Contrato número 549/16
Contrato número 549/16
Contrato que celebran en esta ciudad de Guadalajara, Jalisco, el día 07 siete del mes de Diciembre del año 2016 dos mil dieciséis, por una parte el Gobierno del Estado de Jalisco, por conducto de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, representado en este acto por el Licenciado Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Estado de Jalisco, a quien en lo subsecuente se le denominará como LA SECRETARÍA, y por la otra Gruppo Geritex, Sociedad Anónima De Capital Variable representada en este acto por el Ciudadano Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, a quien en lo subsecuente se le denominará como EL PROVEEDOR, y cuando se refiera a ambas partes se les denominara como LAS PARTES, documento que sujetan al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:
D E C L A R A C I O N E S:
I.- Declara el representante de “LA SECRETARÍA”:
a).- Que es la dependencia facultada para representar al Gobierno del Estado de Jalisco en las adquisiciones de bienes y servicios, en atención a lo dispuesto por los artículos 2, 3, 5, 12 fracción II, 14 fracciones XXXVII, LIX, LXVI, LXXI, LXXII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, 1 fracciones I, II, III, IV, V, 3 fracciones II, IV, IX y XXI, 4, 5, 6, 7 fracción I y TITULO TERCERO, CAPITULO I de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones, así como por lo establecido en los artículos 1, 2, 3 fracciones VIII, X, XI, 4 fracción II, 8, 32, 33 fracciones IV, XIV, XV, 34 fracción II,
41, 42, 43, 44 Y 45 del Reglamento Interno de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas todos ordenamientos del Estado de Jalisco.
b).- Comparece por conducto del Licenciado Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco, con las facultades para contratar y obligarse de conformidad con los artículos 3 fracciones X, XI, 4, 5, 6, 33 fracciones IV, XIV, XV, 34 fracción II, del Reglamento Interno de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas y de conformidad con lo que disponen los Artículos 4, 7, 13, 22, 33, 51 y 104 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado de Jalisco.
c).- Que para los efectos del presente contrato se señala como domicilio el ubicado en Prolongación Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx 0000 xxx xxxxxxxxxx xxxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxx Xxxxxx, X.X. 44270 de esta Ciudad de Guadalajara, Jalisco, México.
II.- Declara el representante de “EL PROVEEDOR”:
a).- Que mediante la Escritura Pública número 6,909 seis mil novecientos nueve de fecha 11 once de Diciembre del año 2012 dos mil doce, pasada ante la fe del Licenciado Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Notario Público número 125 ciento veinticinco de Guadalajara, Jalisco, se constituyó la Sociedad Anónima de Capital Variable “GRUPPO GERITEX, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”, testimonio que se encuentra debidamente inscrita en la Direccion del Registro Público de la Propiedad y de Comercio bajo el folio mercantil electrónico número 71356*1 de fecha 18 de Diciembre del año 2012 dos mil doce.
b).- Que el C. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, quien se identifica con su credencial para votar número 1089041278268, se encuentra facultado para contratar y obligarse a nombre de su representada en su carácter de Administrador General Xxxxx, tal y como lo acredita con la Escritura Pública anteriormente referida, declarando bajo protesta de decir verdad que a la fecha, dicho carácter no le ha sido limitado, restringido, ni revocado.
c).- Que señala como su domicilio convencional para los fines de éste contrato, así como para recibir todo tipo de citas y notificaciones, el ubicado en la Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx xxxxxx 000 xx xx Xxxxxxx Xxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx Teléfono 00000000, correo electrónico xxxx@xxxxxxx.xxx.xx Estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes bajo el número de folio GGE121211JV3.
d).- Que tiene la capacidad legal, financiera, técnica y productiva necesaria para dar cumplimiento al presente contrato y manifiesta que se encuentra debidamente registrado en el Padrón de
Proveedores del Gobierno del Estado bajo el número de registro P21623 y que la información contenida en el expediente respectivo no ha sufrido modificación alguna.
e).-Manifiesta haber entregado la Opinión positiva del cumplimiento de obligaciones fiscales ante el SAT.
