UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE AGUASCALIENTES Dirección General de Finanzas INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS* Nº E/801001991-001-17
I.T.P. E/801001991-001-17 Contratación de Seguros de Bienes Muebles e Inmuebles |
2017 |
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE AGUASCALIENTES
Dirección General de Finanzas
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS*
Nº E/801001991-001-17
CONTRATACIÓN DE SEGUROS DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES
(INVITACIÓN PRESENCIAL)
-
Fecha de Invitación:
16 xx xxxxx de 2017
Recursos: Fondo Ordinario Ingreso Estatal
* Conforme a lo establecido en el cuarto párrafo del artículo 64 y 62 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, sólo podrán participar en el procedimiento de contratación las personas que hayan sido invitadas por la Universidad y que reciban su oficio de Invitación por parte de la Convocante.
Invitación a cuando menos tres personas por Monto Nº E/801001991-001-17 para la Contratación de Seguros de Bienes Muebles e Inmuebles
Generalidades |
En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 39 fracción III, 43, 44, 62 y 64 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, el artículo 33 fracción IV del Estatuto de la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de Aguascalientes, y las demás disposiciones vigentes en la materia, la Universidad Autónoma de Aguascalientes, a través de la Dirección General de Finanzas, sita en edificio 1 de Xx. Xxxxxxxxxxx Xx 000, Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx X.X. 00000, en la ciudad de Aguascalientes, Ags., México, con número de teléfono (000) 000 0000 y 000 0000 se convoca a los interesados a participar en el proceso de Invitación a cuando menos tres personas por monto Nº E/801001991-001-17 para la Contratación de Seguros de Bienes Muebles e Inmuebles para la Universidad Autónoma de Aguascalientes, conforme a las siguientes bases:
Calendarización
ACTO |
Fecha |
HORA |
LUGAR |
Entrega de Invitaciones y Publicación
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16 xx xxxxx de 2017 |
- |
Correo electrónico de invitados |
Fecha límite para enviar aclaraciones
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19 xx xxxxx de 2017 |
10:00 horas |
Correos electrónicos autorizados y/o en el Departamento de Compras y Almacén |
Junta Aclaratoria
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21 xx xxxxx de 2017 |
10:00 horas |
Aula “X” xxx Xxxxxxxx 00 |
Xxxxxxxxx y apertura de propuestas Técnicas y Económicas
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26 xx xxxxx de 2017 |
10:00 horas |
Aula “B” del Edificio 54 |
Fallo
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27 xx xxxxx de 2017 |
14:00 horas |
Aula “X” xxx Xxxxxxxx 00 |
Firma de contrato
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29 xx xxxxx de 2017 |
14:00 a 15:00 horas |
Departamento de Compras y Almacén de la Dirección General de Finanzas, Edificio 1. |
Conforme a lo establecido en el cuarto párrafo del artículo 64 y 62 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, sólo podrán participar en el procedimiento de contratación las personas que hayan sido invitadas por la Universidad y que reciban su oficio de Invitación por parte de la Convocante.
Glosario.
Para efectos de esta convocatoria, se entenderá por:
ÁREAS REQUIRENTES: Centros Académicos y Direcciones Administrativas de la UAA en conjunto con los Departamentos que los integran que requieren la Adquisición de Bienes o contratación de Servicios.
ÁREA TÉCNICA: Personal del área requirente especializado que emitirá el dictamen técnico de los bienes requeridos.
ÁREA CONTRATANTE: La Universidad Autónoma de Aguascalientes a través de la Dirección General de Finanzas.
BIENES/SERVICIOS: Bienes, insumos, servicios, etc., que se requieren en la presente invitación.
CONTRALORIA UNIVERSITARIA: Órgano Interno de Control de la Universidad.
CONTRATO: Instrumento legal que celebrará la Universidad con el participante adjudicado en el que constarán los derechos y obligaciones conforme a los cuales se regirán las partes.
CONVOCANTE: La Universidad Autónoma de Aguascalientes a través de la Dirección General de Finanzas.
CONVOCATORIA: Las condiciones establecidas para el cumplimiento de los requisitos en el desarrollo de los actos del procedimiento de Invitación.
DOF: Diario Oficial de la Federación.
DOMICILIO DE LA CONVOCANTE: Xx. Xxxxxxxxxxx Xx 000 X.X. 00000, Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxxxx, Xxx.
EMPRESA, PROVEEDOR, PARTICIPANTE, LICITANTE, INVITADO: Personas físicas x xxxxxxx dedicadas a la venta y distribución de equipo relacionado con la presente Invitación. Podrán participar licitantes mexicanos y extranjeros.
Licitación/Licitación Pública/Invitación: Invitación a cuando menos tres personas
L.A.A.S../LEY: Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Aguascalientes y sus Municipios.
LUGAR DE ENTREGA: Xxxxxxx y/o oficina en donde se deberán entregar los bienes.
MEDIOS REMOTOS DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA: Los dispositivos tecnológicos para efectuar transmisión de datos e información a través de computadoras, líneas telefónicas, enlaces dedicados, microondas y similares.
PARTIDA: La división de los bienes o servicios, contenidos en un procedimiento de contratación o en un contrato o pedido, para diferenciarlos unos de otros, clasificarlos o agruparlos.
PROVEEDOR: La persona que celebre contratos de adquisiciones, arrendamientos o servicios.
RESPONSABLES DE LA RECEPCIÓN: Persona autorizada para recibir los bienes objeto de la invitación.
SAT: Servicio de Administración Tributaria
SFP: Secretaría de la Función Pública.
UNIVERSIDAD/CONVOCANTE/UAA: Universidad Autónoma de Aguascalientes.
UMA: Unidad de Medida y Actualización
Datos generales de la Invitación
Convocante: Universidad Autónoma de Aguascalientes a traves de la Dirección General de Finanzas, con domicilio en Xx. Xxxxxxxxxxx Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxx 0, Xxxxxxxxxxxxxx, Ags, tel: (000) 00000 00 exts. 12,13 y 18.
Invitación: Invitación a cuando menos tres personas número E/801001991-001-17. El medio para la presentación de proposiciones será únicamente vía presencial, sólo podrán participar en el procedimiento de contratación las personas que hayan sido invitadas por la Universidad y que reciban su oficio de Invitación.
Recursos: La presente adquisición será con recursos otorgados para el Ejercicio fiscal 2017.
Idioma: Los documentos deberán presentarse en idioma español. Cuando se requiera la presentación de folletos o fichas técnicas y éstos se encuentren en distinto idioma, el Proveedor deberá anexar su traducción simple en español.
Presupuesto: ORDINARIO (INGRESOS ESTATALES).
El presente procedimiento no se encuentra financiado con fondos provenientes de créditos externos otorgados al Gobierno Federal, ni organismos Regionales o Multilaterales.
Objeto y alcance de la Invitación.
Información general de los Bienes: Se contrataran Seguros de bienes muebles e inmuebles, mismos que se desglosan en el Anexo “1” de la Presente Convocatoria.
Adjudicación: La adjudicación será por partida individual total a un solo invitado. Por lo que la invitación se puede adjudicar a varios proveedores.
Cantidades: Se contratarán las cantidades previamente determinadas en el Anexo “1”
Evaluación: El análisis de las proposiciones recibidas se realizara mediante el criterio de evaluación binario.
Contrato: Se realizará un contrato por el total de partidas adjudicadas por cada invitado. El modelo de Contrato se adjunta a esta convocatoria como Anexo “7” y el mismo será modificado de acuerdo a los requisitos de estas bases, la propuesta del invitado y la junta de aclaraciones.
La descripción amplia y detallada, especificaciones técnicas de los bienes solicitados, unidad, cantidad, instalación, capacitación, puesta en operación, carga y descarga, asistencia técnica, mantenimiento, refacciones, accesorios, y recursos adicionales de los bienes requeridos se señalan así como las cantidades requeridas por partida de los bienes solicitados se indican en el Anexo “1” forman parte integrante de esta convocatoria.
Los licitantes, para la presentación de sus proposiciones, deberán ajustarse estrictamente a los requisitos y especificaciones previstos en esta convocatoria, describiendo en forma amplia y detallada los bienes que estén ofertando. No podrán ser negociadas ninguna de las condiciones contenidas en estas bases, así como las contenidas en las proposiciones presentadas por los licitantes.
Forma y términos que regirán los diversos actos del procedimiento de invitación
El procedimiento se desarrollara conforme a los plazos establecidos en el Artículo 62 de la Ley.
Las fechas, lugares y horarios del procedimiento se encuentra en el programa establecido en las generalidades de esta invitación y en el Apartado VIII de esta Convocatoria.
únicamente se admiten propuestas de manera presencial en los lugares que se indican en el calendario.
Una vez recibidas por la Universidad, las proposiciones no podrán retirarse o dejarse sin efecto y se considerarán vigentes dentro del procedimiento hasta su conclusión.
Se aceptarán proposiciones conjuntas de conformidad con lo señalado en los artículos 53 de la Ley.
Cada uno de los invitados podrá presentar únicamente una proposición en el presente procedimiento.
Las proposiciones se presentarán de forma presencial, conteniendo todos los documentos señalados en el apartado VI de la convocatoria.
No se llevará a cabo revisión preliminar de los documentos administrativos requeridos en la convocatoria.
El participante deberá acreditar su existencia legal y en su caso la personalidad jurídica de su representante legal con la presentación del escrito señalado en el Anexo “3” y el numeral VI de la convocatoria.
El fallo se dará a conocer a los invitados en la fecha y hora establecida en el en el Apartado VIII de la convocatoria; la firma del contrato de los invitados adjudicados se efectuará dentro del plazo establecido en el artículo 67 de la Ley y conforme a la calendarización realizada por la Universidad.
Requisitos que los invitados deben cumplir
Consideraciones importantes de la Firma: Las proposiciones que presenten los invitados deberán tener firma autógrafa. Los documentos emitidos por terceros, deberán contar con la firma autógrafa de quien los emite. Cada uno de los documentos que integren la proposición de los licitantes y aquéllos distintos a ésta, deberán estar foliados en todas y cada una de las hojas que conforman ésta. Las propuestas deberán ser elaboradas en papel con membrete del licitante, o bien con su nombre o razón social impreso, en idioma español.
Documentos: Los documentos que deberán integrar su proposición para la evaluación de documentos administrativos, propuesta técnica y económica, así como para demostrar su solvencia, deberán integrarse como se especifica en la convocatoria; este incumplimiento será motivo de desechamiento de su proposición.
Respecto de los documentos administrativos, propuesta técnica y propuesta económica que se detallan en los numerales del 1, 2, 3 , 4 , 5 , 6 , 7, 8 , 9 , 10 del apartado VI de la convocatoria, se señala que la no entrega de los mismos o su entrega con información incompleta, afectará la solvencia y motivará el desechamiento de la proposición; y en el entendido de que los documentos que se describen en el numeral 5 del referido apartado, sólo deberán ser presentados por los licitantes que participen en proposición conjunta, en cuyo caso de igual forma, la omisión en su entrega o su entrega con información incompleta, afectará la solvencia y motivará el desechamiento de la proposición. En el caso de que el numeral 4 no le resulte aplicable al licitante, deberá presentar los documentos haciendo alusión a los numerales correspondientes pero con la leyenda “No aplica”. Los requisitos que se soliciten y tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la invitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las proposiciones, no serán objeto de evaluación, y se tendrán por no establecidos. La inobservancia por parte de los proveedores respecto de dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus proposiciones.
Personas impedidas: Se encuentran impedidas para participar en la presente invitación aquellas personas o grupos de personas físicas y/x xxxxxxx en las que una misma persona, socio o asociado común aparezca en dos o más empresas, a menos que participe en diferentes partidas, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la Ley. Así mismo no podrán participar
Criterios de Evaluación y adjudicación.
Evaluación de las proposiciones técnicas: Los criterios que aplicarán el área requirente y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en la información documental presentada por los licitantes, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 55 y 62 de la Ley, se procederá a evaluar técnicamente a las dos propuestas cuyo precio resulte ser el más bajo, de no resultar estas solventes, se procederá a la evaluación de las que les siguen en precio.
Para efectos de la evaluación, se tomarán en consideración los criterios siguientes:
Se verificará que incluyan la información, los documentos y los requisitos solicitados en el apartado VI de esta convocatoria
Se verificará documentalmente que los bienes ofertados, cumplan con las especificaciones técnicas y requisitos solicitados en esta convocatoria, así como con aquellos que resulten de la junta de aclaraciones.
Se verificará la congruencia de los catálogos e instructivos que presenten los licitantes con lo ofertado en la propuesta técnica Anexo “1”.
En general, el cumplimiento de las propuestas conforme a los requisitos establecidos en la convocatoria
Se verificará el resultado de la evaluación de las muestras presentadas contra las especificaciones técnicas y los catálogos del proveedor que hayan sido requeridos en convocatoria. (No aplica en está LP.I.)
Se verificará el cumplimiento de la propuesta técnica, conforme a los requisitos establecidos en las bases de esta Convocatoria.
Evaluación de las proposiciones económicas: Se verificará que las mismas cumplan con los requisitos solicitados en esta convocatoria, analizando los precios y verificando las operaciones aritméticas de los mismos; en el caso de que las proposiciones económicas presentaren errores de cálculo, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de la convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios. En caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y con número, prevalecerá la cantidad con letra, por lo que de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados, éstos podrán corregirse. Las correcciones se harán constar en el dictamen. La evaluación de las proposiciones se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todos los precios ofertados por los licitantes. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas explícitamente por los licitantes. Tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados.
Adjudicación: La adjudicación del contrato se llevará a cabo por partida completa, para lo cual la Universidad verificará que las propuestas cumplan como mínimo con los requisitos indicados en estas bases y sus anexos, analizando las proposiciones admitidas, y emitiendo un dictamen que servirá como fundamento para otorgar el fallo, adjudicándose el contrato al licitante cuya propuesta resulte solvente por reunir las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la Universidad, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
En las adquisiciones y contrataciones que regula esta ley se preferirá como Proveedores, en igualdad de condiciones, a aquéllos que tengan su domicilio fiscal en Aguascalientes y oferten bienes que hayan sido producidos o adquiridos en el Estado. En el caso de los bienes de importación o que no se produzcan en el Estado se preferirá a empresas comercializadoras domiciliadas fiscalmente en el Estado, de conformidad con el artículo 54 de la Ley.
Documentos que deben presentar los licitantes.
Propuesta Técnica
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Documentos Administrativos |
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Documento |
Descripción |
Obligatorio |
1 |
Acreditación del Licitante |
Para acreditar la existencia tanto del licitante, como la personalidad de su representante legal o común, deberá anexar escrito mediante el cual se manifieste bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para suscribir a nombre de su(s) representado(s) la propuesta correspondiente. En dicho escrito se deberán establecer los datos siguientes:
El licitante a su elección y en sustitución de este escrito podrá presentar debidamente requisitado, en papel con membrete de la empresa, o bien con su nombre o razón social impreso, el formato de “Acreditación y Representación” que como Anexo “3” se integra a estas bases.
El domicilio que se señale en el Anexo “3” el cual forma parte de la presente convocatoria, será aquel en el que el licitante pueda recibir todo tipo de notificaciones y documentos que resulten.
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Si |
1.1 |
Identificación |
Incluir original y copia de identificación vigente de quien suscriba las proposiciones, (cartilla del servicio militar nacional, pasaporte, licencia de conducir, credencial para votar o cedula profesional, por ambos lados).
En el caso de que el concursante o su representante legal o común, no se presente al acto de inscripción y apertura de proposiciones y en su lugar envié a otra persona para que entregue la propuesta en este acto, esta última deberá presentar carta poder simple, debidamente requisitada de acuerdo al formato anexo a estas bases, acompañada de dos identificaciones originales, la del concursante o su representante legal o común que firme la propuesta, y la de la persona que asista a presentar la propuesta. En caso de faltar esta última, la persona que presente la propuesta solo podrá participar en el desarrollo del acto con carácter de oyente.
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Si |
2 |
Manifiesto bajo protesta de decir Verdad |
Se deberá incluir el Anexo de Manifiesto Bajo Protesta de decir verdad que incluya lo siguiente:
Manifiesto art 70 de la Ley.: Escrito bajo protesta de decir verdad de que por su conducto, no participan en la presente invitación, personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas por resolución de la secretaría de la función pública, en los términos de la L.A.A.A.S.S.P., tal como lo establecen los artículos 50 y 60, penúltimo párrafo de la ley. Declaración de integridad: Manifiesta que se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos de la Universidad, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes. Aceptación de las Bases: Incluir el manifiesto de aceptación de las bases donde se ostenta su conocimiento y aceptación. Formato fiscal: En donde se manifiesta que se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales. Garantía de solvencia: declaración bajo protesta de decir verdad en la que manifiesten no estar actualmente en el supuesto de haber sido declarada en quiebra, puesta en liquidación, estado grave de insolvencia, de apalancamiento, de no encontrarse enfrentando proceso de concurso mercantil y que por el contrario cuenta con solvencia suficiente para hacer frente a su obligación de aseguramiento, desde el punto de vista técnico y económico.
Manifiesto incluido en el Anexo “4” |
Sí |
3 |
Autorización para operar |
Las compañías aseguradoras deberán presentar dentro de su propuesta técnica documento que las autorice para operar en el ramo de seguros por parte de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
|
Sí |
4 |
Convenio de Asociación |
En el caso de la presentación conjunta de proposiciones, el representante común de la misma, deberá presentar el convenio en el que se establezcan con precisión los requisitos mínimos en términos de la legislación aplicable |
Sí o en su caso “No aplica” |
Documentación Técnica |
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5 |
Especificaciones técnicas |
El licitante deberá presentar su propuesta, con una descripción amplia, detallada y legible de los servicios ofertados, ajustándose a los requisitos mínimos establecidos para los bienes en el Anexo "1", indicando la partida, descripción, unidad de medida, cantidad, marca y modelo de los servicios ofertados. Las características establecidas en esta convocatoria son las mínimas requeridas pudiendo ofertarse bienes de características superiores. |
Sí |
6 |
Listado |
Presentar Listado de la Cobertura Geográfica Nacional (incluyendo la del Estado de Aguascalientes), dicha relación deberá incluir todas las oficinas de atención al público que garantice la eficiencia adecuada a las necesidades de la convocante, domicilio (dirección completa), teléfonos y nombres de los directivos responsables en cada una de ellas.
Relación en original que contenga los nombres de los funcionarios de la Compañía de Seguros que atenderán a los asegurados en la localidad en base a la partida en la cual participe, indicando todos los datos correspondientes de dicho personal (Nombre completo, teléfono, correo electrónico). |
Sí |
7 |
Tiempo y lugar de entrega de los bienes |
Entregar el Anexo “2”, en el cual constara el compromiso de realizar la entrega en lugar y fechas que se indica, se deberá incluir la carta compromiso de cobertura solicitada en dicho anexo. |
Sí |
8 |
Manifiesto de NO hay adhesión |
Manifiesto de NO hay adhesión a las clausulas generales de la aseguradora. De conformidad con la circular S-8.1 emitida por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, los productos de seguros que ofrezcan al público como contratos de no adhesión y que conforme a la regulación aplicable requieran registro ante esa autoridad administrativa, las instituciones aseguradoras deberán apegarse a los lineamientos señalados en la disposición cuarta de la referida circular, con excepción de lo relativo al dictamen jurídico.
Sin embargo lo que por su naturaleza técnica o características especiales, impliquen que la Empresa Aseguradora adopte las tarifas y condiciones de aseguramiento de los reaseguradores, no requerirán registro para su operación conforme a lo establecido en el artículo 36-D de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros. |
Sí |
9 |
Invitación |
Deberá anexar copia del oficio de invitación suscrito por el Director General de Xxxxxxxx de la Universidad Autónoma de Aguascalientes y Presidente del Comité de compras de la UAA. |
Sí |
Propuesta Económica
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10 |
Oferta Económica |
Incluir la cotización de los bienes ofertados, indicando la partida, cantidad, precio unitario, subtotal y el importe total de los bienes ofertados, antes de IVA. Se podrá incluir como anexo dentro de la propuesta económica, el Anexo “5” el cual forma parte de la presente convocatoria.
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Si |
Inconformidades
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 93 de la Ley, los licitantes podrán inconformarse por escrito ante la contraloría universitaria por los actos que contravengan las disposiciones legales aplicables, dentro de los plazos establecidos en la Ley. Transcurrido el plazo establecido, precluye para los interesados el derecho de inconformarse, sin perjuicio de que la Contraloría pueda actuar en cualquier tiempo, en términos xx xxx.
Información detallada de los Eventos de la Convocatoria
El personal autorizado para recibir las proposiciones, garantías, poderes y demás análogos, así como de la organización y coordinación de todas las actividades y actos de la Invitación está integrado por: C.P. y M.F. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Lic. Xxxxxxx X. Xxxxxx xx Xxxxx, Lic. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx y el Ing. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx.
Las cámaras, colegios o asociaciones profesionales u otras organizaciones no gubernamentales podrán asistir a los actos públicos de la presente Invitación, así como cualquier persona física, que sin ser licitantes manifieste su interés de estar presente en los mismos como observador, bajo la condición de que en ambos casos, éstos deberán registrar su asistencia puntualmente y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los eventos.
Junta de Aclaraciones
Fecha: Se celebrará el día 21 xx xxxxx de 2017 a las 10:00 horas en el Aula “B” del Edificio 54, en el domicilio de la convocante, de conformidad con lo previsto por el artículo 33 bis de la L.A.A.S.S.P.; en caso necesario la convocante al concluir la primera junta podrá señalar la fecha y hora para la celebración de una segunda o ulteriores juntas.
Requisitos para enviar preguntas:
Aquellos interesados que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en la Convocatoria, deberán:
Anexar un escrito en el que manifiesten bajo protesta de decir verdad, su interés en participar en la presente Invitación, señalando por lo menos los datos contenidos en el Anexo “3” de esta convocatoria.
Las solicitudes de aclaración a la convocatoria y manifiesto deberán enviarse, en formato pdf y en formato Word, a más tardar a las 10:00 horas del día 19 xx xxxxx de 2017, y/o, si así lo prefiere el licitante, las preguntas podrán ser enviadas a los siguientes correos:
En caso de enviarlas a los correos, se contestaran de recibido, por lo que en caso de no tener respuesta no se podrá asegurar su recepción. Las solicitudes de aclaración que sean recibidas con posterioridad al plazo previsto antes mencionado, no serán contestadas por la convocante por resultar extemporáneas.
De preferencia utilizar el formato Anexo “6”
La junta se iniciará con el registro de los participantes presentes, acto seguido se dará respuesta a las preguntas recibidas con la antelación señalada, después se les concederá a los proveedores la oportunidad de formular por escrito las preguntas tendientes a aclarar las respuestas que se dieron a los cuestionamientos iniciales. En caso de ser necesario quien preside el acto podrá determinar un receso del acto, el cual no excederá de cinco horas.
Cualquier aclaración o modificación a las presentes bases será notificada por escrito a los licitantes en este evento, y pasarán a ser consideradas como parte integrante de las bases, por lo que deberán ser tomadas en cuenta en la elaboración de su propuesta. La asistencia a esta junta es optativa. La inasistencia de los participantes será bajo su estricta responsabilidad. Al término de la junta se entregará a los licitantes copia del acta correspondiente, quedando a disposición de los licitantes que no hubieren asistido copia de la misma, en el Departamento de Compras y Almacén de la Dirección General de Finanzas, quedando bajo su responsabilidad el notificarse de ellas. También se publicará el acta en la página de transparencia.
Acto de Presentación y Apertura
Fecha: Se llevará a cabo en punto de las 10:00 horas del día 26 xx xxxxx del año 2017, en el Aula “X” xxx Xxxxxxxx 00, xxxxxxxxx xx xx xxxxxxxxxx, los licitantes entregarán su propuesta técnica y económica en un sobre cerrado en forma inviolable, con todos los documentos solicitados en el numeral VI;
Dos o más personas podrán presentar conjuntamente una proposición sin necesidad de constituir una nueva sociedad; para tales efectos, en la proposición deberán presentar un convenio firmado por todos los representantes legales de las participantes en el que se establecerán con precisión las obligaciones de cada una de ellas, así como la manera en que se exigirá su cumplimiento. En este supuesto la proposición deberá ser firmada por el representante común que para ese acto haya sido designado por el grupo de personas. Cuando la proposición conjunta resulte adjudicada con un contrato, dicho instrumento deberá ser firmado por el representante legal de cada una de las personas participantes en la proposición a quienes se considerará, para efectos del procedimiento y del contrato, como responsables solidarios o mancomunados, según se establezca en el propio convenio. Lo anterior, sin perjuicio de que, previamente a la formalización del contrato adjudicado, las personas que integran la proposición conjunta puedan constituirse en una nueva sociedad, para dar cumplimiento a las obligaciones previstas en el convenio de proposición conjunta, siempre y cuando se mantengan en la nueva sociedad las responsabilidades contraídas en dicho convenio.
Las proposiciones presentadas deberán ser firmadas autógrafamente por los Licitantes o sus apoderados.
Previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, la convocante podrá efectuar el registro de participantes. Lo anterior será optativo para los Licitantes, por lo que no se podrá impedir el acceso a quien decida presentar su documentación y proposiciones en la fecha, hora y lugar establecido para la celebración del citado acto.
El acto de presentación y apertura de proposiciones se llevará a cabo en el día, lugar y hora previstos en la convocatoria a la Invitación, conforme a lo siguiente:
I. Una vez recibidas las proposiciones en sobre cerrado o archivo electrónico, según sea el caso, se procederá a su apertura, haciéndose constar la documentación presentada, sin que ello implique la evaluación de su contenido;
II. De entre los Licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno, que en forma conjunta con los servidores públicos que la convocante y la Autoridad fiscalizadora o el órgano de control interno del Municipio o Entidad designen, rubricarán las partes de las proposiciones que previamente haya determinado la convocante en la convocatoria a la Invitación, las que para estos efectos constarán documentalmente, y
III. Se levantará acta que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de las proposiciones, en la que tratándose de licitaciones en que se utilice el criterio de evaluación binario, se hará constar el importe de cada una de ellas; se señalará lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la licitación, fecha que deberá quedar comprendida dentro de los veinte días naturales siguientes a la establecida para este acto y podrá diferirse, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de quince días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente.
Acto de Notificación de Fallo
Fecha: El fallo se llevará a cabo el día 27 xx xxxxx de 2017 en punto de las 14:00 horas, que se llevará a cabo en la en el Aula “X” xxx Xxxxxxxx 00, xxxxxxxxx xx xx xxxxxxxxxx. La celebración de dicho acto podrá diferirse, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de quince días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 57 de la Ley.
Obligaciones Contractuales
Contrato: con fundamento en el artículo 65 de la Ley, el licitante que resulte ganador deberá firmar el contrato cuyo modelo se incluye en esta Convocatoria en el Departamento de Compras y Almacén, domicilio de la Convocante, por lo que el representante legal deberá presentarse personalmente. Invariablemente la firma deberá de realizarse dentro de los diez días naturales posteriores a la fecha de fallo.
Vigencia del Contrato; El contrato tendrá una vigencia del 01 de julio de 2017 al 01 de julio de 2018, mismo que se firmará de conformidad al artículo 65 de la Ley.
El licitante ganador deberá presentar en la firma del contrato:
1 |
Acta Constitutiva, copia simple y original o copia certificada, para su cotejo. |
2 |
Poder del Representante Legal, copia simple y original o copia certificada, para su cotejo. |
3 |
Identificaciones, copia simple y original o copia certificada, para su cotejo. (pasaporte, cartilla del servicio militar nacional o credencial para votar con fotografía) |
4 |
Registro Federal de Contribuyentes, copia legible. |
5 |
Comprobante de domicilio, copia simple y original |
6 |
Manifiesto de Cuenta Bancaria (que incluya firma autógrafa) y copia de caratula del Estado de cuenta |
7 |
Comprobante del SAT en donde se indica que está al corriente de sus obligaciones fiscales. |
8 |
Carta cobertura de la partida adjudicada, vigente a partir del día 01 de julio de 2017. |
Previamente a la formalización del contrato, cuyo monto exceda de $300,000.00 (TRESCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), sin incluir I.V.A., o cualquier otro impuesto, el proveedor a quien se haya adjudicado el mismo, deberá presentar el “Acuse de recepción” con el que se compruebe que se realizó la solicitud de opinión actualizada prevista en la regla 2.1.27, de la miscelánea fiscal para el 2017 publicada el 23 de diciembre de 2016 en el Diario Oficial de la Federación. Por lo que el concursante ganador deberá realizar la consulta de opinión ante el SAT en la página: xxxx://xxx.xxx.xxx.xx en la opción “Mi portal”, preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha de notificación del fallo del presente procedimiento, debiendo incluir en dicha solicitud el correo electrónico xxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx para que el SAT envié el “Acuse de respuesta” que emitirá en atención a su solicitud de opinión.
En el supuesto de que el SAT emita respuesta en sentido negativo o desfavorable para la pe
rsona física o moral con quien ya se formalizó un contrato o pedido, dicha persona y la dependencia o entidad contratante deberán cumplirlo hasta su terminación. Si la dependencia o entidad contratante, previo a la formalización del contrato o pedido, recibe del SAT el "acuse de respuesta" de la solicitud en el que se emita una opinión en sentido negativo sobre las obligaciones fiscales de la persona física o moral que resultó adjudicada, deberá de abstenerse de formalizar y se procederá a remitir a la Secretaría de la Función Pública la documentación de los hechos presumiblemente constitutivos de infracción por la falta de formalización del contrato o pedido, por causas imputables al adjudicado. Cuando la adjudicación recaiga en la unión de dos o más personas a las que alude el tercer párrafo del artículo 34 de la ley de la materia y 31 de su reglamento, en el contrato se establecerán con toda precisión y a satisfacción de la universidad, los compromisos a los que cada persona se obliga y la forma en que se exigirá el cumplimiento de sus obligaciones.
Se deberá entregar respuesta positiva del IMSS, de conformidad al ACUERDO ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, del Instituto Mexicano del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial el 27 de Febrero de 2015, para aquellos contratos cuyo monto exceda de $300,000.00 (TRESCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, deberán presentar constancia de estar al corriente en sus obligaciones en materia de seguridad social.
Una vez adjudicado el contrato, el proveedor no podrá ceder en forma parcial ni total, los derechos y obligaciones derivados del mismo. En el caso de proveedores o contratistas residentes en el extranjero que resulten adjudicados y que no estén obligados a presentar la solicitud de inscripción en el RFC, o declaraciones periódicas en México, asentarán estas manifestaciones bajo protesta de decir verdad en escrito libre que entregarán a las dependencias o entidad convocante, la que gestionará la emisión de la opinión ante la ALSC más cercana a su domicilio. Tratándose de propuestas presentadas en forma conjunta, en términos del artículo 34 de la ley, cada uno de los participantes cuya propuesta conjunta haya resultado ganadora, deberá presentar su respectivo “acuse de recepción” con el que compruebe que realizó la solicitud de opinión ante el SAT, en los términos referidos en los párrafos precedentes.
Modificaciones
Con fundamento en el artículo 68 de la Ley, el contrato que se derive de este procedimiento, podrá ampliarse de común acuerdo, siempre que tales modificaciones no rebasen, en conjunto, el 20% (veinte por ciento) del monto del contrato o cantidad de los conceptos o volúmenes establecidos originalmente en los mismos y el precio de los bienes o servicios sea igual al pactado originalmente. Las fechas de entrega de las cantidades adicionales solicitadas deberán ser acordadas entre el proveedor y la Universidad, a través de la Dirección General de Finanzas.
Penas Convencionales
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 74 de la Ley se realizaran las penas convencionales por atraso en la entrega de las pólizas de cobertura.
Rescisión administrativa y terminación anticipada
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley, la Universidad en cualquier momento podrá rescindir sin declaración judicial previa el contrato, en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo del proveedor; para lo cual se estará al procedimiento previsto en dicho artículo. Así mismo, se podrá dar por terminado anticipadamente el contrato según lo establecido en el segundo párrafo del artículo 77 de la Ley.
De manera enunciativa pero no limitativa se enuncia lo siguiente:
Cuando no entregue la garantía de cumplimiento del contrato, dentro del término de 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del mismo.
Cuando el proveedor incurra en falta de veracidad total o parcial respecto a la información proporcionada para la celebración del contrato.
Cuando se incumpla, total o parcialmente, con cualesquiera de las obligaciones establecidas en el contrato y sus anexos.
Cuando se compruebe que el proveedor haya entregado bienes con descripciones y características distintas a las aceptadas en esta invitación.
En caso de que el proveedor no reponga los bienes que le hayan sido devueltos por problemas de calidad, defectos o vicios ocultos.
Cuando se transmitan total o parcialmente, bajo cualquier título, los derechos y obligaciones a que se refieren la presente convocatoria.
Si la autoridad competente declara el concurso mercantil o cualquier situación análoga o equivalente que afecte el patrimonio del proveedor.
Si se sitúa en alguno de los supuestos previstos en el artículo 50 de la LA.A.S.S.P.
Cuando se trate de bienes entregados y éstos no puedan funcionar o ser utilizados por estar incompletos, se podrá iniciar el procedimiento de rescisión.
Condiciones de pago
El pago se realizará de manera semestral. La Universidad efectuará dos pagos de las primas de seguros, el primero a los veinte días naturales posteriores al inicio de vigencia, reservándose el derecho que le otorga el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, esto es, 30 (treinta) días, previa entrega de estas, así como de los recibos xx xxxxxx correspondientes según lo señalado en el punto III de estas bases y siempre y cuando dichas pólizas se hayan emitido de acuerdo a lo señalado en la propuesta del licitante ganador, el segundo pago se realizará a más tardar el 15 de Enero del año 2018.
Requisitos de la factura: Identificar la partida contratada, una descripción breve de los bienes, la cantidad que se adquirieron, tiempo de garantía de los bienes y los números de serie de los equipos. De forma simultánea se enviará en correo electrónico los archivos de facturación .pdf, .xml y la verificación del SAT, conforme a las condiciones establecidas en la firma del contrato. Las facturas se deberán presentar al Departamento de Compras y Almacén para su aprobación y se tramitara su pago cuando se haya firmado la aceptación de los bienes por parte del área receptora de los mismos.
Causales de Desechamiento
Se desecharan las propuestas de los licitantes que incurran en uno o varios de los siguientes supuestos:
Que no cumplan con cualquiera de los requisitos o características establecidas en esta Convocatoria o sus anexos, así como los que se deriven del Acto de Junta de Aclaraciones y, que con motivo de dicho incumplimiento se afecte la solvencia de la propuesta.
Cuando se compruebe que tienen acuerdo con otros licitantes para elevar el costo de los bienes solicitados o bien, cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.
Cuando no presente uno o más de los escritos o manifiestos solicitados con carácter de “Bajo protesta de decir verdad”, solicitados en las presente convocatoria u omita la leyenda requerida.
Cuando proporcionen información o documentación falsa y/o alterada o incompleta.
Cuando el licitante se encuentre en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 70 de la Ley.
Cualquier otra violación a las disposiciones que establece la Ley.
Cuando no este firmada la propuesta de manera autógrafa
Impuestos y Derechos
Los impuestos y derechos que procedan con motivo de los bienes objeto de la presente invitación, serán pagados por el proveedor conforme a la legislación aplicable en la materia. La Universidad sólo cubrirá el Impuesto al Valor Agregado de acuerdo a lo establecido en las disposiciones legales vigentes en la materia.
Importación
El proveedor ganador será responsable de efectuar todos los trámites de importación de los equipos y pagar los impuestos y derechos que se generen. NO APLICA
Patentes, Marcas y Derechos de Autor
En caso de violaciones en materia de derechos inherentes a la propiedad intelectual, la responsabilidad estará a cargo del licitante o proveedor, según sea el caso, siendo el único responsable al suministrar los bienes a la Universidad y de cumplir con todas las obligaciones respecto de los derechos de terceros sobre patentes, marcas o derechos de autor de conformidad con las leyes y reglamentos aplicables. NO APLICA
Declaración de Invitación Desierta
La Universidad procederá a declarar desierta la Invitación, o una o varias partidas cuando no se reciban propuestas o las presentadas no cumplan con los requisitos de la convocatoria de la Invitación o sus precios no fueren aceptables.
Situaciones no previstas en la Convocatoria
Para cualquier situación que no esté prevista en la presente convocatoria, se aplicará lo establecido en la Ley y su Reglamento y, en su caso, la opinión de las autoridades competentes.
AGUASCALIENTES, AGS., A LOS 16 XXXX XX XXXXX DE 2017
A T E N T A M E N T E
C.P. Y M.F. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX
DIRECTORA GENERAL DE FINANZAS
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE AGUASCALIENTES
ANEXOS
Anexo No. |
Descripción |
1 |
Especificaciones técnicas del Servicio (A,B,C,D) |
2 |
Lugar de entrega de los bienes |
3 |
Acreditación del licitante |
4 |
Manifiesto bajo Protesta de decir verdad |
5 |
Cédula de ofertas económicas |
6 |
Formato Junta de Aclaraciones |
7 |
Modelo de contrato |
8 |
Acuse de recibo de la documentación presentada por el licitante |
Anexo “1”
Descripción del Servicio
Esta Licitación tiene por objeto la contratación de seguros diversos para bienes de la UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE AGUASCALIENTES, consistentes en:
PARTIDA 1.-PÓLIZA DE INCENDIO DE INMUEBLES Y DE CONTENIDOS.-
Debido a la estructura de la Universidad, se deberá asegurar en la modalidad de Límite máximo de responsabilidad y/o Límite a Primer Riesgo, por evento, tomando como base para tal límite la cantidad de $142´500,000.00 (CIENTO CUARENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS 00/100MN) y $ 29´640,939.71 (VEINTINUEVE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS 71/100 M.N) en contenidos en bienes inmuebles y , en donde la compañía aseguradora que ampare el riesgo, no requerirá del asegurado (La Universidad), en caso de siniestro ningún inventario o avalúo de la propiedad inmueble en el entendido que tal suma asegurada ampara a todos los edificios que forman parte de la Universidad, en sus diferentes ubicaciones y que se encuentran localizadas en:
Xx. |
XXXXXXXX |
XXXXXXXXX |
XXXXXXXXX |
0 |
XXXXXX XXXXXXXXXXXXX. |
XX. XXXXXXXXXXX # 000 |
XXXXXXXXXXXXXX, XXX. |
2 |
CIENCIAS AGROPECUARIAS. |
AV. CARRETERA XXXXX XXXXX LA POSTA KILOMETRO 3. |
XXXXX, MA. AGUASCALIENTES |
3 |
CIENCIAS AGROPECUARIAS POSTA ZOOTECNICA. |
AV. CARRETERA XXXXX XXXXX LA POSTA KILOMETRO 3. |
XXXXX, MA. AGUASCALIENTES. |
4 |
CASA DE MUSICA UNIVERSITARIA. |
XXXX. XXXXXX XXXXXXX 000-000 . XXXX XXXXXX X.X. 00000. |
AGUASCALIENTES, AGS. |
5 |
CENTRO DE EDUCACION MEDIA (PLANTEL PETROLEOS). |
XX. XX XX XXXXXXXXXX 0000 XXXXX. X.X. 00000. |
AGUASCALIENTES, AGS. |
6 |
CENTRO DE EDUCACION MEDIA PLANTEL ORIENTE. |
XXXXX XXXXXXXX #000 XXXXXXXXXXXXXXX XXXXXX. |
XXXXXXXXXXXXXX, XXX. |
0 |
XXXXXXXX XX XXXXXXXXXX. |
XX. XXXXXXX XXXXXXX 00 XX XXXXXX. XXXXXX XX XX XXXXXXXX XX. 00000. |
AGUASCALIENTES, AGS. |
8 |
CASA DE ARTES ESCENICAS. |
XXXX XX XXXXXXX #000 XXXX XXXXXX. X.X. 00000 |
XXXXXXXXXXXXXX, XXX. |
9 |
EDIFICIO DE ARTES CINEMATOGRAFICAS Y AUDIOVISUALES. |
XXXX XX XXXXXXX #000 XXXX XXXXXX 00000. |
XXXXXXXXXXXXXX, XXX. |
10 |
POLIFORUM DEPORTIVO Y CULTURAL UNIVERSITARIO XXXXXXX. |
XX. XX XX XXXXXXXXXX 0000 XXX. XXXXXXXXXXXXXXX XXXXX XXXXX X.X. 00000
|
AGUASCALIENTES, AGS. |
11 |
XXXXXXXX XXXXXX. |
XXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX X.X. 00000. |
XXXXXXXXXXXXXX, XXX. |
12 |
XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXX. |
XXXXXX X XXXXXXXXX XXX XXXXXX. XXXX XXXXXX. XX. 00000. |
AGUASCALIENTES, AGS. |
13 |
EDIFICIO XXXXX PORTUGAL XXXXX XX XX XXXXXX. |
XXXXXX X XXXXXXXXX XXX XXXXXX. XXXX XXXXXX. XX. 00000. |
AGUASCALIENTES, AGS. |
14 |
CENTRO DE LAS ARTES Y LA CULTURA. |
XXXXX XXXXXXX XXX XXXXXX XXXX XXXXXX XX. 00000. |
XXXXXXXXXXXXXX, XXX. |
15 |
XXXXXX XXX. |
XX. XXXXXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX 0000 XX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX. XX. 00000. |
AGUASCALIENTES, AGS. |
Primer Riesgo.- Para los efectos de las presentes bases, se entiende como primer riesgo el que la Compañía aseguradora pagará el importe de los daños sufridos hasta el monto del límite de responsabilidad a primer riesgo, al valor de reposición que tengan los bienes al acaecer el siniestro, el límite máximo a primer riesgo es un monto que no tiene que guardar ninguna relación porcentual respecto al valor real de reposición o convenido de los bienes asegurados.
Forma parte integral de las presentes bases el Anexo número A, mismo que detalla condiciones específicas de aseguramiento sobre la póliza de incendio. Por lo que los aspirantes a cubrir la póliza de incendio que requiere la Universidad, deberán someterse a las mismas y así especificarlos en su correspondiente oferta de aseguramiento.
EQUIPO DE CONTRATISTA: El equipo de contratista se deberá cotizar y presentar dentro de la partida número 1, se deberá incluir con daños materiales, responsabilidad civil y robo total.
El objeto de la cobertura del equipo contratista que se detalla a continuación, específicamente es el de asegurar en cobertura básica, que ese equipo tiene adquirido como riesgo creado, esto es, la responsabilidad civil, se deberán asegurar los daños materiales al bien asegurable, así como el robo total que ese equipo tiene adquirido.
Suma Asegurada $500,000.00 |
Cobertura básica. |
Daños Materiales |
|
Robo Total |
|
Responsabilidad civil. |
$500,000.00 |
• El bien asegurable no cuenta con sistema GPS (localización satelital), por lo que la Empresa Aseguradora no deberá pedir como requisito de procedencia para el pago de las coberturas contratadas ese sistema.
• Se deberá cubrir el riesgo por concepto de traslado en los extremos de las coberturas, a cualquiera de las ubicaciones de La Universidad.
El equipo de contratista a asegurar es el siguiente:
PARTIDA 2.- COBERTURA DE AUTOMÓVILES Y RESPONSABILIDAD CIVIL VIAJERO.
De la Póliza de Automóviles y camiones de hasta 3.5 toneladas.
Las empresas aseguradoras interesadas en asegurar el parque vehicular de la universidad deberán someterse a las condiciones plasmadas en el Anexo número B de las presentes bases.
En el caso de que se haga alguna observación y propuesta a cualquiera de las condiciones que se plasman en el anexo antes señalado, La Empresa Aseguradora deberá manifestarlo en su oferta de aseguramiento, así mismo podrá plantear el tema en la sesión de preguntas y respuestas de la presente convocatoria. En todo momento se deberán de cubrir las características mínimas requeridas en bases.
Las condiciones que se expresan en el Anexo número B de las presentes bases, son preferentes a cualquier otra condición que plasme en sus condiciones generales la Empresa Aseguradora ganadora de la presente licitación; por lo tanto al emitir sus oferta o propuestas de aseguramiento, las empresas aseguradoras deberán señalar expresamente que se someterán a las condiciones plasmadas en el Anexo número B de las presentes bases, con excepción de las que emita alguna observación, para lo cual deberá entonces proponer la condición que deba a su entender prevalecer, misma que será revisada y resuelta por La Universidad.
Para todo lo no previsto en las condiciones que forman el Anexo número B de las presentes bases, las condiciones generales que emita la Empresa Aseguradora supletoriamente regularan la condición de que se trate.
Se anexa a las presentes bases la relación de automóviles y camiones de hasta 3 1/2 toneladas, en forma de Anexo número C.
b) De las coberturas para autobuses. (Anexo X xxx Xxxxxx Vehicular)
La empresa Aseguradora interesada en proteger los autobuses propiedad de La Universidad deberá hacerlo bajo las siguientes coberturas:
-
COBERTURAS AMPARADAS.
SUMAS ASEGURADAS Y DEDUCIBLES
DAÑOS MATERIALES
5% autos, motos, pick up y camiones hasta 3.5 ton.
2% camiones más de 3.5 ton y autobuses.
20% rotura cristales sobre el valor del cristal dañado incluyendo xxxxxx y gomas
ROBO TOTAL Y PARCIAL
10% autos, motos, pick up y camiones hasta 3.5 ton
10% camiones más de 3.5 ton, autobuses y demás vehículos
R.C.
SIN DEDUCIBLE, SUMA ASEGURADA: 2,250,000.001
GASTOS MÉDICOS AL CONDUCTOR
SUMA ASEGURADA 500,000.00
DEFENSA JURÍDICA Y ASISTENCIA LEGAL
AMPARADO
R.C. VIAJERO
3,160 UMA
Para los efectos legales y alcances de las coberturas antes señaladas, las condiciones se constriñen a las expresadas en el Anexo número 1 (B,C,D) de las presentes bases, con excepción de los gastos médicos al conductor, dado que es una cobertura diferente y especial.
De la cobertura de Responsabilidad Civil Viajero.
La cobertura de Responsabilidad Civil Viajero deberá ser lo suficientemente eficaz para indemnizar por los daños que sufran los viajeros y/o sus pertenencias contra los riesgos que provengan de accidentes ocasionados por la prestación del servicio de transportación de personas, que bien pueden ser estudiantes de la Universidad, personal de la misma u otras personas que usen los servicios de la Universidad, en los siguientes rubros principalmente:
1.- Muerte y Gastos funerarios.
2.- Incapacidad.
a) Permanente parcial.
b) Permanente total.
3.- Asistencia médica.
4.- Inhabilitación.
5.- Pérdida o daño al equipaje.
Forma parte integral de las presentes bases el Anexo número D denominado de la Responsabilidad Civil Viajero y sus condiciones son preferentes con respecto a cualquier otra condición que la Empresa Aseguradora emita en sus condiciones generales y que verse en la misma cobertura.
Para todo lo no previsto en las condiciones que forman el Anexo número D de las presentes bases, las condiciones generales que emita la Empresa Aseguradora supletoriamente regularan la condición de que se trate.
ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
La adjudicación del contrato será por partida a la Empresa Aseguradora concursante que ofrezca las mejores tarifas, se apegue a las condiciones especiales insertas en los respectivos anexos, ofrezca el mejor servicio y que por supuesto cuente con su debida autorización para operar como Aseguradora, en términos de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros. Se podrá adjudicar el contrato a una sola empresa o bien a dos empresas diferentes.
Partida 1.-PÓLIZA DE INCENDIO DE INMUEBLES Y DE CONTENIDOS.-
Partida 2.- COBERTURA DE AUTOMÓVILES Y RESPONSABILIDAD CIVIL VIAJERO.
PLAZO DE VIGENCIA Y LUGAR DE ENTREGA DE LAS PÓLIZAS Y RECIBOS
La vigencia de las pólizas objeto de esta licitación para ambas partidas, deberá ser de un año contado a partir de las 12:00 horas del día 01 de julio de 2017 y vencerá hasta las 12:00 horas del 01 de julio del año 2018, por lo cual el concursante dentro de su propuesta técnica, deberá presentar escrito mediante el cual manifieste bajo protesta de decir verdad, la vigencia de los seguros contratados conforme lo solicitado por la convocante en este punto de bases.
Las pólizas objeto de esta licitación y los recibos xx xxxxxx correspondientes deberán entregarse en un plazo que no excederá los 10 (diez) días naturales a partir de la fecha de fallo, con el Jefe del Departamento de Compras, ubicada en la Dirección General de Finanzas, edificio 1 del campus universitario, sita en av. Universidad 940, de esta ciudad.
CONDICIONES DE PRECIO Y PAGO
A) Los precios serán fijos durante la vigencia del contrato y pagaderos en moneda nacional.
B) Al proveedor adjudicado no se le otorgarán anticipos.
C) La Universidad efectuará dos pagos de las primas de seguros, el primero a los veinte días naturales posteriores al inicio de vigencia, reservándose el derecho que le otorga el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, esto es. 30 (treinta) días, previa entrega de estas, así como de los recibos xx xxxxxx correspondientes según lo señalado en el punto III de estas bases y siempre y cuando dichas pólizas se hayan emitido de acuerdo a lo señalado en la propuesta del licitante ganador. Y el segundo pago se realizara a más tardar el 15 de Enero del año 2018.
En el evento de que La Universidad necesite un plazo mayor al que la Ley le concede, La Empresa Aseguradora le otorgará a La Universidad un plazo de 15 días más naturales.
Sólo podrá participar una propuesta por Compañía Afianzadora.
