ÍNDICE
ÍNDICE
1) .- Finalidad del PPT 2
2) .- Alcance del servicio 3
2.1.- Descripción de las instalaciones 3
2.2.- Instalaciones cubiertas por otros contratos o excluidas expresamente del mismo en el momento de la licitación 7
3) .- Xxxxxx e implantación del contrato y servicio 8
3.1.- Auditoría externa técnico - legal sobre el estado inicial de las instalaciones y plan de mantenimiento 8
3.2.- Elaboración del Plan de Mantenimiento 9
3.2.1.- Plan del mantenimiento preventivo 10
3.2.2.- Plan del mantenimiento técnico-legal 11
4) .- Ejecución del servicio 13
4.1.- Desarrollo general 13
4.2.- Conducción y vigilancia de instalaciones.
4.3.- Mantenimiento correctivo 16
4.4.- Mantenimiento conductivo-estético 16
4.5.- Importe máximo del material 17
4.6.- Mantenimiento preventivo y técnico-legal 18
4.6.1.- Mantenimiento preventivo 18
4.6.2.- Mantenimiento técnico-legal 19
4.6.3.- Mantenimiento de instalaciones críticas por servicios técnicos oficiales/fabricantes o empresas instaladoras/mantenedoras autorizadas 20
4.6.4.- Instalación de climatización. Calidad ambiental y limpiezas equipos 21
4.6.4.1.- Introducción 21
4.6.4.2.- Instalación de climatización y ventilación de áreas de alto riesgo 22
4.6.4.3.- Filtros en la instalación de climatización de las áreas de alto riesgo 23
4.7.- Medidas de ahorro energético 23
4.8.- Tiempos de ejecución del servicio e intervención de los trabajos 25
4.9.- Gestión informatizada del servicio 25
4.10.- Informe mensual de la actividad del servicio 27
4.11.- Supervisión e Inspección del Trabajo 28
4.12.- Gestión xx xxxxxxx de material de mantenimiento e instalaciones 29
4.13.- Medios técnicos y materiales 30
4.14.- Medios humanos 31
4.15.- Relaciones entre la GHM y el adjudicatario 32
4.15.1.- Responsable del contrato 32
4.15.2.- Responsable Técnico y Encargado 33
4.15.3.- Documentación e información relativa al contrato 33
4.15.4.- Seguridad e Higiene (Riesgos Laborales) 34
5) .- Evaluación del servicio 35
5.1.- Indicadores de Calidad del Servicio de Mantenimiento (ICSM) 35
5.1.1.- Indicadores – ICSM 35
5.1.2.- Validación de los indicadores ICSM 36
5.2.- Cálculo del Grado de Realización del Servicio (GRS) 37
5.3.- Facturación de la parte variable 37
5.4.- Comprensión de la naturaleza del equipamiento, instalaciones y de las condiciones en los centros de la GHM 37
5.5.- Obligaciones generales del adjudicatario 38
5.6.- Obligaciones medioambientales del adjudicatario 41
6) .- Documentación y servicios a la finalización del contrato 42
7) - Sistemas de mantenimiento corporativo 43
8).- Seguridad de la información y confidencialidad 43
1.- Finalidad del PPT.
El presente pliego de prescripciones técnicas tiene por finalidad regular y definir el alcance y condiciones de prestación del servicio de conducción, vigilancia, mantenimiento y conservación de las instalaciones y edificaciones que conforman la Gerencia del Hospital de Manacor (en adelante GHM).
Los edificios, centros e instalaciones que integran la GHM son el Hospital de Manacor y los centros del siguiente cuadro:
CENTRO DE SALUD O UNIDAD BÁSICA DE SALUD | TELÉFONO | DOMICILIO |
CS ARTÀ "Nuredduna" | 971835001 | X/ Xxxxxxxx, 0 |
XX XXXXXXX XX XXXX | 000000000 | Xxxxx Xxxxx d'en Fassal s/n |
CS CAPDEPERA | 971563006 | X/ Xxx, 00 |
XX XXXX XXXXXXX | 971566650 | C/ Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx |
UB CANYAMEL | 971841350 | * CERRADA * |
CS MANACOR | 971555411 | C/ Xxxx Xxxx s/n |
UB SON XXXXX | 971559327 | C/ Central s/n |
CS PORTO CRISTO | 971822534 | X/ Xxxxxxxxxx, 0 |
UB S'ILLOT | 971812765 | X/ XXxxxxxxx, 00 |
XX XXXXX XXXXXXXX | 971828036 | Xxxxxxx Xxxxxxx x/x (Xxxxxx Xxxxx) |
XX XXXXXXXXXX | 000000000 | X/Xxxxx x Xxxxxxx x/x |
UB ARIANY | 971830223 | X/ Xxxx Xxxxx x/x |
UB MONTUIRI | 971161543 | X/ Xxxxx, 000, 0x |
UB PETRA | 971830040 | X/ Xxxxxxxxxx, x/x |
UB PORRERES | 971166649 | X/ X' xx Xxxxx, 00 |
UB SANT XXXX | 971526508 | X/ Xxxxxx, x/x |
XX XXXXXXXX | 971580254 | Xxx. Xxxxxxxxx, 00 |
UB S'XXXXX | 971837279 | X/ Xxxx Xxxxxxx, 00 |
UB CAS CONCOS | 971842202 | X/ 00 x'xxxxx,00 |
UB PORTOCOLOM | 971825162 | X/ Xxxx Xxxx 0 |
XX XXXXXXXX | 971653951 | Xxxx xxxx xxxxxxx,x/x |
XX XXXXXXXX XXXXXX | 000000000 | X/ Xx xxxxx, x/x |
UB CALA D'OR | 971658003 | Avda Xxxxxxx s/n |
UB LLOMBARDS | 971653494 | X/ Xxx Xxxxx |
XX XXXXXXX | 000000000 | Xxxxx Xxxx Xxxxxx |
XX XXXXXX "Xxxxx" | 971651270 | X/ Xxxx, x/x |
XX XXX XXXXXXX | 000000000 | X/ Xx Berga |
UB COLÒNIA ST. XXXXX | 971656131 | C/ Barraquer s/n |
UB SA RÀPITA | 971640792 | C/ Xxxxx "Centre Cívic" |
CS SON SERVERA | 971568510 | X/ Xx xxxx,00 |
UB ST. LLORENÇ | 971569597 | C/Pou, s/n |
UB SA COMA | 971822003 | C/ Xxxxxxxxx,2 |
UB CALA MILLOR | 971587191 | X/ Xxxxx ,0 |
UB SON XXXXXX | 971838735 | X/ Xxxxx Xx Xxxxxxxx, 0 |
NOTA: El centro de salud de Son Servera y las unidades básicas de Porreres, Ariany y Ses Salines se encuentran dentro del contrato de construcción y explotación de la concesionaria CAPSA y no serían objeto de la cobertura de este contrato mientras no se produzca la finalización del contrato de concesión.
2.- Alcance del servicio.
2.1.- Descripción de las instalaciones.
A efectos de la adjudicación de la prestación del servicio objeto del presente pliego, se considerarán las instalaciones técnicas, los sistemas, los equipos y el mobiliario, así como el propio edificio y cada una de las zonas que forman parte del conjunto de cada uno de los centros. Si están incluidos en la cobertura de otros contratos se realizará siempre una primera intervención en caso de urgencia/emergencia.
1. Instalación eléctrica de alta y media tensión: entendiendo como tal el conjunto de instalaciones de seccionamiento, acometida subterránea y centro de transformación, incluyendo todos sus equipos y elementos tales como transformadores, seccionadores, fusibles, interruptores automáticos, varillas, portavarillas, cableado de A.T., herrajes, toma de tierra, aparatos de medida, etc, y cualquier otro que, aún no formando parte de la instalación de A.T fuese indispensable para su correcto funcionamiento.
2. Instalación eléctrica de baja tensión: entendiendo como tal el conjunto de instalaciones de distribución de energía eléctrica a partir de la salida en B.T. del Centro de Transformación, incluyendo todos sus elementos y equipos tales como cableado, cuadros eléctricos general y secundarios, batería de condensadores, diferenciales, magnetotérmicos, interruptores de caja moldeada y regulables, interruptores xx xxxxx en carga, cebadores, reactancias, equipos electrónicos de luminarias, tomas de corriente (enchufes), interruptores, luminarias interiores, exteriores, de emergencia y de seguridad, tomas de tierra, conexiones equipotenciales, suelos antielectrostáticos, paneles de aislamiento, baterías de transformadores de aislamiento, grupos
electrógenos, SAI´s, cableados, etc. y cualquier otro que no teniendo naturaleza eléctrica fuese indispensable para su correcto funcionamiento.
3. Instalaciones térmicas: entendiendo como tal el conjunto de instalaciones de producción de agua caliente para calefacción y agua caliente sanitaria, incluyendo todos sus equipos tales como calderas, quemadores, chimeneas, acumuladores, tanques de expansión, intercambiadores, bombas, almacenamiento y distribución de combustibles, control del sistema de tratamiento de agua, etc., y cualquier otro que, aún no encontrándose en el recinto de la central o subcentral, fuese indispensable para el correcto funcionamiento de los equipos o máquinas en ellas instalados.
4. Central frigorífica: entendiendo como tal la instalación de producción de agua fría para refrigeración o climatización, incluyendo todos sus equipos tales como grupos frigoríficos, bombas, xxxxxx de refrigeración, equipos de regulación, depósitos de inercia, etc., y cualquier otro que, aún no encontrándose en el recinto de la central, fuese indispensable para el correcto funcionamiento de las máquinas y equipos en ella instalados.
5. Instalación de acondicionamiento y tratamiento de aire: incluyendo todos sus equipos tales como climatizadores, extractores, fan-coils, inductores, ventiladores, silenciadores, equipos autónomos de tratamiento de aire, calefactores, radiadores o convectores, recuperadores de calor sensible, recuperadores de entalpía, generadores de humedad, compuertas cortafuegos, etc., así como sus sistemas de control y condiciones ambientales (temperatura, humedad, etc.).
6. Cámaras frigoríficas, frigoríficos y equipos de aire acondicionado autónomos: se incluyen en este apartado el mantenimiento, revisión de los equipos citados y las nuevas instalaciones de máquinas de equipos autónomos.
7. Redes de distribución de agua fría, caliente de calefacción, caliente sanitaria: entendiendo como tales, tanto las de distribución a equipos terminales, como las de interconexión de equipos centrales y en su sentido más amplio, motobombas, tuberías, valvulería, aislamientos, etc., como sus sistemas de control.
8. Instalación de combustible: entendiendo como tal la instalación de distribución de gasóleo, gas natural y gas-propano para el suministro a Central Térmica, Cafetería, y a cualquier otro lugar de los centros, incluyendo los tanques de almacenamiento, redes de distribución y sistemas de control y medida.
9. Instalación general de fontanería y tratamiento de agua: entendiendo como tal el conjunto de instalaciones de acometida de agua a partir del contador de la compañía proveedora, almacenamiento, redes de distribución y sistemas de tratamiento, incluyendo todos sus componentes y equipos tales como aljibes, descalcificadora, equipos de cloración automática,
grupos de presión, electrobombas, bombas de trasiego, fluxores, acumuladores, filtros, sistemas de osmosis inversa, aparatos sanitarios, grifería, bocas xx xxxxx, aspersores, etc., y cualquier otro que, aún formando parte directa de la misma fuese indispensable para su correcto funcionamiento.
10. Instalación de saneamiento y depuración de aguas residuales: entendiendo como tal el conjunto de instalaciones de recogida de aguas residuales, fecales, pluviales y sistemas de tratamiento y evacuación, incluyendo todos sus equipos y componentes tales como reja de desbaste, grupos de presión, bombas sumergidas, redes de tuberías y canalizaciones de evacuación, recogidas de pluviales, alcantarillado, ... y cualquier otro que, aún no formando parte directa de la misma fuese indispensable para su correcto funcionamiento.
11. Instalación integral de comunicaciones: entendiendo como tal el conjunto de instalaciones y sistemas de telefonía, megafonía, televisión, audio, etc., incluyendo todos sus equipos u subsistemas tales como equipos de televisión y música, módulos de voz y datos, redes de interconexión coaxiales y, módulos de llamada a enfermera, antenas de FM y TV, etc., y cualquier otro que fuese indispensable para su correcto funcionamiento.
12. Instalación de detección y extinción de incendios: entendiendo como tal, el conjunto de instalaciones que integran los sistemas de detección y extinción de incendios, incluyendo todos sus equipos y componentes tales como, centrales automáticas de detección y extinción y alarmas, detectores, puertas cortafuego, pulsadores de alarmas, rociadores de agentes extintores, redes de distribución de aguas y agentes extintores, bocas de incendios equipadas, extintores portátiles, grupos específicos de presurización y bombeo, depósitos de agua, sistema de control informatizado, etc., y cualquier otro que, aun no formando parte directa de la misma fuese necesario para su correcto funcionamiento.
13. Instalación de vacío, gases medicinales y aire comprimido industrial y medicinal: entendiendo como tal el conjunto de instalaciones de distribución de vacío, oxígeno, protóxido, aire medicinal e industrial desde los centros de producción, tanques de almacenamiento y centrales de gases, hasta los receptores finales (tomas de gases) incluyendo todos sus equipos y elementos tales como, bombas de vacío, depósitos de acumulación, valvulería, vacuómetros, cuadros selectores de consumos, sistemas de regulación y control, compresores, filtros, enfriadores, cuadros de alarma y seguridad, tuberías y canalizaciones de distribución, sistemas de evacuación de gases, etc., y cualquier otro que fuese indispensable para su correcto funcionamiento.
14. Instalación de pararrayos: entendiendo como tal la instalación de pararrayos, toma de tierra y equipo autónomo de alimentación.
15. Ascensores: La empresa adjudicataria asumirá las funciones de atención de urgencia, emergencia y rescate de los equipos incluidos en el Reglamento de Aparatos de Elevación y
Manutención (ascensores, portacamillas, montacargas, escalera mecánica, ...).
16. Instalaciones especiales: entendiendo como tales, el conjunto de instalaciones de quirófanos, UCI, paritorios, salas especiales y locales de alto riesgo, incluyendo todos sus equipos y elementos de protección, control, aislamiento, filtros especiales y cualquier otro que fuese necesario para su correcto funcionamiento.
17. Mobiliario: entendiendo como tal las sillas, sillones, banquetas, estanterías, mesas, armarios, archivadores, mamparas, carros, camas, camillas etc., y cualquier otro elemento no electromecánico que forma parte del mismo.
18. Señalización, complementos de edificación y pintura y revestimientos: entendiendo como tal el conjunto de rótulos e indicadores luminosos, señales de tráfico metálicas y sobre suelo, puertas de acceso, puertas de paso, ventanas, persianas, cristales, rejas exteriores, rejas de hueco de planta, celosías, barandillas xx xxxxxxxx, pintura, esmaltes, elementos decorativos y cualquier otro complemento de señalización, acceso, paso, protección y decoración que forme parte de los edificios.
19. Pintura vial y de calles: Las existentes en las zonas de aparcamiento de urgencias, patio posterior y entrada principal. Reservas de estacionamiento, plazas de aparcamiento reservadas, pasos de peatones e indicaciones de circulación (flechas) del aparcamiento principal existentes.
20. Obra civil: entendiendo como tal aquellas pequeñas obras y tareas de remodelación y saneamiento de los edificios y de toda la urbanización, paramentos verticales de cierre o separación, cubiertas, aislamientos, revestimientos, calles, acerados etc., incluyendo todos los elementos necesarios para el correcto sostenimiento y conservación de los edificios y locales, y espacios exteriores.
21. Puertas automáticas: Se incluye en este apartado todas las puertas automáticas instaladas en los edificios y locales, tales como, entrada principal, urgencias y quirófanos, etc. La empresa adjudicataria será responsable del mantenimiento y reparación de las mismas para su correcto funcionamiento. Asimismo se incluirán dentro de este apartado cuantas puertas automáticas se instalen en los centros durante la vigencia del contrato.
22. Transporte neumático: entendiendo como tal, la instalación para transporte de muestras de laboratorio, material de oficina, archivo, etc., incluyendo todos sus equipos, estaciones de carga y recogida, conductos, sistemas de regulación y control, mecanismos y cualquier otro que fuese indispensable para su correcto funcionamiento.
23. Limpieza: de locales específicamente industriales y salas de máquinas a los que sólo tiene acceso la empresa adjudicataria (xxxxx xx xxxxxxxx, azoteas, cubiertas, centros de distribución y transformación eléctricos, local de grupo electrógeno, locales de climatizadores y equipos de
tratamiento de aire, centrales de distribución de gases, vacío o aire comprimido y cualquier otro de similares características donde actúe el personal de mantenimiento contratado).
24. Red de datos y voz: será mantenida por la empresa adjudicataria. Dicho mantenimiento consistirá en la corrección de averías mecánicas en la instalación, reposición xx xxxxx, mecanismos, nuevo cableado o cambio del defectuoso, etc. Siguiendo las indicaciones del servicio de informática, que verificará su correcto funcionamiento.
25. Sistemas de control y gestión energética de las instalaciones: entendiendo como tal el conjunto de sistemas informáticos, equipos periféricos, controladores, módulos de entrada/salida, rack´s de interconexión, cuadros eléctricos de control, bus de datos, programas, etc., instalados en la Sala de Control y fuera de ella para el seguimiento, vigilancia y conducción durante las 24 horas de las instalaciones.
26. Red xx xxxxx exterior: asumirá el mantenimiento y reparación de la red xx xxxxx exterior, desde la conexión del mismo a los aljibes de almacenamiento de agua hasta las válvulas de distribución y sectorización previas a los aspersores (éstos están excluidos). Se incluyen todos los elementos de higienización (sistema de cloración), elementos impulsores (bombas), sistema de programación y red de tuberías de distribución enterradas.
Para cada una de las instalaciones descritas el adjudicatario tendrá que realizar los trabajos de mantenimiento preventivo, correctivo, predictivo y técnico legal.
2.2.-Instalaciones excluidas expresamente del contrato.
La GHM cuenta con contratos que cubren el mantenimiento o se excluyen específicamente las siguientes instalaciones:
· Central de almacenamiento de gases medicinales – depósitos criogénicos.
· Central de producción de aire medicinal por compresión.
· Red de distribución de gases medicinales, desde los depósitos criogénicos hasta la central de distribución y cambio de suministro, así como las llaves de paso y otros elementos electromecánicos presentes en la central de almacenamiento de gases medicinales.
· Ascensores, montacargas y escaleras mecánicas cubiertas por contrato exclusivo.
· Centralitas telefónicas, servidores informáticos y racks intermedios.
· Baterías y elementos fungibles de los equipos de alimentación ininterrumpida (SAI).
· Baterías del sistema de alimentación de emergencia de los quirófanos y salas de intervención.
· Baterías del grupo electrógeno.
3.- Inicio e implantación del contrato y servicio.
3.1.-Auditoría externa técnico - legal sobre el estado inicial de las instalaciones y plan de mantenimiento.
Al inicio del contrato, el adjudicatario estará obligado a la subcontratación de los servicios de una entidad consultora externa especializada que incluya la realización de una auditoría externa inicial de tipo técnico-legal, sobre el estado de las instalaciones y la revisión/modificación/actualización del plan de mantenimiento aportado por el adjudicatario en su oferta.
Para ello, el licitador aportará a la GHM un mínimo de tres propuestas rubricadas por entidades consultoras de reconocido prestigio en el sector, con experiencia en hospitales y sin vinculación de ningún tipo al adjudicatario, con objeto de garantizar la máxima objetividad en los resultados y con garantía de que los mismos no se verán influenciados por los intereses de aquél.
Será potestativa de la GHM la elección de la que le parezca la mejor opción de las planteadas, debiendo asumir el adjudicatario todos los costes de dicha propuesta. En caso de que ninguna de las propuestas sea considerada como adecuada, la GHM lo indicará al adjudicatario, con objeto de que éste recopile más propuestas para su aprobación por parte de la GHM.
La presentación de las propuestas deberá realizarse en las dos primeras semanas contadas desde el primer día de inicio de la prestación del servicio.
Los trabajos que deberá realizar dicha entidad consultora serán:
a. Auditoría técnico-legal inicial. La cual deberá recoger, al menos, la siguiente información:
. Análisis de estado de la documentación técnica existente en los centros en relación a la situación real.
. Análisis de estado de las instalaciones y equipos.
. Análisis de condiciones de funcionamiento.
. Análisis de nivel de obsolescencia técnica
. Análisis de cumplimiento de la normativa vigente.
. Análisis del diseño de las instalaciones.
. Análisis de condiciones de seguridad.
. Informe de conclusiones.
. Propuesta de acciones correctivas-preventivas y clasificación por prioridades.
. Estudio económico aproximado.
b. Revisión/modificación/actualización del plan de mantenimiento. Con independencia del plan de mantenimiento que esté implantado, la entidad consultora designada habrá de revisar/modificar/actualizar, en coordinación con el Responsable del Servicio de Mantenimiento de la GHM, el plan de mantenimiento ofertado inicialmente por el adjudicatario. El plan de mantenimiento resultante deberá ser tal que garantice:
· Aumentar la vida útil de los equipos e instalaciones y garantizar el buen estado de la edificación y sus elementos constructivos, así como minimizar su desgaste y deterioro temporal.
· Aumentar la disponibilidad de los equipos e instalaciones, así como reducir sus averías.
· Optimizar la utilización de los recursos.
· Reducir los costes de mantenimiento.
· Aumentar la eficiencia energética y, por tanto, fomentar el ahorro energético y minimizar el impacto ambiental.
· El cumplimiento legal.
· Que es específico y particularizado para el equipamiento, instalaciones y edificaciones de la GHM, y no genérico o ambiguo.
El plan de mantenimiento resultante, deberá ser sometido a la previa aprobación por el Responsable del Servicio de Mantenimiento de la GHM. Entretanto sea aprobado el plan de mantenimiento definitivo, el adjudicatario habrá de aplicar el plan que haya incluido en su oferta. El plan de mantenimiento que se apruebe deberá incluir también las indicaciones específicas de seguridad y salud (en materia de prevención de riesgos laborales) indicadas para cada una de sus tareas, de manera que cada parte de trabajo que se genere del mismo incluya dicha información para los operarios que la hayan de ejecutar.
La realización de los trabajos descritos en los puntos a) y b) deberá completarse en tres meses.
3.2.- Elaboración del Plan de Mantenimiento.
El plan de mantenimiento preventivo y técnico-legal de todos los centros deberá quedar completamente conformado, siguiendo la siguiente cronología:
· 15 días naturales del inicio del contrato para la implantación del plan presentado en la oferta y aportación de los nombres de las consultoras que la GHM evaluará para realizar la auditoría.
· Periodo de estudio y posterior elección de la consultora que realizará la auditoría por parte de la GHM.
· 3 meses para la realización de la auditoria y entrega del informe
· Revisión del plan resultante de la auditoría y estudio de la misma. Inclusión de las modificaciones que se deriven de la misma y que la GHM considere oportunas.
· 15 días naturales para la implantación del nuevo plan de mantenimiento.
3.2.1.- Plan del mantenimiento preventivo.
El Plan de mantenimiento preventivo incluirá, como mínimo, los siguientes elementos:
• Inventario de equipos e instalaciones: en el que se recogerán la totalidad de las instalaciones existentes sobre las que se va a aplicar el mantenimiento preventivo.
• Protocolos de inspección de mantenimiento preventivo: en el que se recogerán la totalidad de hojas o partes de inspección, debidamente referenciadas a las instalaciones descritas en el inventario señalado en el apartado anterior.
En las hojas o partes de inspección, se consignarán las actuaciones a realizar en cada caso concreto, indicando, como mínimo, con claridad en el impreso:
. Instalación a revisar: nombre que la identifica que deberá de ser el mismo que figura en el inventario.
. Código de instalación: a efectos de informatización, que será el mismo que figure en el inventario.
. Localización de la instalación: edificio, servicio, planta.
. Operaciones a realizar: puntos concretos a chequear en cada instalación (verificaciones y/o actuaciones concretas).
. Normativa vigente: aplicada para la realización de la inspección.
. Medidas de prevención de riesgos laborales asociadas a las operaciones a realizar y que el operario haya de tener en cuenta previamente a la ejecución o durante o tras la misma.
. Fecha de realización: de la inspección.
. Turno de realización: de la inspección.
. Nombre del operario: que realizó la inspección.
Planificación de inspecciones de mantenimiento preventivo: en el que se contemplarán las inspecciones a realizar con fecha real de inspección, día a día, y turno a turno, durante todo el año.
Estará organizado por:
· Instalaciones (indicando su nombre y código).
· Operaciones a realizar (indicando la frecuencia de realización de cada una de ellas).
· Registro de inspecciones, en el que se llevará el control de las inspecciones programadas en la planificación de inspecciones. Figurarán los mismos datos que en la planificación de inspecciones organizadas por instalaciones y meses naturales.
Archivo de inspecciones: formado por todos los impresos de inspección ya realizados (hojas o partes de inspección), en donde quedarán recogidas por escrito todas las incidencias registradas en las mismas.
3.2.2.- Plan del mantenimiento técnico-legal.