III.- LAS PARTES declaran:
a).- Que el presente contrato, se originó con motivo de la Solicitud de Aprovisionamiento número 03/0578-00, realizada por la Subsecretaría de Administración, en apoyo de la Fiscalía General del Estado , por la cual se llevó a cabo la Invitación a cuando menos tres Proveedores, el cual será solventado con Recursos del Fideicomiso Fuerza única y de Seguridad Pública, del cual resultó adjudicado EL PROVEEDOR, al presentar la propuesta económica más conveniente y que cumple con las especificaciones solicitadas en LAS BASES, de conformidad con el Cuadro Comparativo de fecha 02 dos del mes de Diciembre del año 2016 dos mil dieciséis, elaborado por la Dirección General de Abastecimientos de la Subsecretaría de Administración, al cual le corresponde la orden de compra número 63549.
b).- Que EL PROVEEDOR se obliga a cumplir con las especificaciones de dicho proceso, en lo subsecuente LAS BASES, así como a su propuesta presentada, en lo subsecuente se le denominará LA PROPUESTA, en virtud de que forma parte integral del presente contrato, mismas que obran en el expediente del proceso descrito en el inciso inmediato anterior.
c).- Que se reconocen recíprocamente el carácter con el que comparecen y sujetan el presente contrato al tenor de las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- DE LA DEPENDENCIA. LAS PARTES acuerdan que SUBSECRETARÍA DE
ADMINISTRACIÓN en lo subsecuente denominada como LA DEPENDENCIA, será la receptora final del objeto de este contrato, por lo tanto es la responsable de verificar que los bienes adquiridos cumplan con las especificaciones requeridas, así como del seguimiento del contrato en todas sus etapas.
SEGUNDA.- DEL OBJETO. El objeto del presente contrato es la adquisición a EL PROVEEDOR, de ROPERÍA DE TRABAJO, los cuales se enlistan a continuación:
Partida | Cantidad | Descripción detallada de los bienes |
1 | 14 | Camisola manga larga color negro Corte Recto, logotipo lado izquierdo de 7cm y 7cm dos bolsas frontales, botones de pasta, cuello tipo vestir, manga una sola pieza con puño doble. |
2 | 175 | Camisola manga larga color negro Camisola manga larga color negro, corte recto, logotipo bordado lado izquierdo de 7cm x 7cm dos bolsas frontales, botones de pasta, cuello tipo vestir, manda una solo pieza con puño doble. |
3 | 100 | Chamarra color negro Chamarra color negro, 100% nylon repelente al agua, forro tela polar, frente inferior bolsas de parche xx xxxxx función, parte superior cierra con velcro, la otra lateral forrada del mismo material, cierra con cierre de 70cm de la bastilla al cuello. |
4 | 175 | Chamarra color negro Chamarra color negro 100% nylon repelente al agua, forro tela polar frente e inferior bolsas de parche xx xxxxx función, parte superior cierra con velcro la otra lateral forrada del mismo material, cierra con cierre de 70cm de la bastilla al cuello. |
5 | 175 | Xxxxx xxxx color negro Xxxxx Xxxx, Color Negro, 65/35 Poliéster Sarga De Algodón Cardado Anti Rasgado, Con Logotipo Bordado Del Instituto De Formación Y Capacitación Del Lado Izquierdo Con Medidas: 5 Cms. X 5 Cms. |
6 | 100 | Overol color negro Tipo otan fibra 65% poliéster y 35% algodón, tipo gabardina, peso 320 gramos por metro cuadrado, 2 bolsas de parche al frente con cierre plástico reforzado, dos bolsas diagonales a los lados de 22cm con dos bolsas de parche traseras de 17cm a la rodilla. |
7 | 14 | Pantalón tipo asalto color coyote Corte recto 65% poliéster y 35% algodón, encuadres traseros y delanteros cocidos con costura recta y sobrehilados en los extremos, bolsas laterales diagonales, bolsas de cargo laterales dobles la cartera cierra con botón y presilla de seguridad. |
8 | 175 | Pantalón tipo asalto color negro Corte recto 65% poliéster y 35% algodón, encuadres traseros y delanteros cocidos con costura recta y sobrehilados en los extremos, bolsas laterales diagonales, bolsas de cargo laterales dobles la cartera cierra con botón y presilla de seguridad. |
9 | 100 | Playera polo color azul cielo Para mandos tela pique 50% algodón y 50% poliéster manga corta, cuello y puños tejido al mismo color, doble despunte en la ziza, en los hombros, en la costura de los puños y en la parte inferior, refuerzo en la parte trasera del cuello, con cola pato y abertura en los costados en bastilla y bajos. |
10 | 100 | Playera polo color xxxx xxxxxx |
Para custodio en tela pique 50% algodón y 50 % poliéster, manga corta, cuello y puños al mismo color, doble despunte en la ziza en los hombros, en la costura de los puños y en la parte inferior, refuerzo en la parte trasera del cuello, con cola pato y abertura en los costados en bastilla y bajos. | ||
11 | 14 | Playera cuello redondo color negro Playera con costura doble para prevenir la flacidez en el cuello, encogimiento mínimo 100% algodón color negro, con logotipo bordado del lado izquierdo de 7cm x 7cm. |
12 | 175 | Playera cuello redondo color negro Playera cuello redondo color negro, 100% algodón cuello redondo doble costura para prevenir flacidez, con logotipo bordado de 7cm x 7cm |
Los bienes anteriormente descritos deben de cumplir con las especificaciones solicitadas en LAS BASES y en LA PROPUESTA presentada por EL PROVEEDOR.
TERCERA.- DE LA ENTREGA. EL PROVEEDOR deberá entregar los bienes objeto de este contrato a más tardar el día 07 siete del mes xx Xxxxx del año 2017 dos mil diecisiete, los bienes serán entregados en el Almacén de la Secretaría de Seguridad Pública en la xxxxx Xxxxxxx xxxxxx 000, de lunes a viernes en días hábiles, con horario de 9:00 a 15:00 horas; o en el lugar que LA DEPENDENCIA indique mediante escrito girado a EL PROVEEDOR, y éste último será el responsable del traslado de los bienes hasta su correcta recepción, a entera satisfacción de LA DEPENDENCIA.
Se considerará que EL PROVEEDOR ha entregado los bienes objeto de este contrato una vez que en la factura y orden de compra correspondiente se plasme el sello y firma del Director General Administrativo de la Dependencia.
CUARTA.- DE LA VIGENCIA. El presente instrumento contractual comenzará a surtir sus efectos a partir del día 07 siete del mes de Diciembre del año 2016 dos mil dieciséis hasta el día 07 siete del mes xx Xxxxx del año 2017 dos mil diecisiete.
QUINTA.- DEL PRECIO. La “SECRETARÍA” pagará a “EL PROVEEDOR”, por los bienes objeto del presente contrato, la cantidad de $769,422.20 (Setecientos sesenta y nueve mil cuatrocientos veintidós pesos 20/100 Moneda Nacional) Impuesto al Valor Agregado incluido.
Partida | Cantidad | Descripción detallada de los bienes | Precio Unitario | Subtotal |
1 | 14 | Camisola manga larga color negro según especificaciones | $780.00 | $10,920.00 |
2 | 175 | Camisola manga larga color negro según especificaciones | $780.00 | $136,500.00 |
3 | 100 | Chamarra color negro según especificaciones | $585.00 | $58,500.00 |
4 | 175 | Chamarra color negro según especificaciones | $1,100.00 | $192,500.00 |
5 | 175 | Xxxxx xxxx color negro según especificaciones | $160.00 | $28,000.00 |
6 | 100 | Overol color negro según especificaciones | $465.00 | $46,500.00 |
7 | 14 | Pantalón tipo asalto color coyote según especificaciones | $760.00 | $10,640.00 |
8 | 175 | Pantalón tipo asalto color negro según especificaciones | $760.00 | $133,000.00 |
9 | 100 | Playera polo color azul cielo según especificaciones | $125.00 | $12,500.00 |
10 | 100 | Playera polo color xxxx xxxxxx según especificaciones | $125.00 | $12,500.00 |
11 | 14 | Playera cuello redondo color negro según especificaciones | $115.00 | $1,610.00 |
12 | 175 | Playera cuello redondo color negro según especificaciones | $115.00 | $20,125.00 |
Subtotal | $663,295.00 | |||
IVA | $106,127.20 | |||
TOTAL | $769,422.20 |
SEXTA.- DE LA FORMA DE PAGO. La Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, realizará el pago en una sola exhibición a EL PROVEEDOR en moneda nacional dentro de los 20 veinte días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha en que sea presentada la factura para su pago, momento en que da inicio el trámite de validación en LA SECRETARÍA, en el domicilio ubicado en Prolongación Xxxxxxx Xxxxxxx Xx. 0000, Xxx. Miraflores, Guadalajara, Jalisco, respectivamente de lunes a viernes en días hábiles, de 9:00 a 15:00 horas.
Documentos para el Pago
a) Original y 3 tres copias de la factura, a nombre de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, con domicilio en la xxxxx Xxxxx Xxxxxx xx. 000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx, C.P. 44100, R.F.C. SPC130227L99, validada por LA DEPENDENCIA;
b) 1 una copia del Contrato;
c) Original de la orden de compra;
d) Original del anexo de entregas; y
e) Copia de la garantía de cumplimiento del contrato.
Las partes están de acuerdo que de ser el caso, de acuerdo con los artículos 76 y 77 de la Ley del Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Jalisco, los pagos que se tengan que efectuar con cargo a ejercicios presupuestales futuros, estarán sujetos a la aprobación del presupuesto correspondiente.
SÉPTIMA.- DE LA GARANTÍA PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES. A la firma
del presente contrato, EL PROVEEDOR se obliga entregar una garantía que responda por el cumplimiento de las obligaciones del presente contrato, así como por la calidad, defectos y/o vicios ocultos que llegaren a presentar los bienes objeto del presente contrato, a favor de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, la cual podrá ser a través de cheque certificado o de caja, en efectivo mediante billete de depósito tramitado ante la Recaudadora N° 000 de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas o mediante fianza expedida por una institución mexicana legalmente autorizada, por el importe del 10% diez por ciento del monto total del contrato, con una vigencia de 12 doce meses, contados a partir de la firma del presente contrato, con el fin de garantizar el cumplimiento de este instrumento, la calidad del objeto del mismo así como los defectos que pudieran resultar después de su recepción. EL PROVEEDOR está obligado a modificar la garantía descrita en la presente cláusula, en caso de prorroga o adendum, de conformidad con el artículo 38 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, y Enajenaciones del Estado de Jalisco.
La garantía otorgada por EL PROVEEDOR podrá ser exigible y aplicada en cualquier tiempo en caso de presentarse defectos, o mala calidad en el objeto de este contrato, o por cualquier incumplimiento en las obligaciones en él establecidas, y será independiente de las acciones que deban ejercitarse por los daños y perjuicios que se originen con motivo del incumplimiento en cualquiera de las obligaciones contraídas por parte de EL PROVEEDOR de conformidad con lo dispuesto por el artículo 38 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado de Jalisco.
OCTAVA.- DE LA GARANTÍA MATERIAL. EL PROVEEDOR garantiza la calidad de los bienes objeto de este contrato, en el entendido de que los ofertó y entregará con la mejor calidad y cumplen con todas las especificaciones detalladas en LAS BASES requeridas por LA SECRETARÍA y LA PROPUESTA.
NOVENA.- DE LA PENALIZACIÓN POR ATRASO EN LA ENTREGA. En caso que EL
PROVEEDOR tenga atraso en la entrega de los bienes por cualquier casusa que no sea derivada de LA SECRETARÍA y/o LA DEPENDENCIA, se le aplicara una pena convencional de conformidad a la siguiente tabla:
DÍAS DE ATRASO (NATURALES) | % DE LA SANCIÓN SOBRE EL MONTO TOTAL DEL CONTRATO |
De 01 uno hasta 10 diez | 3% tres por ciento |
De 11 once hasta 20 veinte | 6% seis por ciento |
De 21 veintiuno hasta 30 treinta | 10% diez por ciento |
De 31 treinta y un días de atraso en adelante se rescindirá el contrato a criterio de la SECRETARÍA.
