Región de Murcia Consejería de Sanidad y Política Social CUADRO DE CARACTERISTICAS DEL PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES, QUE HAN DE REGIR EL ACUERDO MARCO Y LOS CONTRATOS EN EL BASADOS, PARA LA CONTRATACION DE SUMINISTROS,...
Región xx Xxxxxx Consejería de Sanidad y Política Social |
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CUADRO DE CARACTERISTICAS XXX XXXXXX TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES, QUE HAN DE REGIR EL ACUERDO MARCO Y LOS CONTRATOS EN EL BASADOS, PARA LA CONTRATACION DE SUMINISTROS, ADJUDICADO POR PROCEDIMIENTO ABIERTO CON TODOS LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS EN EL MISMO.
1.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: |
JUNTA DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO MURCIANO DE SALUD (Órgano constituido mediante Resolución del D. Gerente del S.M.S. de fecha 19/11/2001, que se modifica mediante nueva Resolución del D. Gerente del S.M.S. de fecha 06/11/2003. |
2.- REFERENCIA DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN. |
Nº expediente: CS/9999/1100399302/12/ACPA |
3.- OBJETO DEL CONTRATO Y CODIFICACION CPA/CPV. SUJECION A REGULACION ARMONIZADA. LOTES. |
3.1. Objeto: Adquisición de “SUMINISTRO DE PRÓTESIS CARDÍACAS”, con destino a los Centros Sanitarios dependientes del Servicio Murciano de Salud y centros concertados. 3.2. Codificación CPA : 32.50.2 Codificación CPV : 33184300-6 3.3. Sujeción a regulación armonizada: SI [X] NO [ ] 3.4. Lotes: SI (20) Denominación CPA CPV 3.5. Número máximo de adjudicatarios del Acuerdo Marco: 5 adjudicatarios para los lotes 1 y 3 3 adjudicatarios para los lotes 2 y 4 2 adjudicatarios para los lotes del 14 al 20 1 adjudicatario para los lotes del 5 al 13 |
4.- NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER CON EL ACUERDO MARCO. |
La necesidad de llevar a cabo la citada contratación, se justifica por la importancia que tiene, para la asistencia sanitaria, el aprovisionamiento adecuado de prótesis cardiacas (STENTS, PRÓTESIS ESTRUCTURALES Y VÁLVULAS PERCUTÁNEAS) para pacientes con insuficiencias de esta naturaleza, implementándose en este objetivo, el sistema de adquisición centralizada del suministro citado, y conseguir así un desarrollo optimizado de la actividad asistencial diaria de los Centros destinatarios de estos suministros. |
5.- DURACIÓN DEL ACUERDO MARCO Y DE LOS CONTRATOS EN EL BASADOS. |
5.1. Duración del Acuerdo Marco: 12 meses desde la formalización del contrato. 5.2. Plazo de las entregas sucesivas: Plazo de entrega del suministro: Máximo de 72 horas desde la recepción de pedido ordinario, todo ello sin perjuicio de la posibilidad de reducir los plazos de entrega, conforme a lo dispuesto en los apartados 13.1.A).2 de este Cuadro de Características. Los pedidos calificados de urgentes por los Centros peticionarios serán suministrados en el plazo de 24 horas siguientes a la recepción del pedido. 5.3. Previsión de prórroga: SI [X] En su caso, plazo previsto: Por un periodo de un año. De conformidad con lo previsto en el art.23.2 RDL 3/2011, de 14 de noviembre, que aprueba el TRLCSP, las prórrogas serán obligatorias para el adjudicatario. NO [ ] 5.4 Posibilidad de duración del Acuerdo Marco superior a cuatro años: SI [ ] En su caso, incluir justificación y nuevo plazo: NO [X] |
6.- LUGAR DE ENTREGA DE LOS SUMINISTROS. |
· Almacén General del Hospital Virgen de la Arrixaca (El Palmar–Murcia). · Almacén General del Hospital Sta. Xxxxx (Cartagena – Murcia). · Almacén Central del SMS en Murcia (Plataforma Logística). (*) Las direcciones de dichos almacenes figurarán en los pedidos que a tal efecto les sean cursados a las empresas. |
7.- PRESUPUESTO. |
7.1. Importe del contrato (sin IVA): 4.768.091,82 € % IVA: (10%) Importe del IVA: 476.809,18€ Precio total de licitación: 5.244.901€ IVA incl. Valor estimado del contrato: 9.536.183,64€ IVA excl. 7.2. Anualidades: Anualidad Importe (IVA excluido) Importe(Iva Incluido) 2013 2.781.386,91€ 3.059.525,58€ 2014 1.986.704,91€ 2.185.375,42€ 7.3. Lotes : Ver APENDICE I Nº Denominación Importe lote IVA exc. 7.4. Sistema de determinación del precio: Precio unitario [X ] Precio tanto alzado [ ] |
8.- TRAMITACION DEL EXPEDIENTE. |
Ordinaria [X] Urgencia [ ] Emergencia [ ] |
9.- REVISIÓN DE PRECIOS. |
9.1. Revisión de Precios: SI [X] NO [ ] En su caso, justificación de la no procedencia de revisión : 9.2. Fórmula de Revisión de Xxxxxxx : Índice de Precios al Consumo de los 12 meses inmediatamente anteriores a la revisión, y con los límites previstos en la Ley, sin perjuicio de la posibilidad de manifestar expresamente su voluntad de reducir ó renunciar a la revisión de precios de acuerdo con el apartado 13.1.A).3. |
10.- RÉGIMEN DE FACTURACIÓN. |
10.1. Condiciones de pago: El adjudicatario deberá presentar facturas por cada uno de los suministros efectuados. 10.2. Lugar y momento de presentación de las facturas: Registro General de Facturas del Centro que solicite el material, y una vez realizados los suministros. 10.3. Pagos parciales: SI [X] Especificar condiciones: Los suministros se abonarán parcialmente en función de las entregas y facturas presentadas. NO [ ] 10.4. Posibilidad de pago en metálico y en otros bienes: SI [ ] Especificar condiciones: NO [X] |
11.- GARANTÍA PROVISIONAL. |
11.1. Constitución de la Garantía Provisional: SI [ ] En su caso, justificación de su exigencia : NO [X] 11.2. Importe de la garantía provisional: NO PROCEDE EUROS €, equivalente al % del presupuesto del contrato, IVA no inc. 11.3. Importe de la garantía provisional por lotes, en su caso. Nº Importe (€) (%) |
12.- GARANTÍA DEFINITIVA. |
12.1. Constitución de la garantía definitiva: SI [X] NO [ ] Justificación sobre su improcedencia : 12.2. Cálculo importe de la garantía definitiva : 5% del presupuesto base de licitación, de cada uno de los lotes adjudicados, IVA Excluido. 12.3. Cálculo importe de la garantía definitiva por lotes, en su caso. Ver Apéndice I. Nº Importe (€) (%) 12.4. Posibilidad de constitución de la garantía mediante retención en el precio : SI [ ] NO [X] 12.5. Devolución o cancelación parte proporcional del importe de la garantía . SI [ ] NO [X] |
13.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y SU PONDERACION. EVALUACION AUTOMATICA O POR JUICIOS DE VALOR. |
13.1. Identificación de los criterios, su ponderación y mecanismos de evaluación. Criterio adjudicación Ponderación Evaluación automática /juicio valor Fase de valoración Ponderación A) CRITERIOS OBJETIVOS Objetiva Hasta 55 puntos 1.- Precio: 45 puntos Se aplicará la siguiente fórmula: (Pl – Of) x M/(Bt x Pl), donde: Pl = Precio de licitación Of = Oferta realizada M = Puntuación máxima posible Bt = Porcentaje máximo de baja sin incurrir en en baja desproporcionada Si alguna de la ofertas estuviera incursa en baja desproporcionada o anormal, la fórmula será: (Pl – Of) x M/(Pl – Ot), donde Pl = Precio de licitación Of = Oferta realizada M = Puntuación máxima posible Ot = Oferta incursa en baja desproporcionada (*) (*) En caso de existir varias, se tomará en cuenta la más económica de ellas 2.- Tiempo de reposición de los depósitos:5 puntos a. Exigido por SMS: 72 horas. Los depósitos dimensionados para dicho tiempo de reposición obtendrán 0 puntos. b. Máximo a evaluar: 24 horas (5 puntos). Al resto de horas ofertadas se asignará una puntuación proporcionalmente. 3. - Reducción en el incremento anual de I.P.C. : 5 puntos En este apartado se valorarán los porcentajes que, sobre la variación del IPC aplicable a la revisión de precios, oferten los licitadores siempre que sean inferiores al 85%; correspondiendo la máxima puntuación a la menor porcentaje ofertado, puntuándose de forma proporcional el resto de las ofertas, aplicando la siguiente fórmula: M x (Pm – Of) / Pm – Ofm M= Puntuación máxima = 5 puntos. Pm= Porcentaje máximo establecido por la Ley = 85%). Of= Porcentaje de reducción del IPC ofertado. Ofm= Mayor porcentaje de reducción del IPC ofertado. Fase de valoración Ponderación Umbral mín. exigido B) CRITERIOS SUBJETIVOS Subjetiva hasta 45 puntos 20 puntos 1.- Oferta técnica : 45 puntos De los criterios establecidos: LOTES 1 al 13 1. Evidencia científica: ensayos clínicos, publicaciones, que avalen el stent ofertado. 2. Características del fármaco (para los lotes con stents farmacoactivos). 3. Características del polímero y de la plataforma. 4. Capacidad para posicionar el stent en la lesión (tanto bifurcadas como no bifurcadas). 5. Radiopacidad. 6. Acceso a ramas laterales. 7. Otras características: medidas variables de diámetro y longitud, etc… XXXX 00 0. Xxxxxxxxx científica: ensayos clínicos, publicaciones, etc. 2. Características del dispositivo. LOTES 15 al 20 1. Evidencia científica: ensayos clínicos, publicaciones, etc. 2. Características del dispositivo. Se valorará en una primera fase, la calidad técnica del producto, siendo necesario para que la proposición pueda ser valorada en la fase decisoria, una puntuación mínima de 20 puntos, en relación con los criterios que vayan a operar. 13.2. En su caso, indicar fases/Umbral mínimo. Fase Subjetiva/ 20 puntos, 13.3. Aplicación del criterio de preferencia en la adjudicación conforme lo previsto en la Disposición Adicional Cuarta DL 3/2011 . SI [ ] NO [X] |
14.- LUGAR PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES, TELÉFONO, FAX, CORREO ELECTRÓNICO Y SERVICIO DE CONTACTO PARA REALIZAR CUALQUIER ACLARACIÓN SOBRE EL EXPEDIENTE. |
14.1. Registro para presentar las proposiciones: Registro General del Servicio Murciano de Salud. 14.2. Dirección para envío por correo: Servicio Xxxxxxxx xx Xxxxx, x/Xxxxxxx, 0, Xxxx. Xxxxxxxxx X, 00000.- Xxxxxxxxx, (Xxxxxx) 14.3. Nº de Fax: 968/288423 14.4. Dirección de correo electrónico: xxxxxx.xxxxxxxx@xxxx.xx 14.5. Nº de Teléfono: 968/288079 14.6. Perfil del contratante: xxx.xxxxxxxxxxx.xx |
