PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
Nombre del Organismo Contratante | MINISTERIO PÚBLICO FISCAL DE LA NACIÓN PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN |
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
Tipo: Licitación Pública | Nº: 37 | Ejercicio: 2021 |
Expediente: CUDAP: EXP-MPF: 1799/2021
Objeto de la contratación: Adquisición de una solución SD-WAN compuesta por equipamiento físico (ON-PREMISE) con funcionalidades de seguridad y VPN.
Costo xxx xxxxxx: Sin cargo
APERTURA DE OFERTAS
Lugar/Dirección | Día y Hora |
Dirección Unidad Operativa de Contrataciones Xxxx 000, Xxxx 00, X.X.X.X. | El día 19 de noviembre de 2021, a las 11.00 horas. |
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Renglón Único
1. Objeto: Adquisición de una solución SD-WAN compuesta por equipamiento físico (ON-PREMISE) con funcionalidades de seguridad y VPN:
Ítem | Cantidad | Descripción | |
Solución unimarca | 1 | 1 | Clúster Activo-Pasivo nodo concentrador |
2 | 1 | Consola de administración de la plataforma | |
3 | 1 | Sistema de análisis y generación de reporte | |
4 | 12 | Equipo de sucursal de tamaño medio | |
5 | 6 | Equipo de sucursal de pequeño tamaño | |
6 | 12 | Modem externo Ethernet para servicio por SIM para acceso LTE/4G | |
7 | 36 meses | Garantía de funcionamiento, servicio técnico y actualizaciones |
2. Descripción de la solución
Diseño
• Se requiere una solución compuesta por equipamiento físico (ON-PREMISE) para la distribución de tráfico (SD-WAN) con funcionalidades de seguridad y VPN.
• Se requiere que la solución tenga la capacidad de distribuir tráfico a través de diferentes enlaces, manteniendo niveles de desempeño de uso de aplicaciones y la seguridad de los usuarios.
• Los dispositivos deberán integrar múltiples tecnologías de acceso integradas en un mismo hardware, el cual ofrezca capacidades de distribución de tráfico, seguridad y VPN.
• La distribución de tráfico será independiente al proveedor del servicio y podrá cursarse a través de múltiples túneles VPN, pudiendo hacer uso simultáneo de todos los enlaces que tenga disponibles.
• Para la toma de decisión, la misma estará basada en políticas, calidad del enlace (por medio de telemetría) y por tipo de tráfico o aplicación.
• Todos los equipos (CORE y SUCURSAL o REMOTOS) deberán contar del mismo sistema operativo y las mismas consolas de administración (LOOK & FEEL).
• Desde el nodo central o concentrador se deberá disponer un sistema redundante en configuración activo- pasivo [FAIL OVER CLUSTER] de forma tal que un (1) solo equipo (Activo) pueda cursar todo el tráfico y funcionalidades activas.
• El Clúster funcionará como concentrador (CORE) de toda la red privada del Organismo y servirá de acceso al centro de cómputos principal. Dispondrá de puertos físicos de acceso directo a las diferentes nubes de acceso de múltiples tecnologías de transmisión con sus respectivos SLA y al menos dos (2) puertos conectados a proveedores de Internet (ISP) con IP pública fija, por donde llegará tráfico de las diferentes sedes.
• Las sedes que dispongan de un (1) único enlace, sin equipamiento específico para SD-WAN deberán poder seguir cursando tráfico asegurando el acceso al centro de cómputos a través del clúster. En las sedes en las cuales se disponga de equipamiento SD-WAN deberá poder establecer un enlace lógico de capa superior a través de múltiples puertos físicos administrando y gestionando múltiples rutas activas.
• SDWAN es la WAN definida por software y es un enfoque para diseñar e implementar una red de área amplia (WAN) a través de diferentes tipos de enlaces. Con base a esta definición los equipos deben tener la capacidad de determinar la forma más eficaz de enrutar el tráfico a través de diferentes tipos de enlaces, proporcionando visibilidad del comportamiento de tráfico a través de su interfaz de administración o consolas de administración centralizadas u orquestador.
• En el caso particular del Organismo, todas las sedes disponen de un acceso MPLS y se podrá sumar al menos un acceso a través de Internet por un ISP local o un acceso LTE/4G, el cual se integrará como parte de un pool de enlaces físicos contra el nodo central. Ambos accesos deberán cursar tráfico en forma simultánea pudiendo desdoblar el tráfico de acuerdo a cumplimiento de políticas (tipo de aplicación, SLA requerido, etc.). Ante la detección de incumplimiento deberá conmutar el tráfico en forma automática sin corte de servicio.
• El equipo debe ser capaz de implementar la distribución de tráfico independientemente del transporte o proveedor de servicio, implementar la distribución de tráfico a través de subinterfaces VLAN, de igual forma independientemente del transporte o proveedor de servicio, implementar la distribución de tráfico a través de conexiones VPN sitio a sitio con enrutamiento dinámico, el caso de conexión VPN el equipo
debe tener la capacidad de hacer división de tráfico de VPN y tráfico de Internet, esto con el fin de evitar enviar el tráfico de Internet a través del túnel.
• Debe tener la capacidad de realizar distribución de tráfico basado en políticas independientes a las políticas de Firewall con base en, IP origen, IP destino, Puerto origen y Puerto destino. Usuario autenticado Origen, Dispositivo origen, Aplicación destino.
• Debe tomar decisión automática del uso del enlace y del enrutamiento del tráfico con base en la verificación del estado del enlace.
• Los criterios de calidad de enlace deben contar con mecanismos de verificación del enlace como son: Latencia, Jitter, Pérdida de paquetes, Velocidad de descarga, Velocidad de carga, Ancho xx xxxxx.
• Debe tener la capacidad de crear criterios de calidad de servicio del enlace (SLA) definidos por los usuarios.
• Debe tener la capacidad de crear de múltiples SLAs por regla de SD-WAN
• Debe tener la posibilidad de especificar el enlace de preferencia en la regla de SD-WAN.
• Debe tener la capacidad de seleccionar la mejor ruta o enlace WAN basado en la calidad del enlace WAN.
• Debe soportar implementación de SDWAN a través de VPNs con IPs dinámicas, esto con el fin de evitar tener IPs fijas en sitios remotos y usar un nodo central para realizar la comunicación a través de un nodo central (Overlay a través del nodo central)
• Distribución de tráfico de servicio de Internet de acuerdo al tipo de aplicación.
• Todos los equipos que conforman la solución deberán tener funcionalidades de capa 2 del modelo OSI, para soporte de VLAN, TRUNK y LINKAGG y a nivel de capa 3, se requieren protocolos de ruteo dinámico OSPF y BGP. Con herramientas de QoS, TRAFFIC SHAPING.
• La solución deberá contar con funcionalidades de Firewall – IPS, identificación y control de aplicaciones, prevención de amenazas.
• Deberá contar con acceso a librerías de aplicaciones actualizables mediante suscripción. Esto permitirá habilitar la capacidad de cursar tráfico de Internet en forma local en cada sucursal como un Web Proxy y Web Filtering. Mediante el despliegue xx xxxxxxxxxx (TEMPLATES) en forma centralizada, a través de una plataforma de gestión gráfica, en donde entre otras cosas se dispondrán de las configuraciones, reglas y políticas de navegación como, por ejemplo, accesos a nubes públicas o herramientas ofimáticas como Office 365.
• Deberá soportar un túnel IPSec contra diferentes nubes públicas como Azure, AWS y Google Cloud.
• Asimismo, se deberá disponer de una plataforma en donde se puedan almacenar eventos (LOGS) y datos de telemetría de los vínculos físicos y uso de aplicaciones y servicios para la generación de reportes y análisis de comportamiento.
3. Especificaciones técnicas
3.1. Clúster Activo-Pasivo nodo concentrador Cantidad: uno (1)
Solución de alta disponibilidad (HA) Clúster Activo-Pasivo conformado por dos (2) equipos iguales con las siguientes características:
• Hardware:
• Equipo apto para montaje en RACK de telecomunicaciones estándar de 19”
• Doble fuente de alimentación apta para la red eléctrica nacional 220v/50Hz.
• Se deberá proveer cable de alimentación con terminador C14 para conectar a puertos de una PDU.
• No se aceptarán ofertas de soluciones implementadas sobre hardware de línea blanca con plataforma basadas en arquitectura Intel x86 o x64 sobre un entorno de virtualización.
• Dimensionamiento y capacidades de manejo de tráfico e inspección:
• IPSec tunnel: 200
• Throughput: 8Gbps
• SSL Inspection Throughput: 6Gbps
• Threat protection throughput: 5Gbps
• Concurrent Session: 5.000.000
• New session/second: 350.000
• Sistema de almacenamiento local SSD para funcionalidad de optimización de WAN.
• Puertos de conexión
• Al menos diez (10) puertos eléctricos RJ45 1000BaseT. Como interfaces de conexión de servicio
• Al menos dos (2) puertos SFP+ con su correspondientes adaptadores (TRANSCEIVER) ópticos con conector LC de 10Gbps, para fibra óptica multimodo OM3 con un alcance de al menos trescientos
(300) metros.
• Administración:
• Interfaz de administración gráfica (GUI) con autenticación integrada (SSO) contra servidor de autenticación remoto del tipo LDAP Microsoft Active Directory.
• Sistema de gestión por consola remota (SSHv2)
• Puerto de administración local de señalización tipo serial (RS232/DB9, USB o RJ45) – Se deberá entregar cable de administración.
• Puerto de gestión de administración Ethernet (OUT-OF-BAND)
• La solución deberá tener soporte para configuración en alta disponibilidad (HA) con monitoreo de estado de equipo y servicios, con replicación sincrónica. Envío de alertas de estado con automatización de migración de servicios (FAILOVER) entre nodos.
• La solución deberá tener soporte xx XXXX-TENANCY o de multi-virtualización dentro del mismo equipo – al menos tres (3) instancias - a fin de desdoblar la administración por funcionalidades o tareas habilitadas y tener disponibles módulos de (i) Gestión de la plataforma global, (ii) control de administración de tráfico, conectividad, QoS, TRAFFIC SHAPERS y (iii) SEGURIDAD a nivel WEB FILTERING y control de aplicaciones.
• El sistema deberá disponer la posibilidad de realizar backup de configuración con versionados exportarlo a un sistema remoto, capacidad de disponer de ROLLBACK de configuración y procedimiento de importación en un escenario de DISASTER RECOVERY.
• El sistema deberá disponer de una gestión de usuarios locales y perfiles o grupos con funciones de ALTA, BAJA y MODIFICACIÓN de usuarios con asignación de diferentes niveles de acceso lectura (READ) o modificación (READ-WRITE) con granularidad de selección de servicios o funciones.
• El sistema deberá soportar autenticación remota contra servidor de LDAP y MS-ActiveDirectory la autenticación podrá ser por usuario o validada por grupo de seguridad (USERS MEMBER OF GROUP), esta funcionalidad aplica a la autenticación integrada de la GUI.
