PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA ADJUDICACIÓN DE ENAJENACIÓN DE CHATARRA PROCEDENTE DE VEHÍCULOS INSERVIBLES, PIEZAS Y RESTOS DE LOS MISMOS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA ADJUDICACIÓN DE ENAJENACIÓN DE CHATARRA PROCEDENTE DE VEHÍCULOS INSERVIBLES, PIEZAS Y RESTOS DE LOS MISMOS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID.
1º.- OBJETO.
El objeto del presente contrato es la enajenación de chatarra consistente en materiales de desecho procedentes de vehículos inservibles, piezas y restos de los mismos, retirados de la circulación y dados de baja en el inventario municipal para la posterior tramitación de su baja definitiva ante la Dirección General de Tráfico.
Se estima como peso aproximado 50.000 kg. de chatarra a generarse por el Ayuntamiento durante el plazo de ejecución del contrato, que como máximo será de un año.
2º.- PRECIO.
El precio tipo de la licitación al alza se establece en 0,11 euros por kilo, por ser este el precio xx xxxxxxx. El peso que se toma como referencia para cada vehículo independientemente del estado en que se encuentre es el que se indica en su ficha técnica.
3º.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
El adjudicatario vendrá obligado a retirar los vehículos, piezas y restos de los mismos de la dependencia municipal en que se encuentren, por su cuenta y riesgo, dentro de los CINCO días hábiles siguientes a la fecha en que al efecto se le requiera, siguiendo las indicaciones que en cada momento le dicte el Jefe de la Unidad del Parque Automovilístico, y por el orden que éste señale, debiendo acreditar con su firma la retirada del material objeto de cada entrega.
La chatarra procedente de las piezas y otros restos de vehículos será pesada por cuenta del adjudicatario, entregando el ticket del pesaje donde conste peso bruto, neto y tara, en la Unidad del Parque Automovilístico.
El adjudicatario deberá ingresar en la Tesorería Municipal, el importe que resulte de aplicar a la tara de cada vehículo, según su ficha técnica, el precio de adjudicación, que en el caso de piezas y otros restos se aplicará al
resultado del pesaje, en el plazo máximo de 7 días hábiles, a contar desde la fecha en que haya procedido a la retirada de la chatarra de cada Parque Municipal (Régimen Interior, Samur, Bomberos, Medio Ambiente y Policía Municipal).
Transcurrido dicho plazo sin que se haya procedido a la retirada de la chatarra o con motivo de cualquier otro incumplimiento de las obligaciones del contratista, podrá acordarse la resolución del contrato por incumplimiento del contratista, siendo de aplicación las normas de derecho privado.
De acuerdo con el Real Decreto 1383/2002 de 20 de diciembre sobre gestión de vehículos al final de su vida útil, y la Orden INT 249/2004 de 5 de febrero por la que se regula la baja definitiva de los vehículos descontaminados al final de su vida útil, y la Orden INT 624/2008 de 26 de febrero, por la que se regula la baja electrónica de los vehículos descontaminados al final de su vida útil, ésta deberá realizarse en Centros Autorizados por la Comunidad de Madrid de Recepción y Descontaminación (CARD) por lo que los licitadores deberán estar inscritos en el registro de AEDRA (Asociación española de desguaces y reciclaje del automóvil), o estar homologados por ATISAE o AENOR.
El adjudicatario del contrato deberá entregar en la Unidad del Parque Automovilístico el certificado de destrucción de cada vehículo que se le entregue, conforme al modelo que figura en el Anexo a la Orden INT 624/2008 de 26 de febrero.
Madrid a 5 de noviembre de 2008
LA SUBDIRECTORA GENERAL DE SERVICIOS
Fdo.: Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx