MINISTERIO
MINISTERIO
DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
SUBSECRETARÍA
SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA
DIVISIÓN DE ATENCIÓN AL CIUDADANO, TRANSPARENCIA Y PUBLICACIONES
TÍTULO: | PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE CONTRATO SIMPLIFICADO, DEL SERVICIO DE INFORMACIÓN ESCRITA (BACK OFFICE) A LA CIUDADANÍA DEL MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES |
FECHA: | OCTUBRE 2019 |
EDICIÓN: | 1.0 |
CORREO ELECTRÓNICO:
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PLANTA 19.
28071 MADRID
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El Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades de España tiene los derechos sobre este documento, el cual es confidencial y no será usado para ningún otro propósito, salvo para el que fue suministrado y no será reproducido, copiado o transmitido, en todo o en parte, sin el permiso de su dueño.
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MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
Subsecretaría de Ciencia, Innovación y Universidades Secretaría General Técnica
División de Atención al Ciudadano, Transparencia y Publicaciones
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ÍNDICE
5
5
3. PLANIFICACION DEL SERVICIO DE ATENCION ESCRITA – BACK OFFICE 6
3.1. Recepción y Análisis de los Correos Recibidos 6
3.2. Identificación de la Temática y Clasificación de los Correos
6
3.3. Preparación de Respuesta y EnvÍo
7
3.4. ReenvÍo de Correos para Respuesta por La Unidad Responsable del MCIU
7
3.5. Preparación de Respuestas Tipo y Mejora de Las Temáticas de Correos
7
3.6. Gestion del tráfico, niveles de calidad y estadÍstica
8
4. LUGAR DE REALIZACIÓN DEL CONTRATO 8
5. RECURSOS HUMANOS 8
9
9
9
9
5.5. Formación 10
6. ACUERDO DE NIVEL DE SERVICIO (ANS) 12
7. DIRECCIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD DEL SERVICIO
12
12
7.2. Herramientas para la dirección y evaluación de la calidad del servicio
13
8. ASPECTOS TÉCNICOS RELACIONADOS CON LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
14
8.1. Condiciones y Lugar de Presentación
14
8.2. Protección de Datos de carácter Personal 15
8.3. Requisitos de Seguridad 15
8.4. SECRETO PROFESIONAL Y CONFIDENCIALIDAD
15
8.5. Medios Tecnológicos del Servicio
16
8.6. Arranque y puesta en marcha del servicio
17
9. SEGUIMINETO DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
17
ANEXO 1 – ESTADÍSTICAS DEL SERVICIO DE ATENCIÓN ESCRITA DESDE JUNIO DE 2019
18
ANEXO 2 – PROPUESTA INICIAL DE TIPIFICACIONES DE CORREOS 19
ANEXO 3 – TABLA INFORMACIÓN SOBRE CONTRATOS 25
ANEXO 4 – PLIEGO DE CONDICIONES SOBRE CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS
26
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A.2.1. NORMATIVA 26
A.2.2. TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
26
A.2.3. ESTIPULACIONES COMO ENCARGADO DE TRATAMIENTO. 27
A.2.4. SUB-ENCARGOS DE TRATAMIENTO ASOCIADOS A SUBCONTRATACIONES 29
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1. INTRODUCCIÓN
El Real Decreto 865/2018, de 13 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, en adelante MCIU, establece que a éste le corresponde la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de universidades, investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación en todos los sectores, así como del resto de competencias y atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico.
2. OBJETO DEL CONTRATO
El presente contrato tiene por objeto la gestión del Servicio de Información General Escrita (Back Office) a la ciudadanía para responder a las solicitudes de información sobre los siguientes temas competencia del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (en adelante MCIU):
• Información general del MCIU
• Información sobre homologación y equivalencias de estudios universitarios
• Convocatorias de ayudas en el ámbito del MCIU y de la AEI
• Otra información de índole de ciencia, innovación y universidades
El servicio, considerado como primer nivel de información (N1), será prestado a través de los medios que gestionan las consultas electrónicas que se reciben a través de la dirección de correo xxxx.xxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx que da soporte a los formularios web:
• Consultas Generales
o xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx/xxxx/XXXXXX/xxxxxxxx_xxxxxxx
• Consultas sobre Convocatorias
o xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx/xxxx/XXXXXX/xxxxxxxx_xxxxxx
Se atenderán exclusivamente las consultas en cualquier materia relacionada con las competencias del Ministerio que no contenga información personal del solicitante a no ser que se establezcan los mecanismos necesarios para poder ofrecer dicha información. El MCIU será el responsable de proporcionar dicho mecanismos a la empresa adjudicataria.
El Ministerio proporcionará acceso a la empresa adjudicataria a todos los canales escritos que los ciudadanos pueden utilizar para realizar sus consultas.
También será objeto del presente contrato el desarrollo de las tareas administrativas relacionadas con la prestación del servicio descrito.
A título indicativo, en el ANEXO 1 del presente Xxxxxx figuran algunas magnitudes básicas del servicio mediante el canal escrito desde junio de 2019 hasta septiembre 2019.
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3. PLANIFICACION DEL SERVICIO DE ATENCION ESCRITA – BACK OFFICE
La empresa adjudicataria gestionará este servicio a través de las cuentas de correo habilitadas a tal efecto, principalmente xxxx.xxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx o cualquier otra cuenta o medio que proporcione el MCIU.
Estas cuentas reciben las solicitudes de información de los formularios alojados en la web del MCIU:
• Consultas Generales
o xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx/xxxx/XXXXXX/xxxxxxxx_xxxxxxx
• Consultas sobre Convocatorias
o xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx/xxxx/XXXXXX/xxxxxxxx_xxxxxx
Podrán desplegarse otros formularios en función de las necesidades de información y atención del MCIU que deberán de ser atendidos por el mismo servicio.
El acceso a dichas cuentas de correo electrónico se facilitará a la empresa adjudicataria desde la División TIC del MCIU y el CAU del Ministerio de Economía y Empresa.
El acceso a las cuentas de correo se efectuará a través de correo web – OWA. MCIU suministra Usuario y Contraseña a la empresa adjudicataria. Cualquier otro medio de acceso será especificado por el MCIU.
El servicio de información escrita del MCIU se prestará de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 horas ininterrumpidamente y sábados de 9:00 a 14:00. Festivos nacionales no se atenderá el servicio. Durante el mes xx xxxxxx el horario será de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 y sábados de 9:00 a 14:00.
Las tareas a desarrollar en el servicio son las siguientes:
1. Recepción y Análisis de los correos recibidos.
2. Identificación de la temática y clasificación de correos.
3. Preparación de respuesta y envió a la persona interesada.
4. Reenvío de correos para respuesta por unidad responsable del MCIU.
5. Preparación de respuestas tipo y gestión documental.
6. Gestión del tráfico, tipificación y estadísticas.
3.1. RECEPCIÓN Y ANÁLISIS DE LOS CORREOS RECIBIDOS
De forma continua se recibirán y registrarán los correos de entrada de la cuenta o cuentas sobre la que se desarrolla el servicio de información. Se procederá al análisis de los mismos para poder, posteriormente, realizar las tareas de clasificación, respuesta, reenvío para petición de apoyo o redireccionamiento.
Esta labor ser realizará, salvo indicación o autorización del MCIU, directamente sobre el gestor de correo OWA.
3.2. IDENTIFICACIÓN DE LA TEMÁTICA Y CLASIFICACIÓN DE LOS CORREOS
La metodología de clasificación para el tratamiento de los correos será responsabilidad de la empresa adjudicataria, que deberá de realizar una propuesta para el visto bueno de MCIU.
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3.3. PREPARACIÓN DE RESPUESTA Y ENVÍO
Una vez clasificado el correo se procederá a preparar respuesta para contestación vía correo electrónico. La respuesta se conformará con los argumentarios, documentación, información web MCIU y formación que facilite el MCIU.
En el caso de que la temática corresponda al Nivel1 pero no se conozca la respuesta, se solicitará apoyo al MCIU, a través del contacto que se establezca, para poder elaborar respuesta y contestar desde Nivel1.
La respuesta elaborada se remitirá a la persona interesada a través de la dirección de correo xxxx.xxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx, u otras habilitadas a tal efecto, y que gestionará la empresa adjudicataria.
Los correos de respuesta deberán llevar las pertinentes capas de protección de datos, información administrativa y no recepción de respuesta. Estas capas de acordarán con el MCIU.
3.4. REENVÍO DE CORREOS PARA RESPUESTA POR LA UNIDAD RESPONSABLE DEL MCIU
En el caso que se identifique el correo con una temática exclusiva que corresponde a una unidad sectorial del Ministerio (Nivel 2 de información – N2), es decir, que no corresponde al ámbito informativo del Nivel1 de atención, se remitirá dicho correo a la unidad correspondiente para su tramitación.
El MCIU facilitará un listado de redireccionamiento de correos y temáticas para poder realizar dicha gestión.
