Contract
PSP-IAES-007-2018
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO DE ACUACULTURA DEL ESTADO DE SONORA O.P.D. REPRESENTADA POR SU DIRECTOR GENRAL, EL XX. XXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX, A QUIÉN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "EL INSTITUTO" Y POR LA OTRA, EL C.P. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "EL PRESTADOR", CONFORME A LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S :
I.- DECLARA “EL INSTITUTO”:
1.1 Que es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de Sonora, con personalidad jurídica y patrimonio propio, creado por decreto No. 226 publicado en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado con fecha 27 de Diciembre de 1984, autorizado para operar y administrar sus propios programas y actividades, además de impulsar la investigación y desarrollo de las diversas modalidades de la acuacultura en Sonora.
1.2 Que entre sus funciones se contempla la de realizar investigaciones científicas y tecnológicas para el desarrollo integral de la acuacultura y la pesca en el Estado y vincular sus resultados a la planta productiva de la Entidad, así como establecer y mantener comunicación con otros organismos e instituciones afines, proponiendo el intercambio de experiencias.
1.3 Que el Xx. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, cuenta con atribuciones legales para la celebración del presente contrato con fundamento en lo dispuesto por el art. 9, fracción II, del Decreto de Creación. Así mismo, cuenta con nombramiento emitido por el Ejecutivo del Estado con fecha 13 de septiembre de 2015.
I.4 Que señala como domicilio convencional el ubicado en avenida de la Cultura entre Comonfort y Paseo del Canal, sin número, Centro de Gobierno, Edificio Sonora, Segundo piso, Ala sur, Colonia Xxxxx xx Xxxxx, con Código Postal No. 83280, en la ciudad xx Xxxxxxxxxx, Sonora, y que cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes: IAE-841227-V49.
I.5. Que para cubrir las erogaciones del presente contrato, se cuenta con recursos estatales debidamente previstos en su presupuesto de egresos autorizado para el presente ejercicio fiscal, mediante el Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado de Sonora para el Ejercicio Xxxxxx 0000 Xx. 000, publicado el 21 de diciembre de 2017.
II.-DECLARA “EL PRESTADOR”:
1 .1. Que es una persona física, de nacionalidad mexicana, lo cual acredita con acta de nacimiento número 1087, de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xxx xxxxxxxxxx en ia xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxx; que cuenta con credencial de elector número 0580098277609, expedida por el Instituto Federal Electoral (IFE), con clave única del registro de población (CURP) número XXXX000000XXXXXX00.
1.2. Que cuenta con domicilio en calle sin nombre Xxxxxxx Xxxxxxxxx xx. 000, xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxx, Xxxxxx, X.X. 00000.
11.3. Que cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes clave VAAF860311C86.
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II.4. Que tiene la experiencia, capacidad técnica y todos los elementos necesarios para llevar a cabo las funciones enunciadas el “anexo 1” motivo de este contrato.
II.5. Que se encuentra al corriente con sus obligaciones fiscales lo cual lo acredita con la Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales número de folio: 18NB1400289.
III.- Con vista de las anteriores declaraciones, las partes sujetan el presente Contrato, al tenor de las siguientes:
X X X X X X X X X :
PRIMERA. OBJETO.- "EL PRESTADOR”, prestará sus servicios profesionales a “EL INSTITUTO”, para la elaboración de trámites de solicitudes de devolución de impuestos federales, creando mecanismos de control que se requieran en dicho trámite, para el cumplimiento de todos los lineamientos necesarios que soliciten las autoridades correspondientes, basados en el Plan de Trabajo anexo al presente contrato.
Ambas partes acuerdan que el pago requerido por los servicios que preste “EL PRESTADOR” a “EL INSTITUTO” por concepto de honorarios, será del 12% (Doce por ciento) sobre el importe obtenido de la devolución de impuestos Federales, más el impuesto al valor agregado. No obstante de que “EL INSTITUTO” retendrá lo correspondiente al Impuesto Sobre la Renta (ISR) para cumplir con esta obligación fiscal.
SEGUNDA. RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES.- “EL INSTITUTO” designa al funcionario público LIC. XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXXXX, en su carácter de Director de Administración y Finanzas de “EL INSTITUTO”, como encargado de la administración del presente instrumento jurídico, así como del seguimiento y verificación del efectivo cumplimiento del objeto expreso en la cláusula anterior del presente contrato.
"EL INSTITUTO" se obliga a otorgar a “EL PRESTADOR”, el acceso a la documentación soporte de los importes a favor, declarados o por declarar, para la ejecución adecuada en tiempo y forma de los servicios mencionados en la Cláusula Primera de este instrumento.
“EL INSTITUTO” se obliga a cubrir a “EL PRESTADOR”, por los servicios que éste último preste en los términos de este Contrato, por concepto de honorarios el 12% (Doce por ciento) sobre el importe obtenido de la devolución de impuestos federales, más el impuesto al valor agregado.
El pago se realizará al momento de ser depositada la devolución, mediante la presentación de la factura correspondiente.
“EL PRESTADOR” se obliga a realizar la integración y revisión del soporte documental y legal de las operaciones que generan los saldos a favor, mediante el llenado de los avisos y/o solicitudes a presentar, atender los requerimientos que se originen derivados de los trámites, así como el acompañamiento y representación en citas que se acuerden o generen con las autoridades correspondientes a este caso.
TERCERA. DE LA ENTREGA PARA CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.- “EL PRESTADOR” se
compromete que una vez concluido el objeto del presente instrumento deberá presentar a “EL INSTITUTO”, un informe general detallado con las actividades realizadas para la devolución de los impuestos federe' favor de “EL INSTITUTO”.
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CUARTA. VIGENCIA.- El presente contrato tendrá vigencia a partir del 16 de julio y concluirá el día 31 de diciembre de 2018.
Las partes podrán dar por terminado el presente contrato en forma unilateral, sin más requisitos que dar aviso por escrito a la otra parte, con 15 días de anticipación, con la conciliación y entrega de productos comprometidos o el reembolso de los recursos otorgados por “EL INSTITUTO”, según sea el caso.
QUINTA. GASTOS.- En los casos en que con motivo de la naturaleza de los servicios “EL PRESTADOR” deba trasladarse a un lugar distinto al que se haya señalado para llevarlos a cabo, “EL PRESTADOR” cubrirá los gastos que sean necesarios para su traslado, alojamiento y alimentación y los demás que fueren necesarios.
SEXTA. CONFIDENCIALIDAD.-“EL PRESTADOR” se obliga a guardar y mantener en secreto, toda información que “EL INSTITUTO” le proporcione, pues reconocen que la misma tiene carácter ESTRICTAMENTE CONFIDENCIAL. En caso contrario, será motivo para que “EL INSTITUTO” le exija responsabilidad legal en la vía correspondiente y los daños y perjuicios que causara.
SÉPTIMA. PRINCIPIOS LEGALES.-Ambas partes reconocen que el presente contrato es civil por naturaleza, por lo tanto se encuentra regido por las disposiciones del Título Décimo, Capítulo Segundo y demás artículos aplicables del Código Civil vigente para el Estado de Sonora.
OCTAVA. RELACIÓN CONTRACTUAL.-Las partes reconocen y aceptan que las únicas relaciones jurídicas existentes entre ellas son las derivadas del presente contrato Civil, razón por la cual no existe vínculo laboral alguno entre “EL INSTITUTO” y “EL PRESTADOR”, y que éste último será el único responsable con el personal que se llegue a utilizar para realizar las actividades materia del presente contrato, el pago de salarios ordinarios y extraordinarios, vacaciones, aguinaldo, prima de antigüedad, accidentes, despidos, así como cualquier obligación derivada de la Ley Federal del Trabajo en vigor; por lo que “EL INSTITUTO” no aceptará ninguna reclamación por los conceptos antes citados ni ningún otro, obligándose “EL PRESTADOR” en sacar en paz y a salvo a “EL INSTITUTO” de cualquier reclamación que se intente en su contra, por lo que desde este momento “EL PRESTADOR” libera de dicha responsabilidad a “EL INSTITUTO”.
NOVENA.- RECISIÓN DEL CONTRATO.- En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones consignadas en éste contrato o al actualizarse los supuestos mencionados a continuación, facultará a la parte afectada a optar por demandar la rescisión del contrato o bien su cumplimiento forzoso y en ambos casos el pago de daños y perjuicios que le origine dicho incumplimiento, así como actualizarse cualquiera de los siguientes supuestas causales de recisión de contrato:
a) Que “EL PRESTADOR” no cumpla con el objeto de este contrato en el plazo señalado en la Cláusula Cuarta del presente instrumento.
b) Que “EL PRESTADOR” no aplique o realice las actividades descritas en la Cláusula Segunda del presente instrumento que impida la recuperación de los impuestos federales a favor de “EL INSTITUTO”.
c) Que “EL PRESTADOR” no presente el informe general detallado con las actividades realizadas para la devolución de los impuestos federales a favor de “EL INSTITUTO”.
DÉCIMA. CONTROVERSIAS Para la interpretación, cumplimiento y ejecución de lo estipulado en el presente contrato, las partes se someten a lo dispuesto por las leyes y la jurisdicción de los tribunales competentes e
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la Ciudad xx Xxxxxxxxxx, Sonora, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles en razón de sus domicilios presentes o futuros.
L E Í D O que fue por las partes este documento, y una vez enterados de su contenido y alcance, lo firman de conformidad en cuatro ejemplares, en la Ciudad xx Xxxxxxxxxx, Sonora a 12 días del mes de julio de 2018.
TESTIGOS
LIOf-XXXXXXXXX X. XXXXXXXXXX XXXXXXXXXX
ADMINISTRADOR DEL CONTRATO
JUAREZ
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ANEXO 1
NOMBRE: XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX
LUGAR: CENTRO REPRODUCTOR DE ESPECIES MARINAS DEL ESTADO DE SONORA
VIGENCIA: 01 XX XXXXXX DE 2018 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2018
ACTIVIDADES A REALIZAR EN LAS SECCIÓN DE MICROALGAS Y BIVALVOS:
• TOMA DE PARÁMETROS FÍSICO QUÍMICOS EN LOS DISTINTOS SISTEMAS DE CULTIVO.
• APOYO EN EL ÁREA DE REPRODUCTORES; ALIMENTACIÓN, RECAMBIOS Y LIMPIEZA.
• APOYO EN EL ÁREA DE ENGORDA; BIOMETRÍAS, DESDOBLES Y COSECHA
• APOYO EN LA PRODUCCIÓN DE ALIMENTO VIVO (MICROALGAS) Y LIMPIEZA.
• APOYO EN LA SECCIÓN DE LARVICULTURA DE BIVALVOS; AUMENTAR, CONTEOS, BIOMETRÍAS Y TRANSFERENCIAS
• APOYO EN PRE-ENGORDA DE BIVALVOS; AUMENTAR, LIMPIEZA, TRANSFERENCIAS, ^
CONTEOS, COSECHAS Y ENVIOS.
• APOYARA EN LOS 3 TURNOS YA SEA MATUTINO, VESPERTINO Y NOCTURNO YA SEA LAS NECESIDADES DE PRODUCCIÓN E INVESTIGACIÓN.
• AL IGUAL QUE EL RESTO DE PERSONAL DEL CREMES, APOYARA CON EL PROGRAMA DE BUENAS PRÁCTICAS DEL CENTRO.
ADMINISTRADOR DEL CONTRATO
C. XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX PRESTADOR DE SERVICIOS