CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA En la ciudad de Villena, à 20 de Diciembre de 2016
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA
En la ciudad xx Xxxxxxx, à 20 de Diciembre de 2016
REUNIDOS
De una, parte como ARRENDADORA, D. XXXXXX XXXXXXX XXXX, mayor de edad, provisto de DNI: 00000000-X, y con domicilio a efectos de este contrato en xxxxx xx xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx, xx 00, 0x Xxxxxxx (Xxxxxxxx), que actúan en su propio nombre.
Y de otra, como parte ARRENDATARIO, D. XXXXX XXXXX XXXXXXX mayor de edad, provisto de pasaporte nº XXX0000X0, y Dña. XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX mayor de edad, provisto de pasaporte nº XX0X0XXX0, ambos vecinos de Xxxxxxxxxxxxx 000 0000XX, Xxxxxxxxx (Xxxxxxx)
Acuerdan que D. XXXXX XXXXX XXXXXXX, y Dña. XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX se encuentran interesados en arrendar la vivienda propiedad de D. XXXXXX XXXXXXX XXXX en XXXXXXX (Alicante) en Cabezo de las virtudes, 61.
Intervienen ambas partes en su propio nombre y derecho, reconociéndose mutuamente capacidad legal suficiente para pactar y obligarse y en especial para otorgar el presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA, y a tal efecto.
EXPONEN
I.-Que, D. XXXXXX XXXXXXX XXXX es propietario de la siguiente finca urbana: vivienda según relación anexa al presente documento, sita en VILLENA (Alicante) en Cabezo de las virtudes, 61. Con la siguiente distribución: salón comedor, 4 dormitorios, cocina, y 2 baños, La vivienda está amueblada según relación anexa al presente documento.
La vivienda está provista de un seguro que se hará cargo de pagarlo el arrendador de dicha vivienda.
El arrendatario se compromete à hacer un seguro para animales para cubrir la responsabilidad civil y daños a tercero.
Dicho seguro incluirá los daños producidos por animales domésticos en los muebles, puertas etc.
En dicha vivienda vivirán 3 personas.
El arrendatario se compromete a comunicar al arrendador en el plazo máximo de quince días desde el momento en que se produzca, cualquier variación que sufriera su estado civil, ya de hecho o de derecho, que afecte a los habitantes de la vivienda, y sobre la incorporación de nuevos habitantes, ya sean descendientes o ascendientes a su carga o cualesquiera otros.
II.-Que D. XXXXX XXXXX XXXXXXX, y Dña. XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX, después de haber visto la vivienda indicada anteriormente, y sin que nada tenga que objetar ni reclamar sobre el estado de la misma, está interesado en tomarla en arrendamiento y es por lo que de común acuerdo con la parte arrendadora otorgan el presente contrato que se regirá por el contenido de las siguientes
CLAUSULAS:
PRIMERA. D. XXXXXX XXXXXXX XXXX, cede en arrendamiento a D. XXXXX XXXXX XXXXXXX, y Dña. XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX la vivienda objeto de este contrato y a que se refiere el expositivo I, quien toma posesión de la misma en este acto.
SEGUNDA.- El presente contrato inicia su vigencia a la fecha de celebración del mismo y su duración se fija en 3 años.
Si llegada la fecha de vencimiento del contrato, una vez transcurrido el periodo de vigencia inicial referido en el párrafo precedente, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos, con un mes de antelación a la fecha del vencimiento su voluntad de no renovar el contrato, éste se prorrogará por plazos anuales.
En caso de que cualquiera de las partes quiera dar por finalizado el presente contrato a la finalización de un periodo de prórroga, deberá comunicar a la otra parte su voluntad de no prorrogar el contrato con, al menos, un mes de antelación al vencimiento de la prórroga de que se trate. En caso de que ninguna de las partes notifique a la otra dicha voluntad en los términos aquí previstos el presente contrato volverá a prorrogarse por otra anualidad, y así sucesivamente.
Al término del contrato, el ARRENDATARIO deberá reintegrar el INMUEBLE en el mismo estado en que lo recibe y sin más deterioros que los que se hubiesen producido en el mismo por el mero paso del tiempo. Además al término del contrato el ARRENDATARIO deberá haber abonado todos los consumos de servicios del INMUEBLE, así como todos los gastos que, de conformidad con este Contrato, corresponden al mismo, hasta esa fecha.
TERCERA.-
La renta pactada se fija libremente y de común acuerdo de las partes en la suma de 1000 euros mensuales pagadera entre los días 01 y 05 de cada mes.
se entregan la cantidad de 1000 euros (mil euros) correspondiente a la primera mensualidad correspondiente al mes de Febrero de 2017
Dicha renta será pagada por adelantado al propietario del 01 al 05 de cada mes en la siguiente cuenta bancaria Banco Popular nº 00750466990600293508
CUARTA.-La vivienda objeto de este contrato se destinara única y exclusivamente como domicilio de la parte arrendataria y de sus familiares directos, no pudiendo cambiar el uso o destino de la misma sin el consentimiento expreso y por escrito de la parte arrendadora.
QUINTA.-Queda prohibido a la parte arrendataria subarrendar, ceder o traspasar en parte o en todo la vivienda a que se refiere el presente documento sin la expresa autorización escrita de la parte arrendadora. Igualmente queda prohibido a la parte arrendataria efectuar cualquier clase de obras en la vivienda objeto de este contrato sin previo consentimiento escrito de la parte arrendadora.
En caso de que la parte arrendataria desease modificar las actuales instalaciones de agua, gas o electricidad, etc., con que cuenta la vivienda, deberá obtener previamente autorización por escrito de la parte arrendadora.
