CONVENIOS FIRMADOS EN MAYO
CONVENIOS FIRMADOS EN MAYO
EXPEDIENTE | CON/3/2024 |
OBJETO | Constituye el objeto del presente convenio la colaboración del Ayuntamiento de L’Alfàs del Pi y la Sociedad Protectora de Animales y Plantas "Marina Baixa" de Benidorm, para el apoyo de la actividad que ésta desarrolla, consistente en el albergue, mantenimiento y adopción o sacrificio por razones humanitarias, de los perros y gatos abandonados recogidos en el municipio de l´Alfàs del Pi. |
PARTES FIRMANTES | Ayuntamiento l’Alfàs del Pi y la Asociación Sociedad Protectora de Animales y Plantas de Benidorm. |
DURACIÓN | Fecha de firma: 28/05/2024. El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2024 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y, en todo caso, el 31 de diciembre de 2024. |
OBLIGACIONES | 1.Colaboración Económica a desarrollar por el Ayuntamiento de L’Alfàs del Pi. Durante la vigencia del presente convenio la colaboración económica municipal con la Sociedad Protectora de Animales y Plantas "Marina Baixa" de Benidorm, se aportará, con carácter mensual por animal albergado en sus instalaciones, las siguientes cantidades en los siguientes términos: • 180 € por cada animal que se albergue, es decir: perros que lleguen a las instalaciones de la protectora con o sin identificación en el RIVIA y aquellos gatos que se acojan por necesidad (este cargo no se efectuará durante las primeras 6 horas de permanencia del animal en el albergue sin que haya sido reclamado el dueño). Para el cobro de la cuantía económica correspondiente, la Sociedad Protectora deberá presentar previamente, informe de los perros o gatos albergados, identificados o sin identificar y aquellos que fueron recogidos finalmente por sus dueños. 2.Obligaciones de la Sociedad Protectora de Animales y Plantas "Marina Baixa" de Benidorm. La Sociedad Protectora de Animales y Plantas "Marina Baixa" de Benidorm, se compromete durante la vigencia del presente convenio a acoger a todos aquellos perros vagabundos, abandonados o decomisados que entregue el Ayuntamiento de l´Alfàs del Pi y en su caso, aquellos gatos que por razones de necesidad no puedan atenderse mediante el Proyecto CES municipal de control de colonias felinas urbanas. Se compromete a expedir justificantes de las cantidades recibidas de otras Administraciones Públicas durante la vigencia del presente convenio. Se compromete al cumplimiento de la LEY 2/2023, de 13 xx xxxxx, de la Generalitat, de Protección, Bienestar y Tenencia de animales de compañía y otras medidas de bienestar animal y la Ley 7/2023, de 28 xx xxxxx, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, así como a la Ordenanza Municipal de Animales de Compañía (B.O.P. n.º 246 de 27/12/2016). Se compromete a informar, al termino del convenio, de la situación de los animales anualmente recogidos del municipio de l´Alfàs del Pi, con un resumen general de los animales sacrificados por razones humanitarias, adoptados o en casas de acogidas, o que aún se encuentren en las instalaciones. |
EXPEDIENTE | CON/14/2024 |
OBJETO | Constituye el objeto del presente convenio regular la colaboración entre el Club de Colombicultura Alfasinense, para el fomento de la actividad deportiva de Colombicultura en el municipio de l’Alfàs del Pi. |
PARTES FIRMANTES | Ayuntamiento l’Alfàs del Pi y la Asociación Club Colombicultura Alfasinense. |
DURACIÓN | Fecha de firma: 09/05/2024. El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2024 y se conside- rará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2024. |
OBLIGACIONES | 1.- Colaboración económica del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi. Todas las obligaciones económicas de este convenio se encuentran condicionadas a las cantidades disponibles presupuestarias de cada ejercicio PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA : 3.000 € La colaboración del Ayuntamiento en el fomento de la actividad deportiva para la anualidad 2024 mediante la concesión de una ayuda económi- ca que ascenderá a 3.000 € anuales. Dicho gasto se aplicará a la partida presupuestaria 341 48020 Club Colombicultura l´Alfasinense. La cantidad a subvencionar, por este concepto, se fraccionará en dos partes, la primera como anticipo, se abonará en el plazo de los tres meses siguientes la firma del presente convenio, (el 50 por 100 del total) y la segunda al final del año, (el 50 por 100 restante), previa justificación del modo que a continuación se especifica. 2.- Obligaciones del Club. El club se compromete a poner a disposición de la asociación deportiva de Colombicultura, aquellos entrenadores/as y monitores/as del club que se precisen para el normal desarrollo y funcionamiento del club, así mismo se compromete a acoger a los deportistas, que deseen |
entrenar o competir en la modalidad deportiva que nos ocupa. Los monitores/as deberán disponer de las titulaciones correspondientes. el ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las com- probaciones oportunas. En relación al personal técnico, incluido voluntarios, que se encargan de realizar la actividad deportiva objeto de la subvención el Club se compromete a que se cumpla el requisito previsto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor (según redacción dada por el nº 5 del artículo 13 introducido por el apartado ocho del artículo primero de la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia (B.O.E. de 29 de julio), y en el artículo 8.4 de la ley 45/2015, de 14 de octubre, de voluntariado. Las posibles responsabilidades en materia fiscal, laboral y de seguridad social en el fomento de la actividad deportiva arriba referen- ciada corresponderá al Club, eximiendo al Ayuntamiento de cualquiera de estas responsabilidades. El Club debe disponer de la correspondiente póliza de seguro que cubra los riesgos derivados de la actividad objeto de esta subven- ción así como de las medidas higiénico–sanitarias adecuadas para el desarrollo de la actividad objeto de subvención. El club se compromete a dar cumplimiento a los objetivos de la Agenda 2030, con el fin de ayudar al logro de la misma. Los objeti- vos a tener en cuenta son los siguientes: • Objetivo 3: Salud y bienestar. Garantizar una vida sana y promover el bienestar de todos a todas las edades. • Objetivo 4: Educación de calidad. Garantizar una educación inclusiva y equitativa de calidad y promover oportunidades de aprendizaje permanente para todos. • Objetivo 5: Igualdad de genero. Lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y a las niñas. -Hacer constar que en toda la información o publicidad que se efectúe de la actividad u objeto de la subvención se utilizará un lenguaje no sexista e inclusivo. -Todos los materiales, imágenes y documentación evitarán las imágenes discriminatorias de la mujeres y fomentarán valores de igualdad, pluralidad de roles y con responsabilidad entre mujeres y hombres. • Objetivo 10: Reducción de las desigualdades. Reducir las desigualdades en los países y entre ellos. En las publicaciones que emita el club, deberá aparecer el logo de la Agenda 2030. El club se compromete a realizar o colaborar con los cursos, charlas, seminarios o similares que se le requieran desde la Concejalía de Igual- dad . |
EXPEDIENTE | CON/17/2024 |
OBJETO | Constituye el objeto del presente convenio regular la colaboración entre el Club de Tiro al Plato de l´Alfàs del Pi, para el fomento de la activi- dad deportiva de Tiro al Plato en el municipio de l’Alfàs del Pi. |
PARTES FIRMANTES | Ayuntamiento l’Alfàs del Pi y Asociación Club de Tiro al Plato de l’Alfàs del Pi. |
DURACIÓN | Fecha de firma: 23/05/2024. El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2024 y se conside- rará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2024. |
OBLIGACIONES | 1.- Colaboración económica del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi. Todas las obligaciones económicas de este convenio se encuentran condicionadas a las cantidades disponibles presupuestarias de cada ejercicio. PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA : 2.500 € La colaboración del Ayuntamiento en el fomento de la actividad deportiva para la anualidad 2024 mediante la concesión de una ayu- da económica que ascenderá a 2.500 € anuales. Dicho gasto se aplicará a la partida presupuestaria 341 48032 Convenio Club Tiro al Plato de l ´Alfàs del Pi. La cantidad a subvencionar, por este concepto, se fraccionará en dos partes, la primera como anticipo, se abonará en el plazo de los tres meses siguientes la firma del presente convenio, (el 50 por 100 del total) y la segunda al final del año, (el 50 por 100 restante), previa justificación del modo que a continuación se especifica. 2.- Obligaciones del Club. Se compromete a poner a disposición del club deportivo de Tiro al Plato, aquellos entrenadores/as y monitores/as del club que se precisen, así mismo se compromete a acoger a los deportistas, que deseen entrenar o competir en la modalidad deportiva que nos ocupa. Los monitores/as deberán disponer de las titulaciones correspondientes. El ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las com- probaciones oportunas Las entidades deportivas deberán patrocinar (en las actividades que realicen) el municipio de “l'Alfàs del Pi“, (por ejemplo, en las camisetas, logos, etc). El Ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las comprobaciones oportunas En relación al personal técnico, incluido voluntarios, que se encargan de realizar la actividad deportiva objeto de la subvención el Club se compromete a que se cumpla el requisito previsto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor (según redacción dada por el nº 5 del artículo 13 introducido por el apartado ocho del artículo primero de la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia (B.O.E. de 29 de julio), y en el artículo 8.4 de la ley 45/2015, de 14 de octubre, de voluntariado. Las posibles responsabilidades en materia fiscal, laboral y de seguridad social en el fomento de la actividad deportiva arriba referen- ciada corresponderá al Club, eximiendo al Ayuntamiento de cualquiera de estas responsabilidades. El Club debe disponer de la correspondiente póliza de seguro que cubra los riesgos derivados de la actividad objeto de esta subven- ción así como de las medidas higiénico–sanitarias adecuadas para el desarrollo de la actividad objeto de subvención. |
El Club debe disponer de las medidas higiénico–sanitarias adecuadas para el desarrollo de la actividad objeto de subvención. El club se compromete a dar cumplimiento a los objetivos de la Agenda 2030, con el fin de ayudar al logro de la misma. Los objeti- vos a tener en cuenta son los siguientes: • Objetivo 3: Salud y bienestar. Garantizar una vida sana y promover el bienestar de todos a todas las edades. • Objetivo 4: Educación de calidad. Garantizar una educación inclusiva y equitativa de c alidad y promover oportunidades de aprendizaje permanente para todos. • Objetivo 5: Igualdad de genero. Lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y a las niñas. -Hacer constar que en toda la información o publicidad que se efectúe de la actividad u objeto de la subvención se utilizará un len- guaje no sexista e inclusivo. -Todos los materiales, imágenes y documentación evitarán las imágenes discriminatorias de la mujeres y fomentarán valores de igualdad, pluralidad de roles y con responsabilidad entre mujeres y hombres • Objetivo 10: Reducción de las desigualdades. Reducir las desigualdades en los países y entre ellos. En las publicaciones que emita el club, deberá aparecer el logo de la Agenda 2030. El club se compromete a realizar o colaborar con los cursos, charlas, seminarios o similares que se le requieran desde la Concejalía de Igualdad . |
