ESTUDIO PREVIO PARA LA CONTRATACIÓN EN LA EJECUCIÓN DE LAS ACCIONES DEL PLAN DE INTERVENCIONES COLECTIVAS DE SALUD PÚBLICA, INCLUIDAS LAS ACCIONES DE VACUNACIÓN, DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA Y ATENCIÓN PRIMARIA EN SALUD APS DEL CONVENIO...
ESTUDIO PREVIO PARA LA CONTRATACIÓN EN LA EJECUCIÓN DE LAS ACCIONES DEL PLAN DE INTERVENCIONES COLECTIVAS DE SALUD PÚBLICA, INCLUIDAS LAS ACCIONES DE VACUNACIÓN, DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA Y ATENCIÓN PRIMARIA EN SALUD APS DEL CONVENIO INTERADMINISTRATIVO 298SS-2017.
1. NECESIDAD A SATISFACER:
La E.S.E. Hospital San Xxxx xx Xxxx de Marinilla, es una Entidad Pública Descentralizada del Orden Territorial de naturaleza especial, con personería jurídica, de patrimonio propio y autonomía administrativa, que tiene por objetivo principal la prestación del servicio de salud a cargo del Estado en el Municipio de Marinilla, Antioquia. El Articulo 3 del Manual de Contratación de la E.S.E., nos explica que la competencia para la celebración de los contratos de la E.S.E. está radicada en el Gerente, quien podrá delegar estas funciones en cualquier persona del Grupo Directivo, pues bien es el Representante Legal de la Entidad en cabeza de quien corresponde la dirección de la Entidad en todos los aspectos administrativos necesarios, debiendo cumplir con los principios del debido proceso, igualdad, imparcialidad, buena fe, moralidad, participación, responsabilidad, transparencia, publicidad, coordinación, eficacia, economía, celeridad y planeación en cada una de las etapas precontractuales, contractuales y pos-contractuales de conformidad con lo estipulado en Acuerdo 05 de 2014.
El artículo 194 de la Ley 100 de 1993 reza: “Naturaleza: La prestación de servicios de salud en forma directa por la Nación o por las entidades territoriales, se hará principalmente a través de las Empresas Sociales del Estado, que constituyen una categoría especial de entidad pública descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, creadas por la ley o por las asambleas o concejos, según el caso (…)”, para lo cual los administradores y encargados de la contratación de dichas empresas están sometidos al Artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, teniéndose en consideración que al celebrar contratos de prestación de servicios y con la ejecución de los mismos, las entidades públicas propenden por el cumplimiento del servicio de los intereses generales, la continua y eficiente prestación del servicio público de salud y la efectividad de los Derechos e Intereses de quienes colaboran con ellas en la consecución de los mismos, actividad que deberá desarrollarse bajo los principios rectores de la función pública.
Los particulares, por su parte, tendrán en cuenta que al celebrar y ejecutar contratos con entidades públicas, que además de la obtención de utilidades cuya protección garantiza el estado, colaboran con ellas en el logro de sus fines y cumplen una función social que como tal implica obligaciones, es así que como institución prestadora de servicios de salud y garante de los procesos y subprocesos que se llevan para el buen desempeño y labor de los fines esenciales del Estado y en desarrollo de las competencias institucionales y legales, regida por principios de economía, eficiencia y eficacia, debe propender por la ejecución de sus objetivos en forma ordenada y racional, seleccionando las prioridades hacia las cuales se deben orientar los esfuerzos de la Institución, siendo este la celebración de contratos, instrumento jurídico a través del cual la E.S.E. viene ejecutando el presupuesto y realizando sus planes y programas para la satisfacción de las necesidades colectivas en salud, obligando esto a utilizar todas las partidas presupuestales, tanto para gastos de funcionamiento u ordinarios como surjan según la necesidad requerida.
Según la Ley 1438 de 2011, la Atención Primaria en Salud (APS) es la estrategia de coordinación intersectorial que permite la atención integral e integrada, desde la salud pública, la promoción de la salud, la prevención de la enfermedad, el diagnóstico, el tratamiento, la rehabilitación del paciente en todos los niveles de complejidad, a fin de garantizar un mayor nivel de bienestar en los usuarios, sin perjuicio de las competencias legales de cada uno de los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud. Además, se requiere desarrollar estrategias para fortalecer las actividades de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad, los procesos de Vigilancia Epidemiológica y el Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad en Salud, encaminadas a mejorar las condiciones de salud y promover el autocuidado de la población, para lo cual no se cuenta con el personal suficiente en la planta de cargos de la ESE.