En este caso la unidad sectorial responderá directamente a la persona interesada con copia oculta a xxxx.xxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx. Otra metodología de trabajo puede ser requerida por el MCIU.
La monitorización de estas respuestas por parte de la empresa adjudicataria debe producir una propuesta para que, si la información es repetitiva, pase a Nivel1 de información y pueda ser respondida en posteriores ocasiones por el Nivel1.
No obstante, MCIU podrá:
• Tras análisis correspondiente, asignar a N1 ámbitos de información que estaban previamente asignados a N2. Todo ello acompañado de la necesaria formación y documentación.
• Reorientar el flujo de respuesta de una temática de N2 para que se responda desde N2 a xxxx.xxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx, y no directamente al usuario. De esta forma se consigue mejorar el aprendizaje del N1 y se homogeniza el lenguaje de respuesta.
3.5. PREPARACIÓN DE RESPUESTAS TIPO Y MEJORA DE LAS TEMÁTICAS DE CORREOS
Las respuestas que se establezcan en dicho catálogo deberán de contar con la aprobación del MCIU.
Por otra parte, y con el objetivo de mejorar la calidad del servicio, la empresa adjudicataria planteara mejoras en la clasificación por temáticas (ver ANEXO 2) de los correos recibidos.
El MCIU podrá revisar dicha documentación en cualquier momento y en función de sus necesidades, por lo que la empresa adjudicataria debe de tenerlas siempre disponible.
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3.6. GESTION DEL TRÁFICO, NIVELES DE CALIDAD Y ESTADÍSTICA
Se requiere que el 100% de los correos recibidos sean atendidos y contestados de la siguiente forma:
• El 95% de los correos deben de ser contestados o redirigidos a los Niveles 2 correspondientes antes de las 2 horas de su recepción (siempre en horario laboral). Los correos recibidos fuera de horario laboral se tratarán en las dos primeras horas de horario laboral del día laboral siguiente. En las estadísticas se reflejare de esa forma.
• El 5% restante serán tramitados en las siguientes 24 horas.
Si la respuesta es desconocida y se ha tenido que pedir soporte a un segundo nivel o a la DIV ATP se enviará un correo a la persona interesada, con una plantilla diseñada a tal efecto, informado del paso realizado.
La empresa adjudicataria deberá de suministrar al MCIU estadísticas semanales y mensuales que muestren la calidad en el servicio, junto con propuestas, si fuera necesario, para la mejora del mismo.
La empresa realizará la gestión de tráfico que estime oportuna para maximizar la rapidez y calidad del servicio.
Las ofertas que se presenten deberán incluir, a efectos de su valoración según el apartado 12 del cuadro resumen xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares (en adelante PCAP), una Memoria de Servicios que recoja, en referencia a la Planificación del Servicio de Atención Escrita:
• La organización y coordinación de los flujos de trabajo
• La mecánica de clasificación de correos e información
• Propuestas y posibilidades para la gestión de correos y cuentas.
• Propuesta de organización y clasificación de la información del MCIU
• Modelos de correos para envió y respuesta de las diferentes posibilidades que se pueden presentar en la gestión de una solicitud de información.
• Ejemplos de las capas informativas de los correos.
• Propuestas para la gestión y clasificación de la información que maneja el servicio que incluya ejemplos de Tablas para la clasificación de la información (catálogo de pregustas/respuestas) a suministrar a la ciudadanía. Estas tablas conformaran el repositorio de información que irá creando y mejorando la empresa adjudicataria y que será parte del repositorio de información para consulta del personal informador (teleoperadores/as).
Se valorará el nivel de detalle en la descripción de los planes de formación, las herramientas y metodologías empleadas, y en general cualquier aspecto relevante para la mejor comprensión y conocimiento de lo ofertado en relación con el presente apartado.
4. LUGAR DE REALIZACIÓN DEL CONTRATO
Las tareas definidas en el punto anterior se realizarán en las instalaciones de la empresa adjudicataria.
5. RECURSOS HUMANOS
La empresa adjudicataria procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio, informando en todo momento a la entidad contratante.
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La empresa adjudicataria asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, la sustitución de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.
La empresa adjudicataria velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del contrato.
La empresa adjudicataria estará obligada a ejecutar el contrato en sus propias dependencias o instalaciones salvo que, excepcionalmente, sea autorizada a prestar sus servicios en las dependencias de los entes, organismos y entidades que forman parte del sector público.
5.1. INCORPORACIÓN
El personal que realice el servicio deberá ser el efectivamente propuesto por la empresa adjudicataria. El personal se incorporará a la fecha de inicio del contrato, con la duración de 12 meses.
Si durante la ejecución del contrato, el adjudicatario propusiera el cambio del personal que presta el servicio, la sustitución de dicho personal requerirá en todo caso la justificación escrita, detallada y suficiente, explicando el motivo que suscita el cambio y la presentación de posibles candidatos con un perfil de cualificación técnica igual o superior al de la persona que se pretende sustituir. Esta sustitución deberá contar con la aprobación del MCIU.
El ofertante seleccionado se compromete a que los servicios sean prestados mediante la utilización de sus propios recursos, tanto humanos como materiales. No será posible la subcontratación de personal o servicios a un tercero, sin el consentimiento previo del MCIU.
5.4. PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Coordinador técnico
La empresa adjudicataria deberá designar al menos un coordinador técnico o responsable integrado en su propia plantilla que, tendrá entre sus obligaciones las siguientes:
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a. Actuar como interlocutor de la empresa adjudicataria frente a la DIV ATP, canalizando la comunicación entre la empresa adjudicataria y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato, de un lado, y la entidad contratante, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato.
b. Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias, en relación con la prestación del servicio contratado.
c. Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.
d. Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la empresa adjudicataria con la “entidad contratante”, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio.
e. Informar a la “entidad contratante” acerca de las variaciones ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.
f. Reunirse periódicamente con el personal funcionario coordinador del servicio.
Deberá estar en posesión de una titulación, como mínimo, de Bachillerato o Formación Profesional de Grado Superior.
Responsable del servicio
El adjudicatario deberá poner a disposición del MCIU la figura de un responsable de servicio, que actuará como intermediario con el MCIU en relación con los temas relativos a la gestión del contrato.
El responsable del servicio deberá remitir los informes periódicos de actividad del servicio. Deberá estar en posesión de una titulación, como mínimo, de Grado Universitario o equivalente.
Personal informador (teleoperadores/as) del Back Office
El servicio será prestado por personal informador que tendrá como función la atención y orientación a las personas interesadas que soliciten información o que necesiten resolver cualquier duda. Dicho personal informador estará dedicado en exclusiva al servicio objeto del presente contrato y no podrán dedicarse a prestar otro tipo de información sin autorización expresa del MCIU.
El personal informador deberá estar en posesión de una titulación como mínimo de Bachillerato o Formación Profesional de Grado Superior. A estos efectos, los adjudicatarios facilitarán mensualmente la relación de componentes del equipo, indicando nombres, apellidos y titulación.
A fin de asegurar el buen funcionamiento del servicio, la empresa adjudicataria deberá presentar un compromiso de permanencia del personal informador durante el tiempo de vigencia del contrato.
5.5. FORMACIÓN
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Será exclusiva responsabilidad del adjudicatario que su personal reciba la formación necesaria con suficiente antelación al inicio de la prestación del servicio, o en su caso, a la incorporación de nuevo personal al mismo.
La empresa adjudicataria, bajo la supervisión del Ministerio, diseñará un plan de formación inicial y un plan de formación permanente del personal de la misma que vaya a integrar el equipo que participe en la prestación del servicio objeto del presente Xxxxxx.
Plan de formación inicial:
La formación inicial del personal informador y de la persona coordinadora se prestará por la empresa adjudicataria, que podrá recabar del Ministerio la documentación necesaria para su realización y la colaboración que precise.
En todo caso, la empresa adjudicataria deberá presentar el Plan de Formación inicial, que incluya su contenido y un cronograma exhaustivo, en los primeros 3 días hábiles desde la adjudicación del contrato.
La formación inicial deberá haber finalizado en todo caso con anterioridad al inicio de la prestación del servicio salvo autorización expresa del MCIU. Dicha formación tendrá una duración mínima de 15 días. Esta cifra puede reducirse, siempre con autorización del MCIU, con la consiguiente justificación escrita por parte de la empresa adjudicataria en base al conocimiento sobre las temáticas a informar que posea el personal informador del Back Office.
La formación podrá contar con la colaboración de personal del Ministerios para aquellas temáticas identificadas como críticas o que necesiten contar con personal experto.
El MCIU facilitara a la empresa adjudicataria la información necesaria para realizar esta fase formativa.
Plan de Formación Permanente:
Bajo la coordinación de la persona Responsable del Servicio de la empresa adjudicataria, el Coordinador/a Técnico/a diseñará un Plan de Formación Permanente Anual, que será presentado en la primera reunión de seguimiento del servicio. La empresa adjudicataria informará mensualmente al Ministerio sobre el desarrollo de dicho Plan.