EXPEDIENTE | CON/18/2024 |
OBJETO | Constituye el objeto del presente convenio regular la colaboración entre el Club Deportivo de Defensa Personal Lucha y Disciplinas Asociadas Xxxxx Xxxxxx, para el fomento de la actividad deportiva de Krav Maga en el municipio de l’Alfàs del Pi. |
PARTES FIRMANTES | Ayuntamiento l’Alfàs del Pi y Asociación Club Deportivo de Defensa Personal Lucha y Disciplinas Asociadas Xxxxx Xxxxxx. |
DURACIÓN | Fecha de firma: 23/05/2024. El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2024 y se conside- rará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2024. |
OBLIGACIONES | 1.- Colaboración económica del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi 3.000 € A) PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA : 2.000 € La colaboración del Ayuntamiento en el fomento de la actividad deportiva para la anualidad 2024 mediante la concesión de una ayu- da económica que ascenderá a 2.000 € anuales. Dicho gasto se aplicará a la partida presupuestaria 341 48035 Club Defensa Pers. Lucha y Disc. La cantidad a subvencionar, por este concepto, se fraccionará en dos partes, la primera como anticipo, se abonará en el plazo de los tres meses siguientes la firma del presente convenio, (el 50 por 100 del total) y la segunda al final del año, (el 50 por 100 restante), previa justificación del modo que a continuación se especifica. B) PARA LAS ACTIVIDADES DEL CAMPUS : 1.000 € La colaboración del Ayuntamiento en la celebración del Campus de Krav Maga a desarrollar en el 2024 por importe de 1.000 €. Di- cho gasto se aplicará a la partida presupuestaria 000 0000000 Actividades Campus Krav Maga. Para disfrutar de la ayuda concedida para el Campus se debe solicitar por la Sede Electrónica en el apartado (deportes-justificación del convenio), aportando memoria de la actividades a realizar, lugar, fecha de inicio y fecha de finalización, horarios y lugar del campus, necesidades del club para la realización del campus, n.º de participantes aproximados, rango de edades, n.º de monitores/as o entrenadores/as, póliza de seguro médico y responsabilidad civil para dicho evento, nombres, apellidos, DNI de los organizadores y responsables. La cantidad a subvencionar, por este concepto, se fraccionará en dos partes, la primera como anticipo a la firma del presente conve- nio, (el 75 por 100 del total) y la segunda (25 por 100 restante) una vez justificados los gastos del Campus que a continuación se detallan. En el supuesto de que no se celebre el campus procederá el reintegro de la cantidad anticipada. 2.- Obligaciones del Club. El club se compromete a desarrollar la actividad de Krav Maga en el municipio de l´Alfàs del Pi. Los monitores/as deberán disponer de las titulaciones correspondientes. el ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las com- probaciones oportunas. En relación al personal técnico, incluido voluntarios, que se encargan de realizar la actividad deportiva objeto de la subvención el Club se compromete a que se cumpla el requisito previsto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor (según redacción dada por el nº 5 del artículo 13 introducido por el apartado ocho del artículo primero de la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia (B.O.E. de 29 de julio), y en el artículo 8.4 de la ley 45/2015, de 14 de octubre, de voluntariado. Las posibles responsabilidades en materia fiscal, laboral y de seguridad social en el fomento de la actividad deportiva arriba referen- ciada corresponderá al Club, eximiendo al Ayuntamiento de cualquiera de estas responsabilidades. |
El Club debe disponer de la correspondiente póliza de seguro que cubra los riesgos derivados de la actividad objeto de esta subven- ción así como de las medidas higiénico–sanitarias adecuadas para el desarrollo de la actividad objeto de subvención. El club se compromete a dar cumplimiento a los objetivos de la Agenda 2030, con el fin de ayudar al logro de la misma. Los objeti- vos a tener en cuenta son los siguientes: • Objetivo 3: Salud y bienestar. Garantizar una vida sana y promover el bienestar de todos a todas las edades. • Objetivo 4: Educación de calidad. Garantizar una educación inclusiva y equitativa de calidad y promover oportunidades de aprendi- zaje permanente para todos. • Objetivo 5: Igualdad de genero. Lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y a las niñas. -Hacer constar que en toda la información o publicidad que se efectúe de la actividad u objeto de la subvención se utilizará un len- guaje no sexista e inclusivo. -Todos los materiales, imágenes y documentación evitarán las imágenes discriminatorias de la mujeres y fomentarán valores de igualdad, pluralidad de roles y con responsabilidad entre mujeres y hombres • Objetivo 10: Reducción de las desigualdades. Reducir las desigualdades en los países y entre ellos. En las publicaciones que emita el club, deberá aparecer el logo de la Agenda 2030. El club se compromete a realizar o colaborar con los cursos, charlas, seminarios o similares que se le requieran desde la Concejalía de Igualdad. |
EXPEDIENTE | CON/20/2024 |
OBJETO | Constituye el objeto del presente convenio es el fomento y promoción de la actividad pictórica y recreativa entre los adultos y niños del Munici- xxx que se asocien, así como la obligación de realizar una exposición anual de las obras pictóricas que realicen dicho colectivo. |
PARTES FIRMANTES | Ayuntamiento l’Alfàs del Pi y Asociación Cultural Crearte Albir. |
DURACIÓN | Fecha de firma: 23/05/2024. El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2024 y se conside- rará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2024. |
OBLIGACIONES | 1.- Colaboración económica del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi. El Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi, concede a CREARTE ALBIR. en concepto de subvención nominativa prevista al efecto en la partida presu- puestaria 334 48001, la cantidad de MIL EUROS (1.000 €) anuales para el año 2024. Su concesión, justificación y pago, previa fiscalización económica, estarán sujetas al Régimen Jurídico determinado en el presente Convenio de Colaboración. 2 .- Obligaciones de la Asociación. CREARTE ALBIR se compromete al desarrollo de actividades pedagógicas de aprendizaje sobre el arte pictórico en sus distintas modalidades y técnicas por parte de sus asociados, estudiar la historia del arte entre los asociados y realización de exposiciones anuales de los trabajos pictóricos creados por los asociados en todas sus manifestaciones. * PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD CULTURAL: La cantidad a subvencionar, se fraccionará en dos partes iguales, la primera como anticipo, previa presentación de un programa de actividades previstas para la consecución y cumplimiento del presente convenio, y la segunda al final del año 2024, previa justificación y fisca- lización económica, del modo que a continuación se especifica y de acuerdo con el artículo 75 del RD 887/2006, de 21 de julio, Reglamento de la Ley General de Subvenciones. |
EXPEDIENTE | CON/27/2024 |
OBJETO | Constituye el objeto del presente convenio, articular la colaboración entre ambas entidades, para la ejecución de un programa de Formación e Inserción Laboral para personas con discapacidad intelectual, con una metodología de formación teórico-práctica, en los puestos de realización ofertados por el Ayuntamiento de l’Alfàs y vinculados a actividades deportivas, culturales y sociales que se desarrollan en la localidad. |
PARTES FIRMANTES | Ayuntamiento l’Alfàs del Pi y La Asociación APSA. |
DURACIÓN | Fecha de firma: 02/05/2024. El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2024 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2024. |
OBLIGACIONES | 1. El Ayuntamiento de L’Alfàs del Pi, concede a la Asociación APSA, subvención nominativa prevista al efecto en la partida presupuestaria 231 48005, la cantidad de ochenta y cinco mil euros (85.000 €), cuya concesión, justificación y pago estarán sujetas al Régimen Jurídico determinado en el presente Convenio de Colaboración y por los siguientes conceptos: |
La cantidad a subvencionar, se fraccionará en dos partes iguales, la primera como anticipo, previa presentación de un programa de actividades previstas para la consecución y cumplimiento del presente convenio, y la segunda al final del año 2024, previa justificación del modo que a continuación se especifica y de acuerdo con el artículo 75 del RD 887/2006, de 21 de julio, Reglamento de la Ley General de Subvenciones. 2. La Asociación APSA, llevará a cabo las acciones a través de un programa de Formación e Inserción Laboral para personas con discapacidad intelectual, con una metodología teórico-practica que incluye la realización de prácticas laborales. El programa por desarrollar consiste en la formación y asesoramiento a 9 personas con discapacidad contratadas para resolución de tareas de auxiliares de servicios en espacios vinculados a actividades deportivas, culturales y sociales desarrolladas en L´Alfàs. APSA mediante la figura de una Formadora Laboral desarrollará acciones entrenamiento laboral en el puesto de trabajo con las personas con discapacidad vinculadas al proyecto en coordinación con los responsables municipales adscritos a las dependencias donde éstos presten servicio. En cualquier caso, las fases a desarrollar por parte de la Formadora Laboral en el proceso de entrenamiento laboral en el puesto de trabajo abarcan: a) Estudio y adecuación de la persona candidata a la localización laboral donde se desarrolla su actividad. b) Análisis de tareas, tanto en los movimientos, tiempos, grupos de habilidades requeridas, como relaciones personales. c) Adaptación y entrenamiento de la persona con discapacidad. Desarrollo de estrategias de aprendizaje, tanto en las específicas de su puesto, como otras de índole social y relacional. d) Información continuada del ajuste al puesto de trabajo. e) Evaluación continuada del ajuste al puesto de trabajo. f) Ajuste de los apoyos según nivel de competencia adquirida. |
EXPEDIENTE | CON/34/2024 |
OBJETO | Constituye el objeto del presente convenio regular la colaboración entre la Asociación ANEMONA y el Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi, en la realización de actividades y programas dirigidos a dicho colectivo. |
PARTES FIRMANTES | Ayuntamiento l’Alfàs del Pi y la Asociación “Anémona” Grupo de Autoayuda Para Mujeres con Cáncer de Mama de la Marina Baixa. |
DURACIÓN | Fecha de firma: 07/05/2024. El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 01/01/2024 y se considerará ex- tinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2024. |
OBLIGACIONES | El Ayuntamiento de l´Alfàs del Pi, colaborará económicamente con la Asociación “ANÉMONA” con tres mil euros (3.000 €), cantidad previa- mente consignada en la partida 311 48000 “Convenio ANÉMONA” del presupuesto vigente, que será destinada a la financiación de los gastos que genere la realización del programa de actuación descrito anteriormente. La Asociación ANEMONA, se compromete a: a) Desarrollar el siguiente programa de actuaciones: 1. Realización de actividades/taller/curso de nutrición, de control del estrés y prevención de la ansiedad, o cualquier otro relacionado con la actividad que desarrolla la asociación. 2. Atención desarrollada a través de un psicólogo. b) Facilitar las actuaciones de comprobación, seguimiento e inspección de la Concejalía de Sanidad, al objeto de conocer cualquier aspecto de la actividad subvencionada. c) El sometimiento de control financiero que corresponde a la Intervención del Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi, en relación con la subvención concedida. d) Hacer constar en la publicidad de las actividades (programas, carteles anunciadores, cuñas publicitarias, folletos, fotografías, etc.) y en cual- quier documentación gráfica o escrita la colaboración del Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi. La Asociación ANEMONA se compromete a destinar la ayuda recibida al fin para el que se le concede, con el compromiso fehaciente de cola- borar en cuantas actividades organice el Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi para promover la participación de sus socios en la vida del municipio. La Asociación ANEMONA se compromete a dar cumplimiento a los objetivos de la Agenda 2030, con el fin de ayudar al logro de la misma. Los objetivos a tener en cuenta son los siguientes: • Objetivo 1: Fin de la pobreza. Poner fin a la pobreza en todas sus formas y en todo el mundo. • Objetivo 2: Hambre cero. Poner fin al hambre, lograr la seguridad alimentaria y la mejora de la nutrición, promover la agricultura sostenible. • Objetivo 3: Salud y bienestar. Garantizar una vida sana y promover el bienestar de todos a todas las edades. • Objetivo 4: Educación de calidad. Garantizar una educación inclusiva y equitativa de calidad y promover oportunidades de aprendi- zaje permanente para todos. • Objetivo 8: Trabajo decente y crecimiento económico. Promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el em- pleo pleno y productivo y el trabajo decente para tod@s. • Objetivo 10: Reducción de las desigualdades. Reducir la desigualdad en los países y entre ellos.. |
EXPEDIENTE | CON/38/2024 |
OBJETO | Constituye el objeto del presente convenio regular la colaboración entre la Asociación “USAR 13 DYA” y el Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi, en la realización de actividades y programas. |
PARTES FIRMANTES | Ayuntamiento l’Alfàs del Pi y La Asociación Urban Search and Rescue 13Detente y Ayuda (USAR 13 DYA). |
DURACIÓN | Fecha de firma: 08/05/2024 El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 01/01/2024 y se considerará ex- tinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2024. |
OBLIGACIONES | 1. El Ayuntamiento de l´Alfàs del Pi, colaborará económicamente con la Asociación “USAR 13 DYA” con tres mil euros (3.000 €), cantidad previamente consignada en la partida 231 48004 “Convenio USAR 13” del presupuesto vigente, que será destinada a la financiación de los gas- tos que generen las actividades que realiza la asociación. 2. La Asociación USAR 13 DYA, se compromete a: - Prestar sus conocimientos e infraestructuras en operaciones de rescate por hundimiento de edificios, incluyendo la intervención con perros es- pecialmente entrenados para ello, en los siniestros que se pudieran producir en l´Alfàs del Pi, manteniendo para ello, equipados , entrenados y comunicados a los voluntarios del rescate y el mantenimiento de sus canes. Para efectuar este tipo de intervenciones se utilizará el siguiente protocolo de movilización: • Solicitud de intervención por parte del Ayuntamiento al 080 y este movilizará llamando al siguiente número de teléfono: 607 431 287José Xxxx Xxxxxx. - Además la Asociación podrá impartir jornada/s de formación a colegios del Municipio, asociaciones vecinales interesadas y a voluntarios de Protección Civil asignados por los responsables de Protección Civil del Municipio, sobre temas vinculados a las intervenciones de Protección Civil dentro de las emergencias. - Además la Asociación “USAR 13 DYA” podrá realizar una actividad de exhibición canina anual. - El sometimiento de control financiero que corresponde a la Intervención del Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi, en relación con la subvención concedida. - Hacer constar en la publicidad de las actividades (programas, carteles anunciadores, cuñas publicitarias, folletos, fotografías, etc.) y en cual- quier documentación gráfica o escrita la colaboración del Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi. Aquellas otras actividades propias de los fines de la asociación en la que participen miembros voluntarios del municipio o realiza- das en dicha localidad. La Asociación “USAR 13 DYA” se compromete a dar cumplimiento a los objetivos de la Agenda 2030, con el fin de ayudar al logro de la misma. Los objetivos a tener en cuenta son los siguientes: • Objetivo 1: Fin de la pobreza. Poner fin a la pobreza en todas sus formas y en todo el mundo. • Objetivo 2: Hambre cero. Poner fin al hambre, lograr la seguridad alimentaria y la mejora de la nutrición, promover la agricultura sostenible. • Objetivo 3: Salud y bienestar. Garantizar una vida sana y promover el bienestar de todos a todas las edades. • Objetivo 4: Educación de calidad. Garantizar una educación inclusiva y equitativa de calidad y promover oportunidades de aprendi- zaje permanente para todos. • Objetivo 8: Trabajo decente y crecimiento económico. Promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el em- pleo pleno y productivo y el trabajo decente para tod@s. • Objetivo 10: Reducción de las desigualdades. Reducir la desigualdad en los países y entre ellos. - En las publicaciones que emita la asociación, deberá aparecer el logo de la Agenda 2030. |
EXPEDIENTE | CON/39/2024 |
OBJETO | Constituye el objeto del presente convenio regular la colaboración entre Asociación AFEM (Asociación de Familiares y Enfermos Mentales) Marina Baixa y el Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi, en la promoción y apoyo de la actividad social de la Asociación AFEM (Asociación de Fa- miliares y Enfermos Mentales) Marina Baixa. |
PARTES FIRMANTES | Ayuntamiento l’Alfàs del Pi y Asociación de Familiares y Enfermos Mentales de la Marina Baixa (AFEM). |
DURACIÓN | Fecha de firma: 08/05/2024. El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 01/01/2024 y se considerará ex- tinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2024. |
OBLIGACIONES | 1. El Ayuntamiento de l´Alfàs del Pi, colaborará económicamente con Asociación AFEM (Asociación de Familiares y Enfermos Mentales) Ma- rina Baixa con ocho mil euros (8.000 €), cantidad previamente consignada en la partida 311 48002 "Convenio AFEM" del presupuesto vigente, que será destinada a la financiación de los gastos que genere la realización del programa de actuación descrito anteriormente. Su concesión, jus- tificación y pago estarán sujetas al Régimen Jurídico determinado en el presente Convenio de Colaboración. 2. La Asociación Asociación AFEM (Asociación de Familiares y Enfermos Mentales) Marina Baixa, se compromete a: a) Facilitar las actuaciones de comprobación, seguimiento e inspección de la Concejalía de Sanidad, al objeto de conocer cualquier as- pecto de la actividad subvencionada. b) El sometimiento de control financiero que corresponde a la Intervención del Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi, en relación con la sub- vención concedida. |
c) Hacer constar en la publicidad de las actividades (programas, carteles anunciadores, cuñas publicitarias, folletos, fotografías, etc.) y en cualquier documentación gráfica o escrita la colaboración del Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi. d) La Asociación AFEM (Asociación de Familiares y Enfermos Mentales) Marina Baixa se compromete a destinar la ayuda recibida al fin para el que se le concede, con el compromiso fehaciente de colaborar en cuantas actividades organice el Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi para promover la participación de sus socios en la vida del municipio. La Asociación AFEM (Asociación de Familiares y Enfermos Mentales) Marina Baixa se compromete a dar cumplimiento a los objetivos de la Agenda 2030, con el fin de ayudar al logro de la misma. Los objetivos a tener en cuenta son los siguientes: • Objetivo 1: Fin de la pobreza. Poner fin a la pobreza en todas sus formas y en todo el mundo. • Objetivo 2: Hambre cero. Poner fin al hambre, lograr la seguridad alimentaria y la mejora de la nutrición, promover la agricultura sostenible. • Objetivo 3: Salud y bienestar. Garantizar una vida sana y promover el bienestar de todos a todas las edades. • Objetivo 4: Educación de calidad. Garantizar una educación inclusiva y equitativa de calidad y promover oportunidades de aprendizaje permanente para todos. • Objetivo 8: Trabajo decente y crecimiento económico. Promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sosteni- ble, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para tod@s. • Objetivo 10: Reducción de las desigualdades. Reducir la desigualdad en los países y entre ellos. |
EXPEDIENTE | CON/43/2024 |
OBJETO | Es objeto de este Convenio, regular la colaboración entre la Asociación “Expedición Juita” Amigos del Pueblo Saharaui. Marina Baixa, y este Ayuntamiento de L'Alfas del Pi, para el mantenimiento y seguimiento de la Escuela para niños con discapacidad visual y auditiva que supone el mantenimiento del vehículo escolar, arreglos en el edificio e incentivo económico para el profesorado del centro, así como suministro de mate- rial escolar, todo ello como parte del proyecto que pretende la integración de los niños invidentes y débiles visuales y auditivos de los xxxxx- mentos de refugiados saharauis. |
PARTES FIRMANTES | Ayuntamiento l’Alfàs del Pi y Asociacion “Expedición Juita” Amigos del Pueblo Saharaui - Marina Baixa. |
DURACIÓN | Fecha de firma: 23/05/2024. El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2024 y se conside- rará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2024. |
OBLIGACIONES | El Ayuntamiento de l´Alfàs del Pi, colaborará económicamente con la ONG Asociación “Expedición Juita”, por importe del siete mil quinientos euros (7.500 euros), con aplicación a la partida 231 - 48012 “Asociación expedición Juita” del presupuesto vigente, que será destinada a la fi- nanciación de los gastos que genere la realización y desarrollo del programa de actuación que esta realiza. La ONG Asociación “Expedición Juita”, se compromete a: • Mantenimiento y seguimiento de la escuela de ciegos de Ausserd que supone el mantenimiento del vehículo escolar, arreglos en el edificio e incentivo económico para el profesorado del centro. La escuela de ciegos de Ausserd forma parte de un proyecto que pre- tende la integración de los niños/as invidentes y débiles visuales de los campamentos de refugiados saharauis. Equipamiento de la escuela (material escolar) • Programa de Vacaciones en Paz, a realizar en verano, en el que se acogen niños y niñas a través de la asociación (billetes y otros gastos). • Sufragar gastos de transporte de la CARAVANA DE ALIMENTOS Y MEDICINAS • Facilitar las actuaciones de comprobación, seguimiento e inspección de la Concejalía de Bienestar Social, al objeto de conocer cual- quier aspecto de la actividad subvencionada. • Otras intervenciones dentro del ámbito de bienestar social. • El sometimiento de control financiero que corresponde a la Intervención del Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi, en relación con la sub- vención concedida. • Hacer constar en la publicidad de las actividades (programas, carteles anunciadores, cuñas publicitarias, folletos, fotografías, etc.) y en cualquier documentación gráfica o escrita la colaboración del Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi. • La ONG Asociación “Expedición Juita”, se compromete a destinar la ayuda recibida al fin para el que se le concede. La ONG Asociación “Expedición Juita” se compromete a dar cumplimiento a los objetivos de la Agenda 2030, con el fin de ayudar al logro de la misma. Los objetivos a tener en cuenta son los siguientes: • Objetivo 1: Fin de la pobreza. Poner fin a la pobreza en todas sus formas y en todo el mundo. • Objetivo 2: Hambre cero. Poner fin al hambre, lograr la seguridad alimentaria y la mejora de la nutrición, promover la agricultura sostenible. • Objetivo 3: Salud y bienestar. Garantizar una vida sana y promover el bienestar de todos a todas las edades. • Objetivo 4: Educación de calidad. Garantizar una educación inclusiva y equitativa de calidad y promover oportunidades de aprendi- zaje permanente para todos. • Objetivo 8: Trabajo decente y crecimiento económico. Promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el em- pleo pleno y productivo y el trabajo decente para tod@s. • Objetivo 10: Reducción de las desigualdades. Reducir la desigualdad en los países y entre ellos. - En las publicaciones que emita la asociación, deberá aparecer el logo de la Agenda 2030. |
EXPEDIENTE | CON/44/2024 |
OBJETO | El objeto de la subvención lo constituye la realización por la beneficiaria de las actividades propias de la entidad beneficiaria y que suponen un beneficio social y asistencial para los residentes en el municipio de l'Alfàs del Pi, colaborando además en los actos que realice el Ayuntamiento. |
PARTES FIRMANTES | Ayuntamiento l’Alfàs del Pi y La Parroquia de San Xxxx – Iglesia xxx Xxxxxxxx Xxxxx de l’Alfàs del Pi. |
DURACIÓN | Fecha de firma: 23/05/2024. El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 01/01/2024 y se considerará ex- tinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2024. |
OBLIGACIONES | El Ayuntamiento de l´Alfàs del Pi, colaborará económicamente con la PARROQUIA DE SAN XXXX-IGLESIA XXX XXXXXXXX XXXXX DE L'ALFÀS DEL PI con doce mil euros (12.000 €), cantidad previamente consignada en la partida 231 48009 “Parroquia San Xxxx y Espíritu San- to” del presupuesto vigente, que será destinada a la financiación de los gastos que generen las actividades que realiza la parroquia. |
EXPEDIENTE | CON/53/2024 |
OBJETO | Constituye el objeto del presente convenio la colaboración del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi y la Asociación de Propietarios de Perros de l'Al- fàs del Pi (APPA), en la gestión de colonias felinas abandonadas, mediante la alimentación de las mismas y su colaboración en su control repro- ductivo basado en el proyecto CES implantado por este Ayuntamiento, de captura, esterilización y suelta de los felinos a su colonia de origen, así como para la organización y desarrollo de actividades informativas, formativas, culturales, recreativas, de ocio y tiempo libre, de difusión, de concienciación, de sensibilización y educación de las mascotas, jornadas, talleres, reuniones, conferencias, charlas, publicaciones, presenta- ción de propuestas a las administraciones, y cualquier otra encaminada a los objetivos de la Asociación, y en concreto la realización de las si- guientes actividades: 1º.- Elaboración, organización, difusión y creación del carnet cívico canino. 2º.- Difusión de campañas para la educación del propietario hacia el animal. La publicidad correspondiente a las actividades o actuaciones correrá a cargo de la asociación. |
PARTES FIRMANTES | Ayuntamiento l’Alfàs del Pi y la Asociación de Propietarios de Perros de l’Alfàs del Pi. |
DURACIÓN | Fecha de firma: 23/05/2024. El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2024 y se conside- rará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2024. |
OBLIGACIONES | 1.- Colaboración económica del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi. El Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi, concede a la asociación de propietarios de perros de l'Alfàs en concepto de subvención nominativa prevista al efecto en la partida presupuestaria 311 48006 “Convenio Asociación Propietarios de perros de l'Alfàs”, la cantidad de QUINCE MIL EUROS (15.000€) anuales para el año 2024. Su concesión, justificación y pago estarán sujetas al Régimen Jurídico determinado en el presente Convenio de Colaboración. 2 .- Obligaciones de la Asociación. La Asociación de propietarios de perros de l'Alfàs se compromete al cumplimiento de la legislación vigente en materia de Bienes- tar Animal, así como a la colaboración, mediante su red de voluntarios, en la creación de una base de datos de las colonias de gatos controladas existentes en el municipio, y ayudar en su alimentación y cuidados para lo cual la asociación facilitará carnets autorizados para estas tareas, así como en el control reproductivo y sanitario de dichas colonias, mediante su participación en la captura de ejemplares y su traslado a las clínicas veterinarias autorizadas, todo ello cuando se estén desarrollando campañas municipales de esterilización incluidas dentro del Proyecto CES. Así mismo se compromete al desarrollo de actividades de fomento de la educación cívica canina, elaboración, organización, difusión y creación del carnet cívico canino y difusión de campañas para la educación del propietario hacia el animal. |
EXPEDIENTE | CON/56/2024 |
OBJETO | Constituye el objeto del presente convenio el fomento y la promoción de la actividad teatral en todas sus manifestaciones, y en concreto, el fo- mento y promoción del teatro entre los jóvenes del municipio que desean aprender el arte de la interpretación escénica mediante talleres de tea- tro, danza, artes plásticas, audiovisuales, así como ensayos y representación de obras teatrales, atendiendo a la “Educación Artística” a realizar durante el año 2024. |
PARTES FIRMANTES | Ayuntamiento l’Alfàs del Pi y la Asociación Cultural Alpi Teatre de l’Alfàs del Pi. |
DURACIÓN | Fecha de firma: 31/05/2024. El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2024 y se conside - rará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2024. |
OBLIGACIONES | 1.- Colaboración económica del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi. El Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi concede a la Asociación Cultural Alpi Teatre en concepto de subvención nominativa prevista al efecto en la partida presupuestaria 334 48014, la cantidad de dos mil quinientos (2.500,00 €) anuales para el año 2024. Su concesión, justificación y pago, previa fiscalización económica, estarán sujetas al Régimen Jurídico determinado en el presente Convenio de Colaboración. 2.- Obligaciones de la Asociación. LA ASOCIACIÓN CULTURAL ALPI TEATRE DE L'ALFÀS DEL PI se compromete al desarrollo de actividades pedagógicas de aprendizaje sobre el arte teatral en sus distintas modalidades y técnicas por parte de sus asociados. * PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD CULTURAL: La cantidad a subvencionar, se fraccionará en dos partes iguales, la primera como anticipo, previa presentación de un programa de actividades previstas para la consecución y cumplimiento del presente convenio, y la segunda al final del año 2024, previa justificación y fiscalización eco - nómica, del modo que a continuación se especifica y de acuerdo con el artículo 75 del RD 887/2006, de 21 de julio, Reglamento de la Ley Ge- neral de Subvenciones. Con la finalidad de poner en marcha los Objetivos de Desarrollo Sostenible que impone la Agenda 2030, la Asociación Cultural deberá tener en cuenta el cumplimiento de los siguientes objetivos: • Objetivo 4: Educación Musical de calidad, garantizando una educación inclusiva y equitativa de calidad y promover oportunidades de aprendizaje permanente para todos y todas. • Objetivo 5: Igualdad de genero con un empoderamiento a todos las mujeres y niñas. • Objetivo 8: Trabajo decente y crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, así como un empleo pleno y retributivo para todos y todas. • Objetivo 12: Producción y consumo cultural responsable. |
EXPEDIENTE | CON/57/2024. |
OBJETO | Constituye el objeto del presente convenio el fomento y la promoción de la actividad pictórica y recreativa entre los jóvenes y adultos del Muni- cipio, comprometiéndose a realizar dos actividades concretas en este año 2024: 1º.- Organización de un Encuentro Local de Pintores a desarrollarse en Playa Albir (septiembre). 2º.- Organizar una Exposición de Pintura en la Sala de Exposiciones de la Casa de Cultura. |
PARTES FIRMANTES | Ayuntamiento l’Alfàs del Pi y la Asociación Cultural Artavant. |
DURACIÓN | Fecha de firma: 31/05/2024. El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2024 y se conside - rará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2024. |
OBLIGACIONES | 1.- Colaboración económica del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi. El Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi, concede a ArtAvant en concepto de subvención nominativa prevista al efecto en la partida presupuestaria 334 48012, la cantidad de MIL EUROS (1.000,00 €) anuales para el año 2024. Su concesión, justificación y pago, previa fiscalización econó- mica, estarán sujetas al Régimen Jurídico determinado en el presente Convenio de Colaboración. 2 .- Obligaciones de la Asociación. XXXXXXXX se compromete al desarrollo de actividades pedagógicas de aprendizaje sobre el arte pictórico en sus distintas modalidades y técni- cas por parte de sus asociados, estudiar la historia del arte entre los asociados y realización de exposiciones anuales de los trabajos pictóricos creados por los asociados en todas sus manifestaciones. * PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD CULTURAL: La cantidad a subvencionar, se fraccionará en dos partes iguales, la primera como anticipo, previa presentación de un programa de actividades previstas para la consecución y cumplimiento del presente convenio, y la segunda al final del año 2024, previa justificación y fiscalización eco - nómica, del modo que a continuación se especifica y de acuerdo con el artículo 75 del RD 887/2006, de 21 de julio, Reglamento de la Ley Ge- neral de Subvenciones. Con la finalidad de poner en marcha los Objetivos de Desarrollo Sostenible que impone la Agenda 2030, la Asociación Cultural deberá tener en cuenta el cumplimiento de los siguientes objetivos: • Objetivo 4: Educación Musical de calidad, garantizando una educación inclusiva y equitativa de calidad y promover oportunidades de aprendizaje permanente para todos y todas. • Objetivo 5: Igualdad de genero con un empoderamiento a todos las mujeres y niñas. • Objetivo 8: Trabajo decente y crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, así como un empleo pleno y retributivo para todos y todas. • Objetivo 12: Producción y consumo cultural responsible. |