El adjudicatario deberá presentar en el acto de la firma del contrato la documentación acreditativa necesaria, personal y empresarial, de que está en posesión del certificado de empresa instaladora y/o mantenedora, expedido por la autoridad administrativa competente, para todas aquellas instalaciones existentes en la GHM que lo precisen legalmente. Esta documentación deberá estar permanentemente actualizada y a disposición de la GHM.
Aunque todas las acciones de mantenimiento técnico legal deben estar incluidas en el plan de mantenimiento preventivo, deberá identificar las acciones de éste como acciones de Plan de Mantenimiento Técnico-Legal y que debe contar con los siguientes apartados:
Inventario de equipos e instalaciones, en el que se recogerán la totalidad de los equipos e instalaciones sobre las que es necesario realizar revisiones periódicas oficiales de carácter obligatorio.
Protocolos de inspección del mantenimiento técnico-legal, en el que se recogerán la totalidad de hojas o partes de inspección debidamente referenciados a las instalaciones descritas en el inventario señalado en el apartado anterior.
En las citadas hojas o partes de inspección se consignarán las actuaciones a realizar en cada caso concreto, indicando con claridad en el impreso:
· Aparato o instalación a inspeccionar (nombre que la identifica, que deberá ser el mismo que figure en el inventario).
· Código del aparato o la instalación a efectos de informatización, que deberá ser el mismo que en el inventario.
· Reglamento industrial a aplicar.
· Puntos concretos de chequeo, señalando el artículo del reglamento que lo ordena.
· Clase de inspección, especificando si es revisión o revisión periódica de obligado cumplimiento (a cargo de empresa autorizada, mantenedor–reparador, entidades de inspección y control o técnicos de la Delegación competente en materia de Industria).
· Fecha de inspección.
· Localización de la instalación: edificio, servicio, planta.
· Nombre de la empresa que realiza la inspección, con indicación del técnico u operario que la realiza.
· Medidas de prevención de riesgos laborales asociadas a las operaciones a realizar y que el operario haya de tener en cuenta previamente a la ejecución o durante o tras la misma.
Planificación de inspecciones, en el que se contemplarán todas las inspecciones a realizar debidamente distribuidas a lo largo del año. Contemplará las inspecciones diarias, semanales, trimestrales, semestrales, etc., que establezca cada reglamento en particular.
Estará organizado por:
- Reglamentos industriales.
- Instalaciones
- Aparatos.
En cada inspección en concreto se consignará:
- Si es necesario o no, hacer anotación en el libro de Mantenimiento oficial.
- Si es necesario o no, visar la inspección en la Delegación competente en materia de Industria.
Estará organizado por:
- Reglamentos industriales.
- Instalaciones
- Aparatos.
Registro de inspecciones, en el que se llevará el control, de las inspecciones programadas en las planificaciones correspondientes.
Estará organizado por:
- Instalaciones.
- Meses naturales.
Registro de mantenimiento oficiales. Existirán tantos como aparatos o instalaciones lo
necesiten desde el punto de vista de la normativa vigente. En ellos se consignará, además de lo establecido como mínimo por la normativa vigente:
· Inspecciones realizadas (no oficiales) que así lo exija su reglamento.
· Inspecciones oficiales (revisiones periódicas) realizadas por :
· Instaladores–mantenedores autorizados.
· Entidades de inspección y control reglamentario.
· Técnicos de la Delegación competente en materia de Industria.
Archivo de inspecciones. Formado por:
· Partes de inspección no oficial.
· Actas de inspección oficiales (revisiones periódicas de obligado cumplimiento).
· Libros-registro de mantenimiento oficiales.
Correspondencia mantenida con:
· Fabricantes.
· Instaladores–mantenedores autorizados.
· Entidades de inspección y control reglamentario.
· Técnicos de la Delegación competente en materia de Industria.
· Relacionada con las inspecciones realizadas.
El plan de mantenimiento técnico-legal de todos los centros deberá de quedar completamente conformado conjuntamente con el plan de mantenimiento preventivo del mismo, en los plazos establecidos en el punto inicial de este apartado y con las modificaciones aceptadas que la auditoria externa haya planteado.
4.- Ejecución del servicio.
4.1.- Desarrollo general.
Sin perjuicio de lo establecido en los apartados siguientes, el adjudicatario habrá de considerar que el contrato de mantenimiento integral incluirá los siguientes trabajos y prestaciones:
· Reparaciones de cualquier tipo objeto del contrato de mantenimiento integral, independientemente de las causas que motiven la necesidad de la reparación, e incluso reposición de las mismas para garantizar su adecuación a las últimas innovaciones tecnológicas.
· Trabajos asociados con las distintas especialidades profesionales que se precisen para la reparación.
· El suministro y acopio de los materiales necesarios, para cumplir con los objetivos previstos. Para ello, el adjudicatario contará en la GHM con un almacén totalmente definido, identificado y valorado, cuyo coste será por cuenta del mismo. Mensualmente el adjudicatario presentará a la GHM una relación exhaustiva de los materiales consumidos o utilizados para el mantenimiento y disponibilidad de sus equipos e instalaciones objeto del contrato, y costo de los mismos.
· La aportación de todos los equipos, útiles, herramientas y medios auxiliares para cumplir con los objetivos del mantenimiento contratados. En el caso de los equipos de medida, éstos deberán mantenerse convenientemente calibrados según las especificaciones del fabricante en los casos en los que sea necesario, con su correspondiente certificado de calibración, junto al equipo.
· Todos los transportes de personal, materiales y equipos necesarios.
· La ejecución de inspecciones de mantenimiento preventivo y técnico legal, bien programados por el adjudicatario, bien por la GHM.
· Control de las instalaciones eléctricas, cumplimentación y seguimiento de los registros de mantenimiento de quirófanos y salas de intervención especial (UCI, endoscopias, RCP).
· Seguimiento y mantenimiento de todas las instalaciones frigoríficas o que en su funcionamiento o diseño comprendan partes tales como circuitos frigoríficos, condensadores, compresores, etc.
· La ejecución de todas las inspecciones técnicas de obligado cumplimiento que marque la ley en el momento de la firma del contrato y durante su periodo de vigencia, para los equipos e instalaciones objeto de mantenimiento. La tramitación y ejecución de estas inspecciones, serán por cuenta y cargo del adjudicatario.
· La realización de los trámites de normalización o legalización de los equipos e instalaciones objeto del contrato, cuando éstos sean necesarios.
· El asesoramiento técnico sobre las reposiciones de los activos necesarias que permitan garantizar el estado de los equipos e instalaciones, en uso tecnológico renovado. Este asesoramiento incluirá todas aquellas advertencias, consejos sobre las instalaciones, equipamiento, etc. que sean necesarios para asegurar el máximo rendimiento económico y técnico en la actividad ordinaria de los centros.
· Recepción, inventariado, adaptación de espacios y puesta en marcha, de los nuevos equipos e instalaciones adquiridos o introducidos por la GHM.
· Prestación de la mano de obra cualificada y necesaria para los trabajos perfectamente realizables por los operarios del servicio, durante las jornadas del mismo, y cuya finalidad sea
la mejora o pequeñas ampliaciones de infraestructura.
· Ejecución de tareas calificadas de bricolaje, que no siendo labores estrictas de mantenimiento, requieran para su realización, pequeño material para mantenimiento y conservación de edificios, además de herramientas y pequeño utillaje de mano. Tales tareas vendrían solicitadas por los servicios de la GHM explícitamente autorizados. Ejemplos: colgar e instalar cuadros, desmontar/montar estanterías, mesas…
· Actualización y puesta al día de planos y esquemas de las diferentes instalaciones; así como de las reformas realizadas.
· Primera intervención y de emergencia en xxxxxxx u otros incidentes que puedan producirse. Problemas x xxxxxx de suministro en instalaciones no cubiertas por el contrato y que pudieran ocasionar mayores daños, rescate de personas en ascensores, ...
· Trabajos de apoyo en las obras que se ejecuten en los centros, así como las instalaciones que estime oportuno el Responsable del Servicio de Mantenimiento de la GHM.
Diariamente, si los responsables de la GHM Hospital detectasen cualquier avería o incidencia, se le comunicará al adjudicatario la relación de estas averías o incidencias a ejecutar. Éste deberá actuar dentro de este mismo día, sea laborable, sábado o festivo. El adjudicatario vendrá obligado a organizar guardias de presencia física de 24 horas durante todo el año.
Diariamente, el adjudicatario comunicará a la GHM, en la manera que ésta lo estime conveniente, los trabajos e incidencias acaecidas el día anterior. Si ocurriera cualquier tipo de anomalía o incidencia que revistiera gravedad o peligro a los equipos, instalaciones, usuarios y, en general, al propio centro, ésta será comunicada inmediatamente al Hospital por el medio de comunicación más rápido existente en el momento que se produjera.
Mensualmente, el adjudicatario editará y entregará a la GHM un informe detallado, según se recoge en el Informe mensual de la actividad del servicio., en el cual se reflejará todas las actividades, incidencias y controles acaecidos durante dicho mes.
En su aspecto cualitativo, el mantenimiento, reformas o modificaciones, se ejecutarán de acuerdo a las prácticas habituales en esta clase de trabajos, con el presente pliego de condiciones, contrato, documentación técnica y demás documentos considerados contractuales así como con los reglamentos, leyes, disposiciones u ordenanzas nacionales, autonómicas y municipales en vigor aplicables, incluidas las revisiones a las mismas que se apliquen posteriormente a la firma del contrato y durante la vigencia del mismo.
Se exigirá la máxima calidad en la ejecución del mantenimiento. Por ello, siempre que la GHM estime razonable la existencia de trabajos o modificaciones mal realizados, defectuosos o incompletos, puede ordenar la inspección de las mismas, corriendo a cargo del adjudicatario todos los gastos relacionados con la re-ejecución de los partes que presenten dichos defectos.
4.2.-Conducción y vigilancia de instalaciones.
La vigilancia de las instalaciones incluirá además del control de funcionamiento, la toma de datos relativos a los parámetros de funcionamiento de los mismos, incluido su ajuste, de manera que en todo momento los equipos trabajen conforme a las prescripciones estipuladas por los fabricantes.
El adjudicatario deberá comunicar, por tanto, a través de los informes técnico–económicos, cualquier defecto de las instalaciones o equipos que disminuyan su rendimiento, produzca un excesivo gasto energético, reduzca su nivel de seguridad, incumpla cualquier tipo de normativa industrial en vigor o pueda ser causa de una avería futura.
Se establecerá una ruta de conducción y vigilancia de instalaciones para la toma de datos e informe diario a la GHM.
4.3.-Mantenimiento correctivo.
El mantenimiento correctivo será realizado sobre la totalidad de las instalaciones a las que aplica este pliego, realizándose sobre las mismas todo tipo de actuaciones tendentes a sus reparaciones y puestas en servicio en los plazos más exiguos posibles y de acuerdo con los criterios de calidad que se establecen en este pliego.
Las reparaciones cuya ejecución implique parada de equipos o instalaciones o riesgo xx xxxxxx sobre otras instalaciones subsidiarias en marcha, serán autorizadas previamente por la GHM y realizadas en horarios que ésta señale, o persona en quien delegue, siendo válidos a estos efectos cualquiera de los incluidos en los turnos de mañana, tarde o noche y en cualquier día de la semana, sea laborable o festivo, debiendo considerar incluso la posibilidad de reforzar el turno.
4.4.-Mantenimiento conductivo-estético.
La GHM considera necesario establecer un servicio complementario del mantenimiento preventivo y correctivo, que se denominará mantenimiento conductivo-estético, cuya misión se orientará a mantener una correcta apariencia de los espacios interiores y exteriores de cada uno de los centros que conforman la GHM. En general, este servicio asumirá tareas de restauración de elementos constructivos y mobiliario, no complejas y de fácil y rápida solución.
De manera orientativa, y para ilustrar su significado, se enumeran a continuación algunas de las tareas que constituyen el mantenimiento conductivo-estético. Por consiguiente, en ningún caso se interpretará la relación siguiente como una lista limitada:
- Xxxxxxx xx xxxxxxx, puertas, verjas de acceso al centro, etc
- Arreglo de desperfectos en paredes y otros cerramientos.
- Eliminación de elementos inútiles en las paredes, como clavos, señalización deteriorada,
retirada de carteles, etc.
- Cambio de lámparas y bombillas.
- Reparación de interruptores, enchufes y embellecedores.
- Tareas sencillas de grifería.
- Cambio de cerraduras.
- Arreglos simples en el mobiliario.
La organización del mantenimiento conductivo-estético deberá reunir las siguientes características básicas:
1. El servicio se orientará a los usuarios de los centros, pacientes y familiares, y al personal de los mismos, en el sentido de mejorar la apariencia y confortabilidad de los espacios en los que se desenvuelven.