• Asimismo, el sistema deberá soportar autenticaciones a través de estándares de infraestructura de red como TACACS+ y RADIUS
• El sistema deberá disponer de un control de acceso a actualizaciones de software de descarga y actualización en diferido y escalonado dentro del clúster, a fin de no realizar cortes en el servicio. Se deberá poder realizar un DOWNGRADE y volver a la versión anterior en caso xx xxxxx.
• Envío de alertas a través de SMTP, SNMP, NETFLOW/IPFIX, SYSLOG.
• Funcionalidad de la red
• Interface roles: WAN-LAN-DMZ
• Soporte VLAN: 4.000
• Soporte LinkAggregation (IEEE802.3ad)
• Soporte VLAN TRUNK (IEEE 802.1Q)
• Soporte de JUMBO FRAME
• Ruteo estático:
• Ruteo dinámico: BGP y OSPF
• Policy Route: de acuerdo a características del paquete entrante se pueda determinar el puerto físico de salida y el gateway – NEXT HOP -
• Política de balanceo de tráfico por rutas de acuerdo a COSTO, DISTANCIA y PRIORIDAD – para el caso de múltiples rutas.
• Doble acceso a Internet:
• Políticas de FAILOVER – enlace principal y de contingencia – BALANCEO – se distribuye el tráfico entre los dos enlaces –
• Source NAT
• Destination NAT
• Virtual IP para servicios/puerto -
• Virtual IP port forwarding
• Virtual IP para servidores – Granja Back-end – terminador de túnel SSL/TLS v1.2 y 3.0
• Métodos de balanceo: estático; round xxxxx; con persistencia vía HTTP COOKIE para mantener sesiones sobre el mismo servidor físico.
• Capacidad de QoS:
• Traffic policy (rate limit)
• Traffic shaping
• Queuing
• Packet Loss
• Jitter
• Delay
• Redes privadas virtuales (VPN) sobre:
• IPSec: topología Site-to-Site; HUB and SPOKE;
• Phase 1: Internet Key Exchange (IKEv1 y v2)
• Phase 2:
• Local address
• Remote address
• Método: pre-shared-key; Certificated
• Modo: aggressive; Main id
• Encryption: DES; 3DES; AES256;
• Authentication: MD5; SHA256; SHA512;
3.1.1. Políticas de firewall
Por flujo de tráfico de inicio de sesión
Interface o puerto físico de entrada; Interface o puerto físico de salida; dirección de red o segmento IP de origen; dirección de red o segmento IP de destino; Servicio; activación por rango horario y/o días de la semana.
Despliegue por categoría o tipo de servicio local
Se podrá establecer (permitir o denegar) flujo de tráfico específico – en base a categoría definidas en un catálogo actualizable por suscripción – en el cual se pueda determinar; web filtering; intrusion prevention; file filter; email filter.
Despliegue por categoría o tipo de servicio de Internet
Predefinido: Base de categorías definidas por catálogo actualizable por suscripción – Base de datos de direcciones de red IP públicas; rangos, puertos y servicios; ubicación geográfica. Reputación; categorías, etc.
Personalizable
• Creación de grupos y categorías de acceso. Integración con objetos de Ms Active Directory, mediante la selección por navegación del directorio.
• DNS Proxy (NAT46 - NAT64)
• Funcionalidades de política de traducción de IPv6 a IPv4 en forma transparente.
• Protección DoS:
• Tcp_Sync; Port scan; flooding; icmp
• Control de aplicaciones:
• Detección o reconocimiento y monitoreo de perfiles de flujo de tráfico.
• Web Application firewall (WAF)
3.1.2. Funcionalidades de SD-WAN
Implementación de una red híbrida conformada a partir de múltiples enlaces de diferentes tipos de tecnología de transmisión que sumarizan un solo vínculo de conectividad lógico entre las sucursales con el sitio principal conformando una topología de red tipo estrella con un HUB concentrador y las dependencias SPOKE.
Mediante un uso adecuado de políticas de ruteo y balanceo de tráfico, se tiene como objetivo alcanzar una reducción de costos por optimización de uso de ancho xx xxxxx de enlaces MPLS para aplicaciones críticas, mejorar la disponibilidad de la conectividad, evitar pérdidas de performance de aplicaciones críticas por congestionamiento.
Se deberá poder definir políticas que incluyan: INTERFACES FÍSICAS de ORIGEN y DESTINO, SLA, POLÍTICAS DE FIREWALL conformando un grupo lógico de objetos que propicien la determinación de la acción a tomar respecto del tráfico. Las reglas de ruteo pueden ser por dirección de red IP de origen; dirección de red IP de destino; por cantidad de sesiones.
SLA basado en telemetría y estado de los vínculos:
Se deberá monitorizar el estado de los links de los vínculos. En caso xx xxxxx se deberá derivar el tráfico en forma automática.
Se deberá monitorizar la calidad de vínculo mediante mediciones de LATENCIA, JITTER y PACKET LOSS. Para eso se determinarán umbrales de cumplimiento, en caso de no alcanzarlos por degradación automáticamente deberá enrutar el tráfico.
3.1.3. Funcionalidades de optimización de WAN
Se deberá disponer de un espacio de almacenamiento para optimizar el tráfico en protocolos CIF, HTTP, MAPI, FTP
Mediante la optimización de protocolo de transporte TCP en enlaces de alta latencia, como así también la posibilidad de contar con un CACHE local.
3.2. Consola de administración de la plataforma Cantidad: uno (1)
Software orquestador de administración de todos los equipos que conforman la solución de SD-WAN, VPN y FIREWALL. Permite ver estado (monitoring) y generar plantillas de configuración (templates), políticas y resguardo de catálogo de backup de configuración, alojar y sincronizar catálogos de librerías centralizando en único punto de descarga de actualización y distribución.
Realizar discover de nuevos equipos conectados a la red.
3.2.1. Licencias y dimensionamiento de la solución
• La solución deberá estar compuesta por una imagen de una máquina virtual (VM) para entornos VMWARE.
• Deberá poder administrar hasta cien (100) dispositivos.
3.2.2. Características
• Deberá contar con una interfaz gráfica (GUI) con autenticación integrada con Microsoft AD, LDAP, RADIUS, TACACS+, integración SSO
• Gestión de usuarios y roles:
o Se deberá disponer la creación de usuarios locales e integración con servicios de autenticación externos.
o Los usuarios deberán disponer de niveles de acceso (como mínimo 2, lectura y lectura escritura)
3.3. Sistema de análisis y generación de reportes Cantidad: uno (1)
Software para repositorio/colector y procesamiento/análisis de eventos (LOGs) de toda la plataforma SD- WAN, VPN y FIREWALL. Permite visualizar y generar reportes de gráfico, de análisis de seguridad y comportamiento de equipos y usuarios.
Debe permitir exportar a un servidor externo por medio del protocolo SYSLOG.
3.3.1. Licencias y dimensionamiento de la solución
La solución deberá estar compuesta por una imagen de una máquina virtual (VM) para entornos VMWARE.
3.3.2. Características
Deberá contar con una interfaz gráfica (GUI) con autenticación integrada con Microsoft AD, LDAP, RADIUS, TACACS+, integración SSO
Gestión de usuarios y roles:
Se deberá disponer la creación de usuarios locales e integración con servicios de autenticación externos. Los usuarios deberán disponer de niveles de acceso (como mínimo 2, lectura y lectura escritura) Dimensionamiento:
Deberá ser capaz de registrar eventos hasta 5GB/día tanto eventos de networking como de seguridad (intentos de ataques, malware o spam).
3.4. Equipos de sucursal de tamaño medio Cantidad: doce (12)
3.4.1. Hardware
Se deberá proveer un KIT o BANDEJA para montaje en RACK de telecomunicaciones estándar de 19” Fuente de alimentación apta para la red eléctrica nacional 220v/50Hz.
Se deberá proveer cable de alimentación con terminador tres (3) patas planas de acuerdo a las normas nacionales.
3.4.2. Dimensionamiento y capacidades de manejo de tráfico e inspección
• IPSec tunnel: 10
• Throughput: 1Gbps
• SSL Inspection Throughput: 512Mbps
• Threat protection throughput: 256Mbps
• Concurrent Session: 500.000
• New session/second: 10.000
3.4.3. Puertos de conexión
Al menos ocho (8) puertos eléctricos RJ45 1000BaseT. Como interfaces de conexión de servicio auto- sensing 10/100/1000 Gbps
Sistema de almacenamiento local SSD para funcionalidad de optimización de WAN.
3.4.4. Autodiscover
Al conectar el dispositivo en un acceso a Internet el equipo debe registrarse automáticamente a la consola de manager para poder realizar el zero touch administration y poder tomar gestión remota del equipo para administrarlo y configurarlo.
3.4.5. Administración
Interfaz de administración gráfica (GUI) con autenticación integrada (SSO) contra servidor de autenticación remoto.
Sistema de gestión por consola remota (SSHv2)
Puerto de administración local de señalización tipo serial (RS232/DB9, USB o RJ45) – Se deberá entregar cable de administración.
La solución deberá tener soporte xx XXXX-TENANCY o de multi-virtualización dentro del mismo equipo
– al menos tres (3) instancias - a fin de desdoblar la administración por funcionalidades o tareas habilitadas y tener disponibles módulos de (i) Gestión de la plataforma global, (ii) control de administración de tráfico, conectividad, QoS, TRAFFIC SHAPERS y (iii) SEGURIDAD a nivel WEB FILTERING y control de aplicaciones.
El sistema deberá disponer la posibilidad de realizar backup de configuración con versionados exportarlo a un sistema remoto, capacidad de disponer de ROLLBACK de configuración y procedimiento de importación en un escenario de DISASTER RECOVERY.
El sistema deberá disponer de una gestión de usuarios locales y perfiles o grupos con funciones de ALTA, BAJA y MODIFICACIÓN de usuarios con asignación de diferentes niveles de acceso lectura (READ) o modificación (READ-WRITE) con granularidad de selección de servicios o funciones.
El sistema deberá soportar autenticación remota contra servidor de LDAP y MsActiveDirectory la autenticación podrá ser por usuario o validada por grupo de seguridad (USERS MEMBER OF GROUP), esta funcionalidad aplica a la autenticación integrada de la GUI.
Asimismo, el sistema deberá soportar autenticaciones a través de estándares de infraestructura de red como TACACS+ y RADIUS
El sistema deberá disponer de un control de acceso a actualizaciones de software de descarga y actualización en diferido y escalonado dentro del clúster, a fin de no realizar cortes en el servicio. Se deberá poder realizar un DOWNGRADE y volver a la versión anterior en caso xx xxxxx.
Envío de alertas a través de SMTP, SNMP, NETFLOW/IPFIX, SYSLOG.