DÉCIMA.- DE LA RESCISIÓN. LA SECRETARÍA podrá optar por el cumplimiento forzoso del contrato y/o su rescisión, sin necesidad de declaración judicial alguna para que operen, siempre y cuando EL PROVEEDOR incumpla con cualquier obligación establecida en LAS BASES, PROPUESTA o en el presente contrato, cuando los bienes objeto de este contrato sean de características inferiores a las solicitadas en LAS BASES en perjuicio de LA SECRETARÍA y/o LA DEPENDENCIA. Este hecho será notificado de manera indubitable a EL PROVEEDOR.
Si LA SECRETARÍA decidiera rescindir del contrato, por causas imputables a EL PROVEEDOR, cobrara al mismo una pena convencional, cuyo importe será del 10% diez por ciento del valor total del contrato y se hará efectivo con cargo a la fianza otorgada, hasta por la suma garantizada.
En caso de incumplimiento de las obligaciones de LA PROPUESTA, así como del contrato, además de solicitar el cumplimiento forzoso del contrato y/o su rescisión, LA SECRETARÍA podrá exigir el pago de daños y perjuicios de conformidad con el artículo 31 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado de Jalisco.
DÉCIMA PRIMERA.- DE LAS CAUSAS DE RESICIÓN.- LA SECRETARÍA podrá rescindir el
Contrato y podrá hacerse efectiva la garantía de cumplimiento de manera enunciativa más no limitativa, en los siguientes casos:
a) Por negativa de EL PROVEEDOR, para formalizar el contrato por causas imputables a él, dentro del término de 10 diez días hábiles, contados a partir de la fecha de la notificación de la orden de compra y/o cuadro comparativo.
b) Cuando EL PROVEEDOR no cumpla con alguna de las obligaciones estipuladas en el contrato, en los términos que este señala.
c) Cuando hubiese transcurrido el plazo adicional que se concede a EL PROVEEDOR, para corregir las causas de rechazos, que en su caso se efectúen, y éste no las solvente dentro del término del contrato.
d) En caso de entregar bienes con especificaciones diferentes a las ofertadas, LA SECRETARÍA considerará estas variaciones como un acto doloso y será razón suficiente para hacer efectiva la garantía de cumplimiento de contrato y la rescisión del contrato, aun cuando el incumplimiento sea parcial e independientemente de los procesos legales que se originen.
e) En caso de que en más de 2 ocasiones le sea rechazado el bien o se retrase en entrega del mismo, con independencia LA SECRETARÍA podrá hacer efectiva la penalidad por el atraso.
DÉCIMA SEGUNDA.- DE LA CESIÓN.- Queda prohibido para EL PROVEEDOR, ceder a terceras personas físicas x xxxxxxx sus derechos y obligaciones derivados de este contrato y sus anexos, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo supuesto se deberá contar con la conformidad previa de LA SECRETARÍA y presentar el documento en original o copia certificada para adjuntarlo al expediente, mediante el cual avale la cesión.
DÉCIMA TERCERA.- DE LAS RELACIONES LABORALES. Ambas partes manifiestan expresamente que la relación que se deriva del presente contrato, no crea respecto de una y otra relación alguna de patrón, mandatario, subordinado, dependiente o empleado. En tal razón, EL PROVEEDOR será responsable por el o las personas que contrate o emplee con motivo de la entrega de los bienes objeto de este contrato, obligándose a responder y sacar a salvo a LA SECRETARÍA y/o LA DEPENDENCIA, de cualquier acción o derecho derivado por concepto de prestaciones contenidas en la Ley Federal del Trabajo, de seguridad social, fiscal, civil, penal o cualquier otra, en el entendido que lo señalado con anterioridad queda subsistente por el periodo que la legislación aplicable señale, y no por el periodo que dure vigente este contrato.
DÉCIMA CUARTA.- PATENTES, MARCAS Y DERECHOS DE AUTOR. EL PROVEEDOR
asumirá la responsabilidad total para el caso de que se infrinjan derechos inherentes a la propiedad intelectual, patentes, marcas o cualquier otro derecho xx xxxxxxx, con motivo de los bienes materia del presente contrato y de la firma de éste documento.
DÉCIMA QUINTA.- DE LA TERMINACIÓN ANTICIPADA. En cualquier momento LA
SECRETARÍA podrá dar por terminado el presente contrato sin responsabilidad para ésta, cuando se extinga la necesidad de requerir los bienes objeto del presente contrato, por tratarse de causas de interés general o público, por cambios en el proyecto en su caso, por caso fortuito o fuerza mayor, bastando únicamente la notificación que se realice a EL PROVEEDOR, o por acuerdo entre las partes. En cualquier caso se realizará el pago de los gastos generados a EL PROVEEDOR hasta el momento que se notifique la terminación, siempre y cuando dichos gastos estén debidamente comprobados por EL PROVEEDOR.
DÉCIMA SEXTA.- DE LA INSPECCIÓN Y VIGILANCIA. LA DEPENDENCIA y/o LA
SECRETARÍA serán las encargadas de vigilar e inspeccionar que los bienes objeto del presente contrato cumplen con las especificaciones solicitadas en LAS BASES, EL PROCESO, LA PROPUESTA y lo establecido en el presente contrato, teniendo facultades para designar al personal que estimen necesario para tal efecto.
Sin perjuicio de lo anterior, LA SECRETARÍA y LA DEPENDENCIA podrá en todo momento verificar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, así como llevar a cabo las acciones necesarias para su cumplimiento.
DÉCIMA SÉPTIMA.- DE LAS NOTIFICACIONES. La comunicación entre las partes será por escrito a través de cualquier medio que de forma fehaciente e indubitable haga constar su notificación.
DÉCIMA OCTAVA.- DE LA AUTORIZACIÓN PARA UTILIZAR DATOS PERSONALES. El
PROVEEDOR y su representante, de conformidad con los artículo 8 y 9 de la Ley Federal para la Protección de Datos Personales en posesión de los Particulares, por medio de esta cláusula autorizan a LA SECRETARÍA a utilizar sus datos personales que aparecen en el padrón de proveedores, los documentos del proceso del que se deriva el presente contrato y el presente
documento, para que sean publicados en la página de Transparencia de LAS DEPENDENCIAS del Estado de Jalisco.
DÉCIMA NOVENA.- DE LA COMPETENCIA Y JURISDICCIÓN. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para resolver todo aquello que no esté previamente estipulado en él, las partes acuerdan en regirse en primer término por lo dispuesto en LAS BASES y para lo no previsto en se sujetarán a la legislación aplicable en el Estado de Jalisco, sometiéndose expresamente a la jurisdicción de los Tribunales que se encuentran en la circunscripción territorial del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, renunciando al fuero que por razón de su domicilio presente o futuro les pudiera corresponder.
Leído que fue el presente contrato por ambas partes y enterados de su alcance y contenido, lo firman las partes de común acuerdo en la ciudad de Guadalajara, Jalisco.
LA SECRETARÍA | EL PROVEEDOR |
Licenciado Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco. | C. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Administrador General Único de Gruppo Geritex, Sociedad Anónima De Capital Variable |
TESTIGO | TESTIGO |
Licenciado Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx Director de Adquisiciones de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco | Licenciado Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx. Director de Instrumentos Jurídicos de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco. |
*Amht
* Xxxxxxx Xxxxxx
La presente hoja de firmas corresponde al Contrato número 549 /16 de fecha 07 siete de mes de Diciembre del año 2016 dos mil dieciséis, celebrado por el Gobierno del estado de Jalisco y la empresa Gruppo Geritex, Sociedad Anónima De Capital Variable.