ESTUDIOS PREVIOS PARA CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES
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ESTUDIOS PREVIOS PARA CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES |
DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD
(DILIGENCIAR DE ACUERDO A LA NECESIDAD DEL ÁREA)
DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR
OBJETO A CONTRATAR: (Señalar claramente el objeto que se pretender ejecutar con la celebración del contrato)
DENOMINACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR: Prestación de Servicios Profesionales
Clasificación UNSPSC: (se puede buscar en el siguiente enlace: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx-xx-xxxxxx-x-Xxxxxxxxx)
Clasificación UNSPSC |
Segmento |
Familia |
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Producto |
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CONDICIONES TÉCNICAS EXIGIDAS
ANÁLISIS TÉCNICO: IDONEIDAD REQUERIDA PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
(Especificar qué tipo de conocimientos técnicos y/o profesionales debe tener quien preste el servicio y la experiencia mínima que debe acreditar) (indicar categoría y nivel conforme a Resolución 20 del 10 de enero 2020)
OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA:
Cumplir con el objeto del contrato.
Obrar con diligencia y cuidado necesario en los asuntos que le asigne el supervisor del contrato.
Presentar oportunamente las respectivas facturas o cuentas de cobro.
Elaborar informes, evaluaciones, oficios y demás documentos que solicite el supervisor de acuerdo con el objeto del contrato.
Realizar el trámite de afiliación a la administradora de riesgos laborales –ARL, el día de la firma del acta de inicio del contrato, ante el grupo administrativo de personal, de conformidad a lo señalado en la ley 1562 de 2012.
Cumplir con el pago a la seguridad social del contrato en los términos señalados en el Decreto 1273 del 2018.
Registrar y actualizar la información de la hoja de vida en el Sistema de Información y Gestión del Empleo Público – SIGEP, el día de la firma del acta de inicio.
Guardar la debida confidencialidad y reserva sobre la información y documentos que por razón del objeto y alcance contractual llegue a desarrollar; esta obligación deberá ser cumplida aun después de terminado el contrato.
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA: (Señalar las obligaciones específicas a cargo del contratista)
OBLIGACIONES DE LA USPEC:
Pagar el valor pactado como contraprestación de los servicios contratados.
Proporcionar la información, documentos, equipos y materiales necesarios para la normal ejecución del objeto del contrato oportunamente.
Vigilar y supervisar al Contratista en la ejecución idónea y oportuna del objeto contractual.
Disponer de los recursos necesarios que garanticen el desarrollo integral del contrato.
VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO: El valor del contrato es de XXXXXXXXX ($XX.XXX.XXXX) M/CTE. PARÁGRAFO: El valor del Presente contrato incluye cualquier clase de gravamen, impuesto, tasa, contribución o tributo en general que se cause o se llegare a causar; en tal evento EL CONTRATISTA se obliga a asumirlo, así como los costos directos e indirectos que se ocasionen para la ejecución del mismo.
FORMA DE PAGO: La Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios – USPEC pagará, a través del Grupo de Tesorería, el valor del presente Contrato en MENSUALIDADES sucesivas y vencidas cada una hasta por la suma de XXXXXX ($00.000.000,00) M/CTE., o proporcional a la fracción de tiempo ejecutado, dentro de los primeros 10 días hábiles siguientes a la prestación del servicio, previa presentación de la factura o documento equivalente en la Ventanilla Única de Central de Cuentas, acompañada del informe de avance que dé cuenta de la ejecución del Contrato debidamente suscrito por parte del Supervisor del Contrato. Todos los pagos se efectuarán por concepto de honorarios pactados y se encuentran sujetos a la aplicación de los descuentos xx xxx, así como a la programación y aprobación del Programa Anual Mensualizado de Caja – PAC y a la situación efectiva de los recursos por parte de la Dirección General xxx Xxxxxx Público del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Para efectos de realizar el primer pago, el Supervisor deberá dejar constancia expresa del cumplimiento, por parte del CONTRATISTA, de adjuntar el soporte de pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral (Salud, Pensión y ARL) correspondiente al periodo de cotización anterior al mes o fracción de mes que se cobrará, o de aportar la Certificación de Afiliación al Sistema General de Seguridad Social.