De conformidad con lo expuesto en el Artículo 8 de la Resolución No 0000518 de 2015 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social, el PIC es un “Plan complementario al Plan Obligatorio de Salud POS y a otros beneficios, dirigido a impactar positivamente los determinantes sociales de la salud e incidir en los resultados en salud, a través de la ejecución e intervenciones colectivas o individuales de alta externalidad…” Dispone el Artículo 12 de la misma resolución “Formulación del Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas. El PIC hace parte integral del Plan Territorial de Salud, por tanto deberá ser formulado o ajustado de acuerdo con lo establecido en la Ley 152 de 1994 o en la norma que la modifique o sustituya y en las directrices que defina el Ministerio de Salud y Protección Social”. El numeral 14.1 del Artículo 14 de la referida resolución taxativamente contempla “La entidad territorial contratará prioritariamente con las Empresas Sociales del Estado ubicadas en el territorio (incluye las IPS indígenas), las acciones del PIC para las cuales se tenga capacidad técnica y operativa”.
Asi mismo el Ministerio de Salud y Protección Social en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6 de la ley 1438 de 2011, el cual estipula el Plan Decenal para la Salud Publica, mediante Resolución 1841 de 2013 formuló el Plan Decenal de Salud Pública para el periodo 2012-2021, dentro del cual se presentan diferentes perspectivas y enfoques que abordan a las personas como sujetos de derechos a lo largo del curso de la vida. Dentro del Plan Decenal de Salud Pública se establece que las entidades territoriales de acuerdo con sus competencias, necesidades, condiciones y características de la población y territorio, deberán adaptar y adoptar los contenidos allí establecidos en cada cuatrienio a través del Plan territorial de Salud Pública y coordinar su implementación en el área de influencia, así como la formulación y ejecución del plan de salud pública de intervenciones colectivas, en el marco de los lineamientos que para el efecto expida el Ministerio de Salud y la Protección Social. Aunado a lo anterior, el plan también establece estrategias de intervención colectiva e individual, que involucra tanto al sector salud como a otros sectores, dentro y fuera de los servicios de salud, con líneas operativas para su implementación: promoción de la salud, gestión del riesgo y gestión de la salud pública.
Dando cumplimento a lo anterior, el Municipio de Marinilla, Antioquia suscribió el pasado tres (03) de Noviembre de 2017, convenio interadministrativo 298SS-2017 con la Institución Hospitalaria para Ejecutar las acciones del Plan de Intervenciones Colectivas de salud pública, razón por la cual la E.S.E. para dar cumplimiento a las actividades contempladas en el convenio suscrito, en aspectos relacionados con Apoyar a la comunidad en la construcción y orientación de personas, familias y comunidades saludables y sostenibles, desarrollando actividades para llevar a cabo las campañas educativas y artísticas en el marco de la estrategia Atención Primaria en Salud (APS), y la Política de Atención Integral en Salud (PAIS).
En efecto, la competencia para formular, ejecutar y evaluar los planes de intervenciones colectivas está en cabeza de la Secretaria de Salud de Marinilla, entidad que entregó el anexo técnico para la contratación del PIC dentro del marco del convenio interadministrativo 298SS-2017 el día 08 xx xxxxx de 2018, introduciendo el proyecto “CONVIVENCIA SOCIAL Y SALUD MENTAL”, cuya meta es la realiazación de “CAMPAÑAS LUDICAS POR MEDIO DE PUESTAS EN ESCENA DE OBRAS ARTISTICAS PARA ABORDAR LA SALUD MENTAL, LA PREVENCION DEL CONSUMO DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS, LA SEXUALIDAD RESPONSABLE Y SEGURA, ENTRE OTROS” y la acción del proyecto es la “PUESTA EN ESCENA DE 50 OBRAS TEATRALES RELACIONADAS CON LA SALUD MENTAL MUNICIPAL”.
Así las cosas, teniendo en cuenta que la ejecución de obras teatrales corresponde a un objeto social disimil al de la ESE, es apenas lógico que el personal de la entidad pública no es suficiente y mucho menos idóneo para cumplir con la obligación prevista en el PIC, razón por la cual requiere contratar una persona natural o jurídica que cuente con la idoneidad y experiencia para desarrollar cada una de las actividades propias del objeto contractual del convenio interadministrativo 298SS-2017.
2. COMO SATISFACER LA NECESIDAD:
En virtud de la necesidad y de los preceptos legales en contratación, en aras de darle transparencia y garantizar la correcta ejecución de los recursos, la E.S.E. Hospital San Xxxx xx Xxxx de Marinilla, exige para su satisfacción contratar los servicios de una persona natural y/o natural con la idoneidad y experiencia necesaria para dar cumplimiento al objeto contractual las campañas educativas y artísticas de salud pública bajo el Convenio Interadministrativo Nro. 298SS-2017, especificamente, mediante la contratación de la puesta en escena de 50 obras teatrales relacionadas con la salud mental municipal en las instituciones o escenarios que disponga el contratante para realizar las campañas pedagógicas lúdicas que aborden temas de salud mental, la prevención del consumo de sustancias psicoactivas, la sexualidad responsable y segura, entre otros
3. MODALIDAD DE LA SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y JUSTIFICACIÓN:
La E.S.E. Hospital San Xxxx xx Xxxx de Marinilla es una entidad pública exceptuada del Estatuto General de la Contratación Pública, por lo que los negocios jurídicos de la entidad se rigen por el Derecho Privado de conformidad con el artículo 195 de la Ley 100 de 1993 en concordancia con el Acuerdo 05 de 2014 contentivo del Estatuto de Contratación y la Resolución 428 de 2014, Manual de Contratación de la entidad.