AUTORIZACIÓN PARA OPERAR
Las compañías aseguradoras deberán presentar dentro de su propuesta técnica documento que las autorice para operar en el ramo de seguros por parte de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
MANIFIESTO y OTROS REQUISITOS
Se deberá presentar el manifiesto número 10 y la información que a continuación se describe:
Presentar Listado de la Cobertura Geográfica Nacional (incluyendo la del Estado de Aguascalientes), dicha relación deberá incluir todas las oficinas de atención al público que garantice la eficiencia adecuada a las necesidades de la convocante, domicilio (dirección completa), teléfonos y nombres de los directivos responsables en cada una de ellas.
Relación en original que contenga los nombres de los funcionarios de la Compañía de Seguros que atenderán a los asegurados en la localidad en base a la partida en la cual participe, indicando todos los datos correspondientes de dicho personal (Nombre completo, teléfono, correo electrónico).
Carta compromiso en original en la cual que manifieste que en caso de resultar adjudicado, entregará la carta cobertura conforme a la partida adjudicada.
Se deberá Anexar además el recibo original con copia de pago de bases.
La Empresa Aseguradora ganadora se obliga a emitir en la mayor brevedad posible las correspondientes pólizas de seguro mismas que deberán contener:
Carátula de póliza.
Condiciones Generales.
Recibos de pago originales.
El teléfono de emergencia, mismo que deberá estar a disposición las 24 horas del día, los 365 días del año.
PARA EL CASO DE SEGURO DE AUTOMOVILES, CAMIONES, MOTOCICLETASY PICK UPS.-A las 24 horas siguientes a la recepción de la notificación que le otorga los seguros a la Empresa Aseguradora, ésta deberá enviar al correo electrónico que se tiene manifestado en las presentes bases, el citado número de emergencia, para el efecto de que aún y cuando los usuarios del seguro de automóviles, camiones y motocicletas no cuenten con póliza, los mismos si tengan la opción de reportar cualquier siniestro.
Errores u Omisiones y Cobertura Automática.- El error u omisión involuntaria por parte de la Convocante sobre la descripción de los bienes asegurados no anulará ni perjudicará el aseguramiento contratado; además de contemplar la cobertura automática independientemente del aviso de la convocante.
ANEXO A.
DE LA COBERTURA DE INCENDIO DE EDIFICIOS.
BIENES INMUEBLES.
1.- Condiciones especiales de aseguramiento.
Las siguientes condiciones estarán contenidas en el respectivo contrato de seguro que la Universidad Autónoma de Aguascalientes, y que en lo sucesivo se le conocerá como "La Universidad", formalice con el concursante ganador de las bases de la Invitación No E/801001991-001-17 para la adquisición del seguro, en su modalidad de póliza de incendio.
2.- Condiciones del contrato
Las condiciones que se detallan a continuación deberán formar parte del contrato de seguro, por lo que la empresa aseguradora que se someta a las mismas y que así mismo sea la ganadora, no podrá en ningún momento de la vigencia de la cobertura rescindir el contrato de seguro, tal y como lo señala el artículo 50 fracción I y IV de la Ley Sobre el Contrato de Seguro.
3.-Las partes.
La póliza de seguro se expedirá a favor de la Universidad Autónoma de Aguascalientes, cuya relación de ubicaciones y bienes se detallan en el presente anexo.
4.- Vigencia
La vigencia de la cobertura será de doce meses contados a partir del inicio de la misma, todo ello contenido en una póliza de seguro con todos los documentos que la integran; así mismo la empresa aseguradora deberá integrar a las condiciones generales de la póliza de seguro las condiciones contenidas en el presente anexo, o en su defecto las que resultaren por acuerdo de voluntades como producto de la junta de aclaraciones.
5.- Categoría de las bases
En el evento de que alguna de las presentes condiciones de aseguramiento se contraponga con alguna que se contenga en el contrato de adhesión de la empresa aseguradora, prevalecerá la contenida en las presentes condiciones.
6.- Estructura de Aseguramiento.
SECCIÓN I |
EDIFICIOS |
SECCIÓN II |
RESPONSABILIDAD CIVIL |
SECCIÓN III |
DINERO Y VALORES |
SECCIÓN IV |
CRISTALES |
SECCIÓN V |
ANUNCIOS LUMINOSOS Y/O ESPECTACULARES |
SECCIÓN VI |
CONTENIDOS Y EQUIPO ELECTRÓNICO |
SECCIÓN VII |
ROTURA DE MAQUINARIA |
7.- En el caso de que en un solo evento resulten afectados bienes de dos o más secciones o dos o más equipos, se aplicará un solo deducible, el que resulte mayor de los anteriormente descritos.
La lista desglosada de los bienes muebles/equipo electrónico, se le dará únicamente a la empresa adjudicada.
8.- De los límites de responsabilidad, deducibles y coaseguros.
La empresa aseguradora pagará el 100 % cien por ciento de las pérdidas registradas en la vigencia de la póliza a valor de reposición, sin aplicación de proporcionalidad alguna, apegándose únicamente a los deducibles y coaseguros señalados para cada una de las secciones.
COBERTURAS |
LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD Y EVENTO EN MONEDA NACIONAL |
DEDUCIBLES Y COASEGUROS (El coaseguro solo aplica en donde se plasme expresamente) |
XXXXXXX 0
|
$142´500,000.00 A PRIMER RIESGO.
$ 29´640,939.71 A PRIMER RIESGO.
$ 9,866,732.60 A PRIMER RIESGO.
|
|
INCISOS NUEVOS O NO CONOCIDOS |
$ 6,000,000.00 (tentativo) |
DE ACUERDO AL RIESGO AFECTADO. |
INCISOS CONOCIDOS |
$ 6,000,000.00 (tentativo) |
DE ACUERDO AL RIESGO AFECTADO. |
REMOCIÓN DE ESCOMBROS |
SE APLICA EL 5% SOBRE LA SUMA ASEGURADA, SIN COSTO |
SIN DEDUCIBLE |
SECCIÓN II RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL II.1 ACTIVIDADES E INMUEBLES II.2 ELEVADORES II.3 CONTAMINACIÓN II.4 GASTOS DE DEFENSA II.5 TERCEROS EN CUSTODIA II.6 R.C. CRUZADA |
$ 5,000,000.00 (tentativo) |
SIN DEDUCIBLE |
SECCIÓN III DINERO Y VALORES |
A PRIMER RIESGO $ 52,000.00 |
10% SOBRE LA PÉRDIDA Y COMO MÍNIMO $1,000.00 M.N. |
SECCIÓN IV. ROTURA XX XXXXXXXXX |
A PRIMER RIESGO $80,000.00 |
5% SOBRE LA PÉRDIDA O VALOR DEL CRISTAL COMO MÍNIMO DE 25 uma. |
SECCIÓN V.ANUNCIOS LUMINOSOS y/o ESPECTACULARES. (2 PANTALLAS GIGANTES LED Y UN ANUNCIO ESPECTACULAR) |
$ 3´000,000.00 |
COBERTURA AMPLIA INCLUYE RESPONSABILIDAD CIVIL |
SECCIÓN VI.ROBO DE CONTENIDOS Y EQUIPO ELECTRONICO |
$ 1,000,000.00 |
10% SOBRE LA PÉRDIDA.
|
SECCIÓN VII. ROTURA DE MAQUINARIA (ELEVADORES Y MONTACARGA) |
$2´181,000.00 A PRIMER RIESGO |
5% SOBRE LA PÉRDIDA Y/O EQUIPO DAÑADO. |
Procedimiento para la evaluación de pérdidas o daños reclamados:
A) La valuación de pérdidas o daños indemnizables bajo este seguro, se llevará a cabo de acuerdo con el valor de reposición a la fecha del siniestro, sin ninguna deducción por concepto de depreciación.
Las valuaciones a pérdidas en inmuebles, podrán incluir incrementos hasta de un 20% adicional al monto del valor asegurado, motivados por las mejoras al diseño original obligadas por el reglamento de construcción actualizado por autoridad competente.
B) Rotura de maquinaria, calderas y para equipos, maquinaria e instalaciones en esta cobertura, las pérdidas serán indemnizadas de la siguiente manera: A VALOR DE REPOSICIÓN.
C) Equipo electrónicos: para equipo de procesamiento electrónico de datos, facsímiles, computadoras y demás equipos electrónicos instalados en oficinas, las pérdidas totales se indemnizarán a VALOR DE REPOSICIÓN.
D) Valor de los contenidos y equipo no descrito a VALOR DE REPOSICIÓN.
Remoción de escombros y demolición.
En el caso de pérdida material directa o daño a la Universidad y que ocurra durante la vigencia de la póliza la empresa aseguradora pagará:
a. Los gastos necesarios para levantar, demoler y/o remover los escombros y/o gastos de limpieza en los predios de la Universidad.
b. El costo de remover, eliminar descontaminar y reponer los bienes asegurados que hayan sido contaminados y que por orden xx Xxx o autoridades civiles, se deban remover, eliminar o descontaminar cuando las autoridades así lo indiquen.
La cobertura otorgada por este inciso siempre formará parte de y no operará para incrementar el límite de responsabilidad que corresponda para cada sección amparada para esta póliza.
Gastos extraordinarios.
Gastos derivados de un siniestro amparado en la póliza de carácter no periódico que le permitan continuar con las operaciones normales en sus actividades, la indemnización no excederá del reembolso de los gastos efectivamente realizados y debidamente comprobados, y por un periodo de hasta seis meses, con cinco días de espera.
Cobertura automática de incisos conocidos.
La póliza deberá cubrir los bienes de La Universidad en cualquier aumento de suma asegurada para las diversas ubicaciones, ya sea por cambio de paridad con respecto a la moneda extranjera o por aumento de suma asegurada que se produzca por el cambio del valor de los bienes.
Nuevas Edificaciones.
El seguro deberá cubrir dentro de la suma asegurada, las nuevas edificaciones que realice La Universidad y como se señala a continuación:
a) Las nuevas edificaciones y estructuras, adiciones, extensiones, alteraciones y reparaciones que se hagan en lo sucesivo sobre los predios descritos tanto durante el periodo de su edificación como ya terminados.
b) Materiales, provisiones, equipo, maquinaria y aparatos relacionados con los trabajos mencionados en el inciso a) de éste numeral, mientras se encuentren contenidos en los predios descritos a una distancia de 50 metros de los mismos.
Eliminación de la Cláusula de proporción indemnizable.
No operará la proporción indemnizable y la Empresa Aseguradora responderá al 100% de los límites a primer riesgo fijados en la póliza.
Errores u Omisiones.
Queda entendido y convenido que cualquier error u omisión no impugnará la validez del contrato de seguro cuando los asegurados hubieren incurrido en error u omisión involuntario en la administración de la póliza o en la descripción de los bienes asegurados, como altas, descripción, inclusión de bienes asegurados, estimación de valores asegurables o en el trámite de documentación de cualquiera de sus servidores públicos, ya que es la intención de las presentes condiciones el de dar protección en todo tiempo, en los límites establecidos en los bienes, coberturas y sumas aseguradas; por tanto cualquier error u omisión accidental, será corregido al ser descubierto.
Renuncia expresa por parte de la Empresa Aseguradora al derecho que le otorga el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato del Seguro.
Consistente en que si La Universidad no advierte la falta o error en las condiciones que se someterán a lo establecido en las presentes y así mismo la Empresa Aseguradora ofertó el someterse a las mismas, y por el simple hecho de que en la emisión de la póliza de seguro La Universidad no advierte en el término de treinta días esa omisión o ese error, se configura en perjuicio de ésta el consentimiento tácito de esas condiciones. Por lo que al contrario, la Empresa Aseguradora desde la emisión de su oferta quedará obligada en los términos de la misma sin que el hecho de que la póliza correspondiente se emitiese con error sin advertencia de las partes, le quite esa obligación.
Queda entendido así mismo, que el término de treinta días para el pago de la prima correspondiente queda exactamente igual, teniendo así La Universidad treinta días para el pago de la prima a partir de la fecha de inicio de vigencia de la correspondiente póliza de seguro.
Gravamen y otras figuras jurídicas.
El contrato de seguro no perderá validez si los bienes asegurados están gravados por hipotecas, o contratos de fideicomiso, si un juicio a comenzado, si se ha iniciado la venta o efectuado el contrato de venta de todas o cualquier parte de los mismos, si los bienes asegurados están edificados en terrenos no propios de La Universidad pero que sin embargo le hayan sido entregados en uso.
Primer Riesgo.
La Empresa Aseguradora, pagará el importe de los daños sufridos hasta el monto del límite de responsabilidad a primer riesgo, al valor de reposición que tengan los bienes al acaecer el siniestro, el límite máximo a primer riesgo es un monto que no tiene que guardar ninguna relación porcentual respecto al valor real de reposición o convenido respecto de los bienes asegurados.
La Empresa Aseguradora no requerirá del asegurado, en caso de siniestro ningún inventario o avalúo de la propiedad indemne.
Autorización para reponer, reconstruir o reparar.
Autorización para reponer, reconstruir o reparar, en caso de siniestro que amerite indemnización bajo el correspondiente contrato de seguro, La universidad podrá optar por la reposición de los bienes dañados o disponer de ellos para empezar inmediatamente su reparación o reconstrucción, ya sea en el mismo sitio en que se encontraban o en otro bien para destinarlos a otro uso; quedando entendido que la responsabilidad de la Empresa Aseguradora está limitada al costo real o de reposición de la reparación, reconstrucción o reposición, de conformidad con lo estipulado en la póliza, sin exceder en ningún caso de la suma asegurada.
De los permisos de adiciones, alteraciones y reparaciones.
Se concede permiso a La Universidad, sin límite de tiempo y sin previo aviso, para hacer adiciones, alteraciones y reparaciones, para trabajar a cualquier hora, suspender labores o desocupar locales, quedando obligada La Universidad a proceder con la debida diligencia para atenuar el riesgo o impedir su agravación.
Medidas de Salvaguarda y Recuperación.
Al tener conocimiento de un siniestro producido por alguno de los riesgos amparados por el contrato de seguro La Universidad tendrá la obligación de ejecutar todos los actos que tiendan a evitar o disminuír el daño.
Traslado de bienes.
La Universidad podrá en caso de siniestro sin previo aviso a la Empresa Aseguradora trasladar los bienes a cualquier edificio, lugar o predio no mencionado en la póliza de seguro, con el objeto de salvaguardar las pérdidas o daños.
Derrame de equipos de protecciones contra incendio.
Los bienes amparados por el contrato de seguro quedan cubiertos por la misma cantidad, contra pérdidas por daños materiales causados directamente por la acción de equipos contra incendio tales como, pero no limitados a hidrantes y extinguidores.
Reinstalación automática de suma asegurada.
Reinstalación automática de los límites de responsabilidad, hasta por el monto amparado en forma inmediata al ocurrir un siniestro y sin cobro de prima.
Evento.
La Empresa aseguradora responderá por los límites establecidos por cada evento; definiendo evento cada vez que suceda un acontecimiento cuyas consecuencias se hayan asegurado, considerando cada evento aisladamente cuando exista un lapso de setenta y dos horas entre cada evento.
Liquidación de pérdidas.
En caso de cualquier perdida indemnizable, la Empresa Aseguradora liquidará a La Universidad dentro del plazo legal el importe de las pérdidas.
Declaración de sustancias peligrosas y equipos de alto riesgo.
La universidad declara que dentro de sus instalaciones y dado a que se trata de una casa máxima de estudios, algunos de sus edificios son laboratorios de muy diversas índoles o disciplinas de la ciencia por lo que de manera enunciativa más no limitativa en algunos de ellos se puede encontrar:
SUSTANCIAS.
a) Gases.
b) Líquidos inflamables.
c) Materiales corrosivos.
d) Mercurio.
e) Nitrógeno líquido.
f) Plomo.
g) Sustancias Tóxicas.
EN EQUIPOS.
a) Rayos X.
b) Energía nuclear.
No adhesión.
De conformidad con la circular S-8.1 emitida por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, los productos de seguros que ofrezcan al público como contratos de no adhesión y que conforme a la regulación aplicable requieran registro ante esa autoridad administrativa, las instituciones aseguradoras deberán apegarse a los lineamientos señalados en la disposición cuarta de la referida circular, con excepción de lo relativo al dictamen jurídico.
Sin embargo lo que por su naturaleza técnica o características especiales, impliquen que la Empresa Aseguradora adopte las tarifas y condiciones de aseguramiento de los reaseguradores, no requerirán registro para su operación conforme a lo establecido en el artículo 36-D de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.
Del tratamiento de datos personales y confidencialidad.
La Empresa Aseguradora no podrá trasmitir ni divulgar los datos que la misma tenga sobre bienes asegurados de la universidad, queda expresamente prohibido la trasmisión de cualquier información relacionada con el contrato de seguro materia de las presentes condiciones a empresas análogas o bases de datos, por lo que el desacato al presente numeral constituye una falta que será sancionada por autoridad competente y con fundamento en le Ley Federal de Personales, así como los daños y perjuicios que se pudiesen generar por la divulgación no solo de datos personales sino de bienes asegurados de La Universidad.
Condiciones impresas.
Queda entendido y convenido que las condiciones impresas, solo se admiten como complemento a las condiciones especiales plasmadas a lo largo del presente documento.
Alcances de coberturas.
Deberán quedar amparados los edificios los siguientes conceptos y sublimites.
a) Remoción de escombros.
b) Gastos extraordinarios.
c) Instalaciones especiales y cimentaciones, incluidos en los edificios mejoras y adaptaciones a los edificios.
d) Deberán quedar amparadas las bardas y cualquier construcción separada de los edificios principales, incluyendo sotechados.
e) EL programa de seguros, está sujeto a la cláusula de todo riesgo- primer riesgo absoluto, tomando en cuenta todos los inmuebles en todas las ubicaciones de La Universidad.
De los anticipos por siniestros.
La universidad podrá solicitar un anticipo de hasta el 60% del monto del siniestro a partir de los quince días posteriores al mismo, siempre y cuando este se haya declarado procedente.
Del salvamento.
Como consecuencia de pago de cualquier indemnización que se haga por pérdida o daño de los bienes asegurados en esta póliza, el salvamento o cualquier recuperación pasarán a ser propiedad de la Empresa Aseguradora, por lo que La Universidad se compromete a ésta toda la documentación que acredite la propiedad de tales bienes, en los términos de este contrato, cediendo en adición a ello todos los derechos que tenga sobre dicha propiedad.
Definiciones en general.
Las siguientes definiciones se adoptan por ambas partes en los términos que a continuación se detallan.
Empresa aseguradora.- Compañía aseguradora que presta el servicio en los términos del artículo 1o. de la Ley Sobre el Contrato de Seguro.
La Universidad.- Universidad Autónoma de Aguascalientes, quien es el asegurado en los términos de la Ley Sobre el Contrato de Seguro.
Estructura.- Distribución y orden de las partes que conforman un edificio.
Deducible.- Es la cantidad que en cada siniestro queda a cargo del asegurado.
Coaseguro.- Es la participación a cargo del asegurado en porcentaje que en cada siniestro tiene que aportar en función de la pérdida o daño del bien asegurado.
Evento.- Es el acaecimiento de una cosa que para los términos del presente, se traduce en el acaecimiento del riesgo cubierto.
Valor de reposición.- Cantidad que sería necesario erogar para construir o reponer los bienes inmuebles asegurados de la misma clase, calidad, tamaño y capacidad sin aplicar o tomar en cuenta depreciación.
Primer riesgo.- La compañía pagará el importe de los daños sufridos hasta el monto de la suma asegurada sin exceder del valor de reposición que tenga el bien al acaecer el siniestro. La suma asegurada es un monto absoluto que no tiene que guardar ninguna relación porcentual respecto al valor real o de reposición de los bienes asegurados.
Valor convenido.- Cantidad pactada entre La Universidad y La Empresa Aseguradora, que será la indemnización al momento del siniestro.
Prelación.- Antelación o preferencia con que el presente documento de condiciones tiene con respecto a las condiciones generales impresas que integran la póliza de seguro que La Empresa Aseguradora emitirá a favor de La Universidad.
UMA.- Unidad de Medida y Actualización del año correspondiente.
Contenidos
Todos los contenidos de cualquier clase, descripción y calidad tales como pero no limitados a: Mobiliario y equipo de oficina, Maquinaria, herramientas, refacciones, accesorios, equipo mecánico, todo tipo de bienes inhabilitados para su enajenación, es decir desmontados, y en general, todos esos bienes mientras se encuentren en algún predio de La Universidad y/o en custodia por esta.
Robo de Contenidos
ROBO CON VIOLENCIA Y/O ASALTO, A PRIMER RIESGO.
Bienes propiedad de La Universidad que se encuentren bajo su custodia y responsabilidad como de manera enunciativa más no limitativa a continuación de describen:
Mobiliario y equipo de oficina localizados en los inmuebles propiedad o bajo custodia o tomados en comodato, arrendamiento o que tenga interés asegurable en la República Mexicana, así como inventarios y todo tipo de existencias de La Universidad.
Maquinaria y equipo relacionados con el giro del asegurado, localizados dentro de los inmuebles propiedad de La Universidad y en general aquellos que sean necesarios a la índole del negocio, así mismo en los centros de investigación, laboratorios y aulas.
Ampara los contenidos en general en las ubicaciones de La Universidad, ocupados como oficinas, bodegas, talleres, aulas de capacitación, centros recreativos y deportivos, instalaciones médicas y áreas de exposición, siendo todo lo anterior enunciativo, más no limitativo.
35.1.- Límite máximo de responsabilidad.
LÍMITE ÚNICO Y CONVINADO PARA TODAS LAS UBICACIONES POR EVENTO.
ROBO Y /O ASALTO CON VIOLENCIA.
35.2 .- Valor indemnizable.
Valor de los equipos y contenidos a valor de reposición.
35.3 .- Riesgos cubiertos.
Este seguro cubre todo riesgo o cualquier pérdida o daño material a consecuencia de robo perpetrado por cualquier persona o personas que use fuerza física o moral, tales como amenazas, advertencias, etcétera, incluyendo los daños materiales que sufran los bienes muebles o inmuebles con motivo del robo no intento del mismo.
ANEXO B.
DE LA COBERTURA DE AUTOMÓVILES.
DE LAS COBERTURAS GENERALES.
Deberán formar parte del contrato de seguro las coberturas que se detallan a continuación:
COBERTURAS |
DEDUCIBLES Y SUMAS ASEGURADAS |
DAÑOS MATERIALES. Valor Comercial para vehículos con más de dos años de antigüedad, Valor factura para autos con menos de un año de antigüedad o nuevos. |
|
ROBO TOTAL. Valor Comercial para vehículos con más de dos años de antigüedad, Valor factura para autos con menos de un año de antigüedad o nuevos
|
|
RESPONSABILIDAD CIVIL |
$ 1´000,000.00 (UN MILLÓN DE PESOS 00/100 MN) sin deducible. |
RESPONSABILIDAD CIVIL CATASTROFICA. PERSONAS |
$ 2´000,000.00 ( DOS MILLONES DE PESOS 00/100 MN) sin deducible. |
ASISTENCIA Y DEFENSA LEGAL |
AMPARADA |
GASTOS MÉDICOS A OCUPANTES |
$250,000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS 00/100 MN) por persona, por evento, sin deducible. |
SEGURO DE VIDA POR CONCEPTO DE ACCIDENTES AUTOMÓVILISTICOS AL CONDUCTOR. |
$150,000.00 (CIENTO CINCUENTA MIL PESOS 00/100 MN) |
2.- DAÑOS MATERIALES. PARTICULARIDADES DE.
Definiciones.
DAÑOS MATERIALES.- Se entiende por daños materiales todo aquel daño físico en la estructura general del vehículo asegurado en los diferentes componentes y materiales que lo conforman.
PÉRDIDA PARCIAL.- Se considera pérdida parcial, cuando el resultado del daño no rebase el 50 % del valor comercial del vehículo asegurado, el criterio o base para la cuantificación del monto de la pérdida será el que se tome del valor de compra inserto en la guía "ebc" o libro azul.
Lo anterior no aplica en autos asegurados a valor factura, dado que la base del referido cálculo, lo será el precio antes de impuestos reflejado en la factura misma.
PÉRDIDA TOTAL O CATASTRÓFICA.- Se considera que hubo pérdida total cuando el costo de la reparación del daño o daños sufridos en un mismo evento, rebasen según avalúo realizado por la compañía aseguradora el 50% del valor comercial del vehículo, tomando como referencia para el cálculo, lo estipulado en la definición inmediata anterior.
La Universidad se reserva su derecho a que en cualquier siniestro, pueda también oponer su propio perito valuador, para los efectos de las coberturas que anteceden.
A continuación se describen de manera enunciativa más no limitativa los eventos que deben ser considerados como pérdidas parciales y/o totales, para efectos de la indemnización correspondiente a la cobertura de daños materiales.
a) Colisiones y vuelcos.
b) Xxxxxx, desprendimiento o robo xx xxxxxxxxx, parabrisas laterales, aletas, medallón o del cristal del quemacocos o techo corredizo, sin quedar excluidos las calaveras o unidades de luz.
c) Incendio, rayo y explosión.
d) Ciclón, huracán, granizo, terremoto, erupción volcánica, alud, derrumbe de tierra o piedras, derrumbe o caída de materiales de construcción o construcciones en sí mismas, estructuras u otros objetos, caída de árboles o sus ramas e inundación.
e) Actos de personas que tomen parte en motines, mítines, huelgas, disturbios, alborotos populares, riñas, personas mal inintencionadas durante la realización de tales actos, o que empleen el vehículo objeto del seguro como instrumento para dañar. Así mismo se incluyen las medidas tomadas por las autoridades con el objeto de reprimir tales acontecimientos y que como consecuencia sea afectado el vehículo amparado.
f) Vandalismo, entendido éste como el o los actos ya sea de una o más personas que no con motivo de un acontecimiento masivo, sino con la simple voluntad de dañar directamente el vehículo protegido le causen un daño material.
g) Transportación, varadura, hundimiento, incendio, explosión, colisión o vuelco, descarrilamiento o caída del medio de transporte en donde el vehículo asegurado sea transportado, los daños sufridos por maniobras de carga, descarga y transbordo.
3.- En el evento de pérdida parcial que amerite reparación por ser el daño superior al deducible que se especifica en la tabla del punto número 1 del presente anexo, la Empresa Aseguradora deberá reparar el vehículo dañado en agencia automotriz que corresponda a la marca del vehículo, siempre y cuando éste no tenga una antigüedad mayor a treinta y seis meses de lo contrario podrá ser reparado en algún otro taller de apoyo que tenga un convenio con la Empresa Aseguradora.
4.- Los talleres de apoyo o multimarcas, así como las agencias, deberán garantizar trabajos de calidad, dado que la obligación que asume la Empresa Aseguradora en el contrato de seguro es el de indemnizar o reparar las cosas, para que estas adquieran la condición que tenían antes de la afectación o daño, por lo tanto las demoras, los malos trabajos, los vicios ocultos, las refacciones no genuinas serán todos responsabilidad de la Empresa aseguradora, por lo que será ella quien deba responder incluso por los daños y perjuicios que se ocasionen.
5.- Queda estrictamente prohibido el que la reparación de los daños se efectúe con piezas y refacciones no genuinas o sus similares, dado que en efecto demerita la calidad con la que contaba el vehículo antes del daño sufrido. Se establece como pena para la Empresa Aseguradora el incumplimiento a lo preceptuado en el presente numeral, el que tenga que cambiar la refacción o pieza por una original, corriendo para el efecto con todos los gastos que se generen con ello, así como también en un momento dado responder por los daños y perjuicios que se causen con ello.
DE LOS TÉRMINOS PARA LA INDEMIZACIÓN.
Con fundamento en el artículo 71 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, la Empresa Aseguradora se obliga a indemnizar al asegurado en un plazo no mayor a treinta días naturales, contados a partir de que la misma haya recibido todos los documentos necesarios para proceder a tramitar la indemnización de mérito, de lo contrario se entiende que la Empresa Aseguradora cae en xxxx por configurarse el vencimiento del pago de su obligación, por lo que se establece desde este momento una pena convencional, consistente en la extensión de la cobertura de indemnización diaria por robo, en tanto no cubra la Aseguradora la indemnización total por pérdida total del vehículo de acuerdo a su valor comercial, valor factura o valor convenido, según sea el caso. Todo ello sin perjuicio de los procedimientos legales a que haya lugar para impulsar judicialmente el pago de esa indemnización.
INDEMNIZACIÓN DIARIA POR PÉRDIDA TOTAL.- Se entiende por este concepto, la indemnización al asegurado la cantidad equivalente a diez días de uma vigente diarios con el límite máximo de 20 días o bien, que se configuren las hipótesis siguientes:
a) Que sea indemnizado en su totalidad el vehículo declarado pérdida total.
DEL TRÁMITE DOCUMENTAL Y PROCEDIMENTAL PARA RECLAMAR LA INDEMIZACIÓN POR PÉRDIDA TOTAL EN DAÑOS MATERIALES.
De acuerdo con el artículo 66 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, en la obligación por parte del asegurado de dar aviso del siniestro de forma inmediata en la medida de lo posible a la aseguradora, cuando suceda el siniestro, tal aviso se dará por satisfecho cuando, el asegurado reciba un número de folio de siniestro por vía telefónica al reportar el siniestro a los teléfonos que la Empresa Aseguradora le haya proporcionado en la póliza de seguro para esos efectos.
Será necesario para el asegurado, seguir el siguiente procedimiento, para que se entienda que éste a satisfecho el trámite de reclamación de su indemnización por pérdida total en daños materiales:
1. El asegurado deberá presentar la factura en original del vehículo asegurado, debidamente endosada a la Empresa Aseguradora, con copia fotostática de la misma.
2. deberá presentar una copia de identificación personal con fotografía.
3. Comprobante del último pago del impuesto sobre tenencia, mismo que deberá corresponder al último ejercicio fiscal en curso.
4. Comprobante de la debida baja de placas del vehículo asegurado.
5. Juego Completo de llaves de la unidad, o bien con las que se cuente en ese momento.
6. Comprobante de la última verificación vehicular ambiental para el vehículo, misma que corresponderá a la más actualizada de acuerdo a los programas vigentes de verificación vehicular.
3.- ROBO TOTAL. PARTICULARIDADES DE.
Para los efectos del presente contrato, quedan convenidas por ambas partes, las siguientes definiciones:
ROBO.- Es el apoderamiento de "una cosa ajena mueble sin derecho y sin consentimiento de la persona, que puede disponer de ella con arreglo a la Ley.2
ROBO TOTAL.- se entenderá por el apoderamiento del vehículo asegurado, sin consentimiento del asegurado o conductor del vehículo en ese momento, o bien si estando estacionado sufre ese apoderamiento. El robo consiste en la posesión precaria que algún sujeto efectúe en el vehículo asegurado.
El robo del vehículo asegurado puede suceder por los siguientes eventos:
a) Xxxxxx con violencia física o verbal (psicológica).
b) Desaparición del vehículo del lugar en donde fue estacionado.
DE LOS TÉRMINOS PARA LA INDEMIZACIÓN
Con fundamento en el artículo 71 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, la Empresa Aseguradora se obliga a indemnizar al asegurado en un plazo no mayor a treinta días naturales, contados a partir de que la misma haya recibido todos los documentos necesarios para proceder a tramitar la indemnización de mérito, de lo contrario se entiende que la Empresa Aseguradora cae en xxxx por configurarse el vencimiento del pago de su obligación, por lo que se establece desde este momento una pena convencional, consistente en la extensión de la cobertura de indemnización diaria por robo, en tanto no cubra la Aseguradora la indemnización total por el robo del vehículo de acuerdo a su valor comercial, valor factura o valor convenido, según sea el caso. Todo ello sin perjuicio de los procedimientos legales a que haya lugar para impulsar judicialmente el pago de esa indemnización.
INDEMNIZACIÓN DIARIA POR ROBO.- Se entiende por este concepto, la indemnización al asegurado la cantidad equivalente a diez días de UMAS diarios con el límite máximo de 20 días o bien, que se configuren las hipótesis siguientes:
a) Que sea indemnizado en su totalidad el vehículo robado.
b) Que el vehículo asegurado sea localizado y recuperado y entregado al asegurado.
DEL TRÁMITE DOCUMENTAL Y PROCEDIMENTAL PARA RECLAMAR LA INDEMIZACIÓN POR ROBO TOTAL
De acuerdo con el artículo 66 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, en la obligación por parte del asegurado de dar aviso del siniestro de forma inmediata en la medida de lo posible a la aseguradora, cuando suceda el siniestro, tal aviso se dará por satisfecho cuando, el asegurado reciba un número de folio de siniestro por vía telefónica al reportar el siniestro a los teléfonos que la Empresa Aseguradora le haya proporcionado en la póliza de seguro para esos efectos.
Será necesario para el asegurado, seguir el siguiente procedimiento, para que se entienda que éste a satisfecho el trámite de reclamación de su indemnización por Robo Total del Vehículo asegurado.
1. Presentar factura original del vehículo asegurado, debidamente endosado la Empresa Aseguradora.
2. Copia de identificación oficial con fotografía.
3. Comprobante del último pago del impuesto sobre tenencia, mismo que deberá corresponder al último ejercicio fiscal en curso.
4. Comprobante de la debida baja de placas del vehículo asegurado.
5. Juego Completo de llaves de la unidad, o bien con las que se cuente en ese momento.
6. Comprobante de la última verificación vehicular ambiental para el vehículo, misma que corresponderá a la más actualizada de acuerdo a los programas vigentes de verificación vehicular.