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El artículo 2.2.1.2.1.4.9., del Decreto 1082 de 2015, dispone: “Las entidades estatales pueden contratar bajo la modalidad de contratación directa la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con la persona natural o jurídica que esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato, siempre y cuando la entidad estatal verifique la idoneidad o experiencia requerida y relacionada con el área de que se trate. En este caso, no es necesario que la entidad estatal haya obtenido previamente varias ofertas, de lo cual el ordenador del gasto debe dejar constancia escrita.
Los servicios profesionales y de apoyo a la gestión corresponden a aquellos de naturaleza intelectual diferentes a los de consultoría que se derivan del cumplimiento de las funciones de la entidad; así como los relacionados con actividades operativas, logísticas, o asistenciales. (…)”.
Por los fundamentos jurídicos anteriormente señalados y considerando además la insuficiencia de personal de planta para el desarrollo del objeto del contrato y los conocimientos, estudios realizados, experiencia y habilidad de la persona natural a contratar, se justifica la modalidad de selección escogida.
El numeral 4º del artículo 2º de la ley 1150 de 2007 dispone: “Contratación directa. La modalidad de selección de contratación directa, solamente procederá en los siguientes casos: h) Para la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, o para la ejecución de trabajos artísticos que sólo puedan encomendarse a determinadas personas naturales”.
ANÁLISIS DEL SECTOR RELATIVO AL OBJETO Y ESTUDIO XXX XXXXXXX
De conformidad con lo dispuesto en el art. 2.2.1.1.1.6.1 del Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015 la USPEC- procede a efectuar el análisis necesario para conocer el sector relacionado con el objeto del proceso de contratación desde la perspectiva legal, comercial, financiera, organizacional, técnica, y de análisis de riesgo.
PERSPECTIVA LEGAL:
Normativa aplicable a la USPEC: Constitución Política de Colombia, Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011, Decreto – Ley 019 de 2012, Decreto 1082 de 2015, Ley 1882 de 2018, y demás normas que modifiquen o reglamenten la materia.
Normativa aplicable al sector al que pertenece el contratista: Ley 1474 de 2011.
Normativa aplicable al contrato. Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011, Decreto 1082 de 2015 y normas civiles y comerciales pertinentes.
PERSPECTIVA COMERCIAL, ORGANIZACIONAL Y TÉCNICA:
Con el propósito de observar lo dispuesto en el art. 2.2.1.1.1.6.1 del Decreto 1082 de 2015, cumplir con la guía para la elaboración de estudios del sector publicada por Colombia Compra Eficiente y materializar los principios de planeación, responsabilidad y transparencia, esta entidad identifico que el sector relativo al objeto de presente proceso de contratación está integrado por el conjunto de personas que prestan sus servicios temporales a las entidades y organismos de estado.
La contratación de estas personas es diversa a cada entidad estatal de acuerdo con sus necesidades, la determinación del perfil del posible contratista y de quien lo cumple está relacionada con el conocimiento previo de las condiciones de experiencia y de contratos anteriores ejecutado por el posible contratista.
Que la USPEC, ha requerido servicios de profesionales, más allá de los propios de los que corresponden a los cargos de la planta de personal y en este caso en particular requiere a una persona natural con mínimo (Especificar qué tipo de conocimientos técnicos y/o profesionales debe tener quien preste el servicio y la experiencia mínima que debe acreditar) (indicar categoría y nivel conforme a Resolución 20 del 10 de enero 2020).
Después de realizar el análisis correspondiente, se identificó que por tratarse de la modalidad de contratación directa no se hace necesario considerar esta perspectiva dado que la condición financiera (indicadores financieros) es aplicable para otras modalidades de contratación, según lo establecido en la ley 80 de 1993, sus Decretos reglamentarios y los lineamientos de la Agencia Nacional de Contratación –Colombia Compra Eficiente-
ESTUDIO DE LA OFERTA Y LA DEMANDA
Siguiendo los lineamientos y ejemplos de la Guía para la Elaboración de Estudios del Sector, en un Proceso de Contratación Directa como el que nos ocupa, no será necesario que la Entidad Estatal haga un estudio de la oferta y la demanda del sector de la prestación de servicios con particularidades sobre tipos, precios, calidades y cantidades de la oferta y la demanda, lo que requiere hacer es una reflexión teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
1. ¿La Entidad Estatal requiere una persona natural o jurídica con idoneidad para la prestación de servicios?
Sobre este punto se establece que siendo viable la contratación directa y no estando obligado a hacer convocatoria pública, se opta por seleccionar a una persona natural, idónea, con amplia experiencia, que permita la efectiva satisfacción de la necesidad.
2. ¿Cuál es la experiencia o idoneidad que requiere quien presta el servicio de acuerdo con la complejidad del caso?
Precisado que es viable contar los servicios de una persona natural, se resaltan requisitos de exigibilidad orientados hacia la prestación de servicios, verificando concretamente que se encuentre acorde con el objeto a contratar, que permita cubrir las necesidades encomendadas a su cargo.
Por tal motivo y a efectos de verificar la idoneidad con el área requerida, la USPEC, determina que los factores mínimos que debe cumplir la persona natural con la que se pretende satisfacer la necesidad requerida, teniendo en cuenta el objeto a contratar son los siguientes: (Especificar qué tipo de conocimientos técnicos y/o profesionales debe tener quien preste el servicio y la experiencia mínima que debe acreditar) (indicar categoría y nivel conforme a Resolución 20 del 10 de enero 2020)
3. El tipo de remuneración recomendada para la prestación de servicios objeto del proceso de contratación y el motivo por el cual se escoge ese tipo de remuneración desde la economía, la eficiencia y la eficacia del Proceso de Contratación.
Sobre este punto se establece que lo más conveniente es pactar la remuneración del contratista por un valor mensual fijo, teniendo en cuenta que los servicios a prestar implican el cumplimiento de actividades encomendadas, las cuales, para efectos de presentar informes de actividades, se ejecutan en intervalo de 30 días.
El valor del contrato y los pagos mensuales se determinaron como se expuso en el presente documento en el numeral 4. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO.
CRITERIOS PARA SELECCIONAR AL FUTURO CONTRATISTA
De acuerdo con lo señalado en el Artículo 2.2.1.2.1.4.9 del Decreto 1082 de 2015, la contratación directa de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, se hace con la persona natural o jurídica que esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato, siempre y cuando la Entidad Estatal verifique la idoneidad o experiencia requerida y relacionada con el área de que se trate, de conformidad con lo señalado en el numeral 3. CONDICIONES TÉCNICAS EXIGIDAS.
PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
PLAZO DE EJECUCIÓN: El plazo de ejecución del contrato será de _____________, contados a partir de la suscripción del acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución.
LUGAR DE EJECUCIÓN: El contratista prestará sus servicios en Bogotá D.C., sin perjuicio de los desplazamientos que para la ejecución del contrato sean coordinados con el supervisor o al que requiera el cumplimiento de sus obligaciones contractuales siempre y cuando la actividad a desarrollar se enmarque en el objeto del contrato.
CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL
NUMERO Y FECHA DEL CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL: ______ del __ de _____ de 202_.
NOMBRE Y CARGO DEL FUNCIONARIO QUE EXPIDE EL CDP: _______________– COORDINADOR GRUPO PRESUPUESTAL
ANALISIS DE LOS RIESGOS DEL FUTURO CONTRATO, TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN
En desarrollo de lo señalado en los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, y con el fin de valorar el alcance del objeto contractual requerido por la entidad, se procede a realizar el estudio de riesgos de la contratación, su tipificación, estimación y asignación. Dentro de los diferentes riesgos que se pueden presentar, se tienen:
Demora en los pagos que comprometan el inicio de las actividades, lo cual se soluciona con la Disponibilidad y Registro Presupuestal, y forma de pago del contrato ajustada a la programación presupuestal. Riesgo calificado como de Baja Probabilidad y de Alto Impacto. Lo asume la entidad.