El Plan deberá contener:
• Los objetivos de la formación.
• Los objetivos concretos de mejora en los aspectos cualitativos de la atención al ciudadano.
• La relación de las acciones formativas concretas a realizar por cada uno de los/las informadores/as.
El Ministerio podrá exigir la realización de sesiones informativas extraordinarias y especificas por parte del personal informador y coordinador/a técnico/a, cuando la misma sea necesaria o conveniente para la adecuada prestación del servicio. Esta formación se llevará a cabo sin merma en los niveles de servicio especificados en el apartado 6.
Las ofertas que se presenten deberán incluir en la Memoria de Servicio, a efectos de su valoración según el apartado 12 del cuadro resumen del PCAP, propuesta que recoja los mecanismos que se utilizarán para dar cumplimiento a lo dispuesto en este apartado. Se valorará el nivel de detalle en la descripción de los planes de formación, las herramientas y metodologías empleadas, y en general cualquier aspecto relevante para la mejor comprensión y conocimiento de lo ofertado en relación con el presente apartado.
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6. ACUERDO DE NIVEL DE SERVICIO (ANS)
La empresa adjudicataria se compromete a garantizar al menos los niveles de servicio que se exponen a continuación:
SERVICIO
ANS DESCRIPCIÓN NIVEL DE
ANS 1
Correos atendidos en las dos (2) horas siguientes a su recepción
ANS 2
Correos no atendidos en las dos (2) horas siguientes a su recepción
ANS 3
Tiempo de atención y respuesta de los correos no atendidos en menos de 2 horas y responsabilidad de N1
ANS 4
Correos respondidos por N1 en las tres (3) horas siguientes a su recepción
ANS 5 Correos no respondidos por N1 en las tres (3) horas siguientes a su recepción
>= 95%
<= 5%
<= 24
horas
>= 95%
<= 5%
horas
ANS 6 Tiempo de respuesta desde parte desde N2 a N1 (*) <= 48
(*)
ANS 7 Tiempo de respuesta desde N2 a la persona interesada
<=48
horas
ANS 8 Porcentaje de errores en la derivación de N1 a N2 <5%
Se entiendo como ‘Correos Atendidos’ el número de correos sobre los que se ha realizado la lectura del mismo, clasificación, gestión y/o derivación a N2 o solicitud de ayuda a N2 e información del estado a la persona interesada.
Se entiende como ‘Correos Respondidos’ el número de correos atendidos, cuya información es responsabilidad de N1, y a los que el N1 ha dado y enviado respuesta adecuada a la persona interesada.
(*) Los ANS 6 y 7 no serán computables para la empresa adjudicataria. La empresa adjudicataria deberá de monitorizar y seguir ANS 6 y 7 y añadir dichas estadísticas a sus informes.
7. DIRECCIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD DEL SERVICIO
Corresponde al Ministerio, sin perjuicio de las obligaciones propias del adjudicatario, la dirección, seguimiento y evaluación del servicio, así como la propuesta de las modificaciones convenientes o, en su caso, la suspensión del mismo si existiese causa motivada suficiente.
7.1. RECURSOS HUMANOS Responsable del Contrato
El Ministerio designará a un funcionario como responsable del proyecto objeto del contrato, que dirigirá la relación con el adjudicatario y velará por el cumplimiento de los trabajos exigidos y ofertados.
Coordinador/Coordinadora del servicio
El Ministerio designará a una persona funcionaria como coordinador/coordinadora del servicio, que dirigirá la relación con el coordinador y el responsable técnico designados por la empresa adjudicataria.
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7.2. HERRAMIENTAS PARA LA DIRECCIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD DEL SERVICIO Informes de gestión del servicio
La empresa adjudicataria deberá presentar informes de actividad con la periodicidad que determine el MCIU. Adicionalmente, con carácter semestral y anual se presentarán los correspondientes informes con datos acumulados.
Los informes contendrán datos desagregados que permitan realizar el seguimiento de la evolución del servicio respecto a la clasificación de materias (tipificaciones) (ver ANEXO 2) propuesta por el MCIU. Estos informes podrán ser consultados on-line por el Ministerio en cualquier momento.
Como línea base los informes deberán de contener, al menos:
• Número de Correos entrantes diarios
o Número de Correos atendidos en menos de 2 horas.
o Número de Correos atendidos en las 24 horas restantes.
o Número de Correos no atendidos en 24 horas.
o Número de Correos respondidos por N1 en menos de 3 horas.
o Número de Correos respondidos por N1 en las 24 horas restantes.
o Número de Correos no respondidos y responsabilidad de N1, en 24 horas.
o Número de Correos derivados a N2 para ayuda.
o Tiempo de respuesta desde N2 a N1.
o Número de Correos derivados a N2 para respuesta.
o Tiempo de respuesta desde N2 a la persona interesada.
o % de correos derivados a N2 erróneamente
• Numero de correos diarios por tipificación
o Número de Correos atendidos en menos de 2 horas
o Número de Correos atendidos en las 24 horas restantes
o Número de Correos no atendidos en 24 horas
o Número de Correos respondidos por N1 en menos de 3 horas
o Número de Correos respondidos por N1 en las 24 horas restantes.
o Número de Correos no respondidos y responsabilidad de N1, en 24 horas.
o Número de Correos derivados a N2 para ayuda
o Número de Correos derivados a N2 para respuesta
o Correos derivados erróneamente a N2
Estos informes, con esta información mínima, se deberán de suministrar al Ministerio con carácter semanal, mensual (agregado), semestral (agregado mensual) y en un informe final de servicio.
El MCIU podrá determinar otros parámetros que permitan tener un mayor grado de información para la mejor programación del servicio. El coste de los trabajos necesarios para la medición de estos parámetros será asumido por la empresa adjudicataria.
Respecto al resto de cuestiones contempladas en este contrato, los informes mensuales comprenderán también, al menos, los siguientes parámetros:
• Número total de puestos involucrados en el servicio, detallando datos identificativos de los trabajadores, función que desempeñan y titulación.
• Distribución en los puestos del personal informador por franja horaria.
• Resultados de las encuestas de calidad realizadas.
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Sistema de evaluación de la satisfacción de los usuarios
El adjudicatario, previa aprobación del MCIU, deberá establecer un sistema que permita evaluar la satisfacción del servicio prestado. Este sistema deberá de ser accesible para los usuarios (ciudadanía) en los correos de respuesta.
Presentará con carácter mensual los correspondientes informes de evaluación.
El MCIU podrá definir en todo momento los aspectos concretos a valorar como el tiempo de respuesta, el tono y lenguaje de los correos, si se ha solucionado la cuestión planteada, etc. Las modificaciones, en su caso, deberán implementarse por la empresa adjudicataria en un plazo no superior a quince días.
El MCIU deberá de tener acceso a la herramienta de seguimiento de satisfacción del usuario en modo administrador.
Reuniones de seguimiento
Mensualmente o con la periodicidad que determine el Responsable del Proyecto, se celebrarán reuniones periódicas entre el MCIU y la empresa adjudicataria con el fin de determinar, analizar y valorar las incidencias que, en su caso, se produzcan en la ejecución del contrato.
Inspecciones
El MCIU se reserva el derecho a realizar las inspecciones que considere oportunas. En particular, los responsables del MCIU podrán personarse sin necesidad de previo aviso en la plataforma donde se preste el servicio y recabar del responsable del mismo cuanta información estimen necesaria.
Las ofertas que se presenten deberán incluir en la Memoria de Servicio, a efectos de su valoración según el apartado 12 del cuadro resumen del PCAP, propuesta que las herramientas para el seguimiento y la calidad del servicio que recoja los mecanismos que se utilizarán para dar cumplimiento a lo dispuesto en este apartado 7. Se valorará el nivel de detalle en la descripción, las herramientas y metodologías empleadas, y en general cualquier aspecto relevante para la mejor comprensión y conocimiento de lo ofertado en relación con el presente apartado.
8. ASPECTOS TÉCNICOS RELACIONADOS CON LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Las ofertas que se presenten deberán incluir en la Memoria de Servicio, a efectos de su valoración según el apartado 12 del cuadro resumen del PCAP, propuesta detallada que recoja los mecanismos que se utilizarán para dar cumplimiento a lo dispuesto en los diferentes epígrafes de este apartado 8. Se valorará el nivel de detalle en la descripción de las características y medios técnicos del servicio, y en general cualquier aspecto relevante para la mejor comprensión y conocimiento de lo ofertado en relación con el presente apartado.
8.1. CONDICIONES Y LUGAR DE PRESENTACIÓN
La plataforma estará dotada de la infraestructura necesaria para asumir la gestión del servicio en los términos previstos en el presente Pliego: medios informáticos, líneas de comunicación, etc.