7.- Copia Certificada de el Acta Levantada ante el Ministerio Público, en donde se detallen los hechos que dieron lugar al robo del vehículo.
RESPONSABILIDAD CIVIL.- En el entendido que la responsabilidad civil es la obligación que recae sobre una persona de reparar el daño que ha causado a otro. La presente cobertura deberá amparar la Responsabilidad Civil en que incurra el asegurado o cualquier persona que con su consentimiento o sin el use el vehículo y que a consecuencia de dicho uso cause daños materiales a terceros en sus bienes y/o personas, como lo son lesiones corporales o la muerte, incluyendo la indemnización por daño moral que en su caso legalmente corresponda.
En adición y hasta por una cantidad igual al límite máximo de responsabilidad, esta cobertura se extiende a cubrir los gastos y costas a que fuere condenado el Asegurado o cualquier persona que con su consentimiento expreso o tácito use el vehículo, en caso de juicio civil seguido en su contra con motivo de responsabilidad civil.
LÍMITE ÚNICO Y COMBINADO
El límite único y combinado es una figura contractual y legal que se desprende de la presente cobertura y que se basa en que el límite máximo significa la indemnización hasta la suma asegurada contratada, y así, de manera combinada se indemniza, es decir puede ocasionarse un menoscabo en bienes de terceros o bien en las mismas personas de los terceros.
ASISTENCIA Y DEFENSA LEGAL.- Bajo la presente cobertura, La Empresa Aseguradora se obliga a tener en todo momento a disposición de La Universidad, abogados calificados con cédula profesional emitida por la Dirección General de Profesiones de la SEP, mismos que en el evento de que el conductor del vehículo asegurado participare en un siniestro y que por la naturaleza del mismo y sus consecuencias, el conductor deba ser detenido ya sea por producto de lesiones o daño a las cosas, La Empresa Aseguradora se obliga a asistir al conductor del vehículo con el objeto de defenderlo ante la autoridad ministerial o la que resulte competente, se obliga a llevar a cabo con toda diligencia los trámites para depositar la correspondiente fianza, por efectos de la caución, así mismo se obliga a darle seguimiento a todo el proceso legal en sus diversas etapas, hasta la conclusión del mismo.
El instrumento de garantía, es decir la fianza, será interpuesta x xxxxx de la Empresa Aseguradora, hasta por el monto contratado en Responsabilidad Civil en bienes y/o personas, así como en la responsabilidad civil catastrófica. A continuación se detallan los puntos del alcance de la cobertura:
1) Los servicios profesionales de un cuerpo especializado de abogados las 24 horas de los 365 días del año, encaminados fundamentalmente a obtener la libertad del conductor, así como tutelar su defensa legal en todo el proceso, así como tramitar ante las autoridades competentes la liberación del vehículo asegurado.
2) El otorgamiento de la prima de la fianza o garantía de dinero en efectivo, que como caución fije el ministerio público o la autoridad judicial competente, para conceder la libertad provisional del conductor, si ésta procede, y la liberación del vehículo asegurado, si incluye el pago de cualquier otra erogación que legalmente proceda.
3) Los servicios profesionales de un cuerpo especializado de abogados, encaminados a asesorar y apoyar al asegurado, a su representante o al conductor del vehículo, en la presentación de denuncias necesarias por el robo total de la unidad asegurada, y en su caso, en los trámites para lograr la devolución del vehículo si éste fuese localizado por la autoridad, la Empresa Aseguradora tramitará la obtención de las copias certificadas que requiera la misma.
4) Si a consecuencia del accidente, el conductor quedará sujeto a un proceso legal ya sea civil o penal, la presente cobertura se actualizará constituyéndose a través de sus abogados especialistas en defensor del conductor, aportando en el proceso todos aquellos elementos que le favorezcan e interponiendo los recursos necesarios, aún el Juico xx Xxxxxx, hasta agotar todas las instancias legales o constitucionales a que haya lugar.
ASISTENCIA EN CASO DE FALLECIMIENTO.
En caso de fallecimiento del conductor u ocupantes a consecuencia de un accidente automovilístico del vehículo asegurado, serán otorgados por la Empresa Aseguradora los siguientes servicios y prestaciones:
a) Atención las 24 horas de los 365 días del año para la solución de los problemas legales y administrativos relacionados con el fallecimiento del conductor u ocupantes del vehículo como lo son:
1. La tramitación y obtención del certificado médico y acta de defunción en su caso, incluyendo el pago de honorarios, derechos y demás gastos que deban erogarse para la obtención de los documentos.
2. Asistencia y apoyo en trámites funerarios que consisten en poner a disposición de los deudos del fallecido, un abogado gestor que se encargará de la contratación de los servicios funerarios como sala de velación, ataúd, cementerio x xxxx de cremación, etc. Esta cobertura incluye los honorarios del profesional que asista a los deudos.
3. Tramitación legal y administrativa ante el Ministerio Público Local y/o federal, y ante el servicio médico forense, en caso de que el deceso ocurra en circunstancias violentas o se relacione con la investigación de un delito.
4. Tramitación legal y administrativa ante las autoridades federales y estatales, para obtener los permisos de traslado del Asegurado fallecido en un lugar diferente al de su residencia habitual, los deudos del fallecido tendrán derecho, sin costo alguno de honorarios, que los abogados de la Empresa Aseguradora tramiten las autorizaciones y permisos que se requieran para el traslado del fallecido.
5. Asesoramiento y asistencia legal ante toda clase de autoridades, aseguradoras e instituciones públicas y privadas, para obtener el pago de pensiones, seguros, indemnizaciones y cualquier otra prestación que proceda para el asegurado con motivo de su fallecimiento a la pérdida de miembros. La compañía asesorará y tramitará los pagos a que se refiere esta cobertura, siempre y cuando los deudos proporcionen la documentación, testimonios y demás medios de pruebas que legalmente sean necesarios para culminar los procedimientos de pago.
6. Asesoramiento técnico- legal a los deudos del asegurado en materia de herencias, legados y otros aspectos de derecho sucesorio.
GASTOS MÉDICOS OCUPANTES.
Se deberá amparar el pago de gastos médicos por concepto de hospitalización, medicinas, atención médica, enfermeros, servicio de ambulancia y gastos de entierro, originados por lesiones corporales que sufra el asegurado o cualquier persona ocupante del vehículo asegurado, en accidentes de tránsito, robo o intento de robo total del vehículo, ocurridos mientras se encuentren dentro del compartimento, caseta o cabina destinados al transporte de personas.
De ninguna manera La Empresa Aseguradora podrá excluir tratamientos, aparatos, sesiones de rehabilitación, atención médica, prótesis, etcétera, y todo aquello necesario para la atención de la lesión que sufra(n) el (los) asegurado(s). La única limitante será el límite máximo de aseguramiento, como lo es la suma asegurada y que así mismo esos tratamientos, prótesis, sesiones de rehabilitación, etcétera sean debidamente justificadas, desde el punto de vista médico.
Se ampararán pues los siguientes eventos:
a) Hospitalización.
b) Atención médica.
c) Enfermeros fuera de hospital, con reconocimiento de ejercicio profesional.
d) Servicios de ambulancia.
e) Gastos de entierro a reembolso, previa comprobación de gastos con documentos que reúnan los requisitos fiscales al momento del suceso. Se entiende que el monto máximo del gasto lo será el de la suma asegurada por este concepto, restando a ello los gastos que se hayan erogado por concepto de la atención y gastos cubiertos por esta cobertura efectuada previa al deceso.
La presente cobertura operará en la modalidad de límite único y combinado hasta por el monto de la suma asegurada detallada en el cuadro de coberturas del presente anexo.
SEGURO DE VIDA POR CONCEPTO DE ACCIDENTES AUTOMOVILÍSTICOS AL CONDUCTOR.
ACCIDENTE.- Suceso eventual que altera el orden regular de las cosas.
Por lo tanto la presente cobertura se configura cuando el conductor del vehículo asegurado por un acontecimiento proveniente única y directamente de una causa externo, súbito, violento y fortuito que produzca lesiones corporales o la muerte acontezca mientras se encuentre conduciendo el vehículo asegurado.
Se ampara la muerte accidental o pérdidas orgánicas del conductor que maneje el vehículo asegurado, hasta por el límite máximo de responsabilidad que en el recuadro de coberturas se especifica.
Para efecto de ponderar en porcentaje la indemnización de la presente cobertura se especifica lo siguiente:
Por la pérdida de |
Porcentaje de la suma asegurada |
La vida |
100% |
Ambas manos o ambos pies o la vista de ambos ojos |
100% |
Una mano y un pie |
100% |
Una mano y la vista de un ojo o un pie y la vista de un ojo |
100% |
Una mano o un pie |
50% |
La vista de un ojo |
30% |
El dedo pulgar de cualquier mano |
15% |
El dedo índice de cualquier mano |
10% |
BENEFICIARIOS.
La suma asegurada por la pérdida de la vida al conductor del vehículo asegurado a consecuencia de un accidente cubierto por la póliza, se pagará a los beneficiarios que resulten del conductor, con arreglo a la Ley.
ADAPTACIONES Y CONVERSIONES.- La Empresa Aseguradora dará plena validez a las adaptaciones y conversiones que La Universidad efectúe a sus unidades, emitiendo para el efecto un avalúo, mismo que será puesto a consideración de La Empresa Aseguradora.
EQUIPO ESPECIAL.- La Empresa Aseguradora dará plena validez al Equipo especial con los que cuenten las unidades de la Universidad efectúe a sus unidades al valor comercial de las mismas.
El listado a detalle de las adaptaciones, conversiones y equipo especial, se le dará a la empresa adjudicada en el procedimiento.
**En ningún caso la Empresa Aseguradora cobrara al momento del siniestro cuota y/o deducible al conductor de los vehículos involucrados en el siniestro. Cualquier pago que se genere, se cubrirá de forma posterior al evento por lo que la Empresa Aseguradora se obliga a atender cualquier responsabilidad que se genere en el siniestro. A fin de garantizar lo anterior, se deberá emitir por la empresa Aseguradora (para cada vehiculo asegurado), oficio/carta donde se indique la cobertura del derecho mencionado, para que en caso de un siniestro el ajustador que atienda el accidente respete dicho acuerdo, asimismo deberá emitir este registro en el sistema de control de la aseguradora.
ANEXO X
Xxxxxx Vehicular (Cobertura Amplia)
MOTOCICLETAS: |
||||||
(COBERTURA AMPLIA) |
||||||
|
||||||
No. |
MARCA |
DESCRIPCION |
MODELO |
SERIE |
INVENTARIO |
PLACAS |
1 |
YAMAHA |
MO YAMAHA YFM250X BEAR TRACKER 230CC |
2001 |
0X0XX00XX0X000000 |
2508000D0400002 |
----- |
2 |
YAMAHA |
MO YAMAHA YFM250X BEAR TRACKER 230CC |
2002 |
0X0XX00X00X000000 |
0114000D0400001 |
ADW-63 |
3 |
YAMAHA |
MO YAMAHA YFM300 GRIZZLY AUT 287CC |
2009 |
0X0XX00X00X000000 |
7337 |
ABW-64 |
4 |
YAMAHA |
MO YAMAHA YFM300 GRIZZLY AUT 287CC |
2010 |
0X0XX00XXXX000000 |
16431 |
|
5 |
HONDA |
MO HONDA DIO 110 SCOOTER 110CC |
2012 |
0X0XX0000XX000000 |
00000 |
XXX-00 |
0 |
XXXXXX |
XX YAMAHA YFM300 GRIZZLY AUT 287CC |
2013 |
0X0XX00X0XX000000 |
37858 |
----- |
VEHICULOS |
|||||||
COBERTURA AMPLIA |
|||||||
|
|||||||
No |
MARCA |
DESCRIPCION |
MODELO |
SERIE |
PASAJEROS |
INVENTARIO |
PLACAS |
1 |
VW |
VW SEDAN 1600 S/EQ |
1990 |
11L0046002 |
5 |
2508000D0100001 |
AEJ-42-12 |
2 |
CHEVROLET |
CHEVROLET MALIBU LS V6 V/T C/A AC EE |
1998 |
0X0XX00X0X0000000 |
5 |
2015000D0100001 |
AEJ-42-13 |
3 |
NISSAN |
NISSAN TSURU GSI 4VEL AUSTERO |
1999 |
0X0XX00X0XX000000 |
5 |
2504101D0100002 |
AEJ-42-04 |
4 |
NISSAN |
NISSAN TSURU GSI 4VEL AUSTERO |
2001 |
0X0XX00X00X000000 |
5 |
46611 |
AEJ-42-15 |
5 |
NISSAN |
NISSAN TSUBAME GST TIPICA |
2002 |
0X0XX00X00X000000 |
5 |
2001000D0200001 |
AEJ-42-16 |
6 |
NISSAN |
NISSAN PLATINA "K" PLUS |
2003 |
0X0XX00X00X000000 |
5 |
0515000D0100001 |
AEJ42-19 |
7 |
CHRYSLER |
CHRYSLER VOYAGER TOWN & COUNTRY 3.8L L |
2003 |
0X0XX00X00X000000 |
7 |
16745 |
AEJ-42-03 |
8 |
CHEVROLET |
CHEVROLET UPLANDER EXT LS V/T |
2008 |
0XXXX00000X000000 |
6 |
2506000D0200011 |
AEJ-42-02 |
9 |
CHEVROLET |
CHEVROLET CHEVY C2 PAQ B 3P 1.6L100HP |
2012 |
0X0XX0XX0XX000000 |
5 |
28689 |
AEJ-42-05 |
10 |
CHEVROLET |
CHEVROLET CHEVY C2 PAQ B 3P 1.6L100HP |
2012 |
0X0XX0XXXXX000000 |
5 |
28692 |
AEJ-42-09 |
11 |
CHEVROLET |
CHEVROLET CHEVY C2 PAQ B 3P 1.6L100HP |
2012 |
0X0XX0XX0XX000000 |
5 |
28603 |
AEJ-42-10 |
12 |
NISSAN |
NISSAN TSURU GSI 5VEL AUSTERO |
2013 |
0X0XX00X0XX000000 |
5 |
34314 |
AEW-71-92 |
13 |
NISSAN |
NISSAN TSURU GSI 5VEL AUSTERO |
2013 |
0X0XX00X0XX000000 |
5 |
34313 |
AEW-71-91 |
14 |
NISSAN |
NISSAN TSURU GSI 5VEL AUSTERO |
0000 |
0X0XX00X0XX000000 |
5 |
46939 |
AFE-22-46 |
15 |
CHEVROLET |
CHEVROLET TAHOE V/T |
2014 |
0XXXX0X00XX000000 |
5 |
46556 |
AFD-22-72 |
16 |
NISSAN |
NISSAN TSURU GSI 5VEL AUSTERO |
2015 |
0X0XX00X0XX000000 |
5 |
55959 |
AFF-69-45 |
17 |
NISSAN |
NISSAN TSURU GSI 5VEL AUSTERO |
2016 |
0X0XX00X0XX000000 |
5 |
700029 |
AFL-36-09 |
18 |
CHEVROLET |
CHEVROLET SUBURBAN PREMIER 5P V8 5.3L |
2017 |
0XXXX0XXXXX000000 |
7 |
---- |
----- |
VEHICULOS DE TRANSPORTE DE PERSONAL Y/O PASAJEROS |
|||||||
(RESPONSABILIDAD VIAJERO). |
|||||||
|
|||||||
No. |
MARCA |
DESCRIPCION |
MODELO |
SERIE |
PASAJEROS |
INVENTARIO |
PLACAS |
1 |
DINA |
AUTOBUS TRANSPORTE PERSONAL/ESCOLAR |
1982 |
5028909B2 |
40 |
2406000D0300001 |
1-ABL-94 |
2 |
CHEVROLET |
AUTOBUS TRANSPORTE PERSONAL/ESCOLAR |
1987 |
0XXX0X0X0XX000000 |
49 |
2506000D0300010 |
1-ABM-20 |
3 |
DINA |
MD MIDIBUS TRANSPORTE PERSONAL/ESCOLAR |
1990 |
1341721CO |
27 |
2506000D0300006 |
1-ABP-78 |
4 |
DINA |
MICROBUS TRANSPORTE PERSONAL/ESCOLAR |
1998 |
0XXXXXXXXXX000000 |
27 |
2506000D0300009 |
1-ABM-23 |
5 |
DINA |
MD MIDIBUS TRANSPORTE PERSONAL/ESCOLAR |
1999 |
0XXXXXXX0XX000000 |
27 |
2506000D0300007 |
1-ABM-21 |
6 |
DINA |
MD MIDIBUS TRANSPORTE PERSONAL/ESCOLAR |
1999 |
0XXXXXXX0XX000000 |
27 |
2506000D0300008 |
1-ABM-22 |
7 |
CHEVROLET |
CHEVROLET EXPRESS VAN |
1999 |
0XXXX00X0X0000000 |
14 |
2506000D0100003 |
AEJ-42-20 |
8 |
CHEVROLET |
CHEVROLET EXPRESS VAN |
2001 |
0XXXX00X000000000 |
14 |
2506000D0200008 |
AEJ-42-18 |
9 |
INTERNACIONAL |
AUTOBUS TRANSPORTE PERSONAL/ESCOLAR |
2002 |
0XXXXXXX00X000000 |
29 |
0215000D0300001 |
1-ABL-95 |
10 |
NISSAN |
NISSAN URVAN DX LARGA |
2003 |
JN1FE56S873X501077 |
14 |
0125000D0200002 |
AEH-28-68 |
11 |
VOLVO |
AUTOBUS TRANSPORTE PERSONAL/ESCOLAR |
2006 |
0XXX0X00000000000 |
42 |
2506000D0300011 |
1-ABM-24 |
12 |
CHEVROLET |
CHEVROLET EXPRESS VAN |
2007 |
0XXXX00X000000000 |
14 |
2506000D0200010 |
AEJ-42-21 |
13 |
MERCEDEZ |
MINI BUS TRANSPORTE PERSONAL STD. |
2008 |
XX0XX00000X000000 |
19 |
661 |
1-ABM-27 |
14 |
XXXXXXXX |
XXXXX SPRINTER 515 WAGON TOLDO ALTO |
2008 |
XX0XX00000X000000 |
3 |
426 |
AE-41-316 |
15 |
MERCEDEZ |
MOD. ALEGRO AUTOBUS TRANSPORTE PERSONAL/ESCOLAR |
2009 |
0XXXX0XXX0X000000 |
42 |
665 |
1-ABM-29 |
16 |
MERCEDEZ |
SPRINTER MINIBUS TRANSPORTE PERSONAL STD. |
2009 |
XX0XX000X0X000000 |
19 |
663 |
1-ABM-25 |
17 |
MERCEDEZ |
SPRINTER MINIBUS TRANSPORTE PERSONAL STD. |
2009 |
XX0XX00000X000000 |
19 |
664 |
1-ABM-26 |
18 |
MERCEDEZ |
SPRINTER MINIBUS TRANSPORTE PERSONAL STD. |
2009 |
XX0XX00000X000000 |
19 |
662 |
1-ABM-28 |
19 |
FORD |
FORD TRANSIT VAN LARGA PASAJEROS C/AC |
2010 |
XX0XX0X00XXX00000 |
3 |
23105 |
XX-00-000 |
00 |
XXXXXXXX |
AUTOBUS TRANSPORTE PERSONAL/ESCOLAR |
2012 |
0XXXX0XX0XX000000 |
41 |
29144 |
1-ABM-33 |
21 |
CHEVROLET |
CHEVROLET EXPRESS VAN BASE |
2012 |
0XXXX0X0XX0000000 |
8 |
28687 |
AEJ-42-07 |
22 |
CHEVROLET |
CHEVROLET EXPRESS VAN |
2012 |
0XXXX0XX0X0000000 |
15 |
28688 |
AEJ-42-08 |
23 |
XXXXXXXX XXXX |
MBENZ SPRINTER 415 WAGON C/A CDI LWB T |
2014 |
XX0XX0X00XX000000 |
19 |
51388 |
AFE-78-33 |
24 |
CHEVROLET |
CHEVROLET EXPRESS VAN PASSENGER LS D 3 |
2016 |
0XXXX0XX0X0000000 |
15 |
----- |
----- |
25 |
CHEVROLET |
CHEVROLET EXPRESS VAN PASSENGER LS D 3 |
2016 |
0XXXX0XX0X0000000 |
15 |
----- |
----- |
26 |
CHEVROLET |
CHEVROLET EXPRESS VAN PASSENGER LS D 3 |
2016 |
0XXXX0XX0X0000000 |
15 |
----- |
----- |
27 |
XXXXXXXX XXXX |
MBENZ SPRINTER 515 WAGON TOLDO ALTO |
2017 |
XX0XX0X00XX000000 |
21 |
72363 |
2ABR79 |
28 |
XXXXXXXX XXXX |
MBENZ SPRINTER 515 WAGON TOLDO ALTO |
2017 |
XX0XX0X00XX000000 |
21 |
72362 |
2ABR77 |
29 |
XXXXXXXX XXXX |
MBENZ SPRINTER 515 WAGON TOLDO ALTO |
2017 |
XX0XX0X00XX000000 |
21 |
72361 |
2ABR78 |
30 |
XXXXXXXX XXXX |
MBENZ SPRINTER 415 WAGON C/A CDI LWB T |
2017 |
XX0XX0X00XX000000 |
20 |
77994 |
3ABR02 |
31 |
XXXXXXXX XXXX |
MBENZ SPRINTER 415 WAGON C/A CDI LWB T |
2017 |
XX0XX0X0XXX000000 |
20 |
77995 |
3ABR03 |
32 |
XXXXXXXX XXXX |
MBENZ SPRINTER 415 WAGON C/A CDI LWB T |
2017 |
XX0XX0X00XX000000 |
20 |
77996 |
3ABR04 |
33 |
XXXXXXXX XXXX |
MBENZ SPRINTER 515 WAGON EXTRALARGA 5P |
2017 |
XX0XX0X00XX000000 |
22 |
83256 |
3ABR08 |
34 |
XXXXXXXX XXXX |
AUTOBUS TRANSPORTE PERSONAL/ESCOLAR |
2017 |
0XXXX0XX0XX000000 |
33 |
76690 |
2ABR72 |
35 |
XXXXXXXX XXXX |
AUTOBUS TRANSPORTE PERSONAL/ESCOLAR |
2017 |
0XXXX0XX0XX000000 |
33 |
76695 |
2ABR73 |
36 |
XXXXXXXX XXXX |
AUTOBUS TRANSPORTE PERSONAL/ESCOLAR |
2017 |
0XXXX0XX0XX000000 |
39 |
76698 |
3ABR06 |
37 |
XXXXXXXX XXXX |
AUTOBUS TRANSPORTE PERSONAL/ESCOLAR |
2017 |
0XXXX0XX0XX000000 |
39 |
76699 |
3ABR07 |
38 |
XXXXXXXX XXXX |
AUTOBUS TRANSPORTE PERSONAL/ESCOLAR |
2017 |
0XXXX0XX0XX000000 |
39 |
76700 |
3ABR05 |
VEHICULOS Y CAMIONES |
|||||||
COBERTURA AMPLIA |
|||||||
|
|||||||
No. |
MARCA |
DESCRIPCION |
MODELO |
SERIE |
PASAJEROS |
INVENTARIO |
PLACAS |
1 |
FORD |
CS FORD F-350 CHASIS CABINA XL CUSTOM |
1980 |
F60HVGG0438 |
3 |
2507000D0300001 |
XX-00-000 |
0 |
XXXXXXXX |
XXXXX X-000 XXXXXXX X0 (XXX) |
1982 |
D24BE8S118872 |
3 |
2504102D0200001 |
AE-41-665 |
3 |
CHRYSLER |
DODGE D-150 PICK-UP CUSTOM |
1989 |
L9564679202277 |
3 |
2506000D0200003 |
AE-36-877 |
4 |
CHEVROLET |
GMOTORS C-15 PICK-UP CHEYENNE |
1990 |
0XXXX00X0XX000000 |
3 |
2204000D0200001 |
AE-41-654 |
5 |
TOYOTA |
RG PICK UP CARGA |
1992 |
0XXXX00X0XX000000 |
3 |
0206000D0200004 |
AE-68-625 |
6 |
DODGE |
CS CHRYSLER RAM 3500 CUSTOM CHASIS CAB |
1994 |
0X0XX00X0XX000000 |
3 |
2504000D0200001 |
AE-41-655 |
7 |
CHRYSLER |
CHRYSLER RAM 1500 PICK-UP CUSTOM |
1995 |
0X0XX00X0XX000000 |
3 |
2506000D0200007 |
AE-41-657 |
8 |
NISSAN |
CS NISSAN CHASIS CABINA LARGO |
1998 |
0X0XX00X0XX000000 |
3 |
2204000D0200003 |
AE-41-660 |
9 |
NISSAN |
NISSAN ESTAQUITAS LARGO |
1998 |
3N1CD15S1WKOO5472 |
3 |
2507000D0200001 |
AE-41-661 |
10 |
NISSAN |
NISSAN ESTAQUITAS LARGO |
1998 |
0X0XX00X0XX000000 |
3 |
0206000D0200003 |
AE-68-627 |
11 |
NISSAN |
NISSAN PICK-UP XXXXX XXXXXX |
0000 |
0X0XX00X0XX000000 |
3 |
0206000D0200002 |
AE-68-624 |
12 |
CHRYSLER |
CHRYSLER RAM 1500 PICK-UP CUSTOM |
1999 |
0X0XX00X0XX000000 |
3 |
2506000D0200009 |
AE-41-653 |
13 |
NISSAN |
NISSAN PICK-UP DOBLE CABINA TIPICO |
2000 |
0X0XX00X0XX000000 |
5 |
71660 |
AF-30-924 |
14 |
CHEVROLET |
GMOTORS LUV ESTACAS |
2001 |
0XXXXXX000X000000 |
3 |
2504000D0200002 |
AE-41-656 |
15 |
CHRYSLER |
CHRYSLER RAM VAN 1500 CORTA |
2002 |
0X0XX00X00X000000 |
2 |
2715000D0300001 |
AE-41-658 |
16 |
NISSAN |
NISSAN ESTAQUITAS LARGO |
2002 |
0X0XX00X00X000000 |
3 |
2503000D0200001 |
AE-41-662 |
17 |
NISSAN |
NISSAN ESTAQUITAS LARGO |
2002 |
0X0XX00X00X000000 |
3 |
2507000D0200002 |
AE-41-663 |
18 |
NISSAN |
NISSAN ESTAQUITAS LARGO |
2002 |
0X0XX00X00X000000 |
3 |
2507000D0200003 |
AE-41-664 |
19 |
CHRYSLER |
CHRYSLER RAM MAXI VAN 3500 |
2002 |
0X0XX00X00X000000 |
3 |
0215300D0200001 |
AE-36-864 |
20 |
CHEVROLET |
CS GMOTORS C-36 CHASIS CABINA CUSTOM |
2003 |
0XXXX00X00X000000 |
3 |
2504000D0200003 |
AE-41-659 |
21 |
CHEVROLET |
CHEVROLET C-20 PICK-UP SILVERADO 2500 |
2008 |
0XXXX00X00X000000 |
3 |
2204308D0200001 |
AE-41-315 |
22 |
CHEVROLET |
CS CHEVROLET C-35 CHASIS CAB SILVERADO |
2009 |
0XXXX00X00X000000 |
3 |
7498 |
AE-41-317 |
23 |
CHEVROLET |
CS CHEVROLET C-35 CHASIS CAB SILVERADO |
2010 |
0XX0XXXX0XX000000 |
3 |
16220 |
AE-68-626 |
24 |
FORD |
FORD RANGER CAB REG XL 2.3L 143HP LWB |
2011 |
0XXXX0XX0X0000000 |
3 |
23104 |
AE-41-651 |
25 |
NISSAN |
NISSAN NP300 PICK UP VERSION ESPECIAL |
2012 |
0X0XX00X0XX000000 |
3 |
28686 |
AE-41-668 |
26 |
NISSAN |
NISSAN NP300 PICK UP VERSION ESPECIAL |
2012 |
0X0XX00X0XX000000 |
3 |
28684 |
AE-41-667 |
27 |
NISSAN |
NISSAN NP300 PICK UP VERSION ESPECIAL |
2012 |
0X0XX00X0XX000000 |
3 |
28685 |
AE-41-666 |
28 |
CHEVROLET |
CS CHEVROLET C-35 CHASIS CAB SILVERADO |
2013 |
0XX0X0XX0XX000000 |
3 |
34315 |
AE-85-839 |
29 |
CHEVROLET |
CS CHEVROLET C-35 CHASIS CAB SILVERADO |
2013 |
0XX0X0XX0XX000000 |
3 |
48178 |
AF-12-967 |
30 |
NISSAN |
CS NISSAN NP 300 CHASIS CABINA 5V |
0000 |
0X0XX00X0XX000000 |
3 |
51387 |
AF-13-954 |
31 |
NISSAN |
NISSAN NP 300 ESTACAS DH VERSION ESPEC |
0000 |
0X0XX00X0XX000000 |
3 |
46941 |
AF-12-963 |
32 |
NISSAN |
NISSAN NP 300 ESTACAS DH VERSION ESPEC |
0000 |
0X0XX00X0XX000000 |
3 |
46940 |
AF-12-966 |
33 |
CHEVROLET |
GMOTORS TORNADO LS PK "B" 2P L4 1.8L A |
2017 |
00XXX00X0XX000000 |
2 |
----- |
---- |
ANEXO D.
DE LA COBERTURA DE RESPONSABILIDAD CIVIL VIAJERO
DE LAS COBERTURAS GENERALES.
-
COBERTURAS
DEDUCIBLES Y SUMAS ASEGURADAS
DAÑOS MATERIALES
5% autos, motos, pick up y camiones hasta 3.5 ton.
2% camiones más de 3.5 ton y autobuses.
20% rotura cristales sobre el valor del cristal dañado incluyendo xxxxxx y gomas
ROBO TOTAL Y PARCIAL
10% autos, motos, pick up y camiones hasta 3.5 ton
10% camiones más de 3.5 ton, autobuses y demás vehículos
R.C.
DEDUCIBLE 50 UMA SUMA ASEGURADA: 2´250,000.003
GASTOS MÉDICOS AL CONDUCTOR
SUMA ASEGURADA 500,000.00
DEFENSA JURÍDICA Y ASISTENCIA LEGAL
AMPARADO
R.C. VIAJERO
3,160 UMA
1.- Muerte y Gastos funerarios.
2.- Incapacidad.
a) Permanente parcial.
b) Permanente total.
3.- Asistencia médica.
4.- Inhabilitación.
5.- Pérdida o daño al equipaje.
2.- Muerte y gastos funerarios: Hasta el equivalente de 3,160 días UMA al momento de contratación de la póliza.
3.- Incapacidad: hasta el equivalente a 3,160 UMA al momento de contratación de la póliza.
a) Permanente parcial. (De acuerdo a tabla de valuación de la Ley Federal del Trabajo)
b) Permanente total.
4.- Asistencia médica: Hasta el equivalente a 3,160 UMA al momento de contratación de la póliza.
5.- Inhabilitación: Hasta el equivalente a 3,160 díasUMA al momento de contratación de la póliza.
6.- Pérdida o daño al equipaje: Hasta el equivalente a 3,160 UMA al momento de contratación de la póliza.
DEFINICIONES.
Viajero o pasajero: Persona física que hace uso de un autotransporte debidamente autorizado para transportar pasajeros mediante concesión, contrato o permiso de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT). SCT, requisitos para registrar vehículos.
Víctima: Persona que sufre daño en su integridad física o en sus pertenencias al ocurrir un accidente mientras viaja como pasajero a bordo de transporte terrestre.
Inhabilitación: Es la pérdida de facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente a una persona que desempeña su trabajo por algún tiempo.
Incapacidad permanente parcial: Es la disminución de las facultades o aptitudes de una persona para trabajar.
Incapacidad permanente total: Es la pérdida de facultades o aptitudes de una persona que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo por el resto de su vida.
(nombre y firma de la persona física o representante legal de la persona física o moral o representante común de la agrupación de personas)
Anexo “2”
“Lugar de Entrega de los Servicios”
8:00 a 15:00 horas
Universidad Autónoma de Aguascalientes
Partida |
Lugar de entrega * |
Responsable |
Correo electrónico |
Observaciones |
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1 y 2 |
Departamento de control de bienes muebles e inmuebles. |
M.A. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Jefa Xxx Xxxxx. De Control De Bienes Muebles E Xxxxxxxxx |
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Presentar Carta compromiso en original en la cual manifieste que en caso de resultar adjudicado, entregará la carta cobertura conforme a la partida adjudicada.
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La vigencia de las pólizas objeto de esta licitación deberá ser de un año contado a partir de las 12:00 horas del día 01 de julio de 2017 y vencerá hasta las 12:00 horas del 01 de julio del año 2018. Por lo cual manifiesto bajo protesta de decir verdad, la vigencia de los seguros contratados conforme lo solicitado por la convocante en este punto de bases.
Las pólizas objeto de esta licitación y los recibos xx xxxxxx correspondientes deberán entregarse en un plazo que no excederá los 10 (diez) días naturales a partir de la fecha de fallo, con el Jefe del Departamento de Adquisiciones, ubicada en la Dirección General de Finanzas, edificio 1 del campus universitario, sita en av. Universidad 940, de esta ciudad.