Igualmente queda prohibida a la parte arrendataria introducir sustancias inflamables o peligrosas, a juicio de la parte arrendadora, y en general todo aquello que pueda perjudicarla o ponerla en peligro.
SEXTA.- De conformidad con el artículo 36 de la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos, la parte arrendataria entrega en este acto la cantidad de DOS MIL EUROS (2000 €) equivalentes a dos mensualidades de alquiler en concepto de fianza, para poder responder a las obligaciones que le competen, cantidad que les será devuelta a la finalización de este contrato en caso de que hubiere cumplido todas ellas.
SEPTIMA.-La parte arrendataria se obliga a permitir en horas hábiles de trabajo, la entrada, paso y permanencia de operarios, y acopio de materiales, en la vivienda arrendada, cuando sea necesario practicar obras en la misma.
La parte arrendataria queda igualmente obligada a permitir la entrada en la vivienda a la parte propietaria, o a su representante, al objeto de comprobar el estado de conservación de la misma.
OCTAVA.-Será de cuenta de la parte arrendataria el pago de los recibos por servicios individualizados con que cuenta la vivienda, tales como agua, luz teléfono etc.. Aunque los mismos vengan a nombre de la parte arrendadora o de tercera persona
La arrendataria hacen expresa renuncia de los derechos de tanteo y retracto recogidos en el artículo 25 de la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Para el caso de desistimiento de este contrato por el arrendatario, ésta deberá indemnizar al arrendador, de acuerdo a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 11 de la ley, con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta por cada año de contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.
A partir de la fecha del presente contrato de arrendamiento tendrá un plazo de un mes para comprobar el buen estado y funcionamiento de aparatos, elementos, servicios, dependencias e instalaciones del inmueble, y comunicar a la arrendadora cualquier anomalía que se encontrara; pasado dicho plazo, el arrendatario se hará responsable de su mantenimiento.
NOVENA.-A tenor de los dispuesto en los artículos 1563 y 1564 del Código Civil responderá la parte arrendataria de las reparaciones de atasco, desperfectos de instalaciones de agua y luz, grifos, cristales, cerraduras y en general de todo aquello que por el mal uso se deteriore.
DECIMA-La parte que incumpliere este documento o alguna de sus cláusulas o estipulaciones, será responsable de los gastos y costas judiciales que se ocasionen para obligarle a su cumplimiento, incluso los honorarios y suplidos de letrado y procurador si se vale el actor de la intervención de los mismos, aun no siendo perceptiva. Igualmente ira de cargo del que incumpla, la liquidación de este documento ante la Hacienda Pública.
Sometiéndose ambas partes del modo más expreso, a los Tribunales de Justicia xx Xxxxxxx para cualquier divergencia, con renuncia a otro fuero que les pudiera corresponder.
Y en prueba de conformidad a cuanto antecede, lo suscriben los interesados por triplicado y a un solo efecto en la ciudad y fecha a su principio indicados.
LA PARTE ARRENDADORA LA PARTE ARRENDATARIA
D. XXXXXX XXXXXXX XXXX X. XXXXX XXXXX XXXXXXX
Dña XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX
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INVENTARIO VILLENA (Alicante) en Cabezo de las virtudes, 61.
Cuarto de baño del dormitorio |
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Mueble con lavabo |
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accesorio xx xxxxx |
Vestidor |
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Baldas |
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6 cajoneras |
Cuarto de lavar |
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Lavadora |
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Secadora |
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Pila de lavar con mueble |
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armario 2 cuerpos |
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sillón |
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mesa de plancha |
Cocina |
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Mueble aparador |
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mesa de plancha |
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4 sillas |
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encimera de gas |
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frigorífico |
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lavavajillas |
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horno |
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microondas |
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campana extractora |
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mueble de televisión pequeño |
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xxxxxxx de pared |
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lámpara de techo |
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24 platos pequeños |
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24 platos grandes |
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6 platos xxxxxx |
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Botellero nevera en la despensa |
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6 platos hondos |
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2 platos pequeños |
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2 fuentes |
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licuadora |
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exprimidor |
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freidora |
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Ropa de hogar |
6 juegos de cama |
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4 fundas nórdicas de 90 |
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2 edredones de 90 |
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Comedor |
Dos Lámparas de techo |
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aparato aire acondicionado Mesa de comedor Mueble de televisión 2 sillones individuales Mesa camilla Equipo de música |
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Pasillo |
4 apliques de pared |
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Aseo junto a cocina |
Espejo |
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apliques de pared |
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Porche |
Mesa redonda |
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4 sillas con brazos |
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sofá de mimbre |
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mesa ping pong |
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4 faroles de techo |
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mesa alargada |
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2 sillones de mimbre |
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3 xxxxxx xx xxxxxx |
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10 sillones de plástico |
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mueble de pared pequeño |
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3 mantas |
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Aparato de aire acondicionado |
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Habitación de las dos camas |
2 camas de 80 |
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2 colchones |
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2 fundas de colchón |
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2 almohadas |
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mesita de noche |
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lámpara de sobremesa |
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Dormitorio que da al patio |
Mueble de dos camas y 2 cajones |
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2 somieres |
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2 colchones |
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2 fundas de colchón |
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2 almohadas |
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aplique de pared |
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escritorio de 4 cajones |
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una silla |
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mueble de armario |
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2 lámparas xx xxxx |
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Dormitorio que da a la entrada |
Mueble de dos camas y 2 cajones |
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2 somieres |
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2 colchones |
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2 fundas de colchón |
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2 almohadas |
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aplique de pared |
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escritorio de 4 cajones |
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una silla |
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mueble de armario |
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2 lámparas xx xxxx |
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Cuarto de baño del pasillo |
Mueble con lavabo |
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Mampara |
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accesorios de baño |