15.-PRESENTACION DE LA DOCUMENTACION. CONTENIDO DE LOS SOBRES Y VARIANTES. ADJUDICACION. |
15.1. Numero y contenido de los sobres a presentar por los licitadores: 15.1.1. SOBRE A, denominado “CAPACIDAD PARA CONTRATAR”. Conteniendo la documentación indicada en la cláusula 12.2 del PCAP. Será necesario incluir en el Anexo V el nº de los lotes a los que se licita. 15.1.2. SOBRE B, denominado “CRITERIOS CUANTIFICABLES POR JUICIOS DE VALOR”. Contendrá el modelo de Xxxxxxxx XX Igualmente, se incluirá en este sobre B, con el mayor detalle y precisión posible, toda aquella información, documentos, datos, especificaciones y las características técnicas de los suministros a los que se licite, acompañándose de catálogos, folletos, diseños y demás datos que describan los artículos ofertados a fin de ser objeto de valoración conforme a los criterios subjetivos incluidos en el apartado 13.1.B del presente Cuadro. Se especificará la variable logística minima de suministro de cada uno de los productos ofertados. La documentación a la que se refiere éste apartado, deberá ser remitida tanto en formato papel como en formato electrónico, teniendo en cuenta que los folletos, catálogos y demás documentos descriptivos de sus productos deberán presentarse en formato PDF y el documento conteniendo su oferta técnica deberá presentarse en formato EXCEL No se aceptarán ofertas que incluyan el mismo producto en distintos lotes o epígrafes ni procede entregar muestras. 15.1.3. SOBRE C, denominado “CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMATICA”. Conforme al modelo ANEXO VI del PCAP que incluirá la oferta económica y la oferta de los demás criterios evaluables objetivamente, conforme a los apartados 13.1.A)2 (plazos reposición material) y 13.1.A).3 (reducción IPC). La documentación a la que se hace referencia en los puntos 15.1.2 (Sobre B) y 15.1.3 (Sobre C), deberá ser remitida tanto en formato papel como en formato digital, (CD, pen-drive…etc). 15.2. Admisión de variantes: SI [ ] En su caso, indicar condiciones y elementos sobre los que se admiten variantes: NO [X] 15.3. Plazo máximo para efectuar la adjudicación a contar desde la apertura de proposiciones Plazo general de 2 meses [X] Otro plazo [ ] Especificar: |
16.- ACREDITACIÓN DE SOLVENCIA DE LAS EMPRESAS LICITADORAS. |
16.1. Solvencia exigida : Económica y Financiera, y Técnica. 16.2. Concreción de las condiciones de solvencia : SI [X] Especificar: Solvencia económica y financiera: Los licitadores acreditarán la solvencia económica y financiera mediante declaración sobre el volumen global de negocios de los últimos 3 años, referido al objeto del contrato que deberá ser igual o superior al presupuesto del lote o lotes a los que liciten. Solvencia Técnica (indicar mínimos): Se acreditará mediante el siguiente medio: Relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicándose su importe, fechas y destino público o privado, a la que se incorporarán los correspondientes certificados sobre los mismos. Entre ellos deberán figurar al menos 2 certificados de correcta ejecución que hagan referencia al suministro de productos similares a los que se oferte. NO [ ] |
17.- CRITERIOS OBJETIVOS PARA DECLARAR PROPOSICIONES TEMERARIAS O DESPROPORCIONADAS. |
17.1. Precio: Baja superior al 20% del precio de licitación 17.2. Otros: |
18.- IMPORTE MÁXIMO PREVISTO PARA LOS GASTOS DE PUBLICIDAD. |
Publicación B.O.R.M. _________ euros. Publicación B.O.E. _____800,00_______ euros. |
19.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN Y OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. |
SI [X] Especificar Todo el material sanitario cumplirá las condiciones exigidas por el Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre, por el que se regulan los productos sanitarios, así como la legislación vigente en materia de seguridad y salud, y, en concreto, habrán de disponer y ostentar el marcado CE. La empresa adjudicataria se comprometerá a mantener el stock suficiente en sus almacenes, para cubrir las necesidades de aprovisionamiento de los centros del SMS. Los adjudicatarios están obligados durante la vigencia del contrato a suministrar los artículos comprendidos en los lotes que le hayan sido adjudicados, así como a ceder el uso de los equipos, sistemas y tecnología necesarios previstos, en su caso, en los correspondientes lotes. Cualquiera que sea el tipo de suministro, el adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causas de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración. El SMS adquirirá, mediante pedidos o programaciones, las cantidades que vayan necesitando para su normal funcionamiento. Las cantidades presupuestadas son estimativas del consumo anual producido por los centros del Servicio Murciano de Salud, no estando obligados a la adquisición de su totalidad. Los adjudicatarios están obligados a mantener durante toda la vigencia del contrato la presentación del producto indicada en su oferta, salvo que, por motivos justificados y previa comunicación al órgano de contratación, resultara necesaria su modificación. Los productos (en su presentación logística mínima) deberán incorporar código xx xxxxxx basados en los estándares GS1, legible por cualquier tipo de lector. En caso contrario deberán indicar que estándar se ha empleado. El suministro se efectuará en un transporte adecuado, siendo responsable el proveedor de la mercancía hasta su entrega en los almacenes del SMS. Las mercancías que así lo requieran, serán acondicionadas en palets de 0,80 x 1,20 m y con una altura máxima de 1,80 m. En el caso que se entregue alguna mercancía superando la altura máxima indicada, será responsabilidad del adjudicatario gestionar su devolución para que sea entregado nuevamente con las dimensiones máximas indicadas o bien sufragar los gastos derivados de la repaletización del mismo por parte del SMS. Los gastos de transporte, incluidos los casos de devolución del material en los casos que se aplique, serán a cargo del adjudicatario. En el caso que no se produzca el cumplimiento de los plazos de entrega ofertados por parte del adjudicatario se procederá a aplicar las penalizaciones correspondientes por parte del SMS (ver pliego administrativo). En todo caso la mercancía será depositada por el transportista en el área de descarga habilitada al efecto en el almacén central o centro peticionario y deberá disponer de los útiles propios para su transporte (transpaleta, carro, etc.) y personal necesario para su descarga. Se entenderá hecha la entrega cuando, depositada la mercancía en el almacén y examinada, se encuentre de conformidad con las prescripciones técnicas y administrativas aprobadas. Si en el momento de la entrega, se estima que el material no se encuentra en estado de ser recibido, se hará constar así en dicho acto y se darán las instrucciones precisas al suministrador para que remedie los efectos observados o proceda a nuevo suministro, de conformidad con lo pactado. La empresa adjudicataria aportará la formación e información necesarias para la utilización de los productos objeto de este contrato. NO [ ] |
20.- REGIMEN DE MODIFICACION DEL ACUERDO MARCO Y DE LOS CONTRATOS EN EL BASADOS. |
20.1. Condiciones, alcance y límites de la modificación contractual: 20.2. Porcentaje máximo: 20.3. Procedimiento: |
21.- RECEPCION. |
21.1. Posibilidad de recepciones parciales: Los productos se entenderán recepcionados válidamente desde el momento de la conformidad de la factura SI [ ] En su caso, especificar las condiciones: NO [ ] 21.2. Plazo de recepción: |
22.- PLAZO DE GARANTÍA. |
22.1. Plazo de garantía: SI [X ] Plazo : 2 MESES desde la recepción NO [ ] Justificación de la no imposición de plazo de garantía : 22.2. Plazo de caducidad bienes suministrados: |
23.- SUBCONTRATACION. |
23.1. Partes o porcentaje del contrato susceptibles de subcontratación: Porcentaje general 60% [X] Otro porcentaje [ ] Especificar: Prohibición de subcontratar [ ] 23.2. Obligatoriedad de subcontratar: SI [ ] Partes del contrato cuya subcontratación es obligatoria: NO [X] |
24.- CAUSAS DE RESOLUCION ESPECIFICAS. |
24.1. Por incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales. SI [ ] Especificar, en su caso : NO [ ] 24.2. Otras causas de resolución. SI [ ] Especificar, en su caso : NO [ ] |
25.- PENALIDADES PREVISTAS PARA EL CONTRATO. |
Las generales previstas en la Ley [ ] Otras [X] Especificar: El incumplimiento de los plazos de entrega ofertados por parte del adjudicatario |
En Murcia, a 11 de Enero de 2013
LA JEFA DE SERVICIO DE OBRAS Y CONTRATACION
Fdo. Xxxxxxx Xxxxxx Xxx.
PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES, QUE HAN DE REGIR EL ACUERDO MARCO Y LOS CONTRATOS EN EL BASADOS, PARA LA CONTRATACION DE SUMINISTROS, ADJUDICADO POR PROCEDIMIENTO ABIERTO CON TODOS LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS EN EL MISMO.
I.- DISPOSICIONES GENERALES.
1. OBJETO DEL ACUERDO XXXXX.
1.1. El contrato que se regula por este Pliego tiene por objeto la adquisición, el arrendamiento financiero o el arrendamiento, con o sin opción de compra, de productos o bienes muebles especificados en el Apartado 3.1 del Cuadro de Características que encabeza y forma parte de aquél, codificado conforme a la nomenclatura CPA y CPV y que se recoge en el Apartado 3.2 del Cuadro de Características, todo ello de conformidad con lo indicado en el art.9 y art. 196 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (RDL 3/2011); el objeto del contrato vendrá referido al supuesto de entregas sucesivas de una pluralidad de bienes por un precio unitario máximo, sin que el número total de unidades esté definido con exactitud al tiempo de celebrar el Acuerdo Marco por estar subordinadas las entregas a las necesidades del adquirente. Comprenderá asimismo los contratos basados en dicho Acuerdo Marco.
En caso de que el contrato esté sujeto a regulación armonizada, se especificará en el Apartado 3.3 del Cuadro de Características.
En el supuesto de que los bienes o productos se desglosen en lotes, se indicará en el Apartado 3.4 del Cuadro de Características con la identificación y la codificación conforme a la nomenclatura CPA y CPV que corresponda a cada uno de ellos.
El número de adjudicatarios en el Acuerdo Xxxxx será el fijado en el Apartado 3.5 del Cuadro de Características.
1.2. Las necesidades administrativas a satisfacer en la tramitación del presente expediente, se especifican en el Apartado 4 de dicho Cuadro de Características.
1.3. La ejecución del contrato se realizará conforme a las condiciones que figuran en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en el cuadro de Características y el Pliego de Prescripciones Técnicas, los cuales tendrán carácter contractual.
2.- PLAZO DEL ACUERDO MARCO Y PRORROGA.
El plazo general de duración del Acuerdo Marco y de los contratos en él basados será el que se fija en el Apartado 5.1 del Cuadro de Características que se adjuntan a este Pliego, el cual no podrá exceder de cuatro años, incluidas las prórrogas, salvo en casos excepcionales debidamente justificados, art.196.3 RDL 3/2011.
El/os adjudicatario/s vendrá/n obligado/s a realizar la entrega, de una sola vez o de forma sucesiva, de los bienes que componen el suministro en el plazo establecido en el Apartado 5.2.
En aquellos contratos de suministro en los que proceda la prórroga, esta posibilidad aparecerá reflejada en el Apartado 5.3 del Cuadro de Características. Dicha prórroga será obligatoria para el adjudicatario, salvo que se establezca lo contrario.
Cuando en casos excepcionales, se prevea que la duración del Acuerdo Marco o de los contratos en él basados excederá de cuatro años, se justificará adecuadamente tal circunstancia en el Apartado 5.4 del Cuadro de Características.
3.- LUGAR DE EJECUCION.
Las entregas se llevarán a cabo en el/los lugar/es determinado/s en el Apartado 6 de Cuadro de Características que se adjuntan al presente Pliego.
4.- PRESUPUESTO.
4.1. El importe del contrato previsto por la Administración para este Acuerdo Marco, sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido, asciende a la cantidad indicada en el Apartado 7.1 del Cuadro de Características. El porcentaje e importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que debe soportar la Administración por la prestación objeto del Acuerdo, así como el valor estimado del mismo, es el que figura en el citado Apartado 7.1.
4.2. La distribución de anualidades es la que se indica en el Apartado 7.2 del Cuadro de Características.
4.3. En el caso de que la licitación se efectúe por lotes, el desglose del precio para cada uno de ellos, será el que figura en el Apartado 7.3 del Cuadro de Características, no siendo obligatorio licitar a la totalidad de los lotes que componen el suministro, pudiendo ofertar a lotes individuales.
En aquellos contratos en los que el adjudicatario venga obligado a entregar una pluralidad de bienes de forma sucesiva, las necesidades que se especifican para cada uno de los bienes o productos, tienen un carácter de previsión orientativa y en consecuencia el presupuesto es estimado, estando subordinado a las necesidades reales del Servicio Murciano de Salud y no existiendo obligación de adquirir un número determinado de unidades. En su caso, se indicarán los precios máximos unitarios de licitación y demás condiciones exigibles en el citado Apartado 7.3 del Cuadro de Características.
Los precios unitarios que en su caso se establezcan para formular el presupuesto total, en función de los diferentes artículos que constituyan el objeto del contrato, no podrán ser superados en ningún caso por los licitadores al hacer sus respectivas ofertas.
4.4. El sistema de determinación del precio del presente contrato será el establecido en el Apartado 7.4 del Cuadro de Características.
4.5. La tramitación del expediente, a los efectos de lo regulado en el art. 109 y ss RDL 3/2011, será el que figure en el Apartado 8 del Cuadro de Características.
5.- REVISION DE PRECIOS.
Salvo que en el Apartado 9.1 del Cuadro de Características se establezca que no proceda la revisión de precios en el contrato, de acuerdo con lo establecido en el art.89 RDL 3/2011, ésta se realizará cuando el contrato se hubiere ejecutado, al menos, en el 20 por 100 de su importe y haya transcurrido un año desde su formalización, de tal modo que el porcentaje del 20 por 100 ejecutado y el primer año transcurrido desde la formalización quedarán excluidos de la revisión.
En todo caso el derecho a la revisión está condicionado al estricto cumplimiento del plazo total y de los plazos parciales que se pudieran aprobar por el Servicio Murciano de Salud.
La fórmula o índice de revisión indicado en el Apartado 9.2 del Cuadro de Características será invariable durante la vigencia del contrato. Determinará la revisión de precios en cada fecha respecto a la fecha de adjudicación del contrato, siempre que ésta se produzca en el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de ofertas, o respecto a la fecha en que termine dicho plazo de tres meses si la adjudicación se produce con posterioridad.
Serán de aplicación todo lo regulado por el RDL 3/2011 en su artículo 89 y siguientes, en relación a la revisión de precios.
6.- FORMA DE PAGO.
6.1. El pago del precio se efectuará previa presentación de la correspondiente factura con las condiciones, en el momento y lugar que se indica en el Apartado 10 del Cuadro de Características.
En cualquier caso, el/os contratista/s tendrá/n derecho al abono del precio de los suministros efectivamente entregados y totalmente recibidos por la Administración, con arreglo a las condiciones establecidas en el Acuerdo Marco, conforme lo previsto en el art. 000 XXX 0/0000.
6.2. El Servicio Murciano de Salud tendrá la obligación de abonar el precio dentro del plazo establecido en el art.216 en relación con la Disposición Transitoria Sexta RDL 3/2011, a partir de la fecha de la expedición de los correspondientes documentos que acrediten la realización total o parcial del contrato y sin perjuicio del abono de intereses de demora y de la indemnización por los costes de cobro.
6.3. El pedido no se considerará cumplimentado hasta que se haya entregado no sólo todos los bienes solicitados en el mismo, sino también todos los documentos, instrucciones, certificados, etc., que figuren en el Pliego de Prescripciones Técnicas. No se dará conformidad al mismo hasta ese momento.
6.4. Se autoriza la realización de pagos parciales contra la recepción de la mercancía y facturación del suministro entregado, siempre y cuando los productos se entreguen en los plazos previstos en el contrato y en la forma y con el contenido indicado en Apartado 10.3 del Cuadro de Características.
6.5. En aquellos contratos de pluralidad de bienes, en los albaranes de entrega el contratista estará obligado a especificar el número de unidades que contiene, la unidad de venta del producto suministrado, así como el lote y fecha de caducidad de la unidad de venta del producto suministrado en el caso de que proceda. A estos efectos se entenderá por Unidad de Venta, envase que contiene las unidades del producto contratado, por ejemplo, bolsa, caja, paquete, etc.
6.6. Cuando razones técnicas o económicas lo aconsejen, podrá establecerse que el pago del precio total de los bienes a suministrar consista parte en dinero y parte en la entrega de otros bienes de la misma clase, sin que, en ningún caso, el importe de éstos pueda superar el 50 por 100 del precio total, conforme establece el art. 294 RDL 3/2011. Tal circunstancia y sus condiciones específicas se indicarán, en su caso, en el Apartado 10.4 del Cuadro de Características.
7.- GARANTIAS.
7.1. Garantía provisional.
7.1.1. Cuantía.
Para tomar parte en el presente concurso, el Órgano de Contratación podrá exigir a los licitadores la constitución de una garantía provisional, en cuyo caso, deberá justificar suficientemente en el expediente las razones de su exigencia para ese concreto contrato y por el importe que se fija, circunstancias que se recogerán en el Apartado 11 del Cuadro de Características, y que no podrá ser superior al 3 por 100 del presupuesto del contrato, excluido IVA, art. 103.2 RDL 3/2011.
Cuando dos o más empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes en la U.T.E., siempre que en su conjunto se alcance la cuantía requerida.
7.1.2. Forma de constitución y devolución.
Para la constitución, en su caso, de la garantía provisional se estará a lo dispuesto en el art. 103.3 RDL 3/2011, debiendo ser depositada, cuando se trate de garantías en metálico o valores, en la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, sita en la sede de la Consejería de Economía y Hacienda, Xxxx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx, x/x xxxxxx xxxx, xx Xxxxxx, acreditándose su constitución mediante entrega al Órgano de Contratación de la Carta de Pago expedida por aquella.
Cuando se trate de aval bancario o seguro de caución, el documento acreditativo de la constitución de la garantía será presentado directamente ante el Órgano de Contratación junto con el resto de la documentación administrativa.
La constitución de la garantía se ajustará a los modelos que figuran en los ANEXOS I-A y II-A del presente Pliego de Cláusulas Administrativas.
La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será retenida al licitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación.
7.2. Garantía definitiva.
7.2.1. Cuantía.
El/os licitador/es que hubiese/n presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá/n acreditar la constitución, a disposición del órgano de contratación, de una garantía definitiva; para el supuesto de que el órgano de contratación exima al adjudicatario de su constitución, deberá acreditarse tal circunstancia en el Apartado 12.1 del Cuadro de Características, conforme establece el art.95.1 RDL 3/2011. La garantía definitiva constituida será equivalente al 5% bien del importe de adjudicación del contrato, excluido IVA, bien del presupuesto base de licitación cuando la cuantía del contrato se determine en función de precios unitarios, art.95.3 RDL 3/2011. El importe total de la garantía definitiva -incluida la posibilidad de constitución de una garantía complementaria- se indicará en el Apartado 12.2 del Cuadro de Características.
La posibilidad de constitución de la garantía mediante la retención de precio o la devolución proporcional de la misma, se indicarán en el Apartado 12.4 y Apartado 12.5 del Cuadro de Características, respectivamente.
El plazo para la constitución de la garantía definitiva será xx XXXX DIAS HÁBILES, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento.