En vista de lo anterior, el proceso de selección se debe realizar según los lineamientos del Estatuto Interno de Contratación y Manual de Contratación de la ESE. En efecto, aquel clasifica los contratos según sus cuantías, señalando en el artículo 5 que los contratos son de mínima –hasta 15 SMLMV-, menor –mayores a 15 y hasta 200 SMLMV- y de mayor cuantía –superiores a 200 SMLMV-, por lo que, atendiendo el presupuesto oficial de la contratación que acá se estudia, se trata de una contratación de menor cuantía.
Por su parte, el artículo 8 del Manual de Contratación de la entidad estatal, dispone el procedimiento específico para la contratación de menor cuantía en los siguientes términos:
“ARTICULO OCTAVO. PROCEDIMIENTOS ESPECIFICOS PARA CONTRATOS DE MENOR CUANTIA.
Se requiere:
a) Se determinará la necesidad de la obra, bien o servicio.
b) Se presentará al Comité de Compras la necesidad valorada. Si el comité no autoriza la ejecución de la solicitud se archiva temporalmente para otro comité, si se aprueba la ejecución de la obra o servicio se continua el proceso.
c) En el Comité de Compras, el Jefe de Sección Financiera determinara la existencia de disponibilidad presupuestal en el rubro correspondiente.
d) El gerente o su delegado invitara mediante los medios mas expeditos, a ofertar a mínimo dos (2) personas naturales y /o jurídicas. Las ofertas se presentarán por escrito, en original o por fax, en pesos colombianos, en forma clara y completa, de manera que no quede dudas sobre las características y condiciones de las mismas.
e) La evaluación de las ofertas estará a cargo del Comité de Compras, que recomendara al Gerente sobre la decisión de adjudicación previa la presentación de las distintas propuestas en un cuadro comparativo, por parte del Jefe de la Sección Administrativa en el cual se dejara constancia de todas las condiciones de la oferta.
f) El comité de Xxxxxxx tomara decisiones por consenso.
g) Una vez surtido el informe de evaluación por el Comité de Compras, se procederá a la adjudicación por parte del Gerente, el Jefe de Sección Administrativa comunicará la misma al contratista seleccionado, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, por el medio de comunicación más expedito.
h) Una vez notificado la adjudicación, el jefe de la Sección Administrativa realizaran el contrato. Para dicho fin deberá adjuntar copia del acta de Comité de Compras, ofertas recibida por la entidad, certificado de existencia y representación legal de contratista seleccionado si es persona jurídica y cedula de ciudadanía se su representante legal o cedula de ciudadanía si es persona natural y certificado de disponibilidad presupuestal y los demás requisitos que por leyes especiales se requieran de cuerdo con la naturaleza del contrato.
i) Previa la celebración del contrato el Jefe de la Sección Administrativa solicitara al Jefe de Sección Financiera el certificado de registro presupuestal. Recibido esto elaborará el contrato el cual incluirá s clausulas excepcionales de terminación, modificación e interpretación unilaterales, cuando así lo exija la naturaleza del contrato, así como la exigencia de presentar garantía única.”
Así las cosas, el presente proceso de selección deberá realizarse con apego a lo perfilado en el Manual de Contratación de la entidad, esto es, de acuerdo al procedimiento ante citado.
Aunado a lo anterior, se considera que, a efectos de garantizar la libre concurrencia, la igualdad de oportunidades y la selección del oferente que acredite un mayor mérito, el proceso de selección además de lo anterior se realizará mediante invitación pública que se publicará en la página web de la entidad y en el SECOP por tres (3) días hábiles.