3.4.6. Funcionalidades de capa de red
• Interface roles: WAN-LAN-DMZ
• Soporte VLAN: 4.000
• Soporte VLAN TRUNK (IEEE 802.1Q)
• Soporte de JUMBO FRAME
• Ruteo estático
• Ruteo dinámico: BGP y OSPF
• Policy Route: de acuerdo a características del paquete entrante se pueda determinar el puerto físico de salida y el gateway – NEXT HOP -
• Política de balanceo de tráfico por rutas de acuerdo a COSTO, DISTANCIA y PRIORIDAD – para el caso de múltiples rutas.
• Doble acceso a Internet: políticas de FAILOVER – enlace principal y de contingencia – BALANCEO – se distribuye el tráfico entre los dos enlaces –
• Source NAT
• Destination NAT
• Virtual IP para servicios/puerto -
• Virtual IP port forwarding
• Capacidades de QoS:
• Traffic policy (rate limit)
• Traffic shaping
• Queuing
• Packet Loss
• Jitter
• Delay
• Redes privadas virtuales (VPN) sobre
• IPSec: topología Site-to-Site; HUB and SPOKE;
• Phase 1: Internet Key Exchange (IKEv1 y v2)
• Phase 2:
• Local address
• Remote address
• Método: pre-shared-key; Certificated
• Modo: aggressive; Main id
• Encryption: DES; 3DES; AES256;
• Authentication: MD5; SHA256; SHA512
3.4.7. Políticas de firewall
Por flujo de tráfico de inicio de sesión: Interface o puerto físico de entrada; Interface o puerto físico de salida; dirección de red o segmento IP de origen; dirección de red o segmento IP de destino; Servicio; activación por rango horario y/o días de la semana.
Despliegue por categoría o tipo de servicio local:
Se podrá establecer (permitir o denegar) flujo de tráfico específico – en base a categoría definidas en un catálogo actualizable por suscripción – en el cual se pueda determinar políticas de: Antivirus; web filtering; intrusion prevention; file filter; email filter.
Despliegue por categoría o tipo de servicio de Internet:
Predefinido: Base de categorías definidas por catálogo actualizable por suscripción – Base de datos de direcciones de red IP públicas; rangos, puertos y servicios; ubicación geográfica. Reputación; categorías, etc.
Personalizable:
Creación de grupos y categorías de acceso. Integración con objetos de Ms Active Directory, mediante la selección por navegación del directorio.
Protección DoS:
Tcp_Sync; Port scan; flooding; icmp Control de aplicaciones:
Detección o reconocimiento y monitoreo de perfiles de flujo de tráfico. Web Application firewall (WAF)
3.4.8. Funcionalidades de SD-WAN
Implementación de una red híbrida conformada a partir de múltiples enlaces de diferentes tipos de tecnología de transmisión que sumarizan un solo vínculo de conectividad lógico entre las sucursales con el
sitio principal conformando una topología de red tipo estrella con un HUB concentrador y las dependencias SPOKE.
Mediante un uso adecuado de políticas de ruteo y balanceo de tráfico, se tiene como objetivo alcanzar una reducción de costos por optimización de uso de ancho xx xxxxx de enlaces MPLS para aplicaciones críticas, mejorar la disponibilidad de la conectividad, evitar pérdidas de performance de aplicaciones críticas por congestionamiento.
Se deberá poder definir políticas que incluyan: INTERFACES FÍSICAS de ORIGEN y DESTINO, SLA, POLÍTICAS DE FIREWALL conformando un grupo lógico de objetos que propicien la determinación de la acción a tomar respecto del tráfico. Las reglas de ruteo pueden ser por dirección de red IP de origen; dirección de red IP de destino; por cantidad de sesiones.
SLA basado en telemetría y estado de los vínculos:
Se deberá monitorizar el estado de los links de los vínculos. En caso xx xxxxx se deberá derivar el tráfico en forma automática.
Se deberá monitorizar la calidad de vínculo mediante mediciones de LATENCIA, JITTER y PACKET LOSS. Para eso se determinarán umbrales de cumplimiento, en caso de no alcanzarlos por degradación automáticamente deberá enrutar el tráfico.
Se podrá definir el desdoblamiento de tráfico con destino a Internet en forma local, para ello el equipo deberá contar con características de procesamiento y análisis de tráfico con destinos públicos.
La gestión y políticas podrán ser administradas a través de la plataforma de gestión.
El reporte de eventos y logs deberá ser reportado a la plataforma de generación de análisis y reportes.
3.4.9. Funcionalidades de optimización de WAN
Se deberá disponer de un espacio de almacenamiento para optimizar el tráfico en protocolos CIF, HTTP, MAPI, FTP
Mediante la optimización del protocolo de transporte TCP en enlaces de alta latencia, como así también la posibilidad de contar con un CACHÉ local.
3.5. Equipo de sucursal de pequeño tamaño Cantidad: seis (6)
3.5.1. Hardware
• Equipo de escritorio.
• Fuente de alimentación apta para la red eléctrica nacional 220v/50Hz.
• Se deberá proveer cable de alimentación con terminador tres (3) patas planas de acuerdo a las normas nacionales.
3.5.2. Dimensionamiento y capacidades de manejo de tráfico e inspección
• IPSec tunnel: 5
• Throughput: 512Mbps
• SSL Inspection Throughput: 256Mbps
• Threat protection throughput: 128Mbps
• Concurrent Session: 200.000
• New session/second: 5.000
3.5.3. Puertos de conexión
Al menos cuatro (4) puertos eléctricos RJ45 1000BaseT. Como interfaces de conexión de servicio auto- sensing 10/100/1000 Gbps
3.5.4. Autodiscover
Al conectar el dispositivo en un acceso a Internet el equipo debe registrarse automáticamente a la consola de manager para poder realizar el zero touch administration y poder tomar gestión remota del equipo para administrarlo y configurarlo.
3.5.5. Administración
Interfaz de administración gráfica (GUI) con autenticación integrada (SSO) contra servidor de autenticación remoto.
Sistema de gestión por consola remota (SSHv2)
Puerto de administración local de señalización tipo serial (RS232/DB9, USB o RJ45) – Se deberá entregar cable de administración.
La solución deberá tener soporte xx XXXX-TENANCY o de multi-virtualización dentro del mismo equipo
– al menos tres (3) instancias - a fin de desdoblar la administración por funcionalidades o tareas habilitadas y tener disponibles módulos de (i) Gestión de la plataforma global, (ii) control de administración de tráfico, conectividad, QoS, TRAFFIC SHAPERS y (iii) SEGURIDAD a nivel WEB FILTERING y control de aplicaciones.
El sistema deberá disponer la posibilidad de realizar backup de configuración con versionados exportarlo a un sistema remoto, capacidad de disponer de ROLLBACK de configuración y procedimiento de importación en un escenario de DISASTER RECOVERY.
El sistema deberá disponer de una gestión de usuarios locales y perfiles o grupos con funciones de ALTA, BAJA y MODIFICACIÓN de usuarios con asignación de diferentes niveles de acceso lectura (READ) o modificación (READ-WRITE) con granularidad de selección de servicios o funciones.
El sistema deberá soportar autenticación remota contra servidor de LDAP y MsActiveDirectory la autenticación podrá ser por usuario o validada por grupo de seguridad (USERS MEMBER OF GROUP), esta funcionalidad aplica a la autenticación integrada de la GUI.
Asimismo, el sistema deberá soportar autenticaciones a través de estándares de infraestructura de red como TACACS+ y RADIUS
El sistema deberá disponer de un control de acceso a actualizaciones de software de descarga y actualización en diferido y escalonado dentro del clúster, a fin de no realizar cortes en el servicio. Se deberá poder realizar un DOWNGRADE y volver a la versión anterior en caso xx xxxxx.
Envío de alertas a través de SMTP, SNMP, NETFLOW/IPFIX, SYSLOG.
3.5.6. Funcionalidades de capa de red
• Interface roles: WAN-LAN-DMZ
• Soporte VLAN: 4.000
• Soporte VLAN TRUNK (IEEE 802.1Q)
• Soporte de JUMBO FRAME
• Ruteo estático
• Ruteo dinámico: BGP y OSPF
• Policy Route: de acuerdo a características del paquete entrante se pueda determinar el puerto físico de salida y el gateway – NEXT HOP -
• Política de balanceo de tráfico por rutas de acuerdo a COSTO, DISTANCIA y PRIORIDAD – para el caso de múltiples rutas.
• Doble acceso a Internet: políticas de FAILOVER – enlace principal y de contingencia – BALANCEO – se distribuye el tráfico entre los dos enlaces –
• Source NAT
• Destination NAT
• Virtual IP para servicios/puerto -
• Virtual IP port forwarding
• Virtual IP para servidores – Granja Back-end – terminador de túnel SSL/TLS v1.2 y 3.0
• Capacidades de QoS:
• Traffic policy (rate limit)
• Traffic shaping
• Queuing
• Packet Loss
• Jitter
• Delay
• Redes privadas virtuales (VPN) sobre
• IPSec: topología Site-to-Site; HUB and SPOKE;
• Phase 1: Internet Key Exchange (IKEv1 y v2)
• Phase 2:
• Local address
• Remote address
• Método: pre-shared-key; Certificated
• Modo: aggressive; Main id
• Encryption: DES; 3DES; AES256;
• Authentication: MD5; SHA256; SHA512;
3.5.7. Políticas de firewall
Por flujo de tráfico de inicio de sesión: Interface o puerto físico de entrada; Interface o puerto físico de salida; dirección de red o segmento IP de origen; dirección de red o segmento IP de destino; Servicio; activación por rango horario y/o días de la semana.
Despliegue por categoría o tipo de servicio local:
Se podrá establecer (permitir o denegar) flujo de tráfico específico – en base a categoría definidas en un catálogo actualizable por suscripción – en el cual se pueda determinar políticas de: Antivirus; web filtering; intrusion prevention; file filter; email filter.
Despliegue por categoría o tipo de servicio de Internet:
Predefinido: Base de categorías definidas por catálogo actualizable por suscripción – Base de datos de direcciones de red IP públicas; rangos, puertos y servicios; ubicación geográfica. Reputación; categorías, etc.
Personalizable:
Creación de grupos y categorías de acceso. Integración con objetos de Ms Active Directory, mediante la selección por navegación del directorio.
Protección DoS:
Tcp_Sync; Port scan; flooding; icmp Control de aplicaciones:
Detección o reconocimiento y monitoreo de perfiles de flujo de tráfico. Web Application firewall (WAF)
3.5.8. Funcionalidades de SD-WAN
Implementación de una red híbrida conformada a partir de múltiples enlaces de diferentes tipos de tecnología de transmisión que sumarizan un solo vínculo de conectividad lógico entre las sucursales con el sitio principal conformando una topología de red tipo estrella con un HUB concentrador y las dependencias SPOKE.