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Las instalaciones del adjudicatario deberán contar con una zona dedicada a la prestación del servicio objeto de contrato, siendo preciso que exista un espacio claramente diferenciada del resto de las plataformas del adjudicatario y que dentro de ella todas las posiciones del personal que preste el servicio al Ministerio estén juntas.
El MCIU deberá de poder contactar de forma directa, tanto por correo electrónico como telefónicamente, con el coordinador técnico y el responsable del servicio que la empresa adjudicataria designe para este contrato.
8.2. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
En cuanto al tratamiento de datos de carácter personal necesarios para la prestación del servicio, se deberá respetar en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, así como las disposiciones que en materia de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia.
El tratamiento de datos de carácter personal que implica la ejecución del servicio de este Pliego, de los que es responsable el Ministerio, implica que la empresa adjudicataria será encargada de tratamiento, y estará a lo dispuesto en el correspondiente Acuerdo de Encargo de Tratamiento, en los términos en que figura en el ANEXO 4 de este Pliego. El deber xx xxxxxxx sobre la información que se obtenga durante la duración del objeto del contrato, por lo que respecta al cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos personales se mantendrá por tiempo indefinido.
Se valorará en la Memoria de Servicio el nivel de detalle en la descripción de las medidas a adoptar en el ámbito de aplicación y cumplimiento del RGPD.
La empresa adjudicataria deberá aportar un procedimiento de contingencia que asegure un servicio mínimo en caso de fallo de sus comunicaciones de datos y de sus sistemas informáticos principales. Dicho procedimiento deberá ser aprobado por el MCIU.
También deberá aportar un procedimiento de contingencia ante paros parciales o totales como consecuencia de una huelga o por cualquier otro motivo de índole similar. La empresa adjudicataria documentará en dicho procedimiento los plazos mínimos de comunicación xx xxxxxx del servicio para dichos eventos. Dicho procedimiento deberá ser aprobado por el MCIU.
La empresa adjudicataria deberá contar con un procedimiento de control de acceso al centro donde preste el servicio.
Cualquier incidencia relevante que afecte a la prestación del servicio deberá ser informada de forma inmediata al MCIU.
8.4. SECRETO PROFESIONAL Y CONFIDENCIALIDAD
Esta obligación subsistirá tanto durante como después de la terminación de las actividades objeto del contrato.
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La empresa adjudicataria se obliga a no utilizar la información confidencial del MCIU, a la que tenga acceso para fines propios o privados o cualquier otro fin.
8.5. MEDIOS TECNOLÓGICOS DEL SERVICIO
Será responsabilidad de la empresa adjudicataria aportar los medios tecnológicos que se mencionan en el presente apartado. Se incluirá en la oferta, a efectos de su valoración, una descripción detallada de los dichos medios.
Gestión documental
La empresa adjudicataria dotará al servicio de una aplicación, preferiblemente web, para la gestión de una información jerarquizada (con estructura de árbol) apoyada con la asociación de todo tipo de ficheros permitiendo su publicación.
El objeto de este aplicativo es que el personal informador pueda tener toda la información referente a sus actividades centralizada y publicada para todos sus usuarios.
El mantenimiento de esta información deberá ser dinámico y gestionado a tiempo real tanto por el personal de gestión del servicio como por el propio XXXX.
La información tendrá tantos niveles como sea necesario. Niveles que se pueden complementar vinculando ficheros externos, enlaces a otros niveles dentro del mismo manual o páginas web publicadas tanto en entorno privados (Intranet) como públicos (Internet).
La empresa adjudicataria deberá informar al MCIU del sistema de backup disponible para la prestación del servicio.
Puesto de personal informador
El puesto de personal informador estará compuesto al menos por:
• Ordenador personal de altas prestaciones y equipado con el software adecuado para la realización de las tareas descritas en el pliego.
Líneas voz y datos
La empresa adjudicataria deberá disponer en sus dependencias de:
• La infraestructura necesaria para la prestación del servicio, asumiendo todas las llamadas que se produzcan por la gestión del mismo.
• Comunicaciones de voz y datos para asumir el tráfico que sea necesario para la prestación del servicio.
• El coste telefónico de las eventuales llamadas emitidas por el servicio al MCIU será asumido por el adjudicatario.
Conectividad con aplicaciones del Ministerio
La empresa adjudicataria deberá de dotar a su infraestructura de la conectividad que se requiera para la prestación del servicio: fundamentalmente líneas de voz y datos y, si fuera necesario, acceso a la red XXXX de la Administración General del Estado. El acceso a la red XXXX se realizará bajo las indicaciones del MCIU y los gastos que se pudieran derivar para esta conexión correrían a cargo de la empresa adjudicataria.
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8.6. ARRANQUE Y PUESTA EN MARCHA DEL SERVICIO
La empresa adjudicataria deberá garantizar el arranque y puesta en marcha del servicio en un plazo de 15 días naturales desde la fecha de la firma del contrato.
9. SEGUIMINETO DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Durante la ejecución de los trabajos y con anterioridad a la expedición de las certificaciones, se comprobará la adecuación del personal contratado a los requerimientos exigidos a los efectos previstos en este Pliego.
A estos efectos, la empresa adjudicataria remitirá mensualmente al MCIU un informe o parte que refleje las horas trabajadas por cada profesional en ese periodo, así como los días y franjas horarias en que ha prestado servicio.
Durante la ejecución de los trabajos y con anterioridad a la expedición de las certificaciones, se comprobará el cumplimiento de los niveles de servicio exigidos, incluyendo las eventuales mejoras ofertadas por la empresa adjudicataria. A estos efectos, la empresa adjudicataria remitirá mensualmente al MCIU un informe que refleje los niveles alcanzados durante el último mes para cada uno de los indicadores definidos.
En las reuniones periódicas, a determinar por el MCIU frecuencia, fecha y agenda, se evaluarán todas aquellas incidencias habidas que se hubieran originado en el cumplimiento de los objetivos planificados y hayan repercutido en detrimento y perjuicio del servicio, así como el seguimiento del servicio y los niveles de calidad del mismo.
Firmado electrónicamente por el Director de División de Atención al Ciudadano, Transparencia y Publicaciones
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx
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ANEXO 1 – ESTADÍSTICAS DEL SERVICIO DE ATENCIÓN ESCRITA DESDE JUNIO DE 2019
La siguiente tabla refleja el número de correos atendidos clasificado por:
• Gestión directa: resueltos directamente por el N1 de Back Office
• Requiere consulta previa: resuelto por N1 después de que la unidad especialista del Ministerio resolviese las dudas del N1.
• Derivados al Ministerio: Derivados directamente a la unidad responsable de la temática de la consulta para que sea respondido por dicha unidad.
En total, desde la entrada en servicio del contrato actual se han gestionado 10.640 peticiones de información a través de los canales escritos (formularios web) del MCIU
Se observa claramente el aumento de los correos gestionados a lo largo del desarrollo del servicio. Se estima que se puede alcanzar los 4000 correos en un mes en función de las convocatorias o eventos que se puedan producir bajo las competencias del MCIU.
Datos sobre la gestión de las peticiones escritas de información:
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ANEXO 2 – PROPUESTA INICIAL DE TIPIFICACIONES DE CORREOS
Propuesta inicial, a modo informativo, de un esquema de tipificaciones en el ámbito de las competencias del MCIU.
MINISTRO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES | |
GABINETE | |
SECRETARÍA | |
OTRAS (Spam/ Errores) | |
BREXIT | |
ORGANISMOS ADSCRITOS | |
OTROS MINISTERIOS | |
CAU | |
RUS-REGISTRO DE ENTIDADES | |
RESTO DEL MINISTERIO | |
SECRETARIA DE ESTADO DE UNIVERSIDADES, INVESTIGACIÓN DESARROLLO E INNOVACIÓN |
Gabinete BUZÓN GENÉRICO | |
S. General Coordinación y Relaciones Institucionales | |
BUZÓN GENÉRICO | |
Secretaría General de Universidades | |
XXXXX XXXXXXXX | |
Gabinete Técnico | |
S. G. Ordenación, Seguimiento y Gestión de las Enseñanzas Universitarias | |
BUZÓN GENÉRICO | |
PROGRAMA I3 | |
Subdirección General de Títulos | |
BUZÓN GENÉRICO | |
Títulos Españoles Legalización | |
Títulos Españoles Reconocimiento de firmas | |
Títulos Españoles Acreditación normativa 2005/36/UE | |
Títulos Españoles Solicitud Enfermeros/as | |
Títulos Españoles Expedición Titulo Médicos Especialistas | |
Títulos Españoles Solicitud de un duplicado. | |
Títulos Españoles Información General | |
Títulos Extranjeros Estado del expediente | |
Títulos Extranjero Homologación | |
Títulos Extranjero Equivalencia | |
Títulos Extranjero Tasas | |
Títulos Extranjero Recogida de las Credenciales | |
Títulos Extranjero Información General | |
S.G. Formación Profesorado Universitario, Programación y Atención al Estudiante | |
BUZÓN GENÉRICO | |
FPU | |
D. General de Investigación, Desarrollo e Innovación | |
BUZÓN GÉNERICO | |
Subdirección General de Fomento de la Innovación | |
BUZÓN GENÉRICO | |
COMPRA PÚBLICA INNOVADORA | |
INFORMES MOTIVADOS | |
Informes calificación empresarial art 180 Reglamento extranjería | |
SELLO PYME INNOVADORA | |
S.G. de Planificación, Seguimiento y Evaluación | |
BUZÓN GENÉRICO | |
Secretaría General de Coordinación de Política Científica | |
BUZÓN GÉNERICO | |
Gabinete Técnico | |
S. General Internacionalización de la Ciencia y la Innovación | |
BUZÓN GENÉRICO | |
S.G. de Coordinación de los Organismos Públicos de Investigación | |
BUZÓN GENÉRICO |
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OPOSICIONES | |
S.G. Grandes Instalaciones Científico-Técnicas | |
BUZÓN GENÉRICO | |
Instalaciones Técnicas Singulares (ICTS) Datos ICTS Planes estratégicos I+D+I | |
Subsecretaría de Ciencia, Innovación y Universidades. |
Gabinete Técnico | |||
Oficina Presupuestaria | |||
S. Gral. Gestión Económica | |||
Oficialía Mayor | |||
S.G. de Personal e Inspección de Servicios | |||
División de Tecnologías de la Información | |||
Secretaría General Técnica | |||
Vicesecretaría General Técnica | |||
S.G. Recursos y Relaciones con los Tribunales | |||
S.G. de Atención al Ciudadano, Transparencia y Publicaciones | |||
AGENCIA ESTATAL DE INVESTIGACIÓN-DIRECCIÓN | |||
DIRECCIÓN | |||
Consulta generales a la Dirección de la AEI | |||
Consulta generales a la Unidad de apoyo de la Dirección de la AEI | |||
SECRETARÍA GENERAL | |||
Convocatoria de Acción Social de la AEI | |||
Contratos de obras, servicios y suministros de la AEI | |||
Pago de gastos por actividades de evaluación científico-técnica | |||
Convocatoria de cursos de formación de la AEI | |||
Convenios, recursos administrativos y asuntos jurídicos generales de la AEI | |||
RRHH de la AEI en general (concursos, comisiones de servicio, certificados) | |||
DIVISIÓN DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN ECONÓMICA Y ADMINISTRATIVA | |||
Consultas generales de la División | |||
SUBDIVISIÓN DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN ADMINISTRATIVA | |||
Asuntos generales sobre la instrucción de las convocatorias hasta la Resolución de concesión | |||
Solicitud e instrucción convocatoria Acciones Programación Conjunta Internacional | |||
Solicitud e instrucción convocatoria Xxxx xx xx Xxxxxx Formación | |||
Solicitud e instrucción convocatoria Xxxx de la Cierva Incorporación | |||
Ayudas para las actuaciones de programación conjunta "COFUND" | |||
Solicitud e instrucción convocatoria Congresos Internacionales | |||
Solicitud e instrucción convocatoria Doctorados Industriales | |||
Solicitud e instrucción convocatoria Emplea | |||
EQUIPA. Equipamiento en Parques Científicos y Tecnológicos | |||
Solicitud e instrucción convocatoria Europa Excelencia | |||
Solicitud e instrucción convocatoria Europa Centros Tecnológicos | |||
Acciones de Dinamización "Europa Investigación" | |||
Solicitud e instrucción convocatoria Proyectos Explora | |||
Solicitud e instrucción convocatoria Horizonte PYME | |||
Solicitud e instrucción convocatoria Incorporación Estable de Doctores | |||
Solicitud e instrucción convocatoria Infraestructuras | |||
Adquisición de Equipamiento Científico-Técnico | |||
Solicitud e instrucción convocatoria Proyectos de I+D+I jóvenes investigadores | |||
Premios Nacionales de Innovación y de Diseño | |||
Solicitud e instrucción convocatoria Pre-doctorales | |||
Ayudas a la movilidad pre-doctoral para la realización de estancias breves en centros de I+D | |||
Premios Nacionales de Investigación | |||
Solicitud e instrucción convocatoria Proyectos I+D Generación de Conocimiento. | |||
Solicitud e instrucción convocatoria Proyectos I+D+I Retos | |||
Solicitud e instrucción convocatoria Proyectos I+D+I Retos y Proyectos |
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I+D Excelencia | |
Solicitud e instrucción convocatoria Xxxxxx Xxxxxxx | |
Solicitud e instrucción convocatoria Plataformas Tecnológicas | |
Solicitud e instrucción convocatoria Redes Investigación | |
Acciones de Dinamización "Europa Redes y Gestores" | |
Atención registro programas ayudas investigación creado por el Estatuto del Personal Investigador | |
Representantes legales de las entidades solicitantes | |
Solicitud e instrucción convocatoria Proyectos Retos-Colaboración | |
Solicitud e instrucción convocatoria Xxxxx x Xxxxx | |
Solicitud e instrucción convocatoria Centros Xxxxxx Xxxxx / Xxxxx xx Xxxxxx | |
Solicitud e instrucción convocatoria Técnicos de Apoyo | |
Ayudas para contratos pre-doctorales Xxxxxx Xxxxx para la formación de doctores | |
Xxxxxx para las matrículas en las enseñanzas de doctorado del personal investigador en formación | |
Ayudas para la Promoción de Empleo Joven e Implantación de la Garantía Juvenil en I+D+i | |
Consulta genéricas a la Subdivisión | |
Pagos de las ayudas: Proyectos Retos colaboración, Emplea, Plataformas tecnológicas, Horizonte pyme y Europa Centros Tecnológicos | |
Pagos de las ayudas Pre-doctorales | |
Pagos de las becas pre-doctorales FPI | |
Pagos de las ayudas: Proyectos, Acciones dinamización, Explora, Jóvenes investigadores, Infraestructuras y Equipamiento científico-técnico | |
Pagos de las ayudas: Xxxxx y Xxxxx, Xxxx xx xx Xxxxxx, Técnicos de apoyo, Xxxxxx Xxxxxxx, Incorporación estable de doctores, Doctorados Industriales | |
Solicitud de reintegros de las ayudas de Recursos Humanos | |
SUBDIVISIÓN DE SEGUIMIENTO Y JUSTIFICACIÓN DE AYUDAS | |
Consulta genéricas a la Subdivisión | |
Avales. | |
Justificación económica de ayudas de RRHH no cofinanciadas por FSE: Xxxxx y Xxxxx, Xxxx xx xx Xxxxxx (Form e Inc), Técnicos Apoyo, Incorporación estable de Doctores, Doctorados Industriales, Programas Xxxxxx Xxxxxxx, EEBB, Ctos.Predoc, Ctos.FPI, becas FPI | |
Justificación económica ayudas: Proyectos I+D, Jóvenes Investigadores, Acc. Complementarias, Redes Excelencia, Congresos Internacionales, Explora, Consolider, Europa Excelencia, Europa Redes y Gestores, Confund, Europa Investigadores, Acc. ProgConjINtern, | |
Comunicación de la prorrata de IVA por parte de los beneficiarios | |
Peticiones de cartas de pago para reintegros de ayudas con financiación FEDER | |
Peticiones de cartas de pago para reintegros de ayudas financiadas con PGE | |
Peticiones de cartas de pago para reintegros de préstamos | |
SUBDIVISIÓN DE GESTIÓN DE AYUDAS FONDOS EUROPEOS | |
Consulta genéricas a la Subdivisión | |
Justificación económica de las ayudas de la convocatoria de Infraestructuras y Equipamiento científico-técnico (FEDER) | |
Justificación económica de las ayudas de las convocatorias de Xxxxxx Xxxxx, Contratos pre-doctorales para formación de doctores y Xxxxx x Xxxxx | |
DIVISIÓN DE COORDINACIÓN, EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO TÉCNICO | |
Consulta genéricas a la División | |
Información a entidades con ayudas concedidas por la AEI sobre cambios de titularidad | |
SUBDIVISIÓN, COORDINACIÓN Y EVALUACIÓN | |
Consulta genéricas a la Subdivisión | |
Gestión de las convocatorias Xxxxxx Xxxxx y Xxxxx xx Xxxxxx |
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FECYT para gestionar ayuda a las evaluaciones de las áreas ANEP de HA (Historia y Arte) e IND (Transferencia de tecnología) | |
FECYT para gestionar ayuda a las evaluaciones de las áreas ANEP de INF (Ciencias de la computación y Tecnología Informática), IEL (Ingeniería Eléctrica, electrónica y automática) e IME (Ingeniería mecánica, naval y aeronáutica) | |
SUBDIVISIÓN DE PROGRAMAS TEMÁTICOS CIENTÍFICO-TÉCNICOS | |
Consultas generales a la Subdivisión. Modificaciones/incidencias y seguimiento científico-técnico. | |