Anexo “3”
“Acreditación del Licitante”
(en papel con membrete de la empresa, o bien con su nombre o razón social impreso)
Yo, (nombre del representante legal o apoderado), comparezco a nombre y representación de ______(nombre del licitante)___________para expresar mi interés en participar en el presente procedimiento de Invitación a cuando menos tres personas número _____________; asimismo, bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para suscribir la propuesta en el presente procedimiento a nombre de mi representada:
Clave del Registro Federal de Contribuyentes:
Domicilio:
Calle y número:
Colonia: Delegación o municipio:
Código postal: Entidad federativa:
Teléfonos: fax:
Correo electrónico:
Fecha y número de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva, y en su caso, la o las de sus reformas o modificaciones:
Nombre, número y xxxxx xxx xxxxxxx público ante el cual se dio fe de la(s) misma(s):
Fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio:
Relación de accionistas:
Apellido paterno: Apellido materno: Nombre(s):
Descripción del objeto social:
Nombre del apoderado o representante:
Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades:
Escritura pública número: fecha:
Nombre, número y xxxxx xxx xxxxxxx público ante el cual se otorgó:
(Lugar y fecha)
Protesto lo necesario.
(Nombre y firma de la persona física o representante legal de la persona física o moral o representante común de la agrupación de persona)
Código: FO-80400-14
Revisión: 00
Emisión: 02/09/08
Anexo “4”
“Manifiesto bajo protesta de decir verdad”
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE AGUASCALIENTES.
P R E S E N T E.
Quien suscribe, como representante legal de la empresa_________________ manifiesto bajo protesta de decir verdade, lo siguiente:
En cumplimiento a las bases de la convocatoria de la Invitación a cuando menos tres personas Nº____________, que por mi conducto no participan en la presente invitación personas físicas x xxxxxxx que se encuentran inhabilitadas y no me encuentro en alguno de los supuestos del artículo 71 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Aguascalientes y sus Municipios.
Que por mí mismo o a través de interpósita persona, me abstengo de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la convocante, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes.
Una vez examinadas las condiciones y cláusulas de las bases, declaro que he leído las bases de la ITP N°____________________________ y sus anexos, entendidos y aceptados sus términos, hemos elaborado las ofertas técnicas y económicas que sometemos a su consideración.
Que la empresa a quien represento, con Registro Federal de Contribuyentes no. ______ se encuentra al corriente en el pago de sus obligaciones fiscales.
Garantía de Solvencia: Declaro bajo protesta de decir verdad en la que manifiesten no estar actualmente en el supuesto de haber sido declarada en quiebra, puesta en liquidación, estado grave de insolvencia, de apalancamiento, de no encontrarse enfrentando proceso de concurso mercantil y que por el contrario cuenta con solvencia suficiente para hacer frente a su obligación de aseguramiento, desde el punto de vista técnico y económico, siendo mi representada de nacionalidad ______.
(Nombre y firma del participante o su representante legal)
Anexo “5”
“Cédula de ofertas económicas”
1. Datos de identificación del licitante:
1.1 (Nombre o razón social)
1.2. (Nombre y cargo del representante legal común)
1.3 (Clave del registro federal de contribuyentes)
1.4 (Teléfono (s))
1.5. Domicilio:
Calle:_______________________________________ Número exterior_____________
Número interior_______Colonia_____________________Código Postal_______
Ciudad:_____________________________________Entidad:_______________________
Oferta económica:
Partida nº1
Tipo de seguro |
Bien por asegurar |
Suma asegurada |
Prima neta |
Derecho de póliza |
Subtotal |
IVA |
Prima total |
Deducibles y/o coaseguros |
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Total de la partida 1 sin IVA:_____________
Partida nº2
Tipo de seguro |
Bien por asegurar |
Suma asegurada |
Prima neta |
Derecho de póliza |
Subtotal |
IVA |
Prima total |
Deducibles y/o coaseguros |
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Total de la partida 2 sin IVA:_____________
(Nombre y firma de la persona física o representante legal de la persona física o moral o representante común de la agrupación de personas)
Anexo “6”
“Formato para preguntas de junta de aclaraciones”
Con referencia en las Bases de la Invitación a cuando menos tres personas____________ Número_____________ para la Adquisición de _________________ requerido por la Universidad Autónoma de Aguascalientes, solicito de la manera más atenta las respuestas de las siguientes preguntas:
Nombre de la Empresa:
Número de Preguntas:
Número |
Partida, Punto, Numeral, apartado, anexo. |
Texto de la pregunta |
1 |
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2 |
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3 |
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4 |
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… |
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*Incluir de acuerdo al numeral II de las Bases:
1) Manifiesto de interés en participar
2) Documento en PDF (firmado) y en Word.
(Nombre y firma de la persona física o representante legal de la persona física o moral o representante común de la agrupación de personas)
Anexo “7”
“Modelo de Contrato Adquisiciones”
C. No. I.T.P. E/801001991-001-17-1
Seguros de Bienes Muebles e Inmuebles.
CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE PÓLIZAS DE SEGUROS VARIOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE AGUASCALIENTES, EN LO SUCESIVO “LA UNIVERSIDAD”, REPRESENTADA POR SU RECTOR M. EN ADMÓN. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX Y POR EL SECRETARIO GENERAL, DR. EN C. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX Y POR LA OTRA PARTE, SEGUROS EN LO SUCESIVO “EL PROVEEDOR”, REPRESENTADA POR EL C. XXXXXX XXXXXX XXXX XXXXXXX EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL, DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I.- DE “LA UNIVERSIDAD”:
A).- Que es un organismo público descentralizado del Estado, con personalidad jurídica propia, cuya función es impartir la enseñanza media y superior en el Estado de Aguascalientes, realizar la investigación científica y humanística y extender los beneficios de la cultura a los diversos sectores de la población, de acuerdo a su Ley Orgánica publicada en el periódico oficial del estado con fecha 24 de febrero de 1974. Así como el desarrollo de las actividades destinadas a dar cumplimiento a los fines y metas establecidas en sus ordenamientos legales y plan de desarrollo.
B).- Que su representante legal es el en su carácter de Rector en virtud del nombramiento emitido por la H. Junta de Gobierno de la Universidad Autónoma de Aguascalientes de fecha 3 de diciembre de 2013, con capacidad legal necesaria para celebrar contratos y/o convenios en su nombre y representación, con fundamento en los artículos 12 y 14 de su Ley Orgánica y 59 de su Estatuto. Asimismo, será representante legal de la Institución junto con el Rector, el Secretario General de la misma, , de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 de la Ley Orgánica y 64 de su Estatuto.
C).- Que su domicilio se ubica en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx xxxxxx 000, Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx, código postal 20131, en Aguascalientes, Ags., y su Registro Federal de Contribuyentes es UAA740 224 TQ2.
D) Que dentro de su estructura legal y administrativa se encuentra la Dirección General de Finanzas, la cual, a través de su titular, quien suscribe el presente instrumento legal, asume los compromisos sustantivos que se derivan del presente documento, así como los aspectos técnicos, operativos, presupuestales y fiscales, que son responsabilidad exclusiva del área operativa señalada.
E).- Que cuenta con la autorización del presupuesto para cumplir con los compromisos derivados del contrato, específicamente, los recursos provienen del Fondo Ordinario Fuente de Financiamiento Estatal.
II. “EL PROVEEDOR” declara que:
A).- Que es una Sociedad Anónima de Capital Variable legalmente constituida conforme a las leyes mexicanas, como lo acredita con el Testimonio de la Escritura Pública No. xxx, otorgada ante la xx xxx Xxxxxxx Público No de , Lic., con Registro Federal de Contribuyentes .
B).- Que el C., en su carácter de Representante Legal cuenta con las facultades suficientes para celebrar el presente Contrato, como lo acredita con el Testimonio de la Escritura Pública No. de fecha, otorgada ante la xx xxx Xxxxxxx Público No. del Estado de , Lic., facultades que bajo protesta de decir verdad, manifiesta no le han sido revocadas ni modificadas en forma alguna a la fecha de suscripción del presente instrumento.
C).- Que el personal que asignará para atender los servicios materia del mismo, es profesional y está debidamente capacitado para ello; asimismo cuenta con la organización, recursos materiales, experiencia, capacidad técnica y financiera para prestar de forma eficiente los servicios en los términos y condiciones establecidos en este instrumento y sus Anexos. Asimismo manifiesta estar legalmente constituida por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
D).- Que para los efectos de este Contrato, señala como domicilio el ubicado en
III.- DE AMBAS PARTES:
A).- Se reconocen la personalidad que ostentan y celebran el presente contrato de compra-venta, como resultado del procedimiento de Invitación a cuando menos tres personas N° E/801001991-01-16 para la Adquisición de Contratación de Seguros de Bienes Muebles e Inmuebles (Partida 1) para la Universidad Autónoma de Aguascalientes, de la cual resulto adjudicado “EL PROVEEDOR”, con fundamento en el artículo 56 y 57 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Aguascalientes y sus Municipios (en adelante la Ley), obligándose al tenor de las siguientes:
X X X X X X X X X
XXXXXXX.- Xxxxxx del contrato: “LA UNIVERSIDAD” se obliga a adquirir de “EL PROVEEDOR” y éste se obliga a suministrar los bienes consistentes en Contratación de Seguros de Bienes Muebles e Inmuebles (partida ) para “LA UNIVERSIDAD”, cuyas características, especificaciones y cantidades se describen en el Anexo “1” y conforme a lo establecido en su propuesta de la ITP E/801001991-001-17 presentada el pasado, que suscrito por ambas partes forman parte integrante del presente instrumento. Se establecen los derechos y obligaciones bajo las cuales “EL PROVEEDOR” se obliga mediante el pago de una prima, a proporcionar el pago de las indemnizaciones correspondientes a “LA UNIVERSIDAD” en caso de verificarse las eventualidades previstas en las coberturas de los diferentes tipos de pólizas aplicadas a los bienes señalados en el Anexo “1” del presente instrumento, el cual forma parte integrante del presente contrato y conforme a la propuesta técnica que fue presentada por “EL PROVEEDOR” en la ITP No. E/801001991-001-17.
SEGUNDA.- Monto: “LA UNIVERSIDAD” se obliga a cubrir a “EL PROVEEDOR” como contraprestación por los bienes objeto del presente instrumento jurídico, la cantidad total de de conformidad con los precios unitarios que se indican a continuación:
PARTIDA |
PRECIO UNITARIO ANTES DE IVA |
1 |
|
Las partes convienen que el presente contrato se celebra bajo la modalidad de precios fijos, por lo que el monto de los mismos no cambiará durante la vigencia del mismo. .
TERCERA.- Forma de pago.- “LA UNIVERSIDAD” efectuará dos pagos de las primas de seguros, el primero a los veinte días naturales posteriores al inicio de vigencia, reservándose el derecho que le otorga el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, esto es 30 (treinta) días, previa entrega de estas, así como de los recibos xx xxxxxx correspondientes según lo señalado en el punto III de estas bases y siempre y cuando dichas pólizas se hayan emitido de acuerdo a lo señalado en la propuesta del licitante ganador. Y el segundo pago se realizara a más tardar el 15 de Enero del año 2017.
“EL PROVEEDOR” se compromete a entregar a “LA UNIVERSIDAD” a través del Departamento de Compras y Almacén de la Dirección General de Finanzas la factura correspondiente para su aprobación, acompañadas del escrito de aceptación de los bienes que emita el área receptora de los mismos, misma que contendrá todos los datos y requisitos fiscales aplicables, desglosando el Impuesto al Valor Agregado. En caso de que “EL PROVEEDOR” presente su factura con errores o deficiencias, el plazo de pago se ajustará en términos del artículo 72 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Aguascalientes y sus Municipios.
CUARTA.- Plazo, lugar y condiciones de entrega: “EL PROVEEDOR” se compromete a entregar a “LA UNIVERSIDAD” las pólizas que se mencionan en la Cláusula Primera del presente, a los 15 días posteriores a la firma del presente, en el Departamento de Compras y Almacén de la Dirección General de Finanzas, Ciudad Universitaria, en horario de 8:00 a 15:00 horas, siendo responsable de su recepción, conforme a las condiciones de entrega establecidas en las bases y junta de aclaraciones de la I.T.P. No. E/801001991-001-17.
La vigencia de las pólizas objeto de esta licitación deberá ser de un año contado a partir de las 12:00 horas del día 01 de julio de 2017 y vencerá hasta las 12:00 horas del 01 de julio del año 2018.
Previo a la entrega de las pólizas, se entregara carta cobertura, con la cual se garantizará el respaldo de los servicios objeto de este contrato.
QUINTA.- Prohibición de cesión de derechos y obligaciones.- “EL PROVEEDOR” se obliga a no ceder en forma parcial ni total, a favor de cualquier otra persona física o moral, los derechos y obligaciones que se deriven de este Contrato.
SEXTA.- Penas convencionales: Las partes convienen en que en caso de que “EL PROVEEDOR” incumpla con las obligaciones derivadas del contrato por causas imputables a él o se atrase en la fecha de entrega del servicio, se le aplicará una pena convencional del 1% (uno por ciento) sobre el monto de los bienes en que incumpla, antes de impuesto, por cada día natural xx xxxx. Esta pena se deducirá administrativamente de los saldos pendientes de pago que tuviese “LA UNIVERSIDAD” con el proveedor y no excederá del monto de la garantía de cumplimiento del contrato. Lo anterior con independencia de las acciones que le corresponda realizar a “LA UNIVERSIDAD”.
SÉPTIMA.- Rescisión administrativa del contrato.- “LA UNIVERSIDAD” podrá rescindir administrativamente el presente contrato en cualquier momento, cuando “EL PROVEEDOR” incurra en incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a su cargo, de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 76 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Aguascalientes y sus Municipios.
OCTAVA.- Modificaciones.- De conformidad con lo establecido en el artículo 68 de la Ley, “LA UNIVERSIDAD” podrá celebrar por escrito convenio modificatorio al presente contrato dentro de la vigencia del mismo. Para tal efecto, “EL PROVEEDOR” se obliga a presentar, en su caso, la modificación de la garantía, en términos del artículo 68 de la Ley.
NOVENA.- Notificaciones: Todo aviso, solicitud, comunicado o notificación que deban darse las partes con motivo de este contrato y sus anexos, lo harán por escrito a sus respectivos domicilios, de forma personal o mensajería. Se podrán entregar por transmisión electrónica, siempre y cuando sean debidamente entregados los originales al día siguiente de su trasmisión, en horas de oficina a las personas y domicilios que se señalan en las declaraciones de ambas partes.
DÉCIMA.- Legislación y Jurisdicción.- Ambas partes convienen en que, todo lo no previsto expresamente en el presente Contrato, se regirá por las disposiciones contenidas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, y demás disposiciones vigentes y aplicables. En caso de controversia para la interpretación y cumplimiento del presente Contrato, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales del Estado de Aguascalientes, renunciando al fuero que le pudiera corresponder por razón de su domicilio presente, futuro o por cualquier otra causa.
Previa lectura y debidamente enteradas las partes del contenido, alcance y fuerza legal del presente contrato, en virtud de que se ajusta a la expresión de su libre voluntad y que su consentimiento no se encuentra afectado por dolo, error, mala fe ni otros vicios de la voluntad, lo firman y ratifican en todas sus partes, por dos tantos, en la Ciudad de Aguascalientes, Ags., a los 27 días del mes xx xxxxx del año 2017.
|
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*el contrato será modificado según las necesidades del procedimiento.
Anexo “8”
Acuse de recibo
(Favor de seguir el orden del presente formato y señalar claramente cada documento en su propuesta)
VI. N° |
Anexo
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Descripción
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Entrega |
1 |
3 |
Acreditación del Invitado.
|
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1.1 |
- |
Identificaciones.
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2 |
4 |
Manifiesto bajo protesta de decir verdad
|
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3 |
- |
Autorización para operar
|
|
4 |
- |
Convenio de asociación.
|
(aplica/no aplica) |
5
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1 |
Propuesta del Servicio
|
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5 |
(Anexo A,B,C,D) |
Anexos técnicos que apliquen según la oferta presentada.
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6 |
- |
Listado. Presentar Listado de la Cobertura Geográfica Nacional (incluyendo la del Estado de Aguascalientes)
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7 |
2 |
Periodo y horario de entrega (incluir la carta compromiso de cobertura)
|
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8 |
- |
Manifiesto de NO hay adhesión
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9 |
- |
Oficio de Invitación con firma autógrafa (copia)
|
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10 |
5 |
Propuesta económica
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1 SCT, requisitos para registrar vehículos.
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Xx. Xxxxxxxxxxx Xx. 000, Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxxxxxxxxxx, Xxx |