Mediante un uso adecuado de políticas de ruteo y balanceo de tráfico, se tiene como objetivo alcanzar una reducción de costos por optimización de uso de ancho xx xxxxx de enlaces MPLS para aplicaciones críticas, mejorar la disponibilidad de la conectividad, evitar pérdidas de performance de aplicaciones críticas por congestionamiento.
Se deberá poder definir políticas que incluyan: INTERFACES FÍSICAS de ORIGEN y DESTINO, SLA, POLÍTICAS DE FIREWALL conformando un grupo lógico de objetos que propicien la determinación de la acción a tomar respecto del tráfico. Las reglas de ruteo pueden ser por dirección de red IP de origen; dirección de red IP de destino; por cantidad de sesiones.
SLA basado en telemetría y estado de los vínculos:
Se deberá monitorizar el estado de los links de los vínculos. En caso xx xxxxx se deberá derivar el tráfico en forma automática.
Se deberá monitorizar la calidad de vínculo mediante mediciones de LATENCIA, JITTER y PACKET LOSS. Para eso se determinarán umbrales de cumplimiento, en caso de no alcanzarlos por degradación automáticamente deberá enrutar el tráfico.
Se podrá definir el desdoblamiento de tráfico con destino a Internet en forma local, para ello el equipo deberá contar con características de procesamiento y análisis de tráfico con destinos públicos.
La gestión y políticas podrán ser administradas a través de la plataforma de gestión.
El reporte de eventos y logs deberá ser reportado a la plataforma de generación de análisis y reportes.
3.6. Módem externo Ethernet para servicio por SIM para acceso LTE/4G Cantidad: doce (12)
3.6.1. Hardware
• Equipo de escritorio/pared.
• Fuente de alimentación apta para la red eléctrica nacional 220v/50Hz.
• Alimentación vía XxX (IEEE 802.3af)
• Se deberá proveer cable de alimentación con terminador tres (3) patas planas de acuerdo a las normas nacionales
3.6.2. Puertos de conexión
• Al menos un (1) puerto eléctrico RJ45 1000BaseT. Como interfaces de conexión de servicio auto-sensing 10/100/1000 Gbps
• Dos (2) puertos para SIM (DUAL SIM CARD) para disponer dos (2) posibles operadores LTE para funcionar en modo ACTIVO-PASIVO.
• Dos (2) antenas externas WWAN SMA 4G.
3.6.3. Autodiscover
Al conectar el dispositivo en la red el equipo deberá poder ser administrado desde los equipos de solución SD-WAN como puertos (WAN) virtuales.
El módem podrá asociarse a los equipos de sucursal de pequeño y mediano tamaño.
3.7. Garantía de funcionamiento, servicio técnico y actualizaciones para los ítems del 1 al 6
3.7.1 Alcance
El equipamiento que se incluye en las presentes deberá contar con un servicio de garantía de funcionamiento para todos sus componentes por el plazo de al menos treinta y seis (36) meses, contados a partir de la fecha de recepción que figure en el “Acta de Recepción Definitiva”, para el último bien entregado que complete la totalidad del renglón, según lo expuesto en el punto “Lugar y Forma de Entrega”.
La garantía de funcionamiento debe ser integral, es decir que debe comprender el servicio de reparación con provisión de repuestos originales, cambio de las partes que sean necesarias y/o el reemplazo definitivo de los equipos afectados, sin cargo alguno para el Ministerio Público Fiscal de la Nación.
Las partes y/o repuestos utilizados para dejar los equipos operativos deberán ser nuevos, no admitiéndose piezas reacondicionadas o usadas.
3.7.2 Forma de contacto
Se deberá proporcionar la información de al menos dos vías de contacto (dirección de e-mail y/o el número telefónico y/o la url del portal web), siendo obligatoria la dirección de e-mail, mediante las cuales este Ministerio pueda realizar la comunicación de las incidencias.
Los datos de contacto deben ser centralizados, es decir que, para la comunicación de incidencias, el número de teléfono y/o la dirección de e-mail y/o la url del portal web provistos, deben ser los mismos para las incidencias ocurridas en todo el país, descartando de esta manera una comunicación descentralizada por parte del MPF para los servicios que deban brindarse en el interior del país.
Todas las vías de contacto informadas tendrán la misma relevancia, atención y prioridad.
En caso de que la firma adjudicataria modifique los contactos presentados, deberá informarlo dentro de las cuarenta y ocho (48) hs. a la casilla xxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx.
3.7.3 Comunicación de las incidencias
La comunicación de las incidencias será realizada por personal técnico informático de este Ministerio Público Fiscal de la Nación.
Al momento de comunicar una incidencia, el adjudicatario deberá registrar el inconveniente con un número de ticket y brindarlo al personal técnico del Ministerio Público Fiscal de la Nación dentro de las veinticuatro (24) horas hábiles.
3.7.4 Resolución de las incidencias
a. Plazo de resolución
El plazo para la resolución del incidente será como máximo de tres (3) días hábiles a partir del inicio de este (Ver “Inicio del incidente”), incluyendo los casos ante reemplazos definitivos de equipamiento indicados en el punto “Reemplazo definitivo de equipamiento”.
b. Inicio del incidente
El tiempo de resolución del incidente comienza a contabilizarse a partir de la primera comunicación por parte del personal del Ministerio Público Fiscal de la Nación a la empresa adjudicataria, de acuerdo a las opciones indicadas en el apartado “Forma de contacto”.
Al respecto, cabe aclarar que en caso de que la incidencia se comunique vía mail, se considerará como válida y suficiente la fecha de envío del mismo.
c. Lugar y horario para el servicio
d. Comprobante de servicio
En cada oportunidad en que se efectúe una visita técnica, se deberá extender un comprobante de servicio, en donde constará:
• N° de incidente.
• Identificación del equipo, marca, modelo y número de serie.
• Fecha y hora de la solicitud del servicio.
• Fecha y hora del inicio de atención del servicio en sitio.
• Fecha y hora de finalización del servicio en sitio.
• Falla localizada o diagnóstico.
• Tareas realizadas tendientes a brindar solución en la visita.
• Repuestos utilizados.
• Estado en que permanece el equipo luego de la visita.
• Nombre completo y firma del técnico actuante de la firma adjudicataria.
• Nombre completo y firma de un responsable de la dependencia, que avale lo esgrimido en el comprobante de servicio.
e. Finalización del incidente
El incidente quedará finalizado una vez que se haya dejado el servicio/equipamiento en perfectas condiciones de funcionamiento o con el reemplazo definitivo de acuerdo al apartado “Reemplazo definitivo de equipamiento”, según sea el caso, y comprobando el personal del Ministerio Público Fiscal de la Nación el correcto funcionamiento del mismo, caso contrario los plazos seguirán computándose.
f. Equipos y componentes de resguardo
Cuando la índole de la reparación requiera el traslado de un equipo/dispositivo a los laboratorios del adjudicatario, previamente se deberá efectuar la entrega e instalación de un equipo/dispositivo de resguardo hasta la finalización del incidente.
Asimismo, cuando el incidente no se encontrará finalizado (Ver “Resolución de las incidencias”) al vencerse el plazo de resolución (Ver “Plazo de resolución”), se deberá efectuar la entrega e instalación de un equipo/dispositivo de resguardo, en el día hábil inmediato posterior a dicho plazo, y hasta la finalización del incidente.
El traslado del equipamiento (ya sea el que presenta la falla y/o el entregado como resguardo/backup), será por cuenta y responsabilidad del adjudicatario, no generando costo alguno para el Ministerio Público Fiscal de la Nación.
3.7.5 Reemplazo definitivo de equipamiento
Las siguientes condiciones habilitarán a la Procuración General de la Nación a exigir el reemplazo definitivo del/los equipo/s afectado/s, sin que esto genere derecho alguno a favor del adjudicatario:
I. Si se detectara alguna falla o desperfecto de fabricación.
II. La comprobación de al menos tres (3) fallas en un mismo equipo en componentes de hardware y/o software (repetidas o diferentes unas de otras), ocurridas dentro de un mismo mes, que inhabiliten al mismo y/o alguna de sus funciones.
III. Si un incidente que ameritase la reparación de un equipo no fuera finalizado a los treinta (30) días corridos, contados desde del inicio del incidente.
Los reemplazos deberán realizarse con un modelo de equipo idéntico, sucesor o superior al mismo, no pudiendo ser de características técnicas, calidad y/o rendimientos inferiores.
Deberá realizarse un nuevo remito por cada equipo que se entregue como reemplazo.
3.7.6 Actualizaciones de software
Durante la vigencia del contrato se deberá poder instalar todas las actualizaciones liberadas por el fabricante sin cargo alguno para el Ministerio Público Fiscal de la Nación y se deberá brindar la asistencia remota o en sitio para efectuarlo.
Características para ítems del 1 al 5
• Actualización automática con configuración de frecuencia mediante agenda (SCHEDULE TASK).
• Actualización de parches y versiones del sistema operativo. Características para ítems 1, 4 y 5
• Servicio de protección de intrusión (IPS)
• Control de aplicaciones (APPLICATION CONTROL)
• Filtrado de contenido web (WEB FILTERING)
3.7.7 Acceso a la base de documentación
Se deberá disponer de acceso a toda la documentación técnica para la correcta utilización de los sistemas.
CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA CONTRATACIÓN
Cláusulas comunes a todos los ítems
1. Plazo de entrega: La entrega de los bienes deberá realizarse dentro de los sesenta (60) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente al perfeccionamiento de la Orden de Compra.
2. Antecedentes de los oferentes: Los oferentes deberán acreditar haber efectuado en los dos (2) últimos años calendario, por lo menos una provisión similar en cantidad y calidad a la requerida en la presente, indicando: descripción de los equipos provistos, empresa u organismo destinatario, fecha de provisión y persona para realizar un contacto y evaluar sus antecedentes respecto de la calidad de los productos provistos, el cumplimiento en las entregas y en el servicio de garantía. Serán también considerados los antecedentes del oferente con que cuente el Ministerio Público Fiscal de la Nación en adquisiciones anteriores.
3. Estado y empaque de los productos: La Procuración General de la Nación se reserva el derecho de exigir la acreditación fehaciente de la denominación del fabricante y el lugar de origen de todos los equipos y/o componentes ofertados.
4. Documentación a incluir en la oferta: El oferente deberá presentar:
Tabla de especificaciones técnicas de hardware y software, que compare lo establecido en el PBC y los bienes/servicios ofertados.
5. Lugar y forma de entrega
La totalidad de los equipos e insumos deberán ser entregados en el depósito del Ministerio Publico Fiscal de la Nación ubicado en Xxxx 0000/00, XXXX, previa coordinación con la Dirección General de Desarrollo Organizacional y Nuevas Tecnologías, a los teléfonos 0000-0000/41/25 o vía mail a xxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx.
