Contract
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA XXXXXX
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA N° 00142-2008-MDLM/SGL
“CONTRATACION DE UN PROFESOR XX XXXXX DE MUSICA PARA EJECUTAR LAS DIVERSAS ACTIVIDADES Y PROGRAMAS DEL PLAN PILOTO MUNICIPAL 2008”
CONTRATO N° -2008-MDLM-GA
Conste por el presente documento, el contrato que celebran, de una parte, la Municipalidad Distrital de La Xxxxxx con RUC Nº20131365722 debidamente representada de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución de Alcaldía Nº272 de fecha 28 xx xxxxx del 2003, por su Gerente de Administración señora Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, identificada con D.N.I. N°10221228, con domicilio legal en la Xx. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xx000 Xxx. Xxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx xx Xx Xxxxxx a quien en adelante se le denominará LA MUNICIPALIDAD, y de la otra parte el Xx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, con D.N.I. N°07494934 y con R.U.C. Nº10074949342, con domicilio legal en Jr. Gral. Xxxxxxx de La Guerra 364 – Xxx. Xxxxx Xxxxxxxx – Xxxxxxxx xx Xx Xxxxxxxx, a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA.- PARTES CONTRATANTES
LA MUNICIPALIDAD, regida por la Ley Orgánica de Municipalidades, está facultada por lo dispuesto en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el ejercicio fiscal del año 2008, a efectuar las Adquisiciones de Bienes y Servicios de conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley N°26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su reglamento.
EL CONTRATISTA es una persona natural a quien se le ha otorgado la Buena Pro de La Adjudicación de Menor Cuantía No.0142-2008-MDLM/SGL, cuyo objeto contractual es la “Contratación de un profesor xx xxxxx de música para ejecutar las diversas actividades y programas del plan piloto municipal 2008”.
CLÁUSULA SEGUNDA.- OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del presente contrato es la Contratación de un profesor xx xxxxx de música para ejecutar las diversas actividades y programas del plan piloto municipal 2008, de conformidad con las condiciones establecidas en las especificaciones técnicas de la Adjudicación de Menor Cuantía No.0142-2008-MDLM/SGL y la propuesta Técnico – Económica que forman parte integrante del presente contrato, en todos sus términos.
CLÁUSULA TERCERA.- PLAZO DE EJECUCION DEL CONTRATO
El presente contrato es por ocho (08) meses, contado a partir de la fecha de la firma del mismo, pudiendo ser renovado de común acuerdo entre las partes.
CLÁUSULA CUARTA.- DEL MONTO DEL CONTRATO
LA MUNICIPALIDAD abonará a EL CONTRATISTA por la prestación del servicio materia del presente, la cantidad total equivalente a S/.4,000.00 (Cuatro mil y 00/100 Nuevos Soles), monto que será pagado en ocho (08) armadas de S/.500.00 (Quinientos y 00/100 Nuevos Soles) incluidos los impuestos xx xxx y otros gastos que incidan en la prestación del servicio, de la siguiente manera:
1ra. Armada : 00 xx Xxxx xx 0000 0xx. Armada : 30 de Setiembre de 2008
2da.Armada : 30 xx Xxxxx de 2008 6ta. Armada : 00 xx Xxxxxxx xx 0000
0xx. Armada : 00 xx Xxxxx xx 0000 0xx. Armada : 00 xx Xxxxxxxxx xx 0000
0xx. Armada : 00 xx Xxxxxx xx 0000 0xx. Armada : 31 de Diciembre de 2008
CLÁUSULA QUINTA.- DECLARACIÓN JURADA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO
EL CONTRATISTA declara bajo juramento que no se encuentra inhabilitado para contratar con el Estado.
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CLÁUSULA SEXTA.- OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE EL CONTRATISTA
Por el presente EL CONTRATISTA declara bajo juramento, que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente instrumento contractual, bajo sanción de quedar inhabilitado para Contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
EL CONTRATISTA tienen la responsabilidad total sobre la ejecución y el cumplimiento del contrato de acuerdo a su Propuesta Técnico – Económica.
Se obliga a cumplir con toda fidelidad y exactitud:
Las características Cualitativas y Cuantitativas, descritas en las Bases de la Adjudicación de Menor Cuantía N°0142-2008-MDLM/SGL y/o la que LA MUNICIPALIDAD requiera, de conformidad con el Artículo 50° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Las características de su Propuesta Técnico – Económica, comprometiéndose expresamente a no alterarla ni modificarla ni sustituirla durante la vigencia y ejecución del presente contrato sin autorización escrita de LA MUNICIPALIDAD
CLÁUSULA SÉTIMA.- OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LA MUNICIPALIDAD
Son obligaciones y en su caso responsabilidades de LA MUNICIPALIDAD las siguientes:
Proporcionar a EL CONTRATISTA las facilidades que las circunstancias ameritan y toda información disponible que se requiera par la correcta prestación del servicio.
Efectuar el pago oportuno de acuerdo a la Cláusula Cuarta.
CLÁUSULA OCTAVA.- SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
LA MUNICIPALIDAD para el seguimiento del cabal cumplimiento de la ejecución del presente contrato, designa a la Ofician Técnica de Educación y Cultura, para efectuar las coordinaciones que se requiera con EL CONTRATISTA y otorgar la conformidad respectiva, así como, para ejercer una permanente supervisión y evaluación del cumplimiento del contrato de conformidad con el Artículo 48° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CLÁUSULA NOVENA.- CAUSALES DE RESOLUCION POR CAUSAS IMPUTABLES A EL CONTRATISTA
Se realizará de conformidad con el Artículo 225° del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMA.- RESOLUCION DE CONTRATO
Se formalizará de conformidad con el Artículo 226° del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CLÁUSULA DECIMA PRIMERA.- SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Las partes acuerdan que cualquier controversia que surja desde la celebración del Contrato, será resuelta mediante Arbitraje, conforme a las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento.
El Arbitraje será resuelto por un arbitro, según lo dispuesto en el Artículo 278° del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
A falta de acuerdo en la designación del mismo o ante la rebeldía de una de las partes en cumplir con dicha designación, la misma será efectuada por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, conforme a las disposiciones Administrativas del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado o conforme al Reglamento del Centro de Arbitraje de dicha Entidad.
El Laudo Arbitral emitido, es vinculante para las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el Laudo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier Instancia Administrativa.
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CLAUSULA DECIMA SEGUNDA.- RESPONSABILIDAD Y CONFIDENCIABILIDAD
EL CONTRATISTA se compromete a mantener en forma reservada toda información que obtengan en virtud de la prestación del servicio materia del presente contrato.
Sin perjuicio de ello, LA MUNICIPALIDAD podrá iniciar las acciones administrativas y/o judiciales a que hubiera lugar.
CLAUSULA DECIMA TERCERA.- CONDICIONES FINALES
Forman parte integrante del presente contrato, las bases de la Adjudicación de Menor Cuantía N° 0142-2008-MDLM/SGL y el contenido de la Propuesta Técnica y Económica que EL CONTRATISTA presentó.
En todo lo no previsto, son de aplicación las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N°083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N°084-2004-PCM y supletoriamente por las normas del Código Civil.
En señal de conformidad, ambas partes firman el presente contrato, en cinco (05) ejemplares de igual tenor y valor, quedando cuatro (04) en poder de LA MUNICIPALIDAD y uno (1) con EL CONTRATISTA, en el distrito de La Xxxxxx el día
EL CONTRATISTA LA MUNICIPALIDAD