2. El personal asignado a este servicio lo será con carácter preferente aunque no exclusivo. Se pretende de esta forma que las personas que presten realicen el mantenimiento conductivo- estético conozcan las necesidades de los usuarios y del personal en materia de adecuación de espacios al mismo tiempo que, en casos puntuales, pueda ser requeridos para reforzar otras tareas de mantenimiento.
3. Su actuación se basará en un programa de revisión periódica de espacios de los centros. Este programa será elaborado conjuntamente por el Responsable del Servicio de Mantenimiento de la GHM y el adjudicatario.
4. Su actuación no vendrá determinada por una solicitud previa o parte de mantenimiento, sino que obedecerá a una revisión permanente de la apariencia de los interiores de los centros y se orientará a la resolución inmediata de los desperfectos observados. Por consiguiente, el personal asignado a este servicio gozará de amplia capacidad de decisión a la hora de decidir acerca de la conveniencia o no de efectuar una reparación, siempre respetando los criterios generales que hayan sido establecidos en el programa mencionado en el apartado anterior.
5. Como consecuencia lógica de lo dicho en el apartado anterior, el personal asignado a este servicio podrá generar partes de avería o de mantenimiento, como cualquier otra unidad del centro.
6. Todos los trabajos realizados se registrarán y semanalmente se dará cuenta de ellos al Responsable del Servicio de Mantenimiento de la GHM.
4.5.-Importe máximo del material.
Cuando en una intervención de mantenimiento correctivo o conductivo-estético el coste
unitario de alguno de los materiales a utilizar sea superior a los 1.000 € (IVA excluido) la compra de dicho material será asumida por la GHM.
En el caso que la reparación no sea urgente y no afecte a la atención y actividad sanitaria o bienestar de los pacientes y usuarios de los centros, la GHM adquirirá dicho material por lo que el adjudicatario facilitará todas las referencias, unidades, datos de contacto del proveedor, para que ésta pueda tramitar los pedidos necesarios y suministrarlos al adjudicatario para que proceda a la reparación. En este caso, la avería o aviso de avería correspondiente, no se tendrá en cuenta en el proceso de evaluación periódico del servicio.
4.6.- Mantenimiento preventivo y técnico-legal. 4.6.1.- Mantenimiento preventivo.
El mantenimiento preventivo será realizado para la totalidad de las instalaciones objeto del presente contrato y sus equipos componentes de forma programada, realizando sobre la misma actividades de limpieza, mediciones, comprobaciones, regulaciones, chequeos, ajustes, reglajes, engrases, etc., y todas aquellas acciones que tiendan a asegurar un estado óptimo de las instalaciones y plena disponibilidad de explotación de las mismas, desde el punto de vista funcional, de seguridad, de rendimiento energético e incluso de protección del medio ambiente.
Se incluyen también dentro del mantenimiento preventivo todas aquellas actuaciones orientadas a la perfecta conservación del mobiliario, cerramientos, paredes y techos, persianas y sus mecanismos, así como mecanismos xx xxxxxxxx, estores, biombos, paredes móviles, etc.
Los revestimientos xx xxxxxxx, cualquiera que sea su material, también deberán ser conservados en perfecto estado, por lo que deberán tenerse en cuenta las tareas de pintura, sustitución de revestimientos de vinilo o de cualquier otro tipo.
La conservación de exteriores y viales, también deberán incluirse dentro del mantenimiento, para lo cual, el adjudicatario deberá responsabilizarse de mantener en perfecto estado de conservación de la señalización vertical y horizontal, de fachada, iluminación, etc. El mantenimiento en buen estado de la cartelería corporativa interior y exterior también se considerará responsabilidad del adjudicatario.
Como consecuencia del plan de mantenimiento que se haya confeccionado, todas las actuaciones preventivas llevadas a cabo sobre equipos e instalaciones estarán definidas en dicho plan. Estas actuaciones preventivas serán realizadas por el adjudicatario para cada centro, tanto desde el punto de vista de tareas a realizar como de documentación necesaria para llevarlas a cabo.
4.6.2.- Mantenimiento técnico-legal.
El mantenimiento técnico-legal será realizado sobre aquellas instalaciones de los centros que así lo requieran, según las especificaciones de los reglamentos industriales de obligado cumplimiento en vigor, y la que pudiera promulgarse durante el período de vigencia del contrato.
El mantenimiento se realizará con sujeción estricta a lo establecido en el presente pliego y según las condiciones presentadas por la oferta del adjudicatario, así como los reglamentos, leyes, disposiciones u ordenanzas nacionales, autonómicas o municipales en vigor aplicables, incluidas las revisiones de las mismas que se editen posteriormente a la firma del contrato. En este caso, ante la detección de la necesidad de adaptación a nueva normativa o a modificación de la existente, el adjudicatario dispone de 15 días naturales para presentar un informe sobre como adaptar las instalaciones y espacios afectados, los planes de mantenimiento, inspecciones reglamentarias, documentación, etc.
Los gastos que ocasionen estas modificaciones correrán en todo caso a cargo de la GHM. Si las modificaciones no son de instalaciones, sino que se refieren a tareas y operativa del mantenimiento, el adjudicatario se vería obligado a su cumplimiento a su cargo.
El adjudicatario custodiará, cumplimentará, actualizará y tramitará los registros de mantenimiento oficiales exigidos en las distintas normativas técnico–legales en vigor para aquellas instalaciones o aparatos que lo necesiten, tomando para sí las responsabilidades que se deriven del cumplimiento del articulado de las mismas.
De acuerdo con lo dicho anteriormente, cumplimentará los registros de mantenimiento oficiales en los apartados de:
a. Dirección Técnica en los casos en que se necesite.
b. Anotación de los resultados de las operaciones periódicas de mantenimiento.
c. Relación de las revisiones periódicas de mantenimiento para las que esté autorizado legalmente.
El formato de los registros de mantenimiento oficiales que no esté establecido por normativa legal podrá ser establecido por la GHM, debiendo el adjudicatario adaptarse al mismo y, en cualquier caso, mantener un formato y modelo de contenido igual para todos los centros.
El adjudicatario está obligado a realizar todos los trámites necesarios ante la Administración para el registro de los libros u otros documentos para los cuales sea exigible reglamentariamente.
En los casos en que, por imperativo legal de las revisiones periódicas, éstas tengan que ser realizadas necesariamente por una entidad colaboradora de la Administración, debidamente
autorizada, o por técnicos de la propia Administración, el adjudicatario comunicará a la GHM, con la debida antelación, la necesidad de realizar la revisión oficial, adjuntando información sobre qué empresas pueden legalmente llevarla a cabo.
El coste de la realización de dichas revisiones será asumido por la empresa adjudicataria y no causará costo alguno a la GHM. La mecánica de actuación de las instalaciones de mantenimiento técnico-legal, llevada a cabo sobre los equipos e instalaciones que lo precisen, estará definida en el plan de mantenimiento técnico–legal, que definirá el sistema operativo a desarrollar tanto desde el punto de vista de tareas a realizar, como de documentación necesaria para llevara a cabo y que estará incluido en el plan de mantenimiento..
La información contenida en el plan de mantenimiento aprobado, relativa a operaciones preventivas técnico-legales, también será trasladada a la aplicación de gestión de mantenimiento.
4.6.3.- Mantenimiento de instalaciones críticas por servicios técnicos oficiales/fabricantes o empresas instaladoras/mantenedoras autorizadas.
Sin perjuicio de lo establecido en el presente pliego, el adjudicatario deberá considerar de manera especial el mantenimiento de determinadas instalaciones consideradas como críticas. Éstas son las que se relacionan a continuación:
· Centros de transformación y CGBT.
. Instalaciones de detección y protección contra incendios.
. Grupos electrógenos.
. Sistema de alimentación ininterrumpida (SAI).
· Instalaciones eléctricas de quirófanos, salas de intervención, UCI, CMA, RCP urgencias y sala de críticos de urgencias.
. Instalaciones de producción vacío, control de gases medicinales y aire comprimido y toda su red de distribución.
. Sistemas de control y gestión de instalaciones.
. Pararrayos.
. Plantas enfriadoras de agua para climatización.
. Calderas productoras de ACS y calefacción.
El mantenimiento preventivo, correctivo y técnico legal de estas instalaciones podrá ser
realizado por los servicios técnicos oficiales/fabricantes o por empresas instaladoras/mantenedoras legalmente autorizadas e inscritas según el reglamento que le sea de aplicación a la instalación a mantener.
La oferta técnica deberá incluir (a modo informativo) el coste y el alcance de las subcontrataciones externas para las instalaciones críticas antes mencionadas y/o las que la empresa considere, detallando claramente los tiempos de respuesta de las empresas externas ante averías.
La empresa que finalmente resulte adjudicataria deberá mantener contratos con los servicios técnicos oficiales/fabricantes o empresas instaladoras/mantenedoras autorizadas, cuyo alcance cubra lo requerido en este apartado y según haya ofertado. El gasto derivado será por cuenta de la empresa adjudicataria.
4.6.4.- Instalación de climatización. Calidad ambiental y limpiezas equipos.
4.6.4.1.- Introducción.
A continuación se describe de forma particular los trabajos que engloban las instalaciones de climatización y acondicionamiento de aire de las zonas críticas y de alto riesgo presentes en los centros de la GHM.
En especial, debe tenerse en cuenta la siguiente normativa y legislación:
· RD 238/2013 que modifica el RD 1027/2007 – Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios.
· Norma UNE 100713-2005: Instalaciones de acondicionamiento de aire en hospitales.
· Norma UNE 171330-2009: Calidad ambiental en interiores.
· Norma UNE 100012-2005: Higienización de sistemas de climatización.
· Norma UNE 171340-2012: Validación y cualificación xx xxxxx de ambiente controlado en hospitales.
· Norma UNE-EN ISO 14644-2001: Salas limpias y locales anexos controlados.
Sin perjuicio de realizar todas las intervenciones y mantenimientos contemplados en la normativa anterior y en la demás que es de aplicación a la instalación de climatización, se especifican los trabajos a realizar en las áreas consideradas de alto riesgo.
Si en el transcurso del plazo de ejecución del contrato, surgiera la aplicación de un nuevo Reglamento de Calidad de Aire Interior, será de obligado cumplimiento, debiendo el adjudicatario ceñirse al mismo y asumir los costes derivados que, por afinidad con sus obligaciones en el servicio contratado, le correspondan.
4.6.4.2.- Instalación de climatización y ventilación de áreas de alto riesgo.
Se realizarán las intervenciones, revisiones y mantenimientos en ellas contempladas para las áreas críticas y de alto riesgo dónde las necesidades higiénico-sanitarias son mayores:
. Área quirúrgica general programada y paritorios (Q1 al Q5 y reanimación)
· Unidad de cirugía sin ingreso (UCSI/CMA).
· Sistema de extracción y filtración del box 6 de urgencias.
· Sistema de extracción y filtración del gabinete de neumología.
· Sistema de extracción de la Unitat de Curta Estància (UCE) de urgencias.
. Servicio de Esterilización (xxxx xx xxxxxx y almacén estéril)
El adjudicatario estará obligado a introducir en las tareas de mantenimiento una inspección y control del estado de los equipos de ventilación, así como de la calidad del aire de éstos.
Se realizaran las revisiones y controles que determine la normativa de aplicación en las unidades de tratamiento de aire (climatizadores, UTA, extractores, recuperadores,...), en las redes de conductos y en los puntos terminales de las áreas de alto riesgo de los centros. La revisión de los conductos de climatización y de las calidad ambiental de las áreas de alto riesgo se realizará, al menos, una vez dentro de cada año natural. Si como resultado de la inspección se determinara que es necesaria la limpieza y desinfección de la red de conductos, ésta será coordinada con el Responsable del Servicio de Mantenimiento y el al Servicio de Control de Infecciones e Higiene Hospitalaria (SCIHH) determinando:
· Tiempos de cierre y parada de actividad.
· Zonas afectadas.
· Trabajos adicionales de adecuación de las instalaciones.
· Medidas de aislamiento y protección ambiental (siguiendo las pautas marcadas por el SCIHH).
· Coordinación empresarial en material de PRL.
Todos los trabajos adicionales necesarios para llevar a cabo la limpieza y desinfección de los conductos y que precisan de intervenciones importantes en la instalación tales como apertura de registros en techos o conductos, reposición de juntas de sellado de registros, etc., correrán por cuenta de GHM. Se seguirán las pautas marcadas por la GHM en cuanto a la forma de realizar dichos trabajos así como la reparación de las partes afectadas.
Los climatizadores y UTA’s de estas zonas se revisarán y limpiaran anualmente, antes de la temporada estival. Las fechas exactas de realización de los trabajos de limpieza y desinfección
serán establecidas por cada centro en función de su actividad, de forma que interfieran lo menos posible en la misma. Según el resultado de dichas revisiones, el adjudicatario realizará la limpieza y desinfección de dichos elementos si así se determina.
Todas las intervenciones se realizarán por profesionales y/o empresas convenientemente acreditados y según lo indicado en la reglamentación vigente en el momento de realización de la actividad y durante la duración del contrato. La oferta técnica deberá incluir las subcontrataciones externas por este motivo en el caso que la empresa no esté acreditada y deberá mantener contratos con los servicios técnicos oficiales/fabricantes o empresas instaladoras/mantenedoras autorizadas, cuyo alcance cubra lo requerido en este apartado y según haya ofertado. El gasto derivado será por cuenta de la empresa adjudicataria.
Los profesionales y/o empresas que realicen la limpieza y desinfección deberán entregar a la GHM certificado con la actuación efectuada, así como informe con los resultados obtenidos de los controles microbiológicos realizados una vez terminada la limpieza y desinfección. Las empresas deberán detallar en sus ofertas técnicas los medios técnicos y humanos destinados a este fin. Asimismo, se indicarán la metodología a emplear, controles de calidad y demás parámetros necesarios para asegurar la prestación.
Con una antelación de un mes a la realización de la actividad, la empresa deberá presentar al Responsable del Servicio de Mantenimiento y al Servicio de Control de Infecciones e Higiene Hospitalaria el procedimiento detallado a seguir, las fichas técnicas y de seguridad de los productos a emplear, metodología, maquinaria, etc. y, en general, cualquier otra documentación o información que sea necesaria para determinar las características del trabajo a realizar.
4.6.4.3.- Filtros en la instalación de climatización de las áreas de alto riesgo.
El adjudicatario realizará, a su cargo, la compra y la sustitución de todos los filtros instalados en toda la instalación de climatización y tratamiento de aire.
Particularmente en las zonas, servicios y áreas de alto riesgo, la sustitución de filtros de alta y media eficacia se realizará siempre que las revisiones, verificaciones, controles, ... que determinen las normas especificadas así lo recomienden o con una periodicidad máxima bienal si durante este plazo de tiempo los controles son correctos. Se seguirán también las directrices del servicio de prevención de infecciones e higiene hospitalaria de la GHM. El adjudicatario deberá de garantizar la estanqueidad de los filtros mediante test.
La sustitución o limpieza de los filtros, de los climatizadores, fan-coils y equipos autónomos se realizará anualmente, preferentemente antes de la época estival.
4.7.-Medidas de ahorro energético.
La empresa adjudicataria, se comprometerá de forma activa a velar por el ahorro energético.
Para ello la empresa adjudicataria favorecerá e impulsará entre sus trabajadores que realicen su servicio en la GHM una cultura orientada a la gestión correcta de la energía e implantación de materiales energéticamente eficientes. Para ello el adjudicatario se compromete a establecer entre sus trabajadores una política para el uso eficiente y ahorro de energía por medio de:
· Conocimiento de los comportamientos y actitudes del personal que forma parte de la empresa y realizan su actividad en los centros de la GHM (mandos intermedios y trabajadores) en relación con el uso de la energía.
· Concienciación e información al personal sobre sus responsabilidades en la adecuada gestión energética.
· La información y participación de los trabajadores en las buenas prácticas del uso de la energía.
· La contabilidad y la determinación de indicadores adecuados para la gestión de la energía.
Todo ello conllevará como mínimo los siguientes trabajos o medidas encaminadas a buscar la buena y correcta gestión energética de las instalaciones de los edificios por parte del adjudicatario:
· Implantación de la lista de mejoras posibles, listado de buenas prácticas y medidas de ahorro que no impliquen inversión, y que reflejen el cumplimiento de la normativa aplicable.
· Toma de datos y realización activa de cuantas tareas permitan el análisis de consumos dentro de los centros, para poder analizarlos según instalación y equipos.
· Establecerá y vigilará las temperaturas de confort, según lo que establece el Real Decreto 1826/2009 o la normativa vigente, ajustando a estas las temperaturas de consigna del proceso de producción, y unidades terminales. Realizará en las unidades de producción (p.ej. calderas y enfriadoras) las revisiones que marque la normativa, y las que fueren precisas para ajustar el rendimiento y sus parámetros de funcionamiento a los valores necesarios, para asegurar el buen funcionamiento y un menor consumo.
· Establecimiento en los sistemas telemandados y de control, de la necesaria programación de horarios que marque el encendido y apagado de los equipos (iluminación, climatización etc.), ajustando estos horarios al de funcionamiento de las distintas zonas de los centros y a la actividad prevista (fines de semana, noches etc.).
· Asesoramiento a la GHM en la compra de materiales, que permitan el ahorro energético, introduciéndolos automáticamente en el listado de materiales de sustitución, en el caso de tener igual coste; especialmente en el cambio de lámparas, buscando la sustitución por lámparas de mayor eficiencia.
· Durante el primer año del contrato se realizará un estudio sobre propuestas de eficiencia energética de los centros, reflejando los ahorros esperados de cada una de las medidas propuestas.
4.8.- Tiempos de ejecución del servicio e intervención de los trabajos.
Las operaciones de mantenimiento preventivo serán realizadas por el adjudicatario con la periodicidad establecida en el Programa Anual de Mantenimiento Preventivo aprobado por el Responsable del Servicio de Mantenimiento de la GHM.
Las averías que se consideren de emergencia serán atendidas de inmediato. Se realizará la primera intervención de inmediato, minimizando los daños y afectaciones a otras instalaciones, servicios y a la actividad sanitaria. Una vez eliminada la emergencia se procederá a la subsanación de la avería en plazo. En el caso que dicho plazo sea rebasado o no pueda cumplirse deberá justificarse y presentar una planificación. Cuando las averías consideradas de emergencia se prolonguen por encima del tiempo máximo de solución, la empresa adjudicataria tendrá obligación de aportar provisionalmente todos los medios necesarios, tanto técnicos como humanos, hasta que la avería sea solucionada definitivamente: grupos electrógenos auxiliares, sistemas de alimentación ininterrumpida, kit tomas de gases, grupos de bombeo, etc. El coste de todos los medios necesarios para cubrir temporalmente estas averías será asumido íntegramente por la empresa adjudicataria.
El resto de averías serán atendidas y solucionadas en un plazo máximo especificado en el presente pliego o el ofertado en caso de mejora.
En cualquier caso, si el adjudicatario no realiza los trabajos de mantenimiento según las condiciones estipuladas en el presente pliego, la GHM tendrá plena potestad de intervenirlos, previa comunicación al adjudicatario, contratando directamente con terceras empresas los recursos necesarios con el objetivo de cumplir en tiempo y forma con las necesidades del servicio. Los costes de esta intervención serán asumidos íntegramente por el adjudicatario y, una vez finalizados los trabajos, su coste será descontado de la factura mensual en curso.
4.9.- Gestión informatizada del servicio.
La GHM dispone de una base de datos de incidencias o partes de avería, inventario y una aplicación en la intranet del sector que permite transmitirlas. La prioridad del sistema de avisos es mantener dicha base y aplicación estando abiertos al futuro uso de la aplicación informática que utilice el adjudicatario para la gestión del servicio. Dicha aplicación será modificada para poder obtener los indicadores que permitan la evaluación del servicio.
Aun así, dicha base solo permite gestionar los avisos de mantenimiento correctivo por lo que el adjudicatario deberá utilizar una aplicación informática para la gestión del mantenimiento. Considerando que los trabajos de mantenimiento no pueden verse afectados en su
continuidad, éstos se desarrollarán con normalidad a pesar de la formación en el manejo del software, debiendo prever el adjudicatario dicha eventualidad, reduciendo al mínimo el tiempo de formación de su personal, que nunca deberá ser superior a un mes desde la entrada en vigor del contrato. Así mismo, formará a un mínimo de tres personas que determine la GHM en el acceso, uso y gestión de dicha aplicación dotando a la GHM de una licencia exclusiva para ello.
En cualquier caso, el adjudicatario será responsable de que ninguno de los registros de mantenimiento generados en este período se pierda por no volcarse a la aplicación o no pueda disponerse de la información, por lo que si en el período de formación hubiera necesidad de disponer de informes, registros o cualquier otra información, éstos habrán de ser facilitados por el adjudicatario de igual forma que los genera la aplicación o se extraigan de ésta.
Los datos ya generados y los que genere la aplicación (en formato informático o papel) son propiedad del Hospital y se tratarán con estricta confidencialidad, como tales, no podrán extraerse de las bases de datos, copiarse, duplicarse, etc. de los centros sin previa autorización escrita de la GHM. Asimismo, tampoco podrán ser utilizados por el adjudicatario para cualquier fin que no sea el de la gestión del mantenimiento sin previa autorización por la Dirección.
Todos y cada uno de los avisos de solicitud de averías o incidencias, sin excepción, deberán recogerse en la aplicación. La aplicación informática deberá recuperarlos de la base de datos que utiliza la GHM, coordinándose para tal fin con el servicio de informática para determinar la forma y periodicidad de dicho traspaso.
Mientras dicha comunicación entre los dos sistemas existentes no sea inmediata/”on line”, la prioridad de los operarios del adjudicatario será la de implementar e informar de las intervenciones que realicen a través de la base de datos existente. Esta herramienta será la que se utilice para la determinación de los indicadores de calidad que se enumeran en el Indicadores de Calidad del Servicio de Mantenimiento (ICSM).
La introducción de los datos de las asistencias técnicas en la aplicación aportada por el adjudicatario deberá ser realizada en menos de 24 horas desde el cierre del parte por los técnicos, registrando tiempos de mano de obra, piezas, costes, tiempos totales de reparación y todos los demás datos para poder generar el informe mensual. De igual modo, en cada jornada, se deberán volcar a la aplicación los datos diarios suministrados por los distintos equipos medidores que lo permitan (contadores de energía, agua, gas, gasoil).
Cuando la aplicación esté implantada al 100%, deberá también generar Indicadores de Calidad del Servicio de Mantenimiento (ICSM).
Así pues, resumiendo y sin perjuicio de todo lo expuesto anteriormente, en un plazo no
superior a un mes, desde la entrada en vigor del contrato, el adjudicatario deberá tener totalmente implantada la aplicación:
· Comunicación de datos entre la base de datos y el sistema de comunicación de avisos existente en la GSSLL y la aplicación informática del adjudicatario.
· Adaptación y actualización continua de gamas y normas según las instalaciones objeto del contrato, bajo criterios de nomenclatura específicos de la GSLL.
· Creación de activos e inventario, en el que se incluirá necesariamente de cada activo: modelo, fabricante, nº de serie, especificaciones técnicas, relación de repuestos críticos del activo, imagen del equipo y de la placa de características técnicas, certificado de conformidad, enlaces al manual del usuario y de mantenimiento y web del distribuidor o fabricante.
· Asociación de activos a gamas.
· Solicitudes de intervenciones.
· Creación de órdenes de trabajo.
· Modelización del mantenimiento correctivo.
· Modelización del mantenimiento preventivo.
· Modelización del mantenimiento técnico-legal.
· Creación de históricos.
· Análisis de costes de mantenimiento.
· Licencia exclusiva de uso y gestión de la aplicación para mínimo tres usuarios de la GHM, durante la vigencia del contrato y, como mínimo, durante un año a la finalización del mismo.
4.10.- Informe mensual de la actividad del servicio.
Con carácter mensual y en todo caso, dentro de los seis primeros días de cada mes, el adjudicatario deberá realizar un informe en donde recogerá los trabajos y tareas ejecutadas. El citado informe mensual tendrá una estructura establecida por la GHM y el adjudicatario al inicio del contrato.
En todo caso, deberá recoger como mínimo estos ítems, cuyo grado de implementación y correcto registro será evaluado mediante el ICSM6:
. Datos relativos a la actividad realizada.
. Total de servicios realizados por tipos de mantenimiento: averías, inspecciones preventivas, inspecciones legales, etc., con desglose de oficios.
. Índice de ocupación por tareas: preventivo, correctivo, legal, conductivo.
. Relación de certificados y libro de registro de instalaciones actualizado.
. Datos económicos y energéticos.
. Consumos realizados por almacén.
. Consumos realizados por energías (gas combustible, energía eléctrica, agua, gasoil, gases medicinales, etc.). Deberá incluir la lectura de contadores e inventario de combustibles.
. Costes relativos por tipo de mantenimiento (material y mano de obra).
. Datos de absentismo por IT, AT, licencias, etc.
. Valor propuesto de los ICSM y datos en los que se basa su cálculo.
. Previsión de tareas e información relevante (certificados, informes de revisión, expiración de plazos de vigencia, etc.) que se debe tener en cuenta para una correcta planificación del servicio de mantenimiento.
. Cualquier otro que la GHM considere necesario incluir.