El adjudicatario deberá proveer la siguiente documentación, necesaria para la consecuente emisión del Acta de Recepción Definitiva:
• Al momento de la entrega, un remito por duplicado donde conste la marca, modelo y cantidad de los bienes entregados.
• Dentro de las cuarenta y ocho (48) horas hábiles de realizada la entrega, vía mail a las casillas xxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx y xxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx, un Acta de Entrega Digital (planilla confeccionada digitalmente), donde consten todos los bienes entregados, debidamente identificados con la siguiente información:
- Marca
- Modelo
- Número de serie (Identificación del equipo)
- Fecha de entrega
- Número de remito asociado
• Dentro de las cuarenta y ocho (48) horas hábiles de realizada la entrega, vía mail a las casillas xxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx y xxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx, la información de contacto solicitada en el punto “Forma de contacto”.
6. Penalidades específicas: El incumplimiento de los plazos para la resolución de los incidentes y/o reemplazo del equipo según lo expuesto en el apartado “Resolución de las incidencias”, habilitará al Ministerio Público Fiscal de la Nación a aplicar penalidades. Estas serán determinadas, para cada caso, por
la suma de los días en que la adjudicataria no cumpla con cada uno de los plazos máximos habilitado para brindar la solución en sitio, entrega de documentación/comprobantes de servicio y/o la provisión de equipos de backup.
Ante incumplimientos en los plazos y condiciones del servicio de garantía de funcionamiento expuestos en el apartado “Garantía de funcionamiento”, se establecerán las siguientes penalidades:
Nro. | Incumplimiento | Penalidad |
1 | No se finaliza un incidente, de acuerdo a lo dispuesto en “Finalización del incidente”, dentro del plazo expuesto en “Plazo de resolución” | En caso de no efectuar la entrega e instalación de un equipo de resguardo, se aplicará un dos por ciento (2%) del valor unitario del equipo por cada día hábil de atraso, hasta la finalización del incidente. En caso de efectuar la entrega e instalación de un equipo de resguardo fuera del plazo previsto en el PBC, se aplicará un uno por ciento (1%) del valor unitario del equipo por cada día hábil de atraso, hasta la finalización del incidente. En caso de efectuar la entrega e instalación de un equipo de resguardo dentro del plazo previsto en el PBC, se aplicará un cero con dos décimas por ciento (0,2%) del valor unitario del equipo por cada día hábil de atraso, hasta la finalización del incidente. |
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
ARTÍCULO 1: NORMATIVA APLICABLE – ORDEN DE PRELACIÓN
La presente contratación se regirá por las normas contenidas en el Reglamento de Compras y Contrataciones de la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14, sus modificatorias, el presente Pliego de Bases y Condiciones, la Oferta, las Muestras que se hubieren acompañado (en caso de corresponder) y la Orden de Compra.
ARTÍCULO 2: OBTENCIÓN XXX XXXXXX
A los efectos de obtener el pliego, los interesados deberán proceder de la siguiente manera:
1. Descargar el pliego del sitio web de la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación, xxx.xxx.xxx.xx; ingresando en la opción: “Contrataciones y Licitaciones”, y completando el formulario con los campos correspondientes a la razón social y/o nombre, y los datos de contacto requeridos, en los que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse hasta el día de Apertura de Ofertas.
2. El pliego podrá ser descargado hasta el día y hora establecidos para la presentación de las ofertas.
3. Quienes al momento de descargar el pliego no informen los datos indicados en el punto 1 del presente artículo, no podrán alegar el desconocimiento de las circulares que se hubiesen dictado conforme el artículo siguiente.
ARTÍCULO 3: CONSULTAS, ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Las consultas respecto el presente Pliego de Bases y Condiciones deberán efectuarse únicamente por correo electrónico a xxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx. No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquellas que se presenten fuera de término.
Las consultas podrán ser efectuadas hasta cinco (5) días hábiles antes de la fecha fijada para la apertura de ofertas.
Las circulares que emita el Organismo, ya sean de oficio o con motivo de una consulta, serán notificadas con cuarenta y ocho (48) horas como mínimo de anticipación a la fecha de la apertura, a todos los invitados, a las personas que hubieran retirado el pliego y al que hubiera efectuado la consulta que origina la circular, si éste fuera el caso. Las circulares podrán ser notificadas en forma válida al domicilio o correo electrónico denunciado al obtener el pliego conforme el artículo 2 del presente.
Todas las circulares serán incluidas como parte integrante xxx xxxxxx y difundidas en el sitio web de la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación.
Cuando por la índole de la consulta practicada por un interesado resulte necesario pedir informes o realizar verificaciones técnicas que demanden un plazo superior a veinticuatro (24) horas contadas desde que se presentare la solicitud, esta Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación tiene la facultad para posponer de oficio la fecha de apertura.
La Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación podrá de oficio realizar las aclaraciones que sean pertinentes, debiendo comunicarlas siguiendo el procedimiento detallado en los párrafos precedentes.
ARTÍCULO 4: PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
1. Forma y lugar de la presentación: las ofertas deberán presentarse en la Dirección Unidad Operativa de Contrataciones, sita en Perú 143, Piso 13, C.A.B.A., hasta el día y hora de la apertura de ofertas. Estará contenida en sobres, cajas o paquetes, los cuales deberán estar perfectamente cerrados e indicar los siguientes datos:
• Tipo y Nº de Procedimiento
• Objeto de la Contratación
• Día y hora de la Apertura de Ofertas
• Nombre o Razón Social del oferente
A partir de la hora fijada para la apertura de las ofertas no podrán recibirse otras, aun cuando el Acto de Apertura no se haya iniciado. Aquellas ofertas presentadas fuera de término serán rechazadas sin más trámite.
Traspapeleo / Apertura prematura: La Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación no se responsabilizará por traspapeleo o apertura prematura de la oferta como consecuencia de que su envoltorio o sobre exterior no haya sido debidamente cerrado y rotulado según las instrucciones indicadas. Asimismo, no recibirá ni se responsabilizará por los documentos que no sean entregados en el lugar indicado y dentro del plazo establecido.
ARTÍCULO 5: EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
La presentación de la oferta significará para el oferente el pleno conocimiento y aceptación de los términos y cláusulas del presente Pliego de Bases y Condiciones que rige el llamado a licitación, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, sin que pueda alegar en adelante el oferente su desconocimiento.
ARTÍCULO 6: INMODIFICABILIDAD DE LA OFERTA
La posibilidad de modificar la oferta precluirá con el vencimiento del plazo para presentarla, sin que sea admisible alteración alguna en la esencia de las propuestas después de esa circunstancia.
ARTÍCULO 7: CONTENIDO DEL SOBRE, CARACTERÍSTICAS DE LA OFERTA E INFORMACIÓN A SUMINISTRAR POR EL OFERENTE
El sobre con la oferta deberá contener la documentación que se detalla a continuación en las condiciones establecidas en los artículos precedentes y con los recaudos exigidos por los artículos 41 y 43 del Reglamento de Compras y Contrataciones de la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación, aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14, como así también toda documentación adicional solicitada en las características de la contratación y o Especificaciones Técnicas:
El sobre y contenido de las ofertas deberán:
1- Ser redactadas en idioma nacional.
2- Encontrarse foliadas en todas sus hojas de manera correlativa.
3- Estar firmadas en todas sus fojas por el oferente o su representante legal autorizado.
4- Ser presentadas por duplicado; el mismo deberá incluir la totalidad de la oferta económica y técnica, debiendo estar identificado con la palabra “Duplicado”. No será necesario que se encuentre foliado ya que no será adjuntado al expediente por el cual se tramita la presente compra.
5- Contener el precio unitario y cierto, en MONEDA NACIONAL o en DÓLARES ESTADOUNIDENSES.
6- Las testaduras, enmiendas, raspaduras o interlíneas en las propuestas deberán ser debidamente salvadas por el oferente o su representante legal autorizado.
7- Adjuntar el presente Pliego de Bases y Condiciones que rige la licitación, y constancia de su obtención. 8- Constitución de domicilio: se deberá consignar domicilio especial para el procedimiento de selección en cualquier parte del territorio nacional o el extranjero. En este último caso, siempre que no cuente con domicilio o representación legal en el país, situación que deberá acreditarse mediante declaración jurada. De no consignarse un domicilio especial en la respectiva oferta, se tendrá por domicilio especial el declarado como tal en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO).
9- Descripción de la propuesta técnica ofertada y folletos técnicos de los bienes ofertados, donde la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación pueda verificar el cumplimiento de los requisitos requeridos.
10- Garantía de Mantenimiento de Oferta constituida conforme lo establecen los artículos 11 y 13 del presente pliego, salvo en los casos en que el oferente se encontrara exento de presentar la misma de acuerdo a lo normado en el artículo 14 del citado pliego.
11- Declaración Jurada establecida en la Planilla Anexa I que forma parte del presente pliego y toda otra planilla Anexa, que se incluya, completando e indicando los detalles solicitados.
12- El oferente deberá encontrarse inscripto o preinscripto en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO), dependiente de la Oficina Nacional de Contrataciones. En caso de resultar adjudicatario, en dicha instancia deberá encontrarse en estado inscripto/incorporado en el SIPRO.
13- Todo otro requisito específico o documentación adicional solicitada en las características de la contratación y o Especificaciones Técnicas.
Los oferentes deberán presentar toda la documentación requerida. Sin perjuicio de ello, a requerimiento de este Organismo los oferentes deberán proporcionar todo tipo de documentación adicional en cualquier momento de la contratación en que esta Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación lo solicitase.
Toda documentación que se presente en fotocopias deberá ser legible y estar certificada por escribano público, autoridades judiciales o administrativas competentes, legalizándose la documentación cuando intervenga en su certificación notario de extraña jurisdicción; o bien se deberá presentar junto con la copia, el original para su cotejo.
ARTÍCULO 8: COTIZACIÓN
En caso de no detallarse en las Características de la Contratación otra modalidad:
Se podrá cotizar uno, varios o todos los renglones que integran el presente llamado.
Se deberá cotizar el renglón completo, no pudiéndolo hacer por una parte o división del mismo. Después de haber cotizado por renglón, podrá efectuar un descuento en el precio, por el total de los renglones o por grupo de renglones, sobre la base de su adjudicación íntegra.
Deberá consignarse las cantidades ofrecidas, el precio unitario y cierto, el precio total del renglón y el total general de la oferta.
Se deberá cotizar en MONEDA NACIONAL o en DÓLARES ESTADOUNIDENSES. La oferta expresada en otras monedas será oportunamente desestimada. Los precios cotizados deberán incluir el importe correspondiente a la alícuota del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). En caso de no hacerse expresa mención a ello en la oferta, quedará tácitamente establecido que dicho valor se encuentra incluido en la misma.
Errores de cotización: si el total cotizado para cada renglón no respondiera al precio unitario, se tomará éste último como precio cotizado. Todo otro error en el monto cotizado denunciado por el oferente o detectado por el Organismo contratante antes de la adjudicación, producirá la desestimación de la oferta en la proporción que corresponda.