7.2.2. Forma de constitución.
La garantía definitiva deberá ser depositada en la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, sita en la sede de la Consejería de Economía y Hacienda, Xxxx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx, x/x xxxxxx xxxx, xx Xxxxxx, a nombre del SERVICIO MURCIANO DE SALUD (NIF Q8050008E) con independencia de la forma utilizada (metálico, aval bancario o seguro de caución), debiendo presentar el adjudicatario ante la Administración la Carta de Pago emitida por aquella.
De conformidad con el art. 58 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos del Sector Público (RGLCAP), el poder de las personas que firmen avales y certificados de seguros de caución deberá ser bastanteado previamente por la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
La constitución de la garantía se ajustará a los modelos que figuran en los ANEXOS I-B y II-B del presente Pliego de Cláusulas Administrativas.
7.2.3. Devolución.
La devolución de la garantía definitiva se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el art. 102 RDL 3/2011 y art. 65 RGLCAP, una vez vencido el plazo de garantía y cumplidas por el adjudicatario todas sus obligaciones contractuales.
II.- SELECCIÓN DEL/OS CONTRATISTAS Y ADJUDICACION DEL ACUERDO MARCO.
8.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION Y SELECCIÓN DEL/OS ADJUDICATARIO/S.
8.1. La adjudicación del presente contrato, se realizará mediante procedimiento ABIERTO, de conformidad con el art. 000 XXX 0/0000 y el Capítulo II del Título II del Libro III de este mismo texto legal, entendiéndose que la adjudicación de los contratos basados en el Acuerdo Xxxxx se efectuará aplicando los términos fijados en éste, es decir, que todos los términos estarán previamente fijados sin que proceda formalizar una convocatoria de las partes para una nueva licitación.
8.2. De acuerdo con el art. 150 del citado texto legal, para la selección del/os adjudicatario/s del presente Acuerdo Xxxxx, podrán tenerse en cuenta bien un solo criterio, bien distintos criterios de adjudicación, sistema este que será el que proceda con carácter general, salvo que los productos a adquirir estén perfectamente definidos por estar normalizados y no sea posible variar los plazos de entrega ni introducir modificaciones de ninguna clase en el contrato, siendo por consiguiente el precio el único factor determinante de la adjudicación, conforme establece el art. 150.3.f) RDL 3/2011.
8.3. Cuando el acuerdo marco se hubiese concluido con un único empresario, los contratos basados en aquél se adjudicarán con arreglo a los términos en él establecidos. Los órganos de contratación podrán consultar por escrito al empresario, pidiéndole, si fuere necesario, que complete su oferta. En este sentido, y conforme lo establecido en el art. 198.3 RDL 3/2011, los precios unitarios del Acuerdo Xxxxx y del contrato en él basado, tendrán el carácter de máximo, pudiendo ser mejorado a la baja en función de la consulta que por escrito se haga al contratista; si así lo estimase el órgano de contratación, podrán se objeto igualmente de consulta otros elementos que incidan sobre aspectos que hayan sido objeto de valoración en el procedimiento de celebración del Acuerdo Marco, con el fin de completar su oferta.
Cuando el acuerdo marco se hubiese celebrado con varios empresarios, la adjudicación de los contratos en él basados se efectuará aplicando los términos fijados en el propio Acuerdo Xxxxx, sin necesidad de convocar a las partes a una nueva licitación.
9.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
9.1. Para la adjudicación del contrato se tendrán en cuenta los criterios y sus correspondientes ponderaciones que serán evaluables, bien por criterios automáticos (cifras o porcentajes obtenidos por la mera aplicación de fórmulas), bien por medio de un juicio de valor, y que se indican en el Apartado 13.1 del Cuadro de Características que encabeza este Pliego, de conformidad con lo previsto en el art. 150 RDL 3/2011.
Atendiendo al objeto del contrato, podrán incluirse, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo citado en el apartado anterior, características medioambientales.
En el caso de que el procedimiento de adjudicación se articule en varias fases, se indicará en cuales de ellas se irán aplicando los distintos criterios, así como el umbral mínimo de puntuación exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo, extremo que se reflejará en el Apartado 13.2 del Cuadro de Características.
9.2. Para los suministros de productos envasados, cuyo contenido en número de unidades pudiera no ser igual entre los diferentes licitadores, se utilizará como criterio de valoración a efectos del precio, el precio de la unidad de consumo
9.3. Los órganos de contratación podrán señalar en los pliegos de cláusulas administrativas particulares la preferencia en la adjudicación de los contratos para las proposiciones presentadas por aquellas empresas públicas o privadas que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación, circunstancia que se señalará en el Apartado 13.3 del Cuadro de Características.
10.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR.
10.1. Podrán concurrir a la adjudicación del Acuerdo Marco, las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras que además de plena capacidad de obrar, desarrollen una actividad que tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del Acuerdo Marco, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica como se indica en el presente Pliego y no se encuentren incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar que menciona el art. 60 RDL 3/2011.
No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas relativas al Acuerdo Marco objeto de la adjudicación, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras, art. 56.1 RDL 3/2011.
10.2. La Administración podrá contratar con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción. A efectos de la acreditación de la solvencia, las uniones temporales de empresas acumularán las características acreditadas por cada uno de los integrantes de las mismas, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.
11.- PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
11.1. El expediente de contratación, así como la documentación técnica unida al mismo, podrá ser examinado en el lugar indicado en los anuncios de licitación, todos los días hábiles a partir del siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de licitación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas, en el Boletín Oficial del Estado o en Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx, según proceda, y hasta el vencimiento del plazo de presentación de proposiciones.
Los interesados podrán retirar copia de los Pliegos que rigen la presente contratación en el lugar indicado en el anuncio de licitación, previo pago de la correspondiente tasa en concepto de precio público por realización de fotocopias en centros gestores de la Administración Regional. También podrá obtenerse información gratuita sobre el expediente y sus Pliegos, a través de Internet.
11.2. Las proposiciones se presentarán en el Registro indicado en el Apartado 14 del Cuadro de Características, dentro del plazo y, en su caso, hora máxima señalados en el anuncio de licitación que se publique.
Podrán enviarse proposiciones por correo. En este caso, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al Órgano de Contratación la remisión de la oferta mediante telex, fax, telegrama o correo electrónico en el mismo día. A estos efectos en el Apartado 14 del Cuadro de Características se indican el número de fax y dirección de correo electrónico, en su caso, para realizar el citado anuncio.
Sin la concurrencia de ambos requisitos, justificante y anuncio, no será admitida la proposición si es recibida por el Órgano de Contratación con posterioridad al día de terminación del plazo señalado en el anuncio. En todo caso, se abrirá un plazo xxxxxx xx xxxx días naturales para la recepción de la documentación, transcurrido el cual sin que se hubiera recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
12.- DOCUMENTACIÓN EXIGIDA.
12.1. Los licitadores deberán presentar tantos sobres como se indique en el Apartado 15 del Cuadro de Características. Los sobres se presentarán cerrados y en cada uno de los cuales figurará el título del expediente, denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, teléfono y fax de contacto, debiendo estar cada uno de los sobres firmados.
12.2. El sobre A, que se denominará CAPACIDAD PARA CONTRATAR, tal y como se indica en el Apartado 15.1.1 del Cuadro de Características, conteniendo los documentos que a continuación se relacionan:
a) Documento Nacional de Identidad de la persona que suscriba la oferta. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otra persona, natural o jurídica, deberán presentar, además, escritura de poder, debidamente bastanteada por el Servicio Jurídico de la Secretaría General Técnica del Servicio Murciano de Salud, sito en xxxxx Xxxxxxx, 0, Xxxxxxxx XXXXXXXXX X – 0x xxxxxx, Xxxxxxxxx-Xxxxxx (Tfno.: 968 288061/63). Surtirá igualmente efecto, el bastanteo de poder efectuado por cualquiera de los Servicios Jurídicos de las distintas Consejerías, Organismos Autónomos y Empresas Públicas Regionales de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx.
b) Cuando se trate de licitadores que fueren personas jurídicas, la capacidad para contratar se acreditará mediante la escritura de constitución, los estatutos o acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica del que se trate.
La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea, se acreditará mediante su inscripción en el Registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado.
La capacidad de las empresas extranjeras no comprendidas en el punto anterior, se acreditará con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
c) Declaración expresa responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumerados en el art.60 RDL 3/2011. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, (ANEXO III).
d) Certificado acreditativo, expedido por el órgano de representación de la empresa, de que no forma parte de sus Organos de Gobierno y Administración persona alguna de aquellas a que se refiere la Ley 5/94, de 1 xx xxxxxx, del Estatuto Regional de la Actividad Política (ANEXO IV).
e) Documento acreditativo de haber constituido, en su caso, la garantía provisional exigida para tomar parte en la licitación.
f) Acreditación de la solvencia exigida a las empresas en la forma establecida en el Apartado 16.1 del Cuadro de Características. Para el caso de que por el órgano de contratación se exija a los licitadores la concreción de condiciones de solvencia o el compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato otros medios personales o materiales para ello, conforme el art. 64 RDL 3/2011, se hará constar en el Apartado 16.2 del Cuadro de Características.
g) En el caso de que varios empresarios constituyan una Unión de Empresas para acudir a la licitación, cada una de las empresas que compongan dicha unión deberá acreditar su capacidad y solvencia para contratar del mismo modo que lo indicado para las empresas individuales. Para que sea eficaz la agrupación de empresarios frente a la Administración, bastará que en el escrito de proposición se indiquen los nombres y circunstancias de los empresarios que las suscriben, la participación de cada uno de ellos y que se designe la persona o entidad que durante la vigencia del contrato haya de ostentar la plena representación de todos ellos ante la Administración. También deberá indicar que asumen el compromiso de constituirse en unión temporal en caso de resultar adjudicatario del contrato.
h) Para las empresas extranjeras, la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
i) Datos del licitador (ANEXO V) que incluirá una dirección de correo electrónico, en cuyo caso, se entenderá que es la dirección seleccionada para efectuar todas las notificaciones que procedan
j) Cuando el objeto del contrato sean productos sanitarios regulados por el R.D. 1591/2009, de 16 de octubre, los licitadores deberán presentar declaración expresa responsable sobre el marcado CE de los productos ofertados.
k) Xxxxxxxxx otra documentación que se haya exigido atendiendo a las condiciones y particularidades propias del presente contrato.