En vista de lo anterior, el cronograma del proceso de contratación será así:
ACTIVIDAD | FECHA | CONDICIONES |
Publicación de invitación | Por tres días hábiles | La invitación pública sea enviada a mínimo dos (2) personas naturales y/o jurídicas por medio de correo electrónico y será publicada en la página WEB de la ESE y el SECOP |
Recepción de ofertas | Un día después que finalice la publicación | La oferta debe ser clara y concreta por escrito en pesos colombianos de forma que no quede duda sobre las condiciones |
Revisión de propuestas y adjudicación | Un día después que finalice la publicación | La revisión de las propuestas se realizará por parte del comité de compras y contratación |
Publicación de resultados | Un día después de que se revisen las propuestas | La publicación debe ser publicada en la página WEB de la ESE y el SECOP |
4. PERFIL REQUERIDO:
IDENTIFICACIÓN DEL PROCESO | PERSONA NATURAL Y/O JURÍDICA |
ÁREA | Atención al Usuario / Salud Pública |
PERFIL PROFESIONAL | Para la prestación de este servicio se requiere una persona natural y/o jurídica con experiencia en el desarrollo las campañas educativas y artísticas de salud pública bajo el Convenio Interadministrativo Nro. 298SS-2017, para lo cual resultan idóneas personas naturales y/o jurídicas que presten el servicio en la producción del arte escénico y cultural. |
IDENTIFICACIÓN DEL PROCESO | PERSONA NATURAL Y/O JURÍDICA |
PERFIL ACTITUDINAL | Compromiso Organizacional. Cumplimiento de normas establecidas en el área de trabajo y la Empresa. Capacidad de trabajo en equipo Preocupación por orden, calidad y seguridad. Disposición para actualizar y compartir el conocimiento |
OBJETO | |
Desarrollar campañas de salud pública para la ESE Hospital San Xxxx xx Xxxx de Marinilla, consistente en la puesta en escena de obras artísticas cuya temática esté dirigida a la prevención del consumo de sustancias psicoactivas, de sexualidad responsable y segura, en prevención del suicidio y demás temáticas que requieran intervención y permitan impactar de manera directa a la población de Marinilla en especial a los jóvenes. |
5. CRITERIOS DE SELECCIÓN DE LA OFERTA MÁS FAVORABLE
La Oferta más favorable para la ESE es aquella que se encuentra sustentada la idoneidad de la persona que pretenda prestar sus servicios, así como en su experiencia, el cumplimiento de contratos anteriores y factores económicos a fin de seleccionar objetivamente al mejor oferente:
IDONEIDAD | |
CAPACIDAD JURIDICA | |
PERSONA NATURAL | |
REQUISITOS | FORMA DE ACREDITARLO |
Hoja de vida de la función pública | En el formato que a nivel nacional existe para ello |
Cedula de ciudadanía | Copia de la cédula de ciudadanía |
Declaración de bienes y rentas | Formulario único. Declaración de bienes y rentas y actividad económica privada de persona natural. |
Certificado de Antecedentes Disciplinarios | Certificado vigente de antecedentes disciplinarios de la procuraduría. |
Antecedentes fiscales | Certificado de antecedentes fiscales de la contraloría |
Antecedentes judiciales | Certificado de antecedentes judiciales de la policía nacional |
Antecedentes Registro Nacional de Medidas correctivas | Certificado de Medidas Correctivas disponible en xxxxx://xxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/XXX/xxx_xxx_xxxxxxxx.xxxx |
Rut actualizado | Registro Único Tributario-RUT |
Diplomas o constancias de estudio, tarjeta profesional (si es el caso). | Copia de Diplomas o constancias de estudio, tarjeta profesional (si es el caso). |
Certificación de acreditación de pago parafiscales | Planilla de pago |
Examen de Salud Ocupacional | Copia del Examen de Salud Ocupacional |
IDONEIDAD | |
CAPACIDAD JURIDICA | |
PERSONA JURIDICA | |
REQUISITOS | FORMA DE ACREDITARLO |
Hoja de vida de la función pública para persona jurídica | En el formato que a nivel nacional existe para ello |
Cedula de ciudadanía del representante legal. | Copia de la cédula de ciudadanía |
Declaración de bienes y rentas | Formulario único. Declaración de bienes y rentas y actividad económica privada de persona jurídica o de su representante legal. |
Certificado de existencia y representación legal | Con una fecha de expedición no superior a treinta (30) días, en el que conste que puede ejercer actividades relacionadas con el objeto del contrato. |
Certificación de acreditación de pago parafiscales | Tratándose de personas jurídicas se deberá acreditar una certificación suscrita por el representante legal o por el revisor fiscal, según corresponda, en los términos señalados por el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y la Ley 828 de 2003. Certificado expedido por el representante legal, acreditando los aportes a seguridad social integral de los últimos seis (06) meses. |
Antecedentes Disciplinarios del representante legal. Antecedentes Disciplinarios de la persona jurídica | Certificado vigente de antecedentes disciplinarios de la Procuraduría. Certificado vigente de antecedentes disciplinarios de la procuraduría. |
Antecedentes fiscales del representante legal. Antecedentes fiscales de la persona jurídica | Certificado de antecedentes fiscales de la contraloría Certificado de antecedentes fiscales de la contraloría |
Antecedentes judiciales del representante legal | Certificado de antecedentes judiciales de la policía nacional. |
Antecedentes Registro Nacional de Medidas correctivas | Certificado de Medidas Correctivas disponible en xxxxx://xxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/XXX/xxx_xxx_xxxxxxxx.xxxx |
Rut | Actualizado de la persona jurídica |
Certificado de idoneidad entidades sin ánimo de lucro | Certificado expedido por la Oficina Jurídica d ela Gobernación de Antioquia |
5.1. CRITERIO DE CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
CRITERIO | PUNTAJE MÁXIMO |
EXPERIENCIA GENERAL | 20 |
EXPERIENCIA ESPECÍFICA | 20 |
ECONÓMICO | 50 |
CALIDAD: CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS ANTERIORES | 10 |
TOTAL | 100 |
5.1.1. EXPERIENCIA GENERAL
Se otorgarán 5 puntos por cada contrato certificado con cumplimiento a satisfacción que tenga por objeto la puesta en escena de obras de teatro, para un máximo de 20 puntos.