Para el caso de adquisición de bienes, se deberán cotizar nuevos, sin uso y su fabricación no podrá estar discontinuada a la fecha de la entrega de los mismos. Se entiende por nuevos y sin uso que la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación sea el primer usuario de los bienes desde que éstos salieron de fábrica.
La cotización deberá ser por cantidades netas, libres de envases y gastos de embalaje o flete; es decir que el precio ofertado deberá incluir los gastos de embalaje y traslado hasta el lugar de entrega.
En caso de solicitarse marcas, las mismas son indicativas de la calidad mínima aceptada. Los oferentes podrán proponer productos de otras marcas, aportando los elementos de juicio necesarios que permitan comprobar que los bienes o servicios ofertados reúnen las características y un nivel de calidad equivalente. En consecuencia, los oferentes deberán presentar una muestra y/o adjuntar folletería aclaratoria o cualquier otro detalle que aporte elementos de juicio que permitan evaluar la calidad de los productos ofertados. Las marcas alternativas serán aceptadas si de su evaluación resultan técnica y económicamente convenientes a criterio exclusivo de esta Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación.
ARTÍCULO 9: OFERTA ALTERNATIVA
El oferente podrá efectuar una oferta alternativa de conformidad con lo normado por el artículo 43 de la Resolución PGN Nº 1107/14, modificada por su similar Nº 1459/15.
Las especificaciones técnicas indicadas son las mínimas exigidas para cada caso. Sin perjuicio de ello, se podrá proponer productos con especificaciones técnicas superiores en calidad y/o durabilidad. De darse esta situación, el oferente deberá detallar, para cada especificación técnica modificada, los aspectos técnicos y operativos relativos a la mejora introducida. Las mismas serán aceptadas si de su evaluación resultan técnica y económicamente convenientes, a criterio exclusivo de esta Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación.
La oferta alternativa no exime al oferente de efectuar la presentación simultánea de la oferta básica o principal, ajustada a las bases. La Garantía de Mantenimiento de Oferta deberá calcularse sobre el mayor valor propuesto.
ARTÍCULO 10: PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS OFERTAS
Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de treinta (30) días corridos, contados a partir de la fecha del Acto de Apertura de Ofertas, con renovación automática y sucesiva por igual período no fraccionable (treinta (30) días corridos) y por un plazo máximo de un (1) año contado desde el día de Apertura de Ofertas; salvo manifestación fehaciente por parte del oferente de no renovar su propuesta con una antelación mínima xx xxxx (10) días anteriores al vencimiento del mantenimiento de la oferta, de conformidad con las condiciones dispuestas por el artículo 46 del Reglamento de Compras y Contrataciones de la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación, aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14.
El oferente que desista de su oferta, ya sea en su plazo original o prorrogado, será pasible de la penalidad de pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta presentada.
ARTÍCULO 11: GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
Los oferentes deberán integrar la Garantía de Mantenimiento de Oferta por un monto equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total de su oferta. En caso de cotizarse con alternativa, el monto de la garantía deberá calcularse sobre el mayor valor propuesto. La misma deberá ser presentada conjuntamente dentro del sobre con la oferta para que la misma resulte válida, y constituirse en alguna de las formas previstas en el artículo 13 del presente pliego.
ARTÍCULO 12: ERROR EN EL MONTO DE LA GARANTÍA
No serán desestimadas las ofertas cuando, por error, la garantía presentada fuera por un importe inferior al que corresponda, siempre que se encuentre comprendido dentro del veinte por ciento (20%) del correcto. Cuando se verificara el error en el importe de la garantía de acuerdo a lo señalado, se intimará al oferente a subsanar la diferencia en un plazo perentorio de tres (3) días hábiles, bajo apercibimiento de la pérdida del monto integrado en concepto de garantía.
ARTÍCULO 13: FORMAS DE CONSTITUCIÓN DE LAS GARANTÍAS
Las Garantías de Mantenimiento de Oferta, de Cumplimiento de Contrato, de Impugnación al Dictamen de la Comisión Evaluadora de Ofertas, podrán constituirse en alguna de las siguientes formas o combinaciones de ellas:
a) Mediante depósito bancario en la cuenta oficial de la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación CBU Nº 0110659220065900003315. Una vez realizado el depósito/transferencia, se deberá informar al Departamento de Tesorería de la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación a la casilla xxxxxxxxx000@xxx.xxx.xx, el concepto de dicho depósito o transferencia bancaria adjuntando el comprobante respectivo.
b) Mediante cheque certificado contra una entidad bancaria.
c) Mediante aval bancario u otra fianza a satisfacción de la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación, constituyéndose el fiador –cuando así corresponda– en deudor solidario, liso, llano y principal pagador, con renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos de los artículos 1583, 1584 y 1589 del Código Civil, así como al beneficio de interpelación judicial.
d) Mediante seguro de caución a través de pólizas emitidas por compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, cuyas cláusulas no se opongan a las disposiciones del Reglamento de Compras y Contrataciones aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14, y sean extendidas a favor de la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación
e) Con pagarés a la vista suscriptos por quienes tengan el uso de la firma social o actuaren con poderes suficientes, cuando el importe que resulte de aplicar el porcentaje que corresponda según se trate de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, de Cumplimiento de Contrato o de Impugnación, no supere la suma de quince (15) Módulos de Compra; estableciéndose el valor del Módulo de Compra en Pesos nueve mil ($ 9.000,00).
La elección de la forma de constitución de las garantías queda a opción de los oferentes y/o adjudicatarios. Las garantías establecidas deben ser constituidas a entera satisfacción de la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación y en forma independiente para cada contratación.
Las garantías deberán ser extendidas a nombre de la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal, y deberán indicar como datos principales el número de expediente, el tipo y número de Licitación/Contratación que corresponda, el nombre o razón social del proponente, con su correspondiente firma, sello y/o aclaración, el lugar de emisión y el de pago (indicando el domicilio legal del Organismo: Xx. xx Xxxx 000, X.X.X.X.), el importe a pagar sin fecha de vencimiento, y cualquier otro dato que identifique el respaldo de la oferta/adjudicación
El importe de la garantía de las ofertas expresadas en DÓLARES, en el caso que el oferente opte por presentarla en moneda nacional, se calculará teniendo en cuenta el tipo de cambio vendedor establecido por el Banco de la Nación Argentina al cierre del día anterior a la fecha de constitución de la misma.
Todas las garantías serán sin término de validez y garantizarán el fiel cumplimiento de las obligaciones contraídas.
ARTÍCULO 14: EXCEPCIONES A LA PRESENTACIÓN DE LAS GARANTÍAS
No será necesario constituir las Garantías en los siguientes casos:
1- Garantía de Mantenimiento de Oferta:
a) En los supuestos de contratos interadministrativos o con Universidades Nacionales.
b) En las adquisiciones de publicaciones periódicas. 2- Garantía de Cumplimiento de Contrato:
a) Cuando el monto adjudicado no fuere superior a cien (100) Módulos de Compra; estableciéndose el valor del Módulo de Compra en Pesos nueve mil ($ 9.000,00).
b) En los supuestos de contratos interadministrativos o con Universidades Nacionales.
c) En las adquisiciones de publicaciones periódicas.
ARTÍCULO 15: DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS
Las garantías serán devueltas bajo las siguientes modalidades y plazos, según el tipo de instrumento de que se trate:
a) Garantía de Mantenimiento de Oferta: se devolverá de oficio o a solicitud del interesado a los oferentes que no resulten adjudicatarios dentro de los diez (10) días posteriores a la publicación del acto administrativo de adjudicación. A los adjudicatarios, se devolverá una vez que integren válidamente la Garantía de Cumplimiento de Contrato o ejecuten la prestación dentro del plazo previsto para su constitución.
b) Garantía de Impugnación: se devolverá de oficio o a solicitud del interesado dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la publicación del acto administrativo que resuelve, solo en el caso que éste haga lugar a la impugnación.
c) Garantía de Cumplimiento de Contrato: se devolverá de oficio o a solicitud del interesado dentro de los diez (10) días de la finalización del período de garantía.
Notificado fehacientemente el interesado respecto de la devolución de la garantía, podrá efectuar su retiro dentro del plazo de seis (6) meses. La falta de presentación dentro del mencionado plazo, implicará la renuncia tácita del mismo a favor de la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal Cuando la garantía haya sido constituida mediante pagaré, éste se destruirá al término de dicho plazo.
Asimismo, en todos los casos las garantías serán devueltas en la misma moneda en la que fueron integradas aclarándose que para el caso en que el oferente hubiera optado por presentarla en moneda nacional no se reconocerá importe alguno en concepto de intereses o actualización por diferencia de cotización.
ARTÍCULO 16: APERTURA DE OFERTAS
El Acto de Apertura de sobres se llevará a cabo en el lugar, día y hora determinados para el mismo, en presencia de los funcionarios de la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal y de todos aquellos interesados que desearen asistir.
Si el día señalado para la apertura de las ofertas deviniera inhábil, el acto tendrá lugar el día hábil siguiente, en el mismo lugar y a la misma hora.
El Acta de Apertura de ofertas confeccionada al efecto será firmada por los funcionarios intervinientes y por los asistentes al acto.
Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el Acto de Apertura.
Vista de las ofertas: las ofertas serán exhibidas desde el momento en que se realiza el Acto de Apertura de Ofertas y hasta las 16:00 horas de ese mismo día. Concluido dicho período, se procederá a analizar las mismas y anexarlas a las actuaciones del caso, debiendo el interesado solicitar formalmente la vista de las actuaciones. No se concederá vista durante la etapa de análisis y evaluación de las ofertas.
ARTÍCULO 17: RECHAZO DE LAS OFERTAS – INELEGIBILIDAD
Serán objeto de desestimación sin más trámite las ofertas en las que se produzca alguna de las siguientes situaciones:
a) Que no estuvieren firmadas por el oferente o su representante legal en todas sus fojas.
b) Que estuvieran escritas con lápiz o que resultaren ilegibles.
c) Que carecieran de la garantía exigida.
d) Que no acompañaren las muestras requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas con carácter obligatorio.
e) Que fueran formuladas por personas inhabilitadas en los términos del artículo 40 del Reglamento de Compras y Contrataciones de la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación, aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14.
f) Que contuvieren condicionamientos.
g) Que presentaren raspaduras, enmiendas o interlíneas en el precio, cantidades, plazo de mantenimiento, plazo de entrega o alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato, si las mismas no estuvieren debidamente salvadas.
h) Que contuvieren cláusulas que se opongan a las normas que rigen la licitación.
i) Que se cotizara precio excesivamente bajo de acuerdo con los criterios objetivos que surjan de los precios xx xxxxxxx y de la evaluación de la capacidad del oferente que mereciere manifiestamente la calificación de vil o no serio.
j) Que incurrieren en otras causales de inadmisibilidad que expresamente este pliego hubiere previsto. Asimismo, no podrán contratar con la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación:
a) Las personas físicas o jurídicas sancionadas con suspensión o inhabilitación en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) de la Oficina Nacional de Contrataciones.
b) Los funcionarios y empleados de la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación y las empresas en las cuales aquellos tuvieren participación suficiente para formar la voluntad social.
c) Los condenados por delitos dolosos, por un plazo igual al doble de la condena.
d) Las personas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad o contra la Administración Pública Nacional u otras entidades del sector público nacional, provincial y municipal o contra la fe pública o por delitos tipificados por la Convención Interamericana contra la Corrupción, así como las personas jurídicas cuyos integrantes se encuentren en dichas situaciones.
e) Los evasores y deudores morosos tributarios y previsionales de orden nacional, provincial y municipal.