De los documentos anteriores podrán presentarse originales, copia compulsada, autenticada ante notario o copia simple de los mismos. En este último caso, los licitadores propuestos como adjudicatarios del contrato deberán aportar, previamente a la adjudicación del mismo, los documentos originales para la compulsa de las copias presentadas.
Las empresas que presenten Certificado de estar inscritas en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, quedarán exentas de presentar cualquier documento que haya sido confiado al Registro. Para ello, deberán aportar, junto con el Certificado, una declaración responsable de la persona con capacidad para ello, en la que se acredite la validez y vigencia de los datos registrales.
Cuando se hubieran producido alteraciones en los testimonios registrales, deberán aportar la documentación por la que se rectifique o actualice la anteriormente depositada.
12.3. El sobre B que se denominará CRITERIOS CUANTIFICABLES POR JUICIOS DE VALOR y que se presentará con el contenido que se indique en el Apartado 15.1.2 del Cuadro de Características comprensivo de aquellos criterios de adjudicación que serán objeto de cuantificación por medio de un juicio de valor, pudiendo incluir, además, cuanta otra documentación consideren oportuna para la evaluación de sus ofertas.
En el caso de que se exija la entrega de muestras, se presentarán tal y como vaya a suministrarse a los Centros, perfectamente identificadas con el nombre la empresa licitadora y el número de orden a que corresponden, con indicación, en su caso, de su correspondencia con la oferta base o las variantes ofertadas.
La Mesa de Contratación no considerará las ofertas de los bienes o productos de los cuales no se presente muestras, cuando así se exija, o aún presentándose éstas no respondan a lo solicitado.
12.4. El sobre C que se denominará CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMATICA y que se presentará con el contenido que se indique en el Apartado 15.1.3 del Cuadro de Características, comprensivo de aquellos criterios de adjudicación que serán objeto de valoración objetiva mediante cifras o porcentajes obtenidos de forma automática por aplicación de meras fórmulas, art.150 RDL 3/2011.
(En todo caso, la oferta económica se ajustará al modelo que figura como ANEXO VI al presente Xxxxxx y deberán expresar separadamente el precio ofertado y el importe correspondiente a la aplicación sobre dicho precio del Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente. Las proposiciones que no se ajusten a dicho modelo podrán no ser tenidas en cuenta por la Mesa de Contratación. Los licitadores podrán acompañar el citado Anexo de cuantas aclaraciones sobre su oferta deseen realizar.
(No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. En caso de discrepancia entre el importe expresado en letra y el expresado en cifra, prevalecerá la cantidad que se consigne en letra.
(Las ofertas que excedan del presupuesto total máximo serán rechazadas. Igualmente, las ofertas que excedan de los precios máximos unitarios, IVA excluido, formulados por la Administración serán rechazadas.
En el caso de que se admita la licitación por lotes, y en la oferta económica se supere el presupuesto o precio máximo de licitación de sólo algunos de ellos, la oferta se anulará para los mismos considerándose válida para los lotes en que resulte admisible.
(Cada licitador no podrá presentar más de una proposición económica. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición económica en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal; la infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones en las que figure.
(La oferta económica tiene carácter global, por lo que en la misma se entienden incluidos todos los factores de valoración de gastos e impuestos, arbitrios o tasas exigibles que se devenguen por razón del contrato.
(En su caso, los criterios objetivos que deban ser valorados para determinar si las proposiciones no pueden ser cumplidas, por ser consideradas temerarias o desproporcionadas figurarán en el citado Apartado 17 del Cuadro de Características.
(En el supuesto de que se admitan variantes, se indicará en el Apartado 15.2 del Cuadro de Características y en el anuncio de licitación. No se admitirán variantes sobre extremos no indicados en el citado apartado.
El licitador que opte por presentar variantes, en el supuesto de que se admitan, identificará claramente en su proposición la oferta base de las variantes ofertadas.
No serán consideradas las variantes presentadas por los licitadores, cuando no se admitan expresamente en este Pliego, o cuando aún admitiéndolas superen el límite de las permitidas o no se refieran a elementos y condiciones señalados en el Apartado 15.2 citado.
13.- MESA DE CONTRATACION.
El órgano de contratación para la adjudicación de los contratos estará asistido por una Mesa constituida conforme a lo establecido en el artículo 36.1 de la Ley 7/2004, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx. Cuando el órgano de contratación sea la Junta de Contratación, ella misma actuará como Mesa de Contratación.
Su composición se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación correspondiente con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que deba celebrar para la calificación de la documentación referida en el artículo 000 XXX 0/0000.
En su caso, y en los supuestos contemplados en la normativa, se designará un organismo técnico especializado o un Comité de Expertos de apoyo a la Mesa de contratación, y a los que corresponderá realizar la evaluación de las ofertas conforme a los criterios establecidos en el sobre B y C.
14.- CALIFICACION DE DOCUMENTOS Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
14.1. Vencido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa procederá a la calificación de la documentación recibida en tiempo y forma (sobre “A”), pudiendo, si observase defectos materiales en la misma, conceder un plazo inferior a siete días (art. 27 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, de desarrollo parcial de la Ley de Contratos del Sector Público) para que el licitador subsane el error.
14.2. Si hubiera criterios de valoración subjetivos, cuya evaluación no sea cuantificable mediante la aplicación de fórmulas, porcentajes o cualquier otro criterio objetivo, la apertura de los sobres que contengan esta documentación (sobre “B”) se llevará a cabo en acto público, en un plazo no superior a SIETE DÍAS desde al apertura de la documentación administrativa, en el lugar y fecha indicados en el correspondiente anuncio de licitación, celebrándose con posterioridad la apertura de las proposiciones económicas y criterios de valoración objetivos (sobre “C”), que será avisada con la suficiente antelación a los licitadores.
14.3. Posteriormente, y obtenida la puntuación total alcanzada por cada una de las empresas licitadoras, la Mesa de Contratación elevará la propuesta de adjudicación del contrato al Órgano de Contratación, a favor del licitador que haya efectuado la oferta económicamente más ventajosa, en atención a que se empleen uno o varios criterios.
14.4. En el caso de haberse empleado un solo criterio de adjudicación para determinar qué oferta es la más ventajosa económicamente, este ha de ser, necesariamente, el del precio más bajo.
15.- CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
15.1. El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la oferta económicamente más ventajosa es la que incorpora el precio más bajo.
15.2. El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá presentar dentro del plazo xx XXXX DIAS HABILES, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, la siguiente documentación:
- Certificación administrativa de encontrarse la empresa al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias comprensivas de las circunstancias recogidas en el art. 13 del RGLCAP.
- Certificación administrativa expedida por órgano competente de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, acreditativa de no tener la empresa deudas de naturaleza tributaria con la Administración Autonómica en las condiciones fijadas en el apartado e) del art. 13 del citado Reglamento.
- Certificación administrativa de encontrarse la empresa al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social comprensiva de las circunstancias recogidas en el art. 14 de RGLCAP.
- Alta o último recibo del Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe que corresponda al objeto de este contrato y declaración de no haber formulado baja en la actividad correspondiente.
- Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegos, pudiendo autorizar al órgano de contratación para que, en su nombre, obtenga de forma directa la acreditación de ello, a cuyos efectos se completará el modelo de autorización recogido en los ANEXOS VII-A, B y C que acompaña al presente Pliego.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
15.3. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
15.4. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante e incluirá el contenido a que se refiere el art. 151.4 RDL 3/2011.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario y, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx Xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; en todo caso, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días.
15.5. Cuando para la adjudicación del contrato deban tenerse en cuenta una pluralidad de criterios, el plazo máximo para efectuar la adjudicación será de dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones, salvo que se hubiese establecido otro en el Apartado 15.3 del Cuadro de Características.
16.- FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO MARCO Y DE LOS CONTRATOS EN EL BASADOS.
16.1. Tiempos y requisitos.
16.1.1. El Acuerdo Marco y los contratos basados en él se formalizarán en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación y, en general, dentro de los plazos a los que se refiere el art. 156 RDL 3/2011 que se pondrá en conocimiento del adjudicatario en el momento de la notificación de la adjudicación. No obstante y en aplicación de lo prevenido en el art. 198.5 RDL 3/2011, los contratos podrán formalizarse sin necesidad de observar el plazo de espera a que se refiere el art.156.3 RDL 3/2011.
En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el Acuerdo Xxxxx y los contratos en él basados, cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.
16.1.2. Todos los gastos de publicidad originados en el expediente, correrán por cuenta del/os adjudicatario/s, debiendo presentar con anterioridad a la firma de los contratos justificante del pago de los correspondientes anuncios. El importe máximo de los gastos previstos en publicidad es el que se indica en el Apartado 18 del Cuadro de Características que encabeza el presente Pliego.
16.1.3. Al/os contrato/s que se formalice/n, se unirá como anexo, un ejemplar de este Pliego de Cláusulas, con su Cuadro de Características y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, que será firmado, en prueba de su conformidad, por el/los adjudicatarios.
16.1.4. Si una Unión de Empresas resultase adjudicataria, deberá acreditar ante el órgano de contratación, en el plazo de quince días naturales, contados a partir de la fecha de notificación de la adjudicación, la constitución de la unión, mediante la presentación de la pertinente escritura pública y el nombramiento en igual forma, de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejecutar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa; todo ello, se entiende sin perjuicio de la responsabilidad solidaria, ante la Administración, de todos las empresarios que integren la Unión de Empresas.
17.- NO FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO MARCO Y DE LOS CONTRATOS EN EL BASADOS.
17.1. Cuando por causas imputables al/os adjudicatario/s no se hubiese formalizado el Acuerdo Marco y los contratos en él basados dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso hubiese exigido.
17.2. Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar.
En igual responsabilidad incurrirán las partes de no formalizarse los contratos basados en el Acuerdo Marco.
18.- MODIFICACIONES DEL ACUERDO MARCO Y DE LOS CONTRATOS EN EL BASADOS.
A los efectos de lo previsto en el art.219 RDL 3/2011, el órgano de contratación podrá modificar el Acuerdo Marco y los contratos en él basados por razones de interés público, a cuyos efectos en el Apartado 20 del Cuadro de Características se determinarán las condiciones en que podrá realizarse tal modificación, el alcance y límites con expresa indicación del porcentaje del precio del contrato al que como máximo puedan afectar, y el procedimiento que haya de seguirse, todo ello sin perjuicio de las competencias que pueda corresponder al Consejo Jurídico de la Región xx Xxxxxx.
Para el supuesto de realizar modificaciones no previstas en los Pliegos, se aplicará lo dispuesto en el art.107 RDL 3/2011 con los límites y requisitos ahí regulados sin que se pueda alterar las condiciones esenciales de licitación y adjudicación.
Para este supuesto, el procedimiento de modificación será el previsto en el art.108 RDL 3/2011.
III.- EFECTOS, CUMPLIMIENTO Y EXTINCION DEL ACUERDO MARCO Y DE LOS CONTRATOS EN EL BASADOS.
19.- RECEPCIÓN DE LOS BIENES.
En el Apartado 21 del Cuadro de Características se relacionan las recepciones parciales de partes del contrato susceptibles de ser entregadas a la Administración.
La entrega y recepción de los bienes suministrados se efectuará en los términos y con las formalidades establecidas en los arts. 222 y 000 XXX 0/0000.
En todo caso, su constatación exigirá por parte de la Administración un acto formal y positivo de recepción o conformidad dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato; en caso de fijar un plazo diferente de recepción de los bienes en atención a su naturaleza y especificidades, se hará constar dicho plazo en el Apartado 21.2 del Cuadro de Características.
20.- PLAZO DE GARANTIA DE LOS BIENES SUMINISTRADOS.
Conforme lo prevenido en el art.222.3 RDL 3/2011 se fijará un plazo de garantía a contar de la fecha de recepción o conformidad, transcurrido el cual sin objeciones por parte de la Administración, salvo los supuestos en que se establezca otro plazo, quedará extinguida la responsabilidad del/os contratista/s. El plazo de garantía se indicará en el Apartado 22.1 del Cuadro de Características que se incorpora a este Pliego.
Se exceptúan del plazo de garantía aquellos contratos en que por su naturaleza o características no resulte necesario, lo que deberá justificarse debidamente en el expediente de contratación en el Apartado 22.1 del Cuadro de Características.
Cuando la naturaleza de los productos lo requiera, se establecerá un plazo mínimo de caducidad que será el señalado en el Apartado 22.2 del Cuadro de Características de este Pliego.
Si durante el plazo de garantía establecido se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados, el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos.
El plazo de garantía, en el supuesto de que se prevean recepciones parciales, comenzará a contarse desde las fechas de las recepciones respectivas de conformidad.
21.- CESIÓN DE CONTRATO Y SUBCONTRATACION.
21.1. Los derechos y obligaciones dimanantes del Acuerdo Marco y de los contratos en él basados podrán ser cedidos a un tercero siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato.
Para que los adjudicatarios puedan ceder sus derechos y obligaciones a terceros deberán cumplirse los requisitos recogidos en el art. 226 RDL 3/2011, quedando el cesionario subrogado en todos los derechos y obligaciones que corresponderían al cedente.
21.2. Salvo que el contrato disponga lo contrario o que por su naturaleza y condiciones se deduzca que ha de ser ejecutado directamente por el/os adjudicatario/s, éste/os podrá/n concertar con terceros la realización parcial del mismo. En el Apartado 23.1 del Cuadro de Características se indica la parte o tanto por ciento de las prestaciones susceptibles de ser subcontratadas. En el supuesto de que en dicho Apartado no se indique un límite especial, el importe máximo de las prestaciones objetos de ser subcontratadas no podrá exceder del 60 por 100 del precio de adjudicación del contrato. En el Apartado 23.2 del Cuadro de Características se señala, en su caso, la obligatoriedad de la subcontratación con terceros no vinculados al mismo, de determinadas partes de la prestación que no excedan en su conjunto del 50 por 100 en del importe del presupuesto del contrato, de conformidad con el art. 000 XXX 0/0000.
Si en el Apartado 23.2 del Cuadro de Características se indicara la obligatoriedad de la subcontratación y la parte del contrato a la que afectara, los licitadores deberán indicar en su oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización.
El/os adjudicatario/s deberá/n comunicar anticipadamente y por escrito a la Administración la intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de éste para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia.
La infracción de las condiciones establecidas para proceder a la subcontratación, establecidas en el art.227.3 RDL 3/2011, podrá dar lugar, a la imposición al contratista de una penalidad de hasta un 50 % del importe del subcontrato.
22.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en los arts. 223 y 299 RDL 3/2011 y se acordará por el órgano de contratación de oficio o a instancia del contratista mediante procedimiento en el que se garantice la audiencia a éste y con los efectos previstos en los arts. 225 y 300 RDL 3/2011.
En el supuesto de que se incluyeran en el Pliego causas de resolución por incumplimiento de las obligaciones contractuales calificadas como esenciales o se especificaran expresamente otras causas de resolución, se indicarán en el Apartado 24.1 y 24.2 del Cuadro de Características, respectivamente.
23.- PENALIDADES ADMINISTRATIVAS.
23.1. Incumplimiento de los plazos.
El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales que, en su caso, queden fijados por la Administración. Si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas en la cuantía establecida en el art. 212 RDL 3/2011, salvo que en se establezcan otras distintas en el Apartado 25 del Cuadro de Características.
El adjudicatario incurrirá en xxxx, en el caso de incumplimiento de los plazos previstos, sin que requiera la interpelación o la intimación previa por parte de la Administración.
El importe de las penalidades por demora se hará efectivo mediante la deducción de las mismas en las facturaciones que se produzcan. En todo caso la garantía definitiva responderá de la efectividad de aquellas, de acuerdo con lo establecido en el art. 000 XXX 0/0000. En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, este deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Estas penalidades deberán ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento y su cuantía no podrá ser superior al 10 % del presupuesto del contrato, art.212 RDL 3/2011.
Las reducciones y penalidades referidas no excluyen la indemnización a que la Administración pueda tener derecho por daños y perjuicios, ocasionados por el retraso imputable al adjudicatario
23.2. Otros incumplimientos.
En atención a la naturaleza y condiciones del contrato, en el Apartado 25 del Cuadro de Características se podrán establecer otras infracciones y penalidades por incumplimiento de aquél.
24.- OBLIGACIONES DERIVADAS DE LA EJECUCION DEL ACUERDO MARCO Y DE LOS CONTRATOS EN EL BASADOS.
24.1. De conformidad con el art. 52.1 RDL 3/2011, el órgano de contratación podrá designar un representante para el seguimiento de la ejecución del/s contratos basados en el Acuerdo Marco. Cuando la ejecución del/os contrato/s así lo aconseje, la Administración podrá recabar del/os contratista/s, la designación de una persona que actúe como delegado suyo para organizar la realización del contrato e interpretar y poner en práctica las observaciones que para el exacto cumplimiento del mismo le fuesen formuladas por el órgano de contratación.
24.2. Si la Administración acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes adquiridos, tendrá derecho a reclamar la reposición de los que fuesen inadecuados. En este caso, podrán retenerse hasta que se produzca y se reciba de conformidad el nuevo suministro, los artículos defectuosos previamente entregados. El plazo para la reposición citada, será como máximo la mitad del establecido como plazo de entrega de los bienes en el contrato. Serán por cuenta del/os contratista/s todos los gastos que por cualquier concepto genere la retirada o reposición de los artículos defectuosos.
Si se estima con presunción fundada, que los citados bienes no iban a ser aptos para el fin que se adquirieron, ni aún después de su reposición por el/os adjudicatario/s, podrán rechazarse los bienes, dejándolos de cuenta del adjudicatario y quedando exenta la Administración en este caso de la obligación de pago y por lo tanto, con derecho a la devolución del precio satisfecho.
24.3. No se harán por el/os contratista/s alteraciones, correcciones, omisiones o variaciones en los bienes o productos objeto del suministro contratado, salvo aprobación expresa del órgano de contratación.
La Administración, en virtud del Acuerdo Marco y de los contratos en él basados y durante el plazo de ejecución del mismo, podrá obtener los suministros especificados y previstos en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en el presente Pliego a los precios señalados en las proposiciones de los adjudicatarios, según los modelos y marcas que oferten.
24.4. El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del/os contratista/s, con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación dé la Administración al Contratista.
El/os contratista/s será/n responsable/s de la calidad técnica de los bienes o productos suministrados, así como de los daños y perjuicios que se deduzcan para la Administración contratante o para terceros como consecuencia de defectos, omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la calidad del producto o en la ejecución del contrato, debiendo indemnizar en este caso a la Administración y/o a terceros perjudicados. El/os contratista/s garantizará/n a la Administración cualquier reclamación xx xxxxxxx fundada en los motivos anteriormente señalados.
El/os contratista/s será/n responsable/s de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del suministro, de conformidad con lo dispuesto en el art.214 RDL 3/2011.
24.5. Los gastos de transporte y entrega de los bienes objeto de suministro al lugar de ejecución serán de cuenta del/os adjudicatario/s.
24.6. El órgano de contratación, directamente o a través de la entidad que considere más idónea por su especialización, tiene la facultad de inspeccionar, de establecer sistemas de control de calidad y de ser informado del proceso de fabricación o elaboración del producto objeto del presente contrato, pudiendo ordenar análisis, ensayos y pruebas de los materiales a emplear, dictando cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. El coste de estos trabajos, con el límite del 2% del presupuesto contractual será de cuenta del adjudicatario/s afectado/s.
24.7. La obtención de cuantas licencias o autorizaciones administrativas sean precisas, incluso para la importación, en su caso de los bienes correrá siempre a cargo del/os adjudicatario/s quien/es deberá/n pedirlas en su propio nombre.
24.8. El/os contratista/s está/n obligado/s al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y Seguridad e Higiene en el Trabajo a la vez que responderá de todos los daños y perjuicios causados a terceros y a la Administración dentro del proceso contractual, siendo exigible por la vía de apremio administrativo el cobro de los citados daños.
En este sentido y de conformidad con lo previsto en el Pacto por la Promoción del Empleo en la Región xx Xxxxxx 2011-2014, el órgano de contratación se reserva la potestad de exigir al contratista cuanta documentación y datos estimen oportuno sobre el personal contratado en la actividad objeto de la contratación, para garantizar su adecuación a la normativa vigente en materia laboral en general, especialmente en materia de prevención de riesgos laborales y sobre seguridad social, sin perjuicio de las limitaciones previstas en la legislación sobre protección de datos.
24.9. Cuando la naturaleza del contrato lo requiera podrá exigirse al adjudicatario el cumplimiento de CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCION, incluido la presentación o constitución de un seguro de responsabilidad civil. En este caso el contratista deberá presentar ante la Administración contratante antes de la firma del contrato, un certificado emitido por una entidad aseguradora debidamente autorizada que acredite la contratación de una póliza de seguro de responsabilidad civil para la realización de actividades de igual naturaleza a la contratada. Esta póliza cubrirá los daños y perjuicios ocasionados tanto a la Administración contratante como a terceros y siempre derivados de la ejecución del contrato durante el tiempo de duración.
En el supuesto de que el contrato se prorrogara o ampliara el plazo de ejecución, la vigencia de la póliza alcanzará al nuevo periodo.
En el Apartado 19 del Cuadro de Características se establecerá el límite de indemnización de la póliza, caso de exigirse seguro de responsabilidad civil.
La Administración contratante podrá en cualquier momento durante la vigencia del contrato requerir al contratista para que acredite la vigencia de la citada póliza.
24.10. El contratista está obligado al cumplimiento de la legislación medioambiental aplicable en función del objeto del contrato.
25.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION.
Corresponden a la Administración las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas.
Los acuerdos dictados al efecto pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos.
26.- CONFIDENCIALIDAD.
La/s empresa/s adjudicataria/s se compromete/n a tratar los datos personales a los que tenga acceso como consecuencia de la ejecución del contrato, observando los principios exigibles por la legislación en materia de protección de datos, en particular los relativos a la calidad de los datos, seguridad de los mismos y deber xx xxxxxxx, así como conforme a las concretas instrucciones recibidas del Servicio Murciano de Salud, no utilizando los datos para ningún otro propósito distinto a la prestación de los servicios a favor del citado organismo.
Asimismo, la/s empresa/s se compromete/n a observar el secreto profesional respecto de los datos personales objeto de tratamiento, manteniendo absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento de los servicios prestados, de acuerdo al nivel de protección establecido en la normativa correspondiente, no comunicando a ningún tercero, ni siquiera para su conservación, los datos facilitados por el Servicio Murciano de Salud como responsable del fichero. Esta obligación subsistirá aún después de finalizar sus relaciones con el titular del fichero o, en su caso, con el responsable del mismo.
La/s empresa/s asegurará/n y se responsabilizara/n de que sus empleados y/ o colaboradores, reciban los datos únicamente en la medida en que sea necesario su conocimiento para la prestación del suministro o servicio pactado
En el supuesto de que la/s empresa/s, destine/n los datos a finalidad distinta de la estipulada, los comunique o utilice incumpliendo las instrucciones fijadas en el presente contrato, será considerada también responsable del tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido.
El Servicio Murciano de Salud se reserva el derecho de comprobar e inspeccionar en cualquier momento, durante la vigencia del contrato, el cumplimiento de lo aquí expuesto siempre que medie un preaviso de 15 días. La/s empresa/s se compromete/n a facilitar la inspección, poniendo a disposición de Servicio Murciano de Salud sus instalaciones y/ o todos aquellos datos, información, documentación que sea necesaria para la realización de la misma. Si fruto de dicha comprobación fuese necesario implantar medidas de seguridad adicionales a las previamente acordadas, la/s empresa/s estará/n obligada/s a la implantación de dichas medidas a su cargo.
La/s empresa/s se compromete/n a devolver al Servicio Murciano de Salud los datos objeto de tratamiento, soportes o documentos en que estos consten, así como a destruir aquellos según las instrucciones del responsable del tratamiento, una vez cumplida la prestación contractual.
En todo caso, será de aplicación lo previsto en la Disposición Adicional vigésima sexta del RDL 3/2011.
IV.- NATURALEZA, REGIMEN JURIDICO Y JURISDICCION COMPETENTE.
27.- NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO.
El Acuerdo Marco y los contratos en él basados se regulan por el presente Pliego es de naturaleza administrativa y se regirá por las Cláusulas contenidas en el mismo.
Para todo lo no previsto en presente Pliego, se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente en material de contratación administrativa, en especial por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público y demás normas de desarrollo aplicables.
En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas o el contrato formalizado, predominará el primero de ellos.
La/s empresa/s acepta/n de forma expresa su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contrato.
28.- RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN. ADOPCION DE MEDIDAS PROVISIONALES Y SOLICITUDES DE NULIDAD.
En el supuesto de que el contrato se encuentre sujeto a regulación armonizada según se indique en el Apartado 3.3 del Cuadro de Características, y en los demás supuestos previstos en la Ley, las personas físicas o jurídicas cuyos derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las decisiones que se adopten, podrán interponer contra los actos de los contratos a que se refiere el art. 40 RDL 3/2011, recurso especial en materia de contratación bien ante el órgano de contratación, bien ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en el plazo de QUINCE DIAS HABILES, contados a partir del día siguiente a aquel en que se remita la notificación del acto impugnado, sin perjuicio de lo establecido en el art.44.2 del mismo texto legal.
No obstante, todo aquel que se proponga interponer el citado recurso, deberá anunciarlo previamente mediante escrito especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo, escrito que deberá ser presentado dentro del plazo indicado en el apartado anterior, conforme lo establecido en el art.44 RDL 3/2011.
El recurso especial en materia de contratación será previo a la interposición del contencioso-administrativo y tendrá carácter potestativo y, en el caso, de que el acto recurrido sea el de la adjudicación, quedará en suspenso la tramitación del expediente de contratación.
Los actos que se dicten en procedimientos de adjudicación de contratos en que no sea susceptible la interposición del recurso especial, podrán ser objeto de recurso de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Igualmente, en el supuesto de que el contrato se encuentre sujeto a regulación armonizada, los interesados podrán presentar solicitudes de adopción de medidas provisionales y cuestiones de nulidad de los actos del procedimiento de adjudicación y contratos, conforme a los artículos 37 y 43 del RDL 3/2011, bien ante el órgano de contratación, bien ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
29.- JURISDICCION COMPETENTE.
Las cuestiones litigiosas que se deriven del contrato se entenderán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa.
ANEXO I-A
Modelo de Aval para GARANTIA PROVISIONAL
La Entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)..........................................................................................................NIF ..........................con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en calle/plaza/avenida.............................................................................................. C.P. ............................y en su nombre (nombre y apellidos de los Apoderados) ........................................................................................................................
con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación realizada el Servicio Jurídico de la Consejería de Economía y Hacienda, y que declaran que aquella cumple los requisitos establecidos en el artículo 15 del Reglamento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
A V A L A
A: (nombre y apellidos o razón social del avalado).....................................................................................................................................................................................NIF...................................en virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s que imponen la constitución de esta garantía)..................................................... para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el avalado) .................................................. ante el SERVICIO MURCIANO DE SALUD por importe de: (en letras) ...................................................................
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, con sujeción a los términos previstos en………………………………. (norma en virtud de la cual se deposita la garantía), en sus normas de desarrollo si las hay, y en la normativa reguladora de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
El presente aval será de duración indefinida y tendrá validez en tanto que la Administración no autorice su cancelación.
(lugar y fecha)
(razón social de entidad)
(firma de los Apoderados)
ANEXO I-B
Modelo de Aval para GARANTIA DEFINITIVA
La Entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca).......................................................................................................... NIF ..........................................con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en ...................................................................... en la calle/plaza/avenida .................................................................................... C.P. ............................ y en su nombre (nombre y apellidos de los Apoderados) ........................................................................................................................ con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación realizada por el Servicio Jurídico de la Consejería de Economía y Hacienda, y que declaran que aquella cumple los requisitos establecidos en el artículo 15 del Reglamento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
A V A L A
A: (nombre y apellidos o razón social del avalado) ....................................................................................................................NIF ..................................... en virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s que imponen la constitución de esta garantía)..................................................... para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado)........................................ante el SERVICIO MURCIANO DE SALUD, por importe de: (en letras)...........................................................................................................
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, con sujeción a los términos previstos en…………………………….. (norma en virtud de la cual se deposita la garantía), en sus normas de desarrollo si las hay, y en la normativa reguladora de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
El presente aval será de duración indefinida y tendrá validez en tanto que la Administración no autorice su cancelación.
.................................................................(lugar y fecha)
....................................................(razón social de entidad)
.................................................(firma de los Apoderados)
Verificación de la representación y de la extensión del aval en la forma reglamentaria
Murcia, a ....................................................
El Jefe de la Unidad
(firma y sello)
Fdo.: ...........................................................
ANEXO II-A
Modelo de certificado de seguro de caución para GARANTIA PROVISIONAL
Certificado número......................
La entidad aseguradora (nombre)………………………………. (en adelante asegurador), con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en la calle/plaza/avenida ..................................................................................... C.P.............................y CIF.....................................debidamente representada por don ............................................................................... con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación realizada por el Servicio Jurídico de la Consejería de Economía y Hacienda, y que declaran que aquella cumple los requisitos establecidos en los artículos 19 y 20 del Reglamento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
A S E G U R A
A la entidad (nombre)…………………………………………... NIF.............................., en concepto de tomador del seguro, ante el SERVICIO MURCIANO DE SALUD, en adelante asegurado, hasta el importe de………………… euros, en concepto de GARANTIA PROVISIONAL para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar frente al asegurado de (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado) …………………………………………………….
La falta de pago de la prima, sea única primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, con sujeción a los términos previstos en (norma en virtud de la cual se deposita la garantía) ……………………………………………….en sus normas de desarrollo si las hay, y en la normativa reguladora de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que el SERVICIO MURCIANO DE SALUD, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación devolución, de acuerdo con la normativa arriba citada.
En .................., a .......... de ......................... de ...................
ANEXO II-B
Modelo de certificado de seguro de caución para GARANTIA DEFINITIVA
Certificado número ...........................................................
La entidad aseguradora (nombre)………………………………. (en adelante asegurador), con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en la calle/plaza/avenida ..................................................................................... C.P.............................y CIF......................................debidamente representada por don ............................................................................... con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación realizada el día ................. por el Servicio Jurídico de la Consejería de Economía y Hacienda, y que declaran que aquella cumple los requisitos establecidos en los artículos 19 y 20 del Reglamento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
A S E G U R A
A la entidad......................................................... NIF ................................... en concepto de tomador del seguro, ante el SERVICIO MURCIANO DE SALUD, en adelante asegurado, hasta el importe de…………………… euros, en concepto de GARANTIA DEFINITIVA para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar frente al asegurado de (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado)
La falta de pago de la prima, sea única primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, con sujeción a los términos previstos en (norma en virtud de la cual se deposita la garantía) en sus normas de desarrollo si las hay, y en la normativa reguladora de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que el SERVICIO MURCIANO DE SALUD, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación devolución, de acuerdo con la normativa arriba citada.
En ......................................, a .......... de ................................. de ...................
Verificación de la representación y de la extensión del aval en la forma reglamentaria
Murcia, a ....................................................
El Jefe de la Unidad
(firma y sello)
Fdo.: ...........................................................
ANEXO III
D ................................................................................................................
......................................................., con D.N.I ........................................, en representación de la empresa ........................................................................, con domicilio social en ..............................................................................., C.P. ..........................
DECLARA RESPONSABLEMENTE:
Que la empresa que representa, no está incursa en prohibición de contratar, conforme al artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Igualmente, declara responsablemente, que la empresa que representa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como no tener deudas de naturaleza tributaria con la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, comprometiéndose, en caso de resultar adjudicatario, a presentar los siguientes documentos:
a) Certificación administrativa de encontrarse la empresa al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias comprensiva de las circunstancias recogidas en el artículo 13 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
b) Certificación administrativa expedida por órgano competente de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, acreditativa de no tener la empresa deudas de naturaleza tributaria con la Administración Autonómica en las condiciones fijadas en el apartado e) del artículo 13 del citado Real Decreto.
c) Certificación administrativa de encontrarse la empresa al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social comprensiva de las circunstancias recogidas en el artículo 14 del R.D. 1098/2001, de 12 de octubre.
d) Alta y último recibo del Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato.
Y para que conste, firmo la presente declaración responsable
en .............................., a ............de .....................................de……..
SR. DIRECTOR GERENTE SERVICIO MURCIANO DE SALUD
A N E X O IV
D. ...................................................................................................., con D.N.I. ................................, en nombre y representación de la empresa ........................................................................., entidad con domicilio social en...................................., calle ......................................................, nº ........, C.P. ................................ y C.I.F. nº ....................................
CERTIFICA:
Que no forma parte de los órganos de gobierno y administración de la empresa, persona alguna de aquellas a que se refiere la Ley 5/1994, de 1 xx xxxxxx del Estatuto Regional de la Actividad Política.
Y para que así conste, ante el Servicio Murciano de Salud, en el expediente número .................., se expide la presente
en ...................................., a .......... de .............................. de …….
Firma,
SR. DIRECTOR GERENTE SERVICIO MURCIANO DE SALUD
ANEXO V
NOMBRE DE LA EMPRESA:
DIRECCIÓN COMPLETA:
TELÉFONO:
FAX:
CORREO ELECTRÓNICO:
PERSONA DE CONTACTO Y FIRMA
NIF
NUMEROS DE LOTES A LOS QUE LICITA
ANEXO vi
OFERTA ECONÓMICA Y DEMAS CRITERIOS DE EVALUACION OBJETIVA
D.________________________________________________________________, con domicilio en __________________________________________________, D.N.I. nº _______________________, teléfono ___________________, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de ______________________________________________, con domicilio en ___________________________________________________, C.P. ____________, teléfono ___________________, y D.N.I. o C.I.F. (según se trate de persona física o jurídica) nº ______________) enterado de la licitación convocada por el Servicio Murciano de Salud, para la contratación de_______________
DECLARO:
1º) Que me comprometo a la ejecución del contrato por el precio (*) de:
2º) Tiempo de reposición de los depósitos (HORAS):
3º) Reducción en el incremento anual de I.P.C (%):
4º) Que conozco el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad, reservándome el derecho de poder mejorar lo indicado en la proposición inicial presentada.
5º) Que la empresa a la que represento, cumple todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
En ................................, a ....... de ................................... de ......................
Firma,
SR. DIRECTOR GERENTE SERVICIO MURCIANO DE SALUD
(*) Se diferenciará entre el importe de la base imponible y la cantidad correspondiente al IVA.
ANEXO VII-A
MODELO DE AUTORIZACIÓN DEL INTERESADO PARA QUE UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PUEDA RECABAR DATOS TRIBUTARIOS A LA AGENCIA TRIBUTARIA RELATIVOS AL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CON EL ESTADO.
La/s persona/s abajo firmante/s autoriza/n al Servicio Murciano de Salud, a solicitar de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, información de naturaleza tributaria, a los efectos previstos en el artº. 13 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
INFORMACIÓN TRIBUTARIA AUTORIZADA: DATOS QUE POSEA LA AGENCIA TRIBUTARIA SOBRE LAS OBLIGACIONES A QUE HACE REFERENCIA EL ARTº. 13 DEL REAL DECRETO 1098/2001, DE 12 DE OCTUBRE
A.- DATOS CONTRATISTA PERSONA FISICA
NOMBRE Y APELLIDOS/RAZON SOCIAL:
| |
NIF: | FIRMA
|
B.- DATOS CONTRATISTA PERSONA JURÍDICA O UNA ENTIDAD DEL ARTÍCULO 35.4 DE LA LEY GENERAL TRIBUTARIA
NOMBRE DE LA EMPRESA/RAZON SOCIAL: CIF: | |
NOMBRE Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE:
| |
NIF: | CALIDAD EN LA QUE ACTUA:
|
FIRMA:
|
En ................................, a ....... de ................................... de ......................
NOTA: La Autorización concedida por cada firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido al Servicio Murciano de Salud.
ANEXO VII-B
MODELO DE AUTORIZACIÓN DEL INTERESADO PARA QUE UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PUEDA RECABAR DATOS A LA SEGURIDAD SOCIAL RELATIVOS AL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CON DICHA ENTIDAD.
La/s persona/s abajo firmante/s autoriza/n al Servicio Murciano de Salud, a solicitar de la Seguridad Social, información a los efectos previstos en el artº. 14 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
INFORMACIÓN AUTORIZADA: DATOS QUE POSEA LA SEGURIDAD SOCIAL SOBRE LAS OBLIGACIONES A QUE HACE REFERENCIA EL ARTº. 14 DEL REAL DECRETO 1098/2001, DE 12 DE OCTUBRE
A.- DATOS CONTRATISTA PERSONA FISICA
NOMBRE Y APELLIDOS/RAZON SOCIAL:
| |
NIF: | FIRMA
|
B.- DATOS CONTRATISTA PERSONA JURÍDICA O UNA ENTIDAD DEL ARTÍCULO 35.4 DE LA LEY GENERAL TRIBUTARIA
NOMBRE DE LA EMPRESA/RAZON SOCIAL: CIF: | |
NOMBRE Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE:
| |
NIF: | CALIDAD EN LA QUE ACTUA:
|
FIRMA:
|
En ................................, a ....... de ................................... de ......................
NOTA: La Autorización concedida por cada firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido al Servicio Murciano de Salud.
ANEXO VII-C
MODELO DE AUTORIZACIÓN DEL INTERESADO PARA QUE UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PUEDA RECABAR DATOS TRIBUTARIOS A LA AGENCIA REGIONAL DE RECAUDACIÓN RELATIVOS AL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CON LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA.
La/s persona/s abajo firmante/s autoriza/n al Servicio Murciano de Salud, a solicitar de la Agencia Regional de Recaudación, información de naturaleza tributaria, a los efectos previstos en el artículo 13 e) del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre y en el artículo 2 de la Orden de 1 xx xxxxx de 2008.
INFORMACIÓN TRIBUTARIA AUTORIZADA: DATOS QUE POSEA LA AGENCIA REGIONAL DE RECAUDACIÓN SOBRE LAS OBLIGACIONES A QUE HACE REFERENCIA EL ARTº. 13 E) DEL REAL DECRETO 1098/2001, DE 12 DE OCTUBRE Y EL ART. 2 DE LA ORDEN DE 1 XX XXXXX DE 2008.
A.- DATOS CONTRATISTA PERSONA FISICA
NOMBRE Y APELLIDOS/RAZON SOCIAL:
| |
NIF: | FIRMA
|
B.- DATOS CONTRATISTA PERSONA JURÍDICA O UNA ENTIDAD DEL ARTÍCULO 35.4 DE LA LEY GENERAL TRIBUTARIA
NOMBRE DE LA EMPRESA/RAZON SOCIAL: CIF: | |
NOMBRE Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE:
| |
NIF: | CALIDAD EN LA QUE ACTUA:
|
FIRMA:
|
En ................................, a ....... de ................................... de ......................
NOTA: La Autorización concedida por cada firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido al Servicio Murciano de Salud.
� REGLAMENTO (CE) 451/2008 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 23 xx xxxxx de 2008.
� REGLAMENTO (CE) 213/2008 DE LA COMISIÓN de 28 de noviembre de 2007.
� Para el caso de ser varias las unidades se podrán incluir en un Apéndice al Cuadro de Características con la identificación por precio unitario, en su caso.
� Art.89.2 RDL 3/2011
� En caso de aplicar el IPC, la revisión no podrá superar el 85% de la variación experimentada por dicho índice, pudiéndose prever otro inferior, art.90.3 RDL 3/2011
� Art.103.1 RDL 3/2011
� Art.95.1 RDL 3/2011
� En su caso, incluir también % garantía complementaria.
� Art.96.2 RDL 3/2011
� Art. 102.3 RDL 3/2011. Solo cuando se admitan recepciones parciales según Apartado 21 Cuadro de Características.
� Atendiendo al objeto del contrato, se incluirán como criterio de adjudicación medidas para la mejora de la gestión ambiental en la ejecución del contrato
� Indicar, en su caso, cifras, porcentajes o fórmulas matemáticas.
� Vid Cláusula 9.3 del PCAP.
� Art.161.2 DL 3/2011
� Conforme los medios previstos en el art. 75 (solvencia económica y financiera) y art.77 (solvencia técnica) DL 3/2011
� Art.64 DL 3/2011
� Incluir, en su caso, exigencia de póliza de seguro de responsabilidad civil conforme Cláusula 24.9 PCAP
� Meses/años
� Art.222.3 RDL 3/2011
� Art.223. f) RDL 3/2011
� Art.223. h) RDL 3/2011
� Art.212.4 RDL 3/2011
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