5.1.2. EXPERIENCIA ESPECÍFICA
Se otorgarán 5 puntos por cada contrato certificado con cumplimiento de satisfacción que tenga por objeto la puesta en escena de obras de teatro relacionadas con temas de salud, para un máximo de 20 puntos.
5.1.3. ECONÓMICO
El proponente indicará en la oferta cual es el valor unitario de cada puesta en escena y el valor total de la propuesta, que de ningún modo puede superar el presupuesto oficial. La mejor propuesta económica obtendrá 60 puntos y así sucesivamente en aplicación de una regla de tres o cualquier otro método aritmético.
5.1.4. CALIDAD: CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS ANTERIORES (Puntaje máximo 10 puntos)
Se asignarán máximo 10 puntos al proponente acredite que por la efectiva prestación del servicio en contratos anteriores no haya obtenido multas o sanciones. Si el proponente registra multas, declaración de incumplimiento, caducidad o cualquier otra sanción debidamente ejecutoriada, que le hubiere sido impuesta dentro de los últimos cinco (5) años anteriores a la fecha de cierre del proceso, el puntaje será el siguiente:
No. de multas o sanciones | Puntaje |
o | 10 |
1 o más | 0 |
La información sobre multas o sanciones será obtenida de cualquier otra información de la que tenga conocimiento la ESE, o que sea suministrada por los oferentes, relacionada con actos administrativos debidamente ejecutoriados respecto de algún participante en el proceso.
5.2. ORDEN DE ELEGIBILIDAD Y ADJUDICACIÓN
Agotado el análisis comparativo de las ofertas, se establecerá un orden de elegibilidad en función del puntaje total obtenido, asignando el primer lugar al proponente que haya obtenido el máximo puntaje, y así sucesivamente.
Se considerarán elegibles aquellos proponentes que hayan obtenido un puntaje acumulado mínimo de 75 puntos.
5.3. FACTORES DE DESEMPATE
En caso de existir empate entre dos oferentes se utilizarán los siguientes criterios de desempate:
i. Se preferirá al oferente que tenga mayor experiencia.
ii. Se preferirá al oferente que tenga mayor puntaje en el factor económico
iii. Si persiste el empate, se preferirá el que mayor experiencia especifica tenga
iv. Si a pasar de la aplicación de los dos criterios anteriores persiste el empate, se preferirá el oferte que tenga su domicilio más cerca al Municipio de Marinilla.
5.4. PROCEDIMIENTO EN CASO DE QUE SE PRESENTE UNA SOLA PROPUESTA
Si sólo se presentare un oferente, la entidad pública le adjudicará el contrato siempre y cuando su propuesta sea elegible, esto es, que haya obtenido un puntaje acumulado mínimo de 75 puntos en la evaluación.
6. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA: EL CONTRATISTA desarrollará las siguientes actividades:
1) Prestar sus servicios con idoneidad, diligencia, cuidado, profesionalismo y de manera coordinada con el HOSPITAL.
2) Ejecutar el objeto contractual siguiendo los procesos y procedimientos que le corresponden.
3) Ejecutar xxxxxx y oportunamente la prestación del servicio, en el lugar indicado de las Instalaciones de la ESE y con la frecuencia requerida según la misma demanda del servicio, garantizando la calidad, eficiencia, eficacia y oportunidad en el servicio, informando a la ESE Hospital San Xxxx xx Xxxx de Marinilla de las novedades y por responder por ello.
4) Atender y respetar, en el desarrollo del contrato, las políticas de calidad del Hospital, así como el código de ética y los valores institucionales.
5) Cumplir con los requisitos exigidos en la legislación actual para generar habilitación en lo pertinente al proceso de administración en el Talento Humano, para con ello tener mayor calidad en los procesos contratados.
6) Mantener la confidencialidad de la información que ha conocido en cumplimiento de las obligaciones contractuales.
7) Realizar el pago de aportes a la seguridad social
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA:
1) Realizar 50 puestas en escena con la temática de prevención del consumo de sustancias psicoactivas, de sexualidad responsable y segura, en prevención del suicidio y demás temáticas requeridas que sean identificadas a través de la ESE o secretaria de salud en sus acciones.
2) Realizar la estrategia de intervención con énfasis en niños y jóvenes.
3) Presentar informes mensuales con los soportes (registros fotográficos de las actividades, donde se identifique actividad, fecha y cumplimiento de indicadores. Siempre Garantizando los créditos a las entidades aportantes.
4) Cumplir con las Políticas de seguridad del manejo de información de la entidad.
5) El contratista se compromete a garantizar el pago de la seguridad social y aporte de parafiscales de funcionarios y contratistas que ejecutan las actividades objeto del contrato y aportarla de manera mensual.
6) Apoyar a la ESE en la sustentación del desarrollo del presente convenio ante la Administración de Marinilla y el Consejo Municipal.
7) Participar en los comités de salud pública y en los comités Municipales afines al proyecto y apoyar de acuerdo a su disciplina en los conceptos que se soliciten o que considere pertinentes.
8) Acordar para el desarrollo de las presentaciones los asistentes y lugares con la ESE.
9) Desarrollar las actividades de acuerdo al cronograma acordado con la ESE.
10) El contratista se compromete a cumplir con las metas de la propuesta realiza y los anexos técnicos de Convenio Interadministrativo Nro. 298SS-2017 de acuerdo a sus competencias y asignaciones del cronograma de actividades.
11) Disponer xxx xxxxxxx humano, técnico y logístico para el desarrollo de cada una de las campañas.
12) El contratista se compromete a participar en las reuniones periódicas del equipo multidisciplinario de la Secretaria de Salud y en otros comités Municipales afines al proyecto de Salud Pública y apoyar de acuerdo a su disciplina en las actividades que se requieran.
13) El contratista debe hacer uso adecuado de los espacios que se proporcionan para el desarrollo de actividades y cuidar los equipos e insumos que se le suministran para la labor a desempeñar.
14) Y las demás obligaciones inherentes al debido ejercicio de la Entidad, las que emanan precisamente del objeto contractual y sus alcances y/o que se encuentran contenidas en el estudio previo de conveniencia, oportunidad y especificaciones técnicas y/o Invitación, documento que hace parte integral de este contrato.
7. OBLIGACIONES DE LA ESE: El HOSPITAL adquiere la obligación de:
1) Concertar con el contratista la programación que se hace necesaria para desarrollar el objeto dentro de las instalaciones del Hospital o por fuera de él.
2) Poner a disposición del contratista el equipo humano y la información necesaria con que cuenta el HOSPITAL para realizar sus actividades, lo mismo que la papelería, oficina y los equipos necesarios para tal fin.
3) Cancelar en forma oportuna el valor del contrato en los términos establecidos en la cláusula sexta.
8. GARANTÍAS:
El contratista avalará el cumplimiento de las obligaciones contraídas en este documento con póliza de garantía única de cumplimiento constituida ante una compañía de seguros legalmente reconocida, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la firma del contrato, que ampare lo siguiente: CUMPLIMIENTO: por el diez por ciento (10%) del valor contratado con una vigencia igual al término de duración del contrato y cuatro (4) meses más; CALIDAD DEL SERVICIO: Para asegurar que el servicio prestado de acuerdo al objeto contractual cumpla con las condiciones de calidad y eficiencia para la Institución, por una cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato y su vigencia será la del contrato y cuatro (4) meses más. PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES E INDEMNIZACIONES DE PERSONAL: por una cuantía equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato y vigencia igual al plazo del contrato y tres (3) años más.
9. SUPERVISIÓN DEL CONTRATO:
Estará bajo la responsabilidad de la Subdirección Científica, o quien este delegue.
10. PLAZO:
Desde la suscripción del acta de inicio y hasta el 31 de diciembre de 2018.
11. VALOR DEL CONTRATO:
SETENTA MILLONES DE PESOS ($70.000.000,ºº) a razón de MILLÓN CUATROCIENTOS MIL
PESOS($1.400.000,ºº) por cada obra teatral.
12. IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL:
Rubro 8002100-4 según Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 179 del 03 xx xxxxx 2018.
13. FORMA DE PAGO:
El HOSPITAL cancelará al CONTRATISTA la suma de UN MILLÓN CUATROSCIENTOS MIL PESOS ($1.400.000,ºº)
por campaña o función realizada, previa presentación del informe de actividades con la documentación requerida a más tardar los 25 de cada mes y certificación del supervisor de que el servicio se ha prestado a entera satisfacción de la institución. PARÁGRAFO: Una vez presentados los informes de actividades el HOSPITAL dispondrá de cinco (5) días hábiles para su revisión y emisión del certificado de recibido a satisfacción o para presentar los rechazos o devoluciones al contratista, para surtir, el tramite definitivo para la cancelación del pago.
14. EL ANÁLISIS QUE SOPORTA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO.
Ordenador del gasto se calcula en la suma de un millón cuatrocientos mil pesos M.L ($1.400.000,ºº), por campaña o función realizada, teniendo en cuenta que se trata de servicios que como tal no están sujetos a tarifas oficiales o a estándares de precios, el valor sugerido se encuentra soportado por la capacidad presupuestal de la E.S.E. con la cual consideramos que se puede asegurar la contratación del servicio requerido, recursos disponibles dentro del rubro correspondientes al presupuesto de gastos de la vigencia 2018, de acuerdo al alcance del objeto contractual a desarrollarse, las actividades que se deben ejecutar, el plazo de ejecución, lo que debe contar la persona que se requiere para cubrir la necesidad contractual, como principales variables que influyen o inciden en la determinación del precio o valor del contrato.
Al formular la oferta, el proponente acepta que estarán a su cargo todos los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales y dentro de estos mismos niveles territoriales, los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades ambientales, que afecten el contrato y las actividades que de él se deriven, con excepción de los que estrictamente corresponden a la ESE y para efectos de la retención en la fuente, la ESE procederá de conformidad con la normatividad tributaria vigente.
En el evento de que durante el término del contrato se realice un número mayor a las actividades y/o obligaciones previstas, en aras de garantizar el equilibrio económico del contrato y el pago de las prestaciones efectivamente recibidas la ESE contemplará pagar el valor a través de una adición u otrosí al momento que tuviese lugar previa verificación y aprobación.
15. ANALISIS DE LA DEMANDA
Con ocasión del proceso de contratación que se requiere, se procedió a realizar un análisis de la demanda que se presenta sobre este tipo de servicios en nuestra Institución y otras entidades estatales del país, a través de la información que se puede extraer de los procesos contractuales publicados en el SECOP y que tienen relación directa con el objeto del proceso contractual que nos ocupa.
De la búsqueda realizada se identificaron los procesos que se relacionan en la siguiente tabla.
AÑO | ENTIDAD | OBJETO | PLAZO DE EJECUCIÓN | VALOR |
ESE HOSPITAL XXX XXXX XX XXXX XX XXXXXXXXX | ||||
0000 | Desarrollar campañas de salud pública para la ESE Hospital San Xxxx xx Xxxx de Marinilla, consistente en la puesta en escena de obras artísticas cuya temática esté dirigida a la prevención del consumo de sustancias psicoactivas, de sexualidad responsable y segura, en prevención del suicidio y demás temáticas que requieran intervención y permitan impactar de manera directa a la población de marinilla en especial a los jóvenes. | 6 meses y 12 días | $77.400.000 |
AÑO | ENTIDAD | OBJETO | PLAZO DE EJECUCIÓN | VALOR |
OTRAS ENTIDADES | ||||
2017 | XXXXX DEL CAUCA - ALCALDÍA MUNICIPIO DE CALI | AUNAR ESFUERZOS TECNICOS Y FINANCIEROS EN ENTRE LA SECRETARIA DE SALUD PUBLICA MUNICIPAL Y CEDECUR EN DESARROLLO DEL FORTALECIMIENTO DE LOS LIDERES DEL COMITE COMUNITARIO ENTORNOS PARA LA VIDA EN EL MARCO DEL PEISD A TRAVES DE VISITAS Y CAMPAÑAS SOCIALES EN EL ENTORNO DE LOS CANALES CAUQUITA SUR Y XXXXXXXX CON ENFOQUE INTERSECTORIAL PROMOVIENDO ENTORNOS SALUDABLES CON PARTICIPACION COMUNITARIA EN DESARROLLO DEL PROYECTO DENOMINADO FORTALECIMIENTO DE LA GESTION PARA LA PROMOCION DE ENTORNOS SALUDABLES EN EL MUNICIPIO DE CALI CON FICHA BP No. 01041881 | 230 días | $93,312,084.00 |
0000 | XXXX - XXXXXXXX XXXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX | PRESTACION DE SERVICIOS ARTISTICOS PARA LA REALIZACION DE DOS CAMPAÑAS PEDAGOGICAS DE CULTURA XXXXXXXXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX-XXXX | 0 mes | $ 99,000,000 |
2017 | META - GOBERNACIÓN | APOYO LOGÍSTICO PARA LAS ACTIVIDADES EDUCATIVAS DE SALUD PUBLICA | 6 meses | $120,000,000.00 |
Respecto al contrato del año 2017 en la ESE presenta una disminución el valor contractual teniendo en cuenta que para ese año fueron concertadas 60 puestas en escena mientras para la vigencia 2018 corresponden 50 puestas en escena.