Modificaciones/incidencias y seguimiento científico-técnico de Proyectos de las Áreas de AGL, BIO y del Reto | |
Modificaciones/incidencias y seguimiento científico-técnico de Proyectos de las Áreas de FIS, FPA, ESP, AYA, MTM y TIN y del Reto 7 | |
Modificaciones/incidencias y seguimiento científico-técnico de las Convocatorias de Congresos | |
Modificaciones/incidencias y seguimiento científico-técnico de Proyectos de las Áreas de ENE, TRA y MAT y del Retos 3 y 4 | |
Modificaciones/incidencias y seguimiento científico-técnico de las Convocatorias de Proyectos Explora | |
Modificaciones/incidencias y seguimiento científico-técnico de Proyectos de las Áreas de BIA, TEC y DPI y del Reto 8 | |
Modificaciones/incidencias y seguimiento científico-técnico de la Convocatoria Innpacto 2012 | |
Modificaciones/incidencias y seguimiento científico-técnico de Proyectos de las Áreas de CGL, CTM y CTQ y del Reto 5 | |
Modificaciones/incidencias y seguimiento científico-técnico de las Convocatorias de Plataformas Tecnológicas | |
Modificaciones/incidencias y seguimiento científico-técnico de las Convocatorias de Contratos Pre-doctorales | |
Modificaciones/incidencias y seguimiento científico-técnico de las Convocatorias de Redes Excelencia | |
Modificaciones/incidencias y seguimiento científico-técnico de Proyectos de las Áreas de BFU, SAF y del Reto 1 | |
Modificaciones/incidencias y seguimiento científico-técnico de las Convocatorias de Contratos Pre-doctorales vinculados a Centros Xxxxxx Xxxxx | |
Modificaciones/incidencias y seguimiento científico-técnico de Proyectos de las Áreas de Humanidades y Ciencias Sociales y del Reto 6 | |
Consultas generales a la Subdivisión de Programas Científico Técnicos, Fortalecimiento y Excelencia | |
Participación de la AEI en la INCO-Net ALCUENET | |
Participación de la AEI en la JPI de resistencia antimicrobiana o AMR | |
Seguimiento de la convocatoria de acciones de programación conjunta internacional años 2013-2017. Proyectos colaborativos del esquema ERA-NET y similares. | |
Asesoramiento con los temas relacionados con la convocatoria Europa INNEUROPA y anteriores de Centros Tecnológicos (INN, PID, DEX, IAP) | |
Participación de la AEI en el grupo de interés CONCERT-JAPA | |
Seguimiento científico técnico de la ejecución de ayudas ya concedidas del Programa CONSOLIDER | |
Participación de la AEI en la convocatoria DIAL de la iniciativa conjunta NORFACE | |
Seguimiento científico técnico de la ejecución de ayudas ya concedidas del Programa Doctorados Industriales. | |
Seguimiento científico técnico de la ejecución de ayudas ya concedidas del Programa EMPLEA. | |
Seguimiento científico técnico de la ejecución de ayudas ya concedidas del Programa Empleo Joven - Garantía Juvenil. | |
Asesoramiento con los temas relacionados con la convocatorias EQUIPA 2014 (EQU) | |
Participación de la AEI en ERA-Nets del área de agricultura. Correo de consultas de participantes españoles en las convocatorias LEAP-AGRI, CORE-ORGANIC, SUSFOOD, SUSCROP, FORESTValue, | |
Participación de la AEI en la JPI de cambio climático. Correo de consultas de participantes españoles en varias convocatorias relacionadas ERA4CS, |
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AXI
Participación de la AEI en las ERA-Nets de energía, en general bajo el reto social 3 de H2020. Correo de consultas de participantes españoles en las convocatorias de energía BESTF, DEMOWIND, ACT, SOLAR,
Geothermica,
Participación de la AEI en las ERA-Nets de biotecnología en general bajo el reto social 2 de H2020. Correo de consultas de participantes españoles
en la convocatoria COBIOTECH Participación de la AEI en las ERA-Nets de TICS del programa FET de H2020. Correo de consultas de participantes españoles en las
convocatorias FLAG-ERA, CHIST-ERA, QUANT-ERA, ECSEL
Participación de la AEI en las ERA-Nets de Materiales y correo de
consultas de participantes en varias convocatorias: M-ERA, ERA-MIN Participación de la AEI en la ERA-Nets ERA-MBT de biotecnología marina, y correo de consulta de los participantes en las convocatorias del mismo
nombre Participación de la AEI en las ERA-Nets de medioambiente, reto social 5 de H2020. Correo de consultas de participantes españoles en varias
convocatorias, Biodiversa entre ellas Participación de la AEI en las ERA-Nets de Nanotecnología y correo de
consultas de participantes en las convocatorias ENM2, ENM3
Participación de la AEI en la ERA-Net-LAC con Iberoamérica y correo de
consultas de participantes en varias convocatorias del mismo nombre Participación de la AEI en la ERA-Net-MED con países del Mediterráneo y correo de consultas de participantes en varias convocatorias del mismo
nombre Asesoramiento con los temas relacionados con la convocatoria
Eurociencia (EUC2008)
Asesoramiento con los temas relacionados con la convocatoria Europa
Centros tecnológicos (ECT-'AÑO'-1111) Seguimiento de los expedientes concedidos de la convocatoria Europa
excelencia (XXX'AÑO'-11111-ERC)
Asesoramiento con los temas relacionados con la convocatoria Europa
Excelencia (XXX'AÑO'-11111-ERC) Participación de la AEI en la ERA-Net FORESTERRA con países del Mediterráneo y correo de consultas de participantes en la convocatoria
del mismo nombre Participación de la AEI en la JPI de DIETA Y SALUD o HDHL. Correo de
consultas de participantes en las convocatorias HDHL e INTIMIC
Participación de la AEI en la iniciativa HERA. Correo de consultas de
participantes españoles en las convocatorias del mismo nombre Seguimiento de los expedientes concedidos de la convocatoria
HORIZONTE PYME
Correo institucional para la participación de la AEI en la CSA IC4water Seguimiento científico técnico de la ejecución de ayudas ya concedidas
del Programa de Incorporación Estable de Doctores Participación de la AEI en la ERA-Net Infect-ERA y correo de consultas de
participantes en las convocatorias del mismo nombre Seguimiento de los expedientes concedidos de la convocatoria
INFRASTRUCTURAS 2015
Seguimiento científico técnico de la ejecución de ayudas ya concedidas
del Programa INNCORPORA Asesoramiento con los temas relacionados con las convocatorias
INNPLANTA 2011 y 2012 (INP)
Seguimiento científico técnico de la ejecución de ayudas ya concedidas
del Programa Xxxx de la Cierva Formación Seguimiento científico técnico de la ejecución de ayudas ya concedidas
del Programa Xxxx de la Cierva Incorporación.
Participación de la AEI en la JPI de patrimonio cultural JPI-CH y correo de consultas de participantes en las convocatorias del mismo nombre
0
Participación de la AEI en la JPI de envejecimiento MYBL y correo de
consultas de participantes en las convocatorias del mismo nombre Participación de la AEI en las ERA-Net NEURON y correo de consultas de
participantes en las convocatorias del mismo nombre
Participación de la AEI en la JPI-Oceans y correo de consultas de
participantes en las convocatorias del mismo nombre
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Seguimiento científico técnico de la ejecución de ayudas ya concedidas del Programa de Personal Técnico de Apoyo Seguimiento científico técnico de la ejecución de ayudas ya concedidas del Programa Xxxxxx Xxxxxxx. Seguimiento científico técnico de la ejecución de ayudas ya concedidas del Programa Xxxxx x Xxxxx. Participación de la AEI en la ERANet SEAS-ERA Asesoramiento con los temas relacionados con la convocatoria Xxxxxx Xxxxx (Centros Xxxxxx Xxxxx SEV-'AÑO'-1111/Unidades Xxxxx xx Xxxxxx MDM-'AÑO'-1111) Consultas de participantes en las convocatorias de los proyectos (CSA, Era Net) de apoyo a Water JPI Participación de la AEI del proyecto Era Net Cofund WW2015 Participación de la AEI del proyecto CSA WatEUr Coordinación de la AEI del proyecto Era Net Cofund WW2014 | |
Ayudas y Becas de Ministerio de Ciencia | IUE - Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxx |
Xxxx Xxxxxxxxxx Movilidad senior Novación de los préstamos renta universidad Programa Argo Programa bilateral francés Programa Faro Ayudas a la movilidad para estancias breves y traslados temporales de beneficiarios FPU Préstamos para realizar estudios de posgrado. Xxxxxx para precios públicos de las matrículas en programas de doctorado para personas beneficiarias de una ayuda FPU Ayudas Xxxxxxx Xxxxxx para la realización de estudios de Máster en Universidades de Estados Unidos de América Subvenciones para la movilidad de profesores y estudiantes en enseñanzas universitarias oficiales de máster y doctorado conjuntos hispano-franceses Certamen Universitario Xxxxxxxxxx Premios Nacionales de Fin xx Xxxxxxx de Educación Universitaria Premio Xxxxxxxxx Xxxxx de los Xxxx a la mejora de la calidad educativa Certamen Jóvenes Investigadores Programa Campus inclusivos para una universidad |
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ANEXO 3 – TABLA INFORMACIÓN SOBRE CONTRATOS
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ANEXO 4 – PLIEGO DE CONDICIONES SOBRE CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS
A.1. CONFIDENCIALIDAD.
El adjudicatario se comprometerá a mantener en secreto todos los datos e informaciones facilitados por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (MCIU) y que sean concernientes a la prestación del servicio aquí regulado.
En particular, será considerado como Información Confidencial todo el saber hacer resultante de la ejecución de los servicios contratados (los Servicios), debiendo el adjudicatario mantener dicha información en reserva y secreto y no revelarla de ninguna forma, en todo o en parte, a ninguna persona física o jurídica que no sea parte del contrato.
A.2.1. Normativa.
De conformidad con la Disposición adicional 25ª de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, los contratos que impliquen el tratamiento de datos de carácter personal deberán respetar en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales (RGPD), y la normativa complementaria.
Para el caso de que la contratación implique el acceso de la empresa adjudicataria a datos de carácter personal de cuyo tratamiento sea responsable la entidad contratante, aquél tendrá la consideración de encargado del tratamiento. En este supuesto, el acceso a esos datos no se considerará comunicación de datos, cuando se cumpla lo previsto en el artículo 28 del RGPD.
A.2.2. Tratamiento de Datos Personales.
Para el cumplimiento del objeto de este Pliego de condiciones, el adjudicatario deberá tratar los datos personales de los cuales el MCIU es Responsable del Tratamiento de la manera que se especifica al final de este Pliego, en la Ficha de “Tratamiento de Datos Personales”.
Ello conlleva que el adjudicatario actúe en calidad de Encargado del Tratamiento y, por tanto, tiene el deber de cumplir con la normativa vigente en cada momento, tratando y protegiendo debidamente los datos personales.
Por tanto, sobre el MCIU recaen las responsabilidades del Responsable del Tratamiento y sobre el adjudicatario las de Encargado de Tratamiento. Si el adjudicatario destinase los datos a otra finalidad, los comunicara o los utilizara incumpliendo las estipulaciones del contrato y/o la normativa vigente, será considerado también como Responsable del Tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente.
En la Ficha de “Tratamiento de Datos Personales” se describe en detalle los datos personales a proteger, así como el tratamiento a realizar y las medidas a implementar por el adjudicatario.
En caso de que como consecuencia de la ejecución del contrato resultara necesario en algún momento la modificación de lo estipulado en la Ficha de “Tratamiento de Datos Personales”, el adjudicatario lo requerirá razonadamente y señalará los cambios que solicita. En caso de que el MCIU estuviese de acuerdo con lo
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A.2.3. Estipulaciones como Encargado de Tratamiento.
De conformidad con lo previsto en el artículo 28 del RGPD, el adjudicatario se obliga a y garantiza el cumplimiento de las siguientes obligaciones, complementadas con lo detallado en la Ficha de “Tratamiento de Datos Personales”:
a) Tratar los datos personales conforme a las instrucciones documentadas en el presente Pliego o demás documentos contractuales aplicables a la ejecución del contrato y aquellas que, en su caso, reciba del MCIU por escrito en cada momento.
El adjudicatario informará inmediatamente al MCIU cuando, en su opinión, una instrucción sea contraria a la normativa de protección de datos personales aplicable en cada momento.
b) No utilizar ni aplicar los datos personales con una finalidad distinta a la ejecución del objeto del contrato.
c) Tratar los datos personales de conformidad con los criterios de seguridad y el contenido previsto en el artículo 32 del RGPD, así como observar y adoptar las medidas técnicas y organizativas de seguridad necesarias o convenientes para asegurar la confidencialidad, secreto e integridad de los datos personales a los que tenga acceso.
En particular, y sin carácter limitativo, se obliga a aplicar las medidas de protección del nivel de riesgo y seguridad detalladas en la Ficha de “Tratamiento de Datos Personales”.
d) Xxxxxxxx la más absoluta confidencialidad sobre los datos personales a los que tenga acceso para la ejecución del contrato, así como sobre los que resulten de su tratamiento, cualquiera que sea el soporte en el que se hubieren obtenido. Esta obligación se extiende a toda persona que pudiera intervenir en cualquier fase del tratamiento por cuenta del adjudicatario, siendo deber del adjudicatario instruir a las personas que de él dependan, de este deber xx xxxxxxx, y del mantenimiento de dicho deber aún después de la terminación de la prestación del Servicio o de su desvinculación.
e) Llevar un listado de personas autorizadas para tratar los datos personales objeto de este Pliego y garantizar que las mismas se comprometen, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad, y a cumplir con las medidas de seguridad correspondientes, de las que les debe informar convenientemente. Y mantener a disposición del MCIU dicha documentación acreditativa.
f) Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas a su tratamiento.
g) Salvo que cuente en cada caso con la autorización expresa del Responsable del Tratamiento, no comunicar (ceder) ni difundir los datos personales a terceros, ni siquiera para su conservación.
h) Nombrar Delegado de Protección de Datos, en caso de que sea necesario según el RGPD, y comunicarlo al MCIU, también cuando la designación sea voluntaria, así como la identidad y datos de contacto de la(s) persona(s) física(s) designada(s) por el adjudicatario como sus representante(s) a efectos de protección de los datos personales (representantes del Encargado de Tratamiento), responsable(s) del cumplimiento de la regulación del tratamiento de Datos Personales, en las vertientes legales/formales y en las de seguridad.
i) Una vez finalizada la prestación contractual objeto del presente Xxxxxx, se compromete, según corresponda y se instruya en la Ficha de “Tratamiento de Datos Personales”, a devolver o destruir (i) los datos personales a los que haya tenido acceso; (ii) los datos personales generados por el adjudicatario por causa del tratamiento; y (iii) los soportes y documentos en que cualquiera de estos
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datos consten, sin conservar copia alguna; salvo que se permita o requiera por ley o por norma de derecho comunitario su conservación, en cuyo caso no procederá la destrucción. El Encargado del Tratamiento podrá, no obstante, conservar los datos durante el tiempo que puedan derivarse responsabilidades de su relación con el Responsable del Tratamiento. En este último caso, los datos personales se conservarán bloqueados y por el tiempo mínimo, destruyéndose de forma segura y definitiva al final de dicho plazo.
j) Según corresponda y se indique en la Ficha de “Tratamiento de Datos Personales”, a llevar a cabo el tratamiento de los datos personales en los sistemas/dispositivos de tratamiento, manuales y automatizados, y en las ubicaciones que en la citada ficha se especifican, equipamiento que podrá estar bajo el control del MCIU o bajo el control directo o indirecto del adjudicatario, u otros que hayan sido expresamente autorizados por escrito por el MCIU, según se establezca en esta ficha en su caso, y únicamente por los usuarios o perfiles de usuarios asignados a la ejecución del objeto de este Pliego.
k) Salvo que se indique otra cosa en la Ficha de “Tratamiento de Datos Personales” o se instruya así expresamente por el MCIU, a tratar los Datos Personales dentro del Espacio Económico Europeo u otro espacio considerado por la normativa aplicable como de seguridad equivalente, no tratándolos fuera de este espacio ni directamente ni a través de cualesquiera subcontratistas autorizados conforme a lo establecido en este Pliego o demás documentos contractuales, salvo que esté obligado a ello en virtud del Derecho de la Unión o del Estado miembro que le resulte de aplicación.
En el caso de que por causa de Derecho nacional o de la Unión Europea el adjudicatario se vea obligado a llevar a cabo alguna transferencia internacional de datos, el adjudicatario informará por escrito a el MCIU de esa exigencia legal, con antelación suficiente a efectuar el tratamiento, y garantizará el cumplimiento de cualesquiera requisitos legales que sean aplicables a el MCIU, salvo que el Derecho aplicable lo prohíba por razones importantes de interés público.
l) De conformidad con el artículo 33 RGPD, comunicar al MCIU, de forma inmediata y a más tardar en el plazo de 72 horas, cualquier violación de la seguridad de los datos personales a su cargo de la que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia o cualquier fallo en su sistema de tratamiento y gestión de la información que haya tenido o pueda tener que ponga en peligro la seguridad de los datos personales, su integridad o su disponibilidad, así como cualquier posible vulneración de la confidencialidad como consecuencia de la puesta en conocimiento de terceros de los datos e informaciones obtenidos durante la ejecución del contrato. Comunicará con diligencia información detallada al respecto, incluso concretando qué interesados sufrieron una pérdida de confidencialidad.
m) Cuando una persona ejerza un derecho (de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, u otros reconocidos por la normativa aplicable (conjuntamente, los “Derechos”), ante el Encargado del Tratamiento, éste debe comunicarlo al MCIU con la mayor prontitud. La comunicación debe hacerse de forma inmediata y en ningún caso más allá del día laborable siguiente al de la recepción del ejercicio de derecho, juntamente, en su caso, con la documentación y otras informaciones que puedan ser relevantes para resolver la solicitud que obre en su poder, e incluyendo la identificación fehaciente de quien ejerce el derecho.
Asistirá al MCIU, siempre que sea posible, para que ésta pueda cumplir y dar respuesta a los ejercicios de Derechos.
n) Colaborar con el MCIU en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de (i) medidas de seguridad, (ii) comunicación y/o notificación de brechas (logradas e intentadas) de medidas de seguridad a las autoridades competentes o los interesados, y (iii) colaborar en la realización de
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evaluaciones de impacto relativas a la protección de datos personales y consultas previas al respecto a las autoridades competentes; teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la información de la que disponga.
Asimismo, pondrá a disposición de la AEPD, a requerimiento de esta, toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de las obligaciones previstas en el Pliego y demás documentos contractuales y colaborará en la realización de auditoras e inspecciones llevadas a cabo, en su caso, por la AEPD.
o) En los casos en que la normativa así lo exija (ver art. 30.5 RGPD), llevar, por escrito, incluso en formato electrónico, y de conformidad con lo previsto en el artículo 30.2 del RGPD un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del MCIU (Responsable del Tratamiento), que contenga, al menos, las circunstancias a que se refiere dicho artículo.
p) Disponer de evidencias que demuestren su cumplimiento de la normativa de protección de Datos Personales y del deber de responsabilidad activa, como, a título de ejemplo, certificados previos sobre el grado de cumplimiento o resultados de auditorías, que habrá de poner a disposición del MCIU a requerimiento de éste. Asimismo, durante la vigencia del contrato, pondrá a disposición del MCIU toda información, certificaciones y auditorías realizadas en cada momento.
q) Derecho de información: El encargado del tratamiento, en el momento de la recogida de los datos, debe facilitar la información relativa a los tratamientos de datos que se van a realizar. La redacción y el formato en que se facilitará la información se debe consensuar con el responsable antes del inicio de la recogida de los datos.
Este Pliego y las obligaciones en él establecidas, así como la Ficha de “Tratamiento de Datos Personales”, constituyen el contrato de encargo de tratamiento entre el MCIU y el adjudicatario a que hace referencia el artículo 28.3 RGPD. Las obligaciones y prestaciones que aquí se contienen no son retribuirles de forma distinta de lo previsto en el presente Pliego y demás documentos contractuales y tendrán la misma duración que la prestación de Servicio objeto de este Pliego y su contrato, prorrogándose en su caso por períodos iguales a éste. No obstante, a su finalización, el deber xx xxxxxxx continuará vigente, sin límite de tiempo, para todas las personas involucradas en la ejecución del contrato.
Para el cumplimiento del objeto de este Pliego no se requiere que el adjudicatario acceda a ningún otros Datos Personales responsabilidad del MCIU, y por tanto no está autorizado en caso alguno al acceso o tratamiento de otro dato, que no sean los especificados en la Ficha de “Tratamiento de Datos Personales. Si se produjera una incidencia durante la ejecución del contrato que conllevara un acceso accidental o incidental a Datos Personales responsabilidad del MCIU no contemplados en la Ficha de “Tratamiento de Datos Personales” el adjudicatario deberá ponerlo en conocimiento del MCIU, en concreto de su Delegado de Protección de Datos, con la mayor diligencia y a más tardar en el plazo de 72 horas.
A.2.4. Sub-encargos de tratamiento asociados a Subcontrataciones.
En todo caso, para autorizar la contratación, es requisito imprescindible que se cumplan las siguientes condiciones (si bien, aun cumpliéndose las mismas, corresponde al MCIU la decisión de si otorgar, o no, dicho consentimiento):
• Que el tratamiento de datos personales por parte del subcontratista se ajuste a la legalidad vigente, lo contemplado en este Pliego y a las instrucciones del MCIU.
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• Que el adjudicatario y la empresa subcontratista formalicen un contrato de encargo de tratamiento de datos en términos no menos restrictivos a los previstos en el presente Pliego, el cual será puesto a disposición del MCIU a su mera solicitud para verificar su existencia y contenido.
El adjudicatario informará al MCIU de cualquier cambio previsto en la incorporación o sustitución de otros subcontratistas, dando así al MCIU la oportunidad de otorgar el consentimiento previsto en esta cláusula. La no respuesta del MCIU a dicha solicitud por el contratista equivale a oponerse a dichos cambios.
A.3. INFORMACIÓN.
Los datos de carácter personal serán tratados por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades e incorporados a la actividad de tratamiento "Atención al Ciudadano", cuya finalidad es el registro y gestión de las consultas formuladas al Ministerio por los ciudadanos.
Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se han recabado y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación la normativa de archivos y patrimonio documental español.
Los datos no podrán ser cedidos a terceros salvo en los supuestos previstos en la normativa vigente sobre protección de datos de carácter personal.
Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, ante este Ministerio, Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx 000, 00000 Xxxxxx o ante el Delegado de Protección de Datos: xxx@xxxxxxx.xxx.xx.
Podrá ampliar la información sobre Protección de Datos en nuestra Política de Privacidad
(xxx.xxxxxxx.xxx.xx).
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FICHA TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES | 1/2 | |||
DESCRIPCIÓN GENERAL DEL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES | ||||
El tratamiento consistirá en el servicio de apoyo a la División de Atención al Ciudadano, Transparencia y Publicaciones (DIV ATP) del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (MCIU), cuya finalidad es el desarrollo de las tareas de información escrita de Nivel1 (información general), asociado al Registro de Actividades de Tratamiento de “Atención al Ciudadano”. El personal adscrito por la organización adjudicataria, para proporcionar los Servicios establecidos en el contrato puede tratar Datos Personales. Los Datos Personales se tratarán únicamente por el personal adscrito y con el único fin de efectuar el alcance contratado. En caso de que como consecuencia de la ejecución del contrato resultara necesario en algún momento la modificación de lo estipulado en esta Ficha, el adjudicatario lo requerirá razonadamente y señalará los cambios que solicita. En caso de que XXXX estuviese de acuerdo con lo solicitado, el MCIU emitiría una Ficha actualizada, de modo que el mismo siempre recoja fielmente el detalle del tratamiento. | ||||
COLECTIVOS Y DATOS TRATADOS | ||||
TRATAMIENTOS Y PRINCIPALES COLECTIVOS DE INTERESADOS | DATOS PERSONALES DEL TRATAMIENTO A LOS QUE SE PUEDE ACCEDER | |||
Tratamiento 1: Desarrollo de las tareas de información escrita de Nivel1 (información general), asociado al Registro de Actividades de Tratamiento de “Atención al Ciudadano”. | NOMBRE Y APELLIDOS D.N.I./N.I.F. TELÉFONO CORREO ELECTRÓNICO | |||
EL TRATAMIENTO DE LOS DATOS PERSONALES COMPRENDERÁ (márquese lo que proceda) | ||||
X Recogida (captura de datos) | X Registro (grabación) | Estructuración | Modificación | |
X Conservación (almacenamiento) | Extracción (recuperación) | X Consulta | Cesión | |
Difusión | Interconexión (cruce) | Cotejo | Limitación | |
Supresión | Destrucción (de copias temporales) | Conservación (en sus sistemas de información) | X Otros: Cualquier otro procedimiento relacionado con el contrato | |
Duplicado | X Copia (copias temporales) | Copia de seguridad | Recuperación |
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FICHA TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES | 2/2 |
DISPOSICIÓN DE LOS DATOS AL TERMINAR EL SERVICIO | |
Una vez finalice el encargo, el adjudicatario debe devolver al responsable del tratamiento los datos de carácter personal y, si procede, los soportes donde consten, una vez cumplida la prestación. La devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el encargado. No obstante, el encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación. | |
MEDIDAS DE SEGURIDAD | |
Los datos deben protegerse empleando las medidas que toda organización debe tomar para evitar que dichos datos pierdan su razonable confidencialidad, integridad y disponibilidad. De acuerdo con la evaluación de riesgos realizada, se deben implantar, al menos, las medidas de seguridad siguientes: a) La seudoanimización y el cifrado de datos personales; b) La capacidad de garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento; c) La capacidad de restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico; d) Un proceso de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento. El adjudicatario no podrá no implementar o suprimir dichas medidas mediante el empleo de un análisis de riesgo o evaluación de impacto salvo aprobación expresa del MCIU. A estos efectos, el personal del adjudicatario debe seguir las medidas de seguridad establecidas por el MCIU, no pudiendo efectuar tratamientos distintos de los definidos por el MCIU. |
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