En cualquier caso, la GHM podrá establecer informes mensuales extraídos del software de gestión del mantenimiento, cuadros de mando de seguimiento del mantenimiento y la información asociada a éste y que de él se derive, etc., que habrán de ser elaborados por la empresa adjudicataria en tiempo y forma que se indique desde la GHM.
4.11.-Supervisión e Inspección del Trabajo.
La GHM, a través del Servicio de Mantenimiento de la GHM, llevará a cabo el control y supervisión necesarios, coordinando y verificando los trabajos que la empresa adjudicataria realice, con el fin de asegurar que la conducción, mantenimiento de instalaciones y conservación de la infraestructura objeto del contrato se ejecuten en todo momento conforme con las exigencias del presente pliego, programa de mantenimiento aprobado y compromisos contractuales.
La gestión y supervisión diaria de la ejecución del mantenimiento es responsabilidad del adjudicatario; tanto el número de personas competentes y adecuadamente expertas dedicadas a dicha ejecución como el responsable o supervisor de las mismas deberán acomodarse a los requerimientos de la GHM. A ésta le asiste el derecho a vigilar o hacer efectiva la observación del acuerdo de vigilancia así como a contar, con cierta regularidad, el número de miembros del personal del adjudicatario en el lugar de los trabajos, quien en todo momento prestará su ayuda para ello.
La GHM tendrá acceso a los trabajos de mantenimiento, reformas o modificaciones en cualquier momento durante su ejecución. El adjudicatario acepta la obligación de facilitar y no entorpecer el ejercicio de las actividades inspectoras de la GHM para la comprobación de los
trabajos efectuados y su nivel de calidad.
La GHM no reconocerá ningún trabajo realizado o material instalado fuera de contrato que no cuente con el conforme previo a la ejecución de los mismos por el Servicio de Mantenimiento de la GHM. La supervisión por parte de la GHM no libera al adjudicatario de ninguna responsabilidad total o parcial.
4.12.-Gestión xx xxxxxxx de material de mantenimiento e instalaciones.
La gestión xxx xxxxxxx de material será realizada íntegramente por el adjudicatario, tanto de los materiales propios de equipos o instalaciones, como de los materiales de mantenimiento propiamente dicho.
En cuanto a los materiales y repuestos necesarios, para acometer los mantenimientos en los términos establecidos en el presente pliego, aquéllos serán atendidos íntegramente por el adjudicatario, lo cual implica que la reposición de almacenes, stocks mínimos para asegurar la actividad sin paros, etc. deberán ser ejecutados por el adjudicatario.
El adjudicatario está obligado al aprovisionamiento en almacén de los materiales y repuestos que sea necesario o recomendable mantener en stock para asegurar el mantenimiento, buen funcionamiento y disponibilidad de instalaciones y equipos. El mantenimiento de dicho almacén de materiales será por cuenta del adjudicatario.
La GHM podrá exigir al adjudicatario el mantenimiento de un stock mínimo determinado para aquellos materiales almacenables que se consideren imprescindibles. Asimismo, el adjudicatario definirá, en coordinación con el Servicio de Mantenimiento de la GHM aquellos materiales o repuestos considerados como críticos para el buen funcionamiento de los centros. Como resultado de ello, se creará una lista con los mismos, revisada periódicamente, con objeto de que el adjudicatario mantenga en los almacenes el stock definido en ella como parte del inventario al que está obligado.
Toda la información de este sistema relativa a artículos, pedidos, recepciones, salidas xx xxxxxxx, etc., de los artículos clasificados como de mantenimiento deberá estar informatizada durante toda la vigencia del contrato. De tal forma que es responsabilidad de la empresa adjudicataria el mantener un inventario actualizado xxx xxxxxxx en formato digital.
En la periodicidad establecida, el adjudicatario presentará a la GHM, o persona en quien ésta delegue, una relación exhaustiva de los materiales consumidos o utilizados para el mantenimiento y disponibilidad de sus equipos e instalaciones objeto del contrato, y costo real de los mismos.
El adjudicatario está obligado a realizar la gestión de control del material de los almacenes de inmovilizado, manteniendo un inventario actualizado, anotando las entradas y salidas instantáneamente en el momento que se produzcan.
El adjudicatario equipará el almacén y presentará un inventario de materiales durante el primer mes de vigencia del contrato. Además, si a consecuencia de las revisiones de las necesidades de stock mínimo surgieran nuevos materiales no contemplados hasta el momento, la adjudicataria dispondrá igualmente de un mes para aportarlos.
4.13.-Medios técnicos y materiales.
El adjudicatario está obligado a aportar a su propio cargo, los medios técnicos que sean necesarios para la buena ejecución de los trabajos en los plazos parciales y totales convenidos en el contrato.
Todos los medios técnicos y materiales ofertados por el adjudicatario y aquéllos que sean necesarios para el desarrollo del servicio en los niveles de calidad exigidos deberán estar plenamente disponibles en los primeros 15 días naturales de contrato. Si durante la prestación del servicio surge la necesidad de incorporar nuevos medios técnicos o materiales en virtud de lo que exige el buen desarrollo del mantenimiento y la legislación aplicable en los términos exigidos en los pliegos, éstos habrán de estar plenamente disponibles en el centro dentro de los siguientes 15 días desde que se comunique su necesidad.
La maquinaria, equipo, herramientas y materiales previstos como medios técnicos, destinados a la ejecución del mantenimiento integral, deberán ser detallados por el adjudicatario en su oferta, desglosando la disponibilidad de los mismos para cada centro teniendo en cuenta la dispersión geográfica de centros e instalaciones de cada uno.
El adjudicatario pondrá a disposición del centro que lo demande los equipos de emergencia necesarios ante inundaciones (grupos de bombeo), cortes de suministro eléctrico (grupos electrógenos), etc. Se dispondrá de contratos de alquiler de este tipo de maquinaria para ser suministrados y puestos a disposición de la GHM en un plazo máximo de 2 horas.
La GSSLL pondrá a disposición del adjudicatario un local para el cometido de taller y almacén, y le proporcionará la energía eléctrica, agua, etc., necesarios para el correcto desarrollo de sus operaciones correctivas y preventivas; a excepción, si procede, de elementos o productos dedicados a la calibración de equipos o instalaciones, así como de otros materiales de los que no disponga cada centro en su actividad ordinaria.
Las líneas telefónicas de voz o datos, necesarias para la gestión de la actividad serán por cuenta de la empresa adjudicataria, así como todo el material que precise para su gestión diaria, como material de oficina, ordenadores, teléfonos, software, informático, etc.
El adjudicatario se comprometerá a mantener en perfecto estado de conservación y funcionamiento tanto el material aportado por la GSSLL, como el aportado por él mismo, con responsabilidad plena por toda pérdida, deterioro, sustracción, destrucción, inutilización, etc. Será de su cuenta y riesgo reponerlo inmediatamente cuando se inutilice o se deteriore por
mal uso, dolo o mala fe, por otro de idéntica calidad, marca y rendimiento. Será de su exclusiva responsabilidad y cuenta el pago del importe a que ascienda la reposición.
El adjudicatario será responsable de toda gestión, tramitación y reclamación relativa a la propiedad, industrial y comercial, de los materiales, suministros, equipos y procedimientos y mantendrá indemne a la GSSLL, de todo daño y perjuicio, sin límite alguno.
4.14.-Medios humanos.
La cobertura mínima, de personal polivalente, requerida para la prestación del servicio es la siguiente:
· 4 oficiales, de primera, de mantenimiento conductivo y correctivo. Durante los días laborables en turno de 8 h por la mañana (p.e. horario de 7:30 a 15:30 h), para todos los edificios, centros e instalaciones del sector.
· 2 oficiales de mantenimiento para los trabajos y condiciones descritos en el Mantenimiento conductivo-estético. Durante los días laborables en turno de 8 h por la mañana (p.e. horario de 7:30 a 15:30 h), para todos los edificios, centros e instalaciones del sector.
· 3 oficiales de mantenimiento preventivo y técnico legal. Durante los días laborables en turno de 8 h por la mañana (p.e. horario de 7:30 a 15:30 h), para todos los edificios, centros e instalaciones del sector.
· Cobertura presencial 24 horas durante 365 días al año, en el Hospital de Manacor.
· 1 oficial de mantenimiento para la atención de emergencias fuera del horario laboral (guardia localizada), podrá acudir a urgencias que se produzcan en cualquiera de los edificios, centros e instalaciones del sector.
· 1 encargado de personal – maestro industrial.
· 1 administrativo o auxiliar administrativo.
Las empresas licitadoras propondrán en su oferta técnica una plantilla para el servicio que cumplirá al menos con el mínimo descrito anteriormente y que puede ser mejorada. (Anexo III PCAP).
El adjudicatario deberá tener en cuenta que el personal contratado para la prestación del servicio en la GHM deberá ser polivalente, en cuanto a que tendrá los conocimientos suficientes para realizar intervenciones de mantenimiento a la totalidad de los equipos, instalaciones y edificación objeto del contrato. Independientemente de ello, la plantilla asignada a la GHM contará con oficiales especialistas en las actividades objeto del contrato si así lo requieren dichas actividades. No obstante estos oficiales habrán de asumir funciones distintas a las de su especialidad y realizar cualquier otra tarea que les pueda ser encomendada o que surja en el transcurso de su turno de trabajo si así lo requieren las
necesidades del servicio.
El adjudicatario estará obligado al rescate-evacuación de personas y atención de urgencias de aparatos elevadores, para lo cual habrá de haber formado a su personal y acreditar su formación. Dicha formación podrá coordinarse con la empresa responsable del mantenimiento de los equipos y con la colaboración de la GHM como intermediario. Esta formación habrá de ser completada en el primer trimestre de prestación del servicio.
Las operaciones de mantenimiento o reparaciones cuya ejecución produzcan un serio trastorno en el área asistencial serán realizadas con el número de trabajadores necesario durante los horarios que señale el Responsable del Servicio de Mantenimiento de la GHM, siendo válido cualquier turno y en cualquier día de la semana.
Será obligación del adjudicatario uniformar al personal que trabaje en el servicio, así como proporcionarle tarjeta identificativa que llevará en lugar visible en todo momento. El aspecto del personal será siempre de limpieza impecable, con todo lo que conlleva el orden y aseo personal.
Semanalmente, el adjudicatario facilitará a la GHM el cuadro de turnos del personal que prestará servicio en el sector a no ser que dicha información esté disponible en alguna plataforma virtual o en la misma aplicación de mantenimiento para poder ser consultada. La cobertura prevista con el cuadro de turnos, debe cumplir con los mínimos exigidos o con los ofertados, siendo su incumplimiento penalizado como recoge el PCAP. Si se detectara un incumplimiento de dicha cobertura éste deberá quedar reflejado para el cálculo del ICSM7.
4.15.-Relaciones entre la GHM y el adjudicatario. 4.15.1.- Responsable del contrato.
El Responsable del Servicio de Mantenimiento de la GHM actuará como su representante a efectos de supervisión y responsabilidad de la ejecución del mantenimiento integral. La GHML se reserva el derecho de sustituir en cualquier momento a dicho representante, debiendo comunicar tal sustitución al adjudicatario.
El representante posee las siguientes facultades:
a. Velar por el correcto cumplimiento del contrato.
b. Inspeccionar el trabajo según se ejecute e informar al adjudicatario tan pronto como sea posible, si cualquier parte del mismo, tras ser inspeccionado, no se ajusta a los requisitos establecidos en el presente pliego, el contrato o cualesquiera otros documentos contractuales. Si dicha inspección no se realizara o no se llamara la atención del adjudicatario sobre cualquier particular, en ningún caso tal circunstancia eximirá a éste del cumplimiento de sus obligaciones.
c. Representar a la GHM ante el adjudicatario a quien le comunicará las instrucciones pertinentes y de quien recibirá las oportunas comunicaciones.
d. Interpretar los documentos, procedimientos y normativas destinadas a la ejecución del mantenimiento integral de los equipos, instalaciones, reformas o modificaciones.
e. Tomar decisiones cuando surjan dificultades o contratiempos, durante la ejecución de los trabajos que puedan poner en peligro la integridad personal o los bienes tanto de los hospitales como del adjudicatario.
4.15.2.- Responsable Técnico y Encargado.
Por su parte, el adjudicatario designará un Responsable Técnico que será su representante frente a la GHM a lo largo de la ejecución del contrato de mantenimiento integral. No formará parte exclusiva del contrato.
Además de este representante, dentro de la plantilla asignada al servicio, nombrará a un encargado, que será el responsable directo de la misma. Sin perjuicio de otras que pudieran serle encomendadas, su función más importante es la de realizar un seguimiento constante y exhaustivo del servicio en los centros de la GHM, vigilando el correcto estado de conservación de los inmuebles y de sus instalaciones, supervisando las labores de los operarios de mantenimiento y procurando unos niveles de calidad del servicio que minimicen los efectos del paso del tiempo por los edificios y locales, y sus instalaciones.