Y de acuerdo a la ejecución de objetos contractuales similares en los últimos años en varias zonas del país, encontramos que el valor del contrato en la vigencia 2018 de $70.000.000 es una estimación acorde a nivel nacional y coherente también con la capacidad económica de la E.S.E. guardando congruencia con la remuneración por la prestación de dicho servicio, tal y como puede evidenciarse en la tabla de arriba.
16. EL SOPORTE QUE PERMITA LA TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN, Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO.
Definiciones
Para los efectos de los diferentes procesos de selección, se entenderán las siguientes categorías de riesgo:
Riesgo Previsible: Son los posibles hechos o circunstancias que por la naturaleza del contrato y de la actividad a ejecutar es factible su ocurrencia.
Riesgo Imprevisible: Son aquellos hechos o circunstancias donde no es factible su previsión, es decir el acontecimiento de su ocurrencia, tales como desastres naturales, actos terroristas, guerra o eventos que alteren el orden público.
Tipificación del Riesgo: Es la enunciación que se hace de aquellos hechos previsibles constitutivos de riesgo que, en criterio de la ESE, pueden presentarse durante y con ocasión de la ejecución del contrato.
Asignación del Riesgo: Es el señalamiento que hace la ESE, de la parte contractual que deberá soportar total o parcialmente la ocurrencia de la circunstancia tipificada, asumiendo su costo.
Riesgos Previsibles
Para los efectos del presente proceso de contratación, son riesgos previsibles:
a) Falta de idoneidad en el desarrollo del contrato.
b) Interferencia de terceros en la ejecución del contrato.
c) Incumplimiento de obligaciones laborales.
d) Riesgos financieros.
e) Cambios normativos o de legislación tributaria.
f) Xxxxx y vandalismo.
g) Incumplimiento con las obligaciones al sistema de Seguridad Social Integral y ARL
h) Accidentes de trabajo.
i) Uso indebido de información confidencial que llegada a conocer y publicara.
Riesgos Imprevisibles
Se consideran riesgos no previsibles, por la incertidumbre de su ocurrencia, los de fuerza mayor, caso fortuito o hechos de terceros, tales como desastres naturales, actos terroristas, guerras, asonadas o eventos que alteren el orden público.
DISTRIBUCION DE RIESGOS:
RIESGO | TIPIFICACIÓN | ASIGNACIÓN | |
Contratista | ESE | ||
Falta de idoneidad en el desarrollo del contrato. | Ocurre cuando en el desarrollo del contrato proceso, no se ejecutan las actividades conforme a los lineamientos de los presentes estudios previos, poniendo en riesgo de declaratoria de caducidad o incumplimiento al contratista por parte de la E.S.E. | X | |
Interferencia de terceros en la ejecución del contrato. | Ocurre cuando por interferencia de terceros se pueda ver afectada la ejecución del contrato, tales como grupos al margen de la ley, o delincuencia común. | X |
RIESGO | TIPIFICACIÓN | ASIGNACIÓN | |
Contratista | ESE | ||
Incumplimiento de obligaciones contractuales | Ocurre cuando no se cumplen oportunamente las disposiciones contractuales relacionadas con la realización del proceso. | X | |
Riesgos Financieros | Se deriva de los efectos provenientes de las variaciones del flujo de caja, frente a las estimaciones iniciales del Contratista, que puedan afectar los pagos oportunos. | X | X |
Cambios normativos o de legislación tributaria | Ocurre por la expedición de normas posteriores a la celebración del contrato, que impliquen un nuevo componente técnico o efectos tributarios que varían las condiciones económicas inicialmente pactadas. | X | |
Hurto y vandalismo | Se refiere a los efectos desfavorables o cualquier daño, perjuicio o pérdida de los bienes a cargo del Contratista, causados por terceros diferentes a la ESE. | X | |
Incumplimiento con las obligaciones al sistema de Seguridad Social Integral y ARL | Se refiere al compromiso adquirido de soportar la seguridad social y ARL como Independiente de manera oportuna que permita la cobertura integral de los servicios. | X | |
Accidentes de trabajo. | Ocurre cuando en desarrollo del proceso se sufre algún tipo de lesión o daño. | X | |
Uso indebido de información confidencial que llegada a conocer y publicara. | Ocurre cuando la información confidencial derivada de la ejecución del objeto contractual se da a conocer de manera indebida perjudicando la imagen Institucional. | X | X |
De acuerdo con la distribución que se haga, no procederán reclamaciones del Contratista, basadas en la ocurrencia de alguno de los riesgos asumidos por él, y, en consecuencia, la respectiva entidad no hará ningún reconocimiento, ni ofrecerá garantía alguna, que permita eliminar o mitigar los efectos causados por la ocurrencia de alguno de estos riesgos, salvo que dicho reconocimiento o garantía se encuentren expresamente pactados en el Contrato.
Marinilla, 4 xx xxxxx de 2018
(Original firmado)
XXXXXXX XXXXX XXXXX XXXXX
Subdirectora Científica