Riesgos y costos que se generen por el uso indebido de la información que conozca el contratista en desarrollo de sus actividades contractuales. Este riesgo se minimiza con la estipulación de una cláusula de confidencialidad en el contrato en el que el contratista se obliga a no usar indebidamente la información que conozca durante la ejecución del desarrollo del contrato. Es riesgo lo asume el contratista y es calificado como de Baja Probabilidad y Medio Impacto.
Dificultad en el acceso a las fuentes de información. Lo asume el contratista. Calificado como Baja Probabilidad.
Xxxxxxx en la entrega de información por parte de la población objeto. Lo asume la Entidad. Calificado como Baja Probabilidad.
Demora en la definición del modelo de contratación del proyecto, por no tener los documentos necesarios para la realización del mismo. Riesgo calificado como Baja Probabilidad. Lo asume el Contratista.
Estimación insuficiente del plazo de ejecución del contrato. Se minimiza realizando un control de seguimiento a la ejecución del contrato. Riesgo calificado como Baja Probabilidad. Lo asume la Entidad y el Contratista.
Retrasos por parte del contratista en la presentación de informes y entrega de productos. Este riesgo se minimiza estableciendo plazos de entrega para la presentación de los documentos en el contrato. Riesgo calificado como Baja Probabilidad. Lo asume el Contratista.
Cambio de normatividad durante la ejecución del contrato. Se minimiza indicando en una cláusula del contrato Causales de Terminación, modificación o adición. Riesgo calificado como de Baja Probabilidad. Lo asume la Entidad.
SEÑALAR SI LA PRESENTE CONTRATACIÓN ESTA COBIJADA POR UN ACUERDO COMERCIAL – TRATADO INTERNACIONAL VIGENTE EN MATERIA DE COMPRAS PUBLICAS – CELEBRADO POR EL ESTADO COLOMBIANO
De acuerdo con lo estipulado en el Decreto 1082 de 2015 y de conformidad con los lineamientos fijados por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y el Departamento Nacional de Planeación en el documento “Manual explicativo de los capítulos de contratación pública de los acuerdos comerciales negociados por Colombia para entidades contratantes” se concluye que la contratación a celebrar se encuentra excluida de la aplicación de Acuerdos Comerciales vigentes.
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REQUIERE GARANTÍAS: SI _X_ NO _____ En caso de responder SI, relaciónelas a continuación: (Inserte tantas filas como se requiera)
Amparo |
Valor / Porcentaje |
Vigencia |
Justificación |
Garantía de Cumplimiento. |
20% del valor del contrato |
Durante el término de duración del contrato y seis (6) meses más, contados a partir de la suscripción del acta de inicio. |
Este amparo cubrirá a la Unidad de Servicios Penitenciario y Carcelarios “USPEC”, de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de cumplimiento defectuoso, cuando ellas sean imputables al contratista. |
Garantía de calidad del servicio. |
20% del valor del contrato |
Durante el término de duración del contrato y seis (6) meses más, contados a partir de la suscripción del acta de inicio. |
Este amparo cubrirá a la Unidad de Servicios Penitenciario y Carcelarios “USPEC”, por los perjuicios derivados de la deficiente calidad del servicio prestado. |
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SUPERVISIÓN: El control y vigilancia de la ejecución y cumplimiento de las obligaciones pactadas en el contrato, será ejercido por ____________________________ de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios – USPEC, quien desarrollará sus funciones de conformidad con lo establecido en las leyes 80 de 1993, 1474 de 2011, el Decreto 1082 de 2015, y demás normas concordantes que le adicionen, modifiquen o deroguen.
Para constancia se firma en Bogotá D.C., el ___ de ____ de (202_).
Responsables del estudio previo:
_____________________________
NOMBRE DEL DIRECTOR O JEFE DE OFICINA (ÁREA SOLICITANTE)
Cargo
Elaboró:
Revisó:
Aprobó:
Código: CO-FO-022 Vigencia: 04/10/2021 Pagina: 9 de 9
Versión: 06