El Encargado lo será en dedicación exclusiva a la GHM y tendrá permanencia en jornada completa en días laborales. Su jornada deberá preverse que pueda ser de mañana y tarde, de lunes a viernes, de manera que disponga de un horario acorde a las necesidades del servicio.
La GHM podrá proponer la sustitución, por razones justificadas, del representante del adjudicatario, obligándose éste a sustituirle en un plazo de siete días.
4.15.3.- Documentación e información relativa al contrato.
El adjudicatario deberá solicitar la documentación que requiera con la suficiente antelación y, una vez recibida, la contrastará y verificará, comunicando a la GHM los errores u omisiones que a su juicio existan en la documentación facilitada, no pudiendo el adjudicatario exigir responsabilidad por errores u omisiones no manifestadas con anterioridad a la iniciación del contrato.
El adjudicatario deberá mantener toda la documentación relacionada con el contrato del mantenimiento integral durante el periodo del mismo, cediendo toda la correspondiente a la GHM a la finalización el contrato.
Estas documentaciones (mantenimientos correctivos, preventivos, legales, modificaciones o reformas, históricos obtenidos a lo largo de la ejecución del contrato, inventario de equipos e
instalaciones, inventario xxx xxxxxxx de repuesto, etc.) estarán actualizadas y en soporte informático a la entrega de las mismas, y serán compatibles para ser utilizadas en cualquier sistema informático.
4.15.4.- Seguridad e Higiene (Riesgos Laborales).
La empresa adjudicataria está obligada al cumplimiento de los requisitos y obligaciones exigidos en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, así como toda la reglamentación y normativa en este ámbito que le sea de aplicación, y en especial, lo establecido en el Real Decreto 171/2004, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales, siendo su incumplimiento causa suficiente para la resolución del contrato.
Sin perjuicio de las obligaciones citadas, la empresa adjudicataria deberá cumplir con los procedimientos e instrucciones técnicas vigentes desarrolladas por el Servicio de Salud de les Xxxxx Balears en el marco de aplicación en materia de coordinación de actividades empresariales. En este sentido, es de obligado cumplimento lo dispuesto en el procedimiento “PG-SCC-01 Procedimiento Gestión Coordinación Actividades empresariales Ib-Salut” e instrucción técnica “IT-SCC-01 Instrucción Técnica Coordinación Actividades Empresariales Ib- Salut”.
De un modo particular, el adjudicatario se responsabilizará de la colocación de aquellos dispositivos de seguridad que deba instalar él o sus subcontratistas en los lugares de trabajo. Asimismo, velará porque el personal y el de sus subcontratistas utilicen las prendas y equipos de protección personal y colectiva reglamentarias.
En el caso concreto de la protección contra incendios, el adjudicatario deberá atenerse a las disposiciones vigentes para la prevención y control de incendios y a las que se dicten por la GHM, adoptando las medidas necesarias para evitar que posibles manipulaciones en instalaciones eléctricas de carácter provisional y fijas o la utilización de disolventes o de limpieza etc., puedan provocar siniestros, de los que será responsable, así como de cuantos daños y perjuicios se produzcan por tal motivo.
Sin que ello signifique disminución de la responsabilidad del adjudicatario, la GHM podrá inspeccionar en todo momento los trabajos y comprobar el cumplimiento y adecuación de las medidas de seguridad. En el ejercicio de este derecho, la GHM estará facultada para requerir al adjudicatario la adopción de determinadas medidas, dentro de los límites reglamentarios o de razonable previsión, que garanticen un nivel adecuado de seguridad según el tipo de trabajo o de riesgo. Si el adjudicatario no adoptase tales medidas, la GHM podrá ordenar la suspensión de los trabajos hasta la adopción de las medidas de seguridad que considere adecuadas
cuando, a su juicio, ocurran riesgos tales que aconsejen dicha suspensión. El adjudicatario no tendrá derecho a ninguna extinción en el plazo de ejecución como consecuencia de esta suspensión.
Cualquier accidente ocurrido como consecuencia de omisiones o deficiencias en las medidas de seguridad que produzcan un retraso en el cumplimiento de los plazos de ejecución, no justificará dicho retraso, incurriendo el adjudicatario en las penalidades establecidas.
El adjudicatario deberá presentar a la GHM la documentación acreditativa de las compañías de seguros de accidentes con las cuales él y sus subcontratistas tengan establecido el seguro de su respectivo personal, así como los nombres y direcciones de las clínicas que le correspondan.
Las repercusiones económicas que se derivan del cumplimiento de todo lo expresado anteriormente estarán incluidas en los precios del contrato y en ningún caso supondrá un costo extra para la GHM.
5.- Evaluación del servicio.
Mensualmente el servicio de mantenimiento será evaluado mediante el cumplimiento de los Indicadores de Calidad del Servicio de Mantenimiento (ICSM) cuyo resultado determinará el Grado de Realización del Servicio (GRS) y, en consecuencia, de la facturación variable aplicable al servicio.
5.1.-Indicadores de Calidad del Servicio de Mantenimiento (ICSM).
A continuación, se enumeran y definen los indicadores de calidad del servicio (ICSM), que se deberán cumplir. La periodicidad de evaluación de los ICSM será mensual.
Previo a la realización del informe mensual del servicio, la empresa adjudicataria deberá realizar una copia de seguridad de la base de datos de la aplicación de mantenimiento para disponer de los datos necesarios para poder calcular los indicadores de calidad. Este informe deberá incluir tanto los datos como el resultado de los cálculos de los indicadores según las siguientes indicaciones.
El valor mínimo indica el nivel que la GHM considera adecuado para cada uno de los indicadores que se describen. Estos valores mínimos son susceptibles de ser mejorados en la oferta de los licitadores. (Anexo III B. PCAP)
5.1.1.- Indicadores – ICSM.
ICSM1 = % de Ejecución Acumulado del Servicio. Se define como el número de partes cerrados respecto del número total de partes abiertos durante el mes de evaluación. Se calcula en porcentaje. Su valor mínimo será 97% (o el ofertado si es superior).
ICSM2 = Tiempo medio de resolución de averías. La media aritmética de los tiempos unitarios de resolución (tiempo en días, horas y minutos que transcurre desde que se registra el parte hasta que se cierre éste), de los partes cerrados en el mes de evaluación. Su valor mínimo será 4 días (o el ofertado si es inferior).
ICSM3 = Número de partes de avería abiertos. Partes no cerrados a la fecha xx xxxxx, independientemente de la fecha de apertura del parte. Su valor mínimo es 75 (o el ofertado si es inferior).
ICSM4 = Grado de cumplimiento del plan de Mantenimiento Preventivo y Técnico- Legal. El cumplimiento de este calendario se evaluará contando las tareas realizadas sobre las tareas programados. Cualquier tarea no realizada en un periodo se considerará automáticamente programada para el periodo siguiente, siendo el total de programadas las pendientes del periodo anterior más las previstas en el plan de mantenimiento. Valor mínimo 95% (o el ofertado si es superior).
ICSM5 = Grado de cumplimiento del programa conductivo-estético. El cumplimiento de este calendario se evaluará contando las tareas realizadas sobre las tareas programadas. Cualquier tarea no realizada en un periodo se considerará automáticamente programada para el periodo siguiente, siendo el total de tareas programadas las pendientes del periodo anterior más las previstas en el plan de mantenimiento. Valor mínimo 95% (o el ofertado si es superior).
ICSM6 = Grado de cumplimiento requerimientos de información. Su cálculo se realizará a partir del grado de cumplimiento de información de los ítems contenidos en el informe mensual que en su momento se haya definido (número de ítems correctamente informados respecto al número de ítems total previstos en el informe). Valor mínimo 95% (o el ofertado si es superior).
ICSM7 = Grado de cumplimiento de presencia de la plantilla (absentismo no cubierto). Su cálculo se realizará a partir de la información facilitada en el informe mensual del servicio. Valor mínimo 98% (o el ofertado si es superior).
5.1.2.- Validación de los indicadores ICSM.
Tras la recepción del informe mensual del adjudicatario, la dirección tendrá 3 días hábiles para validar los cálculos presentados, y determinar el porcentaje de cumplimiento que le corresponde a cada indicador según lo establecido en el PCAP.
Los indicadores que no puedan ser constatados por falta de información proporcionada por el adjudicatario obtendrán un valor de 0%.
5.2.-Cálculo del Grado de Realización del Servicio (GRS)
Según se define en el PCAP, el valor de cada indicador determina un peso porcentual máximo para el cálculo del GRS. Dicho peso porcentual estará entre 0% (no cumpliento absoluto) y para cada indicador un máximo de hasta:
ICSM1: 20%
ICSM2: 20%
ICSM3: 10%
ICSM4: 25%
ICSM5: 15%
ICSM6: 5%
ICSM7: 5%
El GRS es la suma de los pesos porcentuales de los ICSM. Su valor estará comprendido entre el 0% y el 100%.
5.3.-Facturación de la parte variable
Para el cálculo de la facturación mensual, se estable un 80% de parte fija y un 20% de parte variable. Esta parte variable es el resultado de multiplicar el 20% del importe mensual de adjudicación por el GRS. La factura mensual será, pues, la suma del resultado de esta parte variable (máximo 20%) más la parte fija (80%).
5.4.-Comprensión de la naturaleza del equipamiento, instalaciones y de las condiciones en los centros de la GHM.
La GHM facilitará al adjudicatario la mejor información de que dispone con respecto a las condiciones bajo las cuales habrá de ejecutar el trabajo, pero no asumirá la responsabilidad de la exactitud de las mismas. El adjudicatario por tanto, deberá informarse, por sí mismo y bajo su responsabilidad, de dichas condiciones y se entiende que el adjudicatario, a la suscripción del contrato, conoce las características de los centros en los que prestará servicio y que ha adquirido un profundo conocimiento por lo que se refiere a las condiciones en que habrá de prestar el mismo, su alcance, naturaleza, posibles obstáculos, inconvenientes o cualquier otra condición que de algún modo pueda influir o afectar a la ejecución y/o finalización total de los trabajos.
El adjudicatario prestará especial atención al efecto que puedan tener las distintas operaciones e instalaciones que necesite realizar sobre la estética de los centros. En tal sentido, cuidará que los elementos que puedan ser dañados durante la ejecución de los trabajos sean protegidos, en evitación de posibles destrozos que, de producirse, serán reparados por su
cuenta
En consecuencia, el adjudicatario no planteará reclamaciones ni costos extras resultantes de un reconocimiento o examen previo deficiente. La GSSLL no tendrá obligación de atender las reclamaciones del adjudicatario respecto a la extensión de plazos, pagos adicionales o aumentos de precios, con relación a una errónea interpretación de los documentos contractuales, o a la existencia de unas condiciones de realización del trabajo diferentes a las previstas por el adjudicatario.
Cualquier trabajo que no esté expresamente detallado en los documentos contractuales pero que razonablemente se entienda necesario para conseguir el objeto de los mismos, será realizado por el adjudicatario como si el mismo hubiese sido especialmente descrito en los mencionados documentos.
5.5.-Obligaciones generales del adjudicatario.
Serán por cuenta y cargo integro del adjudicatario, sin perjuicio de lo previsto en las demás disposiciones de este pliego y sin carácter limitativo, los siguientes conceptos:
a.) El reclutamiento, selección, mantenimiento y permanencia en los centros del personal o plantilla necesaria para el cumplimiento de los compromisos que se derivan del presente contrato, así como las responsabilidades de orden de la organización del trabajo y disciplina, medidas de seguridad e higiene en el trabajo, clasificación del personal, el abono del importe de jornales, de las cargas sociales y de pluses reglamentarios de todo su personal y la fijación y el pago de los pluses reglamentarios del mismo y la fijación y el pago de los incentivos y primas de trabajo que el adjudicatario considere necesario para cumplimentar los plazos y la buena ejecución del trabajo.
b.) El transporte, almacenamiento y conservación de equipos y materiales necesarios para la realización del objeto del contrato, y en su caso, del mantenimiento integral.
c.) La provisión de maquinaria, instalaciones auxiliares, vehículos, herramientas y otros medios auxiliares para la realización del objeto del contrato, y en su caso, del mantenimiento integral.
d.) El montaje, desmontaje, mantenimiento, custodia, reparación, combustible y demás gastos de operación de la maquinaria anteriormente mencionada, así como los gastos de las instalaciones auxiliares.
e.) El suministro de los materiales y consumibles requeridos para la ejecución del mantenimiento integral.
f.) La conservación, orden y limpieza de las zonas empleadas exclusivamente por el personal de mantenimiento, tales como dependencias de climatización, salas hídricas, xxxxx xx xxxxxxxx,
salas de frío, salas de almacenamiento de gases, centros de transformación y distribución eléctrica, almacenes de repuestos, talleres y oficinas, así como la limpieza periódica de herramientas, andamios y materiales sobrantes correrá a cargo del adjudicatario.
g.) La demolición y reconstrucción, de las partes defectuosas y de toda la que no cumpla con lo estipulado por el presente pliego, realizadas en las labores de mantenimiento o reformas, serán por cuenta y cargo del adjudicatario.
h.) Los replanteos de construcción para reformas o modificaciones.
i.) La tramitación, gestión, obtención y pago de todos los arbitrios, licencias, derechos, permisos e impuestos tanto municipales como autonómicos o estatales que deriven de la ejecución del mantenimiento integral, de acuerdo con lo establecido en el presente pliego o en el de cláusulas administrativas.
j.) Suministro de toda información que requieran para el perfecto control de los trabajos en los distintos centros que responda rigurosamente a la realidad y en particular:
· Justificantes de pago de la Seguridad Social.
· Justificantes de haber cumplido todos los trámites legales requeridos para la contratación del personal.
· Información continua de todas las normativas, legislaciones, decretos, reglamentos oficiales que afecten en su aplicación a los equipos e instalaciones de los centros, así como las regularizaciones, modificaciones o nuevas normativas que se produzcan durante el periodo del contrato. En este punto habrá de suministrarse texto o referencia normativa, grado de aplicación, recomendaciones para adaptación y cumplimiento, etc.
· Informe mensual de la actuación del mantenimiento integral.
· Informe mensual del personal por especialidades y categorías laborales, estado de los mismos (enfermedad, permisos, vacaciones, etc.).
· Informe anual de la actuación del mantenimiento integral.
Toda la información anterior responderá rigurosamente a la realidad, haciéndose responsable el adjudicatario de los datos que proporcione.
k.) Los gastos de inspección, investigación técnica y económica, ensayos de laboratorio, control de calidad, vigilancia, control y liquidación de trabajos en la forma, plazos y cuantías correspondientes, sin que puedan ser repercutidos como partida independiente.
l.) Custodia, conservación y mantenimiento integral de los equipos, instalaciones y materiales.
m.) El adjudicatario contratará con los servicios técnicos oficiales y/o fabricantes de los equipos, y adicionalmente a la actividad descrita en estos pliegos, al menos una revisión anual
o las que se exijan legalmente en el caso de equipos sujetos a revisiones por normativa (ascensores, centros de transformación, equipos de extinción y detección de incendios, compresores de aire, instalaciones de gases medicinales, grupos electrógenos, calderas, plantas de tratamiento de agua, enfriadoras, sistemas de alimentación ininterrumpida, climatización de zonas especiales y, en general, todas aquellas instalaciones que por su importancia así lo requiera la GSSLL). Todas estas revisiones generarán un informe que será presentado al Responsable del Servicio de Mantenimiento de la GSSLL. En el contrato de mantenimiento que establezca el adjudicatario quedaran incluidos todos los materiales necesarios para la ejecución de dichos mantenimientos preventivos.
n.) Los servicios técnicos contratados y/o fabricantes, serán los responsables de las tareas y funciones a desarrollar sobre las instalaciones objeto del contrato:
· Ascensores y aparatos de elevación: El prestador del servicio de mantenimiento, adquirirá la condición de “Personal encargado del aparato” conforme al Art.14 del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención. (RD. 2291/1985).
· Instalación Eléctrica: El prestador del servicio de mantenimiento será en relación a la instalación eléctrica de baja tensión; la empresa mantenedora con certificación de INSTALADOR AUTORIZADO EN BAJA TENSIÓN con clasificación en la categoría especialista, (IBTE). Para el desempeño de los trabajos que reglamentariamente le facultan.
· Instalaciones Térmicas de Edificios: El prestador del servicio de mantenimiento será en relación a la instalación térmica de edificios, la “Empresa de Mantenimiento” con las especialidades:
- Calefacción y agua caliente sanitaria.
- Climatización.
Conforme a las instrucciones técnicas ITE. 11.2.2 y 11.2.3 del Reglamento de Instalaciones Térmicas de Edificios (RITE).
· Aparatos a presión: El prestador del servicio de mantenimiento adquirirá la condición de Usuario, conforme al Art. 11 del Reglamento de Aparatos a Presión (RAP), en relación a los aparatos existentes afectados por dicho reglamento; y las instrucciones técnicas complementarias ITC. MIE-AP1; MIE-AP7; MIE-AP10; MIEAP12; MIE-AP17.
· Instalación de Agua Fría para Consumo Humano y Agua Caliente Sanitaria: El prestador del servicio de mantenimiento adquirirá la condición de Mantenedor Higiénico Sanitario y, usuario de la red de agua para consumo humano; dando fiel cumplimiento de las obligaciones que emanan del RD. 865/2003 sobre medidas para la prevención y control de la legionelosis.
o.) Cuantos otros servicios se contengan en el presente pliego de forma expresa o implícita
que sean necesarios para la ejecución del mantenimiento integral.
p.) Una vez concluido el trabajo y antes de su recepción, si la GHM lo requiere, el adjudicatario procederá a derribar las instalaciones y construcciones temporales descritas en los apartados precedentes, dejando completamente limpio dicho lugar. Retirará a su vez toda la basura, escombros y desperdicios acumulados en el emplazamiento donde se ha efectuado el trabajo, así como las herramientas, andamios y materiales sobrantes, dejando dicho lugar completamente limpio de enganches, tomas o tuberías provisionales y en perfectas condiciones de habitabilidad y uso.
El grado de limpieza será determinado por la GHM. Si el adjudicatario, no cumpliera con las disposiciones del párrafo anterior, la GHM tendrá derecho a que ello se ejecute por terceros que actúen siguiendo sus instrucciones, deduciendo su importe de los pagos debidos al adjudicatario.
q.) La explicación e instrucción en el manejo de aquellos equipos, elementos e instalaciones que, a juicio de la GHM, así lo requieran.
5.6.- Obligaciones medioambientales del adjudicatario.
El adjudicatario responderá de cualquier incidente medioambiental por él causado, liberando a la GHM de cualquier responsabilidad sobre el mismo.
Para evitar tales incidentes, el adjudicatario adoptará con carácter general las medidas preventivas oportunas que dictan las buenas prácticas de gestión, en especial las relativas a evitar vertidos líquidos indeseados, emisiones contaminantes a la atmósfera y el abandono de cualquier tipo de residuos, con extrema atención en la correcta gestión de los clasificados como peligrosos.
El adjudicatario adoptará las medidas oportunas para el estricto cumplimiento de la legislación medioambiental vigente que sea de aplicación al trabajo realizado.
En concreto, se deberán tomar las medidas adecuadas para asegurar el cumplimiento de la legislación en materia de emisiones a la atmósfera, vertidos a la red de saneamiento y ruidos, teniéndose éstos también en cuenta a la hora del uso de maquinaria.
En casos especiales, la GHM podrá recabar del adjudicatario demostración de la formación o instrucciones específicas recibidas por el personal para el correcto desarrollo del trabajo.
Sin ánimo de exhaustividad, a continuación se relacionan algunas de las prácticas a las que el adjudicatario se compromete para la consecución de una buena gestión medioambiental:
- Limpieza y retirada final de envases, embalajes, basuras y todo tipo de residuos generados en la zona de trabajo, si los hubiera.
- Almacenamiento y manejo adecuado de productos químicos y mercancías o residuos peligrosos, cuando sea el caso.
- Prevención de fugas, derrames y contaminación del suelo, arquetas o cauces, con prohibición de la realización de cualquier vertido incontrolado.
- Uso de contenedores y bidones cerrados, señalizados y en buen estado, si se da el caso.
- Cuando sea de aplicación, segregación de los residuos generados, teniendo especial atención con los peligrosos.
- Restauración del entorno ambiental alterado.
El adjudicatario se compromete a suministrar información inmediata a la GHM sobre cualquier incidente medioambiental que se produzca en el curso del trabajo que se le confía. La GHM podrá recabar con posterioridad un informe escrito referente al hecho y sus causas.
Ante un incumplimiento de estas condiciones medioambientales, la GHM podrá repercutir al adjudicatario el coste económico directo o indirecto que suponga dicho incumplimiento.
En el caso de los productos destinados a su utilización en las instalaciones de cualquiera de los centros de la GHM, el adjudicatario deberá tender, siempre que sea posible, a los siguientes criterios medioambientales:
. Embalaje primario de los productos.
. Inocuidad de los componentes.
. Biodegradabilidad.
. Contenido de materiales reciclados.
. Posibilidad de reutilización y reciclado.
. Servicio posventa de recogida y reciclado.
. Producto fabricado bajo un Sistema de Gestión Medioambiental.
6.- Documentación y servicios a la finalización del contrato.
El contrato se entenderá cumplido por el adjudicatario cuando éste haya realizado la totalidad del objeto, de acuerdo con las previsiones del presente pliego de condiciones y a satisfacción de la GHM.
La documentación final al término del contrato se facilitará en soporte informático en formato adecuado para diseño y textos (Autocad, Word, etc.), contendrá:
- Planos generales de los centros que le hayan sido facilitados por la GHM para la realización del mantenimiento, los cuales ha custodiado durante el periodo del contrato.
- Planos actualizados de todas las modificaciones realizadas en los equipos e instalaciones de los centros.
- Libros actualizados de revisiones e inspecciones de los equipos e instalaciones de los centros.
- Reseña numerada y sistemática de todo su contenido.
- Listado cuantificado tanto de los materiales y repuestos como el costo de los mismos contenidos en almacenes.
- Históricos de los diferentes mantenimientos realizados a los equipos e instalaciones.
- Lista actualizada del inventariado de cada centro.
- Cualquier tipo de documentación que la GHM requiera y considere conveniente tenerla en posesión.
- Mantenimiento durante un año de las licencias de la aplicación informática de mantenimiento y de la información en ella contenida.
8- Sistema de mantenimiento corporativo
Si durante la duración del contrato y sus prórrogas el Servicio de Salud implementa un sistema de gestión del mantenimiento corporativo, la adjudicataria quedará obligada a utilizarlo como herramienta de gestión principal.
9-. Seguridad de la información y confidencialidad
En cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, LOPD), y en su normativa de desarrollo, el Servicio de Salud requiere que el adjudicatario asuma igualmente el cumplimiento íntegro de la normativa y de las siguientes condiciones:
a) El adjudicatario garantiza que, en todo momento durante la prestación de sus servicios contratados, no accederá a los sistemas de información donde se almacenan, conservan y tratan datos de los ficheros de datos de carácter personal titularidad del Servicio de Salud.
b) Toda la información a la que el adjudicatario tuviera acceso, no será utilizada bajo ninguna circunstancia para un fin distinto al establecido en el contrato formalizado.
c) El adjudicatario garantizará que quienes pudieran acceder a datos de carácter personal en cualquier fase del servicio, quedarán obligados al secreto profesional respecto de los mismos y al deber de guardarlos. Obligaciones que subsistirán aun después de finalizar la relación contractual.
El personal que ejecute la prestación del servicio objeto del contrato tendrá acceso únicamente a aquellos recursos que precise para el desarrollo de sus funciones.
d) El adjudicatario responderá frente al Servicio de Salud, al que mantendrá indemne de todos los datos, gastos, costes, perjuicios y pérdidas de cualquier tipo en los que pudiera tener o incurrir como consecuencia de las reclamaciones de cualquier tipo, que pudieran originarse por el incumplimiento por parte del adjudicatario del deber de confidencialidad o de cualquier otro deber legal o por revelación xx xxxxxxx y,
muy especialmente, de cualquier reclamación o sanción administrativa de cualquier tipo, fruto del incumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones asumidas en materia de protección de datos frente al Servicio de Salud o frente a los titulares de los datos recogidos en los ficheros titularidad del Servicio de Salud.
e) El adjudicatario tiene que informar inmediatamente al Servicio de Salud sobre cualquier incidencia relativa a los sistemas de información que proporciona el Servicio de Salud y que pueda tener como consecuencia el acceso, la alteración o la pérdida de datos de carácter personal a cargo de terceras personas no autorizadas.
f) En el supuesto que el adjudicatario, para la correcta prestación de sus servicios, acceda o pueda acceder a datos de carácter personal el adjudicatario se obliga a mantener absoluta confidencialidad y secreto de toda aquella información a la que pueda acceder, no pudiendo transferir, duplicar o reproducir todo o parte de la información propiedad del Servicio de Salud y/o datos de carácter personal.
El adjudicatario responderá frente al Servicio de Salud si tales obligaciones son incumplidas por sus empleados.
Xxxxx xx Xxxxxxxx, 00 de enero de 2016
El Director de Gestión del Hospital de Manacor
Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx