Anexo III - Convenio de subvención Erasmus+ para la movilidad de personal para formación
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M odelo de convenio de subvención Erasmus+ KA103 Educación Superior para docencia y/o formación – 2017-2018 |
Anexo III - Convenio de subvención Erasmus+ para la movilidad de personal para formación
La UNIVERSIDAD DE MÁLAGA (Código Erasmus: E MALAGA01)
Dirección: Xxxx. Xxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx.
En lo sucesivo denominado/a “la institución”, representado/a a efectos de la firma del presente convenio por X. Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Rector, de una parte, y
Sr./Sra. Apellidos: Nombre:
Antigüedad en el puesto: Nacionalidad:
Dirección: Departamento/unidad:
Teléfono: Correo electrónico: Género: [M/F] Curso académico: 2017/2018
Participante con: una ayuda financiera de fondos
de la UE Χ
una
beca cero de fondos de la UE
una ayuda financiera de fondos de la UE combinada con días con beca cero de fondos de la EU
La ayuda financiera incluye: una ayuda por necesidades especiales
Cuenta bancaria para los pagos de la ayuda financiera:
Titular de la cuenta bancaria (si es distinto al participante):
Nombre del banco: Código BIC/SWIFT: Código IBAN:
Why ‘if applicable » does it mean that the money can be paid in « cash » ?
En lo sucesivo denominado “el participante”, de otra parte, han acordado las Condiciones Particulares y los Anexos que se mencionan a continuación, que forman una parte integrante de este convenio (“el convenio”):
Anexo I |
Solicitud |
Anexo II |
Acuerdo de movilidad de personal (Mobility Agreement) |
Anexo III |
Convenio de subvención y Condiciones generales |
Anexo IV |
Certificado de estancia |
Lo dispuesto en las Condiciones particulares prevalecerá sobre lo dispuesto en los anexos.
CONDICIONES PARTICULARES
CLÁUSULA 1 – OBJETO DEL CONVENIO
La institución proporcionará apoyo al participante para realizar una actividad de movilidad para formación en el marco del Programa Erasmus+.
El participante acepta la ayuda financiera en la cantidad especificada en la cláusula 3 y se compromete a realizar la actividad de movilidad para formación tal como se describe en el Anexo I.
1.3 Las enmiendas al convenio se solicitarán y acordarán por ambas partes mediante una notificación formal por carta o correo electrónico.
CLÁUSULA 2 – ENTRADA EN VIGOR Y DURACIÓN DE LA MOVILIDAD
2.1 El convenio entrará en vigor a partir de su firma por la última de las partes.
2.2 El periodo de movilidad comenzará__________ y finalizará________ (fecha límite 30/09/2018). La fecha de inicio del período de movilidad será el primer día en el que el participante necesite estar presente en la organización de acogida y la fecha de finalización será la del último día en el que el participante necesite estar presente en la organización de acogida.
El día de viaje inmediatamente anterior al primer día de la actividad en el extranjero y el día de viaje inmediatamente posterior al último día de la actividad en el extranjero se añadirá a la duración del período de movilidad y será tenido en cuenta para el cálculo de la ayuda individual.
2.3 El participante recibirá una ayuda financiera de fondos de la UE para____ días de actividad y____ días de viaje (la duración máxima financiada será de 5 días en cualquier caso, incluyendo un día de viaje inmediatamente antes del primer día de la actividad en el extranjero y un día de viaje inmediatamente después del último día de la actividad en el extranjero).
2.4 La duración total del periodo de movilidad no podrá ser superior a 2 meses y tendrá una duración mínima de 2 días consecutivos por cada acción de movilidad, aunque se recomienda un periodo mínimo de formación de 5 días por lo que cualquier periodo inferior deberá ser justificado y aprobado.
2.5 El participante podrá remitir cualquier solicitud relativa a la ampliación del período de movilidad dentro del plazo establecido en la cláusula 2.4. Si la institución aceptara la ampliación de la duración del período de movilidad, el convenio deberá ser oportunamente enmendado.
2.6 El Certificado de estancia deberá proporcionar las fechas reales de comienzo y finalización del período de movilidad, sin necesidad de incluir los días de viaje, cuyas fechas serán justificadas a través del billete electrónico y las tarjetas de embarque. El número de días financiado será el que se indique en el Certificado de estancia más un máximo de 2 días de viaje tal y como se indica en la cláusula 2.3. En cualquier caso, el máximo número de días financiados será 5.
CLÁUSULA 3 – AYUDA FINANCIERA
3.1
El participante recibirá _____ EUR correspondiente a la ayuda individual* y _____ EUR correspondiente al viaje**.
Apoyo individual*:
País de destino |
Importe diario en días |
Xxxxxxxxx, Xxxxxxx, Países Bajos, Suecia, Xxxxx Unido |
120,00 € |
Bélgica, Bulgaria, República Xxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxx, Italia Chipre, Luxemburgo, Hungría, Austria, Polonia, Rumania, Finlandia, Islandia, Liechtenstein, Noruega, Turquía |
105,00 € |
Xxxxxxxx, Xxxxxxx, Malta, Portugal, Eslovaquia, antigua República Yugoslava de Macedonia |
90,00 € |
Estonia, Croacia, Lituania, Eslovenia |
75,00 € |
Viajes**:
Distancia del viaje |
Importe |
Entre 10 y 99 km: |
20 EUR por participante |
Entre 100 y 499 km: |
180 EUR por participante |
Entre 500 y 1.999 km: |
275 EUR por participante |
Entre 2.000 y 2.999 km: |
360 EUR por participante |
Entre 3.000 y 3.999 km: |
530 EUR por participante |
Entre 4.000 y 7.999 km: |
820 EUR por participante |
8.000 km o más: |
1.100 EUR por participante |
Nota: la “distancia de viaje” representa la distancia entre el lugar de origen y el de la realización de la actividad, mientras que el “importe” cubre la contribución tanto para el viaje de ida al lugar de la realización de la actividad como para el viaje de vuelta.
El importe final del período de movilidad se determinará multiplicando el número de días de la movilidad especificado en la cláusula 2.3 por el importe diario de la ayuda individual del país de acogida y añadiendo a la cantidad obtenida la contribución por los gastos de viaje.
3.2 El reembolso de los gastos incurridos en relación con las necesidades especiales del participante, o con gastos adicionales de viaje desde/hacia regiones ultraperiféricas y países y territorios de ultramar (PTU), se basarán, en su caso, en la documentación justificativa aportada por el mismo.
3.3 La ayuda financiera no podrá ser utilizada para cubrir gastos similares que se financien con otros fondos de la Unión.
3.4 No obstante lo dispuesto en la cláusula 3.3, la ayuda financiera será compatible con cualquier otra fuente de financiación.
3.5 La ayuda financiera o parte de ésta deberá ser recuperada si el participante no cumpliera con los términos del convenio. Sin embargo, no se solicitará reembolso cuando el participante no haya podido completar la actividad de movilidad descrita en el anexo I debido a causas de fuerza mayor. La institución de envío deberá comunicar tales circunstancias a la AN y ésta decidirá su aceptación.
CLÁUSULA 4 - MODALIDADES DE PAGO
4.1 En los 30 días naturales posteriores a la firma del convenio por ambas partes y no más tarde de la fecha de inicio del período de movilidad, se realizará un pago de prefinanciación al participante equivalente al 70% del importe especificado en la cláusula 3.
4.2 El envío del cuestionario EU (EU survey) en línea se considerará como la solicitud del participante del pago del saldo de la ayuda financiera (30% restante). La institución dispondrá de 45 días naturales para realizar el pago del saldo o emitir una orden de recuperación de fondos en el caso en que proceda reembolso.
4.3 El participante deberá aportar pruebas de las fechas reales de inicio y finalización del período de movilidad, basadas en un certificado de estancia proporcionado por la organización de acogida. (Anexo IV Certificado de estancia + billete electrónico y tarjetas de embarque).
CLÁUSULA 5 – CUESTIONARIO EU
5.1 Tras la movilidad en el extranjero, el participante deberá cumplimentar y enviar el cuestionario UE (EU Survey) en línea en los 30 días naturales posteriores a la recepción de la invitación para cumplimentarlo. El pago del 30% de la ayuda se ingresará únicamente tras la cumplimentación del cuestionario UE.
5.2 La institución podrá requerir a los participantes que no cumplimenten y envíen el cuestionario UE en línea el reembolso parcial o total de la ayuda financiera recibida.
CLÁUSULA 6 – LEGISLACIÓN APLICABLE Y TRIBUNALES COMPETENTES
6.1 El convenio se regirá por la legislación española.
6.2 Los Tribunales competentes que se determinen en concordancia con la legislación nacional de aplicación serán la única jurisdicción que conocerá cualquier litigio entre la institución y el participante en todo lo relacionado con la interpretación, aplicación o validez de este convenio, siempre que dicho litigio no pueda resolverse de forma amistosa.
FIRMAS
El participante: Por la institución:
Nombre y apellidos Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx
Firma Firma
Lugar, fecha Lugar, fecha
Anexo II
Acuerdo de movilidad de personal
(Consultar web: xxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxxxxx-xxxxxxxxxxxxxxx/xxx/xxxx/xxxxxxx/xxxxxxxxx-xxx-xxxxxxxx/)
Anexo III
CONDICIONES GENERALES
Cláusula 1 : Responsabilidad
Cada una de las partes del presente convenio exonerará a la otra de cualquier responsabilidad civil por daños causados por ésta o su personal como consecuencia de la ejecución del presente convenio, siempre que tales daños no sean consecuencia xx xxxxxx graves y premeditadas por parte de la otra parte o su personal.
La Agencia Nacional de España, la Comisión Europea o su personal, en caso de reclamación derivada del convenio, no serán responsables de ningún daño causado durante la ejecución del período de movilidad. En consecuencia, la Agencia Nacional de España o la Comisión Europea no admitirán ninguna solicitud de indemnización de reembolso que acompañe a tal reclamación.
Cláusula 2: Rescisión del convenio
En caso de incumplimiento de cualquier obligación derivada del convenio por parte del participante y, con independencia de las consecuencias, de conformidad con lo previsto en la legislación aplicable, la institución tendrá derecho a rescindir o cancelar el convenio sin más trámite legal cuando el participante no realice ninguna acción dentro del mes siguiente a la recepción de la correspondiente notificación por correo certificado.
Si el participante rescinde el convenio antes de su plazo de finalización o si incumple lo establecido en el mismo, deberá proceder a la devolución de la cantidad de la ayuda que se le hubiera abonado, salvo si se acordaran otros términos con la organización de envío.
En caso de rescisión por parte del participante por causas de fuerza mayor, esto es, debido a una situación o acontecimiento imprevisible y excepcional ajeno a la voluntad del participante y no atribuible a error o negligencia por su parte, el participante tendrá derecho a percibir la cuantía de la ayuda correspondiente a la duración real del período de movilidad, tal y como se define en la cláusula 2.2. Cualquier fondo restante deberá ser devuelto, salvo si se acordaran otros términos con la organización de envío.
Cláusula 3: Protección de datos
Todos los datos de carácter personal que figuren en el convenio serán procesados de acuerdo con el Reglamento (CE) nº 45/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de los datos de carácter personal por parte de las instituciones y los organismos de la UE y la libre circulación de dichos datos. Estos datos serán procesados únicamente a efectos de la gestión y el seguimiento del convenio por la institución de envío, la Agencia Nacional y la Comisión Europea, sin perjuicio de su posible transmisión a los organismos encargados de las tareas de inspección y auditoría en aplicación del Derecho de la Unión (Tribunal de Cuentas o la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF)).
El participante podrá, previa solicitud por escrito, acceder a sus datos de carácter personal y rectificar cualquier información errónea o incompleta. Cualquier cuestión relacionada con el procesamiento de sus datos de carácter personal deberá remitirse a la institución de envío y/o a la Agencia Nacional. El participante podrá presentar una reclamación contra el procesamiento de sus datos de carácter personal a la Agencia Española de Protección de Datos en relación con el uso de sus datos por la institución de envío o la Agencia Nacional, o al Supervisor Europeo de Protección de Datos en relación con el uso de los datos por parte de la Comisión Europea.
Cláusula 4: Controles y auditorías
Las partes del convenio se comprometen a proporcionar cualquier información detallada que solicite la Comisión Europea, la Agencia Nacional de España o cualquier otro organismo autorizado por la Comisión Europea o la Agencia Nacional de España a efectos de verificar la correcta ejecución del período de movilidad y de las disposiciones del convenio.
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