CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO NO. C-74-2011
CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO NO. C-74-2011
Convenio modificatorio al Convenio para la adquisición de estampillas postales, número C-74-2011, de fecha 1 de julio de 2011 “El Convenio”, que celebran por una parte, el Ejecutivo Federal a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, representada por el Lic. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, en su carácter de Procurador General y por la otra parte el Servicio Postal Mexicano, representado en este acto por la Lic. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, en su carácter de apoderada legal a quienes en lo sucesivo se les denominará “LA PROCURADURÍA” y “CORREOS DE MÉXICO” respectivamente, de conformidad con los siguientes antecedentes, declaraciones y cláusulas:
ANTECEDENTES
I. Con fecha 1 de julio de 2011, “LA PROCURADURÍA” y “CORREOS DE MÉXICO” formalizaron “El Convenio”, cuyo objeto señalado en su cláusula PRIMERA es la adquisición de estampillas postales, conforme las necesidades de envíos de “LA PROCURADURÍA” y de acuerdo con su valor facial las cuales le serán proporcionadas por la Gerencia de Cultura Postal de “CORREOS DE MÉXICO”.
II. En la cláusula SEXTA se estableció como plazo de ejecución de “El Convenio” a partir del 1 de julio de 2011 y hasta el 31 de diciembre de 2012.
III. En la cláusula SEGUNDA de “El Convenio” se estableció el importe total por la prestación del servicio, teniendo como límite el monto del presupuesto asignado para la celebración del presente instrumento, mismo que asciende a la cantidad de $25,000.00 (Veinticinco mil pesos 00/100 M.N.) para el ejercicio de 2011 y de $30,000.00 (Treinta mil pesos 00/100 M.N.), para el 2012.
IV. Mediante Oficio No. SSG-094, de fecha 16 xx xxxxx de 2012, la Subdirección de Servicios Generales de “LA PROCURADURÍA”, envío la requisición correspondiente, solicitando la ampliación del monto a ejercer durante el ejercicio 2012, lo anterior debido a la demanda del servicio.
V. Mediante memorándum No. D-069, de fecha 15 xx xxxxx de 2012, la Subdirección de Programación y Presupuesto de “LA PROCURADURÍA”, comunicó la existencia de suficiencia presupuestaria, en la siguiente partida “31801 Servicio Postal”.
DECLARACIONES
I. Declara “LA PROCURADURÍA” que:
I.1. En virtud de lo expresado en la Declaración IV, del presente convenio modificatorio, existe la necesidad de ampliar el monto a ejercer durante el ejercicio 2012, señalado en la cláusula SEGUNDA de “El Convenio”, a efecto de incrementar la cantidad de $65,000.00 (Sesenta y cinco mil pesos 00/100 M.N).
II. Declara “EL PROVEEDOR” que:
II.1. Acepta modificar “El Convenio” y por lo tanto incrementar el plazo y monto total destinado a la prestación de los servicios objeto de “El Convenio”.
III. Declaran ambas partes que:
III.1. Recíprocamente se reconocen la personalidad con la que se ostentan.
III.2. Convienen en suscribir el presente convenio modificatorio, conforme a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO DEL CONVENIO MODIFICATORIO: “EL PROVEEDOR” y “LA
PROCURADURÍA” convienen que el objeto del presente convenio modificatorio es la modificación en el monto de “El Convenio” para incrementarlo por la cantidad de $65,000.00 (Sesenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.) IVA incluido, por tanto, las partes acuerdan en modificar la cláusula segunda de “El Convenio”, para que a partir de la firma del presente convenio modificatorio, quede de la siguiente forma:
SEGUNDA.- “LA PROCURADURIA” notificará a “CORREOS DE MÉXICO” la
cantidad de estampillas que requiera conforme a sus envíos a la cual le será aplicada la tarifa postal vigente, teniendo como límite el monto del presupuesto asignado para la celebración del presente instrumento mismo que asciende a la cantidad de
$25,000.00 (Veinticinco mil pesos 00/100 M.N.) para el ejercicio de 2011 y de
$95,000.00 (Noventa y cinco mil pesos 00/100 M.N.), para el 2012.
En caso de que las tarifas aplicables vigentes sean modificadas por las autoridades competentes, éstas serán notificadas por “CORREOS DE MÉXICO” a “LA PROCURADURÍA” al día siguiente hábil al que se produzca dicha modificación, para que sean aplicadas en la cuenta a pagar correspondiente, a partir de la fecha de entrada en vigor de las mismas.
SEGUNDA.- INALTERABILIDAD: Ambas partes convienen en que, con excepción de lo que expresamente se estipula en el presente convenio modificatorio, subsisten con su fuerza legal todas y cada una de las cláusulas de “El Convenio”.
TERCERA.- VICIOS DEL CONSENTIMIENTO: “LA PROCURADURÍA” y “EL PROVEEDOR”
reconocen que en la celebración y redacción del presente convenio modificatorio, no ha mediado error, dolo, lesión, violencia, ni vicio alguno del consentimiento que pudiera invalidarlo o nulificarlo.
CUARTA.- JURISDICCIÓN E INTERPRETACIÓN: Para los efectos de interpretación y cumplimiento del presente convenio modificatorio, las partes se obligan a sujetarse a todas y cada una de las cláusulas del mismo, al Código Civil Federal y demás legislación aplicable, asimismo aceptan someterse a la competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando a la competencia jurisdiccional que pudiera corresponderles en razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa.
Leído que fue el presente convenio modificatorio y enteradas las partes de su contenido y alcance legal, se firma por triplicado, en la Ciudad de México, Distrito Federal el día 26 xx xxxxx de 2012.
“CORREOS DE MÉXICO” | “LA PROCURADURÍA” | |
Lic. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Apoderada legal | Lic. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx. Procurador General de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo |
“Área Administradora del Contrato” |
Lic. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx. Subdirector de Servicios Generales |