ARTÍCULO 18: EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La Comisión Evaluadora de Ofertas analizará el cumplimiento de la totalidad de la documentación e información requerida en el presente pliego y en caso de resultar necesario requerirá la producción de informes técnicos, a efectos de ampliar los elementos de juicio para pronunciarse sobre las ofertas recibidas.
A efectos de comparar las cotizaciones entre sí, el valor de las ofertas económicas expresadas en MONEDA EXTRANJERA se calculará teniendo en cuenta el tipo de cambio vendedor establecido por el Banco de la Nación Argentina al cierre del día anterior a la fecha apertura.
ARTÍCULO 19: SUBSANACIÓN DE ERRORES U OMISIONES
Para la subsanación de errores u omisiones insustanciales de la oferta se intimará a los oferentes a que subsanen los mismos dentro del término de tres (3) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de recibido el requerimiento.
La solicitud de subsanación se realizará a la dirección de correo electrónico oportunamente declarados, donde se tendrán por válidas las comunicaciones efectuadas.
Si no se subsanaren los defectos en el plazo indicado, se podrá desestimar la oferta de que se trate oportunamente.
ARTÍCULO 20: NOTIFICACIÓN DEL DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
El Dictamen de Evaluación de Ofertas se notificará en forma fehaciente a todos los oferentes y se publicará y difundirá de acuerdo a lo previsto en la Resolución PGN Nº 1107/14 y sus modificatorias.
Desde la fecha de notificación y hasta el vencimiento del plazo para impugnar, las actuaciones quedarán a disposición de los oferentes para su vista en la Dirección Unidad Operativa de Contrataciones de este Organismo.
ARTÍCULO 21: IMPUGNACIONES AL DICTAMEN DE EVALUACIÓN
Los interesados podrán impugnar el Dictamen de Evaluación de Ofertas dentro de los tres (3) días hábiles de notificado, previa integración, en caso de corresponder de la Garantía de Impugnación prevista en el artículo siguiente. Las impugnaciones serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación.
ARTÍCULO 22: GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN DEL DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
En aquellos casos en que los oferentes hubiesen presentado más de dos (2) impugnaciones contra dictámenes de evaluación en un año calendario, deberán con carácter previo a interponer una nueva impugnación, integrar una garantía del uno por ciento (1%) del valor de cotización del oferente impugnante.
ARTÍCULO 23: ADJUDICACIÓN
Una vez vencido el plazo para presentar impugnaciones al Dictamen de Evaluación de Ofertas, y dentro del plazo de mantenimiento de oferta, se realizará el acto administrativo aprobando el procedimiento de selección y la adjudicación. El mismo será notificado a los oferentes, publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el sitio web de la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación.
La adjudicación será en MONEDA NACIONAL, tomando el tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina correspondiente al cierre de operaciones del día anterior a la fecha de la firma de la resolución de adjudicación; en concordancia con lo establecido en el artículo 32 del presente pliego.
ARTÍCULO 24: PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO:
Dentro de los diez (10) días corridos de notificada la adjudicación se emitirá la Orden de Compra, la cual se notificará al adjudicatario dentro de los tres (3) días de emitida. Transcurridos los tres (3) días subsiguientes a la notificación, sin haber sido rechazada dicha orden de compra, se tendrá por perfeccionado el contrato. Si el adjudicatario rechazara la Orden de Compra dentro de los tres (3) días de recibida la notificación o no constituyera la Garantía de Cumplimiento de Contrato en tiempo y forma, podrá rescindirse el contrato y adjudicarse la licitación al oferente que siga en el orden de mérito, sin perjuicio de la aplicación de la penalidad de pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta.
ARTÍCULO 25: GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
El adjudicatario deberá presentar una garantía xxx xxxx por ciento (10%) del monto total adjudicado, dentro de los cinco (5) días hábiles de recibida la notificación de la Orden de Compra. Vencido dicho plazo, se le intimará en forma fehaciente a presentar la garantía en cuestión en un plazo no mayor de cinco (5) días.
Cuando el monto adjudicado no fuere superior a cien (100) Módulos de Compra se configura el supuesto de excepción del artículo 14 del presente pliego.
ARTÍCULO 26: PLAZO DE ENTREGA
La entrega de los bienes se realizará en el plazo estipulado en las Características de la Contratación y/o Especificaciones Técnicas. Dicho plazo será contabilizado a partir del día hábil siguiente al perfeccionamiento de la Orden de Compra.
ARTÍCULO 27: PRÓRROGA DEL PLAZO DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El adjudicatario podrá solicitar la prórroga del plazo de entrega por causas debidamente acreditadas que justifiquen la demora, la cual podrá ser aceptada siempre que las necesidades de la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación admitan la satisfacción de la entrega fuera de término. La solicitud de prórroga deberá hacerse antes del vencimiento del plazo de entrega, exponiendo los motivos de la demora. La Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación deberá resolver el pedido dentro de los cinco (5) días de presentado el mismo.
El adjudicatario podrá hacer uso de este derecho por una única vez, y la prórroga a solicitar no podrá exceder, en ningún caso, el cincuenta por ciento (50%) del plazo original del contrato.
En caso de vencimiento del plazo contractual y no habiéndose expedido la autoridad competente respecto de una solicitud de prórroga cursada por el adjudicatario, se tendrá por concedida la prórroga.
La aceptación de la prórroga por parte del Organismo implicará la aplicación de las multas por xxxx establecidas en el artículo 38 del presente pliego.
ARTÍCULO 28: REHABILITACIÓN DEL CONTRATO
Vencido el plazo de la prórroga concedida sin que se hubiera satisfecho la obligación contractual, se producirá la caducidad del contrato.
No obstante, antes de producirse el vencimiento del plazo de la prórroga que se hubiere otorgado, el adjudicatario podrá requerir la rehabilitación del contrato por la parte no cumplida del mismo. La rehabilitación podrá ser aceptada por única vez, previo pago de una multa equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato que se rehabilita, el que debe cumplirse de acuerdo a las condiciones estipuladas en el presente pliego.
Si el adjudicatario no abonara la multa dentro de los tres (3) días de notificado el acto administrativo que aprueba la rehabilitación, se dará por rescindido el contrato sin más trámite, con pérdida de la Garantía de Cumplimiento de Contrato establecida en el artículo 25 del presente pliego.
ARTÍCULO 29: LUGAR Y FORMA DE ENTREGA
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo a lo indicado en las Características de la Contratación y/o Especificaciones Técnicas. Los mismos deberán ser entregados en sus envases originales, los cuales tendrán que encontrarse en perfecto estado de uso y conservación, no debiendo presentar deterioro alguno en su exterior. Cualquier incumplimiento, dará lugar al rechazo del material entregado.
ARTÍCULO 30: RECEPCIÓN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS ADJUDICADOS
La Comisión de Recepción Definitiva procederá a la recepción de los bienes y/o servicios adjudicados. A tales efectos, confrontará la prestación con las especificaciones técnicas contractuales, la muestra presentada, la orden de compra y/o con los resultados de las pruebas que fuere necesario realizar. En caso de verificar que la misma cumple con las condiciones establecidas, procederá a otorgar la conformidad de la recepción emitiendo el correspondiente Acta de Recepción Definitiva. Un (1) ejemplar de dicha acta será entregado al adjudicatario a los efectos del trámite de pago.
En caso de verificar que los bienes entregados o los servicios prestados no cumplieran en cantidad y/o calidad con lo solicitado, se procederá a su rechazo y se intimará al proveedor a realizar las acciones correspondientes para proceder al reemplazo de los bienes y/o prestar los servicios conforme lo adjudicado, dentro del plazo que se le otorgue.
El proveedor estará obligado a retirar los elementos rechazados dentro del plazo que se le fije, el que comenzará el día siguiente al de la notificación del rechazo. Vencido el lapso indicado, se considerará que existe renuncia tácita a favor de la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación pudiendo éste disponer de los elementos. Sin perjuicio de las penalidades que correspondieren, el proveedor cuyos bienes hubieran sido rechazados deberá hacerse cargo de los costos de traslado y, en su caso, de los que se derivaren de la destrucción de los mismos.
La recepción definitiva se otorgará dentro del plazo de cinco (5) días de la recepción provisoria de los bienes o servicios, contados a partir del día siguiente de la fecha de entrega o prestación de los mismos.
En caso de silencio, una vez vencido dicho plazo, el proveedor podrá intimar la recepción. Si la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación no se expidiera dentro de los diez (10) días siguientes al de la recepción de la intimación, los bienes se tendrán por recibidos de conformidad.
ARTÍCULO 31: VICIOS REDHIBITORIOS
La conformidad definitiva otorgada de acuerdo a lo normado en el artículo precedente, no libera al adjudicatario de las responsabilidades emergentes de los vicios redhibitorios que se adviertan durante el plazo de un (1) año, computado a partir de dicha conformidad, quedando el adjudicatario obligado a efectuar las reparaciones o reposiciones correspondientes en el mismo término y lugar que se indica en el presente pliego y la correspondiente Orden de Compra.
ARTÍCULO 32: FACTURACIÓN Y CONDICIONES DE PAGO
Las facturas deberán contener la referencia a la Orden de Compra y al Expediente (identificados con número y año). Deberá aclararse si se procedió a facturar el total o una parte de la Orden de Compra, indicando en este último caso qué renglones o ítems se incluyeron.
El adjudicatario deberá entregar la factura en la Mesa de Entradas de la Secretaría General de Administración, sita en Xx. xx Xxxx 000, Xxxx 0, Xx. 234, C.A.B.A y/o remitirla por email x xxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx.
A partir de la Recepción Definitiva o entrega de la factura –lo que fuese posterior– comienza el plazo de veinte (20) días hábiles para cumplir la gestión de pago, el cual se hará efectivo por intermedio de la Tesorería General de la Nación.
La factura será emitida a nombre de la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación CUIT Nº 30-68723581-5. A los efectos de su posición en el Impuesto al Valor Agregado, este Organismo reviste el carácter de exento.
Las facturas deberán ajustarse a la reglamentación vigente de la Administración Federal de Ingresos Públicos, debiendo indicar en las mismas como mínimo los siguientes datos:
- Número de la orden de compra
- Número del expediente asignado a la licitación
- Número y fecha de los remitos de entrega
- Número de renglón, especificaciones e importe unitario y total de cada uno de ellos
- Importe total bruto
- Monto y tipo de descuento, si corresponde
- Alícuota e importe del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), si corresponde
- Importe total neto de la factura
Asimismo, en caso de estar alcanzado por alguna eximición parcial o total de algún tributo, se deberá acompañar con las facturas que se presenten una copia de la Resolución correspondiente de la AFIP.
Según la Resolución General AFIP Nº 2485/08, sus modificatorias y complementarias, para poder percibir el pago correspondiente por la prestación de servicios y/o provisión de bienes, los adjudicatarios deberán presentar la Factura Electrónica en los términos de la citada normativa.
El Ministerio Público Fiscal realizará un único pago en MONEDA NACIONAL tomando el tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina correspondiente al cierre de operaciones del día anterior a la fecha de la firma de la resolución de adjudicación.
ARTÍCULO 33: CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
Las penalidades establecidas en el artículo 124 del Reglamento de Compras y Contrataciones de la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación, aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14, no serán aplicadas cuando el incumplimiento de la obligación provenga de caso fortuito o de fuerza mayor, o de actos o incumplimientos de autoridades públicas nacionales o de la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación de tal gravedad que coloquen al adjudicatario en una situación de razonable imposibilidad de cumplimiento con las obligaciones a su cargo, debidamente documentados por el adjudicatario y aceptados por el Organismo.
La existencia y acreditación documental de dichas circunstancias deberá ser puesta en conocimiento del Organismo dentro de los diez (10) días de producido o desde que cesaren sus efectos. Transcurrido dicho plazo no podrá invocarse el caso fortuito o la fuerza mayor.
ARTÍCULO 34: RESCISIÓN SIN CULPA DEL ADJUDICATARIO
La revocación o rescisión de los contratos por razones de oportunidad, mérito o conveniencia, cuyas causas no fueran imputables al adjudicatario, no generará derecho a indemnización en concepto de lucro cesante o por intereses de capitales requeridos para la financiación de la prestación.
ARTÍCULO 35: RESCISIÓN POR CULPA DEL ADJUDICATARIO
Si el adjudicatario desistiere en forma expresa del contrato antes del plazo fijado para su cumplimiento, o si vencido el plazo de cumplimiento original del contrato, de su prórroga o el contrato rehabilitado, en todos los casos sin que los bienes hubiesen sido entregados o los servicios prestados de conformidad, la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación rescindirá el contrato sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, con pérdida de la Garantía de Cumplimiento de Contrato por la parte no cumplida del mismo.
Si el adjudicatario no integrara la Garantía de Cumplimiento de Contrato de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 25 del presente, se rescindirá el contrato con la pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta. En caso de fraude, negligencia en la ejecución del contrato o en incumplimientos de las obligaciones por parte del adjudicatario que diera lugar a la aplicación de multas por un importe acumulado equivalente al quince por ciento (15%) del monto total del contrato, la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación rescindirá unilateralmente el mismo con pérdida de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, quedando a cargo del adjudicatario la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado su accionar.
Si el adjudicatario transfiriera o cediera todo o parte del contrato sin que ello fuere autorizado previamente por la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación, el mismo se rescindirá unilateralmente, con pérdida de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
ARTÍCULO 36: MODIFICACIONES AL CONTRATO
En los casos de prestaciones de servicios, la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación podrá prorrogar el plazo contractual original por única vez y por un período igual al del contrato original, o por un plazo máximo de un (1) año en caso de contratos cuya duración exceda dicho período. La prórroga se realizará en las mismas condiciones y precios originales.
Asimismo, y de manera unilateral sin previa conformidad, la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación podrá aumentar o disminuir el monto del contrato hasta el veinte por ciento (20%), sin variar las condiciones contractuales y los precios unitarios adjudicados; y podrán incidir sobre uno, varios o el total de los renglones de la Orden de Compra o Contrato. En los casos en que resulte imprescindible garantizar el normal funcionamiento del Organismo, dicho porcentaje podrá excederse hasta el treinta y cinco por ciento (35%), en cuyo caso el adjudicatario deberá prestar conformidad en forma previa a proceder con dicha modificación.
ARTÍCULO 37: CESIÓN O SUBCONTRATACIÓN
El adjudicatario tendrá la obligación de ejecutar el contrato por si, quedando prohibida la subcontratación, transferencia o cesión del contrato, salvo consentimiento expreso de la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación, el cual verificará que el cesionario o subcontratista cumpla con todos los requisitos de la convocatoria. El adjudicatario quedará obligado solidariamente con el cesionario por las obligaciones emergentes del contrato.
ARTÍCULO 38: MULTAS POR XXXX
El otorgamiento de prórrogas del plazo contractual determinará la aplicación de una multa por incumplimiento; la misma será del uno por ciento (1%) del valor de lo satisfecho fuera del término originario del contrato por cada siete (7) días hábiles de atraso o fracción mayor de tres (3) días hábiles.
Si el plazo de entrega, provisión y/o instalación de los bienes y/o servicios detallados en el presente pliego fuere inferior a siete (7) días hábiles y no se estableciera una multa por xxxx distinta a la señalada precedentemente, el período se limita al plazo de entrega establecido, motivo por el cual vencido el mismo, entrará en vigencia el período de rehabilitación del contrato.
En caso de multas especificas se atenderá a las detalladas en las Características de la Contratación y/o Especificaciones Técnicas.
ARTÍCULO 39: AFECTACIÓN DE MULTAS
Las multas que se apliquen se afectarán conforme el siguiente orden de prelación:
a) A las facturas emergentes del contrato que estén al cobro o en trámite.
b) A la correspondiente Garantía de Cumplimiento de Contrato.
c) A los créditos del adjudicatario resultantes de otros contratos de suministro o prestación de servicios no personales.
ARTÍCULO 40: CLASES DE SANCIONES
Los oferentes y/o adjudicatarios podrán ser pasibles de las siguientes sanciones:
a) Apercibimiento
b) Suspensión
c) Inhabilitación
Las sanciones enumeradas precedentemente serán aplicadas por la Oficina Nacional de Contrataciones, según lo dispuesto en el inciso a) del artículo 23 y en el inciso b) del artículo 29, ambos del Decreto Nº 1023/01.
ARTÍCULO 41: ALTA EN EL PADRÓN ÚNICO DE ENTES
El adjudicatario deberá estar dado de alta en el Padrón Único de Entes del Sistema Integrado de Información Financiera que administra la Secretaría de Hacienda dependiente del Ministerio de Hacienda, de conformidad con lo dispuesto por la Disposición Nº 40 de la Contaduría General de la Nación y Nº 19 de la Tesorería General de la Nación de fecha 8 de julio de 2010, ambas de la citada cartera de Estado, o las que en el futuro las reemplacen.
ARTÍCULO 42: JURISDICCIÓN
El organismo contratante, los oferentes y los adjudicatarios se someterán, para dirimir cualquier divergencia en la presente contratación una vez agotadas todas las instancias administrativas, a la competencia de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando expresamente a todo otro fuero o jurisdicción de excepción que pudiera corresponderles.
ARTÍCULO 43: HABILIDAD PARA CONTRATAR
Al momento de la adjudicación, el oferente que resulte adjudicatario no deberá registrar incumplimientos tributarios y/o previsionales. Por ello, en forma previa a la suscripción del acto administrativo de adjudicación, la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación verificará dicha situación siguiendo el procedimiento establecido en la Resolución General 4164-E de la Administración Federal de Ingresos Públicos. En el caso que el adjudicatario posea incumplimientos, será intimado a subsanar los mismos.
ARTÍCULO 44: MUESTRAS
Sin perjuicio del procedimiento y detalle de las muestras que se soliciten en las Características de la Contratación y/o Especificaciones Técnicas, la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación se reserva el derecho de solicitar muestras a los oferentes en el momento de la contratación en que lo considere necesario. No se reconocerá gasto alguno a favor del oferente por la provisión de la muestra. En caso de no presentar la muestra, y mediando posteriores reclamos sin que la misma sea entregada, la oferta del proveedor para el renglón que corresponda podrá ser desestimada.
Devolución de las muestras a los adjudicatarios: las muestras correspondientes a los renglones adjudicados quedarán en poder de la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación para ser cotejadas con los bienes que se entreguen. Cumplida la Orden de Compra, quedarán a disposición del adjudicatario por el plazo de veinte (20) días hábiles a contar desde la fecha del acta de la Recepción Definitiva.
Devolución de las muestras a los oferentes: las muestras presentadas por aquellos oferentes que no hubiesen resultado adjudicatarios quedarán a su disposición para el retiro hasta veinte (20) días hábiles a contar desde la fecha de comunicado el acto administrativo de adjudicación.
Vencido el plazo estipulado, de no procederse a su retiro, las muestras pasarán a ser propiedad del Organismo, sin cargo alguno. Cuando el oferente no tenga intención de retirar las muestras que presente lo hará constar en la oferta manifestando que las muestras son sin cargo. En tales casos las mismas pasarán a ser propiedad de la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación sin necesidad de que se cumplan los plazos definidos en el presente artículo.
PLANILLA ANEXA I
DECLARACIÓN JURADA
Nombre o Razón Social: ..………………………………………………. C.U.I.T.: ………………………….
El que suscribe .............................................................................., Documento Nº ,
en mi carácter de ………………………………………. de la firma mencionada ut-supra, declara bajo juramento que la presentación de la presente oferta importa el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el llamado a contratación, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas.
Asimismo, declaro bajo juramento que la firma oferente no se encuentra dentro de alguna de las causales de inhabilidad para contratar con la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación establecidas en el artículo 40 del Reglamento de Compras y Contrataciones del citado organismo, aprobado por la Resolución PGN Nº 1107/2014, a saber:
a) Las personas físicas o jurídicas sancionadas con suspensión o inhabilitación en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) de la Oficina Nacional de Contrataciones.
b) Los funcionarios y empleados públicos de la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación y las empresas en las cuales aquellos tuvieren participación suficiente para formar la voluntad social.
c) Los condenados por delitos dolosos, por un plazo igual al doble de la condena.
d) Las personas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad o contra la Administración Pública Nacional u otras entidades del sector público nacional, provincial y municipal o contra la fe pública o por delitos tipificados por la Convención Interamericana contra la Corrupción, así como las personas jurídicas cuyos integrantes se encuentren en dichas situaciones.
e) Los evasores y/o deudores morosos tributarios y/o previsionales de orden nacional, provincial y municipal
Firma:
Aclaración:
Documento: