.
En a
Firma y sello de la empresa
MODELO DE AVAL
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)..........................................................., con N.I.F. ..................... y domicilio (a efectos
de notificaciones y requerimientos) en .............................. la calle/plaza/avenida ...................
C.P. ................... y en su nombre y representación .................................... (nombre y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento,
AVALA
A: (nombre y apellidos o razón social del avalado)......................................., N.I.F.
..................................., en virtud de lo dispuesto por : (artículos 95 y siguientes para constituir la garantía definitiva y artículo 119 para constituir la garantía provisional) del TRLCSP aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre y artículo 55 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto de la garantía y obligación asumida por el garantizado), .............................................................................................., ante el Patronato
Sociocultural (Q-2801703-F) del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx por importe de (en letra).....................euros, (en cifra) euros.
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del Patronato Sociocultural del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, con sujeción a los términos previstos en la Ley de Contratos del Sector Público y Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La presente garantía estará en vigor hasta que el Patronato Sociocultural del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la citada Ley de Contratos y legislación complementaria.
Fecha.......................................
Razón social de la entidad.......
Firma de apoderados...............
VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA CGD O ABOGACÍA DEL ESTADO
Provincia Fecha Número o Código
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, que habrá de regir el contrato, a adjudicar por el procedimiento................., para la realización del contrato..................
de...............................................
AUTORIZACIÓN DE ACCESO A DATOS TRIBUTARIOS.
D./D.ª ................................................................en calidad de1
..........................................................
Con DNI / NIF nº , en nombre propio o en representación de la empresa
........................................................., con C.I.F. nº ............................................................
autoriza al Patronato Sociocultural del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, a acceder a los datos tributarios de esta empresa de conformidad con la legislación vigente y resultando exonerado de la obligación de presentar el certificado de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias requerido en el Pliego de Condiciones de conformidad con el artículo 146 del TRLCSP aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre.
La presente autorización tendrá validez en cualquier expediente de contratación tramitado por el Patronato Sociocultural del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx hasta tanto no sea revocada.
SELLO DE LA EMPRESA Y FIRMA AUTORIZADA
Fdo.
1 Indíquese la representación que ostenta el declarante en la empresa.
Procedimiento de Coordinación de Actividades Empresariales.
DECLARACION JURADA
D/Dña. ........................................................................................con DNI
nº.............................como representante y/o administrador de la Empresa................................................................................... con domicilio social en.............................................................................................................................
CIF........................... y número de
contacto……………………………………………………………………
DECLARO:
1. Que la Empresa o Trabajador Autónomo, en lo sucesivo Empresa, para su labor en el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y/o Patronatos, cumple con todo lo previsto en su sector por la Reglamentación vigente de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995) estando en posesión de cuantas acreditaciones legales son necesarias en la actualidad.
2. Que la Empresa se compromete en caso de adjudicación al estricto cumplimiento de las medidas de coordinación previstas en el art. 24 de la ley 31/95, de Prevención de Riesgos Laborales y en el R.D. 171/2004, de 30 de enero por el que se desarrolla dicho artículo.
3. Que la Empresa cumple con los requisitos establecidos en le Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997 de 17 de enero y sus posteriores modificaciones Real Decreto 780/1998 y R.D. 604/2006), y asume como propio el Servicio de Prevención o contrata dichas funciones con un Servicio de Prevención Ajeno.
4. Que la Empresa dispone de un Plan de Prevención acorde a lo dispuesto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y sus disposiciones de desarrollo.
5. Que la Empresa dispone de la Evaluación de Riesgos de los puestos de trabajo a desarrollar por los trabajadores de dicha Empresa en los centros de trabajo del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y Patronatos, así como de las medidas de prevención y protección necesarias para evitar dichos riesgos.
6. Que la Empresa informará de los posibles riesgos que afecten al personal del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y Patronatos o a trabajadores de otras empresas concurrentes como consecuencia de las operaciones o trabajos que deba de realizar su personal en nuestras instalaciones.
7. Que la Empresa comunicará a sus propios trabajadores la información proporcionada por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y Patronatos.
8. Que la Empresa ha formado e informado a los trabajadores que llevarán a cabo las actividades en el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y Patronatos de los riegos generales y específicos de su puesto de trabajo, así como en Prevención de Riesgos Laborales.
9. Que la Empresa ha proporcionado a sus trabajadores tanto las medidas de protección colectiva, como los Equipos de Protección Individual (EPIS) necesarios para desarrollar sus tareas, así como los equipos de trabajo y productos, debidamente certificados, y todo ello conforme a las exigencias legales existentes y en vigor.
10. Que la Empresa ha realizado la Vigilancia de la salud de los trabajadores a su cargo, conforme a los protocolos sanitarios establecidos y en función a los riesgos específicos.
11. Que la Empresa realiza el estudio y control de siniestralidad de sus trabajadores.
12. Que la Empresa contratista en caso de realizar subcontrataciones, hace extensivo las mismas obligaciones para éstas, siendo el contratista el responsable de la recopilación de la documentación y de la vigilancia de su cumplimiento. Así mismo, en el caso en el que se subcontrate en el sector de la construcción se deberá cumplir con lo recogido en la Ley 32/2006, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción.
13. Que la Empresa designará los Recursos Preventivos para su presencia en el centro de trabajo del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y Patronatos, cuando sea necesario conforme establece la Ley 54/203 de Reforma del Marco Normativo de la Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995), y RD 39/1997 y su posterior modificación por el RD 604/2006.
14. Que la Empresa comunicará de inmediato al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y Patronatos de cualquier incidente y/o accidente que signifique o pudiera haber significado daño para la salud, tanto de sus trabajadores como cualquier otra persona existente en al Ayuntamiento o Patronatos, así como cualquier situación de emergencia o riesgo detectado en el centro de trabajo.
En Alcobendas, a ……… de de 201….
Representante y/o Administrador …………………………………….. DNI
……………………
Firma y sello.